1. OBJETIVO Y ALCANCE 1.1 Introducción
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1. OBJETIVO Y ALCANCE 1.1 Introducción
1. OBJETIVO Y ALCANCE 1.1 Introducción Este documento es una descripción de los criterios generales para la salvaguarda de los instrumentos financieros del cliente adoptados por Gestión de Patrimonios Mobiliarios, A.V. S.A., ( en adelante G.P.M.) en base a las categorías y criterios establecidos por las Directivas Europeas 2004/39/CE (Nivel I) y 2006/73/CE (Nivel II) conocidas como MIFID. Mención especial merece el FOGAIN (Fondo General de Garantía de Inversiones), como uno de los requisitos que debe de cumplir GPM para el desarrollo de su actividad. El FOGAIN se creó como exigencia de la Directiva 97/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo de 1997, relativa a los Sistemas de Indemnización de Inversores. La Ley 37/1998, de 16 de noviembre, modificó el artículo 77 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores introduciendo en el mismo la exigencia de la creación de un Fondo de Garantía de Inversores. Este artículo fue posteriormente desarrollado por el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre Sistemas de Indemnización de los Inversores, que contiene en su Capítulo I la regulación detallada del Fondo y del derecho de los inversores a solicitar de él una indemnización en caso de concurso judicial o declaración de insolvencia administrativa de una Entidad Adherida al FOGAIN. Este Real Decreto ha sufrido varias modificaciones posteriores. Se enumera a continuación normativa que afecta al FOGAIN: Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. Refundición no oficial publicada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Directiva 97/9/CE, de 3 de marzo de 1997, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los sistemas de indemnización de los inversores. Diario Oficial n° L 084 de 26/03/1997 p. 0022 - 0031 Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre Sistemas de indemnización de los inversores. En este sentido, GPM está adherido al FOGAIN desde el inicio de la actividad de dicho Fondo de Garantía, cuya finalidad es ofrecer a los clientes de las sociedades de valores, Agencias de Valores y Sociedades Gestoras de Carteras, la cobertura de indemnización como máximo de 100.000 euros por titular, en caso de que alguna de estas entidades entre en una situación de concurso de acreedores o declaración de insolvencia por parte de la CNMV, indicando que la entidad no puede cumplir con las obligaciones contraídas con sus clientes. Ante alguna de las situaciones mencionadas de insolvencia del intermediario, que impida la recuperación del efectivo y/o o de los valores depositados o gestionados, el inversor deberá de dirigirse a la gestora del FOGAIN para rellenar el formulario para la reclamación para asi poder solicitar las compensaciones. El cálculo de la cantidad que puede recibir el inversor se realiza sumando el efectivo depositado y el valor de mercado de los instrumentos financieros que se encuentren a su nombre, en la fecha en que se declare la insolvencia de la entidad intermediaria. En su caso, se agregarán los saldos (deudores o acreedores) de las distintas cuentas para calcular la posición global neta. Si hubiera varios titulares para una misma cuenta, las posiciones individuales se calcularán según lo que establezca el contrato firmado con la entidad o, en su defecto, a partes iguales entre todos ellos. 1.2 Objetivo Describir la Política de Salvaguarda de los Instrumentos Financieros de los Clientes de G.P.M. y de los Instrumentos Financieros por cuenta propia. 1.3 Alcance y Ámbito de Aplicación El alcance de la presente política es la prestación de todos los servicios MIFID que ofrece G.P.M. 2.- PRINCIPIOS GENERALES DE PROTECCION INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE CLIENTES DE LOS La Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros de Clientes de G.P.M., cumple con los objetivos de protección al cliente establecidos en los artículos 16,17,19,20,30.1.g y 32 de la Directiva 2006/73 y el artículo 13.7 de la Directiva 2004/39. Según lo establecido en los anteriores artículos, G.P.M. toma las medidas oportunas para salvaguardar los derechos de propiedad de los clientes, especialmente en los supuestos de insolvencia de la misma, e impedir la utilización de los instrumentos de los clientes por cuenta propia. 2.1 Distinción de activos propios y de clientes G.P.M. tiene establecida en su sistema informático, una estructura de cuentas de valores que permite diferenciar los instrumentos financieros por cuenta propia de los instrumentos financieros de los clientes, y dentro de estos, identifica los activos propiedad de cada uno de ellos. Esta estructura de activos por cuenta de clientes, se mantiene en todos los depositarios centrales ó subcustodios que G.P.M. utiliza para dar soporte a sus clientes en los distintos mercados en los que operan. En el Mercado Nacional de Renta Variable, Latibex, Warrants, ETFs, y M.A.B G.P.M. utilize como subcustodio a BME (Bolsa Barcelona), en Renta Fija privada, G.P.M. utiliza como subcustodio a RBC Investor Services. Para Mercados Internacionales en Renta Variable los intermediaries serán BNP, RBC siendo subcustodios BME (Bolsa Barcelona, RBC y Banco Sabadell) y en Renta Fija, G.P.M. utiliza a RBC y Banco Sabadell Para los Mercados Nacionales de Deuda Pública, se utiliza a RBC Dexia y para Repos a E.B.N CUADRO RESUMEN MERCADO NACIONAL ENTIDAD DE SUBCUSTODIA INSTRUMENTO RENTA VARIABLE BOLSA DE BARCELONA LATIBEX BOLSA DE BARCELONA WARRANTS BOLSA DE BARCELONA ETF MAB RENTA FIJA PRIVADA DEUDA PUBLICA BOLSA DE BARCELONA ENTIDAD DE LIQUIDACION GPM GPM GPM GPM GPM BOLSA DE BARCELONA RBC Investor Services RBC RBC Investor Services RBC EBN EBN REPOS MEFF Derivados CFD INTERNACIONAL INTERACTIVE BROKERS SAXO INTERACTIVE BROKERS SAXO RENTA VARIABLE BNP BOLSA BARCELONA RENTA FIJA RBC RBC 2.2. Conciliación de cuentas G.P.M. garantiza la exactitud de los registros internos de instrumentos financieros propiedad de los clientes respecto a los terceros en cuyo poder obran, realizando los procesos de conciliación que se describen a continuación. Con B o l s a B a r c e l o n , entidad donde están depositados la mayoría de los valores de clientes, G.P.M. dispone de conexión directa con su aplicación, de tal manera que las conciliaciones son directas y en cada movimiento. En general con todos los subdepositarios se realizan las conciliaciones siguientes: Diariamente se concilian los movimientos. Mensualmente se concilian los saldos por valores y por clientes. Si se estableciesen en el futuro nuevos acuerdos con otros subcustodios se realizaría el mismo proceso. Los procesos de conciliación descritos, los realiza el departamento de liquidación dependiente de la Dirección de Administración. También hay que tener en cuenta que la Función de Auditoría Interna de la Unidad de Control de G.P.M. realiza procesos de conciliación a lo largo del año. La Auditoría externa Anual, incluye entre sus puntos de revisión, estos procesos de conciliación, solicitando a las entidades subcustodias, información sobre los registros que G.P.M. mantiene en cada una de sus cuentas. 3.- REGLAS RELATIVAS AL SUBDEPÓSITO El artículo 17 de la Directiva 2006/73 permite a las empresas de servicios de inversión depositar instrumentos financieros cuya tenencia ostenten por cuenta de sus clientes, en cuentas abiertas con un tercero, a condición de que las empresas actúen con la debida competencia, atención y diligencia en la selección, designación y revisión periódica del tercero. El esquema de subdepósitos de G.P.M. es el siguiente: a) En el Mercado Nacional de Renta Variable, Warrants, ETF, Latibex, M.A.B G.P.M. está adherida a las distintas plataformas de liquidación y custodia que tienen creadas los depositarios, IBERCLEAR y las Sociedades de Liquidación y Compensación de las Bolsas de Madrid y Barcelona de las que es miembro. A pesar de ello, el servicio de custodia lo tiene subcontratado G.P.M. con la BME( Bolsa Barcelona) b) Mercado de Derivados En este caso G.P.M. utilice a un tercer miembro del Mercado Saxo Bank e Interactive Bróker. c) Para el Mercado de Deuda Pública nuestro depositario será RBC Investor Services Y EBN d) En el resto de mercados ( internacional…) G.P.M. utiliza subcustodios para realizar la operativa de liquidación en los distintos mercados donde realizan operaciones sus clientes, encargándose de la custodia la BNP y BME ( Bolsa de Barcelona). Dentro de este esquema, G.P.M. ha seleccionado un planteamiento operativo lo más sencillo posible, subcontratando esta actividad en Entidades que cumplen los requisitos y prácticas de mercado, teniendo en cuenta lo siguiente: Son Entidades de reconocido prestigio. Cuentan con experiencia y solvencia a nivel mundial para realizar esta actividad. Tienen su sede en países con reglamentación y supervisión especifica en materia de tenencia y custodia de instrumentos financieros. Cuentan con elevados volúmenes de custodia en sus mercados de referencia. 3.1 Procesos operativos Como ya se ha comentado anteriormente, G.P.M. tiene establecidos mecanismos de conexión en tiempo real con BME(Bolsa Barcelona) que conectan su aplicación de Valores con su sistema informático, permitiendo un intercambio de datos constante, tanto para los valores en custodia, como para los eventos corporativos que se producen sobre las posiciones de los clientes y las operaciones de liquidación. Adicionalmente se mantiene también conexión permanente con el depositario central IBERCLEAR que permite conciliar las liquidaciones diarias con los depósitos existents en Bolsa Barcelona. De forma recurrente, se mantienen reuniones con los subcustodios y con IBERCLEAR para analizar los posibles problemas detectados, agilizar procesos ó analizar nuevas funcionalidades. Los procesos de conciliación se han detallado en el punto de "Conciliación de Cuentas". 4. ASPECTOS A CONTEMPLAR RESPECTO A SALVAGUARDA DE EFECTIVO DE CLIENTES Actualmente G.P.M. cumpliendo con la legislación vigente, utiliza como depositarios de los saldos de efectivo de las cuentas de clientes a distintas entidades de crédito españolas de primer orden, a través de cuentas que especifican que son "por cuenta de clientes", quedando por tanto separados los saldos de clientes de los saldos propios de G.P.M. Las entidades de crédito donde G.P.M. deposita los efectivos de clientes son: BANCO SABADELL BANCO POPULAR B.B.V.A. SANTANDER BANKIA LA CAIXA RBC INVESTOR SERVICES EBN BNP INTERACTIVE BROKER SAXO BANK INVERSIS G.P.M. realiza conciliaciones periódicas de los saldos depositados de clientes en las mencionadas entidades de crédito, con los saldos existentes de cuentas de clientes que dispone G.P.M. a través de los registros de su aplicación informática, donde de forma separada, cliente a cliente se lleva el control de cada una de las cuentas. G.P.M. no recibe efectivo de clientes que sean destinados a otra finalidad distinta de los depósitos que mantengan. 5.- UTILIZACION DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LOS CLIENTES G.P.M., cumpliendo con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores y en lo dispuesto en el Artículo 19 de la Directiva 2006/73, no utiliza los instrumentos financieros cuya tenencia ostenta por cuenta de sus clientes para operaciones de financiación de su actividad de cuenta propia. Los movimientos de instrumentos financieros están basados únicamente en instrucciones realizadas por los clientes. Si en un futuro G.P.M. se replantease esta actividad y decidiera prestar a terceros los instrumentos financieros de los clientes (actividad conocida como Préstamo de Valores), se deberán considerar los siguientes preceptos: Establecimiento de acuerdos con terceros: o Necesidad de obtener el consetimiento expreso del cliente sobre el uso de sus instrumentos. o Obligatoriedades de ceñirse a las condiciones especificadas y aprobadas por el cliente al hacer uso de los instrumentos de clientes. En el caso de establecer acuerdos con terceros para instrumentos mantenidos en una cuenta global, necesidad de considerar los dos puntos anteriores y al menos uno de los considerados a continuación: o Necesidad de consentimiento expreso de cada uno de los clientes cuyos instrumentos se hayan depositado en una cuenta global. o Necesidad de disponer de sistemas y controles que garanticen la utilización de instrumentos únicamente si el cliente ha dado su consentimiento expreso. Necesidad de mantener un registro de estas operaciones, incluyendo: o Datos del cliente conforme a cuyas instrucciones se hayan utilizado los instrumentos financieros. o Numero de instrumentos financieros utilizados pertenecientes a cada cliente que haya dado su consentimiento (para poder así atribuir correctamente posibles pérdidas). 5.1 Controles que garantizan la no utilización de los instrumentos financieros El cumplimiento de la presente política se controla según los medios que se detallan a continuación: Las áreas operativas de gestión de cartera propia e intermediación de cartera ajena son áreas separadas y cuentan con las correspondientes barreras de información según lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores. El Departamento de Valores está separado físicamente del Departamento de Tesorería, disponiendo de soporte técnico y humano para cada actividad. Mantenimiento de un registro de órdenes y operaciones, incluyendo los datos de las instrucciones comunicadas por el cliente. Conciliación de saldos por cuenta propia y por cuenta de clientes, según lo detallado en el punto "Conciliación de Cuentas". Envío de confirmaciones a clientes por cada movimiento realizado en su cuenta de valores, detallando los datos concretos de la operación ú operaciones y su posición global. 6. REVISIÓN Y SALVAGUARDA EVALUACIÓN DE LA POLÍTICA DE 6.1 Revisión del diseño de la política La revisión y evaluación de la política de salvaguarda de instrumentos financieros se realiza en distintos momentos: Revisiones periódicas por parte del Departamento de Cumplimiento Normativo. Auditorías internas en función de su plan de auditoría. Auditoría externa anual. 6.2 Cumplimiento de la Política La evaluación del cumplimiento de la política se realizará en distintos momentos: El Departamento de Auditoría Interna evaluará periódicamente el cumplimiento de la política. El control se realizará utilizando la trazabilidad de las operaciones y efectuando un seguimiento del proceso operativo para un número aleatorio de operaciones por mercado y tipo de instrumento. Auditorías internas en función del calendario establecido. Auditoría externa anual. Las conclusiones de estas evaluaciones se remitirán a las Dirección de Cumplimiento Normativo pra su inclusión en su informe anual. 7. COMUNICACIÓN A CLIENTES DE LOS RELEVANTES EN MATERIA DE SALVAGUARDA ASPECTOS G.P.M. proporciona información a sus clientes sobre los aspectos relevantes en materia de salvaguarda a través de dos vías: Documento Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros que se pone a disposición de los clientes en las oficinas de G.P.M. y en su página web. Contratos de depósito y administración: Los contratos de custodia suscritos y firmados por los clientes recogen los principales aspectos relacionados con la administración de los instrumentos financieros a través de subcustodios y las garantías de G.P.M. sobre los mismos.