resol-048-2016
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resol-048-2016
RESOLUCION DE DIRECTORIO No. 48/2016 La Paz, 15 de Marzo de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDO: La nota No. 4861 de la Gerencia General, los antecedentes que se adjuntan y todo cuanto ver convino; Que, mediante nota No. PM-DIR-450-2015 de 03-12-15 del Dr. Javier Caballero Rendón – Médico Familiar del Policlínico Miraflores, dirigida al Administrador a.i. de la Regional de la C.N.S. en La Paz, conforme a la Convocatoria D003/2015 donde establece que el puesto de base cuenta con declaratoria en comisión, solicita la declaratoria en comisión del cargo de base, en virtud a que fue designado Director II del Policonsultorio Miraflores, por el tiempo de tres años. Que, la Unidad de Dotación y Movimiento de Personal dependiente de la Jefatura Regional de Recursos Humanos de la Administración Regional de la C.N.S. en La Paz, en nota UDPMP-M-266-2015 de 21-10-15, emitió el Memorándum, por el cual se procede a su Transferencia y Promoción del Consultorio de Medicina Familiar A del Policlínico Miraflores, Ítem No. 3595-Nivel 09F- Médico Familiar al Ítem No. 3556Nivel 07M - Director II Policlínico Miraflores, a partir del 01 de noviembre de 2015, cargo que fue optado mediante concurso de méritos y examen de competencia. Que, Asesoría Legal de la Administración Regional de la C.N.S. en La Paz, en cite AL-IL-1730/2015 de 14-12-2015 emite el Pronunciamiento Legal, en cuya parte de conclusiones señala que el Dr. Caballero solicitó la declaratoria en comisión sin goce de haberes, en virtud de haber ganado el concurso de meritos y examen de competencia, cargo que de acuerdo al Estatuto y Reglamentos del Colegio Médico de Bolivia tiene una duración de 3 años; que dicho profesional fue designado en el cargo de Director del Policlínico Miraflores; que de acuerdo al Reglamento de Concesión de Becas y Declaratorias en Comisión de la C.N.S. y el Reglamento Interno de Trabajo, corresponde al Directorio considerar la solicitud de dicha declaratoria; por lo que se establece la procedencia de la petición del Dr. Caballero; finalmente, recomienda remitir al Directorio para su aprobación. Que, la Comisión Jurídica en Informe de fecha 02-0216, luego de analizar los antecedentes, considerando que su promoción es por examen de competencia, en sujeción al cite AL-IL-1730/2015 de Asesoría Legal de la Regional La Paz, conforme al Art. 49 y 50 Inc. c) del Reglamento de Concesión de Becas y Declaratorias en Comisión, sugiere aprobar la solicitud del Dr. Caballero por el tiempo que dure sus funciones de Director del Policlínico Miraflores. Que, de acuerdo al Art. 23 del Estatuto del Médico Empleado y de la Carrera Funcionaria, el cargo de Director de un Policlínico tiene una duración de tres años, en tal virtud procede declarar en comisión sin goce de haberes la solicitud del impetrante. Que, este Cuerpo Colegiado en reunión de fecha 1503-16, conoció y consideró el Informe de su Comisión Jurídica, el mismo que fue aprobado. POR TANTO: El Directorio de la Caja Nacional de Salud, en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 15 del D.S. No. 28719, elevado al rango de Ley; RESUELVE: UNICO.- Declarar en comisión sin goce de haberes, el Ítem No. 3595-Nivel 09F- Médico Familiar del Policlínico Miraflores a favor del Dr. Javier Caballero Rendón, dependiente de la Administración Regional de la C.N.S. en La Paz, a objeto de permitir ejercer el cargo de Director II del mencionado Policlínico, a partir del 02-11-2015 y por el tiempo de tres (3) años, de acuerdo al Art. 23 del Estatuto del Médico Empleado y de la Carrera Funcionaria y a lo estipulado en los Arts. 49 y 50 Inc. c) del Reglamento de Concesión de Becas y Declaratorias en Comisión de la C.N.S., que se aplica por analogía. Regístrese, comuníquese y archívese. HMH/mirtha.