REGLAS DEL FRACCIONAMIENTO El Colegio de Arquitectos del
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REGLAS DEL FRACCIONAMIENTO El Colegio de Arquitectos del
REGLAS DEL FRACCIONAMIENTO El Colegio de Arquitectos del Perú Regional La Libertad, con el presente convenio de fraccionamiento brinda al agremiado la posibilidad de regularizar la deuda que mantiene pendiente con la institución para lo cual se somete a las siguientes reglas: 1. El Agremiado reconoce y acepta pagar a favor del CAP-RLL, el monto total indicado por concepto de cuotas mensuales de habilidad para el ejercicio de la profesión, impuestas así también reconoce el monto de los intereses generados hasta la fecha y firma del convenio por su incumplimiento y atraso en sus cuotas. 2. A la firma del convenio el agremiado acepta pagar el porcentaje de la cuota inicial pactada en el convenido de fraccionamiento así, también se compromete al pago puntual del monto de las cuotas acordadas y en las fechas establecidas. 3. El CAP-RLL. Beneficiará al agremiado que se acoja al presente convenio con el congelamiento de la deuda a la fecha de firma mismo no generándose más intereses y aplicación de multas por la deuda reconocida. 4. El incumplimiento de lo pactado en el convenio por parte del agremiado, como es el pago de las cuotas pactadas en un periodo mayor a 03 días de la fecha de cumplimiento de pago de alguna de las cuotas, determinara el fin del convenio de fraccionamiento, aplicándose de manera automática los intereses y multas generadas por su incumplimiento. 5. La Solicitud de Convenio de fraccionamiento en favor del agremiado moroso no lo exonera del pago mensual de las cuotas mensuales de habilidad posteriores a la firma del convenio como tampoco de la aplicación de multas e intereses generados posteriormente a la firma del convenio y de su reglamento. 6. El agremiado solicitante del presente convenio acepta de forma expresa estar conforme con el presente convenio y sus reglas, para lo cual estampa su firma y huella digital.
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