REGLAS DEL FRACCIONAMIENTO El Colegio de Arquitectos del

Transcripción

REGLAS DEL FRACCIONAMIENTO El Colegio de Arquitectos del
REGLAS DEL FRACCIONAMIENTO
El Colegio de Arquitectos del Perú Regional La Libertad, con el presente
convenio de fraccionamiento brinda al agremiado la posibilidad de
regularizar la deuda que mantiene pendiente con la institución para lo cual se
somete a las siguientes reglas:
1. El Agremiado reconoce y acepta pagar a favor del CAP-RLL, el monto total
indicado por concepto de cuotas mensuales de habilidad para el ejercicio de
la profesión, impuestas así también reconoce el monto de los intereses
generados hasta la fecha y firma del convenio por su incumplimiento y atraso
en sus cuotas.
2. A la firma del convenio el agremiado acepta pagar el porcentaje de la cuota
inicial pactada en el convenido de fraccionamiento así, también se
compromete al pago puntual del monto de las cuotas acordadas y en las
fechas establecidas.
3. El CAP-RLL. Beneficiará al agremiado que se acoja al presente convenio con
el congelamiento de la deuda a la fecha de firma mismo no generándose
más intereses y aplicación de multas por la deuda reconocida.
4. El incumplimiento de lo pactado en el convenio por parte del agremiado,
como es el pago de las cuotas pactadas en un periodo mayor a 03 días de
la fecha de cumplimiento de pago de alguna de las cuotas, determinara el fin
del convenio de fraccionamiento, aplicándose de manera automática los
intereses y multas generadas por su incumplimiento.
5. La Solicitud de Convenio de fraccionamiento en favor del agremiado moroso
no lo exonera del pago mensual de las cuotas mensuales de habilidad
posteriores a la firma del convenio como tampoco de la aplicación de multas
e intereses generados posteriormente a la firma del convenio y de su
reglamento.
6. El agremiado solicitante del presente convenio acepta de forma expresa estar
conforme con el presente convenio y sus reglas, para lo cual estampa su firma
y huella digital.