CENSO ANIMALES DOMÉSTICOS Señale lo que proceda
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CENSO ANIMALES DOMÉSTICOS Señale lo que proceda
CENSO ANIMALES DOMÉSTICOS Señale lo que proceda: ALTA RENOVACIÓN BAJA POR.................................................................. CAMBIO DE TITULARIDAD. DATOS DEL ANIMAL DE COMPAÑÍA. Nombre del animal...........................................Núm. de identificación (1*)................................... Raza:....................................Color...............................Clase de animal (2*)................................... Fecha de nacimiento.............................................Domicilio de residencia habitual del animal……………………………………........................Sexo:…………………………………. DATOS DEL PROPIETARIO. Nombre y apellidos..............................................................................D.N.I................................. Calle/Plaza................................................................................Nº.......................C.P................... Teléfono de contacto................................................................. DATOS DEL NUEVO PROPIETARIO ( En caso de cambio de titularidad) Nombre y apellidos..............................................................................D.N.I................................. Calle/Plaza................................................................................Nº.......................C.P................... Teléfono de contacto................................................................. Arroyomolinos a, ...... de.......................de......................... Fdo.: ................................................................. (1*) Figura en la cartilla de vacunación del perro. (2*) Indicar si es doméstico, silvestre o de explotación. Ley 1/1990 de la Comunidad de Madrid. Protección de Animales Domésticos. Corresponde a los Ayuntamientos establecer y efectuar un censo de los animales domésticos que se determinen. Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Art. 9.a), El poseedor o adquiriente de un perro o gato está obligado a inscribirle en el Censo Municipal, dentro del plaza máximo de tres meses desde su nacimiento o de un mes desde su adquisición) Si se hubiera cedido o vendido deberán presentar en el plazao de un mes en el Ayuntamiento la tarjeta sanitaria en la que se hará constar el nombre y domicilio del nuevo poseedor y número de identificación censal del animal, a fin de que sea diligenciada por los servicios municipales y se asigne a la misma los datos sanitarios que obren en los archivos de dicho servicio. Art.9.c), Las bajas por muerte o desaparición de los animales de comunicarán en un plazo máximo de diez días a los servicios municipales, acompañando la tarjeta sanitaria canina, a fin de tramitar su baja en el censo municipal.