TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA ^ • Art. 1°: Créase el Tribunal
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TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA ^ • Art. 1°: Créase el Tribunal
TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA Art. 1°: C r é a s e mara F e d e r a l por Seguridad Social, de superintendencia de l a que e s t a r á de c a d a una de l a s S a l a s que l a compo- serán re- ''•• l o integrará, con vos pero voto . _^ • En c a s o de no p o d e r articulo sidentes Cá- integrado o excusación por l o s Vicepresidentes. Fiscal Art.2°: al de S u p e r i n t e n d e n c i a l o s que en c a s o de irapedimento emplazados sin de l a los Presidentes nen, El e l Tribunal' ^• a n t e r i o r por impedimento Y Vicepresidentes con e l Vocal de l a S a l a con e l J u e z de integrarse e l Tribunal de S a l a , o excusación e l Cuerpo no r e p r e s e n t a d a C á m a r a que e l conforme se de integrará y, en s u Presidente Pre- defecto, del Tribunal de- signe . El Fiscal de C á m a r a reemplazará en t a l e s casos a l Fiscal de Superintendencia. A r t • 3'^': Presidirá sidente de l a C á m a r a Vicepresidente excusación; e l Tribunal Federal Primero actuará en como de S u p e r i n t e n d e n c i a de l a los Seguridad casos Presidente de Social Preo el impedimento o d e l Cuerpo sicTente Segundo en c a s o de i m p e d i m e n t o el el vicepre- o excusación de am- bos . Art.4°: Son f a c u l t a d e s d e l T r i b u n a l de a) Nombrar y p r o m o v e r efecto l a s designaciones acuerdo d e l Fuero, o c o n f i r m a r l a s , según a l a s reglamentaciones autorizar pensatorias licencias a l o s empleados atribución ' ordinarias, • de 1 s i e m p r e que e l í o de l a Cámara, sin asimismo, e.>:traordinarias o d e l Fuero, del Presidente dejar e l caso, en v i g e n c i a . Podrá pases y permutas. b) C o n c e d e r fuere a l o s empleados Superintendencia: f comno c) ' L a s c o n f á r i d a s cial a la por e l a r t . 9 " Cámara del Federal Reglamento de l a S e g u r i d a d para la Justicia So- Nacio- nal. d) P r a c t i c a i dos p a r a l a s intimaciones iniciar sus miento d e l i n i c i o ción trámites de l a del beneficio a los funcionarios jubllatorios. tramitación jubilatorio y emplea- Tomar conoci- así como de l a ordenando l a baja obten- en s u ca- so. e) L l a m a r a e x á m e n e s ' las calificaciones reescalafonamiento f) de i n g r e s o así o o.no de p r o m o c i ó n el en c a s o da c u r s o s y aprobar escalafonamiento de o capacitación. .Aprobar l a s e s t a d í s t i c a s . g) Tomar conocimiento y hacer saber, resoluciones y c o m u n i c a c i o n e s de ticia Nación, de l a Poder J u d i c i a l solviendo h) T o d a s de l a Corte en c a s o que las cuestiones de informática. i) Todas aquellas atinentes de s i m i l a r samente a t r i b u i d a s caso, de las Suprema de Jus- fueros integrantes del públicas y privadas, l o s demás y de i n s t i t u c i o n e s sobre e l l a s en s u fuera menester al edificio carácter re- hacerlo. y al sistema que no .;stén expre- a l a Cáiuara en ¿Dleno o a l P r e s i d e n t e de ésta. Art.5°: E l temario para perintendei'icia grantes nable adopten asuntos serán ral. reuniones puestea en de l a C á m a r a antelación, otros al solo sobrevinientes. comunicadas a c o n o c i m i e n t o de efecto sii'i p e r j u i c i o del Tribunal informativo de que Las de los con pueda Suinterazo- considerar resoluciones aquéllos p o r S e c r e t a r i a que se Gene- ' APROBADO POR -Se será las .ACTA N O 27 d e l b/12/89 p t o . 5 ° . s u p r i m e e l i n c . ch) d e l a r t . 4'=. u° (Aprobado p o r A c t a 54 p t o . 3° d e l 20/2/91 ) . ¿ -Se s u s t i t u y e de doade d i c e l a Seguridad guridad Social.." Social...", donde d i c e " . . . C á m a r a N a c i o n a l de . A p e l a c i o n e s y se "...nombrar reemplaza y promover C á m a r a . . . " p o r "...nombrar Fuero...", TPaBSUP p o r " . . . C á m a r a F e d e r a l de l a y en e l a los a r t . 4'= i n c . a) empleados la de promover a l o s empleados (.^.probado p o r A c t a N"^ 174 Se- del i n c . a) d e l 17/12/97) » ['REGLAMENTO DE INGRESO A L FUERÓl Art. 1". A L C A N C E : Las nonnas del presente Reglamento regirán para todas las designaciones, de carácter pennanente o interino, que deba efectuar esta Cámara directamente o a propuesta de los Magistrados o Funcionaiios que tengan esa facultad, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 5° del Reglamento para la Promoción de los empleados de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Art. 2°. REOUISITOS PARA E L INGRESO: Para ingresar al Fuero se requiere, además de las condiciones establecidas en el Reglamento para la Justicia Nacional, las siguientes: a) Observar buena conducta en la vida pública y privada; b) Ser presentado por dos personas de reconocida solvencia moral y pública del conocimiento del Tribunal; c) Poseer O certificado de salud expedido por el Servicio de Reconocimientos Médicos O co del Poder .Judicial de la Nación; ch) Haber completado estudios 3 secundarios, requisito éste que no se exigirá al personal de sei-vicio y maestranza; d) Acreditar aptitud par el desempeño del cargo, en la fonna prevista por este Reglamento. Art. 3°. CATEGORIA DE INGRESO: Sólo podrá ingi-esarse al fiiero por el cargo inferior de cada uno de los escalafones del personal. No se harán oti-as excepciones que las previstas en los reglamentos generales que dicte esta Cámara. Art. 4". E X A M E N DE INGRESO: Toda designación para el cargo inferior del escalafón administrativo se hará a través de un examen que tendrá lugar todos los años entre el 15 de marzo y el 15 de abril. La Cámara, sin embargo, convocará a otros concursos extraordinarios si las circunstancias lo exigieren. La fecha de reunión de la comisión •. •.• i ! examinadora será anunciada con anticipación no menor de quince días y las inscripciones se cerrarán cinco días antes de la fecha del examen. Art. 5°. COMISION EXAMINADORA: El Presidente de la Cámara designará a los integiantes de la comisión examinadora, que no podrán tener categoría inferior a la de Prosecretario de Sala. Art. 6°. PRUEBAS: El examen de ingleso consistirá en pruebas de procesador de texto, de ortografía, y de redacción. Cada una de ellas se calificará con puntaje entre O y 10. a) Procesador de texto; b)Orto£rafía: La prueba consistirá en el dictado de un texto de aproximadamente 100 palabras, el que se efectuará en forma manuscrita. Del máximo de 10 puntos se deducirá medio punto por cada enor de ortogiafia, acentos incluidos. No se contarán los signos de puntuación que se dictarán junto con el texto; c) Redacción: La prueba consistirá en redactar en fonna manuscrita aproximadamente veinte renglones sobre el tema que se fije. La calificación se hará según el criterio de la comisión examinadora, pero atenderá a la corrección lingüística y a la sintaxis antes que a la valoración de ios conceptos expuestos o a la elegancia del estilo; y se fundaiá, en pautas de razonabilidad. Los textos para copia y dictado y el tema de redacción serán entregados por el Presidente de la Cámara bajo sobre cerrado que se abrirá en el momento de la prueba. Art. 7°. VALIDEZ DE L A CALIFICACION: La calificación obtenida en el examen conservará su validez por tres (3) años, pero el interesado podrá presentarse nuevamente el año siguiente, caso en el que su calificación anterior caducará de pleno derecho. Art. 8°. LISTA DE INGRESO: La Comisión Examinadora se expedirá dentro del plazo de diez días a paitir de la fecha en que se tomen las pruebas. Con los resultados de éstas, la Cámara confeccionará una lista de todos los aspirantes por orden decreciente de puntaje, de la que quedarán V l é^dcr- jííidicie.-i da ia- e/tOísiée» excluidos aquéllos que hayan obtenido menos de 7 puntos en la prueba de ortografía o menos de 5 puntos en algunas de las restantes. Se otorgarán 2 puntos adicionales a quienes hayan cumplido con el servicio militar voluntario. Una vez aprobada por la Cámara, la lista quedará a disposición de los interesados y de los Magistrados y Funcionarios con facultades para proponer. , Art. 9°. PROPUESTAS: La autoridad proponente escogerá un candidato de la lista mencionada en el art. 8°, teniendo en consideración lo dispuesto en el art. 9° inc. b) de la ley 24.429. La propuesta deberá formularse dentro del plazo de un mes a partir del momento en que se produzca la vacante. En caso contrario, la Cámara decidirá por sí. Art. 10°. REINGRESO: Quienes hayan ocupado en el fiiero un cargo en el escalafón administiativo podrán solicitar ser tenidos por candidatos al reingieso sin cumplir el requisito del examen previsto en el art. 4°, siempre que durante su desempefío pasado hayan ascendido de categoría al menos una vez. Con tales candidatos se confeccionará una lista aparte que quedará a disposición de magistrados yfimcionariosjunto con la prevista en el art. 8°. En caso de concretarse el reingreso éste se verificará en todos los casos por el grado inferior del escalafón, cualquiera fuese la categoría alcanzada por el candidato en el pasado. -Aprobado por Acta N° 25 del 8/11/89 pto. 5°. -Se modifica el art. 6° apart. a). (Aprobado por Acta N° 60 pto.2'' del 3/4/91). i -Se modifica el art. 7°. (Aprobado por Acta N° 92 pto.T apart. a) del 25/8/93). -Se modifica el art.l° donde dice "...Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social" por "Cámara Federal de la Seguridad Social" y se agrega en el art.6° inc. a) Mecanogiafía: "... Las palabras repetidas fiiera de texto no serán consideradas a los efectos del cómputo..." (Aprobado por Acta N° 145 del 30/5/96 pto.3° inc, a). -Se incluye en el art. 8° "...Se otorgarán 2 puntos-adicionales a quienes hayan cmnplido con el servicio militar voluntario"; y se inckiye en el art.9° "...teniendo en consideración lo dispuesto en el art. 9° inc.b) de la ley 24.429". (Aprobado por Acta N° 153 del 5/11/96, pto.l" A). - Se modifica el art.7° donde dice "...La calificación obtenida en el examen conservará su validez por tres (3) años...". (Aprobado por Acta N° 214 pto.2° inc. A)den7/07/0J. - Se sustituye el art. 6° inc. a) donde dice "mecanografía" por "procesador de texto". (Aprobado por Acta N° 217 pto. 3° inc. C) del 31/10/01).