INSTRUCTIVO DE BPM Capacitación continúa. Reconocimiento
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INSTRUCTIVO DE BPM Capacitación continúa. Reconocimiento
INSTRUCTIVO DE BPM Capacitación continúa. Reconocimiento médico. Dotación limpia y de color blanco. Esmerada limpieza y aseo personal. Lavado y desinfectado de manos completamente. Cabello cubierto con cofia o gorro. Uso de tapabocas en nariz y boca. Uñas limpias, cortas y sin esmalte. Calzado cerrado, de material resistente e impermeable y de tacón bajo. Guantes limpios, sin roturas o desperfectos. Evitar el uso de joyas y relojes. Y Evitar comer, beber y fumar. No presentarse con síntomas de enfermedad infectocontagiosa. Explicación de Instructivo código BPM Capacitación continua: Se debe capacitar al personal en materia de educación sanitaria, especialmente en cuánto a prácticas higiénicas en la manipulación de alimentos y también con respecto al proceso de llevar a cabo un “POES” “que es uno de los tres sistemas de aseguramiento de la calidad sanitaria en la alimentación, y HACCP (Análisis de Riesgo de los Puntos Críticos de Control)”. (Elias). Deben estar capacitados con el fin que sepan adoptar las precauciones necesarias para evitar la contaminación de alimentos. Es decir debe saber los procesos sobre que limpiar y desinfectar, con qué frecuencia, cuándo, cómo y quién limpia y desinfecta. Para lo anterior se necesita establecer unas acciones para llevarlo a cabo y el proceso a seguir para desarmar un equipo y poderlo limpiar y desinfectar. “Las empresas deben tener un plan de capacitación continuo y permanente desde la contratación hasta el momento que este personal este llevando a cabo las funciones asignadas, y debe reforzarse con talleres, conferencias, charlas etc. Esta capacitación debe estar bajo la responsabilidad de la empresa y podrá ser dirigida por personas naturales o jurídicas contratadas o por autoridades sanitarias. La autoridad sanitaria en cumplimiento de sus actividades de vigilancia y control, verificará el cumplimiento del plan de capacitación para los manipuladores de alimentos que realiza la empresa. Para reforzar el cumplimiento de las prácticas higiénicas, se han de colocar en sitios estratégicos avisos alusivos a la obligatoriedad y necesidad de su observancia durante la manipulación de alimentos. El manipulador de alimentos debe ser entrenado para comprender y manejar el control de los puntos críticos que están bajo su responsabilidad y la importancia de su vigilancia o monitoreo; además; debe conocer los límites críticos y las acciones correctivas y tomar cuando existan desviaciones en dichos límites.” (Colombia P. d., Decreto 3075 de 1997 - Artículo 14 educación y capacitación, 1997) Reconocimiento médico: “El manipulador de alimentos debe haber pasado por un chequeo médico antes de desempeñar esta función y cada vez que se considere necesario por razones clínicas y epidemiológicas, especialmente después de haber faltado al trabajo por motivos de alguna infección que pudiera dejarle secuelas capaces de provocar contaminación de los alimentos que se manipulen.” (Colombia P. d., Decreto 3075 de 1997 Capítulo III - Artículo 13. Estado de salud, 1997). Este reconocimiento se debe realizar al menos una vez al año. La persona que esté a cargo del manipulador de alimentos, debe estar pendiente que esté no presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas. “Todo manipulador de alimentos se debe practicar exámenes médicos especiales: Frotis de garganta con cultivo, KOH de uñas (para detectar hongos), coprocultivo y examen de piel antes de su ingreso al establecimiento de la industria gastronómica y de acuerdo con las normas legales vigentes”. (Icontec, 2005) Dotación limpia y de color blanco “Toda persona mientras trabaja directamente en manipulación o elaboración de alimentos, debe adoptar las prácticas higiénicas y medidas de protección que a continuación se establecen: Vestuario de trabajo. El color blanco es sinónimo de limpieza y pulcritud, por ende el manipulador debe portar esta vestimenta de trabajo que “permita visualizar fácilmente su limpieza; con cierres o cremalleras y / o broches en lugar de botones y otros accesorios que puedan caer en el alimento; sin bolsillos ubicados por encima de la cintura; cuando se utiliza delantal, este debe permanecer atado al cuerpo en forma segura pata evitar la contaminación del alimento y accidentes de trabajo. La empresa será responsable de una dotación de vestimenta de trabajo en número suficiente para el personal manipulador, con el propósito de facilitar el cambio de indumentaria el cual será consistente con el tipo de trabajo que desarrolla.” (Colombia P. d., Decreto 3075 de 1997 - Capítulo III - Artículo 15 - Prácticas higiénicas y medidas de protección, 1997) Vestuario: “Se debe dejar la ropa y zapatos de la calle en el vestuario. No se debe usar ropa de la calle en el trabajo, ni venir con la ropa de trabajo desde la calle.” (Colombia C. A.) Esmerada limpieza y aseo personal Se debe ser muy cuidoso con el aseo personal, que la vestimenta de trabajo esté limpia y lavar las botas cada vez que ingresa al sector de trabajo. Lavado y desinfectado de manos completamente - “Los manipuladores se deben lavar las manos y los antebrazos, cuantas veces sea necesario, antes de iniciar las labores, cuando cambie de actividad o, después de utilizar el servicio sanitario. - El lavado de las manos y antebrazos se debe efectuar con agua y jabón antibacterial u otra sustancia, que cumpla la misma función de acuerdo con las normas legales vigentes. Se debe utilizar cepillo personal para el lavado de las uñas.” (Icontec, 2005) ¿Cuándo? “Antes de comenzar su trabajo, cada vez que salga y regrese al área asignada y después de manipular cualquier material u objeto que pudiese representar un riesgo de contaminación para el alimento. Será obligatorio realizar la desinfección de las manos cuando los riesgos asociados con la etapa del proceso así lo justifiquen” ¿Cómo? Con agua caliente y jabón, usando cepillo para uñas y secándose con toallas desechables o secadores eléctricos. Cabello cubierto con cofia o gorro Mantener el cabello recogido y cubierto totalmente mediante una malla o cofia. Uso de tapabocas en nariz y boca “Se debe usar protector de boca y en caso de boca y en casi de llevar barba, bigote o patillas anchas se debe usar cubiertas para estas” Uñas limpias, cortas y sin esmalte. Calzado cerrado, de material resistente e impermeable y de tacón bajo Guantes limpios, sin roturas o desperfectos ser tratados “con el mismo cuidado higiénico de las manos sin protección. El material de los guantes, deben ser apropiados para la operación realizada. El uso de guantes no exime al operario de la obligación de lavarse la manos.” (Colombia P. d., Decreto 3075 de 1997 - Capítulo III - Artículo 15 - Prácticas higiénicas y medidas de protección, 1997) Evitar el uso de joyas u otros accesorios “que pueda tener contacto con algún producto y / o equipo. En caso de usar lentas, deben asegurarse a la cabeza mediante banas, cadenas u otros medios ajustables.” (Colombia P. d., Decreto 3075 de 1997 - Capítulo III - Artículo 15 - Prácticas higiénicas y medidas de protección, 1997) Evitar comer, beber y fumar. Se deben respetar los avisos del sector de “NO FUMAR, BEBER, COMER NI SALIVAR” Y evitar accidentes, teniendo los utensilios limpios y arrojando los residuos en el cesto correspondiente. No presentarse con síntomas de enfermedad infectocontagiosa Evite el contacto con alimentos si padece afecciones de piel, heridas, resfríos, diarrea o intoxicaciones. Evite toser o estornudar sobre los alimentos y equipos de trabajo. “Los manipuladores de alimentos no podrán desempeñar sus funciones en el evento de presentar infecciones dérmicas, lesiones tales como heridas y quemaduras, infecciones gastrointestinales, respiratorias u otras susceptibles de contaminar el alimento durante su manipulación. En casos de presentar pequeñas heridas cubrir las mismas con vendajes y envoltura impermeable”(Icontec, 2005) BIBLIOGRAFÍA Icontec, M. d. (22 de Julio de 2005). Norma Técnica NTS - USNA Sectorial Colombiana 007. Recuperado el 2013 de Marzo de 04, de Documento en Pdf Colombia, C. A. (s.f.). Manual Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en hoteles. Recuperado el 03 de Marzo de 2013, de http://www.bogotaturismo.gov.co/sites/default/files/MANUAL_BPM_PARA_HOTELES.pdf Colombia, E. p. (s.f.). Colombia, P. d. (23 de Diciembre de 1997). Decreto 3075 de 1997 - Artículo 14 educación y capacitación. Bogotá, Cundinamarca, Colombia . Colombia, P. d. (23 de Diciembre de 1997). Decreto 3075 de 1997 - Capítulo III - Artículo 15 Prácticas higiénicas y medidas de protección. Bogotá, Cundinamarca, Colombia. Colombia, P. d. (23 de Diciembre de 1997). Decreto 3075 de 1997 Capítulo III - Artículo 13. Estado de salud. Bogotpa, Cundinamarca, Colombia. Elias, I. C. (s.f.). POES procesos operacionales estándares de saneamiento.