Acta del Pleno ordinario celebrado el 3 de abril de 2014
Transcripción
Acta del Pleno ordinario celebrado el 3 de abril de 2014
ACTA DA SESION ORDINARIA CELEBRADA POLO PLENO DO CONCELLO O DIA 3 DE ABRIL DE 2014 ALCALDE-PRESIDENTE: D. JESÚS VÁZQUEZ ALMUÍÑA CONCELLEIROS: Dª. ANA SIMÓNS SÁNCHEZ D. ANGEL MANUEL RODAL ALMUÍÑA D. JOSE RODRÍGUEZ TRIGO Dª. MARÍA IGLESIAS FERNÁNDEZ Dª MARÍA JESÚS GARBIN DOMÍNGUEZ Dª. MARÍA JESÚS MARTINS PASSOS D. RAUL COSTAS LAFUENTE D. ANTONIO GARRIDO POUSA D. POLICARPO VILAR MISA (entra na Sala ás 12,20 h.) Dª MARÍA ISABEL DOMÍNGUEZ QUINTAS Dª NATALIA VANESA VARGAS GONZÁLEZ (entra na Sala ás 12,15 h.) D. ARTURO PEREIRA PEQUENO D.JOSE LUIS BLACH FERNANDEZ D. IAGO PEREIRA MOREDA D. ANTONIO AMORÍN MARTÍNEZ (GRUPO MIXTO) SECRETARIA MUNICIPAL: Dª. SUSANA GALLARDO FARIÑA INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. ROSA MARIA DEL RIEGO SANTOS NON ASISTIU: Dª SANDRA MARIA COSTAS MARTINEZ (PSOE) __________________________________________________________________________ Na Casa Consistorial de Baiona, a tres de abril de dous mil catorce, reúnense os señores ditos enriba, co obxecto de celebrar sesión ordinaria do Pleno do Concello en primeira convocatoria. Sendo as doce horas, o Sr.Alcalde-Presidente declara aberta a sesión. SR.ALCALDE.- Quixera transmitir dende aquí, e de parte de toda a Corporación, o pésame ás familias do barco que se afundíu na entrada da ría de Vigo. Onte envíaronse os pésames aos Concellos de Cangas, Marín e Barro, onde estaban residindo as persoas falecidas. Enviar de parte de todos o pésame ás familias. Pásase ó tratamento dos asuntos contidos na Orde do Día. 1.- APROBACION DE ACTA ANTERIOR. - Acta da sesión ordinaria de data 20 de febreiro de 2014. - Acta da sesión extraordinaria de data 25 de marzo de 2014. 1 O Sr.Alcalde pregunta se hai algunha observación que facer ás devanditas actas. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- En el acta del 20 febrero, supongo que es un error transcripción, pero en el segundo párrafo de la página 6 hablabamos de la capacidad inversión en el presupuesto anterior y por supuesto hablabamos de 1.100.000 euros, no 1.100 euros. Y en el acta del 25 de marzo en la página 13 se recoge mi intervención como de Sra.Simons. Nada más. _____________________________ de de de la Non producíndose ningunha intervención máis, sométense a votación as devanditas actas, ficando aprobadas por unanimidade dos presentes. ____________________________________________________________________________ (Sendo as 12,15 h., entra no salón de Plenos a SRA. NATALIA VANESA VARGAS GONZÁLEZ, PSOE). ____________________________________________________________________________ 2.- DACION DE CONTA DAS RESOLUCIONS DA ALCALDIA. O Presidente da conta da Resolucións da Alcaldía ditadas dende o útilmo Pleno ordinario cuxa relación foi entregada ós/ás concelleiros. 3.- DACION DE CONTA DA LIQUIDACION DO ANO 2013. Dase conta da devandita Liquidación. 4.- DACION DE CONTA DO CUMPRIMENTO DO OBXECTIVO DE ESTABILIDADE PRESUPOSTARIA. Dase conta do cumprimento do obxectivo de estabilidade presupostaria. 5.- APROBACIÓN, SE PRESUPOSTO 2014. PROCEDE, DAS RESOLUCIONS DAS RECLAMACIONS O A Presidencia cede a palabra ó SR.RODAL, PP, quen da conta da seguinte: PROPUESTA DE ALCALDÍA ANTECEDENTES: Primero.- En sesión plenaria de 20/02/14 se aprobó inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Baiona para el año 2014. Segundo.- Con fecha 26/02/14 se publica dicho acuerdo inicial en el B.O.P. nº 39 y en la página web del Ayuntamiento, para cumplimiento del trámite de exposición pública por un plazo de 15 días hábiles, es decir hasta el día 15/03/14, inclusive. Tercero.- Durante el plazo de exposición pública, se presentaron las siguientes reclamaciones: 2 - - R.E. nº 2000 de 14/03/14 de Martín Otero Clemente en representación de la Asociación de Vecinos de Sabaris, Castro Ladeira R.E. nº 2004 de 14/03/14 de Iago Pereira Moreda en representación del BNG R.E. nº 2005 de 14/03/14 de Mª Victoria Fernández Pulido en representación del ANPA del CEIP de Fontes R.E. nº 2009 de 15/03/14 de Amalia Varela Diéguez en representación del ANPA del Instituto 1º de Marzo FUNDAMENTOS JURÍDICOS: El artículo 169.1 del TRLHL señala: “1. Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” El artículo 170 del TRLHL señala: “1. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior, tendrán la consideración de interesados: a. Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local. b. Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la entidad local. c. Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios. 2. Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto: a. Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta Ley. b. Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo. c. Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.” Habiendo finalizado el plazo de exposición pública el día 15 de marzo de 2013, inclusive, vistas las alegaciones presentadas durante el mismo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 169 y 170 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 marzo y de conformidad con el Informe nº 27/14 de Intervención, se eleva al Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa, el siguiente ACUERDO: Primero.- Desestimar las reclamaciones presentadas por el Bloque Nacionalista Galego por los siguientes motivos: 1.- El Presupuesto General de 2014 se ajusta a la clasificación establecida en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 3565/2008 de 3 de diciembre, con el detalle permitido en cuanto a los Estados de Gastos e Ingresos en los Anexos de dicha Orden 2.-En el Presupuesto General de 2014 están dotadas de crédito las partidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la Entidad Local en función de su población. 3.- El Presupuesto General de 2014 se ajusta a lo establecido en el TRLHL en cuanto a la documentación exigida, y en particular incluye el Anexo de personal exigido en el artículo 168 del TRLHL Segundo.- Inadmitir la reclamación presentada por D. Martín Otero Clemente en representación de la Asociación de Vecinos de Sabaris, Castro Ladeira, puesto que no se basa en ninguno de los motivos señalados en el artículo 170.2 del TRLHL 3 Tercero.- Desestimar las reclamaciones de Dª Mª Victoria Fernández Pulido en representación del ANPA del CEIP de Fontes y de Dª Amalia Varela Diéguez en representación del ANPA del Instituto 1º de Marzo, puesto que en el Presupuesto de 2014 existe una partida específica (partida 230-48000), para atender las situaciones de emergencia social, que deberán tramitarse a través del departamento de servicios sociales ____________________________________________________________________________ (Sendo as 12,20 h., entra no salón de Plenos o SR. POLICARPO VILAR MISA, PP) ____________________________________________________________________________ SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Sr.Alcalde, desde el grupo socialista y pese a que no presentamos ninguna alegación al presupuesto, más allá de oponernos al presupuesto en sí dentro de esta sesión plenaria, vamos a votar en contra porque entendemos que lo que se está haciendo desde el gobierno en escudarse en puros formalismos para no atender a ninguna solicitud ó alegación que mejoraría, y mucho, el presupuesto de esta entidad; y por tanto vamos a votar en contra. Entendemos que una vez más aplican ustedes el rodillo de la mayoría absoluta; no escuchan a los vecinos; no escuchan a los grupos de la oposición; y por tanto en contra de la aprobación de este punto. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Bós días a todos e a todas; nós evidentemente vamos a votar en contra, entre outras cousas porque non foron aceptadas as nosas alegacións, que a pesar dos formalismos que poida haber realmente nós o que pedíamos era simplemente que se manteña como primeira alegación básica o fondo galego de cooperación internacional, que como xa dixemos no Pleno dos Orzamentos é unha partida de 2.000 euros ó ano; destinar os 15.200 euros que están orzamentados para a Festa da 3ª Idade a emerxencia social, debido ao momento no que nos atopamos; e a terceira alegación nosa era realmente manteñer as axudas ás familias e institucións sen ánimo de lucro, que a partida baixaba dos 28.000 euros no 2013 a 17.000 euros. Aparte de isto, de non ser aceptadas estas alegacións, vendo sobre todo as das duas AMPAS que piden tamén axudas para a xente en risco de exclusión social ou con problemas económicos reais, para o tema dos comedores e libros, non nos queda outra que votar en contra. SR.AMORIN, GRUPO MIXTO.- Voume abster neste punto. SR.RODAL, PP.- Con respecto a la alegación que había hecho el BNG, Sr.Pereira, creo que se ha contestado perfectamente. Desde aquí quiero agradecer como siempre en todos los presupuestos que se han llevado desde que estamos gobernando, a nuestra interventora, tanto a Secretaría como a Intervención, pero sobre todo a Rosa del Riego, por la gran labor que hace en el Presupuesto; creo que nos facilita a todos, tanto al equipo de gobierno como a la oposición, la lectura de ese manifiesto que es el presupuesto porque a veces no es fácil para los que no somos economistas. Sr.Pereira, define que no se detalla en concreto lo que son los gastos y donde vienen los ingresos, y yo creo que se especifica perfectamente; entiendo que usted leyó el presupuesto, pero hay un montón de páginas donde se detalla estimadamente. La palabra “presupuesto” es “pre” y “supuesto”; obviamente “presupuesto”; es como decían el otro día en cuanto al Plan General la Sra.Domínguez y la Sra.Simons, es algo abierto, pero obviamente hay que tener unas bases, y la Intervención y este equipo de gobierno siempre se basan en los datos del año anterior y ahí es donde puede haber unas diferencias, pero el presupuesto siempre está abierto. Le pongo un simple ejemplo: este presupuesto se aprobó el otro día inicialmente y ahora tenemos una avería de un camión de la basura que posiblemente 4 ascienda a 7.000 euros, y aunque hay una partida para averías no contemplabamos esa avería tan grande, por lo que hay que hacer a veces modificaciones de crédito; ó se da el caso de que durante todo el año aparecen subvenciones como acaba de aparecer una nueva del GAC, que esperemos que nos acepten una, que salió ahora estos días y a lo mejor no estaba dentro del presupuesto. Pero si usted ha visto partida a partida, detenidamente, sí se detalla perfectamente los supuestos ingresos y los supuestos gastos; pero aquí no somos adivinos, no podemos saber si el clima va a ser bueno en verano ó no para que se facture más ó menos en Carabela Pinta, ó por ejemplo en nuestro Museo de la Navegación, que sí que influye mucho la climatología. En esas alegaciones que han hecho ustedes también nos hablan de que tenemos que hacer un Plan de empleo; dentro de las obligaciones del Concello no está la de hacer un Plan de empleo; son otros organismos supramunicipales los que tienen que hacerlo. Con respecto a CASTRO LADEIRA, de Sabarís, ya habíamos dicho claramente que no habría ni que contestar porque no está dentro de las 3 pautas que hay para aceptar una alegación, pero por ética sí hemos contestado, y creo que ellos saben perfectamente, y personalmente por mi parte, porque es. Con respecto a las 2 alegaciones de las AMPAS entendemos que sí, que estamos en el momento que estamos, pero tanto de las peticiones que hacen de comedor y de libros, no quiero profundizar en el tema, pero para eso ya están ciertos organismos. Nosotros desde el Concello también hacemos unos pagos a la segunda cuidadora, que son 17.000 euros, que sí figura en el presupuesto; la segunda cuidadora del comedor. Y sí que hay unas bolsas de libros; si según la renta desde la Xunta pues obviamente tienen que pagar una cantidad ó tienen unos cheques para pagar esos libros; no quiero entrar en demagogias; pero sí decir que hay unas partidas para Emergencia social, están contempladas. En cuanto a lo que comentó usted, si hace 2 años había 28.000 euros es porque este equipo de gobierno decidió, en el momento cuando fué el tema de la paga extra (que ahora como verían ustedes estos días en prensa, pues la tendrán que recuperar, porque realmente era suya, los operarios del Concello, estos 110 operarios) y nosotros en su momento la pusimos a disposición de Emergencia Social. Entiendo que usted lo que nos pide es que volvamos a hacer lo mismo; que la paga extra de este año la volvamos a poner en el presupuesto. Y de hecho, si han visto el presupuesto, el Alcalde sí ha puesto una parte de su salario para Emergencia social, creo que son 3.000 euros. Muchas gracias. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Sr.Rodal, despues de su intervención una cosa nos queda clarísima a todos: sobra el grupo de gobierno en este Ayuntamiento; punto trás punto, en todos los Plenos, agradecen la labor de los funcionarios, que me parece muy bien, pero los funcionarios no hacen más que su gestión, que es, cumpliendo la Ley, redactar los informes ó los documentos que el grupo de gobierno le manda; y lo hacen (ó deberían hacerlo) siguiendo los criterios políticos que se determinan desde el grupo de gobierno. Usted dice que no es economista; se nota; porque mezcla un montón de conceptos y no tiene ni idea de lo que es un presupuesto. El presupuesto se puede hacer con partidas abiertas ó con partidas cerradas, concretas; las concretas van más determinadas y más delimitadas a un gasto concreto, donde ustedes al aprobarlo especifican a toda la ciudadanía a qué va destinado concretamente; y luego las partidas abiertas, que son esas que permiten el juego del gobierno a hacer lo que le sale de las narices; otra cosa diferente es una modificación presupuestaria, que no tiene nada que ver con mover ó no mover una cantidad de una partida abierta. Y luego están las subvenciones, que tampoco tienen nada que ver. Usted mezcla muchas cosas. Lo que le están diciendo estas alegaciones que se presentan aquí es lo que dijimos nosotros en el Pleno cuando ustedes aprobaron el presupuesto, lo único que nos queda claro de este presupuesto es el gasto que ustedes tienen determinado a los salarios, a los sueldos, a la representación, y a los actos institucionales, ó incluso a algunas fiestas; y lo que le dicen las alegaciones es que están cerrándose ustedes a la realidad social y económica del pueblo en este momento, a las necesidades reales de los vecinos; nos dijeron que no a nosotros en el 5 Pleno, pero vuelven a decirle que no a las alegaciones presentadas en ese sentido. Hay situaciones muy lamentables en familias de nuestros convecinos, en situaciones de desempleo, de parados de larga duración; familias con todos sus miembros en paro; y cuando hablo de una familia no hablo de los padres en paro: hablo de hermanos de nuestra generación, 5, 6 hermanos, y todas las casas con todos los miembros en paro y una única pensión de alimentos de la madre. Se están yendo vecinos nuestros; ya no es que estén embarcando al atún, es que se están yendo a trabajar a Francia, a Suiza, y ustedes siguen cerrándose a la realidad. Creo que hay alegaciones aquí muy claras, y que la Ley dice cuales son las obligaciones mínimas de los Ayuntamientos, pero no dice que un Ayuntamiento no pueda tener gestión y hacer más allá de sus obligaciones mínimas; ustedes pueden gestionar y hacer un Plan de empleo, claro que pueden, lo que pasa es que no saben hacerlo, directamente no saben hacerlo; más que nunca vamos a votar en contra de este punto. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Sr.Rodal, me fai un pouco de gracia que me comente vostede o tema da paga extra cando fumos nós realmente os que estabamos en contra de non darlla, cando foi o Pleno naquel tempo; pero bueno; cada pao que aguante a sua vela. Contestou vostede con tecnicismos que está moi ben, que todo o que queira, pero realmente non contestou ás alegacións que nós pedimos; claro que evidentemente un presuposto (eu sei o que é un presuposto e tódolos tecnicismos que vostede queira), pero, é decir, vostedes o que non están aceptando é 2.000 euros ó ano de axuda á cooperación internacional e destinar a partida que teñen orzamentada para a Festa da 3ª Idade á Emerxencia social, e intentar mantér os 28.000 euros que había orzamentados o ano pasado. Comentou 7.000 euros dun camión, deu datos, pero por exemplo non dí vostede que grazas a todo o que levan apoiado dende este goberno os baioneses temos que afrontar máis de 140.000 euros en cánons, saneamento, de SOGAMA, de electricidade, con todo o que levan apoiado vostedes desde seus asientos; iso no importa, o que importa é que se pode sair do orzamento un camión que vale 7.000 euros; claro, claro que pode sair o camión, pero si as políticas sociais foran reais e non ao servizo de quen están vostedes como sempre, que é dos banqueiros e do gran capital, ao mellor non teríamos que afrontar os baioneses 140.000 euros máis de cánons, e se poderían destiñar a outras partidas realmente moito máis importanttes. E como ben decía Isabel, o Plan de emprego, a pesar de que poida ser competencia de rango superior, ao igual que o tema dos comedores escolares e as axudas de libros, claro que un Concello pode abrir unha líña de axudas adicadas a ese tipo de partidas, de feito parece ser que algún Concello veciño sí que a ten, según teño entendido, e non pasa nada, teñen os orzamentos igual e non foron castigados por iso. __________________________________ Polo Sr.ALCALDE sométese a votación a desestimación das resolucións das alegacións ó Presuposto 2014, co seguinte resultado: Votos a favor: 10, PP. Votos en contra: 5 (3, PSOE; 2, BNG). Abstencións: 1, Grupo Mixto. _____________________________________________ Polo cal, o Pleno do Concello de Baiona, por maioría absoluta, ACORDA: Primero.- Desestimar las reclamaciones presentadas por el Bloque Nacionalista Galego por los siguientes motivos: 1.- El Presupuesto General de 2014 se ajusta a la clasificación establecida en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 3565/2008 de 3 de diciembre, con el detalle permitido en cuanto a los Estados de Gastos e Ingresos en los Anexos de dicha Orden 6 2.-En el Presupuesto General de 2014 están dotadas de crédito las partidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la Entidad Local en función de su población. 3.- El Presupuesto General de 2014 se ajusta a lo establecido en el TRLHL en cuanto a la documentación exigida, y en particular incluye el Anexo de personal exigido en el artículo 168 del TRLHL Segundo.- Inadmitir la reclamación presentada por D. Martín Otero Clemente en representación de la Asociación de Vecinos de Sabaris, Castro Ladeira, puesto que no se basa en ninguno de los motivos señalados en el artículo 170.2 del TRLHL Tercero.- Desestimar las reclamaciones de Dª Mª Victoria Fernández Pulido en representación del ANPA del CEIP de Fontes y de Dª Amalia Varela Diéguez en representación del ANPA del Instituto 1º de Marzo, puesto que en el Presupuesto de 2014 existe una partida específica (partida 230-48000), para atender las situaciones de emergencia social, que deberán tramitarse a través del departamento de servicios sociales ____________________________________________________________________________ 6.- APROBACION DEFINITIVA, SE PROCEDE, DO PRESUPOSTO. A Presidencia cede a palabra ó SR.RODAL, PP, quen da conta da seguinte: PROPUESTA DE ALCALDÍA Primero.- En sesión plenaria de 20/02/14 se aprobó inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Baiona para el año 2014. Segundo.- Con fecha 26/02/14 se publica dicho acuerdo inicial en el B.O.P. nº 39 y en la página web del Ayuntamiento, para cumplimiento del trámite de exposición pública por un plazo de 15 días hábiles, es decir hasta el día 15/03/14, inclusive. Tercero.- Durante el plazo de exposición pública, se presentaron las siguientes reclamaciones: R.E. nº 2000 de 14/03/14 de Martín Otero Clemente en representación de la Asociación de Vecinos de Sabaris, Castro Ladeira R.E. nº 2004 de 14/03/14 de Iago Pereira Moreda en representación del BNG R.E. nº 2005 de 14/03/14 de Mª Victoria Fernández Pulido en representación del ANPA del CEIP de Fontes R.E. nº 2009 de 15/03/14 de Amalia Varela Dieguez en representación del ANPA del Instituto 1º de Marzo Una vez resueltas por el Pleno las reclamaciones presentadas y visto lo señalado en el Informe de Intervención nº 27/14 sobre errores aritméticos en el cálculo de la regla de gasto del Presupuesto de 2014, que si bien no alteran en lo sustancial las cifras, puesto que esta sigue siendo favorable, debe corregirse, con el fin de enviarlos correctamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Por ello se eleva al Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa, el siguiente ACUERDO: Primero.- Aprobar definitivamente el: • Presupuesto General de 2014 por importe de 7.882.002,45 € • Las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Concello de Baiona para el año 2014 con sus modificaciones • El Plan de Inversiones para 2014 • La plantilla de funcionarios, la relación de puestos de trabajo y el cuadro de personal laboral. 7 • • La modificación del salario del Alcalde, con efectos de 1 de marzo de 2014, pasando a percibir unas retribuciones brutas anuales de 53.998 €, distribuidas en 14 pagas de 3.857 €/mes, siendo dobles las de los meses de junio y diciembre. Dar cuenta del cumplimento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla de gasto y del nivel de deuda, de conformidad con los informes de nº 09/14 y 27/14 en los siguientes importes: Estabilidad presupuestaria, arroja una capacidad de financiación de 664.712,31 € Se cumple la regla de gasto: la diferencia entre el límite de la regla de gasto y el gasto computable del Presupuesto de 2014 asciende a: 439.472,91 € No existe deuda financiera Segundo.- Ordenar la remisión del Presupuesto General de 2014, definitivamente aprobado, y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, al Boletín Oficial de la Provincia. Y publicar, una vez aprobado definitivamente, en la aplicación telemática de la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. ____________________________________________________________________________ SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Desde el grupo socialista nos gustaría, si es posible, que en esta misma sesión plenaria se nos aclare un punto concreto que es la modificación del salario del Alcalde; porque o he leído mal la información que nos han pasado y los informes ó yo no he visto ningún informe de Secretaría ni de Intervención donde se haga mención a este punto concreto e igual estoy equivocada. Entiendo que es un punto que debería llevar informes al respecto. SRA.INTERVENTORA.- En el expediente del Presupuesto, en mi informe, no recuerdo la página, se hace referencia a este punto; y en la moción de la aprobación inicial del presupuesto se hacía también referencia a este punto; aquí simplemente es la aprobación definitiva. Uno de los puntos del Pleno del 20 de febrero de la aprobación del presupuesto era concretamente ese; y en mi informe se hacía referencia a que se cumplía lo previsto en la Disposición transitoria 10ª de la Ley orgánica del 2013 que permitía aumentar los límites que marcaba la Ley de Presupuestos generales del Estado; ya se hacía referencia a eso; lo pueden ver en el informe del Presupuesto. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Bien, veré otra vez el informe del presupuesto porque desde luego si estaba se me escapó ó estaba como está hoy: así, colando de refilón. Volvemos a estar en contra de este punto del orden del Día, por supuesto, no podía ser de otra manera; en contra de la aprobación definitiva de este presupuesto por las razones ya expuestas en el Pleno anterior y por las razones que hemos expuesto en el punto anterior, pero más y más en concreto con este punto donde ustedes pretenden mantener un salario del Alcalde por encima de los mínimos establecidos, es decir: Ayuntamientos entre 10.000 y 20.000 habitantes, 45.000, salario mínimo anual del Alcalde; salvo que por la disposición transitoria y esa salvedad, en los acuerdos que los Ayuntamientos con estabilidad presupuestaria se pueda determinar un límite superior con el márgen temporal hasta junio del año 2015, creo recordar. Por las razones expuestas, por las necesidades del Ayuntamiento, por las necesidades de las familias, por la situación de crisis, porque nos parece desorbitado los salarios que están cobrando ustedes para lo poco que hacen (por no decir nada), estamos una vez más en contra del punto. SR.ALCALDE.- Muchas gracias, detenimiento los informes. Sra.Domínguez, pero ha de leer con mucho más 8 SRA.INTERVENTORA.- Página 24 del Presupuesto; ahí está explicado. SR.ALCALDE.- Página 24; donde se dice que el Ayuntamiento lógicamente cumple estrictamente la Ley, también en eso, y que de forma voluntaria el Alcalde se disminuye el salario anual que tiene; de forma voluntaria, porque la Ley permite a los Ayuntamientos de este tamaño, que no son 45.000 euros, son 50.000; y dice la excepción hasta el 30 de junio, cuales son las condiciones; con un informe de la señora Interventora donde dice que eso se cumple, por lo tanto el Alcalde no tendría que bajarse el sueldo de 50.000 hasta el 30 de junio; que por cierto no ha mencionado en ningún lado; lo están sacando ustedes ahora. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Nós, polas razóns do punto anterior e unha vez máis amosado que realmente non tiñan en conta as asociacións e as AMPAS para este orzamento, nin siquera tiveron en consideración as suas propias alegacións, así como da asociación de veciños; polo tema de seguir apoiando como levan facendo, ás grandes empresas, votaremos en contra. SR.AMORIN, GRUPO MIXTO.- O me voto é de abstención. SR.ALCALDE.- El Sr. Iago Pereira es reiterativo con el Plan de empleo. El Ayuntamiento no puede hacerlo, pero si dentro de la Mancomunidad se está desarrollando un obradoiro de empleo dentro de la promoción de empleo. _____________________________________________ Polo Sr.ALCALDE sométese a votación o presente punto, co seguinte resultado: Votos a favor: 10, PP. Votos en contra: 5 (3, PSOE; 2, BNG). Abstencións: 1, Grupo Mixto. _____________________________________________ Polo cal, o Pleno do Concello de Baiona, por maoría absoluta, ACORDA: Primero.- Aprobar definitivamente el: • Presupuesto General de 2014 por importe de 7.882.002,45 € • Las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Concello de Baiona para el año 2014 con sus modificaciones • El Plan de Inversiones para 2014 • La plantilla de funcionarios, la relación de puestos de trabajo y el cuadro de personal laboral. • La modificación del salario del Alcalde, con efectos de 1 de marzo de 2014, pasando a percibir unas retribuciones brutas anuales de 53.998 €, distribuidas en 14 pagas de 3.857 €/mes, siendo dobles las de los meses de junio y diciembre. • Dar cuenta del cumplimento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla de gasto y del nivel de deuda, de conformidad con los informes de nº 09/14 y 27/14 en los siguientes importes: Estabilidad presupuestaria, arroja una capacidad de financiación de 664.712,31 € Se cumple la regla de gasto: la diferencia entre el límite de la regla de gasto y el gasto computable del Presupuesto de 2014 asciende a: 439.472,91 € No existe deuda financiera Segundo.- Ordenar la remisión del Presupuesto General de 2014, definitivamente aprobado, y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, al Boletín Oficial de la Provincia. Y publicar, una vez aprobado definitivamente, en la aplicación telemática de la Oficina 9 Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. ____________________________________________________________________________ 7.APROBACION, SE PROCEDE, DO EXTRAXUDICIAL DE FACTURAS 2/2014. EXPEDIENTE DE RECOÑECEMENTO A Presidencia cede a palabra á SRA.INTERVENTORA, quen da conta da seguinte: PROPUESTA DE ALCALDÍA Se presenta por el servicio de Intervención la relación de facturas para reconocimiento extrajudicial nº 02-RE/14 por importe de 10.251,76 €: diez mil doscientos cincuenta y un euros con setenta y seis céntimos. Se trata de facturas que fueron presentadas en el Registro de Facturas en el ejercicio 2014, pero se refieren a suministros o servicios realizados en 2013. El órgano competente para la aprobación de estos gastos es el Pleno, de conformidad con lo previsto en el artículo. 60.2 del R.D. 500/90: “Corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera” Existe consignación para reconocer estas facturas en las correspondientes partidas del Presupuesto de 2013, prorrogado para 2014, debiendo procederse a la aprobación de esta relación de facturas con el fin de cumplir los plazos de pago que marca la normativa vigente sobre morosidad Es por esta razón que elevo al Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa, el siguiente ACUERDO: “Aprobar, comprometer el gasto y reconocer extrajudicialmente las obligaciones que se derivan de las facturas incluidas en la relación nº 02-RE/14 por importe total de 10.251,76 €: diez mil doscientos cincuenta y un euros con setenta y seis céntimos., a favor de los terceros detallados en la relación citada y con cargo a las partidas correspondientes del Presupuesto del año 2013, prorrogado para 2014, resolviendo el informe de reparo de Intervención nº 09/14.” ______________________________________________ CONTINUA.- Se corresponden a facturas que se han recibido en el Registro de facturas del Ayuntamiento con posterioridad al anterior expediente que se elevó a sesión plenaria del 20 de febrero de 2014. La factura más relevante es una factura de suministro de energía eléctrica que se recibió precisamente con posterioridad a esa fecha, a finales de febrero de 2014, y se refiere a suministro del mes de noviembre que entendemos que por error la empresa suministradora no incluyó en la relación de los consumos de ese mes de noviembre que se presentó en en registro de facturas el 15 de diciembre de dicha fecha. Se elevan al Pleno para su aprobación, y teniendo consignación en las correspondientes partidas del Presupuesto prorrogado para el 2014, no precisa modificación de crédito. SR.RODAL, PP.- Lo ha explicado la Interventora perfectamente; ha sido como la primera modificación de crédito; en este caso para aprobar este reconocimiento extrajudicial. Y como siempre, como la otra vez, se trata sobre todo de suministros en montante mayor, el 90% suministro eléctrico, que ha sido como ha dicho nuestra interventora, efectuado a este 10 Concello en los meses de noviembre y diciembre; lo han presentado en este año 2014 y por eso tenemos que traer este reconocimiento extrajudicial. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- El grupo socialista no se va a oponer a que cobren los proveedores y por tanto nos vamos a abstener en este punto; pero en relación a las palabras del Sr.Alcalde del punto anterior, le puedo decir, le puedo asegurar, le puedo garantizar, que un Ayuntamiento sí puede hacer un Plan de empleo; es más, se le puede hacer en un momento; es muy fácil: desde las medidas y las competencias que tiene al Ayuntamiento, a ayudar a los autónomos con exenciones fiscales, exención fiscal para los emprendedores, subvencionar ó financiar la contratación por medio de subvenciones a la Seguridad Social de los autónomos, puede hacer un vivero de empresas, puede hacer campañas de promoción para desestacionalizar el turismo, incluso puede apoyar a los empresarios que las hacen en lugar de decirles que no; eso es un Plan de empleo local, Sr.Alcalde; todo lo que usted no hace. Nos abstenemos en este punto. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Tamén nos abstenemos neste punto, entendendo tamén que non queremos opoñernos a que cobren. SR.AMORIN, GRUPO MIXTO.- Eu tamén vou a absterme. SR.RODAL, PP.- Simplemente comentar, por lo que decía la señora Domínguez, que usted habla de esa forma de creación de empleo; este Concello, este equipo de gobierno, en los últimos 4 años, no ha subido las tasas municipales. El otro día estuve viendo el presupuesto de hace 10 años y exactamente era un poquito superior el del 2004 que el de ahora, pero con una gran diferencia: que en estos 10 años el IVA subió 5 puntos; la luz subió un 110%, el combustible de nuestros camiones subió un 50%; y después de 10 años tenemos muchos más servicios, muchas más actividades culturales, muchísimas más actividades deportivas; todo eso genera riqueza para el pueblo, Sra.Domínguez. Eso es gestión y optimización, por eso antes cuando le daba las gracias a nuestra Interventora, como hago todos los años cuando elabora este Pliego tan importante como es el Presupuesto, porque realmente es una gran labor que realiza, pero obviamente en consenso con el equipo de gobierno; y también les doy las gracias a todos los concejales de los equipos de gobierno que estuvieron anteriormente con el Alcalde y con un servidor, y a este actual, por todos estos datos que le he comentado; y aparte, como decía el Sr.Pereira, SOGAMA este año nos va a subir 60.000, pero el año que viene serán 90.000 euros, que hay que pagarlos; y se empezó en el 2004, pues antes no se vertía en SOGAMA, 300.000 euros a más; o sea que ahora mismo de SOGAMA, que antes se vertía, que era una desgracia en medio ambiente, en Cabo Silleiro, pues son 400.000 euros más todo el año; y a pesar de eso aún tenemos inversión; eso es gestión y optimización; entonces no cuente películas; es muy fácil a veces en momentos de crisis hablar de los que están pasando malos momentos; la gestión del Concello es esa: optimizar servicios, y sin apagar luces, como le he dicho hay otros Concellos que bajan costes sacando actividades; pues aquí en Baiona no: se mantienen y se hacen más actividades, y no se apaga la luz como hacen en muchos otros Concellos. Eso es gestión y optimización, y eso es gracias a todo el equipo de todos los funcionarios que hay en este Concello, y como no, de nuestra Secretaria también, de nuestra Intervención, y de los concejales que están en el equipo de gobierno y también de los que están en la oposición si obviamente hacen su trabajo como tienen que hacerlo. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Sr.Rodal, usted vive en Jauja; desde que ustedes están gobernando, ya no solo aquí, sino en la Xunta, existe un cánon del agua que antes no existía; se ha subido el IBI, se ha subido la electricidad, se ha subido el Impuesto de actividades, se ha subido absolutamente toda la carga tributaria a los españoles; ya no sólo el IVA, que eso es una barbaridad; y desde este Ayuntamiento se aplican todas las subidas a rajatabla y no se subvenciona ni se ayuda en nada; lo único que han subido en Baiona son los sueldos de los políticos, porque al resto de los trabajadores les ha bajado a todos el sueldo; incluso se han 11 despedido; tenemos un paro del 14% en Baiona; ustedes viven en Jauja; a lo suyo. Se han cerrado empresas en Baiona, se ha despedido a trabajadores; cada vez tenemos menos visitantes, salvo situaciones muy esporádicas donde ayuda la climatología ó situaciones muy concretas como la prueba deportiva que se va a celebrar el domingo, que por cierto no es de ahora, viene de siempre; yo pruebas nuevas que atraigan a tanta gente no conozco muchas desde que ustedes gobiernan, que ya van 10 años; pues lo sigo viendo igual, o sea yo veo la situación de Baiona exactamente igual que la de cualquier otro Ayuntamiento de este país, con una salvedad: que ustedes han decidido cerrar los ojos y seguir gravando, pese a las peticiones de los empresarios, con impuestos de ocupación de vía pública desorbitados, cargando toda la carga fiscal; el agua ha subido en Baiona una barbaridad; y la basura; ha subido para todos los empresarios; cojan los recibos de los empresarios de hostelería de hace 3 años y coja los de este; han subido una barbaridad. Pero usted siga cerrándose a la realidad. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Todo sube, Sr.Rodal, iso é certo, sobre todo os cánons que revirten nos bancos e nas grandes empresas, reitero unha vez máis, co apoio de todo o equipo de goberno. Conta batallas numéricas, como lle gusta tanto; colle un orzamento de fai 10 anos, e eu evidentemente non sei do que fala; fala dun incremento bestial das taxas que reitero que vostedes apoian, senón estaríamos moito máis liberados; fala de SOGAMA, cando aquí o BNG presentou unha moción para evitar verter en SOGAMA, e evitar todo ese gasto; e a moción do BNG non iba para volver a recuperar Silleiro, era outro tipo de tratamento de residuos que outros Concellos sí que fan; e iso vostede non o dí; e realmente ía supoñer un recorte de gastos importantes e un cambio de política, evidentemente. Por iso que non sei realmente a que ven o discurso numérico cando o propio orzamento 2014 en comparación co 2013 xa reflicte realmente iso: que temos que pagar máis de 140.000 euros en taxas, saneamento, electricidade, e SOGAMA, que vostedes dicen que teñen que pagar; non; lles dicen e pagan; porque outros Concellos se intentan desmarcar legalmente de iso; o digo porque sempre están coa historia do tema legal, e aquí cando foi o tema da paga extra nos decían que era ilegal, que non sei qué, e o tempo demostrou que a razón a tiñamos nós; iso é así. Entón non se escuden en cifras; a realidade é esa e non hai máis. SR.RODAL, PP.- Para finalizar el punto, mire, la palabra es “referente”; ustedes viven en Baiona y Baiona es un referente; los Concellos de alrededor están copiando literalmente las actividades de Baiona: culturales, deportivas, gestiones inclusive del punto limpio, etc. Si copian, entiendo realmente que es porque las cosas se hacen bastante bien en Baiona, Sr.Pereira y Sra.Domínguez. Es muy fácil hablar, pero es así; Baiona es un referente, y si lo es será por la gestión que se está haciendo en los últimos años, ni más ni menos. Muchas gracias. SR.ALCALDE.- Miren, si queremos facer demagoxia, facemos demagoxia, non hai problema ningún. O Alcalde de Baiona no ano 2003 gañaba máis que o Alcalde de Baiona no 2014; por certo, votado pola Sra.Domínguez, porque era o Sr.De la Peña; gañaba máis no 2003, con 5 millóns de euros de deuda deste Concello, que o Alcalde de Baiona no 2014 con deuda 0. Sobre eventos con moita xente, mire, cando gobernaba o Sr.de la Peña, a VIG-BAY: 500, co Sr.Almuiña: 5.000; é claro que é demagoxia porque nin o Sr.de la Peña fixo que tivera 500 participantes nin o Sr.Almuiña que tivera 5.000; pero como dí vostede que non hai eventos, pois por iso llo digo. E a maratón de montaña creo que foi a primeira da provincia de Pontevedra, se fixo neste Concello no ano pasado, eventos que non teñen as cifras da VIG BAY, pero é que cando empezou a VIG BAY tamén ían 500 persoas; entón iso é facer demagoxia por demagoxia. E mire, Sr.Pereira, gracias os seus compañeiros do BNG e do PSOE na FEGAMP, estamos pagando dende o día 1 de marzo o incremento de SOGAMA; porque se había chegado a un acordo na FEGAMP incluso cos representantes do BNG, Alcalde de Allariz, e representante do partido Socialista que é o Alcalde de O Barco, de chegar a un acordo coa Consellería para retrasar iso ata xullo; e eles, por un tema partidario, non un tema de defensa dos veciños, romperon o acordo e agora están facendo manifestacións en pasillos da Xunta para ver se chegan a un acordo coa Consellería. Desgraciadamente non chegamos a un acordo por culpa 12 dun tema partidario, non por un tema dos veciños. Iso é así; entón non podemos falar de demagoxias; si estamos na situación que estamos era polo Goberno que tivemos durante 8 anos en España, por certo, apoiado polo BNG nos presupostos nacionais tódolos anos; é certo que conseguían algunha cousa para Tomiño, algunha cousa nos presupostos nacionais, pero o demáis tamén o apoiaban. __________________________________ Polo Sr.ALCALDE sométese a votación o presente punto, co seguinte resultado: Votos a favor: 10, PP. Abstencións: 6 (3, PSOE; 2, BNG; 1, Grupo Mixto). _____________________________________________ Polo cal, o Pleno do Concello de Baiona, por maioría absoluta, ACORDA: -Aprobar, comprometer el gasto y reconocer extrajudicialmente las obligaciones que se derivan de las facturas incluidas en la relación nº 02-RE/14 por importe total de 10.251,76 €: diez mil doscientos cincuenta y un euros con setenta y seis céntimos., a favor de los terceros detallados en la relación citada y con cargo a las partidas correspondientes del Presupuesto del año 2013, prorrogado para 2014, resolviendo el informe de reparo de Intervención nº 09/14. ______________________________________________ 8.- APROBACION, SE PROCEDE, DA MODIFICACION DA ORDENANZA Nº 2 REGULADORA DO PREZO PUBLICO POLA UTILIZACION DE INSTALACIONS, PRESTACION DE SERVIZOS E REALIZACION DE ACTIVIDADES NO CONCELLO DE BAIONA. A Presidencia cede a palabra ó SR.RODAL, PP da cuenta de expediente cuya propuesta literalmente “Vista la propuesta realizada por el servicio de Deportes para la modificación de la Ordenanza nº 2 reguladora del precio público por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades del Ayuntamiento de Baiona, concretamente en su artículo 10º relativo a la cuantía, con el fin de permitir que el precio público previsto para 4 meses sólo para los meses de verano, pueda ser aplicado el resto del año, con el fin de favorecer a los usuarios la utilización del Pabellón y la prestación de servicios que en él se realizan Así con el fin de adaptar las tarifas a la prestación de los servicios deportivos que se realizan en el Pabellón Polideportivo, se eleva al Pleno, previo dictamen de la Comisión informativa, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: “1º.- Aprobar la modificación del artículo 10 de la Ordenanza nº 2 reguladora del precio público por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades del Ayuntamiento de Baiona, con la siguiente redacción: Artículo 10.- Cuantía: 10.1.- Prestación de servicios deportivos: 13 TIPOLOGIA DE USUARIO MATRICULA ABONO ANUAL CURSO ESCOLAR: Octubre a mayo ABONO DE 4 MESES 100 € 75 € 37 € OFERTA DEPORTIVA ANUAL 1 ACTIVIDAD INDIVIDUAL 20 € + GIMNASIO 1 ACTIVIDAD UNIDAD FAMILIAR 20 € PENSIONISTA 20 € 200 € 150 € 75 € + GIMNASIO 50 € 35 € ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES EN COLEGIOS 20 € 1 ACTIVIDAD + GIMNASIO Importe Curso escolar: octubre/mayo de las actividades a programar cada año 18,00 € Matricula en varias actividades(€/curso escolar) 30,00 € 2º.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOP a efectos del cumplimiento del trámite de exposición pública” - Como ya se comentó en la Comisión Informativa este punto es una propuesta del Departamento de Deportes para modificar un artículo ya que hasta ahora había una serie de cánones por la prestación de servicios deportivos en el Pabellón municipal, y había uno que era por el abono de 4 meses pero que solamente era para gente que lo utilizaba en época estival; ya se comentó que la modificación de este artículo es para que ahora pueda ser igual durante 4 meses pero tanto en época estival como en cualquier período del año; para que cualquier persona pueda adaptarse a ese abono todo el año y no solamente en la época estiva. Muchas gracias. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Sr.Alcalde, yo le recomiendo que lea usted el diccionario y busque usted “demagogia” para luego pensar antes de hablar y darse cuenta de quien es el gran demagogo, que ya se lo dije a usted y consideró que era un insulto en el Pleno anterior; es usted un gran demagogo. Sigue viviendo en Jauja; si compara la situación económica del país de hace 8 años, al márgen de que considere que todos estuviesemos de acuerdo en que los políticos cobren ó cobrasen lo que se cobraba, no hay duda de que hoy por hoy en esta situación actual, cobran una barbaridad por la incapacidad de gestión que tienen. Pero centrándonos en el punto concreto, yo le preguntaría al Sr.Rodal una única cosa porque echo de menos (si bien estamos de acuerdo con la modificación como hemos hablado en la Comisión Informativa) si existe algún tipo de pago aplazado para las familias, porque entendemos que 100 euros para las familias en la situación actual pagadas de golpe puede ser mucho; entonces se trataría de que esos 100 euros se puedan cobrar de una forma aplazada. 14 SR.ALCALDE.- Decirle que yo le hablé de la situación del año 2003 del Ayuntamiento de Baiona, de lo que gestiona el Alcalde, y del 2014; 5 millones de deuda el Ayuntamiento de Baiona en el año 2003-2004, y 0 en el año 2014. Es cierto, en el año 2003 ó 2004 no lo llevaban los bancos: no lo llevaba nadie; realmente los proveedores nos cobraban el 20% de más porque no cobraban en 2 ó 3 años; el Sr.Amorín además es testigo, acabamos de hablar ahora con un proveedor del Ayuntamiento de Baiona que hablaba de ese período, de cuanto tiempo tardaba en cobrar. Pero mire, a los proveedores hay que pagarles; ya sabe que se ha hecho un Plan precisamente para pagarles en tiempo sino lógicamente las empresas no pueden seguir. Años 2003-2004, y año 2014, situación del Ayuntamiento de Baiona. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Eu tamén, si me permite, vou a contestar o tema de SOGAMA; evidentemente pode, sen ter razón no que dice, de que se tiña que estar pagando xa, que é así, pero o problema é que da igual ata xullo; é decir, vostede entra no xogo da finalidade política do tema que é pagar para volver a gravar ás clases populares a favor das clases poderosas, e ese é o debate realmente; non é que na FEGAMP o BNG se desmarcara, que se desmarca por ese concepto, que é un concepto político, de cambiar a forma de xestionar os residuos; e de todas maneiras cando solo se pon en plan demagóxico e solo é capaz de falar de SOGAMA, ao final, no tema eléctrico e de saneamento, evidentemente entendo que nos da a razón. Fora de iso, neste punto nós estamos a favor da exposición, de ampliar este abono de 4 meses a todo o ano; pero vamos a absternos porque xa cando foi o Pleno no seu día do coste das matrículas nos parecían elevados; entón plantexando unha cousa e outra a decisión do BNG é absterse. Gracias. SR.AMORIN, GRUPO MIXTO.- Eu vou a votar a favor deste punto. SR.RODAL, PP.- Decirle al Sr.Pereira por lo que comentaba lo de la matrícula que creo que deberían de hacer más deporte (y no es insultando), porque estos precios si ustedes los comparan con los que hay alrededor están fenomenal. Estos precios están muy bien. Podríamos dar el servicio grátis, eso es lo que me podía decir usted, que obviamente el Concello podría dar el servicio grátis. Este es un servicio deficitario, y muy deficitario, pero no lo podemos poner grátis; otro año nos lo piden; pero estos precios son muy bajos. __________________________________ Polo Sr.ALCALDE sométese a votación o presente punto, co seguinte resultado: Votos a favor: 14 (10, PP; 3, PSOE; 1, Grupo Mixto). Abstencións: 2, BNG _____________________________________________ Polo cal, o Pleno do Concello de Baiona, por maioría absoluta, ACORDA: 1º.- Aprobar la modificación del artículo 10 de la Ordenanza nº 2 reguladora del precio público por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades del Ayuntamiento de Baiona, con la siguiente redacción: Artículo 10.- Cuantía: 10.1.- Prestación de servicios deportivos: 15 TIPOLOGIA DE USUARIO MATRICULA ABONO ANUAL CURSO ESCOLAR: Octubre a mayo ABONO DE 4 MESES 100 € 75 € 37 € OFERTA DEPORTIVA ANUAL 1 ACTIVIDAD INDIVIDUAL 20 € + GIMNASIO 1 ACTIVIDAD UNIDAD FAMILIAR 20 € PENSIONISTA 20 € 200 € 150 € 75 € + GIMNASIO 50 € 35 € 20 € 1 ACTIVIDAD + GIMNASIO ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES EN COLEGIOS Importe Curso escolar: octubre/mayo de las actividades a programar cada año 18,00 € Matricula en varias actividades(€/curso escolar) 30,00 € 2º.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOP a efectos del cumplimiento del trámite de exposición pública. ____________________________________________________________ 9.- APROBACION, SE PROCEDE, DA REVISION DE PREZOS DO CONTRATO DO SERVIZO DE LIMPEZA DAS INSTALACIONS MUNICIPAIS. A Presidencia cede a palabra á SRA.INTERVENTORA quen da conta do expediente cuxa porposta literalmente dí “Primero.- Mediante contrato de 1 de marzo de 2013 se firma con la empresa LIMPIEZAS DEL NOROESTE SA la prestación del servicio de limpieza de las dependencias municipales por un plazo de dos años de conformidad con el acuerdo plenario de 25 de febrero de 2013 Segundo.- Con fecha 21 de marzo de 2014, R.E nº 2172, la empresa adjudicataria solicita la revisión de precios, en base a la Cláusula I del Pliego que regía la licitación Tercero.-La Cláusula I del Cuadro de Características Técnicas del Pliego señala: “A partir del vencimiento de la primera anualidad, se revisará el importe de adjudicación en función del Índice de Precios al Consumo (I.P.C.) para la Comunidad Autónoma de Galicia, de los últimos doce meses elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, no pudiendo superar la revisión el 85 % de variación experimentada por el índice adoptado a tenor de lo dispuesto en el art. 90.3 del TRLCSP” Habiendo transcurrido un año desde la formalización del contrato, procede aplicar la revisión de precios prevista en el pliego. El concesionario solicita la revisión de precios, y acompaña 16 IPC del periodo diciembre febrero 2013 a febrero 2014 para Galicia que asciende a un 0,2 %, sobre el cual procede aplicar el 85 %, por lo que índice de revisión de precios a aplicar asciende al 0,17 %. Cuarto: El órgano competente para acordar la revisión de las tarifas, es el Pleno, como órgano de contratación. A la vista de los antecedentes anteriores se propone al Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa, la adopción del siguiente acuerdo: Primero.- Aprobar la revisión de precios del servicio de limpieza de las dependencias municipales en el índice del 0,17 % a aplicar con efectos 1 de marzo de 2014, en las facturas que se devenguen a partir de dicha fecha, siendo el importe a facturar por todos los servicios de 17.710,34 €/mes, más IVA. Segundo.- Notificar la presente Resolución a la empresa LIMPIEZAS DEL NOROESTE SA.” SR.RODAL, PP.- Creo que la Interventora se confundió: son 30 euros más el IVA, sobre 33 euros más ó menos. Este tema es por ley y obviamente no gusta subir el cánon que tiene que pagar el Concello, que tienen que pagar todos los ciudadanos de nuestro pueblo con sus impuestos, pero estamos hablando de un montante de 17.710 euros al mes que subirá en 30 euros más; así es por Ley; decir que menos mal que el IPC ha subido muy poquito, un 0,2%. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- Nós, como tódolos anos, vamos a votar en contra, non exactamente da suba ésta que como dí o Sr.Rodal é por Lei, senón porque entendemos que o erro ven de que este servizo de limpeza entendemos que debía estar municipalizado e non ser unha empresa privada. SR.AMORIN, GRUPO MIXTO.- Eu vou a votar a favor deste punto. __________________________________ Polo Sr.ALCALDE sométese a votación o presente punto, co seguinte resultado: Votos a favor: 11 (10, PP; 1, Grupo Mixto). Votos en contra: 2, BNG. Abstencións: 3, PSOE. _____________________________________________ Polo cal, o Pleno do Concello de Baiona, por maioría absoluta, ACORDA: Primero.- Aprobar la revisión de precios del servicio de limpieza de las dependencias municipales en el índice del 0,17 % a aplicar con efectos 1 de marzo de 2014, en las facturas que se devenguen a partir de dicha fecha, siendo el importe a facturar por todos los servicios de 17.710,34 €/mes, más IVA. Segundo.- Notificar la presente Resolución a la empresa LIMPIEZAS DEL NOROESTE SA. 10.- MODIFICACION DA ORDENANZA Nº 2 REGULADORA DO PREZO PUBLICO POLA PRESTACION DO SERVIZO DE AXUDA NO FOGAR, DO SERVIZO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA. A Presidencia cede a palabra á SRA.INTERVENTORA, quen da conta da seguinte: 17 PROPOSTA DA ALCALDÍA Resultando que de conformidade co recollido no Decreto 149/2013, do 5 de setembro, polo que se define a carteira de servizos sociais para a promoción da autonomía persoal e a atención ás persoas en situación de dependencia e determinase o sistema de participación das persoas usuarias no financiamento do seu custo, modifícanse os artigos 14.2, 59 (relativo ao cálculo da capacidade económica) e 61 do Decreto 99/2012 do 16 de marzo polo que se crean os servizos sociais comunitarios e o seu financiamento, o cal entrou en vigor o 1 de novembro de 2013. Resultando que de acordo ca Disposición derradeira cuarta sinala: “As corporacións locais disporán dun prazo de seis meses, contados desde o día seguinte ao da publicación deste decreto, para a adaptación das súas ordenanzas ao disposto na presente norma.” Así co fin de adaptar a redacción da vixente Ordenanza nº 1 reguladora do prezo público pola prestación do servizo público de axuda no fogar e servizo de teleasistencia domiliciaria no concello de Baiona, e visto o informe de Intervención nº 29/14, elevase ao Pleno, previo ditame da Comisión informativa, a seguinte PROPOSTA DE ACORDO: Primeiro.- Aprobar a modificación dos artigos 6 e 7 e da Ordenanza nº 1 reguladora do Prezo Público pola prestación do servizo público de axuda no fogar e servizo de teleasistencia domiliciaria no Concello de Baiona, ca seguinte redacción: ARTIGO 6. PREZO PÚBLICO DO SERVIZO DE AXUDA NO FOGAR PARA PERSOAS DEPENDENTES. 1.- No caso de que a capacidade económica da persoa usuaria do servizo de axuda no fogar para persoas dependentes valoradas con dereito de atención recoñecido, sexa igual ou inferior ao indicador público de rendas a efectos múltiples (IPREM), quedará exenta da obriga de participar no custo do servizo. 2.- Nos demais supostos, aplicarase a seguinte táboa, na cal se expresa o copagamento en termos de porcentaxe sobre a capacidade económica da persoa usuaria e en función da intensidade do servizo asignado: Grao I Grao II Grao III <=20 h <=45 h <=70 h 100,00 % 0,00 % 0,00 % 0,00 % 115,00 % 4,52 % 9,61 % 14,70 % 125,00 % 5,41 % 11,50 % 17,58 % 150,00 % 5,55 % 11,79 % 18,03 % 175,00 % 5,65 % 12,00 % 18,35 % 200,00 % 5,72 % 12,16 % 18,60 % Capacidade económica (referenciada ao IPREM) Ata 18 Grao I Grao II Grao III <=20 h <=45 h <=70 h 215,00 % 5,81 % 12,34 % 18,87 % 250,00 % 6,03 % 12,82 % 19,61 % 300,00 % 6,24 % 13,26 % 20,29 % 350,00 % 6,42 % 13,63 % 20,85 % 400,00 % 6,54 % 13,90 % 21,25 % 450,00 % 6,63 % 14,09 % 21,55 % 500,00 % 6,70 % 14,25 % 21,79 % >500 % 6,76 % 14,36 % 21,97 % Capacidade económica (referenciada ao IPREM) Ata 3.- Nos casos en que, por renuncia parcial expresa da persoa beneficiaria ao seu dereito de atención co número de horas expresadas no PIA, ou cando por tratarse dun suposto de compatibilización do SAF con outro servizo ou prestación do catálogo, as horas reais prestadas de servizo de axuda no fogar sexan inferiores á cantidade expresada en cada columna da táboa anterior para o grao correspondente, a cantidade a pagar será minorada proporcionalmente á diminución das horas efectivas de servizo. 4.- En ningún caso, o importe da participación económica que deberá ingresar a persoa beneficiaria en concepto de copagamento poderá exceder o 90% do custo do servizo, determinado en termos de prezo/hora. 5.- No caso das atencións e servizos complementarios do nivel básico do servizo de axuda no fogar, prestados ás persoas dependentes valoradas con dereito de atención recoñecido, para os efectos de facer efectiva a obriga de participar no custo do servizo por parte das persoas usuarias, aplicarase a seguinte táboa, na cal se expresa a súa participación en termos de porcentaxe sobre a capacidade económica da persoa usuaria e en función da intensidade e do tipo de atención ou servizo asignado: % Capacidade económica (referenciada ao IPREM) Grao I Grao II Grao III 19 Ata Actividades de Adaptacións acompañafuncionais do mento, fogar, socialización podoloxía, e desenvolvemento de fisioterapia. hábitos saudables. Actividades de acompañaAdaptacións Servizo de mento, funcionais do préstamo de socialización e fogar, axudas desenvolvepodoloxía, mento de técnicas. fisioterapia. hábitos saudables. <=15 Adaptacións Servizo de funcionais do préstamo de fogar, axudas podoloxía, técnicas fisioterapia. <=28 Actividades de acompañamen to, socialización e desenvolveme nto de hábitos saudables. Servizo préstamo axudas técnicas. <=45 100,00 % 0,00 % 12,87 % 13,76 % 0,00 % 22,73 % 24,29 % 0,00 % 35,51 % 37,95 % 115,00 % 5,98 % 13,10 % 14,00 % 10,56 % 23,12 % 24,71 % 16,50 % 36,13 % 38,61 % 125,00 % 7,15 % 13,39 % 14,31 % 12,63 % 23,64 % 25,26 % 19,73 % 36,94 % 39,47 % 150,00 % 7,34 % 13,52 % 14,44 % 12,95 % 23,87 % 25,50 % 20,24 % 37,29 % 39,85 % 175,00 % 7,47 % 13,61 % 14,54 % 13,18 % 24,03 % 25,67 % 20,60 % 37,54 % 40,12 % 200,00 % 7,57 % 13,76 % 14,70 % 13,36 % 24,29 % 25,96 % 20,87 % 37,96 % 40,56 % 215,00 % 7,68 % 13,83 % 14,78 % 13,56 % 24,42 % 26,09 % 21,18 % 38,16 % 40,77 % 250,00 % 7,98 % 13,96 % 14,91 % 14,09 % 24,64 % 26,33 % 22,01 % 38,50 % 41,14 % 300,00 % 8,25 % 14,06 % 15,02 % 14,57 % 24,82 % 26,52 % 22,77 % 38,78 % 41,44 % 350,00 % 8,48 % 14,16 % 15,13 % 14,98 % 25,00 % 26,72 % 23,40 % 39,07 % 41,74 % 400,00 % 8,65 % 14,35 % 15,33 % 15,27 % 25,33 % 27,06 % 23,85 % 39,57 % 42,29 % >400,00 % 8,77 % 14,48 % 15,48 % 15,48 % 25,57 % 27,32 % 24,19 % 39,95 % 42,69 % ARTIGO 7. PREZO PÚBLICO DO SERVIZO DE AXUDA NO FOGAR PARA A PRESTACIÓN BÁSICA. 1. Para o servizo de axuda no fogar, en réxime de libre concorrencia, para as persoas que non teñan o recoñecemento da situación de dependencia, ou non as asista o dereito de acceso efectivo ao catálogo de servizos de atención á dependencia, segundo o calendario de implantación que se establece na Lei 39/2006, aplicarase a seguinte táboa que regula unha progresiva participación económica no custo do servizo en base ó cálculo da capacidade económica per cápita, de acordo co establecido no artigo 16 desta ordenanza. CAPACIDADE ECONÓMICA Participación no custe servizo de SAF básico Menor de 0,80 IPREM 0% do 20 de de Maior de 0,80 e menor ou igual a 1,50 IPREM Entre o 10% e o 30% Maior de 1,50 e menor ou igual a 2,00 IPREM Entre o 20% e o 50% Maior de 2,00 e menor ou igual a 2,50 IPREM Entre o 40% e o 70% Maior de 2,50 IPREM Entre o 60% e o 90% 2. Sen prexuizo do anterior, poderán establecerse excepcións aos criterios xerais do referido copagamento nos casos en que a situación causante da aplicación do servizo de axuda no fogar sexa unha problemática de desestructuración familiar, exclusión social ou pobreza infantil, circunstancia que deberá estar debidamente xustificada no correspondente informe social. 3. En calquera caso, establecerase un límite máximo de participación económica das persoas usuarias do 40% da súa capacidade económica.” Segundo.- Ordenar a súa publicación no BOP, a efectos do cumprimento do trámite de exposición pública. ____________________________________________________________________ SR.RODAL, PP.- Ampliar lo dicho por la Interventora en cuanto a que es una petición de los Servicios Sociales del Ayuntamiento y estamos dentro del plazo de los 6 meses que nos daban para adaptar esta ordenanza reguladora del precio de la prestación del servicio, y por ello lo elevamos a este Pleno. Creo que les han dado hoy la información que habíamos dicho en la Comisión Informativa sobre la repercusión en la tabla de copagamento, no hay variación, en un caso sube 0,20 y en el otro caso inclusive es beneficioso en 0,30 céntimos. Muchas gracias. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Voy a hacer una pregunta; diga lo que diga el Decreto ¿se podría desde el Ayuntamiento aplicar algún tipo de subvención?, y lo digo por una razón muy clara, están exentos únicamente aquellos que tienen ingresos inferiores al IPREM; cualquiera que tenga un ingreso igual al IPREM se le aplica ya la subida. El IPREM, ustedes lo saben perfectamente, no recuerdo ahora mismo exactamente en cuanto está, pero creo que en 478 euros; no llega a los 500; está por debajo del salario mínimo; el IPREM es inferior al salario mìnimo, entonces entendemos que cualquier persona que tenga esa situación ahora mismo en su domicilio (y todos los que estamos aquí tenemos nuestras casas y hacemos nuestras cuentas) no puede hacer frente a los recibos del IBI, la basura, la luz (que ha subido un disparate), el agua, y además comer y tener que cofinanciar un servicio que para ellos es fundamental porque estamos hablando de personas que necesitan ayuda en el hogar por dependencias, por edad, y demás. Entonces si fuese posible aplicar una tabla de subvención por lo menos hasta los que estén en el doble del IPREM, subir esta tabla; esta es mi pregunta. SR.ALCALDE.- En principio ésto es lo que la Xunta hace de forma generalizada; pero lo que dijimos al principio, lo importante es ver los casos individuales; te lo digo porque ya hemos revisado, hemos sacado el tema de la subvención de los libros, y desgraciadamente luego no nos ajustamos a la realidad de Baiona. En este momento lo que estamos haciendo es que las trabajadoras sociales, que conocen las necesidades de las personas, de forma individualizada indican y hacen propuestas dentro del Fondo de emergencia social. Esto de lo que hablamos son cantidades muy pequeñas; éste no es el problema; este caso; Ayuda en el Hogar no es el problema; porque estamos hablando de cantidades muy, muy pequeñas; pero lo que queremos es precisamente no cerrar el tema de las ayudas porque hay casos muy diferentes y si 21 queremos englobar a unos a veces perdemos a otros. Yo creo que en este caso, que Baiona tiene un tamaño adecuado para conocer un poco la realidad a través de las trabajadoras sociales, es adaptarnos a través del Fondo de emergencia social, que no se agotó el año pasado, precisamente a eso. Y nos hemos encontrado familias en las que teóricamente la necesidad importante eran libros, pero en otras familias en estos momentos se están pagando comedores escolares a los niños. Si hacemos unas bases para tratar de abarcar que sea el doble del IPREM y demás, nos cerramos a veces a necesidades reales y no reales, no porque las conozca el Alcalde, sino quien tiene que conocerlas que son las trabajadoras sociales; y por eso el Fondo de emergencia social nos cubre perfectamente. En este caso nunca ha habido ningún problema de este tipo, y si lo hubiera desde luego sería solucionado. Pero estamos hablando, si os fijais, de cantidades pequeñísimas, de 1 euros, euro y pico, cantidades muy pequeñas; y en esto seguimos un poco la normativa; pero excepciones las hay. SR.IAGO PEREIRA, BNG.- O BNG vai absterse neste punto; entendemos a modificación que por Lei hai que facer pero realmente pensamos que a modificación que fai a Xunta é moi precaria de cara ós Servizos Sociais; entón, non podemos votar a favor. Vamos a absternos. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Desde el grupo socialista como entendemos que cualquier tipo de norma, sea ley, decreto, ordenanza, hay que hacerla siempre con carácter general y para cubrir a la totalidad de los ciudadanos, estamos totalmente en contra de los tratos excepcionales ó de las consideraciones excepcionales, creemos que debería de alguna manera subvencionarse hasta el doble del IPREM y por tanto no vamos a votar a favor de esta modificación. Echamos de menos esa forma de aportación desde el Ayuntamiento, de colaboración con todas aquellas familias que están en una situación precaria y no únicamente con aquellas que desde una oficina del Ayuntamiento se pueda decir que lo están; y por tanto no vamos a votar a favor; nos abstenemos. SR.AMORIN, GRUPO MIXTO.- Eu vou a votar a favor. SR.ALCALDE.- Sra.Domínguez, aquí lo que tratamos es de adaptarnos a esa Ley; y como digo, excepciones, evidentemente, tiene que haber; y si no hacemos excepciones a través de alguien, un profesional como son los trabajadores sociales, que tienen lógicamente como norma la confidencialidad de todos estos datos, creemos que sí podría ser arbitrario; pero entendemos que ellas son las personas adecuadas para señalar ese tipo de excepciones, que puedan valorarlas, y desde luego nosotros nunca hemos modificado ningún informe que ellas hayan dado sobre necesidades concretas y específicas de algunas familias. Nos podríamos ver en la triste decisión, a veces, de no poder apoyar a alguien, pese a que los informes de las trabajadoras sociales fueran positivas en ese sentido; pero bueno; procedemos a la votación. __________________________________ Polo Sr.ALCALDE sométese a votación o presente punto, co seguinte resultado: Votos a favor: 11 (10, PP; 1, Grupo Mixto). Abstencións: 5 (3, PSOE; 2, BNG). _____________________________________________ Polo cal, o Pleno do Concello de Baiona, por maioría absoluta, ACORDA: Primeiro.- Aprobar a modificación dos artigos 6 e 7 e da Ordenanza nº 1 reguladora do Prezo Público pola prestación do servizo público de axuda no fogar e servizo de teleasistencia domiliciaria no Concello de Baiona, ca seguinte redacción: 22 ARTIGO 6. PREZO PÚBLICO DO SERVIZO DE AXUDA NO FOGAR PARA PERSOAS DEPENDENTES. 1.- No caso de que a capacidade económica da persoa usuaria do servizo de axuda no fogar para persoas dependentes valoradas con dereito de atención recoñecido, sexa igual ou inferior ao indicador público de rendas a efectos múltiples (IPREM), quedará exenta da obriga de participar no custo do servizo. 2.- Nos demais supostos, aplicarase a seguinte táboa, na cal se expresa o copagamento en termos de porcentaxe sobre a capacidade económica da persoa usuaria e en función da intensidade do servizo asignado: Grao I Grao II Grao III <=20 h <=45 h <=70 h 100,00 % 0,00 % 0,00 % 0,00 % 115,00 % 4,52 % 9,61 % 14,70 % 125,00 % 5,41 % 11,50 % 17,58 % 150,00 % 5,55 % 11,79 % 18,03 % 175,00 % 5,65 % 12,00 % 18,35 % 200,00 % 5,72 % 12,16 % 18,60 % 215,00 % 5,81 % 12,34 % 18,87 % 250,00 % 6,03 % 12,82 % 19,61 % 300,00 % 6,24 % 13,26 % 20,29 % 350,00 % 6,42 % 13,63 % 20,85 % 400,00 % 6,54 % 13,90 % 21,25 % 450,00 % 6,63 % 14,09 % 21,55 % 500,00 % 6,70 % 14,25 % 21,79 % >500 % 6,76 % 14,36 % 21,97 % Capacidade económica (referenciada ao IPREM) Ata 3.- Nos casos en que, por renuncia parcial expresa da persoa beneficiaria ao seu dereito de atención co número de horas expresadas no PIA, ou cando por tratarse dun suposto de compatibilización do SAF con outro servizo ou prestación do catálogo, as horas reais prestadas de servizo de axuda no fogar sexan inferiores á cantidade expresada en cada 23 columna da táboa anterior para o grao correspondente, a cantidade a pagar será minorada proporcionalmente á diminución das horas efectivas de servizo. 4.- En ningún caso, o importe da participación económica que deberá ingresar a persoa beneficiaria en concepto de copagamento poderá exceder o 90% do custo do servizo, determinado en termos de prezo/hora. 5.- No caso das atencións e servizos complementarios do nivel básico do servizo de axuda no fogar, prestados ás persoas dependentes valoradas con dereito de atención recoñecido, para os efectos de facer efectiva a obriga de participar no custo do servizo por parte das persoas usuarias, aplicarase a seguinte táboa, na cal se expresa a súa participación en termos de porcentaxe sobre a capacidade económica da persoa usuaria e en función da intensidade e do tipo de atención ou servizo asignado: Grao I % Capacidade económica (referenciada Adaptacións funcionais do ao IPREM) fogar, Ata podoloxía, fisioterapia. Actividades de acompañamento, socialización e desenvolvemento de hábitos saudables. Grao II Actividades de acompañaAdaptacións Servizo de mento, funcionais do préstamo de socialización e fogar, axudas desenvolvepodoloxía, mento de técnicas. fisioterapia. hábitos saudables. <=15 Grao III Actividades de acompañam Adaptacións Servizo de ento, funcionais do préstamo de socialización fogar, e axudas podoloxía, desenvolvem técnicas fisioterapia. ento de hábitos saudables. <=28 Servizo de préstamo de axudas técnicas. <=45 100,00 % 0,00 % 12,87 % 13,76 % 0,00 % 22,73 % 24,29 % 0,00 % 35,51 % 37,95 % 115,00 % 5,98 % 13,10 % 14,00 % 10,56 % 23,12 % 24,71 % 16,50 % 36,13 % 38,61 % 125,00 % 7,15 % 13,39 % 14,31 % 12,63 % 23,64 % 25,26 % 19,73 % 36,94 % 39,47 % 150,00 % 7,34 % 13,52 % 14,44 % 12,95 % 23,87 % 25,50 % 20,24 % 37,29 % 39,85 % 175,00 % 7,47 % 13,61 % 14,54 % 13,18 % 24,03 % 25,67 % 20,60 % 37,54 % 40,12 % 200,00 % 7,57 % 13,76 % 14,70 % 13,36 % 24,29 % 25,96 % 20,87 % 37,96 % 40,56 % 215,00 % 7,68 % 13,83 % 14,78 % 13,56 % 24,42 % 26,09 % 21,18 % 38,16 % 40,77 % 250,00 % 7,98 % 13,96 % 14,91 % 14,09 % 24,64 % 26,33 % 22,01 % 38,50 % 41,14 % 300,00 % 8,25 % 14,06 % 15,02 % 14,57 % 24,82 % 26,52 % 22,77 % 38,78 % 41,44 % 24 350,00 % 8,48 % 14,16 % 15,13 % 14,98 % 25,00 % 26,72 % 23,40 % 39,07 % 41,74 % 400,00 % 8,65 % 14,35 % 15,33 % 15,27 % 25,33 % 27,06 % 23,85 % 39,57 % 42,29 % >400,00 % 8,77 % 14,48 % 15,48 % 15,48 % 25,57 % 27,32 % 24,19 % 39,95 % 42,69 % ARTIGO 7. PREZO PÚBLICO DO SERVIZO DE AXUDA NO FOGAR PARA A PRESTACIÓN BÁSICA. 4. Para o servizo de axuda no fogar, en réxime de libre concorrencia, para as persoas que non teñan o recoñecemento da situación de dependencia, ou non as asista o dereito de acceso efectivo ao catálogo de servizos de atención á dependencia, segundo o calendario de implantación que se establece na Lei 39/2006, aplicarase a seguinte táboa que regula unha progresiva participación económica no custo do servizo en base ó cálculo da capacidade económica per cápita, de acordo co establecido no artigo 16 desta ordenanza. CAPACIDADE ECONÓMICA Participación no custe servizo de SAF básico Menor de 0,80 IPREM 0% Maior de 0,80 e menor ou igual a 1,50 IPREM Entre o 10% e o 30% Maior de 1,50 e menor ou igual a 2,00 IPREM Entre o 20% e o 50% Maior de 2,00 e menor ou igual a 2,50 IPREM Entre o 40% e o 70% Maior de 2,50 IPREM Entre o 60% e o 90% do 5. Sen prexuizo do anterior, poderán establecerse excepcións aos criterios xerais do referido copagamento nos casos en que a situación causante da aplicación do servizo de axuda no fogar sexa unha problemática de desestructuración familiar, exclusión social ou pobreza infantil, circunstancia que deberá estar debidamente xustificada no correspondente informe social. 6. En calquera caso, establecerase un límite máximo de participación económica das persoas usuarias do 40% da súa capacidade económica.” Segundo.- Ordenar a súa publicación no BOP, a efectos do cumprimento do trámite de exposición pública. ____________________________________________________________________ 11.- MOCIONS. Non se presentan mocións. 12.- ROGOS E PREGUNTAS. PREGUNTAS DO PSOE. 25 SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Del listado de Decretos del que nos han rendido cuentas en este Pleno hay alguno sobre el que me gustaría hacer algunas preguntas. - Sobre la licitación de los 13 puestos del Mercado por procedimiento negociado en la Plaza de Abastos; inmediatamente después hay un Decreto declarando desiertos los puestos de la Plaza. ¿Se prevé ya alguna nueva licitación?, ¿se va a bajar el coste de los puestos?, ¿en qué situación se encuentra actualmente la Plaza de Abastos?. SR.ALCALDE.- Los costes (como usted sabe, que sabe de economía) no se pueden bajar; se puede bajar el precio, pero los costes desgraciadamente no. Se sacó una nueva licitación por negociado y está en la fase de resolución en este momento. SRA.SECRETARIA.- Sí; se requirió ya la documentación a los licitadores propuestos. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- ¿Cuál es el importe de la licitación?. SRA.SECRETARIA.- El mismo, porque por Ley no se puede modificar sustancialmente el contrato y ese es un elemento sustancial, el precio. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Veo que entre los Decretos está también la aprobación de expediente de licitación del Café-Bar de la Plaza de Abastos; quiero saber en qué fase está. SR.ALCALDE.- Hoxe é o último día de presentación. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- ¿Y se han presentado ya algunas propuestas?. SR.ALCALDE.- Hai un plazo e hai que esperar a que termine ese plazo; o plazo acaba hoxe pero poden chegar por correo nos próximos días; para a semana o sabremos seguro; a día de hoxe non. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Con fecha 12 de marzo hay también la aprobación del pago y tasa de costas en un procedimiento contencioso; ¿es ésta la Sentencia por aquel pleito de los arquitectos por el IVA?. SR.ALCALDE.- De memoria non o sei. Contestaremos no próximo Pleno. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- Con fecha 24 de marzo se lleva la designación del Tribunal para arquitecto, convocatoria de examen, ¿se va a convocar, se va a sacar la contratación, una nueva plaza, un nuevo arquitecto?. SR.ALCALDE.- Sí; ya se realizó el examen. Cuando un arquitecto está de baja se puede contratar; igual que con cualquier operario, cualquier funcionario, ó cualquier laboral; se puede perfectamente contratar durante la baja de un trabajador. SRA.DOMINGUEZ, PSOE.- ¿En qué situación está la arquitecta anterior?. SR.ALCALDE.- Ya se lo he comentado. ________________________________________________________ E non tendo outros asuntos que tratar, o Sr.Alcalde levantou a sesión sendo as trece horas e quince minutos do mesmo día, de todo o cal, como Secretaria, CERTIFICO. 26