S-4: Certificado para Instrucción en el Hogar
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S-4: Certificado para Instrucción en el Hogar
S-4: Certificado para Instrucción en el Hogar INFORMACIÓN DEL ALUMNO Alumno # Dirección: Nombre(s) del alumno M/F Fecha de nacimiento Ciudad: Padre/Tutor: Nuevo/ Renovación Escuela correspondiente por su zona de residencia Grado Código Postal: Teléfono: Dirección de correo electrónico: Teléfono laboral: DECLARACIÓN JURADA DEL PADRE/TUTOR El padre o tutor abajo firmante certifica por medio de esta declaración jurada que el(los) alumno(s) mencionados arriba recibirá(n) instrucción en las materias que la Junta de Educación del Estado Utah (USOE por sus siglas en inglés) requiere que se enseñen en las escuelas públicas conforme a la ley y por la misma cantidad de tiempo que la ley requiere que los menores reciban instrucción en las escuelas públicas, 180 días por año, 990 horas por año, 810 horas durante primer grado. Ver Norma Administrativa 277-419-3 de la USOE. MATERIAS RECOMENDADAS POR EL ESTADO Escuelas primarias: Kindergarten hasta 2° Grado: Lectura, Lenguaje, Matemáticas. Programa de estudios integrado para 3° a 6° Grado: Lectura, Lenguaje, Matemáticas, Ciencias, Ciencias Sociales, Artes, Educación para la Salud, Educación Física, Tecnología Docente y Bibliotecología. Ver Norma Administrativa 277-700-4 de la USOE. Escuelas medias: Lenguaje, Matemáticas, Ciencias, Ciencias Sociales, Artes, Educación Física, Educación para la Salud, Educación Técnica y Profesional, Vida y Profesiones. Ver Norma Administrativa 277-700-5 de la USOE. Escuelas secundarias: Lenguaje, Matemáticas, Ciencias, Ciencias Sociales, Artes, Educación Física, Educación para la Salud, Educación Técnica y Profesional, Tecnología Docente, Bibliotecología, electivas. Ver Norma Administrativa 277-700-6 de la USOE. Mi(s) hijo(s) (nombres) ________________________________________________ puede(n) tener una discapacidad que puede calificarlo(s) para recibir servicios estatales o federales de acuerdo con la Ley de Educación de Personas con Discapacidad (Individuals with Disabilities Education Act, IDEA por sus siglas en inglés), Código de los Estados Unidos, título 20, art. 1401 y siguientes. Por favor, póngase en contacto conmigo para obtener más información. Página 1 de 2 rev. 8/21/2013 Superintendent’s Office Salt Lake City School District | 440 East 100 South, Salt Lake City, Utah 84111 | www.slcschools.org S-4 Certificado para Instrucción en el Hogar (cont.) Mi(s) hijo(s) (nombres) ________________________________________________ tiene(n) un Plan de Educación Individualizado (IEP por sus siglas en inglés) según la ley IDEA, Código de los Estados Unidos, título 20, art. 1401 y siguientes. Mi decisión de optar por la instrucción en el hogar no implica que la escuela pública no me haya ofrecido una educación pública apropiada y gratuita. Entiendo que mi(s) hijo(s) dejará(n) de recibir los servicios correspondientes al IEP a menos que mantenga(n) una doble inscripción según el título §53A-11-102.5 y la Norma Administrativa 277-438 de la USOE. FIRMAS REQUERIDAS El(Los) padre(s) abajo firmante(s) se niega(n) en forma expresa a la divulgación de toda la información contenida en este documento, incluida la “información de directorio” de acuerdo con lo definido en el Código de los Estados Unidos, título 20 §1232g(a)(5)(A) y la Política del Distrito Escolar de Salt Lake City S-2: Registros, Derechos de Privacidad y Divulgación de Información de los Alumnos. PARA SER FIRMADO ANTE NOTARIO PUBLICO Firma del padre o tutor: Fecha: Suscrito y jurado ante mí a los ______ días del mes de ______________________, 20 Notario Público: _________________________________ Nombramiento válido hasta: _______________________ CERTIFICADO DE EXENCIÓN DEL DISTRITO PARA INSTRUCCIÓN EN EL HOGAR El(Los) alumno(s) arriba mencionado(s) está(n) exento(s) de asistencia obligatoria por el año escolar ___________________ en base a la declaración jurada firmada por el padre o tutor. El padre o tutor es el único responsable por la selección de los materiales de instrucción y libros de texto, el tiempo, lugar y método de instrucción, y evaluación de la instrucción recibida en el hogar. La escuela/distrito escolar no tiene obligación de revisar el trabajo ni el programa de estudios de los alumnos que reciben instrucción en el hogar para darle crédito, aunque puede hacerlo de acuerdo con sus políticas. Un alumno que recibe instrucción en el hogar puede calificar o no para recibir un diploma de escuela secundaria emitido por el distrito escolar o cualquiera de sus escuelas, conforme a las políticas del distrito. Consulte la Política S-4: Asistencia del Alumno y Exención de Asistencia a la Escuela, los Procedimientos Administrativos correspondientes a la Política S-4, la Política I-2: Requisitos para Graduación, y los Procedimientos Administrativos correspondientes a la Política I-2. ESTA EXENCIÓN EXPIRA EL: , 20 Firma del autorizante: Fecha: Director de Servicios Escolares 578.8206 o 578.8475 Ningún empleado o alumno del distrito debe estar sujeto a discriminación en el empleo ni en ningún programa o actividad del distrito por razones de edad, color, discapacidad, sexo, identidad de género, información genética, nacionalidad, embarazo, raza, religión, orientación sexual o condición de veterano de guerra. El distrito está comprometido a brindar igualdad de acceso y de oportunidades en todos sus programas, servicios y empleos, incluidos sus procesos de presentación de denuncias, políticas, acceso a programas, utilización de establecimientos del distrito, adaptaciones razonables y demás asuntos relacionados con la Igualdad de Oportunidades Laborales. El distrito también brinda igualdad de acceso a establecimientos del distrito a todos los grupos de jóvenes mencionados en el Título 36 del Código de los Estados Unidos, incluidos los grupos de scouts. Se ha designado a la persona mencionada a continuación para manejar las preguntas y denuncias relacionadas con casos de discriminación, acoso y represalias ilegales: Kathleen Christy, Superintendente Auxiliar, 440 East 100 South, Salt Lake City, Utah 84111, (801) 578-8251. También puede contactar a la Oficina de Derechos Civiles, Denver, CO, (303) 844-5695. 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