PROPOSITOS/POLITICAS FISCALIA GENERAL (indicadores clave)
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PROPOSITOS/POLITICAS FISCALIA GENERAL (indicadores clave)
INFORME DE FIN DE GESTION Diciembre 2010 a Diciembre 2014 Carlos María Jiménez Vásquez Fiscal General Subrogante y Subjefe del Ministerio Público Diciembre 2014 1 INDICE INFORME FIN DE GESTION Carlos María Jiménez Vásquez I. Principales logros alcanzados durante la gestión. 1. Línea base e indicadores de gestión. 2. Implementación de la Oficina de Apoyo a la Dirección Funcional 3. Matriz de Gestión del Circulante por Riesgos. 4. Oficina de Gestión de Objetos decomisados y evidencias. 5. Oficina de apoyo y monitoreo a la Gestión de Fiscalías Territoriales. 6. Metodología descongestionamiento y resolución de causas en rezago. 7. Definición de modelo de supervisión 8. Centro de adiestramiento de fiscales auxiliares (CAFA). 9. Seguimiento y control de requerimientos y de autos de apertura a juicio. 10. Modelo uniformado de gestión de fiscalías territoriales. 11. Definición de modelo de inidoneidad para el ejercicio del puesto de fiscal auxiliar interino. 12. Sistema de Seguimiento de Casos. II. Estado de los proyectos más relevantes, existentes al inicio de la gestión y de los que quedan pendientes de concluir. A) Existentes al inicio de la gestión. 1. Fijación de plazo administrativo para la conclusión de la etapa preparatoria y sustitución paulatina. 2. Sistema de seguimiento de casos del Ministerio Público. 3. Sistema de Evaluación del Desempeño para los Fiscales y Fiscalas del Ministerio Público. Plan piloto 2010. 4. Reestructuración de la Fiscalía adjunta de control y gestión. 5. Fiscalía móvil B) Pendientes al concluir la gestión. 1. Programa para la Modernización del Sistema de Gestión del Ministerio Público 2. Implementación del Sistema de Seguimiento de Casos. Programa 2015. 3. Norma GICA 2014 Organización del Ministerio Público. 4. Auditoría Judicial: Recomendación con plazo de implementación al I semestre 2015 5. Proyecto reforma al proceso de reclutamiento y selección. 6. Proceso de Gestión de Continuidad del Servicio Judicial. 7. Perfil por competencias para puestos de Fiscales del Ministerio Público. 8. Proyecto restitución de la clase de jefe de fiscalía y/o pago de plus salarial por coordinación. 9. Unidad Centralizada de Archivos Fiscales (UCAF). 10. Seguimiento y control de requerimientos y de autos de apertura a juicio. 11. Proyecto de Corte Plena Reglamento "Normas de conducta, regulación de abstenciones y conflictos de interés de los funcionarios y servidores judiciales". 12. Expansión del Programa de Justicia Restaurativa. 13. Requerimientos de plazas para 2015 y años subsiguientes. 14. Reglamento de Carrera del Ministerio Público. 2 15. Reformas legales 16. Recomendaciones pendientes del Informe de Auditoría para el mejoramiento de la administración del dinero decomisado en las fiscalías. Sección Estudios Especiales. 17. Resumen de perfil de proyectos y actas constitutivas presentadas al Departamento de Planificación. III. Sugerencias para la buena marcha de la institución. 1. Diseñar y establecer un instrumento estadístico que signe la carga real de trabajo realizado, según las etapas preparatorias, intermedia, de juicio y de apelaciones. 2. Implementar política de gestión rezago en las tres fases: a) fiscalía, b) juzgado penal, c) tribunales penales. 3. Reducción del promedio de duración de la fase de investigación en asuntos ordinarios penal de adultos en cada fiscalía. 4. Incrementar la salida de asuntos con solicitud de aplicación de salidas alternas, así como de mecanismos de justicia restaurativa y de procedimiento abreviado. La línea base será el porcentaje de 2012 y el de 2013. 5. Implementar política para la gestión de asuntos con ausentes y rebeldes en las tres fases. 6. Programa de Capacitación en: a) Investigación de causas de mediana y de alta complejidad; b) Competencias Gerenciales. 7. Implantación de Carta compromiso/doctrina sobre metas del MP a cargo de los fiscales adjuntos 1. 8. Redefinición de roles de los fiscales adjuntos 1 territoriales. IV. Riesgos. Problemas y enfoque de soluciones. V. Administración de los recursos financieros asignados. VI. Devolución de bienes institucionales asignados VII. Anexos relevantes. Anexo N° 1. Matriz de indicadores y línea base. Anexo N° 2. Resolución 19-2013 creación UMGEF y matriz de tareas de la UMGEF y de la Unidad Administrativa del Ministerio Público. Anexo N° 3. Matriz Metodología para la gestión de investigaciones en rezago. Anexo N° 4. Matriz de Supervisión. Anexo N° 5. Elementos y resolución modelo uniforme de gestión. Anexo N° 6. Instructivo general declaratoria de inidoneidad N° 03-2012. Anexo N° 7. Plan de implantación SSC del MP 2015. Anexo N° 8. I Borrador Norma Gica/Organización del Ministerio Público Anexo N° 9. Proyecto de reforma al Reglamento de Ingreso al Ministerio Público. Anexo N° 10. Reglamento de Carrera del Ministerio Público. Anexo N° 11. Borrador de Proyecto nuevos roles de fiscales adjuntos 1. 3 INFORME DE FIN DE GESTION Diciembre 2010 a Diciembre 2014 Carlos María Jiménez Vásquez Fiscal General Subrogante y Subjefe del Ministerio Público Informe final de gestión rendido de conformidad con las directrices D-1-2005-CO-DFOE, emitidas mediante resolución R-CO-61 del Despacho de la Contralora General y publicadas en la Gaceta 131 del 7 de julio de 2005, y con la Circular N° 001-2013 del Consejo Superior del Poder Judicial. Fui nombrado en propiedad en la plaza denominada Fiscal Adjunto 2 y luego recalificada a 3 (Subjefe del Ministerio Público), a partir del 01 de diciembre del 2010, por el Fiscal General de la República Jorge Chavarría Guzmán; y por Corte Plena del Poder Judicial, como Fiscal General Subrogante1, para los períodos y en acuerdos de Corte Plena siguientes: Artículo Sesión Período VIII Nº 01-12 del 09-01-2012. 10 de enero 2012 al 9 de enero del 2.013 IV Nº 43-12 del 10-12-2012. 10 de enero 2.013 al 9 de enero del 2.014 XVII Nº 52-13 del 16-12-2013 10 de enero 2014 al 9 de enero del 2015 Estos nombramientos fueron desempeñados en la Fiscalía General de la República y cesaron a partir del 1° de Enero del 2015, en virtud de acogerme a la jubilación. La labor sustantiva de la oficina donde desempeñé los cargos está signada en las diversas leyes penales y orgánicas, por ejemplo, Código Procesal Penal, leyes penales especiales, y Ley Orgánica del Ministerio Público. En cuanto a las tareas y funciones fueron las asignadas por el Fiscal General de la República según la Ley Orgánica del Ministerio Público (Art. 26) y en el descriptor del Manual de Clases de Puestos de la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial, en lo atiente al puesto de Subjefe del Ministerio Público2 (Fiscal Adjunto 3). 1 Art 26 Ley Orgánica del Ministerio Público. Sustitución. En las ausencias temporales y en las definitivas, mientras no se produzca el nombramiento del propietario, así como en los casos de excusa o recusación, el Fiscal General de la República será sustituido por el Fiscal Adjunto que designe la Corte Suprema de Justicia, de una terna de suplentes que cada año enviará el Fiscal General. 2 Subjefe del Ministerio Público. I. Naturaleza del trabajo Planificar, organizar, dirigir, supervisar, controlar y ejecutar las labores jurídicas, técnicas y administrativas de la Fiscalía General y las del Ministerio Público. II. Tareas Típicas Planificar, organizar, dirigir, supervisar, controlar y ejecutar las labores profesionales, técnicas y administrativas de la Fiscalía General y las del Ministerio Público. Participar con el Fiscal General en la definición de la política general, criterios y prioridades a seguir por la Fiscalía General en el territorio nacional. Actuar en representación del Ministerio Público en todas las fases del Proceso Penal, de acuerdo con las disposiciones de Ley. Integrar, asesorar e instruir grupos de trabajo sobre asuntos jurídicos, técnicos y administrativos relacionados con su área de competencia. Proponer y desarrollar acciones estratégicas, con base en las políticas definidas por la institución y en conjunto con su equipo de trabajo. Representar al Fiscal General a nivel interno y externo, en diferentes comisiones, grupos de trabajo, proyectos, relaciones interinstitucionales, instancias de decisión, foros entre otros que le delegue el Fiscal General. 4 Resultados de la gestión. I. Principales logros alcanzados durante la gestión. Las acciones diseñadas e implementadas durante el período de gestión -objeto de este informe- fueron visualizadas como una oportunidad de mejora respecto a riesgos y/o problemas diagnosticados a finales del año 2010, atinentes, entre otros aspectos, al constante incremento del circulante y de las investigaciones en rezago; al incremento del promedio de duración para la valoración conclusiva de investigaciones; a la existencia de un alto porcentaje de sentencias absolutorias; a la necesidad de uniformar el modelo de organización de las fiscalías territoriales; necesidad de mejorar la gestión de objetos decomisados tales como vehículos y armas; excesivo tiempo y esfuerzo destinado a las actividades administrativas y de control en detrimento de las actividades sustantivas por parte de los fiscales; y a la no existencia de una línea base e indicadores de gestión de los circulantes en fiscalías. También se encontró posibilidades de mejora en cuanto al reclutamiento y permanencia de fiscales auxiliares y en cuanto a la necesidad de disminuir la dependencia del Ministerio Público de los despachos administrativos judiciales para acopio y procesamiento de la información idónea y oportuna para la toma de decisiones. En respuesta a lo anterior y en búsqueda de un modelo estándar de organización, de gestión, de gerencia y de supervisión, en coadyuvancia con el Fiscal General, con los integrantes de la Plataforma Ejecutiva3 de la Fiscalia General, con los Fiscales Adjuntos, así como con jefes de oficina o fiscalía, así como con el personal clave de la Fiscalía General, se diseñó e implementó los proyectos y acciones estratégicas siguientes: Contenido de este capítulo: 1. Línea base e indicadores de gestión. 2. Implementación de la Oficina de Apoyo a la Dirección Funcional 3. Matriz de Gestión del Circulante por Riesgos. 4. Oficina de Gestión de Objetos decomisados y evidencias. 5. Oficina de apoyo y monitoreo a la Gestión de Fiscalías Territoriales. 6. Metodología descongestionamiento y resolución de causas en rezago. 7. Definición de modelo de supervisión Coordinar con instituciones públicas, en los casos que corresponda, aspectos relacionados con un delito. Asumir las funciones del Fiscal General en su ausencia y realizar en ausencia del Fiscal General la comunicación, bajo su rol de monitor, difusor y portavoz del Ministerio Público, de la información que considera pertinente tanto a lo interno como externo de la institución. Determinar el personal del Ministerio Público que asistirá a las actividades de capacitación a nivel nacional e internacional. Elaborar y revisar informes, proyectos de ley, anteproyectos de presupuesto, manuales, instructivos y otros documentos técnicos de interés para el despacho. Emprender, proponer e implantar, dentro del marco que señala la Ley y las disposiciones de la Corte, los cambios organizacionales, las políticas, objetivos y programas de trabajo relativas al funcionamiento del Ministerio Público. Participar en la prelación y formulación de objetivos, programas de trabajo, plan anual operativo, anteproyecto de presupuesto, control interno, SEVRI, entre otros. Evaluar los resultados de las políticas, programas y cumplimiento de metas de los programas asignados; analizar junto con la jefatura el logro de los objetivos establecidos. Desarrollar, implementar y fortalecer los ejes transversales del Poder Judicial en temas de género, accesibilidad, transparencia, ética, valores, poblaciones vulnerables, participación ciudadana y respeto de los derechos humanos, entre otros que se definan a nivel institucional. Atender y resolver consultas por escrito o verbal de funcionarios internos y externos, abogados, particulares, etc., sobre asuntos propios del despacho, o solucionar situaciones que se presenten en las fiscalías del territorio nacional, según lo permita la Ley. Liderar y motivar al personal que integra el Ministerio Público hacia la consecución de objetivos y planes estratégicos y operativos. Realizar otras labores propias del cargo. 3 La Plataforma ejecutiva de la Fiscalía General es una modelo de gerencia implantado por el Fiscal General Jorge Chavarría; lo integran: Fiscal General, el subjefe del MP; los Fiscales Adjunto jefes 2; Fiscales Adjuntos jefes de penal juvenil, UCS, Jefe de la UAMP, jefes de la ODCV y de la OPVT, Fiscal Adjunto jefe de la FG. 5 8. Centro de adiestramiento de fiscales auxiliares (CAFA). 9. Seguimiento y control de requerimientos y de autos de apertura a juicio. 10. Modelo uniformado de gestión de fiscalías territoriales. 11. Definición de modelo de inidoneidad para el ejercicio del puesto de fiscal auxiliar interino. 12. Sistema de Seguimiento de Casos. 1. Línea base e indicadores de gestión. Contenido: Visualización de los principales indicadores estadísticos sobre la gestión del Ministerio Público en general y desagregado por fiscalía. Finalidad: a) Incrementar la efectividad en el ejercicio de la acción penal y respuesta a las demandas de la ciudadanía; b) Rendir cuentas por el empleo de los fondos públicos; c) Insumos para toma de decisiones en cuanto a distribución de personal y demás recursos; d) Visualización de cada fiscalía por sus resultados. En el anexo número 1 se describen los indicadores y elementos de la línea base. A continuación expongo la serie con resultados de la línea base e indicadores establecidos a partir del estado de la cuestión (año 2010) en relación a los años subsiguientes hasta el 2013. Evolución Línea base e indicadores de gestión 2010 al 2013*** Balance General Año Entrad Salido Motivos de salida Investig Procesadas Acusaciones Desestimación Sobreseimiento Definitivo Arc Fiscal Otros Total 2010 265.921 281.462 372.349 25.170 158.350 20.997 40.909 36.036 281.462 2011 251.003 303.198 384.404 29.313 177.294 24.015 38.334 34.242 303.198 2012 169.037 203.301 269.736 29.679 90.952 24.369 24.905 33.396 203.301 2013 184.239 200.782 263.998 29.509 85.914 21.542 34.669 29.148 200.782 2014* 50.574 5.035 111.301 7.880 21.636 5.619 15.788 8.112 59.035 *Solo incluye I Trimestre 2014 **Fuente: Departamento de Planificación, Sección Estadística; UMGEF ***Dato incluye Fiscalías Territoriales Penal Adultos Trámite Ordinario y Flagrancia + Fiscalías Especializadas y Penal Juvenil. Causas Fenecidas con Responsabilidad por los Hechos Delictivos. Cantidad investigaciones fenecidas. Conciliaci ones Susp proceso Pago multa Reparac integral Abreviados Condenas Condena y Absolutoria Total 2010 5967 5582 0 40 1772 3059 419 16.839 2011 5539 6272 56 56 2492 3256 400 18.071 2012 6844 6746 12 53 3221 3449 481 20.806 2013 7146 6738 2 66 4000 3366 441 21.759 2014 1901 1860 0 6 1045 795 116 5.723 Dato perteneciente a Fiscalías Territoriales Penal Adultos Trámite Ordinario y Flagrancia + Fiscalías Especializadas y Penal Juvenil. Fuente: Departamento de Planificación, Sección Estadística y UMGEF. 6 Resultado del Juicio + Abreviado. Condenas Absolutorias Condenas /Absolutorias Año 2010 2011 2012 2013 2014 I Trim Cantidad % Cantidad % Cantidad % 4.831 5.748 6.670 7.366 57,30% 60,65% 62,48% 63,34% 3181 3329 3524 3822 37,73% 35,13% 33,01% 32,87% 419 400 481 441 4,97% 4,22% 4,51% 3,79% 1.840 63,89% 924 32,08% 116 4,03% Condenas: Incluye Condenas en Juicio + Abreviado. Dato perteneciente a Fiscalías Territoriales Penal Adultos Trámite Ordinario y Flagrancia + Fiscalías Especializadas y Penal Juvenil. Fuente: Departamento de Planificación, Sección Estadística y UMGEF 2. Implementación de la Oficina de Apoyo a la Dirección Funcional. La Unidad Operativa de Dirección Funcional (UODF) fue creada mediante Resolución 25-2012 y adicionada mediante resolución 07-2013, y Corte Plena mediante el acuerdo 27 -12, en sesión celebrada el 06 de agosto 2012. La Unidad Operativa de Dirección Funcional (UODF) brinda apoyo en las investigaciones por hechos delictivos cometidos en los tres circuitos judiciales de San José de conocimiento de las fiscalías territoriales. Para efectos y en interés de la investigación por objetivos, la UODF puede acumular investigaciones radicadas en fiscalías territoriales (dentro o fuera del I, II Y III Circuito Judicial de San José), cuando haya conexión por los hechos o por los sujetos involucrados. Con aprobación del Fiscal Adjunto o por disposición expresa de la Fiscalía General, la UODF interviene en investigaciones por hechos delictivos violentos (por ejemplo: homicidios, femicidios, robos o asaltos en negocios o en viviendas); que se encuentren en rezago; o con sobreseimiento provisional, rebeldía, ausencia, o en riesgo de prescribir; en ese tanto, coordina con el superior jerárquico de la fiscalía territorial donde esté radicada la investigación. 3. Matriz de Gestión del Circulante por Riesgos. Contenido: Contiene criterios orientadores para la clasificación de investigaciones penales en curso por prioridad de resolución según riesgos manifiestos y consecuencias en caso de concretarse. Rojos (los que requieren atención inmediata y con prioridad 1 para su resolución). Amarillos (requieren una pronta resolución, son la prioridad 2). Verdes (son la mayoría y deben gestionarse con un adecuado grado de esfuerzo de conformidad con los recursos disponibles). 7 Finalidad: Evitar resultados dañosos por la concreción de los riesgos; disminución del promedio de duración de la fase de investigación; contención del circulante; mejorar la salud ocupacional; metodologías de descongestionamiento y resolución de causas en rezago. Son métodos para alcanzar las metas de: a) reducción del circulante b) reducción del promedio de duración de los asuntos salidos c) gestión del riesgo de prescripción de asuntos en sede de fiscalía d) direccionar recursos humanos o logísticos a causas relevantes y de mayor afectación social. 4. Oficina de Gestión de Objetos decomisados y evidencias. En mayo 2012 inició funciones el área de Gestión de Bienes Decomisados, dependiente de la Unidad Administrativa del Ministerio Público, cuyos objetivos son: Colaborar en el transporte de objetos y bienes decomisados de las fiscalías del Primer y Tercer Circuito Judicial de San José a las diferentes oficinas e instituciones asociadas (Depósito de Objetos, Arsenal Nacional). Crear una base de datos actualizada con la normativa y documentación existente en el tema. Realizar visitas a las diferentes bodegas de las oficinas para establecer el estado de las mismas y los registros que al efecto se llevan. Implementación de un plan de disposición y descongestionamiento de bienes decomisados, vehículos y armas ubicadas en las diferentes oficinas. Control del cumplimiento del Convenio ICD-PJ. 5. Oficina de Apoyo y Monitoreo a la Gestión de Fiscalías Territoriales. La Unidad de Monitoreo y de Apoyo a la Gestión de Fiscalías, fue creada mediante resolución N° 192013. Al respecto ver el anexo N° 02. Finalidad de la UMGEF: Dar seguimiento y monitoreo constante a la gestión de las fiscalías, unidades y cualesquier otro despacho del Ministerio Público, proporcionando información base y recomendaciones de medidas correctivas a la jefatura, para optimizar los servicios en sus distintas facetas. La UMGEF tiene un carácter estratégico para la Fiscalía General de la República, en el entendido que brinda datos sensibles y números duros para la toma de decisiones institucionales. Entre sus tareas u objetivos están los siguientes: Funciones principales de la UMGEF: • Coadyuvar con la Fiscalía General de la República en la elaboración, evaluación y seguimiento de los planes estratégicos quinquenales, planes sobre políticas de persecución penal, de programas y proyectos prioritarios de nivel corporativo, así como del conjunto de planes operativos cuando se requiera. • Dar seguimiento a la ejecución del presupuesto anual del Ministerio Público. • Dar seguimiento y evaluar el desarrollo, programas y proyectos relevantes o estratégicos en el Ministerio Público. 8 • Definir, revisar y actualizar periódicamente las indicadores base y los indicadores cualitativos y cuantitativos de medición de la gestión. • Recabar, tabular e interpretar información de interés gerencial relacionada con la gestión de fiscalías. • Recabar, tabular e interpretar información de interés jerárquico relacionada con la ejecución de las políticas de persecución penal. • Realizar las evaluaciones de productividad y rendimiento de las diferentes fiscalías de acuerdo con los parámetros e indicadores definidos por la Fiscalía General. • Evaluar los rendimientos de las operaciones que se ejecutan en las fiscalías y oficinas del Ministerio Público. • Analizar procesos y subprocesos de las fiscalías para emitir recomendaciones y propuestas sobre éstos. • Ejecutar estudios para identificar problemas de gestión y de funcionamiento de las fiscalías para mejoramiento de la labor y optimizar la toma de decisiones y el uso de los recursos. • Realizar estudios específicos de interés de la Fiscalía General relacionados con impacto de leyes, de reorganización de estructuras, de procesos, entre otros. • Elaborar variedad de informes de acuerdo con los estudios y el de la memoria anual. • Diseñar mecanismos de evaluación y monitoreo. • Asesorar a la Fiscalía General y las distintas fiscalías y oficinas institucionales, en cuanto a instrumentos de análisis de uso de los recursos. • Evaluación y monitoreo del proceso de valoración de riesgos en el Ministerio Público y el uso del portafolio de riesgos. • Seguimiento al desarrollo del Subsitio Web del Ministerio Público. • Cualquier otra labor de su competencia, que le sea asignada por la Fiscalía General. 6. Metodología Descongestionamiento y resolución de causas en rezago. Contenido: Ofrece acciones concretas tendientes a favorecer la reducción del circulante y la resolución de causas anteriores al año 2009; luego, se conceptualiza dentro de rezago, aquellos asuntos radicados en fiscalías por más de dos años del año de estudio. Al respecto ver el anexo número 03. Finalidad: Contención del circulante. Reducción de investigaciones en rezago. Dirección de recursos a causas relevantes y de mayor afectación social. Por ello, la metodología para resolución de investigaciones en rezago tiene el propósito de impedir dilaciones riesgosas y la prescripción de procesos en fiscalía. La evolución, el estado y desglose de las investigaciones en rezago radicadas en fiscalías territoriales al 31 de marzo del 2014, es el siguiente: PERIODO Fecha de inicio de sumarias En tramitación Pasivo Total en rezago Al 31-marzo-2013 Al 30-Setiembre-2013 Al 31-Marzo-2014 Antes de 1/Enero 2011 6033 3948 9981 Antes de 1/Enero 2011 3219 3157 6376 Antes de 1/Enero /2012 5331 3644 8975 9 Fuente Informe Rezago ASU- IT2013 Informe Rezago DHJ3T- 2013 Informe Rezago DHJ- IT2014 Fuente: Elaboración por la UMGEF, con base en estudios de rezago emitidos por la Fiscalía Adjunta de Trámite No complejo, flagrancias y apoyo a la investigación policial, y por la UMGEF. Distribución por números absolutos y términos porcentuales de los asuntos en rezago en el Ministerio Público al 31 de Marzo de 2014, según año de inicio: Año inicio 2011 2010 2009 2008 2007 2006 2005 2004 2003 2002 2001 2000 1999 1998 1997 1996 Total Cantidad 4435 1812 997 548 321 235 199 138 115 63 37 36 19 18 1 1 8975 Porcentaje 49,42% 20,19% 11,11% 6,11% 3,58% 2,62% 2,22% 1,54% 1,28% 0,70% 0,41% 0,40% 0,21% 0,20% 0,01% 0,01% 100,00% Fuente: Estudio de rezago de la UMGEF, a partir de listados trimestrales remitidos por las fiscalías a la Sección de Estadística. Departamento de Planificación Nota: Estudio al 31-Mar-2014, por rezago, se contabilizan las causas activas y pasivas, iniciadas antes del 1 de Enero de 2012. 7. Definición de Modelo de supervisión. En 2012 se definió una matriz de ítem a supervisar según el centro de responsabilidad, así, qué aspectos era de interés y responsabilidad del área de supervisión de la Unidad de Capacitación y Supervisión, cuáles de la UMGEF, cuáles de la Unidad Administrativa del Ministerio Público, etc. De esta matriz cada año, según el PAO y el calendario de supervisión, se seleccionan los ítems específicos sobre los cuales se supervisará en ese año. Posteriormente -2013 y 2014- la jefatura de la Fiscalía Adjunta de Gestión de Fiscalías Territoriales y la jefatura de la Fiscalía Adjunta unificada del I, II y III Circuito Judicial de San José elaboraron e implementaron sus propias matrices. Contenido de la matriz general: Instrumento dirigido a enfocar la revisión y análisis de aspectos administrativos medulares. Finalidad: Garantizar el control y supervisión sobre aspectos administrativos sensibles en las funciones del Ministerio Público. 10 Ofrecer claridad sobre algunos de los aspectos de relevancia para la Fiscalía General. Para el 2014 los ítem a supervisar son los del cuadro siguiente; y en cuanto a la matriz general, ver el anexo número 04. 8. Centro de Adiestramiento de fiscales auxiliares (CAFA). Objeto y finalidad del Centro de Adiestramiento de Fiscales Auxiliares: El Centro de Adiestramiento de Fiscales Auxiliares (CAFA) es un área académica a cargo de la Unidad de Capacitación y Supervisión. El objeto del CAFA es la formación por competencias de los oferentes al puesto de fiscal auxiliar interino en el Ministerio Público, y estará a cargo de docentes de amplia experiencia y trayectoria dentro del Ministerio Público. La finalidad del CAFA será dotar al Ministerio Público de un banco constante de elegibles al puesto de fiscal auxiliar interino, debidamente competenciados para atender de inmediato el servicio público de la función penal acusatoria. El CAFA atenderá la fase de selección de fiscales auxiliares interinos, a saber, las etapas de examinación, inducción y adiestramiento. Siempre que le sea posible, desarrollará programas de apoyo a las fiscalías del Ministerio Público, con el propósito de colaborar en la disminución del circulante. También atenderá el adiestramiento de fiscales auxiliares especializados, mediante un programa de capacitación que desarrollará al efecto. 9. Seguimiento y control de requerimientos y de autos de apertura a juicio. Uno de los problemas a resolver detectados fue la falta de seguimiento y gestión por parte de las fiscalías de los requerimientos presentados ante los juzgados penales y de los autos de elevación a juicio radicados en los tribunales. Las fiscalías territoriales no llevaban -y aún no llevan- un registro centralizado de los requerimientos acusatorios, de sobreseimiento, ni de los autos de apertura a juicio dictados en la fase intermedia. Al carecer de estos registros las fiscalías territoriales dependen de los registros de los juzgados penales y de los tribunales de juicio incurriendo en falla de control. Hoy en día la mayoría de las fiscalías no tienen información de si todos sus requerimientos han sido resueltos por el juez, ni si el tribunal de juicio ha recibido o señalado audiencia en todos los asuntos con auto de apertura a juicio. Ante ello la acción desarrollada consistió en implementar en cada fiscalía un archivo o registro digital (excell o word) centralizado para la gestión y seguimiento de acusaciones, sobreseimientos y juicios. Este archivo o registro centralizado (electrónico y con numeración consecutiva), deberá tener la forma y contenido siguiente: a) fecha salida efectiva de la fiscalía: b) número expediente, c) delito, d) tipo de requerimiento, e) fecha audiencia preliminar realizada, f) decisión jurisdiccional, g) fecha recepción del caso en tribunal de juicio, h) fecha señalamiento debate. h) resultado del juicio, i) observaciones. Para tales efectos a mediados del 2013 se diseñó con fondos CARSI un programa informatizado que aún al concluir el 2014 no se ha implementado en su totalidad. 10. Modelo uniformado de gestión de fiscalías territoriales. Contenido: Resolución 24-2012 y Circular 01-ADM- 2013 de la Fiscalía General de la República que complementa las directrices para uniformar la gestión de fiscalías territoriales. Al respecto ver el anexo número 05. 11 Finalidad: Eficiencia y debida administración de los recursos públicos. A partir de octubre del año 2010 por razones de eficiencia y debida administración de los recursos públicos – llámense logísticos, materiales y talento humano- la Fiscalía General de la República determinó como prioritario crear un marco que permitiese uniformar la gestión funcional y administrativa en las diversas fiscalías territoriales del país, con el propósito de orientar al órgano requirente hacia un adecuado servicio ciudadano. Con estas directrices la gestión y organización de las fiscalías territoriales fue estandarizada y “monitoreable”, con cargas de trabajo equitativas que permitió medir resultados a nivel de fiscalía y a nivel de fiscales y fiscalas; y además, empoderar a los fiscales del Ministerio Público en todas las fases del proceso penal. Las mejoras implementadas fueron -entre otras- las siguientes: Las investigaciones se distribuirían de forma equitativa conforme ingresen, en razón de uno a uno para todos los fiscales o grupo de fiscales, sin criterio de especialidad. Implementación en cada fiscalía un archivo o registro digital (excell o word) centralizado para la gestión y seguimiento de acusaciones, sobreseimientos y juicios. Todos los fiscales y fiscales auxiliares deben realizar juicios y audiencias en los juzgados penales. Tamizaje de denuncias por hechos atípicos y archivos fiscales. Deber de implementar la plataforma de apoyo a la fase de juicio, de manera que se destinaran recursos para cubrir -al menos- los siguientes servicios: a) Localización, citación y preparación de testigos con suficiente tiempo antes del debate. b) Garantizar que el legajo para juicio esté completo y organizado según los lineamientos de esta directriz. c) Preparación y realización de juicios: apoyo logístico al fiscal que atiende el juicio. d) Registro y seguimiento de casos en tribunal aún sin juicio y de resultado de debate. Lo que se pretende con esta plataforma es que el Ministerio Público se empodere, asuma rol protagónico en la fase previa y en el debate, y esto implica destinar personal de apoyo encargado de las tareas de esta plataforma. 11. Definición de modelo de inidoneidad para el ejercicio del puesto de fiscal auxiliar interino. Instrumento: Instructivo General 03-2012. Ver anexo número 06. Contenido: Cese de nombramientos interinos causal de inidoineidad para el puesto y su diferencia con el proceso disciplinario Finalidad: Establecer un método, objetivo para la revocatoria y/o el cese de nombramientos por la causal de falta de idoneidad Para tales efectos se desarrolló los instrumentos siguientes: Inidoneidad. Manual de Inidoneidad, Formulario 12. Sistema de Seguimiento de Casos. Dentro de los principales proyectos heredados está el sistema de seguimiento de casos del Ministerio Público, incardinado dentro del Proyecto para el fortalecimiento de la Administración de Justicia, financiado con fondos del Banco Interamericano de Desarrollo. Este Proyecto fue aprobado mediante Ley 8273 del 18 de enero de 2002, y comenzó su ejecución a partir del nombramiento del Gerente del Componente Ministerio Público. Finalmente, fue recibido el producto, iniciándose la fase piloto durante 12 2014 en la Fiscalía de Atenas, Fiscalía de Grecia, Fiscalía de la Unión, y en la Fiscalía de San Joaquín de Flores, Heredia. El Sistema de Seguimiento de Casos se encuentra al día de hoy instalado y en pleno funcionamiento en las Fiscalías de Atenas, Grecia y La Unión de Tres Ríos. El equipo de implantación se encarga de la supervisión y seguimiento mediante visitas periódicas a dichas oficinas para la atención de posibles incidencias o reportes en el uso del sistema, tarea que se desarrolla estrechamente con el Departamento de Tecnología de la Información, cuyo personal técnico se encarga de la solución de esas incidencias y el desarrollo de posibles mejoras de acuerdo a las necesidades de la institución. El cronograma de trabajo del año 2014 se cumplió de conformidad, y al día de hoy se encuentra en desarrollo la tarea de labores previas de inducción, concientización sobre el cambio e inventario de expedientes en la Fiscalía de San Joaquín de Flores, así como tareas de instalación y configuración del sistema. Queda pendiente el cronograma de trabajo del año 2015 para referencia el cual se signará en páginas siguientes. II. Estado de los proyectos más relevantes, existentes al inicio de la gestión y de los que quedan pendientes de concluir. Contenido de este capítulo: A) Proyectos y acciones existentes al inicio de la gestión. 1. Fijación de plazo administrativo para la conclusión de la etapa preparatoria y sustitución paulatina. 2. Sistema de seguimiento de casos del Ministerio Público. 3. Sistema de Evaluación del Desempeño para los Fiscales y Fiscalas del Ministerio Público. Plan piloto 2010. 4. Reestructuración de la Fiscalía adjunta de control y gestión. 5. Fiscalía móvil. B) Proyectos y acciones pendientes al concluir la gestión. 1. Programa para la Modernización del Sistema de Gestión del Ministerio Público 2. Implementación del Sistema de Seguimiento de Casos. Programa 2015. 3. Norma GICA 2014 Organización del Ministerio Público. 4. Auditoría Judicial: Recomendación con plazo de implementación al I semestre 2015 5. Proyecto reforma al proceso de reclutamiento y selección. 6. Proceso de Gestión de Continuidad del Servicio Judicial. 7. Perfil por competencias para puestos de Fiscales del Ministerio Público. 8. Proyecto restitución de la clase de jefe de fiscalía y/o pago de plus salarial por coordinación. 9. Unidad Centralizada de Archivos Fiscales (UCAF). 10. Seguimiento y control de requerimientos y de autos de apertura a juicio. 11. Proyecto de Corte Plena Reglamento "Normas de conducta, regulación de abstenciones y conflictos de interés de los funcionarios y servidores judiciales". 12. Expansión del Programa de Justicia Restaurativa. 13. Requerimientos de plazas para 2015 y años subsiguientes. 14. Reglamento de Carrera del Ministerio Público. 15. Reformas legales. 16. Recomendaciones pendientes del Informe de Auditoría para el mejoramiento de la administración del dinero decomisado en las fiscalías. Sección Estudios Especiales. 13 17. Resumen de perfil de proyectos y actas constitutivas presentadas al Departamento de Planificación. A) Proyectos y acciones existentes al inicio de la gestión. 1. Fijación de plazo administrativo para la conclusión de la etapa preparatoria y sustitución paulatina. La Circular 15-2005 y la "Guía General para la implementación de la directriz de fijación de plazo administrativo para la conclusión de la etapa preparatoria", no fueron derogadas, sin embargo, se están desaplicando en razón de la aplicación de los siguientes instrumentos: El protocolo de actuación para la aplicación de la Dirección Funcional (Instrucción General 01-2012 del mes de enero del 2012). La matriz para gestionar el circulante por riesgos. Metodología para el descongestionamiento de casos en rezago. El modelo de seguimiento de requerimientos conclusivos El Sistema de Seguimiento de Casos. Los instrumentos descritos son de aplicación obligatoria de conformidad con el artículo 25 inciso c) de la Ley Orgánica del Ministerio Público. 2. Implantación del Sistema de seguimiento de casos del Ministerio Público. Programa 2015. Dentro de los principales proyectos heredados está el sistema de seguimiento de casos del Ministerio Público, incardinado dentro del Proyecto para el fortalecimiento de la Administración de Justicia, financiado con fondos del Banco Interamericano de Desarrollo. Este Proyecto fue aprobado mediante Ley 8273 del 18 de enero de 2002, y comenzó su ejecución a partir del nombramiento del Gerente del Componente Ministerio Público. Finalmente, fue recibido el producto, iniciándose la fase piloto durante 2014 en la Fiscalía de Atenas, Fiscalía de Grecia, Fiscalía de la Unión, y en la Fiscalía de San Joaquín de Flores, Heredia. El Sistema de Seguimiento de Casos es un software para el seguimiento de las causas penales, cuyo objetivo es crear una herramienta tecnológica para mejorar la gestión y el servicio público del Ministerio Público, mejorar los procesos de gestión de las fiscalías territoriales y especializadas, mejorar la atención al público brindando información confiable a los usuarios y darle seguimiento y control a los asuntos penales en todas las etapas del proceso. Se prevé su implantación en todos los despachos del MP a nivel nacional, de forma que se sustituya el actual Sistema de Gestión. El año 2011 transcurrió con negociaciones y conflictos respecto al cumplimiento del contrato y los términos de referencia con la empresa INDRA S.A. 3. Sistema de Evaluación del Desempeño para los Fiscales y Fiscalas del Ministerio Público. Plan piloto 2010. Este sistema de evaluación del desempeño inició mediante la circular de la Fiscalía General N° 16-ADM2010, conteniendo, entre otros aspectos, lo siguiente: Objetivo general. Consolidar un sistema de evaluación del desempeño laboral, mediante una plataforma informática, que propicie acciones específicas para el mejoramiento del servicio brindado por el Ministerio Público. Objetivos específicos. Coadyuvar al proceso de toma de decisiones, por medio del establecimiento de estándares de desempeño, para la promoción, otorgamiento de becas u otros incentivos, a los fiscales y las fiscalas del Ministerio Público. 14 Evaluar la calidad de las solicitudes formuladas por los fiscales y las fiscalas, mediante el seguimiento de su resultado en las diferentes etapas del proceso penal, determinando su desempeño individual y eficiencia en la función. Proyectar al sistema de evaluación de desempeño de los fiscales y las fiscalas, como un insumo del proceso de acreditación de las fiscalías, mediante la utilización de los mecanismos de divulgación y capacitación disponibles, en procura de un servicio público más eficiente y de mejor calidad. Mejorar la distribución y planeación del recurso humano, con base en los parámetros históricos obtenidos en el sistema de evaluación del desempeño. Previo a la implementación del modelo de evaluación de desempeño, el 1° de marzo del 2010, se inició un plan piloto en la Fiscalía Adjunta de Heredia y en la Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, cuyo fin fue evaluar y ajustar el modelo propuesto para su instauración oficial. En 2011 se suspendió este proyecto pues se llegó a la conclusión de que además de que no había soporte informático para el sistema, las fiscalías territoriales no tenían un modelo estándar de organización y de reparto de las cargas de trabajo. En su lugar se dictó por parte de la Fiscalía General diversos instructivos de reorganización y de gestión de fiscalías, así como indicadores de gestión. Además de lo anterior se avizoraba acciones por parte del Gobierno Judicial para emitir lineamientos al respecto, los cuales al 2014 están en curso y se dan cuenta el acciones pendientes de este informe. 4. Reestructuración de la Fiscalía Adjunta para el Control de Gestión (FACG). Mediante acuerdo Nº 29-09 de Corte Plena del diecisiete de agosto del dos mil nueve, y del Consejo Superior, sesión N° 68-09 del 7 de julio, artículo LIV, a iniciativa del Fiscal General de entonces, se creó la Fiscalía Adjunta para el Control de Gestión (FACG). Lo anterior con la finalidad de brindar el mejor servicio al usuario, al tiempo de buscar mayor efectividad en el trabajo del Ministerio Público, se concentró en dicha fiscalía varias funciones, por ejemplo, todo lo relativo a la atención de juicios por delitos en flagrancia en todo el país, así como la dirección de temas afines, como la Unidad de Trámite Rápido, Inspección Fiscal, la Fiscalía de Turno Extraordinario y lo relativo a la dirección funcional de la policía. Al mismo tiempo, el Fiscal Adjunto de dicha fiscalía, tuvo a su cargo el tema de control de gestión de los procesos penales y de las fiscalías de todo el país. En lo que hace al control de gestión, esta acción abrió la puerta para la toma de decisiones importantes, relativas a la distribución de las fiscalas y de los fiscales en las distintas oficinas, con la finalidad de lograr la mejor inversión de los recursos y el mejor servicio al usuario. Con la misma finalidad pero con enfoque diferente, con el nombramiento de un nuevo fiscal general, se estimó que era necesario reestructurar la anterior fiscalía. A partir del 2011, se emprendió una reforma organizativa, creándose las llamadas jefaturas de columnas en cuanto a la acción penal y en cuanto a la gestión, se tomó la decisión de crear una oficina especializada en control y apoyo a la gestión de fiscalías: unidad de monitoreo y de apoyo a la gestión de fiscalías e igualmente, la centralización bajo una sola jefatura de las fiscalías de San José (I, II y III Circuito Judicial de San José), y la Unidad Operativa de Dirección Funcional. Mediante la Circular 01-ADM-2011 y debido a la reestructuración del Ministerio Público, realizada mediante la circular de Política de persecución Penal 03-2010, se dejó sin efecto la circular 10-ADM2010, que delegaba el régimen disciplinario a los Fiscales Adjuntos y Coordinares, siendo competencia de la Fiscalía Adjunta de Transparencia, mediante la Unidad de Inspección Fiscal. 5. Fiscalía móvil. 15 En abril del 2010, Con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia en las comunidades indígenas y en otros lugares del país, se implementó la fiscalía móvil del Ministerio Público. La expectativa con su instalación y puesta en funcionamiento, entre otros, fueron: que el Ministerio Público pudiera llegar a lugares de difícil acceso, con el fin de tener una fiscalía más cerca del usuario, para interponer una denuncia o ser utilizada en casos de crisis o desastres naturales; facilitar el acceso a las comunidades y territorios indígenas costarricenses; mostrar el compromiso en combatir la delincuencia en Costa Rica y que fuera una pieza fundamental para luchar por la seguridad ciudadana. La Fiscalía Móvil fue donada por el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), y fue inaugurada en abril de 2010. La evaluación realizada a inicios del 2011 se comprobó que las expectativas no se cumplieron, generando gasto y desuso del vehículo, amén de problemas del equipamiento; en razón de ello, la unidad móvil fue devuelta al ICD en agosto del 2011. B) Pendientes al concluir la gestión. 1. Programa para la Modernización del Sistema de Gestión del Ministerio Público. De conformidad con artículos 2, 4, 33 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; 62, 63, 289, 290 y 291 del Código Procesal Penal; 6 y 7 de la Ley de Protección de Víctimas y Testigos (N° 8720), sin perjuicio de otras atribuciones y de otras leyes, al Ministerio Público le corresponde: Investigar los delitos de acción pública y promover la persecución penal ante los tribunales. Ejercer la acción civil en los casos previstos por la ley, en representación de la víctima del delito. Atención y protección a víctimas y testigos Dirigir a la policía judicial y demás cuerpos de seguridad del Estado en la investigación de hechos delictivos. En virtud de estas funciones el Ministerio Público está organizado, en cuanto a la acción penal, mediante fiscalías territoriales y fiscalías especializadas; en cuanto a la representación y protección de víctimas del delito, cuenta con la oficina de defensa civil y con la oficina de protección de víctimas y testigos; en cuanto a la coordinación con órganos policiales (Art. 4 LOMP), cuenta con la Comisión Permanente y con los niveles de coordinación establecidos en el Protocolo de Dirección Funcional. Atendiendo estas funciones y la estructura organizacional durante 2014 la Fiscalía General de la República tomó acciones para dotar al Ministerio Público de un modelo moderno de gestión, que tiene dos enfoques: a) enfoque humano, y b) enfoque virtual (automatización; electrónico). Para ello se deberá tomar decisiones -durante el año 2015- para consolidar bajo una sola dirección política y dirección de ejecución, el Programa para la Modernización del Sistema de Gestión del Ministerio Público cuyos elementos o proyectos son los siguientes: a) Sistema de Seguimiento de Casos del MP (Corte/MP/BID/INDRA) b) Proyecto de fiscalías electrónicas (PRONAFE) c) Desarrollo e implementación de la norma GICA-Ministerio Público d) Sistema de Indicadores y de Seguimiento de Casos del Ministerio Público e) Modelo de Gestión del Ministerio Público (Procesos y subprocesos) f) Sistema de Evaluación del Desempeño con sus tres niveles: Ministerio Público, oficinas y personas (incluyendo jefaturas) g) Proceso de gestión de continuidad del servicio 16 Este programa y la escogencia del líder para su implementación, por parte del Fiscal General, estará definido antes de que termine el presente año, e iniciará acciones en los primeros meses del 2015. Por el momento se han visualizado que para este Programa, el Ministerio Público requiere -al menosdel siguiente recurso humano: 2 ingenieros industriales 1 ingeniero informático o en sistemas Este Programa con sus diversos proyectos, está en concordancia con el plan general del Poder Judicial y del Ministerio Público, en cuanto al desarrollo tecnológico, sistemas de gestión y de evaluación, con miras al fortalecimiento de la atención a las víctimas y usuarios del sistema. Para lograr el objetivo el programa tendrá al menos, las políticas de fiscalía general siguientes: 1. Ejercicio de la acción penal: 1.1 El ejercicio de la acción penal deberá someterse a los principios de imparcialidad, objetividad, verdad real, proporcionalidad y al general de justicia 1.2 Al iniciar el proceso deberá tomarse en cuenta la posible aplicación de las salidas alternas al juicio y la justicia restaurativa y, de ser procedente, según la ley y la política de persecución, éstas se privilegiarán sobre la acusación. 1.3 El principio de oportunidad por insignificancia del hecho, mínima culpabilidad o exigua participación, se aplicará limitada y fundadamente de manera excepcional. En todo caso, se privilegiará la justicia restaurativa y la alternativa sobre el principio de oportunidad. 1.4 Al ejercer la acción penal el fiscal(a) deberá actuar de manera planificada, regular, eficiente y continua, teniendo en consideración los objetivos propios de la institución y las necesidades colectivas. 1.5 Con el fin de prevenir acusaciones sin fundamento probatorio suficiente o por hechos atípicos, antes de formular la acusación, los fiscales realizarán una valoración de la viabilidad de la misma en el juicio, incluyendo la futura disponibilidad de la prueba testimonial. 1.6 La solicitud de la pena debe ser debidamente fundamentada y ser proporcional (adecuada) a la gravedad del hecho. 1.7 La pretensión en juicio debe incluir la solicitud fundada de la pena y las consecuencias accesorias procedentes (comisos, derribos, restitución al propietario del bien, nulidades de actos o documentos, inhabilitaciones, etc.). Las pruebas para fundamentar tal pretensión deben aportarse oportunamente 1.8 Obligatoriedad de las impugnaciones salvo que el superior autorice prescindir. 2. Investigación, control y dirección funcional: 2.1 El Ministerio Público realiza la investigación, el control y la dirección funcional, aplicando principios de respeto mutuo y lealtad en la información (confidencialidad). 2.2 La dirección funcional se ejerce respetando las competencias técnicas de la policía y de los fiscales establecidas en la ley y en el Protocolo de Dirección Funcional. 17 2.3 El fiscal a cargo de la investigación de un delito debe identificar y reunir los elementos de convicción de forma que permita el control del superior, la defensa, la víctima, el querellante, las partes civiles y del juez. 3. Gestión de la Política de persecución penal: 3.1 Los fiscales adjuntos son responsables de impulsar y ejecutar las políticas de persecución penal dictadas por el Fiscal General, atendiendo al interés colectivo y en aplicación del Artículo 4 de la LGAP y el Protocolo de Dirección Funcional (circular 1-2012). 3.2 Los fiscales adjuntos territoriales y especializados deberán elaborar, en coordinación con los cuerpos policiales y cualquier otro órgano administrativo de investigación y control, la estrategia de persecución de la criminalidad basada en las características del fenómeno criminal y en los requerimientos de las organizaciones de la sociedad civil o de la respectiva especialidad 3.3 Los fiscales adjuntos, en conjunto con los cuerpos policiales, deberán hacer una rendición de cuentas anual sobre los resultados obtenidos de sus planes estratégicos de persecución penal. 4. Gestión del talento humano: 4.1 El personal del Ministerio Público tiene el deber de probidad. Por ende, debe orientar su gestión a la satisfacción del interés público, por lo que debe rechazar dádivas, obsequios, premios, recompensas, o cualquier otro emolumento, honorario, estipendio, salario o beneficio por parte de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, en razón del cumplimiento de sus funciones o con ocasión de éstas, en el país o fuera de él, salvo los casos que admita la Ley. 4.2 La gestión del talento humano del Ministerio Público se basa en el respeto a la dignidad humana. En este sentido, deberá evitarse toda conducta que implique irrespeto personal, acoso laboral, sexual y todo tipo de discriminación. El mismo principio se aplicará hacia los usuarios. 4.3 Los fiscales adjuntos y demás jefaturas del Ministerio Público son garantes del cumplimiento de las políticas de accesibilidad y de género, así como la promoción de un ambiente laboral sano 4.4 Es deber del personal subordinado contribuir con la construcción de un ambiente laboral sano y cumplir con las políticas de accesibilidad y de género. 4.5 La distribución de tareas y la administración del talento humano se hará conforme a las competencias personales de los funcionarios. En este sentido, deberá promoverse la transmisión de conocimientos dentro de la unidad, la coordinación de cursos con la Unidad de Capacitación, el estímulo y facilitación de la autocapacitación. 4.6 Nombramientos en propiedad y ascensos en propiedad o interinos de fiscales adjuntos y de fiscales y fiscales auxiliares en propiedad le corresponde al Fiscal General. Nombramientos interinos por períodos cortos se delegan en el fiscal adjunto en el tanto la persona esté elegible. 4.7 Antes de asumir el cargo, sea en propiedad o en forma interina, deberán efectuar ante la Fiscalía General, declaración jurada de patrimonio y de conflictos con la ley. 4.8 Evaluación del desempeño. Las fiscalías y los funcionarios fiscales y administrativos serán evaluados anualmente de acuerdo a las normas del reglamento que dictará el Fiscal General. Las evaluaciones servirán de antecedentes en aquellos casos en que se postule a un grado o cargo superior o se solicite la remoción del servidor. 5. Gestión de fiscalías y unidades (oficinas): 18 5.1 La gestión de las fiscalías y unidades debe realizarse con estricto apego al principio de probidad, conforme al artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito. 5.2 La gestión de las fiscalías y unidades debe estar enfocada a lograr las metas y objetivos definidos por el Fiscal General en la política de persecución penal, en el plan estratégico y en los planes anuales operativos. 5. 3 La generación de información para elaboración de indicadores por parte de la Fiscalía General, para la toma de decisiones, tanto de resultados (comparados con la línea de base) como de calidad o desempeño de los funcionarios debe ser fiable. 5.4 Política de estandarización procesos, subprocesos y buenas prácticas. 5.5 Política de apoyo mutuo: relaciones colaborativas de trabajo entre fiscalías. 5.6 La gestión del circulante debe estar orientada a: a. Disminuir de la duración promedio de las investigaciones. b. Evitar el riesgo, especialmente el de prescripción y el de impunidad. 6. Control y Supervisión: 6.1 El control y la supervisión se regirá por los principios de eficiencia, eficacia, rendición de cuentas y publicidad a la luz del principio de legalidad 6.2 Supervisión constante sobre el circulante y la calidad de los requerimientos 6.3 Sistema de supervisión se debe basar en el deslinde de aspectos sustantivos, aspectos administrativos y de aspectos disciplinarios. 7. Función de representación y de coordinación interinstitucional: Representar al Fiscal General ante organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas del lugar o materia en la que cumple sus funciones. 8. Documentos clave. Algunos de los documentos clave para el diseño y ejecución de este programa son los siguientes: Acuerdo y fecha Órgano que lo emitió Contenido Sesión Nº 12-14 del La Corte Plena, 24 de marzo de 2014, artículo XXII Plan Estratégico del Poder Judicial 2013-2017 Sesión Consejo extraordinaria N° Superior 35-14 (Presupuesto 2015), celebrada el 23 de abril de 2014, artículo LII, se aprobó el informe Presentado por la Dirección de Planificación, sobre los requerimientos de recurso humano 2015 para la Propuesta de Rediseño de Circuitos Judiciales e Implementación de Sistemas de Trámite Electrónico. Además, se dispuso que la Dirección de Planificación, debe dar énfasis en evaluar la sostenibilidad de los circuitos a rediseñar para establecer correcciones de manera permanente. 19 Acuerdo y fecha Órgano que lo emitió Contenido N° 58-PLA-PI-2014, Sesión Nº 65-14 del Consejo 17 de julio de 2014, Superior artículo XLVII Acuerdo adoptado por la Comisión Gerencial de Tecnologías de la Información, en la sesión N° 5-14 celebrada el 13 de junio de 2014, artículo V. Por lo anterior, se dispuso aprobar la propuesta de implantación de las Fiscalías Electrónicas y el Sistema de Seguimiento de Casos (SSC) y hacerlo de conocimiento de la Corte Plena y la Auditoría. Sesión N° 87-14 celebrada el 2 de octubre 2014. Art LI. 4.1 Proponer una alternativa de solución que coadyuve a cumplir el tema estratégico relacionado con la implementación de despachos electrónicos, labor desarrollada por PRONAFE, de tal manera que se fortalezcan sus objetivos, metas, recursos y estructura organizacional pero en correlación con otros proyectos paralelos enfocados a modernizar la gestión del Ministerio Público. Lo citado, a partir de un análisis integral que examine las necesidades de desarrollo tecnológico, sistemas de gestión y de evaluación requeridos para cumplir lo anterior, a fin de mejorar la atención brindada a las victimas y personas usuarias del sistema judicial. Consejo Superior y Auditoria Judicial: oficio N° 940-167AUO-2014 sobre la “Evaluación operativa sobre el fortalecimiento del Proyectode Fiscalías Electrónicas. 2. Implementación del Sistema de Seguimiento de Casos. Programa 2015. El Sistema de Seguimiento de Casos se encuentra al día de hoy instalado y en pleno funcionamiento en las Fiscalías de Atenas, Grecia y La Unión de Tres Ríos. El equipo de implantación se encarga de la supervisión y seguimiento mediante visitas periódicas a dichas oficinas para la atención de posibles incidencias o reportes en el uso del sistema, tarea que se desarrolla estrechamente con el Departamento de Tecnología de la Información, cuyo personal técnico se encarga de la solución de esas incidencias y el desarrollo de posibles mejoras de acuerdo a las necesidades de la institución. El Sistema de Seguimiento de Casos contiene todos los indicadores requeridos por la Fiscalía General para el control y seguimiento de los plazos de las investigaciones penales en la etapa preparatoria, intermedia, de juicio y de ejecución de la pena; y pretende reducir los tiempos de duración de los procesos y alertar a los funcionarios sobre los asuntos que próximamente vayan a entrar en rezago, facilitando el control de las jefaturas sobre los asuntos que no sean tramitados de manera oportuna y en un tiempo razonable. El equipo de implantación de este sistema cuenta con un cronograma de implementación para los años subsiguientes. El cronograma de trabajo del año 2014 se ha cumplido de conformidad, y al día de hoy se encuentra en desarrollo la tarea de labores previas de inducción, concientización sobre el cambio e inventario de expedientes en la Fiscalía de San Joaquín de Flores, así como tareas de instalación y configuración del sistema Plan 2015 para la implantación del sistema de seguimiento de casos del Ministerio Público. Para el 2015 se tiene como objetivo general implantar el Sistema de Seguimiento de Casos para el Ministerio Público en las Fiscalías de Turrialba, Puntarenas, Golfito, Santa Cruz, San Ramón y Bribrí. Para alcanzar el objetivo general, se buscará cumplir -entre otrosespecíficos: con los siguientes objetivos 20 Instalar la infraestructura tecnológica (hardware, software, comunicaciones) necesaria para la Implantación del nuevo Sistema de Seguimiento de Casos y articulación con los demás sistemas anexos. Capacitar al personal de las fiscalías indicadas en el uso del nuevo Sistema de Seguimiento de Casos para garantizar el correcto uso y aprovechamiento del mismo. Migrar los datos de los sistemas actuales (Sistema de Gestión de Despachos Judiciales, Sistema GJP) hacia el nuevo Sistema de Seguimiento de Casos. Actualizar en el SSC los datos migrados, para garantizar el correcto funcionamiento del sistema. Dar, acompañamiento seguimiento y apoyo al personal de las oficinas a fin asegurar y verificar el aprendizaje y manejo adecuado de la nueva herramienta tecnológica. Crear un banco de buenas prácticas y lecciones aprendidas en los procesos de implantación para reproducirlas en futuras implantaciones. Identificar las oportunidades de mejoras al Sistema de Control de Casos. Asociados a los objetivos enunciados, para 2015 se establecieron las siguientes metas, entre otras: Implantación en la Fiscalía de Turrialba; del 26 de enero del 2015 al 6 de febrero del 2015 (10 días). Implantación en la Fiscalía de Puntarenas; del 16 de marzo del 2015 al 27 de marzo del 2015 (10 días). Implantación en la Fiscalía de Golfito; del 11 de mayo del 2015 al 22 de mayo del 2015 (10 días). Implantación en la Fiscalía de Santa Cruz, Guanacaste; del 29 de junio del 2015 al 10 de julio del 2015 (10 días). Implantación en la Fiscalía de San Ramón; del 17 de agosto del 2015 al 28 de agosto de los 2015 (10 días). Implantación en la Fiscalía de Bribrí, Limón; del 5 de octubre del 2015 al 16 de octubre del 2015. Factores Críticos de Éxito. Seguidamente se mencionan los factores que se entienden “claves” para asegurar el éxito del Proyecto de implantación. En este sentido, la estrategia de identificación y mitigación de riesgos, debería priorizar la detección de aquellos asociados a éstos factores, antes que otros. Asignación de presupuesto para la ejecución del Plan de Implantación, por parte de la Administración Activa (Viáticos, Horas extra para el proceso de actualización e inventario, entre otros, compra de equipos (escáner, pads de firmas), entre otros. Correcto funcionamiento y condiciones de operación de la infraestructura tecnológica (redes locales, conexión con San José, equipo de cómputo, servidores, entre otros). Hardware, software y elementos de comunicaciones deben instalarse y probarse en su totalidad y conjunto antes del inicio del proyecto de implantación en cada una de las oficinas a implantar el SSC. Adecuada gestión del cambio para lograr la anuencia del personal de las oficinas a implantar, en lo referente a la internalización de los nuevos procesos operativos y al uso del nuevo Sistema de Seguimiento de Casos. Con especial énfasis en el personal del Ministerio Público que deberá despojarse de la operación del actual Sistema de Gestión, e incorporar los nuevos usos y costumbres que le serán propuestos por el nuevo SSC. En el caso de la Defensa Pública, deberá enfrentar el desafío de incorporar una nueva herramienta de apoyo a sus procesos. 21 Usuarios sólidos e independientes. La acción de capacitación debe ayudar a evitar las lagunas de formación y asegurar que los usuarios ejecuten debidamente las funcionalidades del nuevo sistema; la acción de acompañamiento post-arranque del nuevo sistema debe ayudar a que el usuario adquiera una visión general y erradique la indecisión al momento de ejecutar los procesos operativos y de operar el nuevo sistema. Asignación de personal informático en cantidad, perfil y nivel de preparación suficiente, por parte de la Dirección de Tecnologías de la Información, el Ministerio Público y la Defensa Pública. Asignación de funcionarios en cantidad, perfil y nivel de preparación suficiente, por parte del Ministerio Público y de la Defensa Pública, para actuar como líderes de la implantación, en equipo con el personal informático. Espacio físico suficiente y debidamente adecuado, tanto para las actividades de capacitación, como para el alojamiento de la infraestructura tecnológica, y para la labor diaria de los funcionarios de las oficinas respectivas así como del equipo de implantadores e implantadoras. Información actualizada y consistente, tanto en los sistemas de origen como en el nuevo sistema de Seguimiento de Casos. Disponibilidad de transporte para el traslado de los miembros de los equipos implantadores a los circuitos judiciales. Requerimientos para la implantación de cada localidad. A continuación se describen los requerimientos “mínimos” para poder ejecutar correctamente el Plan de Implantación y, además, ejecutarlo sin poner en riesgo ninguno de los Factores Críticos de Éxito mencionados en la sección anterior. Recursos humanos. En virtud de la naturaleza tecnológica del proyecto es requerida la asignación de un Ingeniero Industrial al equipo de Implantación del Ministerio Público, el que se encargue de la realización de estudios de rediseños de procesos no automatizados (en papel) y automatizados. Considerando las limitaciones presupuestarias del Poder Judicial, el Ministerio Público considera viable la sustitución del recurso de 1 Fiscal Auxiliar por 1 Ingeniero Industrial, y alcanzar así el máximo aprovechamiento del Sistema de Seguimiento de Casos. Entre otras, es necesario que despliegue las siguientes funciones: Realización de estudios de rediseños de proceso de trabajo y diagnósticos del despacho Análisis del inventario de expedientes Elaboración de listados de tareas, actividades y responsabilidades Mapeo de procesos automatizados y no automatizados Determinación de tiempos actuales de duración de procesos Determinación de causas de retraso judicial y asignarles prioridad Recopilación de buenas prácticas con despachos homólogos Diseño de propuestas de mejora y validación Elaboración de informe del estatus final de cada una de las implantaciones Los recursos tecnológicos requeridos en cada fiscalía se hallan descritos en el programa. Al respecto ver el anexo número 07. 22 3. Norma GICA 2014 Organización del Ministerio Público. En relación con la norma de Calidad GICA para el Ministerio Público se informa lo siguiente: Durante segundo semestre 2014 junto con CEGECA se redactó el borrador de la norma "Norma GICA 2014 Organización del Ministerio Público" (Ver anexo N° 08). Esta norma se compone de cuatro capítulos que son: La Organización del sistema de gestión de calidad; La ejecución del servicio del Ministerio Público; La gestión administrativa y de recursos de la oficina; La mejora continua y retroalimentación del sistema de gestión de calidad. El capítulo segundo aborda puntualmente, aspectos sustantivos de la prestación de los servicios del Ministerio Público. El capítulo se divide en aspectos generales del servicio, gestión de los plazos e indicadores de gestión, Gestión de entrada, gestión de los asuntos, gestión de salida y gestión de seguimiento. Véase el siguiente cuadro: Contenido de la Norma GICA 2014 Organización del Ministerio Público Organización del sistema de gestión de calidad Ejecución del servicio del ministerio público Aspectos generales Gestión de plazos es indicadores de gestión Gestión de entradas Gestión de asuntos Gestión de salida Gestión de seguimiento Gestión administrativa y de recursos de la oficina Mejora continua y retroalimentación del sistema de gestión de calidad. En cuanto al estado del desarrollo de la norma a noviembre 2014: CEGECA está haciendo ajustes estructurales que responden a una reformulación de las cuatro normas del Poder Judicial. Posteriormente, estarán incorporando en lo pertinente los aportes de las oficinas consultadas del Ministerio Público. A su vez, por parte de la UMGEF y la Unidad Administrativa del MP durante noviembre y diciembre 2014 realizarán los talleres de validación que tentativamente podrían ser en Guanacaste (Liberia), en la Zona Norte (San Carlos), en la Zona Sur (Corredores) y en el Valle Central (San José). Posterior a los talleres de validación de la norma, lo que corresponde es la sistematización e incorporación al documento final de la norma para su aprobación por las instancias correspondientes. Este proyecto a nivel operativo está a cargo de la UMGEF. 4. Auditoría Judicial: Recomendación con plazo de implementación al I semestre 2015. Respecto a la creación de circuitos judiciales electrónicos que vincula al proyecto PRONAFE el Ministerio Público, y la implementación del sistema se seguimiento de casos y el Programa de Gestión del Ministerio Público, mediante oficio N° 940-167-AUO-2014 del 24 de setiembre de 2014, la Auditoría Judicial emitió recomendación que debe implementarse durante el I semestre 2015. 23 Al respecto entre otros aspectos, dicho estudio indicó al Fiscal General: (...) "se remite el informe final efectuado por la Sección de Auditoría Operativa del denominado “Evaluación operativa sobre el fortalecimiento del Proyecto Nacional de Fiscalías Electrónicas (PRONAFE). No obstante, a fin de continuar desarrollando el modelo de fiscalías electrónicas y modernizar adecuadamente el proceso de gestión de los casos, donde interviene no solo PRONAFE, sino además otros proyectos paralelos, según el Plan del Poder Judicial para la creación de Circuitos Judiciales Electrónicos y el Plan de Implementación del Sistema de Seguimiento de Casos aprobado por el Consejo Superior, en la sesión extraordinaria Nº 35-14, artículo LII, celebrada el 23 de abril de 2014; la estructura organizacional y el recurso asignado actualmente a tales proyectos requiere fortalecerse, con el propósito de lograr el cumplimiento de los objetivos propuestos y no afectar su adecuada y oportuna implementación, en la cual interviene no solo la parte humana sino requerimientos tecnológicos, sistemas de gestión y otros". Recomendaciones del estudio a la Fiscalía General con plazo de implementación al primer semestre 2015: "Proponer una alternativa de solución que coadyuve a cumplir el tema estratégico relacionado con la implementación de despachos electrónicos, labor desarrollada por PRONAFE, de tal manera que se fortalezcan sus objetivos, metas, recursos y estructura organizacional pero en correlación con otros proyectos paralelos enfocados a modernizar la gestión del Ministerio Público. Lo citado, a partir de un análisis integral que examine las necesidades de desarrollo tecnológico, sistemas de gestión y de evaluación requeridos para cumplir lo anterior, a fin de mejorar la atención brindada a las víctimas y personas usuarias del sistema judicial". 5. Proyecto reforma al proceso de reclutamiento y selección. La Fiscalía General de la República se fijó como norte la actualización del proceso de reclutamiento y selección de fiscales auxiliares interinos así como el nombramiento de fiscales auxiliares en propiedad. En ese íter encontramos que el Ministerio Público ha dejado de ser una institución “de fiscales” y se ha convertido en una amalgama dinámica en la que diversos profesionales intervienen para lograr objetivos comunes relacionados con la coadyuvancia en la administración de justicia. Para lograr la actualización del proceso de ingreso al Ministerio Público, hoy día es menester considerar el reclutamiento y selección de todos sus profesionales; para ello es necesario reformar en su totalidad el vigente Reglamento de Ingreso al Ministerio Público (RIMP), que data desde el año 2000 y en su lugar proponer un esquema normativo que permita atender diversas exigencias de las modernas relaciones que ha traído la nueva dinámica del Ministerio Público. En ese sentido, se vuelve imperativa la necesidad de garantizar la idoneidad ética y funcional de estos servidores. La normativa del proyecto en curso, se propone regular los procedimientos de reclutamiento, selección y nombramiento interino o en propiedad de fiscales auxiliares, tanto territoriales como especializados; de abogados de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, de la Fiscalía General de la República o de otros despachos, de profesionales en psicología, trabajo social y criminología de la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito, de profesionales de las ciencias económicas y administrativas de la Unidad Administrativa, entre otros. El proyecto se encuentra en el anexo número 09. El proceso de selección de fiscales auxiliares, por su parte, prevé la entrada en funcionamiento del Centro de Adiestramiento de Fiscales Auxiliares (CAFA), para lo cual se dispone un conjunto de normas sobre su funcionamiento y deberes, tanto de discentes como de docentes. A ello se suma la creación de prácticas profesionales que apoyen los programas de descongestionamiento, todo en un ambiente de aprendizaje idóneo y con la dotación de equipo y mobiliario. Los principales cambios en relación con el proceso de selección y formación en el caso de los fiscales auxiliares, se uniforma el proceso de selección en tres etapas: a) examinación; b) curso de inducción y c) 24 adiestramiento o práctica dirigida con casos reales, etapas que deben aprobarse con una exigente nota no menor al ochenta por ciento de aprovechamiento en cada una. 6. Proceso de Gestión de Continuidad del Servicio Judicial. La Auditoría Judicial en su informe N° 94-06-ATI-2013 sobre la “Evaluación de los procedimientos para la continuidad de los servicios críticos de la Dirección de TI” evidenció una serie de acciones que el Poder Judicial debía emprender para mantener el servicio ininterrumpido, ante la ocurrencia de un desastre. La Dirección Ejecutiva, siguiendo las recomendaciones de la Auditoría Interna y en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Superior art. XXIX de la sesión 10-13 del 7-2-13 y art. LXXIV de la sesión 26-13 del 19-03-13, conformó un equipo interdisciplinario de trabajo y realizó la contratación directa 2013CD000721-PROVCD, con la Empresa Advisory & Management Services S.A para la elaboración del Plan General de Continuidad de los Servicios Judiciales. El trabajo de la consultora en conjunto con el equipo interdisciplinario ha arribó a la emisión de la Política de Gestión de la Continuidad del Servicio (aprobada por Corte Plena en art. XII de la sesión 3714, del 04-08-14) y el Modelo de Riesgo para el Análisis de Riesgos de Continuidad (aprobado por el Consejo Superior en sesión 62-14, art. LXII del 8-07-14). El primer paso para la implementación de los productos, es hacer el Análisis de Impacto en el Servicio (BIA por sus siglas en inglés), que consta de 6 etapas: 1.- Selección del equipo de trabajo (jurisdiccional, auxiliar de justicia, administrativo), 2.- seleccionar personas o equipos; 3.- capacitar en la resolución del cuestionario, 4.- completar el cuestionario, 5.- analizar y validar datos y 6.-elaborar informe BIA. Recién acaba de pasar la capacitación en resolución del cuestionario, para los integrantes del equipo del Ministerio Público y estamos en plazo para completarlo y remitir la respuesta a la Dirección Ejecutiva. Por parte del Ministerio Público integran la Comisión institucional el Fiscal Adjunto Luis Chang Pizarro y el integrante de la UMGEF, licenciado Minor Barquero. 7. Perfil por competencias para puestos de Fiscales del Ministerio Público. Este estudio inició a inicios del 2014 como ampliación de la tercera etapa del proyecto del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial, que se había iniciado con la judicatura y luego con el OIJ. Una cuarta etapa incluiría los puestos gerenciales. La idea para el Ministerio Público es desarrollar una propuesta de evaluación del desempeño, basada en los perfiles por competencias, creando como primera fase, los perfiles por áreas específicas, áreas genéricas y áreas técnicas. La empresa contratada por el Poder Judicial es Tatum Global Consulting y la consultoría contratada es la denominada “Contratación de consultoría para la elaboración de perfiles competenciales y para el desarrollo de un sistema integral de desempeño”, la cual se realiza en coordinación con el Departamento de Personal del Poder Judicial. En la primera etapa del proyecto, se definió un diccionario de competencias y se estableció las áreas de conocimiento, para lo cual se presentaron una serie de competencias genéricas para su validación (producto del análisis de la Misión, Visión y los Valores del Poder Judicial y del Ministerio Público) y se determinó las competencias genéricas clave, las competencias específicas para la ejecución de la función de Fiscales Adjuntos 1 y 2, fiscales y fiscales auxiliares, así como aquellas áreas de conocimiento que comprenden los aspectos técnicos directamente conectados a la función sustantiva del Ministerio Público para el cumplimiento de los deberes, en función de cada puesto. 25 Para lo anterior ello se requirió a funcionarios de todas las categorías completar los siguientes instrumentos: Instrumento I02 Competencias Genéricas Instrumento I06 Competencias Específicas Instrumento I33 de Áreas de conocimiento Posteriormente, se realizó una reunión con Fiscales Adjuntos para validar las competencias genéricas y a finales del noviembre 2014 la empresa Tatum presentó el informe final. De manera que para 2015 y años siguientes se debe dar continuidad en conjunto con el Departamento de Gestión Humana las fases de implementación. Este proyecto está a cargo por la Fiscalía General el Licenciado José Pablo González y el Licenciado Jorge Araya. 8. Proyecto restitución de la clase de jefe de fiscalía y/o pago de plus salarial por coordinación. Necesidad de la acción: El proceso de reorganización del MP al igual que la nueva organización por columnas replanteó la función que los fiscales adjuntos 1 y 2 debían asumir. Ello implica que el fiscal adjunto 1 debe asumir funciones gerenciales y desligarse de otras que le impedirían ejecutarlas, lo que obliga al coordinador o jefe de fiscalía a retomar estas funciones, especialmente en lo relativo al tema de la administración del despacho, incluyendo la supervisión y el control interno. Por el espíritu de dicha reorganización, se ha dado especial importancia al tema de la lucha contra la criminalidad organizada, lo que ha sido avalado por el gobierno judicial, que ha aprobado la organización del MP mediante las 3 columnas y se ha comprometido con la prevención de la penetración de la delincuencia organizada en el ejercicio de la función judicial. Para cumplir con este objetivo, los fiscales adjuntos 1 han debido asumir un papel protagónico en la definición y seguimiento de las estrategias de persecución de criminalidad local. Además, se hecho énfasis en su deber de realizar una adecuada coordinación interinstitucional para regular el ingreso de casos masivos y disminuir, con ello, y con otras acciones, el circulante de sus respectivos despachos. A diferencia de la judicatura, el fiscal jefe de fiscalía, coordina las labores de tipo administrativo pero también las decisiones y labores técnicas relativas a todo el proceso penal, desde la investigación hasta la etapa de impugnación. Especialmente, en el último quinquenio, han proliferado las obligaciones de tipo administrativo, algunas vinculadas con el proceso penal y otras con temas control interno y rendición de cuentas. Estas obligaciones requieren de un esfuerzo que, por su magnitud, tiene mérito para ser recompensado. Como ejemplo, se menciona la responsabilidad sobre administración y custodia de bienes decomisados (armas, vehículos, dineros, etc. ), la realización de informes periódicos de distinta naturaleza, la supervisión de fiscalías territoriales o especializadas, algunas veces alejadas de sus despachos, el control interno (SEVRI, PAO, PAI, PEQ), la revisión de acusaciones y solicitudes de sobreseimiento, etc. En la siguiente se enumeran las principales funciones que han sido asumidas, de hecho, por los fiscales coordinadores o jefes de fiscalía o bien, funciones que han venido realizando los fiscales adjuntos 1 y que ahora deberán ser asumidas por los coordinadores. 26 Centros de responsabilidad: Cada uno de los despachos u oficinas del Ministerio Público, independientemente de la jerarquía, se han convertido en centros de responsabilidad en el sentido de que deben definir tanto aspectos administrativos como jurídicos. En el tema administrativo, el ser un centro de responsabilidad implica una labor neta de administración, con un rol estricto, que incluye el manejo del personal, el deber de proponer y ejecutar presupuestos, el de realizar el control interno, el de rendir cuentas en todos los niveles, incluyendo reportes estadísticos para la construcción de indicadores, reportes de ejecución de planes de rezago, manejo de evidencias, en especial drogas, vehículos y armas. La dimensión jurídica implica la realización de reportes de seguimiento de las estrategias de persecución de la criminalidad local, los fiscales deben trasladarse a realizar juicios o audiencias, incluso a lugares alejados, en el caso del jefe o coordinador, además de los anteriores debe revisar las acusaciones y solicitudes de sobreseimiento de todos los fiscales auxiliares. Por lo complejo de muchas de estas funciones y por la distancia de algunas oficinas de las sedes de los fiscales adjuntos, se ha tenido que recurrir tradicionalmente al recargo de funciones en un fiscal para el cual estamos solicitando el reconocimiento de un plus salarial, por el tiempo que ese fiscal ejerza las funciones de jefe de fiscalía. Criterios para el reconocimiento del plus salarial por jefatura o coordinación. Dentro de los posibles criterios para seleccionar a las personas que reciban el plus salarial y aparte de que el despacho sea un centro de responsabilidad, se propone que el mismo tenga una estructura de mando de, al menos, cinco personas. La anterior regla presentaría excepciones por razón de la distancia de algunas fiscalías en relación con las sedes de los fiscales adjuntos, como es el caso de las fiscalías de San Vito y Cóbano. Otra condición deseable es que el plus lo reciba un fiscal, con excepción de los fiscales auxiliares que deben ejercer la jefatura en las zonas donde no exista plaza de fiscal y que cumpla con los parámetros del párrafo primero en cuanto a distancia y ser un centro de responsabilidad Finalmente, solo se recomienda el plus salarial para un solo fiscal por oficina, aunque se puede valorar la posibilidad de realizar una excepción en los casos en que la estructura de personal y obligaciones sobrepasen la capacidad de un solo jefe (ejemplo: oficinas con personal superior a 50 personas). Una razón de exclusión es que el fiscal general considere que algunas jefaturas no deban recibir el plus, en aplicación de criterios de racionalidad y proporcionalidad y así lo solicite. Por ejemplo, algunas fiscalías especializadas que por su tamaño y forma de organización, pueden regular sus propios circulantes y por tanto, tienen la posibilidad de cumplir con la carga administrativa a diferencia de fiscalías con poco personal que están alejadas de los centros urbanos y que tienen infinidad de responsabilidades como las de Tarrazu, Cóbano, San Vito, Bribrí y Puerto Jiménez. Por lo anterior, se debe continuar ante el Departamento de Gestión Humana el proceso de reconocimiento del plus salarial a los coordinadores de las distintas fiscalías, al tiempo que solicitamos cambiarles la nomenclatura a "Jefes de Fiscalía". FUNCIONES ACTUALES QUE REALIZA EL FISCAL ADJUNTO 1 Y QUE SERÁN ASUMIDAS O COMPARTIDAS POR EL FISCAL JEFE DE FISCALIA FUNCION FISCAL ADJUNTO 1 Informes de control interno (PAO, PEQ, PAE, SEVRI, PAI) Supervisión de fiscalías de su X FISCAL JEFE DE FISCALÍA OBSERVACION X Antes lo coordinaba el Adjunto 1 X Actualmente el adjunto debe viajar a cada fiscalía adscrita, 27 competencia ahora cada jefe supervisaría su propia oficina y reporta al adjunto Definición del presupuesto X Históricamente lo vienen haciendo por recargo Coordinación la gestión de evidencias X Históricamente lo vienen haciendo por recargo Distribución y atención de la carga de trabajo (denuncias, investigaciones, audiencias. vista, juicios) X Históricamente lo vienen haciendo por recargo Solución de conflictos en primera instancia X X Históricamente lo vienen haciendo por recargo Aplicación del régimen disciplinario en su oficina X X Puede ser compartida Autorizaciones: permisos, nombramientos, incapacidades, ascensos, vacaciones, sustituciones del personal profesional, administrativo y meritorio X X En algunos casos se comparte responsabilidad con el adjunto 1 Coordinación interinstitucional X Función del Fiscal Adjunto, generalmente no realizada por falta de tiempo Definición, ejecución y actualización de estrategias de persecución de la criminalidad local X Deben ejercer control constante y realizar actualizaciones trimestrales Propuestas a Fiscal General de Políticas de persecución X Función generalmente no realizada por falta de tiempo Este proyecto está a cargo por la Fiscalía General el Licenciado José Pablo González y el Licenciado Jorge Araya. 9. Unidad Centralizada de Archivos Fiscales (UCAF). La circular 08-ADM-2008 de la Fiscalía General, reconociendo la falta de uniformidad en los procedimientos en las diferentes fiscalías dispuso la estandarización como medio para mejorar el desempeño y la eficiencia, entendida esta “[…] como la manera en la cual se obtenga el máximo aprovechamiento de los fines buscados […]”, resultando totalmente coherente este proyecto con dichos fines para uniformar el actuar de las fiscalías de San José en la gestión de archivos fiscales. Lo anterior, advirtió la necesidad de buscar nuevas opciones para la gestión y conservación de estos archivos fiscales, siendo que además, las políticas institucionales determinan la necesidad de explorar la posibilidad de maximizar la utilización de tecnologías de información, disminuyendo el consumo de papel y su impacto ambiental. Funciones: La Unidad Centralizada de Archivos Fiscales gestionará las denuncias e investigaciones para determinar el o los responsables por hechos de conocimiento de las fiscalías del I Circuito Judicial de San José, Desamparados, Hatillo, Pavas, (la fiscalía del II Circuito Judicial de San José al ser electrónica mantendrá el trámite normado para esas fiscalías, tampoco comprende la Fiscalía de Puriscal por su correspondencia con la Oficina Regional del O.I.J. de la zona) provenientes de la Oficina Receptora de Denuncias del Organismo de Investigación Judicial y sean catalogadas por el Ministerio Público como Dirección Funcional Tipo A (DF-A). Objetivo general: Centralizar la gestión de Archivos Fiscales en las investigaciones (DF-a) para las fiscalías de San José incluidas en el proyecto. 28 El funcionamiento de la U.C.A.F pretende uniformar la recepción, registro, valoración y clasificación de las denuncias por tipo de dirección funcional. Alcances: Debido a la carga de trabajo que se proyecta la centralización alcanzaría inicialmente a las siguientes Fiscalías: San José, Pavas, Hatillo y Desamparados. El modelo podrá servir de guía para la implementación en otras fiscalías territoriales, conforme resulte la evaluación de impacto y resultado. Requerimientos pendientes para 2015: Para la ejecución del proyecto de la U.C.A.F. se requiere la designación de un espacio físico adecuado, tomando en cuenta que estará adscrita a la Unidad Operativa de Dirección Funcional de la Fiscalía Adjunta de San José y la o el fiscal jefe de dicha oficina, supervisará las investigaciones. Este proyecto está a cargo del Fiscal Adjunto de San José Licenciado Francisco Fonseca Ramos. 10. Seguimiento y control de requerimientos y de autos de apertura a juicio. Implantar y consolidar el modelo de seguimiento de acusaciones ante juzgados penales y de los autos de apertura de juicio ante los tribunales de juicio; igualmente, gestionar prontos despachos de asuntos en espera de juicio, especialmente en asuntos por homicidio, femicidio, robos y asaltos en viviendas, corrupción, delitos sexuales y delitos ambientales. Estado actual y requerimientos. El sistema fue diseñado por una consultora de FIU, con el objetivo de dar seguimiento a los requerimientos conclusivos; especialmente las acusaciones. Fue instalado en todas las fiscalías territoriales desde marzo de 2014. El sistema tiene como objetivo ingresar todas las acusaciones que son remitidas al Juzgado Penal y darles seguimiento desde ese momento hasta que finalice la causa con la celebración del juicio. La idea es que se ingrese la fecha de salida de la fiscalía y luego, las fechas de: señalamiento a audiencia, de celebración de la audiencia, auto de apertura a juicio, señalamiento para debate e inicio del debate. Si bien hasta el momento ha funcionado, lo cierto es que esta funcionalidad resulta a penas básica, ya que luego de ingresa la fecha en que el expediente sale del sistema o de la contabilidad de la fiscalía con rumbo al Juzgado Penal, en ese momento el seguimiento se interrumpe, pues darle continuidad significaría estar pendiente de todos y cada uno de los fiscales o fiscalas y estar consultándoles por los resultados de cada una de las audiencias a las que asisten o de las notificaciones. Solo de esta manera sería posible mantener actualizado el sistema, pues de lo contrario, tendría que disponerse de un sistema integral que permita la actualización automática, recurso del cual no se dispone. El modelo de seguimiento de requerimientos conclusivos es un sistema de la Fiscalía que corre en la plataforma ACCESS. Es un instrumento para darle seguimiento especialmente a las acusaciones, pero también permite rastrear las solicitudes de sobreseimientos, el cual se alimenta manualmente. Cada vez que un expediente va a salir hacia el juzgado penal, se ingresa en el sistema y en ese momento se inicia el proceso de seguimiento. Luego el sistema genera alertas periódicas con el fin de que la Fiscalía pueda darle seguimiento cuando dicho requerimiento se encuentre en el juzgado Penal o en el Tribunal de Juicio. El sistema también permite ingresar la fecha de prescripción. 29 La idea es que las alertas le permitan a los fiscales solicitarle al Juzgado Penal o al Tribunal de juicio que le den impulso a los casos que han sido remitidos a ellos, y sobre todo, que permita alertarle a los órganos jurisdiccionales, cuando un expediente lleva mucho tiempo en espera o cuando un expediente está pronto a prescribir. Además, es un instrumento para controlar que los expedientes que han salido de la Fiscalía se encuentren físicamente en los juzgados. 11. Proyecto de Corte Plena Reglamento "Normas de conducta, regulación de abstenciones y conflictos de interés de los funcionarios y servidores judiciales". Uno de los proyectos que impulsa la Corte y que vincula al Ministerio Público es el denominado "Normas de conducta, regulación de abstenciones y conflictos de interés de los funcionarios y servidores judiciales” el cual podría entrar en vigor en el año 2015. Este reglamento contiene -entre otros aspectos- los valores y principios éticos esenciales de la administración pública; regulaciones en cuanto a los conflictos de interés y deber de abstención, así como el régimen de responsabilidades. Según este proyecto le corresponde al Consejo Superior del Poder Judicial evacuar por escrito las consultas que le formulen los servidores y funcionarios sobre la interpretación y aplicación de estas normas. 12. Expansión del Programa de Justicia Restaurativa. El Programa de Justicia Restaurativa (PJR) inició en mayo de 2012 como proyecto piloto en materia penal, en el Primer Circuito Judicial de San José. A partir de noviembre de 2012, se incluye la atención de casos correspondientes al sector de Pavas. Por el Ministerio Público este programa lo dirige directamente el Fiscal General. Este programa tiene tres ejes en la materia penal: adultos, tratamiento de drogas bajo supervisión judicial y penal juvenil, y durante el año 2013 se constituyó la Fiscalía Adjunta en Justicia Restaurativa. Para el 2015, se debe dar seguimiento ya que se espera ampliar al Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) y Segundo Circuito de la Zona Atlántica (Guápiles) y se tiene programado el personal siguiente: Personal asignado al Programa de Justicia Restaurativa. Periodo 2015 Año 2015 Oficina en el Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón): 1 Fiscala o Fiscal Auxiliar 1 Defensora Pública 1 Trabajadora o Trabajador o Defensor Público Social 1 Técnica o Técnico Judicial 2 1 Psicóloga o Psicólogo Oficina en el Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles): 1 Fiscala o Fiscal Auxiliar 1 Defensora Pública 1 Trabajadora o Trabajador o Defensor Público Social 1 Técnica o Técnico Judicial 2 1 Psicóloga o Psicólogo Fuente: Informes ejecutivos de requerimiento de recurso humano 2013, 2014 y 2015, N°133-PLA-PI-2012, 93-PLA-CE-2013 y 40-PLA-CE2014 respectivamente. Para 2015 se debe dar seguimiento a las recomendaciones del estudio informe 114-CE-2014 de la Dirección de Planificación, de noviembre 2014, siguientes -entre otras- al Ministerio Público: Que la Fiscalía Adjunta de Justicia Restaurativa y Fiscalía General deberán estudiar la posibilidad de ampliar la gama de delitos resueltos bajo la modalidad de Justicia Restaurativa, coordinar el establecimiento de mecanismos que impulsen una mayor remisión de casos al programa (en los tres 30 ámbitos de aplicación) y una mayor participación y compromiso de las fiscalas y los fiscales. Lo anterior tiene como propósito una mayor utilización del personal adicional que se está incorporando a partir del segundo semestre de 2014. Que la Profesional en Derecho 2 asignada al Programa de Justicia Restaurativa, diseñe e implemente una encuesta social de salida, dirigida a la persona imputada, la institución participante y la víctima; con el fin de medir el impacto social y dar a conocer los resultados a futuro. Como ejemplo se presenta la siguiente propuesta que puede ser implementada o modificada por la oficina bajo estudio. La Dirección de Tecnología de la Información debe diseñar una herramienta segura de cumplimiento y seguimiento de medidas alternas, adecuada a las necesidades del PJR; que contemple al menos las variables incluidas en el control llevado en Excel por el personal profesional en psicología y trabajo social del Departamento de Trabajo Social y Psicología destacado en la atención de la casos de justicia restaurativa. Sobre este sistema ya la citada Dirección esta trabajando; sin embargo, se menciona porque fue uno de los aspectos detectados que era necesario incorporar como parte de los resultados de la presente evaluación. Que la Profesional en Derecho 2 asignada al Programa de Justicia Restaurativa, la Fiscalía Adjunta de Justicia Restaurativa, Defensa Pública; realicen los esfuerzos pertinentes para dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Estratégico Institucional 2013-2018; relativo al Programa de Justicia Restaurativa; para ello, cada tres meses revisen el trabajo desarrollado y lo relacionen con los contenidos del Plan Estratégico a efecto de determinar si lo están logrando. 13. Requerimientos de plazas para 2015 y años subsiguientes. Al menos quedan detectadas las necesidades de plazas para las oficinas siguientes: Oficina/Area Problemática Oficina Defensa Civil de La ODCV solo cuenta con 8 Víctimas abobados para atender todas las fiscalías de los tres circuitos judiciales de San José. La escasez de abogados impide cubrir todas las audiencias, vista y juicios; situación que obliga a los fiscales a asumir dobles representaciones en múltiples oportunidades. Análisis inicial Según datos suministrados por la ODCV el día 11 nov 2014; se tiene el siguiente panorama: SOLICITUD DE DOBLES REPRESENTACIONES (mayo a oct 2014) I Circuito: 31 III Circuito: 138 RECURSOS DE APELACIÓN INTERPUESTOS (mayo a oct 2014) I Circuito: 13 III Circuito: 23 EJECUCIONES DE SENTENCIA PENDIENTES SEGÚN OFICINA DE ODCV Heredia: 101 PZ: Nicoya: San Ramón: 16 256 San Carlos: 32 31 Liberia: Guápiles: 82 I CJSJ: Corredores: 30 391 II CJSJ: III CJSJ: 45 76 Alajuela: 181 97 Limón: 92 Puntarenas: 116 Cartago: 117 31 Oficina de Alternativa (OJA) Justicia Las audiencias tempranas solicitadas por la OJA para aplicación de medidas alternas requieren de un o una fiscal para los pronunciamientos y funciones propias que establece el artículo 29 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; especialmente ante solicitudes de conversión de la acción, aplicación de la suspensión del proceso a prueba o su revocatoria, aplicación de la reparación integral, autorización para nombramiento de peritos, traductores e intérpretes, entre otras. Al no contar la OJA con plazas de fiscal, obliga a solicitar la suspensión de las audiencias, generando atrasos que afectan la celeridad del proceso, ya que los abogados de esta oficina no tienen potestad para asumir tales funciones. Penal Juvenil En algunas zonas del país se ha dispuesto por parte del gobierno judicial, la apertura de juzgados mixtos que conocen la materia penal juvenil. En algunos de esos lugares donde se han ordenado estas nuevas aperturas, no existen y tampoco se han propuesto crear plazas de fiscal especializado en esa materia, lo que obliga a los fiscales ordinarios de las fiscalías a asumir esas nuevas tareas por recargo. La única disposición que ha tomado el gobierno judicial, es la de los fiscales ordinarios de las fiscalías asuman los casos nuevos. Sin embargo esta situación no mitiga la problemática, ya que aún solo restringiéndolo a casos nuevos, éstos en algún momento generarán un cúmulo significativo. Ejecución de la pena Por medio de informes elaborados por la Auditoria Operativa del Poder Judicial, se ha determinado que existe una considerable desproporción entre la cantidad de fiscales destacados en la materia de ejecución de la penal respecto de la cantidad de jueces y defensores públicos y en especial, en el primer circuito judicial de Alajuela, donde solamente se cuenta con un fiscal en esa materia que debe atender todas las gestiones que se generan del centro penal más grande e importante del país, sea La Reforma, lo que obliga a una inoportuna atención de las diligencias propias de esta especialidad. Según el informe de plazas extraordinarias aprobadas para el 2015, suministrado por el Departamento de Planificación, para la Fiscalía de Ejecución de la Pena, se aprobaron con prioridad dos (2); tres plazas de Técnico Judicial 2 y dos plazas de Fiscal Auxiliar. El único inconveniente es que las mismas se autorizaron por 8 meses, sea a partir de mayo y hasta diciembre de 2015. Oficina de Monitoreo y de Esta oficina requiere plazas de Esta oficina cuenta con 3 plazas de fiscal Apoyo a la Gestión (UMGEF) profesionales en: auxiliar; dos de estas plazas deberían de trasladarse a fiscalías o convertirse en Estadística plazas de Ingeniero Industrial y de Estadístico; si no se da esta conversión Ingeniero Industrial las plazas de fiscal auxiliar deberían de Planificador asumir los planes contingentes de descongestionamiento de fiscalías donde 32 Informático Analista de la criminalidad Unidad (UAMP). se vaya a implementar el sistema de seguimiento de casos y de los planes contra el rezago. Administrativa Dado el crecimiento del MP está oficina debe ser reforzada con recurso humano. Fiscalía contra la corrupción Dado el incremento actual y el previsible en este tipo de delincuencia; y además, por el alto interés social. 14. Proyecto de reglamento de carrera del Ministerio Público. En el II semestre del 2014 la Fiscalía General solicitó a la Licda Diana Hernández la elaboración de un bosquejo sobre los elementos de carrera fiscal. Este estudio fue presentado en el mes de noviembre y se encuentra en el anexo número 10. Al inicio se pensó en una ley de carrera fiscal; sin embargo, el estado de la cuestión nos lleva a concluir que es preferible que el tema de carrera fiscal se regule por medio de un reglamento, y no de una ley. Ello pues una ley, por un lado, requiere de voluntad política, y por otro, al igual que la vigente, limita el radio de acción de las jefaturas por el principio de legalidad. El reglamento, por su parte, permitiría reformas más ágiles y acordes a la realidad del ejercicio fiscal. También se debe valorar el cambio de enfoque y contenido, de manera que no se hable de reglamento de carrera fiscal, si no de reglamento de carrera del Ministerio Público, que abarcaría a todo el personal y no solo al segmento de fiscales. Es necesario promover concursos para los ascensos, de forma tal que obtengan una nota, al igual que los escalafones de la carrera judicial. En general, cualquier beneficio que se otorgue a los fiscales debería regirse por un sistema de méritos que reconozca y promueva a quienes demuestren capacidad e idoneidad, bajo un criterio objetivo de valoración. Como bien se había indicado en la exposición de motivos de la Ley de Carrera Judicial, en nuestro sistema orgánico existe una conciencia de que la permanencia en el cargo es no sólo conveniente sino necesaria, pues con ello el funcionario se especializa y se perfecciona. Sin embargo, aunque algunos hayan permanecido mucho tiempo en un puesto, les es sumamente difícil ascender por la falta de puestos a los cuales ascender. A diferencia de la judicatura, en donde existen mayores posibilidades de optar por un puesto de mayor categoría, en la Fiscalía, dada la estructura vertical ordenada por ley, son limitadas las posibilidades de ascenso. Así, en cuanto a los escalafones de la carrera fiscal, podrían incluirse nuevas categorías que mitiguen lo anterior, tales como un fiscal auxiliar normal y especializado, fiscal (coordinador) normal y especializado, fiscal adjunto normal y especializado; además del escalafón de Fiscal Jefe que está en proceso de aprobación por el Consejo de Personal. En el estudio se indica: "Se considera, de una manera lógica, que habría que desempeñarse primero en el puesto de fiscal auxiliar regular antes de ser especializado, para lo cual tendrían que comprobarse conocimientos técnicos en el área específica a la cual pretende ascenderse". En este aspecto el suscrito estima que lo procedente sería que este método sea por vía excepción, y que normalmente, se acceda por concurso para plazas especializadas donde se requiere conocimiento especializadas en la materia, por ejemplo, legislación bancaria, legislación tributaria, etc. 33 Parece que debería de haber al menos tres tipos de concursos: 1) Para materia penal: a) en fiscalía territorial; b) en fiscalía especializada; c) en unidades especializadas (UCS, por ejemplo); 2) para plazas de abogados, psicólogos, etc; 3) para personal de apoyo. 15. Reformas legales. Corte Plena tiene en curso los proyectos de reforma siguientes: Reforma a la Constitución Política para darle rango constitucional al Ministerio Público Proyecto de ley para reformar la Ley Orgánica del Ministerio Público Proyecto de Ley del Sistema Integral de la Evaluación de la Gestión, el Desempeño y la Rendición de cuentas en el Poder Judicial Por su parte el Ministerio Público tiene elaborados los proyectos siguientes que deben ser presentados en 2015 ante Corte Plena: Reforma al Reglamento de ingreso al Ministerio Público Proyecto de Reglamento de Carrera del Ministerio Público Los contenidos esenciales de estos proyectos se encuentran en la actas de Corte Plena y en los archivos atinentes de la Fiscalía General. 16. Recomendaciones pendientes del Informe de Auditoría para el mejoramiento de la administración del dinero decomisado en las fiscalías. Sección Auditoría Estudios Especiales. Conforme al oficio N° 1180-180-AEE-2014 del 17 de noviembre de 2014, quedan pendientes las recomendaciones siguientes: “Conclusiones del estudio. A pesar de que se han dictado políticas, lineamientos y circulares sobre el proceso de administración de dineros decomisados en las fiscalías, el sistema de control interno existente para la recepción, custodia y depósito del dinero decomisado en las fiscalías no es satisfactorio, ni se aplica adecuadamente, ya que hace falta que se implementen en las fiscalías mecanismos de control que permitan cumplir con esta normativa y se denota una ausencia en la supervisión de este proceso por parte de la Jefatura de los Despachos, a fin de asegurar que la administración de estos dineros se realice, de conformidad con lo establecido, exponiendo al Poder Judicial, al riesgo de pérdida o sustracción de esos dineros, con el consecuente impacto legal que esto podría provocar. Recomendaciones del estudio. De conformidad con los resultados y conclusiones obtenidos en el presente estudio, esta Auditoría se permite externar las siguientes recomendaciones para subsanar las debilidades señaladas: AL CONSEJO SUPERIOR: 4.1 Emitir una directriz dirigida a todas las oficinas judiciales que utilizan el Sistema Automatizado de Pagos y Depósitos Judiciales, que establezca que cuando la Fiscalía solicita habilitar una cuenta en ese sistema, el trámite se realice “en línea” con el fin de que la cuenta quede habilitada de inmediato y permita depositar el dinero decomisado el mismo día. A LA DIRECCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO: Analizar formalmente la conveniencia y viabilidad de continuar utilizando el control mensual de depósitos bancarios, que según la circular 31-01 del Ministerio Público, debe elaborarse en las fiscalías y 34 remitirse a los juzgados penales, a fin de determinar su utilidad y necesidad de permanencia, según el beneficio que se obtiene y la contribución al logro de los objetivos de control que esta actividad procura. Modificar el “Procedimiento General Recepción de Dinero, Títulos Valores y Bienes de Alto Valor Económico” del Ministerio Público, en los siguientes aspectos: 4.3.1 Incluir en el paso Nº 13, que el Fiscal Adjunto o Coordinador según corresponda, debe firmar el comprobante del depósito del dinero decomisado, una vez que haya observado que el Coordinador Judicial encargado de las evidencias, realizo el depósito de manera íntegra, en el plazo establecido y en la cuenta correspondiente. Lo anterior a fin de formalizar el control, de manera que se deje constancia de la comprobación efectuada. 4.3.2 Eliminar los pasos relacionados con el deber de remitir al Juzgado Penal o a la Unidad Administrativa, el primer día hábil de cada mes, el Cuadro de Control de Depósitos Bancarios junto con las fotocopias de los comprobantes de los depósitos. Esto en caso de que del análisis que se solicita en la recomendación 4.2 de este informe, se determine que este control no es necesario y se decida prescindir de él. 4.3.3. Modificar el paso Nº 18, a fin de que señale que las boletas de depósitos se deben escanear, junto con el Cuadro de Control de Depósitos Bancarios y se remita esta información mensualmente por correo electrónico al ICD, con el fin de cumplir con la política institucional de ahorro de papel. Girar instrucciones a las jefaturas de cada oficina, para que designen formalmente por escrito a sus colaboradores las funciones correspondientes a sus cargos y facilite además un compendio digital de normas que regula su labor, con el propósito de darles a conocer la totalidad de sus funciones y los procedimientos a ejecutar, así como de establecer las responsabilidades ante futuras negligencias. Establecer mecanismos de control en coordinación con el Organismo de Investigación Judicial, para realizar y documentar el conteo del dinero en las diligencias de allanamientos, con el propósito de determinar la cantidad de dinero que se decomisa y minimizar diferencias futuras en el monto depositado. A FISCALÍAS ADJUNTAS DEL PAÍS: Realizar los depósitos de dinero decomisado, a más tardar al día hábil siguiente de recibidos en la Fiscalía, de conformidad a lo establecido en la Circular N°31-01 “Manejo de dineros decomisados y control de depósitos bancarios” del 22 de octubre de 2001 y reiterada por la Circular N°10-2003 “Control interno de evidencias con valor económico (dineros y títulos valores)” del 28 de abril de 2003, ambas del Ministerio Público. Lo anterior, con el propósito de evitar pérdidas de dinero o usos inadecuados, así como confusiones en cuanto a los montos que se deben depositar, entre las diferentes causas que se tramitan en la Fiscalía. Además este proceder procurará que el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), disponga oportunamente de dineros, para su uso conforme lo establece la Ley Nº 8204 sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo. Implementar los mecanismos de control establecidos en la normativa que regula el proceso de administración de dinero decomisado, que permitan, entre otras, documentar las siguientes actividades: 35 4.7.1 Verificar, por parte del encargado de evidencias y el funcionario que entrega el dinero decomisado, la cantidad total que se recibe y confrontarlo con las actas de secuestro e informes emitidos por el Organismo de Investigación Judicial o Policía Administrativa, a fin de determinar oportunamente la existencia de faltantes de dinero. Esta actividad de control se documenta mediante la fórmula de Control de Evidencia. 4.7.2 Girar directrices a los Fiscales Auxiliares, para que realicen oportunamente la apertura de la evidencia, cuando se recibe dinero embalado en las causas a su cargo, con el fin de no dilatar el depósito del dinero en la cuenta bancaria correspondiente, el cual debe depositarse a más tardar al día hábil siguiente de recibido. 4.7.3 Documentar la entrega del dinero al encargado de depositarlo en el Banco, con el propósito de establecer las responsabilidades, en caso de pérdida o que se deposite una cantidad menor a la decomisada. Esta actividad de control se documenta mediante la fórmula de Control de Evidencia. 4.7.4 Comprobar que el Coordinador Judicial realice los depósitos en el plazo de 24 horas y de manera íntegra, a fin de procurar que oportunamente se detecten diferencias en los montos depositados respecto a los decomisados, así como para determinar la tardanza en la realización de los depósitos, tal como lo establece la Circular N° 31-01 del Ministerio Público sobre “Manejo de dineros decomisados y control de depósitos bancario” Supervisar y dejar constancia escrita sobre el cumplimiento de la normativa que rige el proceso de administración de dinero decomisado, con el fin de evidenciar la acción realizada, de detectar inconsistencias a tiempo y señalar presuntos responsables, los aspectos a supervisar son los siguientes: 4.8.1 Documentación de la recepción de dinero decomisado mediante la fórmula de Control de Evidencia, dejando copia de este documento en el expediente. 4.8.2 Uso del Libro de Control de Evidencias y bienes decomisados físico (foliado y empastado) y electrónico, de tal modo que todos los movimientos que se realicen en uno deben constar necesaria y obligatoriamente en el otro, incluidos los controles de cadena de cadena de custodia. 4.8.3 Depósitos realizados a más tardar al día hábil siguiente de recibido el dinero en la Fiscalía, de forma íntegra y en la cuenta correspondiente. 4.8.4 Uso del Libro de Depósitos Bancarios (foliado y empastado), ordenado en forma cronológica. 4.8.5 Elaboración y envío mensual del cuadro de Control de Depósitos Bancarios a las oficinas correspondientes. Confeccionar y mantener actualizado un compendio digital de normas relativas a bienes decomisados y evidencias, manejo de dinero decomisado y control de depósitos bancarios, uso de la caja fuerte, entre otros, tal y como se encuentra establecido en la Circular del Secretaria General de la Corte Nº 171-2012 sobre “Importancia de la aplicación del manual de procedimientos para el Manejo de Evidencias y Bienes Decomisados y reiteración de la circular sobre bienes decomisados, una vez que se haya resuelto el expediente” del 8 de octubre de 2012 y publicada en el Boletín Judicial Nº 213 del 5 de noviembre de 2012. Lo anterior con el fin que las personas que intervienen en el manejo de las evidencias, conozcan y consulten los controles y procedimientos que se deben aplicar en estos procesos. 36 Coordinar con el Organismo de Investigación Judicial de la circunscripción, la disponibilidad de un oficial para acompañar a la persona encargada de la depositar el dinero decomisado en el Banco, tal y como se establece en la Circular N° 043 -2010 de la Secretaría General de la Corte “Protocolo de Actuación del Ministerio Público y Organismo de Investigación Judicial para la Custodia y Traslado de Evidencias” en los puntos 2 y 5. Lo anterior con el fin de evitar incumplimiento del plazo establecido para realizar los depósitos. Coordinar con el Organismo de Investigación Judicial y la Policía Administrativa, para que la entrega del dinero decomisado se realice en bolsa plástica transparente y separada de las demás evidencias (siempre con las indicaciones que debe llevar un decomiso), con el fin que la persona encargada de recibirlas, identifique rápidamente el dinero decomisado y aplique el procedimiento establecido en el “Procedimiento General para la recepción de dinero, títulos valores y bienes de alto valor económico” (Circular Nº 07-ADM-2008 sobre estandarización de procedimientos, emitida por el Ministerio Público)". 17. Resumen de perfil de proyectos y actas constitutivas presentadas al Departamento de Planificación. 1. PROYECTO: “Creación y Funcionamiento de la Fiscalía Adjunta de Justicia Restaurativa y Regionalización del Sistema de Justicia Restaurativa”. Consiste en la creación de la Fiscalía Adjunta y el desarrollo de los servicios de Justicia Restaurativa, a través de la apertura de sedes regionales en los circuitos judiciales de Heredia, Alajuela, Limón, Cartago y Puntarenas, con la finalidad de contribuir al objetivo general del programa institucional de “Instaurar la Justicia Restaurativa en el Poder Judicial como un instrumento que contribuya a la Paz Social”.1 De acuerdo a la proyección del trabajo en esas posibles sedes y los resultados obtenidos, se programaría el impulso en otras sedes regionales o circuitos judiciales en años posteriores a los de ejecución del proyecto. Asimismo, se pretende sensibilizar y capacitar en el tema de solución de conflicto penales a través de la aplicación de los principios Justicia Restaurativa a los diferentes operadores y operadoras judiciales del Ministerio Público en la solución de conflictos penales. Se busca una solución integral del conflicto penal por medio de la participación activa de las personas directa e indirectamente involucradas, para que con un fuerte apoyo por parte de la comunidad e igualmente con un alto seguimiento de las medidas alternativas impuestas, la persona imputada asuma la responsabilidad en la reparación del daño causado, a fin de disminuir el impacto del delito. Objetivo General: Impulsar y fortalecer el modelo de Justicia Restaurativa a nivel central y regional mediante la creación de la Fiscalía Adjunta y la regionalización de servicios. Impacto esperado: Con el desarrollo del proyecto se pretende la reducción de los niveles de circulante, mejor uso de medidas alternas como mecanismo de reducción de circulante, propiciar la reparación del daño, involucramiento y participación de la comunidad, de los ciudadanos, y fortalecer los principios restaurativos (alto control, alto apoyo). Para los usuarios internos es la posibilidad de usar un modelo que ofrece una solución integral para resolver los casos y un cambio de paradigma en busca de soluciones efectivas. 1 Programa de Justicia Restaurativa del Poder Judicial, Año 2011 37 2. PROYECTO: “Formulación e implementación de un plan nacional de cooperación conjunta para la estrategia de investigación en delitos funcionales”. El proyecto consiste en la elaboración y puesta en ejecución de un plan general estratégico de cooperación en la tramitación de delitos funcionales, diseñado para brindar apoyo logístico a todas las Fiscalías del país que investigan este tipo de criminalidad en fase preparatoria, sin que la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y de Anticorrupción (F.A.P.T.A.) se abrogue la acción penal en dicha fase. Objetivos Generales: Mejorar la calidad en el ejercicio de la acción penal pública en los delitos funcionales que no se diligencian en la etapa preparatoria en la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción. Contribuir con el logro de una mayor eficacia en la tutela judicial efectiva. Objetivos específicos: Disminuir el tiempo de trámite en la investigación de estos delitos en las Fiscalías Territoriales; mejorar la calidad de las peticiones conclusivas con miras a la etapa intermedia; Cooperar en la determinación de la estrategia a seguir en la teoría del caso según el delito del que se trate. Impacto esperado: 1) Aminorar devolución de expedientes a las Fiscalías Territoriales. 2) Reducción del tiempo de diligenciamiento de los expedientes. 3) Disminución de circulante rezagado en las Fiscalías Territoriales. 4) Revisión más expedita de las causas entradas de las Fiscalías Territoriales a F.A.P.TA. 5) Menor riesgo de prescripción. 6) Mayor posibilidad de lograr una reparación de la lesión al bien jurídico tutelado. 3. PROYECTO: “Fortalecimiento y ampliación de los servicios que brinda la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas (ODCV), en el nivel central y regional". El proyecto consiste en ampliar los servicios relacionados con la atención de la acción civil delegada en el Ministerio Público, atención de audiencias, juicios, vistas, procesos de ejecución de sentencias, otros procesos fuera de la materia penal en el que debe intervenir la Oficina, de conformidad con el numeral 33 de la LOMP. - Para lo anterior, se requiere contar con mayor cantidad de recurso humano, material y tecnológico, de forma que se puedan fortalecer las Sedes que se encuentran con mayor impacto, por el ingreso de casos en los servicios referidos. - Las Sedes que serían objeto de fortalecimiento y ampliación son: la Oficina Central (Primer Circuito Judicial, Segundo y Tercero de San José), Alajuela, Cartago, Heredia, Pococí. - Como parte del Proyecto, se espera incursionar en la revisión del sistema electrónico y generación de información estadística, adaptados a requerimientos propios de la ODCV. Complementariamente se fortalecería los servicios de la oficina de Justicia Alternativa que forma parte de la Ofician de Defensa Civil de la Víctima (ODCV) Objetivo General: Fortalecer los servicios que brinda la ODCV a nivel central del Primer Circuito Judicial, Segundo y Tercero de San José, y regional en Alajuela, Cartago, Heredia y Pococí. Impacto esperado: Mejor representación de la víctima en los diferentes procesos que lleva ODCV; mayor atención de procesos dentro del ámbito penal como fuera de éste; contar con mejora en la 38 estructuración de la información y disposición de ésta para la toma de decisiones; mayor cobertura de los servicios y de la atención a víctimas que brinda la Oficina. 4. PROYECTO. Fortalecimiento y ampliación del Proyecto nacional de Fiscalías Electrónicas. Con el “Fortalecimiento del Proyecto Nacional de Fiscalías Electrónicas”, se procura la modernización del Ministerio Público, mediante la incorporación de las tecnologías de información y comunicación, a su dinámica administrativa y funcional. En concreto, se pretende la implantación de Fiscalías Electrónicas en todo el territorio nacional. Definimos Fiscalia Electrónica, como la Fiscalía rediseñada para mejorar la calidad del servicio público, mediante el uso de las tecnologías de información y comunicación, en la gestión de los asuntos penales. Mediante esta gestión electrónica de las investigaciones penales preparatorias, se resolverán entre otros, los siguientes problemas: Consumo innecesario de papel, en el trámite de los casos penales. Lentitud en el trámite de las diligencias de investigación. Sustracción, deterioro y pérdida de legajos físicos. Retraso en la elaboración de legajos físicos paralelos. Saturación física de Fiscalías con expedientes terminados en Archivo Fiscal. Desarticulación con los juzgados y tribunales electrónicos. Consumo innecesario de fotocopias para la confección de legajos físicos para juicio. Atraso en la atención de usuarios externos, a causa de extravío, sustracción o pérdida de legajos físicos. En la gran mayoría de las fiscalías del país, la gestión o trámite de los casos o investigaciones penales preparatorias, se realiza con absoluta dependencia del papel, lo que implica una altísima inversión en compra de papel, impresoras y otros artículos de oficina. El Cambio propuesto. Se procura la implantación de un nuevo modelo de gestión electrónica de los casos. Objetivo General: Con el proyecto se pretende realizar los objetivos del Plan Estratégico del Ministerio Público de Costa Rica, para el periodo 2013-2017, tema estratégico número 3, denominado “Modernización de la gestión de las Fiscalías y Oficinas del Ministerio Público”. A continuación se transcriben los citados objetivos: a) Desarrollar el modelo de fiscalías electrónicas (objetivo nº 3.4). b) Modernizar el proceso de gestión de los casos en el Ministerio Público (objetivo nº 3.5). c) Uniformar en forma progresiva la gestión de todas las Fiscalías Electrónicas, con el soporte tecnológico dispensado por el Sistema de Seguimiento y Control de Casos (resolución 27-2012 de la FGR). Los resultados esperados con la ejecución del proyecto, son los siguientes: Para las fiscalías y oficinas del Ministerio Público: Optimización y estandarización de procesos. Definición de prioridades. Celeridad en el trámite de las investigaciones penales. Reducción de tiempos de respuesta. Reducción de fotocopias. Simplificación de procesos y mayor eficiencia en los trámites. Supresión del papel para el trámite de los procesos. Supresión de legajos “paralelos” para juicio. Reducción del circulante. 39 Mejoramiento de la gestión administrativa. Descongestionamiento de las fiscalías, al suprimirse los archivos fiscales en papel. Cumplimiento de las políticas de Cero papel Reorganización de los recursos de las fiscalías. Equidad en la distribución de las cargas laborales. Para los usuarios externos: Mejora en la atención de los usuarios, a través del Sistema de Gestión en Línea. Celeridad en el trámite de las denuncias y escritos en línea. Servicios en Línea 24/7. Evita revictimización de la persona ofendida y estigmatización para el imputado. Economía en tiempo y dinero en fotocopias y traslados. Permite la accesibilidad para usuarios con capacidades especiales (aplicación que permite la lectura de archivos digitales, mediante voz digital; esto para personas no videntes). Nota aclaratoria: el objetivo identificado como c), se contiene en la resolución nº 27-2012 de la Fiscalía General, mediante la cual se crea PRONAFE, y es corolario o derivación lógica del gran tema estratégico de Modernización del Ministerio Público. En efecto, se aspira a la uniformidad de la gestión de las fiscalías, sobre la base de una misma plataforma o arquitectura tecnológica, lo cual implica, entre otras tareas, la migración de las Fiscalías Electrónicas soportadas con el Escritorio Virtual y el Sistema de Gestión de Despachos Judiciales, al Sistema de Seguimiento y Control de Casos. III. Sugerencias para la buena marcha de la institución. Contenido de este capítulo: 1. Diseñar y establecer un instrumento estadístico que signe la carga real de trabajo realizado, según las etapas preparatoria, intermedia, de juicio y de apelaciones. 2. Implementar política de gestión rezago en las tres fases: a) fiscalía, b) juzgado penal, c) tribunales penales. 3. Reducción del promedio de duración de la fase de investigación en asuntos ordinarios penal de adultos en cada fiscalía. 4. Incrementar la salida de asuntos con solicitud de aplicación de salidas alternas, así como de mecanismos de justicia restaurativa y de procedimiento abreviado. La línea base será el porcentaje de 2012 y el de 2013. 5. Implementar política para la gestión de asuntos con ausentes y rebeldes en las tres fases. 6. Programa de Capacitación en: a) Investigación de causas de mediana y de alta complejidad; b) Competencias Gerenciales. 7. Implantación de Carta compromiso/doctrina sobre metas del MP a cargo de los fiscales adjuntos 1. 8. Redefinición de roles de los fiscales adjuntos 1 territoriales. 1. Diseñar y establecer un instrumento estadístico que signe la carga real de trabajo realizado, según las etapas preparatoria, intermedia y de juicio. En forma casuística la UMGEF ha venido realizando estos estudios; sin embargo es necesario que se asuma como parte de las rutinas de trabajo, al menos una vez al año, de manera que las fiscalías tengan un mapa de la cantidad de trabajo latente, según la cantidad de investigaciones en curso radicadas en las fiscalías, así como la cantidad de vistas y audiencias esperables tanto en los juzgados penales como en los tribunales de juicio. Según lo anterior a marzo del 2014 las fiscalías deberán atender a corto y mediano plazo las actuaciones, vistas y juicios provenientes del circulante siguiente: 40 Cantidad total de asuntos pendientes en materia penal por Despachos, en el Circulante Final Total. Al 31 de Marzo de 2014 60000 56537 50000 C I R 40000 C U L 40382 30000 25054 F I N 20000 A L 10834 10000 1248 898 81 603 0 Fiscalía Penal Adultos Fiscalía Penal Juvenil Juzgado Penal Adultos Juzgado Penal Juvenil Tribunal de Trib Juicio Apelación Sentencia Trib Apel Sentencia PJ Sala Tercera DESPACHOS TOTAL CIRCULANTE 135.637 Fuente: Elaboración por la UMGEF, con base en datos de la Sección de Estadística, Departamento de Planificación, contenidos en el “Informe sobre las estadísticas de los despachos judiciales de primera y segunda instancia”, correspondiente al primer trimestre de 2014 (Doc 1386-PLA-2014 y cuadros resumen del libro Excel 146-EST-2014 adjunto a ese informe. Nota 1. Sala Tercera, comprende materia de penal de adultos y materia penal juvenil. 2. Implementar política de gestión rezago en las tres fases: a) fiscalía, b) juzgado penal, c) tribunales penales. Actualmente existe una metodología para la gestión de asuntos en rezago radicados en las fiscalías; sin embargo, no existe para los asuntos rezagados en sede de los juzgados ni de los tribunales penales. Las fiscalías no dan seguimiento a los requerimientos presentados ante los juzgados ni de los asuntos elevados a juicio ante los tribunales; tampoco existe -más allá de la formalidad de emisión de órdenes de presentación- gestión de los reos rebeldes o ausentes. Lo anterior conlleva incrementos en los promedios de duración y a prescripciones. Las fiscalías -al menos- deberían tener una política de gestión de asuntos graves -sin reo preso- radicados en juzgados y en los tribunales. Por ejemplo, delitos sexuales, asalto a viviendas, corrupción de funcionarios, etc. 3. Reducción del promedio de duración de la fase de investigación en asuntos ordinarios penal de adultos en cada fiscalía. Para 2013 los promedios nacionales de duración del Ministerio Público, son los siguientes: Ordinario: 11 meses y 25 días Flagrancias: 1 mes y 1 semana 41 UTR San José: 6 meses y 3 semanas Penal juvenil: 3 meses Reducción de sentencias absolutorias en juicio por motivo de evidente atipicidad y de evidente prueba espuria. La línea base será el porcentaje de 2012 y el de 2013. En general se tiene como promedio de duración de los asuntos salidos de fiscalías con acusación: Año. Duración promedio: 2010 10 meses 13 días 2011 10 meses 19 días 2012 11 meses 14 días 2013 11 meses 25 días 2014 11 meses 29 días Fuente y nota: Datos UMGEF a nivel nacional. El aumento en los promedios de duración es un efecto de los planes de gestión del circulante en rezago. 4. Incrementar la salida de asuntos con solicitud de aplicación de salidas alternas, así como de mecanismos de justicia restaurativa y de procedimiento abreviado. Así como de mecanismos de justicia restaurativa y de procedimiento abreviado. La línea base será el porcentaje de 2012 y el de 2013. La línea base podría ser el porcentaje de 2012 y el de 2013. El bajo porcentaje de asuntos salidos mediante salida alterna o mecanismo de justicia restaurativa es la saturación de agendas de los tribunales de juicio, horas de fiscales, jueces, defensores, testigos, etc, en sala de juicio y la saturación de las cárceles. Por ejemplo, del total de asuntos resueltos en juzgados penales, solo el 2.4% fue por conciliación en el 2012, y el 1.4 en el 2011. Y a nivel de fiscalía los salidos son los siguientes: Año Conciliaciones 2010 5967 2011 5539 2012 6844 2013 7146 2014* 1901 * Al 31 de marzo 2014. Susp proceso a prueba 5582 6272 6746 6738 1860 Pago de multa 0 56 12 2 0 Reparación integral daño 40 56 53 66 6 Abreviados 1772 2492 3221 4000 1045 Dato perteneciente a Fiscalías Territoriales Penal Adultos Trámite Ordinario y Flagrancia + Fiscalías Especializadas y Penal Juvenil. Fuente: Departamento de Planificación, Sección Estadística y UMGEF 5. Implementar política para la gestión de asuntos con ausentes y rebeldes en las tres fases. Cantidad total de asuntos del circulante final (Ministerio Público, Juzgados Penales y Tribunales Penales) Según estado del expediente o investigación. Al 31 de Marzo de 2014. 42 120000 103488 C 100000 A N T I D 80000 A D D E A S U N T O S 60000 40000 17679 20000 5284 9021 165 0 Circul final trámite Ausente Rebeldía Sobr Provisional Otro estado provis ESTADO DE LA SUMARIA (MIN PUB-JUZGADOS-TRIBUNALES-SALA TERCERA) Fuente: Elaboración por la UMGEF, con base en datos de la Sección de Estadística, Departamento de Planificación, contenidos en el “Informe sobre las estadísticas de los despachos judiciales de primera y segunda instancia”, correspondiente al primer trimestre de 2014 (Doc 1386-PLA-2014 y cuadros resumen del libro Excel 146-EST-2014 adjunto a ese informe. Nota 1. Comprende materia de penal de adultos y materia penal juvenil. 6. Continuidad del Programa de Capacitación en: a) Investigación de causas de mediana y de alta complejidad; b) Competencias Gerenciales. Competencias gerenciales. El futuro de la gestión de causas, de las fiscalías y del talento humano está vinculado a los aspectos tecnológicos y a la adquisición de destrezas. Por ello es necesario continuar con el programa de capacitación en competencias gerenciales como el desarrollado durante 2013 y 2014 con el Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública (CICAP) de la Universidad de Costa Rica (UCR). Esta acción de capacitación, persigue que al finalizar el programa el participante estará en capacidad de desarrollar competencias en el área de gerencia y obtener destrezas gerenciales, para que sean aplicadas en la toma de decisiones dentro de los distintos ámbitos de su desarrollo profesional. Además desarrollarán habilidades y utilizarán herramientas para Coaching, liderazgo, toma de decisiones, relaciones humanas y trabajo en equipo, procesos, control y uso de indicadores estadísticos, servicio al cliente y gestión de servicios públicos, gestión administrativa y de talento humano, para lograr los mejores resultados, rendimiento y realización de trabajo mejorando la productividad y su bienestar grupal de las áreas de responsabilidad bajo su cargo. Estos cursos de capacitación están dirigidos a personas que han asumido posiciones de dirección (mandos medios y estrato gerencial), por lo que requieren herramientas diferentes y complementarias a sus capacidades técnicas jurídicas es de interés para el Ministerio Público. Capacitación in situ en investigación de causas de mediana y de alta complejidad. El Ministerio Público es una institución compleja que necesita para su desarrollo de formas innovadoras de trabajo en el área de la formación y capacitación de su personal para poder dar respuesta a los desafíos que se presentan en la atención de los casos penales de distintos tipos y modalidades delictivas. Uno de los aspectos donde hay que reforzar es en las técnicas de abordaje e investigación de asuntos de mediana y de alta complejidad; principalmente. 43 Un programa de capacitación in situ para abordaje e investigación de asuntos de mediana y alta complejidad tendría como propósito: que los fiscales y fiscalas territoriales obtengan o desarrollen competencias homogéneas en cuanto a las técnicas de investigación para el abordaje de diversos delitos en los que se ha encontrado mayor dificultad a la hora de asumir los casos penales. Y como objetivos específicos se tendrían: 1. Aplicar en los casos en investigación algunas nociones generales para el abordaje de los delitos de interés4. 2. Desarrollar de manera homogénea estrategias de investigación de los delitos de interés y en casos identificados radicados en fiscalías. 3. Dirigir correctamente las acciones conjuntas con la policía en la investigación de los delitos de interés (dirección funcional). 4. Elaborar requerimientos fiscales evitando vicios y malas prácticas comunes de acuerdo con el delito en estudio. Durante 2014 la Fiscalía General y la Unidad de Capacitación iniciaron acciones concretas que no fueron aprobadas por el Consejo Superior aduciendo carencia presupuestaria. Sin embargo, tanto la Fiscalía General como la UCS deben insistir para 2015 y años siguientes. 7. Implantación de Carta compromiso de los fiscales adjuntos de cumplimiento de metas esenciales. En cuanto a la gestión de las investigaciones y de los procesos en juicio: la formulación de metas u objetivos se podría potenciar mediante la suscripción de una carta compromiso de cumplimiento por parte de los fiscales adjuntos. Una carta compromiso (buena práctica) de esta índole podría contener, al menos, metas siguientes: En las fiscalías adscritas no habrán prescripciones de los asuntos radicados en la fiscalía, a causa de dilaciones indebidas, negligencia o descuido. En las fiscalías adscritas no habrán asuntos con vencimiento de plazo fijado por los jueces, a causa de dilaciones indebidas, negligencia o descuido. En las fiscalías adscritas no habrán acusaciones por hechos evidentemente atípicos. En las fiscalías adscritas no habrá incremento del promedio de duración para concluir la etapa preparatoria, tomando como línea base el promedio de duración en la misma fiscalía. En las fiscalías adscritas no habrá incremento injustificado del circulante al concluir el período; lo anterior considerando línea base del año anterior en cuanto a la relación, de entrados, salidos, y circulante al concluir el período. En las fiscalías adscritas habrá un control razonable y efectivo de los expedientes, de manera que haya identidad real entre el inventario físico con el inventario registrado. 8. Redefinición de roles de los fiscales adjuntos 1 territoriales. Durante 2012 y 2013 se realizaron esfuerzos mediante sesiones de trabajo de un grupo de fiscales adjuntos 1 conformado por el Consejo Fiscal para reformular el rol de los fiscales adjuntos; también mediante talleres apoyados por FIU con fondos CARSI. Este esfuerzo no quedó concluido en cuanto a resultado. De estas sesiones se elaboró una matriz que no fue llevada a la fase de aprobación, siendo que además, algunos elementos del nuevo rol fueron incluidos en la contrapropuesta de la Fiscalía General a Corte Plena de reforma a la ley orgánica del Ministerio Público, contrapropuesta que al 2014 está pendiente de conocer. El documento avance generado por el grupo de trabajo está signado en el anexo número 11. Y el texto propuesto por la Fiscalia General en la contrapropuesta de reforma a la ley orgánica es el siguiente: “Artículo 36.- Funciones generales. Los fiscales adjuntos, fiscales y fiscales auxiliares actuarán en representación del Ministerio Público en todas las fases del proceso penal. En los casos de su conocimiento podrán actuar en todo el territorio nacional, sin perjuicio del auxilio mutuo que deben prestarse. 4 Se entiende por delitos de interés aquellos que por su naturaleza, incidencia criminal, dificultad o complejidad deben ser sujetos de esta actividad de capacitación en cada fiscalía, según su zona geográfica e incidencia de los fenómenos criminales; principalmente delitos económicos; fraudes; corrupción, etc. 44 Estos funcionarios podrán actuar en forma conjunta y en coordinación con los órganos de investigación, supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas, cuando cualquiera de ellas realice investigaciones de interés público y haya sospecha de la comisión de delitos. El fiscal a cargo de la investigación de un delito debe identificar y reunir los elementos de convicción de forma que permita el control del superior, la defensa, la víctima, el querellante, las partes civiles y del juez. Los representantes del Ministerio Público formalizarán las certificaciones o constancias que deban incorporar a los procesos bajo su responsabilidad o expedir en razón de su cargo. Artículo 37.-Funciones generales y específicas del fiscal adjunto. Corresponde al fiscal adjunto cumplir y hacer cumplir, la política de persecución y las de investigación, las circulares, instrucciones e interpretaciones de la ley, emitidas por el Fiscal General de la República. Para tales efectos, dirige, coordina y supervisa, tanto en lo funcional como en lo administrativo, la fiscalía adjunta a su cargo. En cumplimiento de estas funciones podrá impartir a las fiscalías y fiscales que le estén adscritos, las instrucciones necesarias para un buen servicio público. De él dependerán los fiscales y fiscales auxiliares adscritos a la fiscalía adjunta y, podrá asumir personalmente cualquiera de las funciones asignadas a los fiscales y fiscales auxiliares. Además, le corresponde: a) Cuando por ley, y en el caso concreto existan las causales, siguiendo las directrices y políticas del Fiscal General, autorizar que se prescinda de la persecución penal, la aplicación de salidas alternas al juicio, el desistimiento de la acusación y del juicio, y formular las enmiendas a que se refiere esta ley. b) Desplazarse a las fiscalías adscritas para verificar y evaluar el desempeño en la gestión de los circulantes, de los casos y de las funciones en general. c) Supervisar el desempeño y funcionamiento administrativo de las fiscalías o unidades adscritas. d) Representar al Fiscal General ante organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas del lugar o materia en la que cumple sus funciones. e) En conjunto con los jefes locales de la Policía y los fiscales a su cargo, elaborar e implementar el plan anual contra la criminalidad. f) Aplicar e informar al Fiscal General y al Consejo de Fiscales, respecto a los indicadores de desempeño de las fiscalías a su cargo. g) Atender y resolver en forma expedita quejas de los usuarios internos y externos respecto a la actuación de los fiscales. Si estima que debe intervenir la inspección fiscal hará las comunicaciones respectivas. h) Resolver las recusaciones e inhibiciones relativas a fiscales de las fiscalías adscritas. i) Velar por el efectivo cumplimiento de las políticas institucionales del Poder Judicial y del Ministerio Público. j) Resolver conflictos de trabajo entre fiscalías adscritas y entre fiscalías adjuntas. k) Coadyuvar en la formulación y ejecución del presupuesto de las fiscalías a su cargo. l) Coadyuvar con la Unidad de Capacitación y Supervisión en los procesos y programas de capacitación y de selección, como tutores de la Fiscalía Escuela, integrantes de tribunales examinadores, y docentes. m) Coordinar y coadyuvar, personalmente, en su territorio o especialidad, con la Fiscalía de Ejecución de la Pena, en la localización y captura de personas condenadas con sentencia firme. Igualmente, deberá, llevar un registro y plan permanente de imputados por delitos graves, declarados en ausencia o en rebeldía. n) Las demás que la ley, reglamentos, manuales, protocolos o el Fiscal General, le asignen. Artículo 38.-Funciones específicas del fiscal. Corresponde al fiscal coadyuvar con el fiscal adjunto en las labores de control, coordinación y supervisión de la fiscalía en la que desempeña el cargo; y específicamente, dirigir, coordinar y supervisar a los fiscales, fiscales auxiliares y personal de apoyo que se le adscriban, según la distribución de trabajo que disponga el Fiscal General. Asimismo, el Fiscal y el Fiscal auxiliar realizarán las labores de investigación y el ejercicio de las acciones penales que correspondan al Ministerio Público durante todo el proceso. 45 El Fiscal distribuirá las labores y los casos entre los funcionarios a su cargo, siguiendo las directrices del Fiscal General y del Fiscal Adjunto cuando corresponda, y asumirá personalmente cualquiera de las funciones asignadas a su personal subalterno". IV. Metas y Riesgos. Problemas y enfoque de soluciones. Desde inicio de la gestión el enfoque de trabajo en enfocó a la búsqueda de soluciones a los problemas que fueron diagnosticados, y que entre otros, fueron signados en el cuadro siguiente: Año 2011. Riesgos Fiscalía General y Ministerio Público. Problemas y posibles soluciones Problemas Posibles soluciones Área Gestión Fiscalías Territoriales Área Gestión Fiscalías Dependencia del Ministerio Público de los despachos administrativos judiciales para acopio y procesamiento de la información idónea y oportuna para la toma de decisiones. Por ejemplo, indicadores de gestión; estadísticas; etc. O bien, para el diseño de proyectos. Dotar al Ministerio Público de estas plazas profesionales, o que los Departamentos Administrativos Judiciales destinen recurso humano profesional dedicado exclusivamente al Ministerio Público. El Ministerio Público no cuenta con este tipo de plazas y las dependencias administrativas judiciales el apoyo que dan no es continua ni priorizada. Carencia de un modelo de organización y de gestión o gerencia, de supervisión, de las fiscalías territoriales. Crear dentro de la Fiscalía General una oficina que produzca información actualizada para toma de decisiones gerenciales y para la formulación de políticas de persecución. Diseño e implementación de lo siguiente: Definir nuevos roles de los Fiscales Adjuntos, de los fiscales y de los fiscales auxiliares. Producir instrumentos o matrices de gestión de las fiscalías y de los circulantes. Diseñar modelos de fiscalía según su entorno. Implementar un sistema de gestión de la cadena de custodia, de vehículos, armas, y demás bienes decomisados, etc. Personal de Fiscalía destina mucho tiempo y esfuerzo a las actividades administrativas y de control en detrimento de las actividades sustantivas. Simplificar y disminuir la tramitología, cantidad de informes, etc, y asignar recurso humano y sistemas informatizados para los aspectos no sustantivos de las fiscalías (Asistente o Auxiliar Administrativo de la Fiscalía) Simplificar y readecuar el sistema de gestión y control de casos (SISPLAZO). Constante incremento del circulante e investigaciones rezagadas a) Diseño e implementación de un modelo de gestión de circulante. Inclusión en el programa de capacitación de módulos sobre gestión de fiscalía y gestión de circulante. b) Diseño e implementación de nuevo proceso de ingreso de denuncias (tamizaje de asuntos sin factores de resolución y de denuncias por hechos atípicos). c) Diseño por fiscalía de una estrategia o plan conjunto con la Policía para el abordaje de la criminalidad local reincidente, habitual, condenados, etc. Deficiente/ no idóneo proceso de reclutamiento y selección de fiscales auxiliares. Diseñar nuevo proceso de selección mediante reforma del Reglamento de Ingreso al Ministerio Público. Sobre base 192 Constitución política conformar concepto de idoneidad Cultura, sistema administrativo y de gobierno del Poder Judicial es obsoleto en relación al crecimiento y necesidades del Ministerio Público para el Promover el enfoque de desconcentración máxima del Ministerio Público. 46 cumplimiento idóneo de funciones. La atomización del poder real (múltiples centros de poder) en el Poder Judicial distorsiona los enfoques, políticas y prioridades de la dirección del Ministerio Público. Promover el enfoque de desconcentración máxima del Ministerio Público. Crecimiento del Ministerio Público y demanda de servicios rebasa la capacidad de respuesta. Desarrollo gerencial de la Fiscalía General Rigidez del presupuesto obstaculiza adicionar y mover recursos hacia proyectos relevantes de la Fiscalía General atinentes a la política de persecución criminal y para cumplimiento de la función. Formular presupuesto extraordinario con fondos adicionales a los ya asignados para 2011 y 2012, para enfrentar a corto plazo el proceso de cambio emprendido en el Ministerio Público, En fiscalías: carencia de espacio físico; incremento de tareas, funciones y personal; carencia de facilidades; obsolescencia del equipo y del mobiliario. Adoptar un plan de inversiones a corto, mediano y largo plazo para sustitución de equipo informático, adquisición de escáneres para implementar expediente digital; firma electrónica o digital; mejorar las condiciones de las oficinas y cubículos, etc. Delimitar las funciones, tareas y áreas de colaboración entre las fiscalías territoriales y las fiscalías o procedimientos y oficinas especializadas que confluyen en mismo espacio físico (por ejemplo: fiscales acción penal de adultos, fiscales penal juvenil,; fiscales de casación, fiscales de ejecución de la pena; abogados de oficina de protección y de la oficina de acción civil; equipos interdisciplinarios. Etc). Debilidad de la Unidad Administrativa del Ministerio Público tanto a nivel interno del Ministerio Público como a nivel del Poder Judicial Plan de desarrollo de la Unidad Administrativa del Ministerio Público para aumentar sus competencias y el recurso humano: planificador, estadístico, desarrollo y soporte de sistemas informáticos, auxiliares administrativos para fiscalías, especialistas en indicadores de gestión y mediación del desempeño, etc. Alta y constante migración de fiscales y fiscalas hacia la judicatura por ausencia de carrera fiscal o mecanismos que permitan la movilidad interna (oportunidades de ascenso). Reformar el Reglamento de Ingreso al Ministerio Público Los Programas vigentes de la Unidad de Capacitación y de Supervisión del MP responden mayoritariamente a políticas de las comisiones institucionales y no a las necesidades del MP Reformular el Plan de Capacitación y el Plan de Supervisión. Obsolescencia del proceso de selección de aspirantes a plazas de fiscal auxiliar. Diseñar e impulsar la creación de la Fiscalía Escuela, de las Fiscalías Tutoras, y del examen o pruebas de ingreso. Modificar la política de Corte y del Departamento de Personal para ensanchar las categorías del escalafón Reforma del Reglamento A partir de lo anterior en el año 2011 se generó con la Auditoría Interna del Poder Judicial, para el Ministerio Público, la matriz de riesgo siguiente: RIESGO IDENTIFICADO FUENTES RELACIONADAS CON EL RIESGO IDENTIFICADO Tasa de congestión en 1. Ver los informes de la Sección de Estadística del Departamento de Juzgados y en Tribunales Planificación. Penales 2. Cantidad de asuntos pendientes (circulante final al 31 de marzo 2014) en Fiscalías, Juzgados Penales y en Tribunales de Juicio: 47 Fiscalías penal de adultos: 56,537 Fiscalías penal juvenil: 1,248 Juzgado penal adultos: 40,382 Juzgado penal juvenil: 10,834 Tribunal de juicio penal adultos: 25,054 Retardo en el trámite y Falta de capacidad operativa para atender los casos, recurso humano resolución de las causas insuficiente, nivel de ausentismo del personal (motivado por incapacidades, permisos con o sin goce de salario u otros), aumento en el circulante, existencia de grupos criminales organizados, fuga de personal con experiencia a otras instituciones o dentro del Poder Judicial, carencia de recursos, jerarquización de prioridades, nivel de complejidad de los casos, cumplimiento de los plazos establecidos por ley, atrasos motivados por entidades externas al momento de solicitar pruebas periciales y diversas certificaciones, carencia de un centro de acopio de la información, incremento en la asignación de diversas tareas tanto en su gestión judicial como administrativa, errores de desempeño, falta de capacitación del personal, contratación de personal sin experiencia, debilitamientos en el nivel de supervisión, coordinación y comunicación, constante rotación del personal, ambiente laboral desfavorable, inadecuada estructura organizacional, cambios suscitados en la legislación o en el entorno, espacio físico insuficiente, falta de coordinación con la policía judicial y administrativa Impunidad Incremento de acusaciones sin fundamento probatorio, rechazo de acusaciones en la etapa intermedia, incremento de absolutorias en la etapa de juicio, falta de capacitación del fiscal, falta de supervisión, coordinación y comunicación con las jefaturas, aumento en la cantidad de casos que atiende la Inspección Fiscal donde prive un incumplimiento de deberes, pérdida de valores Debilitamiento en los Pérdida de valores, falta de sensibilización del personal del Ministerio principios de probidad y Público en temas éticos, buenas prácticas y valores, brindar información transparencia errónea e incompleta a los medios de comunicación que lleven a un deterioro de la imagen institucional, aumento en la cantidad de casos que atiende la Inspección Fiscal donde prive un incumplimiento de deberes o se identifiquen actos de corrupción, así como de las investigaciones remitidas a Inspección Judicial y área penal del personal de esta dependencia, resistencia al cambio, contratación de personal no idóneo Grado de Intervención de varias personas dentro del proceso de investigación, confidencialidad de la fiscales y personal de apoyo, en contacto directo al contenido de datos información integrados en los expedientes, inadecuada infraestructura de las oficinas (se comparten espacios en común e ingresan personas que tienen asuntos en otros despachos pero deben transitar por las áreas de libre acceso), falta de antecedentes y perfil del personal que realiza las sustituciones tanto fiscales como personal de apoyo, fuga de información, pérdida de valores, actos de corrupción, negligencia, falta de mística y compromiso. Desmejora en la Infraestructura no condicionada para recibir personas en estado de atención de personas vulnerabilidad (víctimas de delitos sexuales, violencia doméstica, tráfico de usuarias personas, secuestro, etc), atención no adecuada o maltrato a personas usuarias, tiempos de atención inapropiados, fallas en la calidad del servicio que se brinda, pérdida de valores, personal no capacitado, aumento en el número de quejas ante la Inspección Fiscal o Contraloría de Servicios, área de manifestación que no cumple normas de accesibilidad.) Sistemas de información Herramientas tecnológicas que no se adaptan a las necesidades, manejo que no satisfacen los de información sensible que puede quedar al descubierto, acceso a la requerimientos actuales información por parte de personas ajenas al despacho, falta de inducción y capacitación del personal, falta de apoyo de la jerarquía institucional, no 48 actualización y/o fallos en los sistemas, daño en los equipos informáticos, pese a la automatización se deben llevar una serie de registros manuales para el control cruzado de las operaciones que se desarrollan, nuevos requerimientos administrativos y legales, obsolescencia natural de las aplicaciones, insuficiencia de recursos en tecnología de información para atender oportunamente todas las gestiones de mejora, falta de presupuesto para hacer modificaciones y/o cambios.) Inadecuada administración (recepción, custodia y entrega) de las evidencias y bienes decomisados No contar con bodegaje que posea las condiciones requeridas para su recepción y custodia, personal no idóneo para su administración, incorrecta manipulación, recargo de labores en el personal responsable de estas tareas, rotación del personal, ausentismo del personal, incumplimiento de normas y regulaciones internas (plazos normativos para la ejecución de inventarios, destrucción y devolución de evidencias o bienes decomisados), acceso no restringido, carencia de anotaciones importantes en los controles diseñados para tales fines, extravío, sustracción o deterioro de estos bienes y evidencias, personal no capacitado en estas áreas, pérdida de confianza en el personal, ambiente laboral desfavorable.) Inadecuada manipulación de los expedientes judiciales y legajos de investigación Carencia de infraestructura idónea para su respectiva custodia y correcto archivo, cambios en las regulaciones a nivel institucional, recurso humano insuficiente, nivel de ausentismo del personal (motivado por incapacidades, permisos con o sin goce de salario u otros) aumento del circulante, errores de desempeño, falta de capacitación del personal, debilitamiento en el nivel de supervisión, coordinación y comunicación, constante rotación del personal, ambiente laboral desfavorable, espacio físico insuficiente para mantener el orden en el trámite diario de los asuntos, áreas de manifestación reducidas que limitan la vigilancia de los documentos en préstamo, falta de actualización de las ubicaciones electrónicas de los expedientes en los sistemas diseñados para tales fines, falta de seguridad, pérdida de valores, actos de corrupción, negligencia, falta de mística y compromiso, inobservancia de controles internos. Debilitamiento en el Resistencia, no se reconoce la utilidad de estos instrumentos como guías proceso de planificación en su accionar, falta de compromiso en la formulación y seguimiento de operativa y estratégica sus planes, no se materializan las acciones que permiten el adecuado desempeño de los despachos, mal planteamiento de objetivos, no se enlaza la planificación operativa anual con la estratégica, es solamente un requisito a cumplir, falta mayor identificación con estas tareas, poca participación del personal del despacho en este proceso). A manera de resumen, además de lo anterior se sigan los metas y retos visualizados a corto y mediano plazo, reseñados en el plan estratégico y plan operativo. 1.1- Reducción de la cantidad de investigaciones en curso (circulante activo y pasivo) en las fiscalías, de manera que disminuya el promedio por fiscalía y por fiscal(a) auxiliar(a). Actualmente el promedio nacional es de 225 asuntos por fiscal auxiliar, siendo que 17 fiscalías tienen un promedio superior. 1.2- Reducción de investigaciones en rezago. 1.3- Reducción del promedio de duración de la fase de investigación en asuntos ordinarios penal de adultos en cada fiscalía. 1.4- Reducción de sentencias absolutorias en juicio por motivo de evidente atipicidad y de evidente prueba espuria. 49 1.5- Incrementar la salida de asuntos con solicitud de aplicación de salidas alternas, así como de mecanismos de justicia restaurativa y de procedimiento abreviado. 1.6- Implantar y consolidar el modelo de seguimiento de acusaciones ante juzgados penales y de los autos de apertura de juicio ante los tribunales de juicio; igualmente, gestionar prontos despachos de asuntos en espera de juicio, especialmente en asuntos por homicidio, femicidio, robos y asaltos en viviendas, corrupción, delitos sexuales y delitos ambientales. 1.7- Diseñar y establecer un instrumento estadístico que signe la carga real de trabajo realizado, según las etapas preparatoria, intermedia, de juicio y de apelaciones. 2. Retos visualizados para el 2014 y 2015 2.1- Dotar de talento humano a los servicios de: ● Defensa civil de víctimas de delitos. ● Ejecución de la pena sede Alajuela. 2.2- Recalificación de plazas para jefaturas de fiscalías. 2.3- Suplir las necesidades de espacio físico por saturación de fiscalías en diversos circuitos. ● San José centro, ● Desamparados, ● Hatillo. ● Defensa civil de víctimas ● Protección y Atención a las victimas de delito. 2.3- Desarrollo tecnológico del MP: a) Fiscalías electrónicas. b) Sistema Seguimiento de casos (SSC-MP). c) Diseño e implantación de indicadores de desempeño y de normas (GICA) de calidad de la gestión; diseño de perfiles por competencias para los puestos de fiscal auxiliar, fiscal y fiscal adjunto. e) Aspectos normativos: a) Constitucionalizarían del Ministerio Público, b) Reforma al Reglamento de ingreso al MP con mención de elementos de carrera fiscal, c) Rediseño de los procesos de selección y de los procesos de nombramientos en propiedad. V. Administración de los recursos financieros asignados. Período 2011 a 2014. Para los periodos presupuestarios comprendidos entre los años 2011 al 2014 se autorizaron para el Ministerio Público montos diversos para cada periodo como se presenta en el cuadro que se expondrá a continuación, recursos que fueron ejecutados en porcentaje variable para cada año. 50 Es importante aclarar, que en el año 2011 Atención y Protección a Víctimas aún no estaba establecido como programa independiente (950). 51 1. Programa 929. Ministerio Público Año Presupuestado Ejecutado 2011 ₡35.347.077.000,00 ₡34.431.957.552,68 2012 ₡34.265.690.000,00 ₡33.652.697.043,04 2013 ₡38.671.556.000,00 ₡37.637.092.475,67 2014* ₡41.401.000.000,00 ₡27.706.751.669,93 2. Programa 950. Protección de Víctimas y Testigos Porcentaje de ejecución 97,41% 98,21% 97,33% 66,92% Año 2011 2012 2013 2014* Porcentaje de ejecución 82,78% 77,35% 96,56% 46,91% Presupuestado ₡73.149.889,76 ₡6.318.546.000,00 ₡6.683.800.000,00 ₡7.328.000.000,00 Ejecutado ₡60.552.650,08 ₡4.887.587.809,17 ₡6.453.852.519,27 ₡3.437.292.961,41 Detalle Partida Remuneraciones 1. Programa 929. Ministerio Público Año Presupuestado 2011 ₡32.239.292.902,00 2012 ₡32.240.546.437,00 2013 ₡35.465.761.458,00 2014 ₡38.747.073.144,00 Peso Porcentual 91,00% 94,00% 91,71% 93,59% Porcentaje de Ejecución 100,00% 99,92% 99,83% 66,85% 2. Programa 950. Protección de Víctimas y Testigos Año Presupuestado Peso Porcentual 2011 N/A N/A ₡3.633.328.378,00 2012 57,50% 2013 ₡5.333.747.914,00 79,80% 2014 ₡5.365.987.376,00 73,23% Fuente: Unidad Administrativa del Ministerio Público. Porcentaje de Ejecución N/A 97,87% 98,24% 61,64% Desempeño de la Ejecución Por constituir una institución pública fundamentalmente de servicios la partida general de “Remuneraciones” es la más relevante en los últimos cuatro años tanto en el monto autorizado o presupuestado. VI. Devolución de bienes institucionales asignados. Detalle y estado de los bienes institucionales que le hayan sido asignados y devueltos mediante este informe: 52 DESCRIPCIÓN Portátil Impresora Mesa de trabajo Mesita juego de sala ACTIVO 555910 435096 486010 312402 MARCA DELL HP CROMETAL METALICA 479890 IMP. 532117 532122 532126 545596 520504 CROMETAL Perchero Silla mesa de conferencias Silla mesa de conferencias Silla mesa de conferencias Sillón ejecutivo Teléfono Teléfono inalámbrico digital, accesorios: cargador externo, barras internas, dos bases inalámbricas, cables de conexión, dos teléfonos inalámbricos 499964 PANASONIC Llave Maya (USB) Enfriador portátil Dispositivos de firma electrónica KINGSTON PREMIER Bco Popular ESTADO Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno Bueno. Con archivos de respaldo Bueno Bueno VII. Anexos relevantes. Anexo N° 1. Matriz de indicadores y línea base. Anexo N° 2. Resolución 19-2013 creación UMGEF y matriz de tareas de la UMGEF y de la Unidad Administrativa del Ministerio Público. Anexo N° 3. Matriz Metodología para la gestión de investigaciones en rezago. Anexo N° 4. Matriz de Supervisión. Anexo N° 5. Elementos y resolución modelo uniforme de gestión. Anexo N° 6. Instructivo general declaratoria de inidoneidad N° 03-2012. Anexo N° 7. Plan de implantación SSC del MP 2015. Anexo N° 8. I Borrador Norma Gica/Organización del Ministerio Público. Anexo N° 9. Proyecto de reforma al Reglamento de Ingreso al Ministerio Público. Anexo N° 10. Reglamento de Carrera del Ministerio Público. Anexo N° 11. Borrador de Proyecto nuevos roles de fiscales adjunto 53 54