PROYECTO DE EJECUCIÓN PARA ADECUACION PUNTUAL DE

Transcripción

PROYECTO DE EJECUCIÓN PARA ADECUACION PUNTUAL DE
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 PROYECTO DE EJECUCIÓN PARA ADECUACION PUNTUAL DE AMBITOS OBJETO DE
INTERVENCIÓN PARA LA DOTACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y
EVACUACIÓN, EN EL EDIFICIO DE LA CALLE SANTA ISABEL Nº 51, SEDE DEL
ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MEDICOS, MADRID, EN CUMPLIMIENTO DE ORDEN
DE EJECUCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE EDIFICACIÓN SERVICIO DE
DISCIPLINA URBANÍSTICA EXPTE. 711/2008/27372. COMPLEMENTARIO 1, SOTANOS
ALMACENES Y ADICIONAL 1, CAFETERIA.
Es de aplicación a los Proyectos de Ejecución Principal, al Proyecto de Ejecución,
Complementario, que afecta a los Sótanos y al Proyecto Basico y de Ejecución Adicional 1,
que afecta a la Cafetería.
PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
DISPOSICIONES GENERALES
Pág. 5
DISPOSICIONES FACULTATIVAS
Pág. 17
DISPOSICIONES ECONOMICAS
Pág. 33
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
PRESCRIPCIONES SOBRE RECEPCION DE MATERIALES
Pág. 47
LISTADO MARCADO CE
Pág.49
LISTADO INFORMACION AMPLIADA
Pág. 51
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LUIS AGUILAR ROMANOS
Arquitecto
Federico Moreno Torroba, 9 - 28007 MADRID
Tel. 91.433.08.54 – Fax 91.433.09.31 – www.peritoarquitectomadrid.com
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
DISPOSICIONES GENERALES
1.1.- Disposiciones de carácter general
1.1.1.- Objeto del Pliego de Condiciones
1.1.2.- Contrato de obra
1.1.3.- Documentación del contrato de obra
1.1.4.- Proyecto Arquitectónico
1.1.5.- Reglamentación urbanística
1.1.6.- Formalización del Contrato de Obra
1.1.7.- Jurisdicción competente
1.1.8.- Responsabilidad del Contratista
1.1.9.- Accidentes de trabajo
1.1.10.- Daños y perjuicios a terceros
1.1.11.- Anuncios y carteles
1.1.12.- Copia de documentos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.1.13.- Suministro de materiales
1.1.14.- Hallazgos
1.1.15.- Causas de rescisión del contrato de obra
1.1.16.- Omisiones: Buena fe
1.2.- Disposiciones relativas a trabajos, materiales y medios auxiliares
1.2.1.- Accesos y vallados
1.2.2.- Replanteo
1.2.3.- Inicio de la obra y ritmo de ejecución de los trabajos
1.2.4.- Orden de los trabajos
1.2.5.- Facilidades para otros contratistas
1.2.6.- Ampliación del proyecto por causas imprevistas o de fuerza mayor
1.2.7.- Interpretaciones, aclaraciones y modificaciones del proyecto
1.2.8.- Prorroga por causa de fuerza mayor
1.2.9.- Responsabilidad de la dirección facultativa en el retraso de la obra
1.2.10.- Trabajos defectuosos
1.2.11.- Vicios ocultos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.2.12.- Procedencia de materiales, aparatos y equipos
1.2.13.- Presentación de muestras
1.2.14.- Materiales, aparatos y equipos defectuosos
1.2.15.- Gastos ocasionados por pruebas y ensayos
1.2.16.- Limpieza de las obras
1.2.17.- Obras sin prescripciones explícitas
1.3.- Disposiciones de las recepciones de edificios y obras anejas
1.3.1.- Consideraciones de carácter general
1.3.2.- Recepción provisional
1.3.3.- Documentación final de la obra
1.3.4.- Medición definitiva y liquidación provisional de la obra
1.3.5.- Plazo de garantía
1.3.6.- Conservación de las obras recibidas provisionalmente
1.3.7.- Recepción definitiva
1.3.8.- Prorroga del plazo de garantía
1.3.9.- Recepciones de trabajos cuya contrata haya sido rescindida
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.- DISPOSICIONES GENERALES
1.1.- DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
1.1.1.- Objeto del Pliego de Condiciones
La finalidad de este Pliego es la de fijar los criterios de la relación que se establece entre los
agentes que intervienen en las obras definidas en el presente proyecto y servir de base para
la realización del contrato de obra entre el Promotor y el Contratista.
1.1.2.- Contrato de obra
Se recomienda la contratación de la ejecución de las obras por unidades de obra, con
arreglo a los documentos del proyecto y en cifras fijas. A tal fin, el Director de Obra ofrece la
documentación necesaria para la realización del contrato de obra.
1.1.3.- Documentación del contrato de obra
Integraran el contrato de obra los siguientes documentos, relacionados por orden de
prelación atendiendo al valor de sus especificaciones, en el caso de posibles
interpretaciones, omisiones o contradicciones:
Las condiciones fijadas en el contrato de obra
El presente Pliego de Condiciones
La documentación gráfica y escrita del Proyecto: planos generales y de detalle, memorias,
anejos, mediciones y presupuestos
En el caso de interpretación, prevalecen las especificaciones literales sobre las gráficas y las
cotas sobre las medidas a escala tomadas de los planos.
1.1.4.- Proyecto Arquitectónico
El Proyecto Arquitectónico es el conjunto de documentos que definen y determinan las
exigencias técnicas, funcionales y estéticas de las obras contempladas en el artículo 2 de la
Ley de Ordenación de la Edificación. En él se justificará técnicamente las soluciones
propuestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica
aplicable.
Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros
documentos técnicos sobre tecnologías específicas o instalaciones del edificio, se
mantendrá entre todos ellos la necesaria coordinación, sin que se produzca una duplicidad
en la documentación ni en los honorarios a percibir por los autores de los distintos trabajos
indicados.
Los documentos complementarios al Proyecto serán:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Todos los planos o documentos de obra que, a lo largo de la misma, vaya suministrando la
Dirección de Obra como interpretación, complemento o precisión.
El Libro de Órdenes y Asistencias.
El Programa de Control de Calidad de Edificación y su Libro de Control.
El Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud en las obras.
El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, elaborado por cada Contratista.
Licencias y otras autorizaciones administrativas.
1.1.5.- Reglamentación urbanística
La obra a realizar se ajustará a todas las limitaciones del proyecto redactado por orden de
ejecución municipal, así como a todas las condiciones de reforma del proyecto que pueda
exigir la Administración para ajustarlo a las Ordenanzas, a las Normas y al Planeamiento
Vigente.
1.1.6.- Formalización del Contrato de Obra
Los Contratos se formalizarán, en general, mediante documento privado, que podrá elevarse
a escritura pública a petición de cualquiera de las partes.
El cuerpo de estos documentos contendrá:
La comunicación de la adjudicación.
La copia del recibo de depósito de la fianza (en caso de que se haya exigido).
La cláusula en la que se exprese, de forma categórica, que el Contratista se obliga al
cumplimiento estricto del contrato de obra, conforme a lo previsto en este Pliego de
Condiciones, junto con la Memoria y sus Anejos, el Estado de Mediciones, Presupuestos,
Planos y todos los documentos que han de servir de base para la realización de las obras
definidas en el presente Proyecto.
El Contratista, antes de la formalización del contrato de obra, dará también su conformidad
con la firma al pie del Pliego de Condiciones, los Planos, Cuadro de Precios y Presupuesto
General.
Serán a cuenta del adjudicatario todos los gastos que ocasione la extensión del documento
en que se consigne el Contratista.
1.1.7.- Jurisdicción competente
En el caso de no llegar a un acuerdo cuando surjan diferencias entre las partes, ambas
quedan obligadas a someter la discusión de todas las cuestiones derivadas de su contrato a
las Autoridades y Tribunales Administrativos con arreglo a la legislación vigente,
renunciando al derecho común y al fuero de su domicilio, siendo competente la jurisdicción
donde estuviese ubicada la obra.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.1.8.- Responsabilidad del Contratista
El Contratista es responsable de la ejecución de las obras en las condiciones establecidas
en el contrato y en los documentos que componen el Proyecto.
En consecuencia, quedará obligado a la demolición y reconstrucción de todas las unidades
de obra con deficiencias o mal ejecutadas, sin que pueda servir de excusa el hecho de que
la Dirección Facultativa haya examinado y reconocido la construcción durante sus visitas de
obra, ni que hayan sido abonadas en liquidaciones parciales.
1.1.9.- Accidentes de trabajo
Es de obligado cumplimiento el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se
establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y
demás legislación vigente que, tanto directa como indirectamente, inciden sobre la
planificación de la seguridad y salud en el trabajo de la construcción, conservación y
mantenimiento de edificios.
Es responsabilidad del Coordinador de Seguridad y Salud, en virtud del Real Decreto
1627/97, el control y el seguimiento, durante toda la ejecución de la obra, del Plan de
Seguridad y Salud redactado por el contratista.
1.1.10.- Daños y perjuicios a terceros
El Contratista será responsable de todos los accidentes que, por inexperiencia o descuido,
sobrevinieran tanto en la edificación donde se efectúen las obras como en las colindantes o
contiguas. Será por tanto de su cuenta el abono de las indemnizaciones a quien
corresponda y cuando a ello hubiere lugar, y de todos los daños y perjuicios que puedan
ocasionarse o causarse en las operaciones de la ejecución de las obras.
Asimismo, será responsable de los daños y perjuicios directos o indirectos que se puedan
ocasionar frente a terceros como consecuencia de la obra, tanto en ella como en sus
alrededores, incluso los que se produzcan por omisión o negligencia del personal a su
cargo, así como los que se deriven de los subcontratistas e industriales que intervengan en
la obra.
Es de su responsabilidad mantener vigente durante la ejecución de los trabajos una póliza
de seguros frente a terceros, en la modalidad de "Todo riesgo al derribo y la construcción",
suscrita por una compañía aseguradora con la suficiente solvencia para la cobertura de los
trabajos contratados. Dicha póliza será aportada y ratificada por el Promotor o Propiedad, no
pudiendo ser cancelada mientras no se firme el Acta de Recepción Provisional de la obra.
1.1.11.- Anuncios y carteles
Sin previa autorización del Promotor, no se podrán colocar en las obras ni en sus vallas más
inscripciones o anuncios que los convenientes al régimen de los trabajos y los exigidos por
la policía local.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.1.12.- Copia de documentos
El Contratista, a su costa, tiene derecho a sacar copias de los documentos integrantes del
Proyecto.
1.1.13.- Suministro de materiales
Se especificará en el Contrato la responsabilidad que pueda caber al Contratista por retraso
en el plazo de terminación o en plazos parciales, como consecuencia de deficiencias o faltas
en los suministros.
1.1.14.- Hallazgos
El Promotor abonará al Contratista el exceso de obras o gastos especiales que estos
trabajos ocasionen, siempre que estén debidamente justificados y aceptados por la
Dirección Facultativa y consensuados por la Propiedad.
1.1.15.- Causas de rescisión del contrato de obra
Se considerarán causas suficientes de rescisión de contrato:
La muerte o incapacitación del Contratista.
La quiebra del Contratista.
Las alteraciones del contrato por las causas siguientes:
a. La modificación del proyecto en forma tal que represente alteraciones fundamentales del
mismo a juicio del Director de Obra y, en cualquier caso, siempre que la variación del
Presupuesto de Ejecución Material, como consecuencia de estas modificaciones, represente
una desviación mayor del 20%.
b. Las modificaciones de unidades de obra, siempre que representen variaciones en más o
en menos del 40% del proyecto original, o más de un 50% de unidades de obra del proyecto
reformado.
La suspensión de obra comenzada, siempre que el plazo de suspensión haya excedido de
un año y, en todo caso, siempre que por causas ajenas al Contratista no se dé comienzo a
la obra adjudicada dentro del plazo de tres meses a partir de la adjudicación. En este caso,
la devolución de la fianza será automática.
Que el Contratista no comience los trabajos dentro del plazo señalado en el contrato.
El incumplimiento de las condiciones del Contrato cuando implique descuido o mala fe, con
perjuicio de los intereses de las obras.
El vencimiento del plazo de ejecución de la obra.
El abandono de la obra sin causas justificadas.
La mala fe en la ejecución de la obra.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.1.16.- Omisiones: Buena fe
Las relaciones entre el Promotor y el Contratista, reguladas por el presente Pliego de
Condiciones y la documentación complementaria, presentan la prestación de un servicio al
Promotor por parte del Contratista mediante la ejecución de una obra, basándose en la
BUENA FE mutua de ambas partes, que pretenden beneficiarse de esta colaboración sin
ningún tipo de perjuicio. Por este motivo, las relaciones entre ambas partes y las omisiones
que puedan existir en este Pliego y la documentación complementaria del proyecto y de la
obra, se entenderán siempre suplidas por la BUENA FE de las partes, que las subsanarán
debidamente con el fin de conseguir una adecuada CALIDAD FINAL de la obra.
1.2.- DISPOSICIONES
AUXILIARES
RELATIVAS
A
TRABAJOS,
MATERIALES
Y
MEDIOS
Se describen las disposiciones básicas a considerar en la ejecución de las obras, relativas a
los trabajos, materiales y medios auxiliares, así como a las recepciones de los edificios
objeto del presente proyecto y sus obras anejas.
1.2.1.- Accesos y vallados
El Contratista dispondrá, por su cuenta, los accesos a la obra, el cerramiento o el vallado de
ésta y su mantenimiento durante la ejecución de la obra, pudiendo exigir el Director de
Ejecución de la Obra su modificación o mejora.
1.2.2.- Replanteo
El Contratista iniciará "in situ" el replanteo de las obras, señalando las referencias
principales que mantendrá como base de posteriores replanteos parciales. Dichos trabajos
se considerarán a cargo del Contratista e incluidos en su oferta económica.
Asimismo, someterá el replanteo a la aprobación del Director de Ejecución de la Obra y, una
vez éste haya dado su conformidad, preparará el Acta de Inicio y Replanteo de la Obra
acompañada de un plano de replanteo definitivo, que deberá ser aprobado por el Director de
Obra. Será responsabilidad del Contratista la deficiencia o la omisión de este trámite.
1.2.3.- Inicio de la obra y ritmo de ejecución de los trabajos
El Contratista dará comienzo a las obras en el plazo especificado en el respectivo contrato,
desarrollándose de manera adecuada para que dentro de los períodos parciales señalados
se realicen los trabajos, de modo que la ejecución total se lleve a cabo dentro del plazo
establecido en el contrato.
Será obligación del Contratista comunicar a la Dirección Facultativa el inicio de las obras, de
forma fehaciente y preferiblemente por escrito, al menos con tres días de antelación.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.2.4.- Orden de los trabajos
La determinación del orden de los trabajos es, generalmente, facultad del Contratista, salvo
en aquellos casos en que, por circunstancias de naturaleza técnica, se estime conveniente
su variación por parte de la Dirección Facultativa.
No obstante el Contratista propondrá un Planning de Obra que, comprobado por el Director
de Ejecución, será aprobado con las correcciones, si proceden, por el Director de la Obra.
De ello de dará traslado a la Propiedad a los efectos de calendario y previsión del pago de
las Certificaciones.
1.2.5.- Facilidades para otros contratistas
De acuerdo con lo que requiera la Dirección Facultativa, el Contratista dará todas las
facilidades razonables para la realización de los trabajos que le sean encomendados a los
Subcontratistas u otros Contratistas que intervengan en la ejecución de la obra. Todo ello sin
perjuicio de las compensaciones económicas a que haya lugar por la utilización de los
medios auxiliares o los suministros de energía u otros conceptos.
En caso de litigio, todos ellos se ajustarán a lo que resuelva la Dirección Facultativa.
1.2.6.- Ampliación del proyecto por causas imprevistas o de fuerza mayor
Cuando se precise ampliar el Proyecto, por motivo imprevisto o por cualquier incidencia, no
se interrumpirán los trabajos, continuándose según las instrucciones de la Dirección
Facultativa en tanto se formula o se tramita el Proyecto Reformado.
El Contratista está obligado a realizar, con su personal y sus medios materiales, cuanto la
Dirección de Ejecución de la Obra disponga para apeos, apuntalamientos, derribos, recalces
o cualquier obra de carácter urgente, anticipando de momento este servicio, cuyo importe le
será consignado en un presupuesto adicional o abonado directamente, de acuerdo con lo
que se convenga.
1.2.7.- Interpretaciones, aclaraciones y modificaciones del proyecto
El Contratista podrá requerir del Director de Obra o del Director de Ejecución de la Obra,
según sus respectivos cometidos y atribuciones, las instrucciones o aclaraciones que se
precisen para la correcta interpretación y ejecución de la obra proyectada.
Cuando se trate de interpretar, aclarar o modificar preceptos de los Pliegos de Condiciones
o indicaciones de los planos, croquis, órdenes e instrucciones correspondientes, se
comunicarán necesariamente por escrito al Contratista, estando éste a su vez obligado a
devolver los originales o las copias, suscribiendo con su firma el enterado, que figurará al pie
de todas las órdenes, avisos e instrucciones que reciba tanto del Director de Ejecución de la
Obra, como del Director de Obra.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Cualquier reclamación que crea oportuno hacer el Contratista en contra de las disposiciones
tomadas por la Dirección Facultativa, habrá de dirigirla, dentro del plazo de tres días, a quien
la hubiera dictado, el cual le dará el correspondiente recibo, si éste lo solicitase.
1.2.8.- Prorroga por causa de fuerza mayor
Si, por causa de fuerza mayor o independientemente de la voluntad del Contratista, éste no
pudiese comenzar las obras, tuviese que suspenderlas o no le fuera posible terminarlas en
los plazos prefijados, se le otorgará una prórroga proporcionada para su cumplimiento,
previo informe favorable del Director de Obra. Para ello, el Contratista expondrá, en escrito
dirigido al Director de Obra, la causa que impide la ejecución o la marcha de los trabajos y el
retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la
prórroga que por dicha causa solicita.
1.2.9.- Responsabilidad de la dirección facultativa en el retraso de la obra
El Contratista no podrá excusarse de no haber cumplido los plazos de obras estipulados,
alegando como causa la carencia de planos u órdenes de la Dirección Facultativa, a
excepción del caso en que habiéndolo solicitado por escrito, no se le hubiese proporcionado.
1.2.10.- Trabajos defectuosos
El Contratista debe emplear los materiales que cumplan las condiciones exigidas en el
proyecto, y realizará todos y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con lo
estipulado.
Por ello, y hasta que tenga lugar la recepción definitiva del edificio, el Contratista es
responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que
puedan existir por su mala ejecución, no siendo un eximente el que la Dirección Facultativa
lo haya examinado o reconocido con anterioridad, ni tampoco el hecho de que estos trabajos
hayan sido valorados en las Certificaciones Parciales de obra, que siempre se entenderán
extendidas y abonadas como ”Unidades de Obra a Buena Cuenta”.
Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando el Director de Ejecución de la
Obra advierta vicios o defectos en los trabajos ejecutados, o que los materiales empleados o
los aparatos y equipos colocados no reúnen las condiciones preceptuadas, ya sea en el
curso de la ejecución de los trabajos o una vez finalizados con anterioridad a la recepción
definitiva de la obra, podrá disponer que las partes defectuosas sean sustituidas o
demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado a expensas del Contratista. Si ésta
no estimase justa la decisión y se negase a la sustitución, demolición y reconstrucción
ordenadas, se planteará la cuestión ante el Director de Obra, quien mediará para resolverla.
1.2.11.- Vicios ocultos
El Contratista es el único responsable de los vicios ocultos y de los defectos de la
construcción, durante la ejecución de las obras y el periodo de garantía, hasta los plazos
prescritos después de la terminación de las obras en la vigente L.O.E., aparte de otras
responsabilidades legales o de cualquier índole que puedan derivarse.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Si el Director de Ejecución de la Obra tuviese fundadas razones para creer en la existencia
de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará, cuando estime
oportuno, realizar antes de la recepción definitiva los ensayos, destructivos o no, que
considere necesarios para reconocer o diagnosticar los trabajos que suponga defectuosos,
dando cuenta de la circunstancia al Director de Obra.
El Contratista demolerá, y reconstruirá posteriormente a su cargo, todas las unidades de
obra mal ejecutadas, sus consecuencias, daños y perjuicios, no pudiendo eludir su
responsabilidad por el hecho de que el Director de Obra y/o el Director del Ejecución de
Obra lo hayan examinado o reconocido con anterioridad, o que haya sido conformada o
abonada una parte o la totalidad de las obras mal ejecutadas.
1.2.12.- Procedencia de materiales, aparatos y equipos
El Contratista tiene libertad de proveerse de los materiales, aparatos y equipos de todas
clases donde considere oportuno y conveniente para sus intereses, excepto en aquellos
casos en los se preceptúe una procedencia y características específicas en el proyecto.
Obligatoriamente, y antes de proceder a su empleo, acopio y puesta en obra, el Contratista
deberá presentar al Director de Ejecución de la Obra una lista completa de los materiales,
aparatos y equipos que vaya a utilizar, en la que se especifiquen todas las indicaciones
sobre sus características técnicas, marcas, calidades, procedencia e idoneidad de cada uno
de ellos.
1.2.13.- Presentación de muestras
A petición del Director de Obra, el Contratista presentará las muestras de los materiales,
aparatos y equipos, siempre con la antelación prevista en el calendario de obra.
1.2.14.- Materiales, aparatos y equipos defectuosos
Cuando los materiales, aparatos, equipos y elementos de instalaciones no fuesen de la
calidad y características técnicas prescritas en el proyecto, no tuvieran la preparación en él
exigida o cuando, a falta de prescripciones formales, se reconociera o demostrara que no
son los adecuados para su fin, el Director de Obra, a instancias del Director de Ejecución de
la Obra, dará la orden al Contratista de sustituirlos por otros que satisfagan las condiciones
o sean los adecuados al fin al que se destinen.
Si, a los 15 días de recibir el Contratista orden de que retire los materiales que no estén en
condiciones, ésta no ha sido cumplida, podrá hacerlo el Promotor o Propiedad a cuenta de
Contratista.
En el caso de que los materiales, aparatos, equipos o elementos de instalaciones fueran
defectuosos, pero aceptables a juicio del Director de Obra, se recibirán con la rebaja del
precio que aquél determine, a no ser que el Contratista prefiera sustituirlos por otros en
condiciones.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.2.15.- Gastos ocasionados por pruebas y ensayos
Todos los gastos originados por las pruebas y ensayos de materiales o elementos que
intervengan en la ejecución de las obras correrán a cargo y cuenta del Contratista.
Todo ensayo que no resulte satisfactorio, no se realice por omisión del Contratista, o que no
ofrezca las suficientes garantías, podrá comenzarse nuevamente o realizarse nuevos
ensayos o pruebas especificadas en el proyecto, a cargo y cuenta del Contratista y con la
penalización correspondiente, así como todas las obras complementarias a que pudieran
dar lugar cualquiera de los supuestos anteriormente citados y que el Director de Obra
considere necesarios.
1.2.16.- Limpieza de las obras
Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de
escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no
sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean
apropiadas para que la obra presente buen aspecto.
1.2.17.- Obras sin prescripciones explícitas
En la ejecución de trabajos que pertenecen a la construcción de las obras, y para los cuales
no existan prescripciones consignadas explícitamente en este Pliego ni en la restante
documentación del proyecto, el Contratista se atendrá, en primer término, a las instrucciones
que dicte la Dirección Facultativa de las obras y, en segundo lugar, a las normas y prácticas
de la buena construcción.
1.3.- Disposiciones de las recepciones de edificios y obras anejas
1.3.1.- Consideraciones de carácter general
La recepción de la obra es el acto por el cual el Contratista, una vez concluida la obra, hace
entrega de la misma al Promotor y es aceptada por éste. Podrá realizarse con o sin reservas
y deberá abarcar la totalidad de la obra o fases completas y terminadas de la misma,
cuando así se acuerde por las partes.
La recepción deberá consignarse en un acta firmada, al menos, por el Promotor y el
Contratista, haciendo constar:
Las partes que intervienen.
La fecha del certificado final de la totalidad de la obra o de la fase completa y terminada de
la misma.
El coste final de la ejecución material de la obra.
La declaración de la recepción de la obra con o sin reservas, especificando, en su caso,
éstas de manera objetiva, y el plazo en que deberán quedar subsanados los defectos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 observados. Una vez subsanados los mismos, se hará constar en un acta aparte, suscrita
por los firmantes de la recepción.
Las garantías que, en su caso, se exijan al Contratista para asegurar sus responsabilidades.
Asimismo, se adjuntará el certificado final de obra suscrito por el Director de Obra y el
Director de la Ejecución de la Obra.
El Promotor podrá rechazar la recepción de la obra por considerar que la misma no está
terminada o que no se adecua a las condiciones contractuales.
En todo caso, el rechazo deberá ser motivado por escrito en el acta, en la que se fijará el
nuevo plazo para efectuar la recepción.
Salvo pacto expreso en contrario, la recepción de la obra tendrá lugar dentro de los treinta
días siguientes a la fecha de su terminación, acreditada en el certificado final de obra, plazo
que se contará a partir de la notificación efectuada por escrito al promotor. La recepción se
entenderá tácitamente producida si transcurridos treinta días desde la fecha indicada el
promotor no hubiera puesto de manifiesto reservas o rechazo motivado por escrito.
El cómputo de los plazos de responsabilidad y garantía será el establecidos en la L.O.E., y
se iniciará a partir de la fecha en que se suscriba el acta de recepción, o cuando se entienda
ésta tácitamente producida según lo previsto en el apartado anterior.
1.3.2.- Recepción provisional
Treinta días antes de dar por finalizadas las obras, comunicará el Director de Ejecución de la
Obra al Promotor o Propiedad la proximidad de su terminación a fin de convenir el acto de la
Recepción Provisional.
Ésta se realizará con la intervención de la Propiedad, del Contratista, del Director de Obra y
del Director de Ejecución de la Obra. Se convocará también a los restantes técnicos que, en
su caso, hubiesen intervenido en la dirección con función propia en aspectos parciales o
unidades especializadas.
Practicado un detenido reconocimiento de las obras, se
ejemplares como intervinientes y firmados por todos ellos.
correr el plazo de garantía, si las obras se hallasen
Seguidamente, los Técnicos de la Dirección extenderán el
Final de Obra.
extenderá un acta con tantos
Desde esta fecha empezará a
en estado de ser admitidas.
correspondiente Certificado de
Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar expresamente en
el Acta y se darán al Contratista las oportunas instrucciones para subsanar los defectos
observados, fijando un plazo para subsanarlos, expirado el cual se efectuará un nuevo
reconocimiento a fin de proceder a la recepción provisional de la obra.
Si el Contratista no hubiese cumplido, podrá declararse resuelto el contrato con la pérdida
de la fianza.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.3.3.- Documentación final de la obra
El Director de Ejecución de la Obra, asistido por el Contratista y los técnicos que hubieren
intervenido en la obra, redactará la documentación final de las obras, que se facilitará al
Promotor, con las especificaciones y contenidos dispuestos por la legislación vigente, en el
caso de viviendas, con lo que se establece en los párrafos 2, 3, 4 y 5, del apartado 2 del
artículo 4º del Real Decreto 515/1989, de 21 de Abril.
1.3.4.- Medición definitiva y liquidación provisional de la obra
Recibidas provisionalmente las obras, se procederá inmediatamente por el Director de
Ejecución de la Obra a su medición definitiva, con precisa asistencia del Contratista o de su
representante. Se extenderá la oportuna certificación por triplicado que, aprobada por el
Director de Obra con su firma, servirá para el abono por el Promotor del saldo resultante
menos la cantidad retenida en concepto de fianza.
En esta situación si se detectara error en mas o en menos de las mediciones sobre
Certificaciones Parciales ya abonadas, en la Ultima se practicarán las correcciones de lo
que contengan las Certificaciones anteriores que, aunque a origen, se entienden como “Vº
Bº Unidades de Obra a Buena Cuenta”.
1.3.5.- Plazo de garantía
El plazo de garantía deberá estipularse en el contrato privado y, en cualquier caso, nunca
deberá ser inferior a seis meses
1.3.6.- Conservación de las obras recibidas provisionalmente
Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendido entre las recepciones
provisional y definitiva, correrán a cargo y cuenta del Contratista.
Si el edificio fuese ocupado o utilizado antes de la recepción definitiva, la guardería, limpieza
y reparaciones ocasionadas por el uso correrán a cargo de la Propiedad y las reparaciones
por vicios de obra o por defectos en las instalaciones, serán a cargo del Contratista.
1.3.7.- Recepción definitiva
La recepción definitiva se realizará después de transcurrido el plazo de garantía, en igual
modo y con las mismas formalidades que la provisional. A partir de esa fecha cesará la
obligación del Contratista de reparar a su cargo aquellos desperfectos inherentes a la
normal conservación de los edificios, y quedarán sólo subsistentes todas las
responsabilidades que pudieran derivar de los vicios de construcción.
1.3.8.- Prorroga del plazo de garantía
Si, al proceder al reconocimiento para la recepción definitiva de la obra, no se encontrase
ésta en las condiciones debidas, se aplazará dicha recepción definitiva y el Director de Obra
indicará al Contratista los plazos y formas en que deberán realizarse las obras necesarias.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 De no efectuarse dentro de aquellos, podrá resolverse el contrato con la pérdida de la
fianza.
1.3.9.- Recepciones de trabajos cuya contrata haya sido rescindida
En caso de resolución del contrato, el Contratista vendrá obligado a retirar, en el plazo
fijado, la maquinaria, instalaciones y medios auxiliares, a resolver los subcontratos que
tuviese concertados y a dejar la obra en condiciones de ser reanudada por otra empresa sin
problema alguno.
Las obras y trabajos terminados por completo se recibirán provisionalmente con los trámites
establecidos anteriormente. Transcurrido el plazo de garantía, se recibirán definitivamente
según lo dispuesto anteriormente.
Para las obras y trabajos no determinados, pero aceptables a juicio del Director de Obra, se
efectuará una sola y definitiva recepción.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 DISPOSICIONES FACULTATIVAS
1.-
DISPOSICIONES FACULTATIVAS
1.1.-
Definición y atribuciones de los agentes de la edificación
1.1.1.-
El Promotor
1.1.2.-
El Proyectista
1.1.3.-
El Constructor o Contratista
1.1.4.-
El Director de Obra
1.1.5.-
El Director de la Ejecución de la Obra
1.1.6.-
Las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación
1.1.7.-
Los suministradores de productos
1.2.-
La Dirección Facultativa
1.3.-
Visitas facultativas
1.4.-
Obligaciones de los agentes intervinientes
1.4.1.-
El Promotor
1.4.2.-
El Proyectista
1.4.3.-
El Constructor o Contratista
1.4.4.-
El Director de Obra
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.4.5.-
El Director de la Ejecución de la Obra
1.4.6.-
Los suministradores de productos
1.4.7.-
Los propietarios y los usuarios
1.5.-
Documentación final de obra
1.5.1.-
Los propietarios y los usuarios
1.- DISPOSICIONES FACULTATIVAS
1.1.- DEFINICIÓN Y ATRIBUCIONES DE LOS AGENTES DE LA EDIFICACIÓN
Las atribuciones de los distintos agentes intervinientes en la edificación son las reguladas
por la Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación (L.O.E.).
Se definen agentes de la edificación todas las personas, físicas o jurídicas, que intervienen
en el proceso de la edificación. Sus obligaciones quedan determinadas por lo dispuesto en
la L.O.E. y demás disposiciones que sean de aplicación y por el contrato que origina su
intervención.
Las definiciones y funciones de los agentes que intervienen en la edificación quedan
recogidas en el capítulo III "Agentes de la edificación", considerándose:
1.1.1.- El Promotor
Es la persona física o jurídica, pública o privada, que individual o colectivamente decide,
impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí
o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
Asume la iniciativa de todo el proceso de la edificación, impulsando la gestión necesaria
para llevar a cabo la obra inicialmente proyectada, y se hace cargo de todos los costes
necesarios.
Artículo 9. El promotor.
1. Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada,
que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos
propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación,
entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
2. Son obligaciones del promotor:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 a) Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir
en él.
b) Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del
proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones
del mismo.
c) Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas,
así como suscribir el acta de recepción de la obra.
d) Suscribir los seguros previstos en el artículo 19.
e) Entregar al adquirente, en su caso, la documentación de obra ejecutada, o
cualquier otro documento exigible por las Administraciones competentes.
1.1.2.- El Proyectista
Es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y
urbanística correspondiente, redacta el proyecto.
Artículo 10. El proyectista.
1. El proyectista es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa
técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto.
Podrán redactar proyectos parciales del proyecto, o partes que lo complementen,
otros técnicos, de forma coordinada con el autor de éste.
Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros
documentos técnicos según lo previsto en el apartado 2 del artículo 4 de esta Ley, cada
proyectista asumirá la titularidad de su proyecto.
2. Son obligaciones del proyectista:
a) Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de
arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según
corresponda, y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la
profesión. En caso de personas jurídicas, designar al técnico redactor del
proyecto que tenga la titulación profesional habilitante.
Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para
los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
académica y profesional habilitante será la de arquitecto.
Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para
los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero,
ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones
legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas
especialidades y competencias específicas.
Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios
comprendidos en el grupo c) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
académica y profesional habilitante será la de arquitecto, arquitecto técnico,
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 ingeniero o ingeniero técnico y vendrá determinada por las disposiciones
legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus especialidades y
competencias específicas.
Idénticos criterios se seguirán respecto de los proyectos de obras a las que se
refieren los apartados 2.b) y 2.c) del artículo 2 de esta Ley.
En todo caso y para todos los grupos, en los aspectos concretos
correspondientes a sus especialidades y competencias específicas, y en
particular respecto de los elementos complementarios a que se refiere el
apartado 3 del artículo 2, podrán asimismo intervenir otros técnicos titulados del
ámbito de la arquitectura o de la ingeniería, suscribiendo los trabajos por ellos
realizados y coordinados por el proyectista. Dichas intervenciones
especializadas serán preceptivas si así lo establece la disposición legal
reguladora del sector de actividad de que se trate.
b) Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya
establecido en el contrato y entregarlo, con los visados que en su caso fueran
preceptivos.
c) Acordar, en su caso, con el promotor la contratación de colaboraciones
parciales.
1.1.3.- El Constructor o Contratista
Es el agente que asume, contractualmente ante el Promotor, el compromiso de ejecutar con
medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con
sujeción al Proyecto y al Contrato de obra.
Cabe efectuar especial mención de que la ley señala como responsable explícito de los
vicios o defectos constructivos al contratista general de la obra, sin perjuicio del derecho de
repetición de éste hacia los subcontratistas.
Artículo 11. El constructor.
1. El constructor es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el
compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las
obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato.
2. Son obligaciones del constructor:
a)
Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las
instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin
de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
b)
Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de
las condiciones exigibles para actuar como constructor.
c)
Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en
la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación
adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra.
d)
Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 e)
Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la
obra dentro de los límites establecidos en el contrato.
f)
Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra.
g)
Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la
documentación de la obra ejecutada.
h)
Suscribir las garantías previstas en el artículo 19
1.1.4.- El Director de Obra
Es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en
los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el
proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas, y las
condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.
Podrán dirigir las obras de los proyectos parciales otros técnicos, bajo la coordinación del
Director de Obra.
Artículo 12. El director de obra.
1. El director de obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige
el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y
medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de
edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el
objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.
2. Podrán dirigir las obras de los proyectos parciales otros técnicos, bajo la
coordinación del director de obra.
3. Son obligaciones del director de obra:
a) Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de
arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según corresponda
y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En caso de
personas jurídicas, designar al técnico director de obra que tenga la titulación
profesional habilitante.
En el caso de la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a)
del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante
será la de arquitecto.
Cuando las obras a realizar tengan por objeto la construcción de las
edificaciones indicadas en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o
arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para
cada profesión, de acuerdo con sus especialidades y competencias
específicas.
Cuando las obras a realizar tengan por objeto la construcción de las
edificaciones indicadas en el grupo c) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
habilitante será la de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 técnico y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada
profesión, de acuerdo con sus especialidades y competencias específicas.
Idénticos criterios se seguirán respecto de las obras a las que se refieren los
apartados 2.b) y 2.c) del artículo 2 de esta Ley.
b) Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura
proyectadas a las características geotécnicas del terreno.
c) Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro
de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta
interpretación del proyecto.
d) Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales
modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra
siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas
contempladas y observadas en la redacción del proyecto.
e) Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de
obra, así como conformar las certificaciones parciales y la liquidación final de
las unidades de obra ejecutadas, con los visados que en su caso fueran
preceptivos.
f)
Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al
promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
g) Las relacionadas en el artículo 13, en aquellos casos en los que el director de
la obra y el director de la ejecución de la obra sea el mismo profesional, si fuera
ésta la opción elegida, de conformidad con lo previsto en el apartado 2.a) del
artículo 13.
1.1.5.- El Director de la Ejecución de la Obra
Es el agente que, formando parte de la Dirección Facultativa, asume la función técnica de
dirigir la Ejecución Material de la Obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la
construcción y calidad de lo edificado. Para ello es requisito indispensable el estudio y
análisis previo del proyecto de ejecución una vez redactado por el Arquitecto, procediendo a
solicitarle, con antelación al inicio de las obras, todas aquellas aclaraciones, subsanaciones
o documentos complementarios que, dentro de su competencia y atribuciones legales,
estimare necesarios para poder dirigir de manera solvente la ejecución de las mismas.
Artículo 13. El director de la ejecución de la obra.
1.
El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la
dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la
obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo
edificado.
2.
Son obligaciones del director de la ejecución de la obra:
a) Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante y cumplir
las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En caso de personas
jurídicas, designar al técnico director de la ejecución de la obra que tenga la
titulación profesional habilitante.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Cuando las obras a realizar tengan por objeto la construcción de edificios para
los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
académica y profesional habilitante será la de arquitecto técnico.
Será ésta, asimismo, la titulación habilitante para las obras del grupo b) que
fueran dirigidas por arquitectos.
En los demás casos la dirección de la ejecución de la obra puede ser
desempeñada, indistintamente, por profesionales con la titulación de arquitecto,
arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
b) Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la
realización de ensayos y pruebas precisas.
c) Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los
materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y
de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del
director de obra.
d) Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.
e) Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de
obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación
final de las unidades de obra ejecutadas.
f)
Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de
la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.
1.1.6.- Las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación
Son entidades de control de calidad de la edificación aquéllas capacitadas para prestar
asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la
ejecución de la obra y sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable.
Son laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación los capacitados para
prestar asistencia técnica, mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los
materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación.
1.1.7.- Los suministradores de productos
Se consideran suministradores de productos los fabricantes, almacenistas, importadores o
vendedores de productos de construcción.
Se entiende por producto de construcción aquel que se fabrica para su incorporación
permanente en una obra, incluyendo materiales, elementos semielaborados, componentes y
obras o parte de las mismas, tanto terminadas como en proceso de ejecución.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.2..- LA DIRECCIÓN FACULTATIVA
En correspondencia con la L.O.E., la Dirección Facultativa está compuesta por la Dirección
de Obra y la Dirección de Ejecución de la Obra. A la Dirección Facultativa se integrará el
Coordinador en materia de Seguridad y Salud en fase de ejecución de la obra, en el caso de
que se haya adjudicado dicha misión a facultativo distinto de los anteriores.
Representa técnicamente los intereses del promotor durante la ejecución de la obra,
dirigiendo el proceso de construcción en función de las atribuciones profesionales de cada
técnico participante.
1.3.- VISITAS FACULTATIVAS
Son las realizadas a la obra de manera conjunta o individual por cualquiera de los miembros
que componen la Dirección Facultativa. La intensidad y número de visitas dependerá de los
cometidos que a cada agente le son propios, pudiendo variar en función de los
requerimientos específicos y de la mayor o menor exigencia presencial requerible al técnico
al efecto en cada caso y según cada una de las fases de la obra. Deberán adaptarse al
proceso lógico de construcción, pudiendo los agentes ser o no coincidentes en la obra en
función de la fase concreta que se esté desarrollando en cada momento y del cometido
exigible a cada cual.
1.4.- OBLIGACIONES DE LOS AGENTES INTERVINIENTES
Las obligaciones de los agentes que intervienen en la edificación son las contenidas en los
artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, del capítulo III de la L.O.E. y demás legislación
aplicable.
1.4.1.- El Promotor
Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él.
Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, así
como autorizar al Director de Obra, al Director de la Ejecución de la Obra y al Contratista
posteriores modificaciones del mismo que fueran imprescindibles para llevar a buen fin lo
proyectado.
Elegir y contratar a los distintos agentes, con la titulación y capacitación profesional
necesaria, que garanticen el cumplimiento de las condiciones legalmente exigibles para
realizar en su globalidad y llevar a buen fin el objeto de lo promovido, en los plazos
estipulados y en las condiciones de calidad exigibles mediante el cumplimiento de los
requisitos básicos estipulados para los edificios.
Gestionar y hacerse cargo de las preceptivas licencias y demás autorizaciones
administrativas procedentes que, de conformidad con la normativa aplicable, conlleva la
construcción de edificios, la urbanización que procediera en su entorno inmediato, la
realización de obras que en ellos se ejecuten y su ocupación.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Garantizar los daños materiales que el edificio pueda sufrir, para la adecuada protección de
los intereses de los usuarios finales, en las condiciones legalmente establecidas, asumiendo
la responsabilidad civil de forma personal e individualizada, tanto por actos propios como por
actos de otros agentes por los que, con arreglo a la legislación vigente, se deba responder.
La suscripción obligatoria de un seguro, de acuerdo a las normas concretas fijadas al efecto,
que cubra los daños materiales que ocasionen en el edificio el incumplimiento de las
condiciones de habitabilidad en tres años o que afecten a la seguridad estructural en el
plazo de diez años, con especial mención a las viviendas individuales en régimen de
autopromoción, que se regirán por lo especialmente legislado al efecto.
Contratar a los técnicos redactores del preceptivo Estudio de Seguridad y Salud o Estudio
Básico, en su caso, al igual que a los técnicos coordinadores en la materia en la fase que
corresponda, todo ello según lo establecido en el R.D. 1627/97, de 24 de octubre, por el que
se establecen las disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de
construcción.
El Promotor no podrá dar orden de inicio de las obras hasta que el Contratista haya
redactado su Plan de Seguridad y, además, éste haya sido aprobado por el Coordinador en
Materia de Seguridad y Salud en fase de Ejecución de la obra, dejando constancia expresa
en el Acta de Aprobación realizada al efecto.
Efectuar el denominado Aviso Previo a la autoridad laboral competente, haciendo constar
los datos de la obra, redactándolo de acuerdo a lo especificado en el Anexo III del RD
1627/97. Copia del mismo deberá exponerse en la obra de forma visible, actualizándolo si
fuese necesario.
Suscribir el acta de recepción final de las obras, una vez concluidas éstas, haciendo constar
la aceptación de las obras, que podrá efectuarse con o sin reservas y que deberá abarcar la
totalidad de las obras o fases completas. En el caso de hacer mención expresa a reservas
para la recepción, deberán mencionarse de manera detallada las deficiencias y se deberá
hacer constar el plazo en que deberán quedar subsanados los defectos observados.
Entregar al adquirente y usuario inicial, en su caso, el denominado Libro del Edificio que
contiene el manual de uso y mantenimiento del mismo y demás documentación de obra
ejecutada, o cualquier otro documento exigible por las Administraciones competentes.
1.4.2.- El Proyectista
Redactar el proyecto por encargo del Promotor, con sujeción a la normativa urbanística y
técnica en vigor y conteniendo la documentación necesaria para tramitar tanto la licencia de
obras y demás permisos administrativos -proyecto básico- como para ser interpretada y
poder ejecutar totalmente la obra, entregando al Promotor las copias autorizadas
correspondientes, debidamente visadas por su colegio profesional.
Definir el concepto global del proyecto de ejecución con el nivel de detalle gráfico y escrito
suficiente y calcular los elementos fundamentales del edificio, en especial la cimentación y la
estructura. Concretar en el Proyecto el emplazamiento de cuartos de máquinas, de
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 contadores, hornacinas, espacios asignados para subida de conductos, reservas de huecos
de ventilación, alojamiento de sistemas de telecomunicación y, en general, de aquellos
elementos necesarios en el edificio para facilitar las determinaciones concretas y
especificaciones detalladas que son cometido de los proyectos parciales, debiendo éstos
adaptarse al Proyecto de Ejecución, no pudiendo contravenirlo en modo alguno. Deberá
entregarse necesariamente un ejemplar del proyecto complementario al Arquitecto antes del
inicio de las obras o instalaciones correspondientes.
Acordar con el Promotor la contratación de colaboraciones parciales de otros técnicos
profesionales.
Facilitar la colaboración necesaria para que se produzca la adecuada coordinación con los
proyectos parciales exigibles por la legislación o la normativa vigente y que sea necesario
incluir para el desarrollo adecuado del proceso edificatorio, que deberán ser redactados por
técnicos competentes, bajo su responsabilidad y suscritos por persona física. Los proyectos
parciales serán aquellos redactados por otros técnicos cuya competencia puede ser distinta
e incompatible con las competencias del Arquitecto y, por tanto, de exclusiva
responsabilidad de éstos.
Elaborar aquellos proyectos parciales o estudios complementarios exigidos por la legislación
vigente en los que es legalmente competente para su redacción, excepto declinación
expresa del Arquitecto y previo acuerdo con el Promotor, pudiendo exigir la compensación
económica en concepto de cesión de derechos de autor y de la propiedad intelectual si se
tuviera que entregar a otros técnicos, igualmente competentes para realizar el trabajo,
documentos o planos del proyecto por él redactado, en soporte papel o informático.
Ostentar la propiedad intelectual de su trabajo, tanto de la documentación escrita como de
los cálculos de cualquier tipo, así como de los planos contenidos en la totalidad del proyecto
y cualquiera de sus documentos complementarios.
1.4.3.- El Constructor o Contratista
Tener la capacitación profesional o titulación que habilita para el cumplimiento de las
condiciones legalmente exigibles para actuar como constructor.
Organizar los trabajos de construcción para cumplir con los plazos previstos, de acuerdo al
correspondiente Plan de Obra, efectuando las instalaciones provisionales y disponiendo de
los medios auxiliares necesarios.
Comunicar a la autoridad laboral competente la apertura del centro de trabajo en la que
incluirá el Plan de Seguridad y Salud al que se refiere el artículo 7 del RD 1627/97 de 24 de
octubre.
Adoptar todas las medidas preventivas que cumplan los preceptos en materia de Prevención
de Riesgos laborales y Seguridad y Salud que establece la legislación vigente, redactando el
correspondiente Plan de Seguridad y ajustándose al cumplimiento estricto y permanente de
lo establecido en el Estudio de Seguridad y Salud, disponiendo de todos los medios
necesarios y dotando al personal del equipamiento de seguridad exigibles, así como cumplir
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 las órdenes efectuadas por el Coordinador en materia de Seguridad y Salud en la fase de
Ejecución de la obra.
Supervisar de manera continuada el cumplimiento de las normas de seguridad, tutelando las
actividades de los trabajadores a su cargo y, en su caso, relevando de su puesto a todos
aquellos que pudieran menoscabar las condiciones básicas de seguridad personales o
generales, por no estar en las condiciones adecuadas.
Examinar la documentación aportada por los técnicos redactores correspondientes, tanto del
Proyecto de Ejecución como de los proyectos complementarios, así como del Estudio de
Seguridad y Salud, verificando que le resulta suficiente para la comprensión de la totalidad
de la obra contratada o, en caso contrario, solicitando las aclaraciones pertinentes
Facilitar la labor de la Dirección Facultativa, suscribiendo el Acta de Replanteo, ejecutando
las obras con sujeción al Proyecto de Ejecución que deberá haber examinado previamente,
a la legislación aplicable, a las Instrucciones del Arquitecto Director de Obra y del Director
de la Ejecución Material de la Obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
Efectuar las obras siguiendo los criterios al uso que son propios de la correcta construcción,
que tiene la obligación de conocer y poner en práctica, así como de las leyes generales de
los materiales o lex artis, aún cuando éstos criterios no estuvieran específicamente
reseñados en su totalidad en la documentación de proyecto. A tal efecto, ostenta la jefatura
de todo el personal que intervenga en la obra y coordina las tareas de los subcontratistas.
Disponer de los medios materiales y humanos que la naturaleza y entidad de la obra
impongan, disponiendo del número adecuado de oficiales, suboficiales y peones que la obra
requiera en cada momento, bien por personal propio o mediante subcontratistas al efecto,
procediendo a solapar aquellos oficios en la obra que sean compatibles entre sí y que
permitan acometer distintos trabajos a la vez sin provocar interferencias, contribuyendo con
ello a la agilización y finalización de la obra dentro de los plazos previstos.
Ordenar y disponer en cada momento de personal suficiente a su cargo para que efectúe las
actuaciones pertinentes para ejecutar las obras con solvencia, diligentemente y sin
interrupción, programándolas de manera coordinada con el Arquitecto Técnico o Aparejador,
Director de Ejecución Material de la Obra.
Supervisar personalmente y de manera continuada y completa la marcha de las obras, que
deberán transcurrir sin dilación y con adecuado orden y concierto, así como responder
directamente de los trabajos efectuados por sus trabajadores subordinados, exigiéndoles el
continuo autocontrol de los trabajos que efectúen, y ordenando la modificación de todas
aquellas tareas que se presenten mal efectuadas.
Asegurar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales utilizados y elementos
constructivos, comprobando los preparados en obra y rechazando, por iniciativa propia o por
prescripción facultativa del Director de la Ejecución de la obra, los suministros de material o
prefabricados que no cuenten con las garantías, documentación mínima exigible o
documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplicación, debiendo recabar de la
Dirección Facultativa la información que necesite para cumplir adecuadamente su cometido.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Dotar de material, maquinaria y utillajes adecuados a los operarios que intervengan en la
obra, para efectuar adecuadamente las instalaciones necesarias y no menoscabar con la
puesta en obra las características y naturaleza de los elementos constructivos que
componen el edificio una vez finalizado.
Poner a disposición del Arquitecto Técnico o Aparejador los medios auxiliares y personal
necesario para efectuar las pruebas pertinentes para el Control de Calidad, recabando de
dicho técnico el plan a seguir en cuanto a las tomas de muestras, traslados, ensayos y
demás actuaciones necesarias.
Cuidar de que el personal de la obra guarde el debido respeto a la Dirección Facultativa.
Auxiliar al Director de la Ejecución de la Obra en los actos de replanteo y firmar
posteriormente y una vez finalizado éste, el acta correspondiente de inicio de obra, así como
la de recepción final.
Facilitar a los Directores de Obra los datos necesarios para la elaboración de la
documentación final de obra ejecutada.
Suscribir las garantías de obra que se señalan en el Artículo 19 de la Ley de Ordenación de
la Edificación y que, en función de su naturaleza, alcanzan períodos de 1 año (daños por
defectos de terminación o acabado de las obras), 3 años (daños por defectos o vicios de
elementos constructivos o de instalaciones que afecten a la habitabilidad) o 10 años (daños
en cimentación o estructura que comprometan directamente la resistencia mecánica y la
estabilidad del edificio).
1.4.4.- El Director de Obra
Dirigir la obra coordinándola con el Proyecto de Ejecución, facilitando su interpretación
técnica, económica y estética a los agentes intervinientes en el proceso constructivo.
Detener la obra por causa grave y justificada, que se deberá hacer constar necesariamente
en el Libro de Ordenes y Asistencias, dando cuenta inmediata al Promotor.
Redactar las modificaciones, ajustes, rectificaciones o planos complementarios que se
precisen para el adecuado desarrollo de las obras. Es facultad expresa y única la redacción
de aquellas modificaciones o aclaraciones directamente relacionadas con la adecuación de
la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno; el
cálculo o recálculo del dimensionado y armado de todos y cada uno de los elementos
principales y complementarios de la cimentación y de la estructura vertical y horizontal; los
que afecten sustancialmente a la distribución de espacios y las soluciones de fachada y
cubierta y dimensionado y composición de huecos, así como la modificación de los
materiales previstos.
Asesorar al Director de la Ejecución de la Obra en aquellas aclaraciones y dudas que
pudieran acontecer para el correcto desarrollo de la misma, en lo que respecta a las
interpretaciones de las especificaciones de proyecto.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Asistir a las obras a fin de resolver las contingencias que se produzcan para asegurar la
correcta interpretación y ejecución del proyecto, así como impartir las soluciones aclaratorias
que fueran necesarias, consignando en el Libro de Ordenes y Asistencias las instrucciones
precisas que se estimara oportunas reseñar para la correcta interpretación de lo proyectado,
sin perjuicio de efectuar todas las aclaraciones y órdenes verbales que estimare oportuno.
Firmar el Acta de replanteo o de comienzo de obra y el Certificado Final de Obra, así como
firmar el visto bueno de las certificaciones parciales referidas al porcentaje de obra
efectuada y, en su caso y a instancias del Promotor, la supervisión de la documentación que
se le presente relativa a las unidades de obra realmente ejecutadas previa a su liquidación
final, todo ello con los visados que en su caso fueran preceptivos.
Informar puntualmente al Promotor de aquellas modificaciones sustanciales que, por
razones técnicas o normativas, conllevan una variación de lo construido con respecto al
proyecto básico y de ejecución y que afecten o puedan afectar al contrato suscrito entre el
promotor y los destinatarios finales de las viviendas.
Redactar la documentación final de obra, en lo que respecta a la documentación gráfica y
escrita del proyecto ejecutado, incorporando las modificaciones efectuadas. Para ello, los
técnicos redactores de proyectos y/o estudios complementarios deberán obligatoriamente
entregarle la documentación final en la que se haga constar el estado final de las obras y/o
instalaciones por ellos redactadas, supervisadas y realmente ejecutadas, siendo
responsabilidad de los firmantes la veracidad y exactitud de los documentos presentados.
Al Proyecto Final de Obra se anexará el Acta de Recepción Final; la relación identificativa de
los agentes que han intervenido en el proceso de edificación, incluidos todos los
subcontratistas y oficios intervinientes; las instrucciones de Uso y Mantenimiento del Edificio
y de sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación.
La documentación a la que se hace referencia en los dos apartados anteriores es parte
constituyente del Libro del Edificio y el Promotor deberá entregar una copia completa a los
usuarios finales del mismo que, en el caso de edificios de viviendas plurifamiliares, se
materializa en un ejemplar que deberá ser custodiado por el Presidente de la Comunidad de
Propietarios o por el Administrador, siendo éstos los responsables de divulgar al resto de
propietarios su contenido y de hacer cumplir los requisitos de mantenimiento que constan en
la citada documentación.
Además de todas las facultades que corresponden al Arquitecto Director de Obra,
expresadas en los artículos precedentes, es misión específica suya la dirección mediata,
denominada alta dirección en lo que al cumplimiento de las directrices generales del
proyecto se refiere, y a la adecuación de lo construido a éste.
Cabe señalar expresamente que la resistencia al cumplimiento de las órdenes de los
Arquitectos Directores de Obra en su labor de alta dirección se considerará como falta grave
y, en caso de que, a su juicio, el incumplimiento de lo ordenado pusiera en peligro la obra o
las personas que en ella trabajan, podrá recusar al Contratista y/o acudir a las autoridades
judiciales, siendo responsable el Contratista de las consecuencias legales y económicas.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.4.5.- El Director de la Ejecución de la Obra
Corresponde al Arquitecto Técnico o Aparejador, según se establece en el Artículo 13 de la
LOE y demás legislación vigente al efecto, las atribuciones competenciales y obligaciones
que se señalan a continuación:
La Dirección inmediata de la Obra.
Verificar personalmente la recepción a pié de obra, previo a su acopio o colocación
definitiva, de todos los productos y materiales suministrados necesarios para la ejecución de
la obra, comprobando que se ajustan con precisión a las determinaciones del proyecto y a
las normas exigibles de calidad, con la plena potestad de aceptación o rechazo de los
mismos en caso de que lo considerase oportuno y por causa justificada, ordenando la
realización de pruebas y ensayos que fueran necesarios.
Dirigir la ejecución material de la obra de acuerdo con las especificaciones de la memoria y
de los planos del Proyecto, así como, en su caso, con las instrucciones complementarias
necesarias que recabara del Director de Obra.
Anticiparse con la antelación suficiente a las distintas fases de la puesta en obra, requiriendo
las aclaraciones al Arquitecto o Arquitectos Directores de Obra que fueran necesarias y
planificando de manera anticipada y continuada con el Contratista principal y los
subcontratistas los trabajos a efectuar.
Comprobar los replanteos, los materiales, hormigones y demás productos suministrados,
exigiendo la presentación de los oportunos certificados de idoneidad de los mismos.
Verificar la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las
instalaciones, extendiéndose dicho cometido a todos los elementos de cimentación y
estructura horizontal y vertical, con comprobación de sus especificaciones concretas de
dimensionado de elementos, tipos de viguetas y adecuación a ficha técnica homologada,
diámetros nominales, longitudes de anclaje y adecuados solape y doblado de barras.
Observancia de los tiempos de encofrado y desencofrado de vigas, pilares y forjados
señalados por la Instrucción del Hormigón vigente y de aplicación.
Comprobación del correcto dimensionado de rampas y escaleras y de su adecuado trazado
y replanteo con acuerdo a las pendientes, desniveles proyectados y al cumplimiento de
todas las normativas que son de aplicación; a dimensiones parciales y totales de elementos,
a su forma y geometría específica, así como a las distancias que deben guardarse entre
ellos, tanto en horizontal como en vertical.
Verificación de la adecuada puesta en obra de fábricas y cerramientos, a su correcta y
completa trabazón y, en general, a lo que atañe a la ejecución material de la totalidad de la
obra y sin excepción alguna, de acuerdo a los criterios y leyes de los materiales y de la
correcta construcción (lex artis) y a las normativas de aplicación.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Asistir a la obra con la frecuencia, dedicación y diligencia necesarias para cumplir
eficazmente la debida supervisión de la ejecución de la misma en todas sus fases, desde el
replanteo inicial hasta la total finalización del edificio, dando las órdenes precisas de
ejecución al Contratista y, en su caso, a los subcontratistas.
Consignar en el Libro de Ordenes y Asistencias las instrucciones precisas que considerara
oportuno reseñar para la correcta ejecución material de las obras.
Supervisar posteriormente el correcto cumplimiento de las órdenes previamente efectuadas
y la adecuación de lo realmente ejecutado a lo ordenado previamente.
Verificar el adecuado trazado de instalaciones, conductos, acometidas, redes de evacuación
y su dimensionado, comprobando su idoneidad y ajuste tanto a la especificaciones del
proyecto de ejecución como de los proyectos parciales, coordinando dichas actuaciones con
los técnicos redactores correspondientes.
Detener la Obra si, a su juicio, existiera causa grave y justificada, que se deberá hacer
constar necesariamente en el Libro de Ordenes y Asistencias, dando cuenta inmediata a los
Arquitectos Directores de Obra que deberán necesariamente corroborarla para su plena
efectividad, y al Promotor.
Supervisar las pruebas pertinentes para el Control de Calidad, respecto a lo especificado por
la normativa vigente, en cuyo cometido y obligaciones tiene legalmente competencia
exclusiva, programando bajo su responsabilidad y debidamente coordinado y auxiliado por
el Contratista, las tomas de muestras, traslados, ensayos y demás actuaciones necesarias
de elementos estructurales, así como las pruebas de estanqueidad de fachadas y de sus
elementos, de cubiertas y sus impermeabilizaciones, comprobando la eficacia de las
soluciones.
Informar con prontitud a los Arquitectos Directores de Obra de los resultados de los Ensayos
de Control conforme se vaya teniendo conocimiento de los mismos, proponiéndole la
realización de pruebas complementarias en caso de resultados adversos.
Tras la oportuna comprobación, emitir las certificaciones parciales o totales relativas a las
unidades de obra realmente ejecutadas, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
Colaborar activa y positivamente con los restantes agentes intervinientes, sirviendo de nexo
de unión entre éstos, el Contratista, los Subcontratistas y el personal de la obra.
Elaborar y suscribir responsablemente la documentación final de obra relativa a los
resultados del Control de Calidad y, en concreto, a aquellos ensayos y verificaciones de
ejecución de obra realizados bajo su supervisión relativos a los elementos de la cimentación,
muros y estructura, a las pruebas de estanqueidad y escorrentía de cubiertas y de fachadas,
a las verificaciones del funcionamiento de las instalaciones de saneamiento y desagües de
pluviales y demás aspectos señalados en la normativa de Control de Calidad.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Suscribir conjuntamente el Certificado Final de Obra, acreditando con ello su conformidad a
la correcta ejecución de las obras y a la comprobación y verificación positiva de los ensayos
y pruebas realizadas.
Si se hiciera caso omiso de las órdenes efectuadas por el Arquitecto Técnico, Director de la
Ejecución de las Obras, se considerara como falta grave y, en caso de que, a su juicio, el
incumplimiento de lo ordenado pusiera en peligro la obra o las personas que en ella
trabajan, podrá acudir a las autoridades judiciales, siendo responsable el Contratista de las
consecuencias legales y económicas.
1.4.6.- Los suministradores de productos
Realizar las entregas de los productos de acuerdo con las especificaciones del pedido,
respondiendo de su origen, identidad y calidad, así como del cumplimiento de las exigencias
que, en su caso, establezca la normativa técnica aplicable.
Facilitar, cuando proceda, las instrucciones de uso y mantenimiento de los productos
suministrados, así como las garantías de calidad correspondientes, para su inclusión en la
documentación de la obra ejecutada.
1.4.7.- Los propietarios y los usuarios
Son obligaciones de los propietarios conservar en buen estado la edificación mediante un
adecuado uso y mantenimiento, así como recibir, conservar y transmitir la documentación de
la obra ejecutada y los seguros y garantías con que ésta cuente.
Son obligaciones de los usuarios sean o no propietarios, la utilización adecuada de los
edificios o de parte de los mismos de conformidad con las instrucciones de uso y
mantenimiento contenidas en la documentación de la obra ejecutada.
1.5.- DOCUMENTACIÓN FINAL DE OBRA
De acuerdo al Artículo 7 de la Ley de Ordenación de la Edificación, una vez finalizada la
obra, el proyecto con la incorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente
aprobadas, será facilitado al promotor por el Director de Obra para la formalización de los
correspondientes trámites administrativos.
A dicha documentación se adjuntará, al menos, el acta de recepción, la relación identificativa
de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación, así como la relativa a
las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad
con la normativa que le sea de aplicación.
1.5.1.- Los propietarios y los usuarios
Son obligaciones de los propietarios conservar en buen estado la edificación mediante un
adecuado uso y mantenimiento, así como recibir, conservar y transmitir la documentación de
la obra ejecutada y los seguros y garantías con que ésta cuente.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Son obligaciones de los usuarios sean o no propietarios, la utilización adecuada de los
edificios o de parte de los mismos de conformidad con las instrucciones de uso y
mantenimiento contenidas en la documentación de la obra ejecutada.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 DISPOSICIONES ECONOMICAS
1.- DISPOSICIONES ECONÓMICAS
1.1.- Definición
1.2.- Contrato de obra
1.3.- Criterio General
1.4.- Fianzas
1.4.1.- Ejecución de trabajos con cargo a la fianza
1.4.2.- Devolución de las fianzas
1.4.3.- Devolución de la fianza en el caso de efectuarse recepciones parciales
1.5.- De los precios
1.5.1.- Precio básico
1.5.2.- Precio unitario
1.5.3.- Presupuesto de Ejecución Material (PEM)
1.5.4.- Precios contradictorios
1.5.5.- Reclamación de aumento de precios
1.5.6.- Formas tradicionales de medir o de aplicar los precios
1.5.7.- De la revisión de los precios contratados
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.5.8.- Acopio de materiales
1.6.- Obras por administración
1.7.- Valoración y abono de los trabajos
1.7.1.- Forma y plazos de abono de las obras
1.7.2.- Relaciones valoradas y certificaciones
1.7.3.- Mejora de obras libremente ejecutadas
1.7.4.- Abono de trabajos presupuestados con partida alzada
1.7.5.- Abono de trabajos especiales no contratados
1.7.6.- Abono de trabajos ejecutados durante el plazo de garantía
1.8.- Indemnizaciones Mutuas
1.8.1.- Indemnización por retraso del plazo de terminación de las obras
1.8.2.- Demora de los pagos por parte del Promotor
1.9.- Varios
1.9.1.- Mejoras, aumentos y/o reducciones de obra
1.9.2.- Unidades de obra defectuosas
1.9.3.- Seguro de las obras
1.9.4.- Conservación de la obra
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.9.5.- Uso por el Contratista de edificio o bienes del Promotor
1.9.6.- Pago de arbitrios
1.10.- Retenciones en concepto de garantía
1.11.- Plazos de ejecución: Planning de obra
1.12.- Liquidación económica de las obras
1.13.- Liquidación final de la obra
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.- DISPOSICIONES ECONÓMICAS
1.1.- DEFINICIÓN
Las condiciones económicas fijan el marco de relaciones económicas para el abono y
recepción de la obra. Tienen un carácter subsidiario respecto al contrato de obra,
establecido entre las partes que intervienen, Promotor y Contratista, que es en definitiva el
que tiene validez.
1.2.- CONTRATO DE OBRA
Se aconseja que se firme el contrato de obra, entre el Promotor y el Contratista, antes de
iniciarse las obras, evitando en lo posible la realización de la obra por administración. A la
Dirección Facultativa (Director de Obra y Director de Ejecución de la Obra) se le facilitará
una copia del contrato de obra, para poder certificar en los términos pactados.
Sólo se aconseja contratar por administración aquellas partidas de obra irrelevantes y de
difícil cuantificación, o cuando se desee un acabado muy esmerado.
El contrato de obra deberá prever las posibles interpretaciones y discrepancias que pudieran
surgir entre las partes, así como garantizar que la Dirección Facultativa pueda, de hecho,
COORDINAR, DIRIGIR y CONTROLAR la obra, por lo que es conveniente que se
especifiquen y determinen con claridad, como mínimo, los siguientes puntos:
Documentos a aportar por el Contratista.
Condiciones de ocupación del solar e inicio de las obras.
Determinación de los gastos de enganches y consumos.
Responsabilidades y obligaciones del Contratista: Legislación laboral.
Responsabilidades y obligaciones del Promotor.
Presupuesto del Contratista.
Revisión de precios (en su caso).
Forma de pago: Certificaciones.
Retenciones en concepto de garantía (nunca menos del 5%).
Plazos de ejecución: Planning.
Retraso de la obra: Penalizaciones.
Recepción de la obra: Provisional y definitiva.
Litigio entre las partes.
Dado que este Pliego de Condiciones Económicas es complemento del contrato de obra, en
caso de que no exista contrato de obra alguno entre las partes se le comunicará a la
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Dirección Facultativa, que pondrá a disposición de las partes el presente Pliego de
Condiciones Económicas que podrá ser usado como base para la redacción del
correspondiente contrato de obra.
1.3.- CRITERIO GENERAL
Todos los agentes que intervienen en el proceso de la construcción, definidos en la Ley
38/1999 de Ordenación de la Edificación (L.O.E.), tienen derecho a percibir puntualmente
las cantidades devengadas por su correcta actuación con arreglo a las condiciones
contractualmente establecidas, pudiendo exigirse recíprocamente las garantías suficientes
para el cumplimiento diligente de sus obligaciones de pago.
1.4.- FIANZAS
El Contratista presentará una fianza con arreglo al procedimiento que se estipule en el
contrato de obra:
1.4.1.- Ejecución de trabajos con cargo a la fianza
Si el contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para ultimar la obra
en las condiciones contratadas, el Director de Obra, en nombre y representación del
Promotor, los ordenará ejecutar a un tercero, o podrá realizarlos directamente por
administración, abonando su importe con la fianza depositada, sin perjuicio de las acciones
a que tenga derecho el Promotor, en el caso de que el importe de la fianza no bastase para
cubrir el importe de los gastos efectuados en las unidades de obra que no fuesen de recibo.
1.4.2.- Devolución de las fianzas
La fianza recibida será devuelta al Contratista en un plazo establecido en el contrato de
obra, una vez firmada el Acta de Recepción Definitiva de la obra. El Promotor podrá exigir
que el Contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas causadas por la
ejecución de la obra, tales como salarios, suministros y subcontratos.
1.4.3.- Devolución de la fianza en el caso de efectuarse recepciones parciales
Si el Promotor, con la conformidad del Director de Obra, accediera a hacer recepciones
parciales, tendrá derecho el Contratista a que se le devuelva la parte proporcional de la
fianza.
1.5.- DE LOS PRECIOS
El objetivo principal de la elaboración del presupuesto es anticipar el coste del proceso de
construir la obra. Descompondremos el presupuesto en unidades de obra, componente
menor que se contrata y certifica por separado, y basándonos en esos precios, calcularemos
el presupuesto.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.5.1.- Precio básico
Es el precio por unidad (ud, m, kg, etc.) de un material dispuesto a pie de obra, (incluido su
transporte a obra, descarga en obra, embalajes, etc.) o el precio por hora de la maquinaria y
de la mano de obra.
1.5.2.- Precio unitario
Es el precio de una unidad de obra que obtendremos como suma de los siguientes costes:
Costes directos: calculados como suma de los productos "precio básico x cantidad" de la
mano de obra, maquinaria y materiales que intervienen en la ejecución de la unidad de obra.
Medios auxiliares: Costes directos complementarios, calculados en forma porcentual como
porcentaje de otros componentes, debido a que representan los costes directos que
intervienen en la ejecución de la unidad de obra y que son de difícil cuantificación. Son
diferentes para cada unidad de obra.
Costes indirectos: aplicados como un porcentaje de la suma de los costes directos y medios
auxiliares, igual para cada unidad de obra debido a que representan los costes de los
factores necesarios para la ejecución de la obra que no se corresponden a ninguna unidad
de obra en concreto.
En relación a la composición de los precios, el vigente Reglamento general de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre)
establece que la composición y el cálculo de los precios de las distintas unidades de obra se
base en la determinación de los costes directos e indirectos precisos para su ejecución, sin
incorporar, en ningún caso, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que pueda
gravar las entregas de bienes o prestaciones de servicios realizados.
Considera costes directos:
La mano de obra que interviene directamente en la ejecución de la unidad de obra.
Los materiales, a los precios resultantes a pie de obra, que quedan integrados en la unidad
de que se trate o que sean necesarios para su ejecución.
Los gastos de personal, combustible, energía, etc., que tengan lugar por el accionamiento o
funcionamiento de la maquinaria e instalaciones utilizadas en la ejecución de la unidad de
obra.
Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria e instalaciones anteriormente
citadas.
Deben incluirse como costes indirectos:
Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones, edificación de
almacenes, talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorio, etc., los del personal
técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos. Todos estos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 gastos, excepto aquéllos que se reflejen en el presupuesto valorados en unidades de obra o
en partidas alzadas, se cifrarán en un porcentaje de los costes directos, igual para todas las
unidades de obra, que adoptará, en cada caso, el autor del proyecto a la vista de la
naturaleza de la obra proyectada, de la importancia de su presupuesto y de su previsible
plazo de ejecución.
Las características técnicas de cada unidad de obra, en las que se incluyen todas las
especificaciones necesarias para su correcta ejecución, se encuentran en el apartado de
'Prescripciones en cuanto a la Ejecución por Unidad de Obra.', junto a la descripción del
proceso de ejecución de la unidad de obra.
Si en la descripción del proceso de ejecución de la unidad de obra no figurase alguna
operación necesaria para su correcta ejecución, se entiende que está incluida en el precio
de la unidad de obra, por lo que no supondrá cargo adicional o aumento de precio de la
unidad de obra contratada.
Para mayor aclaración, se exponen algunas operaciones o trabajos, que se entiende que
siempre forman parte del proceso de ejecución de las unidades de obra:
El transporte y movimiento vertical y horizontal de los materiales en obra, incluso carga y
descarga de los camiones.
Eliminación de restos, limpieza final y retirada de residuos a vertedero de obra.
Transporte de escombros sobrantes a vertedero autorizado.
Montaje, comprobación y puesta a punto.
Las correspondientes legalizaciones y permisos en instalaciones.
Maquinaria, andamiajes y medios auxiliares necesarios.
Trabajos que se considerarán siempre incluidos y para no ser reiterativos no se especifican
en cada una de las unidades de obra.
1.5.3.- Presupuesto de Ejecución Material (PEM)
Es el resultado de la suma de los precios unitarios de las diferentes unidades de obra que la
componen.
Se denomina Presupuesto de Ejecución Material al resultado obtenido por la suma de los
productos del número de cada unidad de obra por su precio unitario y de las partidas
alzadas. Es decir, el coste de la obra sin incluir los gastos generales, el beneficio industrial y
el impuesto sobre el valor añadido.
1.5.4.- Precios contradictorios
Sólo se producirán precios contradictorios cuando el Promotor, por medio del Director de
Obra, decida introducir unidades o cambios de calidad en alguna de las previstas, o cuando
sea necesario afrontar alguna circunstancia imprevista.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 El Contratista siempre estará obligado a efectuar los cambios indicados.
A falta de acuerdo, el precio se resolverá contradictoriamente entre el Director de Obra y el
Contratista antes de comenzar la ejecución de los trabajos y en el plazo que determine el
contrato de obra o, en su defecto, antes de quince días hábiles desde que se le comunique
fehacientemente al Director de Obra. Si subsiste la diferencia, se acudirá, en primer lugar, al
concepto más análogo dentro del cuadro de precios del proyecto y, en segundo lugar, al
banco de precios de uso más frecuente en la localidad.
Los contradictorios que hubiese se referirán siempre a los precios unitarios de la fecha del
contrato de obra. Nunca se tomará para la valoración de los correspondientes precios
contradictorios la fecha de la ejecución de la unidad de obra en cuestión.
1.5.5.- Reclamación de aumento de precios
Si el Contratista, antes de la firma del contrato de obra, no hubiese hecho la reclamación u
observación oportuna, no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar aumento
de los precios fijados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirva de base para
la ejecución de las obras.
1.5.6.- Formas tradicionales de medir o de aplicar los precios
En ningún caso podrá alegar el Contratista los usos y costumbres locales respecto de la
aplicación de los precios o de la forma de medir las unidades de obra ejecutadas. Se estará
a lo previsto en el Presupuesto y en el criterio de medición en obra recogido en el Pliego.
1.5.7.- De la revisión de los precios contratados
El presupuesto presentado por el Contratista se entiende que es cerrado, por lo que no se
aplicará revisión de precios.
Sólo se procederá a efectuar revisión de precios cuando haya quedado explícitamente
determinado en el contrato de obra entre el Promotor y el Contratista.
1.5.8.- Acopio de materiales
El Contratista queda obligado a ejecutar los acopios de materiales o aparatos de obra que el
Promotor ordene por escrito.
Los materiales acopiados, una vez abonados por el propietario, son de la exclusiva
propiedad de éste, siendo el Contratista responsable de su guarda y conservación.
1.6.- OBRAS POR ADMINISTRACIÓN
Se denominan "Obras por administración" aquellas en las que las gestiones que se precisan
para su realización las lleva directamente el Promotor, bien por sí mismo, por un
representante suyo o por mediación de un Contratista.
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Las obras por administración se clasifican en dos modalidades:
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Obras por administración directa.
Obras por administración delegada o indirecta.
Según la modalidad de contratación, en el contrato de obra se regulará:
Su liquidación.
El abono al Contratista de las cuentas de administración delegada.
Las normas para la adquisición de los materiales y aparatos.
Responsabilidades del Contratista en la contratación por administración en general y, en
particular, la debida al bajo rendimiento de los obreros.
1.7.- VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS
1.7.1.- Forma y plazos de abono de las obras
Se realizará por certificaciones de obra y se recogerán las condiciones en el contrato de
obra establecido entre las partes que intervienen (Promotor y Contratista) que, en definitiva,
es el que tiene validez.
Los pagos se efectuarán por la propiedad en los plazos previamente establecidos en el
contrato de obra, y su importe corresponderá precisamente al de las certificaciones de la
obra conformadas por el Director de Ejecución de la Obra, en virtud de las cuáles se
verifican aquéllos.
El Director de Ejecución de la Obra realizará, en la forma y condiciones que establezca el
criterio de medición en obra incorporado en las Prescripciones en cuanto a la Ejecución por
unidad de obra, la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el período de
tiempo anterior, pudiendo el Contratista presenciar la realización de tales mediciones.
Para las obras o partes de obra que, por sus dimensiones y características, hayan de
quedar posterior y definitivamente ocultas, el contratista está obligado a avisar al Director de
Ejecución de la Obra con la suficiente antelación, a fin de que éste pueda realizar las
correspondientes mediciones y toma de datos, levantando los planos que las definan, cuya
conformidad suscribirá el Contratista.
A falta de aviso anticipado, cuya existencia corresponde probar al Contratista, queda éste
obligado a aceptar las decisiones del Promotor sobre el particular.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.7.2.- Relaciones valoradas y certificaciones
En los plazos fijados en el contrato de obra entre el Promotor y el Contratista, éste último
formulará una relación valorada de las obras ejecutadas durante las fechas previstas, según
la medición practicada por el Director de Ejecución de la Obra.
Las certificaciones de obra serán el resultado de aplicar, a la cantidad de obra realmente
ejecutada, los precios contratados de las unidades de obra. Sin embargo, los excesos de
obra realizada en unidades, tales como excavaciones y hormigones, que sean imputables al
Contratista, no serán objeto de certificación alguna.
Los pagos se efectuarán por el Promotor en los plazos previamente establecidos, y su
importe corresponderá al de las certificaciones de obra, conformadas por la Dirección
Facultativa. Tendrán el carácter de documento y entregas a buena cuenta, sujetas a las
rectificaciones y variaciones que se deriven de la Liquidación Final, no suponiendo tampoco
dichas certificaciones parciales la aceptación, la aprobación, ni la recepción de las obras que
comprenden.
Las relaciones valoradas contendrán solamente la obra ejecutada en el plazo a que la
valoración se refiere. Si la Dirección Facultativa lo exigiera, las certificaciones se extenderán
a origen.
1.7.3.- Mejora de obras libremente ejecutadas
Cuando el Contratista, incluso con la autorización del Director de Obra, emplease materiales
de más esmerada preparación o de mayor tamaño que el señalado en el proyecto o
sustituyese una clase de fábrica por otra que tuviese asignado mayor precio, o ejecutase
con mayores dimensiones cualquier parte de la obra, o, en general, introdujese en ésta y sin
solicitársela, cualquier otra modificación que sea beneficiosa a juicio de la Dirección
Facultativa, no tendrá derecho más que al abono de lo que pudiera corresponderle en el
caso de que hubiese construido la obra con estricta sujeción a la proyectada y contratada o
adjudicada.
1.7.4.- Abono de trabajos presupuestados con partida alzada
El abono de los trabajos presupuestados en partida alzada se efectuará previa justificación
por parte del Contratista. Para ello, el Director de Obra indicará al Contratista, con
anterioridad a su ejecución, el procedimiento que ha de seguirse para llevar dicha cuenta.
1.7.5.- Abono de trabajos especiales no contratados
Cuando fuese preciso efectuar cualquier tipo de trabajo de índole especial u ordinaria que,
por no estar contratado, no sea de cuenta del Contratista, y si no se contratasen con tercera
persona, tendrá el Contratista la obligación de realizarlos y de satisfacer los gastos de toda
clase que ocasionen, los cuales le serán abonados por la Propiedad por separado y en las
condiciones que se estipulen en el contrato de obra.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.7.6.- Abono de trabajos ejecutados durante el plazo de garantía
Efectuada la recepción provisional, y si durante el plazo de garantía se hubieran ejecutado
trabajos cualesquiera, para su abono se procederá así:
•
•
•
Si los trabajos que se realicen estuvieran especificados en el Proyecto, y sin causa
justificada no se hubieran realizado por el Contratista a su debido tiempo, y el
Director de obra exigiera su realización durante el plazo de garantía, serán valorados
a los precios que figuren en el Presupuesto y abonados de acuerdo con lo
establecido en el presente Pliego de Condiciones, sin estar sujetos a revisión de
precios.
Si se han ejecutado trabajos precisos para la reparación de desperfectos
ocasionados por el uso del edificio, por haber sido éste utilizado durante dicho plazo
por el Promotor, se valorarán y abonarán a los precios del día, previamente
acordados.
Si se han ejecutado trabajos para la reparación de desperfectos ocasionados por
deficiencia de la construcción o de la calidad de los materiales, nada se abonará por
ellos al Contratista.
1.8.- INDEMNIZACIONES MUTUAS
1.8.1.- Indemnización por retraso del plazo de terminación de las obras
Si, por causas imputables al Contratista, las obras sufrieran un retraso en su finalización con
relación al plazo de ejecución previsto, el Promotor podrá imponer al Contratista, con cargo
a la última certificación, las penalizaciones establecidas en el contrato, que nunca serán
inferiores al perjuicio que pudiera causar el retraso de la obra.
1.8.2.- Demora de los pagos por parte del Promotor
Se regulará en el contrato de obra las condiciones a cumplir por parte de ambos.
1.9.- VARIOS
1.9.1.- Mejoras, aumentos y/o reducciones de obra
Si, por causas imputables al Contratista, las obras sufrieran un retraso en su finalización con
relación al plazo de ejecución previsto, el Promotor podrá imponer al Contratista, con cargo
a la última certificación, las penalizaciones establecidas en el contrato de obra, que nunca
serán inferiores al perjuicio que pudiera causar el retraso de la obra.
1.9.2.- Unidades de obra defectuosas
Las obras defectuosas no se valorarán. En el caso de que su defecto sea subsanado por la
Contratista, con la aquiescencia de la Dirección Facultativa, se podrá establecer el abono de
lo repuesto
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.9.3.- Seguro de las obras
El Contratista está obligado a asegurar la obra contratada durante todo el tiempo que dure
su ejecución, hasta la recepción definitiva.
1.9.4.- Conservación de la obra
El Contratista está obligado a conservar la obra contratada durante todo el tiempo que dure
su ejecución, hasta la recepción definitiva.
1.9.5.- Uso por el Contratista de edificio o bienes del Promotor
No podrá el Contratista hacer uso de edificio o bienes del Promotor durante la ejecución de
las obras sin el consentimiento del mismo.
Al abandonar el Contratista el edificio, tanto por buena terminación de las obras, como por
resolución del contrato, está obligado a dejarlo desocupado y limpio en el plazo que se
estipule en el contrato de obra.
1.9.6.- Pago de arbitrios
El pago de impuestos y arbitrios en general, municipales o de otro origen, sobre vallas,
alumbrado, etc., cuyo abono debe hacerse durante el tiempo de ejecución de las obras y por
conceptos inherentes a los propios trabajos que se realizan, correrán a cargo del
Contratista, siempre que en el contrato de obra no se estipule lo contrario.
1.10.- RETENCIONES EN CONCEPTO DE GARANTÍA
Del importe total de las certificaciones se descontará un porcentaje, que se retendrá en
concepto de garantía. Este valor no deberá ser nunca menor del cinco por cien (5%) y
responderá de los trabajos mal ejecutados y de los perjuicios que puedan ocasionarle al
Promotor.
Esta retención en concepto de garantía quedará en poder del Promotor durante el tiempo
designado como PERIODO DE GARANTÍA, pudiendo ser dicha retención, "en metálico" o
mediante un aval bancario que garantice el importe total de la retención.
Si el Contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para ultimar la obra
en las condiciones contratadas, el Director de Obra, en representación del Promotor, los
ordenará ejecutar a un tercero, o podrá realizarlos directamente por administración,
abonando su importe con la fianza depositada, sin perjuicio de las acciones a que tenga
derecho el Promotor, en el caso de que el importe de la fianza no bastase para cubrir el
importe de los gastos efectuados en las unidades de obra que no fuesen de recibo.
La fianza retenida en concepto de garantía será devuelta al Contratista en el plazo
estipulado en el contrato, una vez firmada el Acta de Recepción Definitiva de la obra. El
promotor podrá exigir que el Contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas
atribuibles a la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros o subcontratos.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 1.11.- Plazos de ejecución: Planning de obra
En el contrato de obra deberán figurar los plazos de ejecución y entregas, tanto totales como
parciales. Además, será conveniente adjuntar al respectivo contrato un Planning de la
ejecución de la obra donde figuren de forma gráfica y detallada la duración de las distintas
partidas de obra que deberán conformar las partes contratantes.
1.12.- Liquidación económica de las obras
Simultáneamente al libramiento de la última certificación, se procederá al otorgamiento del
Acta de Liquidación Económica de las obras, que deberán firmar el Promotor y el
Contratista. En este acto se dará por terminada la obra y se entregarán, en su caso, las
llaves, los correspondientes boletines debidamente cumplimentados de acuerdo a la
Normativa Vigente, así como los proyectos Técnicos y permisos de las instalaciones
contratadas.
Dicha Acta de Liquidación Económica servirá de Acta de Recepción Provisional de las
obras, para lo cual será conformada por el Promotor, el Contratista, el Director de Obra y el
Director de Ejecución de la Obra, quedando desde dicho momento la conservación y
custodia de las mismas a cargo del Promotor.
La citada recepción de las obras, provisional y definitiva, queda regulada según se describe
en las Disposiciones Generales del presente Pliego.
1.13.- Liquidación final de la obra
Entre el Promotor y Contratista, la liquidación de la obra deberá hacerse de acuerdo con las
certificaciones conformadas por la Dirección de Obra. Si la liquidación se realizara sin el
visto bueno de la Dirección de Obra, ésta sólo mediará, en caso de desavenencia o
desacuerdo, en el recurso ante los Tribunales.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
"De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la
ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre
construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica
aplicable"
PRESCRIPCIONES SOBRE RECEPCION DE MATERIALES
Condiciones de recepción de productos
1. CONDICIONES GENERALES DE RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS
1.1. Código Técnico de la Edificación
Según se indica en el Código Técnico de la Edificación, en la Parte I, artículo 7.2, el control
de recepción en obra de productos, equipos y sistemas, se realizará según lo siguiente:
Control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas.
1. El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los
productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este
control comprenderá:
a) el control de la documentación de los suministros, realizado de acuerdo con el artículo
7.2.1;
b) el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad, según el
artículo 7.2.2; y
c) el control mediante ensayos, conforme al artículo 7.2.3.
Control de la documentación de los suministros.
1. Los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará a la dirección
facultativa, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de
obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Esta
documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:
a) los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado;
b) el certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física; y
c) los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas
reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los
productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que
sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados.
Control de recepción mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica.
1. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:
a) los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados,
que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo
establecido en el artículo 5.2.3; y
b) las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y
sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.5, y la constancia del
mantenimiento de sus características técnicas.
2. El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación es suficiente para
la aceptación de los productos, equipos y sistemas amparados por ella.
Control de recepción mediante ensayos.
1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede ser necesario, en
determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo
establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u
ordenados por la dirección facultativa.
2. La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el
proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos
a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.
Este Pliego de Condiciones, conforme a lo indicado en el CTE, desarrolla el procedimiento a
seguir en la recepción de los productos en función de que estén afectados o no por la
Directiva 89/106/CE de Productos de la Construcción (DPC), de 21 de diciembre de 1988,
del Consejo de las Comunidades Europeas.
El Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la
libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE,
regula las condiciones que estos productos deben cumplir para poder importarse,
comercializarse y utilizarse dentro del territorio español de acuerdo con la mencionada
Directiva. Así, dichos productos deben llevar el marcado CE, el cual indica que satisfacen
las disposiciones del RD 1630/1992.
1.2. Productos no afectados por la Directiva de Productos de la Construcción
Si el producto no está afectado por la DPC, el procedimiento a seguir para su recepción en
obra (excepto en el caso de productos provenientes de países de la UE que posean un
certificado de equivalencia emitido por la Administración General del Estado) consiste en la
verificación del cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas por la
reglamentación y el proyecto mediante los controles previstos en el CTE, a saber:
a) Control de la documentación de los suministros: se verificará en obra que el producto
suministrado viene acompañado de los documentos establecidos en los apartados a) y b)
del artículo 7.2.1 del apartado 1.1 anterior, y los documentos de conformidad o
autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, entre los que cabe citar:
Certificado de conformidad a requisitos reglamentarios (antiguo certificado de
homologación) emitido por un Laboratorio de Ensayo acreditado por ENAC (de acuerdo con
las especificaciones del RD 2200/1995) para los productos afectados por disposiciones
reglamentarias vigentes del Ministerio de Industria.
b) Control de recepción mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Sello o Marca de conformidad a norma emitido por una entidad de certificación acreditada
por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) de acuerdo con las especificaciones del RD
2200/1995.
c) Control de recepción mediante ensayos:
Certificado de ensayo de una muestra del producto realizado por un Laboratorio de Ensayo
acreditado por una Comunidad Autónoma o por ENAC.
A continuación, en el apartado 2. Relación de productos con marcado CE, se especifican
los productos de edificación a los que se les exige el marcado CE, según la última
resolución publicada en el momento de la redacción del presente documento (Resolución de
17 de abril de 2007 de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se amplían
los anexos I, II y III de la Orden de 29 de Noviembre de 2001, por la que se publican las
referencias a las Normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el
periodo de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de
productos de la construcción).
En la medida en que vayan apareciendo nuevas resoluciones, este listado deberá
actualizarse.
2. Relación de productos con marcado CE
Relación de productos de construcción correspondiente a la Resolución de 17 de abril de
2007 de la Dirección General de Desarrollo Industrial.
Los productos que aparecen en el listado están clasificados por su uso en elementos
constructivos, si está determinado o, en otros casos, por el material constituyente.
Para cada uno de ellos se detalla la fecha a partir de la cual es obligatorio el marcado CE,
las normas armonizadas de aplicación y el sistema de evaluación de la conformidad.
En el listado aparecen unos productos referenciados con asterisco (*), que son los
productos para los que se amplia la información y se desarrollan en el apartado 2.1.
Productos con información ampliada de sus características. Se trata de productos para los
que se considera oportuno conocer más a fondo sus especificaciones técnicas y
características, a la hora de llevar a cabo su recepción, ya que son productos de uso
frecuente y determinantes para garantizar las exigencias básicas que se establecen en la
reglamentación vigente.
Índice:
1.
ACONDICIONAMIENTO Y CIMENTACIÓN
2.
ESTRUCTURAS
3.
REVESTIMIENTOS
4.
OTROS (CLASIFICACIÓN POR MATERIAL)
5.
CARACTERÍSTICAS
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 ÍNDICE
1
ACONDICIONAMIENTO Y CIMENTACIÓN
1.1
Movimiento de tierras
1.1.1 Explanaciones
1.1.2 Rellenos del terreno
1.1.3 Transportes de tierras y escombros
1.1.4 Vaciado del terreno
1.1.5 Zanjas y pozos
1
Acondicionamiento y cimentación
1.1
Movimiento de tierras
1.1.1 Explanaciones
Descripción
Ejecución de desmontes y terraplenes para obtener en el terreno una superficie regular
definida por los planos donde habrá de realizarse otras excavaciones en fase posterior,
asentarse obras o simplemente para formar una explanada.
Comprende además los trabajos previos de limpieza y desbroce del terreno y la retirada
de la tierra vegetal.
Criterios de medición y valoración de unidades
- Metro cuadrado de limpieza y desbroce del terreno con medios manuales o mecánicos.
-
Metro cúbico de retirada y apilado de capa tierra vegetal, con medios manuales o
mecánicos.
-
Metro cúbico de desmonte. Medido el volumen excavado sobre perfiles, incluyendo
replanteo y afinado. Si se realizaran mayores excavaciones que las previstas en los
perfiles del proyecto, el exceso de excavación se justificará para su abono.
-
Metro cúbico de base de terraplén. Medido el volumen excavado sobre perfiles,
incluyendo replanteo, desbroce y afinado.
-
Metro cúbico de terraplén. Medido el volumen rellenado sobre perfiles, incluyendo la
extensión, riego, compactación y refino de taludes.
-
Metro cuadrado de entibación. Totalmente terminada, incluyendo los clavos y cuñas
necesarios, retirada, limpieza y apilado del material.
Prescripciones sobre los productos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
- Tierras de préstamo o propias.
En la recepción de las tierras se comprobará que no sean expansivas, que no contengan
restos vegetales y que no estén contaminadas.
Préstamos: el material inadecuado se depositará de acuerdo con lo que se ordene al
respecto.
-
Entibaciones. Elementos de madera resinosa, de fibra recta, como pino o abeto:
tableros, cabeceros, codales, etc.
La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase I/80.
El contenido mínimo de humedad en la madera no será mayor del 15%.
Las entibaciones de madera no presentarán principio de pudrición, alteraciones ni
defectos.
-
Tensores circulares de acero protegido contra la corrosión.
-
Sistemas prefabricados metálicos y de madera: tableros, placas, puntales, etc.
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla
en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de
la documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea
pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y
el control mediante ensayos.
-
Préstamos:
El contratista comunicará a la dirección facultativa, con suficiente antelación, la apertura
de los préstamos, a fin de que se puedan medir su volumen y dimensiones sobre el terreno
natural no alterado. Los taludes de los préstamos deberán ser suaves y redondeados y, una
vez terminada su explotación, se dejarán en forma que no dañen el aspecto general del
paisaje.
Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de los productos, según su utilización,
estos podrán ser los que se indican:
-
Préstamos: en el caso de préstamos autorizados, una vez eliminado el material
inadecuado, se realizarán los oportunos ensayos para su aprobación, si procede,
necesarios para determinar las características físicas y mecánicas del nuevo suelo:
identificación granulométrica. Límite líquido. Contenido de humedad. Contenido de
materia orgánica. Índice CBR e hinchamiento. Densificación de los suelos bajo una
determinada energía de compactación (ensayos “Proctor Normal” y “Proctor
Modificado”).
-
Entibaciones de madera: ensayos de características físico-mecánicas: contenido de
humedad. Peso específico. Higroscopicidad. Coeficiente de contracción volumétrica.
Dureza. Resistencia a compresión. Resistencia a la flexión estática y, con el mismo
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 ensayo y midiendo la fecha a rotura, determinación del módulo de elasticidad E.
Resistencia a la tracción. Resistencia a la hienda. Resistencia a esfuerzo cortante.
Almacenamiento y manipulación (criterios de uso, conservación y mantenimiento)
Caballeros o depósitos de tierra: deberán situarse en los lugares que al efecto señale la
dirección facultativa y se cuidará de evitar arrastres hacia la excavación o las obras de
desagüe y de que no se obstaculice la circulación por los caminos que haya.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas
El terreno se irá excavando por franjas horizontales previamente a su entibación.
Se considerará la situación de las instalaciones que pudieran existir y resultar afectadas,
así como las distancias de seguridad a tendidos aéreos de conducción de energía eléctrica.
Se solicitará la documentación complementaria acerca de los cursos naturales de aguas
superficiales o profundas, cuya solución no figure en la documentación técnica.
Antes del inicio de los trabajos, se presentarán a la aprobación de la dirección facultativa
los cálculos justificativos de las entibaciones a realizar, que podrán ser modificados por la
misma cuando lo considere necesario.
La elección del tipo de entibación dependerá del tipo de terreno, de las solicitaciones por
cimentación próxima o vial y de la profundidad del corte.
Proceso de ejecución
Ejecución
Replanteo:
Se comprobarán los puntos de nivel marcados, y el espesor de tierra vegetal a excavar.
En general:
Durante la ejecución de los trabajos se tomarán las precauciones adecuadas para no
disminuir la resistencia del terreno no excavado. En especial, se adoptarán las medidas
necesarias para evitar los siguientes fenómenos: inestabilidad de taludes en roca debida a
voladuras inadecuadas, deslizamientos ocasionados por el descalce del pie de la excavación,
erosiones locales y encharcamientos debidos a un drenaje defectuoso de las obras. Con
temperaturas menores de 2 ºC se suspenderán los trabajos.
Sostenimiento y entibaciones:
Se deberá asegurar la estabilidad de los taludes y paredes de todas las excavaciones
que se realicen, y aplicar oportunamente los medios de sostenimiento, entibación, refuerzo y
protección superficial del terreno apropiados, a fin de impedir desprendimientos y
deslizamientos que pudieran causar daños a personas o a las obras, aunque tales medios no
estuviesen definidos en el proyecto, ni hubieran sido ordenados por la dirección facultativa.
Las uniones entre piezas de entibación garantizarán la rigidez y el monolitismo del conjunto.
En general, con tierras cohesionadas, se sostendrán los taludes verticales antes de la
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 entibación hasta una altura de 60 cm o de 80 cm, una vez alcanzada esta profundidad, se
colocarán cinturones horizontales de entibación, formados por dos o tres tablas horizontales,
sostenidas por tablones verticales que a su vez estarán apuntalados con maderas o gatos
metálicos. Cuando la entibación se ejecute con tablas verticales, se colocarán según la
naturaleza, actuando por secciones sucesivas, de 1,80 m de profundidad como máximo,
sosteniendo las paredes con tablas de 2 m, dispuestas verticalmente, quedando sujetas por
marcos horizontales. Se recomienda sobrepasar la entibación en una altura de 20 cm sobre
el borde de la zanja para que realice una función de rodapié y evite la caída de objetos y
materiales a la zanja.
En terrenos dudosos se entibará verticalmente a medida que se proceda a la extracción
de tierras.
La entibación permitirá desentibar una franja dejando las restantes entibadas. Los
tableros y codales se dispondrán con su cara mayor en contacto con el terreno o el tablero.
Los codales serán 2 cm más largos que la separación real entre cabeceros opuestos,
llevándolos a su posición mediante golpeteo con maza en sus extremos y, una vez
colocados, deberán vibrar al golpearlos. Se impedirá mediante taquetes clavados el
deslizamiento de codales, cabeceros y tensores. Los empalmes de cabeceros se realizarán a
tope, disponiendo codales a ambos lados de la junta.
En terrenos sueltos las tablas o tablones estarán aguzados en un extremo para clavarlos
antes de excavar cada franja, dejando empotrado en cada descenso no menos de 20 cm.
Cuando se efectúe la excavación en una arcilla que se haga fluida en el momento del trabajo
o en una capa acuífera de arena fina, se deberán emplear gruesas planchas de entibación y
un sólido apuntalamiento, pues en caso contrario puede producirse el hundimiento de dicha
capa.
Al finalizar la jornada no deberán quedar paños excavados sin entibar, que figuren con
esta circunstancia en la documentación técnica. Diariamente y antes de comenzar los
trabajos se revisará el estado de las entibaciones, reforzándolas si fuese necesario, tensando
los codales que se hayan aflojado. Se extremarán estas prevenciones después de
interrupciones de trabajo de más de un día o por alteraciones atmosféricas, como lluvias o
heladas.
Evacuación de las aguas y agotamientos:
Se adoptarán las medidas necesarias para mantener libre de agua la zona de las
excavaciones. Las aguas superficiales serán desviadas y encauzadas antes de que alcancen
las proximidades de los taludes o paredes de la excavación, para evitar que la estabilidad del
terreno pueda quedar disminuida por un incremento de presión del agua intersticial y no se
produzcan erosiones de los taludes. Según el CTE DB SE C, apartado 7.2.1, será preceptivo
disponer un adecuado sistema de protección de escorrentías superficiales que pudieran
alcanzar al talud, y de drenaje interno que evite la acumulación de agua en el trasdós del
talud.
Empleo de los productos de excavación:
Todos los materiales que se obtengan de la excavación se utilizarán en la formación de
rellenos, y demás usos fijados en el proyecto.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 El relleno del trasdós de los muros, se realizará cuando éstos tengan la resistencia
necesaria. Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.3, el relleno que se coloque adyacente a
estructuras debe disponerse en tongadas de espesor limitado y compactarse con medios de
energía pequeña para evitar daño a estas construcciones. Sobre las capas en ejecución
deberá prohibirse la acción de todo tipo de tráfico hasta que se haya completado su
compactación. Si ello no fuera factible, el tráfico que necesariamente tenga que pasar sobre
ellas se distribuirá de forma que no se concentren huellas de rodadas en la superficie.
Caballeros o depósitos de tierra:
El material vertido en caballeros no se podrá colocar de forma que represente un peligro
para construcciones existentes, por presión directa o por sobrecarga sobre el terreno
contiguo.
Los caballeros deberán tener forma regular, y superficies lisas que favorezcan la
escorrentía de las aguas, y taludes estables que eviten cualquier derrumbamiento.
Cuando al excavar se encuentre cualquier anomalía no prevista como variación de
estratos o de sus características, emanaciones de gas, restos de construcciones, valores
arqueológicos, se parará la obra, al menos en este tajo, y se comunicará a la dirección
facultativa.
Tolerancias admisibles
Desmonte: no se aceptaran franjas excavadas con altura mayor de 1,65 m con medios
manuales.
Condiciones de terminación
La superficie de la explanada quedará limpia y los taludes estables.
Control de ejecución, ensayos y pruebas
Control de ejecución
Puntos de observación:
-
Limpieza y desbroce del terreno.
Situación del elemento.
Cota de la explanación.
Situación de vértices del perímetro.
Distancias relativas a otros elementos.
Forma y dimensiones del elemento.
Altura: grosor de la franja excavada.
Condiciones de borde exterior.
Limpieza de la superficie de la explanada en cuanto a eliminación de restos vegetales y
restos susceptibles de pudrición.
-
Entibación de zanja.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Replanteo, no admitiéndose errores superiores al 2,5/1000 y variaciones en ± 10 cm.
Se comprobará una escuadría, y la separación y posición de la entibación, no aceptándose
que sean inferiores, superiores y/o distintas a las especificadas.
Conservación y mantenimiento
No se abandonará el tajo sin haber acodalado o tensado la parte inferior de la última franja
excavada. Se protegerá el conjunto de la entibación frente a filtraciones y acciones de
erosión por parte de las aguas de escorrentía. Terraplenes: se mantendrán protegidos los
bordes ataluzados contra la erosión, cuidando que la vegetación plantada no se seque, y en
su coronación, contra la acumulación de agua, limpiando los desagües y canaletas cuando
estén obstruidos; asimismo, se cortará el suministro de agua cuando se produzca una fuga
en la red, junto a un talud. Las entibaciones o parte de éstas sólo se quitarán cuando dejen
de ser necesarias y por franjas horizontales, comenzando por la parte inferior del corte. No
se concentrarán cargas excesivas junto a la parte superior de bordes ataluzados ni se
modificará la geometría del talud socavando en su pie o coronación. Cuando se observen
grietas paralelas al borde del talud se consultará a la dirección facultativa, que dictaminará
su importancia y, en su caso, la solución a adoptar. No se depositarán basuras, escombros
o productos sobrantes de otros tajos, y se regará regularmente. Los taludes expuestos a
erosión potencial deberán protegerse para garantizar la permanencia de su adecuado nivel
de seguridad.
1.1.2 Rellenos del terreno
Descripción
Obras consistentes en la extensión y compactación de suelos procedentes de excavaciones
o préstamos que se realizan en zanjas y pozos.
Criterios de medición y valoración de unidades
- Metro cúbico de relleno y extendido de material filtrante, compactado, incluso refino de
taludes.
-
Metro cúbico de relleno de zanjas o pozos, con tierras propias, tierras de préstamo y
arena, compactadas por tongadas uniformes, con pisón manual o bandeja vibratoria.
Prescripciones sobre los productos
Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
-
Tierras o suelos procedentes de la propia excavación o de préstamos autorizados.
Se incluyen la mayor parte de los suelos predominantemente granulares e incluso algunos
productos resultantes de la actividad industrial tales como ciertas escorias y cenizas
pulverizadas. Los productos manufacturados, como agregados ligeros, podrán utilizarse en
algunos casos. Los suelos cohesivos podrán ser tolerables con unas condiciones especiales
de selección, colocación y compactación.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.1, se requerirá disponer de un material de
características adecuadas al proceso de colocación y compactación y que permita obtener,
después del mismo, las necesarias propiedades geotécnicas.
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla en la
Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de la
documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea
pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y
el control mediante ensayos.
-
Tierras o suelos procedentes de la propia excavación o de préstamos autorizados.
Previa a la extensión del material se comprobará que es homogéneo y que su humedad es
la adecuada para evitar su segregación durante su puesta en obra y obtener el grado de
compactación exigido.
Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.2, se tomarán en consideración para la selección del
material de relleno los siguientes aspectos: granulometría; resistencia a la trituración y
desgaste; compactibilidad; permeabilidad; plasticidad; resistencia al subsuelo; contenido en
materia orgánica; agresividad química; efectos contaminantes; solubilidad; inestabilidad de
volumen; susceptibilidad a las bajas temperaturas y a la helada; resistencia a la intemperie;
posibles cambios de propiedades debidos a la excavación, transporte y colocación; posible
cementación tras su colocación.
En caso de duda deberá ensayarse el material de préstamo. El tipo, número y frecuencia de
los ensayos dependerá del tipo y heterogeneidad del material y de la naturaleza de la
construcción en que vaya a utilizarse el relleno.
Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.2, normalmente no se utilizarán los suelos expansivos
o solubles. Tampoco los susceptibles a la helada o que contengan, en alguna proporción,
hielo, nieve o turba si van a emplearse como relleno estructural.
Almacenamiento y manipulación (criterios de uso, conservación y mantenimiento)
Los acopios de cada tipo de material se formarán y explotarán de forma que se evite su
segregación y contaminación, evitándose una exposición prolongada del material a la
intemperie, formando los acopios sobre superficies no contaminantes y evitando las mezclas
de materiales de distintos tipos.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas
La excavación de la zanja o pozo presentará un aspecto cohesivo. Se habrán eliminado los
lentejones y los laterales y fondos estarán limpios y perfilados.
Cuando el relleno tenga que asentarse sobre un terreno en el que existan corrientes de
agua superficial o subálvea, se desviarán las primeras y captarán las segundas,
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 conduciéndolas fuera del área donde vaya a realizarse el relleno, ejecutándose éste
posteriormente.
Proceso de ejecución
Ejecución
Según el CTE DB SE C, apartado 4.5.3, antes de proceder al relleno, se ejecutará una
buena limpieza del fondo y, si es necesario, se apisonará o compactará debidamente.
Previamente a la colocación de rellenos bajo el agua debe dragarse cualquier suelo blando
existente. Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.3, los procedimientos de colocación y
compactación del relleno deben asegurar su estabilidad en todo momento, evitando además
cualquier perturbación del subsuelo natural.
En general, se verterán las tierras en el orden inverso al de su extracción cuando el relleno
se realice con tierras propias. Se rellenará por tongadas apisonadas de 20 cm, exentas las
tierras de áridos o terrones mayores de 8 cm. Si las tierras de relleno son arenosas, se
compactará con bandeja vibratoria. El relleno en el trasdós del muro se realizará cuando
éste tenga la resistencia necesaria y no antes de 21 días si es de hormigón. Según el CTE
DB SE C, apartado 7.3.3, el relleno que se coloque adyacente a estructuras debe
disponerse en tongadas de espesor limitado y compactarse con medios de energía pequeña
para evitar daño a estas construcciones.
Tolerancias admisibles
El relleno se ajustará a lo especificado y no presentará asientos en su superficie. Se
comprobará, para volúmenes iguales, que el peso de muestras de terreno apisonado no sea
menor que el terreno inalterado colindante. Si a pesar de las precauciones adoptadas, se
produjese una contaminación en alguna zona del relleno, se eliminará el material afectado,
sustituyéndolo por otro en buenas condiciones.
Control de ejecución, ensayos y pruebas
Control de ejecución
Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.4, el control de un relleno debe asegurar que el
material, su contenido de humedad en la colocación y su grado final de compacidad
obedecen a lo especificado.
Ensayos y pruebas
Según el CTE DB SE C, apartado 7.3.4, el grado de compacidad se especificará como
porcentaje del obtenido como máximo en un ensayo de referencia como el Proctor. En
escolleras o en rellenos que contengan una proporción alta de tamaños gruesos no son
aplicables los ensayos Proctor. En este caso se comprobará la compacidad por métodos de
campo, tales como definir el proceso de compactación a seguir en un relleno de prueba,
comprobar el asentamiento de una pasada adicional del equipo de compactación,
realización de ensayos de carga con placa o el empleo de métodos sísmicos o dinámicos.
Conservación y mantenimiento
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 El relleno se ejecutará en el menor plazo posible, cubriéndose una vez terminado, para
evitar en todo momento la contaminación del relleno por materiales extraños o por agua de
lluvia que produzca encharcamientos superficiales.
1.1.3 Transportes de tierras y escombros
Descripción
Trabajos destinados a trasladar a vertedero las tierras sobrantes de la excavación y los
escombros.
Criterios de medición y valoración de unidades
Metro cúbico de tierras o escombros sobre camión, para una distancia determinada a la
zona de vertido, considerando tiempos de ida, descarga y vuelta, pudiéndose incluir o no el
tiempo de carga y/o la carga, tanto manual como con medios mecánicos.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas
Se organizará el tráfico determinando zonas de trabajos y vías de circulación.
Cuando en las proximidades de la excavación existan tendidos eléctricos, con los hilos
desnudos, se deberá tomar alguna de las siguientes medidas:
Desvío de la línea.
Corte de la corriente eléctrica.
Protección de la zona mediante apantallados.
Se guardarán las máquinas y vehículos a una distancia de seguridad determinada en
función de la carga eléctrica.
Proceso de ejecución
Ejecución
En caso de que la operación de descarga sea para la formación de terraplenes, será
necesario el auxilio de una persona experta para evitar que al acercarse el camión al borde
del terraplén, éste falle o que el vehículo pueda volcar, siendo conveniente la instalación de
topes, a una distancia igual a la altura del terraplén, y/o como mínimo de 2 m.
Se acotará la zona de acción de cada máquina en su tajo. Cuando sea marcha atrás o el
conductor esté falto de visibilidad estará auxiliado por otro operario en el exterior del
vehículo. Se extremarán estas precauciones cuando el vehículo o máquina cambie de tajo
y/o se entrecrucen itinerarios.
La operación de vertido de materiales será manualmente.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Para transportes de tierras se hará uso de Contenedores en el exterior del edificio, siendo
portados manualmente o con auxulio de carretillas o similar.
Control de ejecución, ensayos y pruebas
Control de ejecución
Se controlará que el camión de transporte, no sea cargado con una sobrecarga superior a la
autorizada.
1.1.4 Vaciado del terreno
Descripción
Excavaciones a cielo abierto realizadas con medios manuales y/o mecánicos, que en todo
su perímetro quedan por debajo del suelo, para anchos de excavación superiores a 2 m.
Criterios de medición y valoración de unidades
Metro cúbico de excavación a cielo abierto, medido en perfil natural una vez
comprobado que dicho perfil es el correcto, en todo tipo de terrenos (deficientes, blandos,
medios, duros y rocosos), con medios manuales o mecánicos (pala cargadora, compresor,
martillo rompedor). Se establecerán los porcentajes de cada tipo de terreno referidos al
volumen total. El exceso de excavación deberá justificarse a efectos de abono.
Metro cuadrado de entibación, totalmente terminada, incluyendo los clavos y cuñas
necesarios, retirada, limpieza y apilado del material.
Prescripciones sobre los productos
Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla en la
Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de la
documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea
pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y
el control mediante ensayos.
-
Entibaciones:
Elementos de madera resinosa, de fibra recta, como pino o abeto: tableros, cabeceros,
codales, etc. La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase I/80. El contenido
mínimo de humedad en la madera no será mayor del 15%. La madera no presentará
principio de pudrición, alteraciones ni defectos.
-
Tensores circulares de acero protegido contra la corrosión.
-
Sistemas prefabricados metálicos y de madera: tableros, placas, puntales, etc.
-
Elementos complementarios: puntas, gatos, tacos, etc.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 -
Maquinaria: pala cargadora, compresor, martillo neumático, martillo rompedor.
-
Materiales auxiliares: explosivos, bomba de agua.
Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de los productos, según su utilización,
estos podrán ser los que se indican:
Entibaciones de madera: ensayos de características físico-mecánicas: contenido de
humedad. Peso específico. Higroscopicidad. Coeficiente de contracción volumétrica.
Dureza. Resistencia a compresión. Resistencia a la flexión estática; con el mismo ensayo y
midiendo la fecha a rotura, determinación del módulo de elasticidad E. Resistencia a la
tracción. Resistencia a la hienda. Resistencia a esfuerzo cortante.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas
Las camillas del replanteo serán dobles en los extremos de las alineaciones y estarán
separadas del borde del vaciado no menos de 1 m.
Se dispondrán puntos fijos de referencia en lugares que no puedan ser afectados por el
vaciado, a los cuales se referirán todas las lecturas de cotas de nivel y desplazamientos
horizontales y verticales de los puntos del terreno. Las lecturas diarias de los
desplazamientos referidos a estos puntos se anotarán en un estadillo para su control por la
dirección facultativa.
Para las instalaciones que puedan ser afectadas por el vaciado, se recabará de sus
Compañías la posición y solución a adoptar, así como la distancia de seguridad a tendidos
aéreos de conducción de energía eléctrica. Además se comprobará la distancia, profundidad
y tipo de la cimentación y estructura de contención de los edificios que puedan ser afectados
por el vaciado.
Antes del inicio de los trabajos, se presentarán a la aprobación de la dirección facultativa los
cálculos justificativos de las entibaciones a realizar, que podrán ser modificados por la
misma cuando lo considere necesario. La elección del tipo de entibación dependerá del tipo
de terreno, de las solicitaciones por cimentación próxima o vial y de la profundidad del corte.
Proceso de ejecución
Ejecución
El contratista deberá asegurar la estabilidad de los taludes y paredes de todas las
excavaciones que realice, y aplicar oportunamente los medios de sostenimiento, entibación,
refuerzo y protección superficial del terreno apropiados, a fin de impedir desprendimientos y
deslizamientos que pudieran causar daños a personas o a las obras.
Entibaciones (se tendrán en cuenta las prescripciones respecto a las mismas del
capítulo 2.1.1 Explanaciones):
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Antes de comenzar los trabajos se revisará el estado de las entibaciones, reforzándolas si
fuera necesario, así como las construcciones próximas, comprobando si se observan
asientos o grietas. Las uniones entre piezas garantizarán la rigidez y el monolitismo del
conjunto. Se adoptarán las medidas necesarias para evitar la entrada de agua y mantener
libre de agua la zona de las excavaciones. A estos fines se construirán las protecciones,
zanjas y cunetas, drenajes y conductos de desagüe que sean necesarios. Si apareciera el
nivel freático, se mantendrá la excavación libre de agua así como el relleno posterior, para
ello se dispondrá de bombas de agotamiento, desagües y canalizaciones de capacidad
suficiente.
Los pozos de acumulación y aspiración de agua se situarán fuera del perímetro de la
cimentación y la succión de las bombas no producirá socavación o erosiones del terreno, ni
del hormigón colocado.
No se realizará la excavación del terreno a tumbo, socavando el pie de un macizo para
producir su vuelco.
No se acumularán terrenos de excavación junto al borde del vaciado, separándose del
mismo una distancia igual o mayor a dos veces la profundidad del vaciado. En tanto se
efectúe la consolidación definitiva de las paredes y fondo del vaciado, se conservarán las
contenciones, apuntalamientos y apeos realizados. El refino y saneo de las paredes del
vaciado se realizará para cada profundidad parcial no mayor de 3 m.
En caso de lluvia y suspensión de los trabajos, los frentes y taludes quedarán protegidos. Se
suspenderán los trabajos de excavación cuando se encuentre cualquier anomalía no
prevista, como variación de los estratos, cursos de aguas subterráneas, restos de
construcciones, valores arqueológicos, y se comunicará a la dirección facultativa.
Según el CTE DB SE C, apartado 7.2.2.2, la prevención de caída de bloques requerirá la
utilización adecuada de mallas de retención.
-
El vaciado se podrá realizar:
Sin bataches: el terreno se excavará entre los límites laterales hasta la profundidad definida
en la documentación. El ángulo del talud será el especificado en proyecto. El vaciado se
realizará por franjas horizontales de altura no mayor que 1,50 m o que 3 m, según se
ejecute a mano o a máquina, respectivamente. En los bordes con elementos estructurales
de contención y/o medianeros, la máquina trabajará en dirección no perpendicular a ellos y
se dejará sin excavar una zona de protección de ancho no menor que 1 m, que se quitará a
mano antes de descender la máquina en ese borde a la franja inferior.
Con bataches: una vez replanteados los bataches se iniciará, por uno de los extremos del
talud, la excavación alternada de los mismos. A continuación se realizarán los elementos
estructurales de contención en las zonas excavadas y en el mismo orden. Los bataches se
realizarán, en general, comenzando por la parte superior cuando se realicen a mano y por
su parte inferior cuando se realicen con máquina.
-
Nivelación, compactación y saneo del fondo:
En la superficie del fondo del vaciado, se eliminarán la tierra y los trozos de roca sueltos, así
como las capas de terreno inadecuado o de roca alterada que por su dirección o
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 consistencia pudieran debilitar la resistencia del conjunto. Se limpiarán también las grietas y
hendiduras rellenándolas con hormigón o con material compactado.
También los laterales del vaciado quedarán limpios y perfilados.
La excavación presentará un aspecto cohesivo. Se eliminarán los lentejones y se repasará
posteriormente.
Tolerancias admisibles
-
Condiciones de no aceptación:
Errores en las dimensiones del replanteo superiores al 2,5/1000 y variaciones de 10 cm.
Zona de protección de elementos estructurales inferior a 1 m.
Angulo de talud superior al especificado en más de 2 º.
Las irregularidades que excedan de las tolerancias admitidas, deberán ser corregidas.
Condiciones de terminación
Una vez alcanzada la cota inferior del vaciado, se hará una revisión general de las
edificaciones medianeras para observar las lesiones que hayan surgido, tomando las
medidas oportunas.
Control de ejecución, ensayos y pruebas
Control de ejecución
Puntos de observación:
-
Replanteo:
Dimensiones en planta y cotas de fondo.
-
Durante el vaciado del terreno:
Comparación de los terrenos atravesados con lo previsto en el proyecto y en el estudio
geotécnico.
Identificación del terreno del fondo de la excavación. Compacidad.
Comprobación de la cota del fondo.
Excavación colindante a medianerías. Precauciones. Alcanzada la cota inferior del vaciado,
se hará una revisión general de las edificaciones medianeras.
Nivel freático en relación con lo previsto.
Defectos evidentes, cavernas, galerías, colectores, etc.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Entibación. Se mantendrá un control permanente de las entibaciones y sostenimientos,
reforzándolos y/o sustituyéndolos si fuera necesario.
Altura: grosor de la franja excavada.
Conservación y mantenimiento
No se abandonará el tajo sin haber acodalado o tensado la parte inferior de la última franja
excavada. Las entibaciones o parte de éstas sólo se quitarán cuando dejen de ser
necesarias y por franjas horizontales, comenzando por la parte inferior del corte.
Se tomarán las medidas necesarias para asegurar que las características geométricas
permanezcan estables, protegiéndose el vaciado frente a filtraciones y acciones de erosión
o desmoronamiento por parte de las aguas de escorrentía.
1.1.5 Zanjas y pozos
Descripción
Excavaciones abiertas y asentadas en el terreno, accesibles a operarios, realizadas con
medios manuales o mecánicos, con ancho o diámetro no mayor de 2 m ni profundidad
superior a 7 m.
Las zanjas son excavaciones con predominio de la longitud sobre las otras dos
dimensiones, mientras que los pozos son excavaciones de boca relativamente estrecha con
relación a su profundidad.
Criterios de medición y valoración de unidades
Metro cúbico de excavación a cielo abierto, medido sobre planos de perfiles
transversales del terreno, tomados antes de iniciar este tipo de excavación, y aplicadas las
secciones teóricas de la excavación, en terrenos deficientes, blandos, medios, duros y
rocosos, con medios manuales o mecánicos.
Metro cuadrado de refino, limpieza de paredes y/o fondos de la excavación y
nivelación de tierras, en terrenos deficientes, blandos, medios y duros, con medios
manuales o mecánicos, sin incluir carga sobre transporte.
Metro cuadrado de entibación, totalmente terminada, incluyendo los clavos y cuñas
necesarios, retirada, limpieza y apilado del material.
Prescripciones sobre los productos
Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla en la
Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de la
documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y
el control mediante ensayos.
-
Entibaciones:
Elementos de madera resinosa, de fibra recta, como pino o abeto: tableros, cabeceros,
codales, etc. La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase I/80. El contenido
mínimo de humedad en la madera no será mayor del 15%. La madera no presentará
principio de pudrición, alteraciones ni defectos.
-
Tensores circulares de acero protegido contra la corrosión.
-
Sistemas prefabricados metálicos y de madera: tableros, placas, puntales, etc.
-
Elementos complementarios: puntas, gatos, tacos, etc.
-
Maquinaria: pala cargadora, compresor, martillo neumático, martillo rompedor.
-
Materiales auxiliares: explosivos, bomba de agua.
Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de los productos, según su utilización,
estos podrán ser los que se indican:
Entibaciones de madera: ensayos de características físico-mecánicas: contenido de
humedad. Peso específico. Higroscopicidad. Coeficiente de contracción volumétrica.
Dureza. Resistencia a compresión. Resistencia a la flexión estática; con el mismo ensayo y
midiendo la fecha a rotura, determinación del módulo de elasticidad E. Resistencia a la
tracción. Resistencia a la hienda. Resistencia a esfuerzo cortante.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas
En todos los casos se deberá llevar a cabo un estudio previo del terreno con objeto de
conocer la estabilidad del mismo.
Antes del inicio de los trabajos, se presentarán a la aprobación de la dirección facultativa los
cálculos justificativos de las entibaciones a realizar, que podrán ser modificados por la
misma cuando lo considere necesario. La elección del tipo de entibación dependerá del tipo
de terreno, de las solicitaciones por cimentación próxima o vial y de la profundidad del corte.
Cuando las excavaciones afecten a construcciones existentes, se hará previamente un
estudio en cuanto a la necesidad de apeos en todas las partes interesadas en los trabajos.
Antes de comenzar las excavaciones, estarán aprobados por la dirección facultativa el
replanteo y las circulaciones que rodean al corte. Las camillas de replanteo serán dobles en
los extremos de las alineaciones, y estarán separadas del borde del vaciado no menos de 1
m. Se dispondrán puntos fijos de referencia, en lugares que no puedan ser afectados por la
excavación, a los que se referirán todas las lecturas de cotas de nivel y desplazamientos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 horizontales y/o verticales de los puntos del terreno y/o edificaciones próximas señalados en
la documentación técnica. Se determinará el tipo, situación, profundidad y dimensiones de
cimentaciones que estén a una distancia de la pared del corte igual o menor de dos veces la
profundidad de la zanja.
El contratista notificará a la dirección facultativa, con la antelación suficiente el comienzo de
cualquier excavación, a fin de que éste pueda efectuar las mediciones necesarias sobre el
terreno inalterado.
Proceso de ejecución
Ejecución
Una vez efectuado el replanteo de las zanjas o pozos, la dirección facultativa autorizará el
inicio de la excavación. La excavación continuará hasta llegar a la profundidad señalada en
los planos y obtenerse una superficie firme y limpia a nivel o escalonada. El comienzo de la
excavación de zanjas o pozos, cuando sea para cimientos, se acometerá cuando se
disponga de todos los elementos necesarios para proceder a su construcción, y se
excavarán los últimos 30 cm en el momento de hormigonar.
Entibaciones (se tendrán en cuenta las prescripciones respecto a las mismas del
capítulo 2.1.1 Explanaciones):
En general, se evitará la entrada de aguas superficiales a las excavaciones, achicándolas lo
antes posible cuando se produzcan, y adoptando las soluciones previstas para el
saneamiento de las profundas. Cuando los taludes de las excavaciones resulten inestables,
se entibarán. En tanto se efectúe la consolidación definitiva de las paredes y fondo de la
excavación, se conservarán las contenciones, apuntalamientos y apeos realizados para la
sujeción de las construcciones y/o terrenos adyacentes, así como de vallas y/o
cerramientos. Una vez alcanzadas las cotas inferiores de los pozos o zanjas de cimentación,
se hará una revisión general de las edificaciones medianeras. Se excavará el terreno en
zanjas o pozos de ancho y profundo según la documentación técnica. Se realizará la
excavación por franjas horizontales de altura no mayor a la separación entre codales más 30
cm, que se entibará a medida que se excava. Los productos de excavación de la zanja,
aprovechables para su relleno posterior, se podrán depositar en caballeros situados a un
solo lado de la zanja, y a una separación del borde de la misma de un mínimo de 60 cm.
-
Pozos y zanjas:
Según el CTE DB SE C, apartado 4.5.1.3, la excavación debe hacerse con sumo cuidado
para que la alteración de las características mecánicas del suelo sea la mínima inevitable.
Las zanjas y pozos de cimentación tendrán las dimensiones fijadas en el proyecto. La cota
de profundidad de estas excavaciones será la prefijada en los planos, o las que la dirección
facultativa ordene por escrito o gráficamente a la vista de la naturaleza y condiciones del
terreno excavado.
Los pozos, junto a cimentaciones próximas y de profundidad mayor que éstas, se excavarán
con las siguientes prevenciones:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 - reduciendo, cuando se pueda, la presión de la cimentación próxima sobre el terreno,
mediante apeos;
- realizando los trabajos de excavación y consolidación en el menor tiempo posible;
No se considerarán pozos abiertos los que ya posean estructura definitiva y consolidada de
contención o se hayan rellenado compactando el terreno.
Cuando la excavación de la zanja se realice por medios mecánicos, además, será
necesario:
- que el terreno admita talud en corte vertical para esa profundidad;
- que la separación entre el tajo de la máquina y la entibación no sea mayor de vez y media
la profundidad de la zanja en ese punto.
En general, los bataches comenzarán por la parte superior cuando se realicen a mano y por
la inferior cuando se realicen a máquina. Se acotará, en caso de realizarse a máquina, la
zona de acción de cada máquina. Podrán vaciarse los bataches sin realizar previamente la
estructura de contención, hasta una profundidad máxima, igual a la altura del plano de
cimentación próximo más la mitad de la distancia horizontal, desde el borde de coronación
del talud a la cimentación o vial más próximo. Cuando la anchura del batache sea igual o
mayor de 3 m, se entibará. Una vez replanteados en el frente del talud, los bataches se
iniciarán por uno de los extremos, en excavación alternada. No se acumulará el terreno de
excavación, ni otros materiales, junto al borde del batache, debiendo separarse del mismo
una distancia no menor de dos veces su profundidad.
Según el CTE DB SE C, apartado 4.5.1.3, aunque el terreno firme se encuentre muy
superficial, es conveniente profundizar de 0,5 m a 0,8 m por debajo de la rasante.
-
Refino, limpieza y nivelación.
Se retirarán los fragmentos de roca, lajas, bloques y materiales térreos, que hayan quedado
en situación inestable en la superficie final de la excavación, con el fin de evitar posteriores
desprendimientos. El refino de tierras se realizará siempre recortando y no recreciendo, si
por alguna circunstancia se produce un sobreancho de excavación, inadmisible bajo el punto
de vista de estabilidad del talud, se rellenará con material compactado. En los terrenos
meteorizables o erosionables por lluvias, las operaciones de refino se realizarán en un plazo
comprendido entre 3 y 30 días, según la naturaleza del terreno y las condiciones
climatológicas del sitio.
Tolerancias admisibles
Comprobación final:
El fondo y paredes de las zanjas y pozos terminados, tendrán las formas y dimensiones
exigidas, con las modificaciones inevitables autorizadas, debiendo refinarse hasta conseguir
unas diferencias de ±5 cm, con las superficies teóricas.
Se comprobará que el grado de acabado en el refino de taludes, será el que se pueda
conseguir utilizando los medios mecánicos, sin permitir desviaciones de línea y pendiente,
superiores a 15 cm, comprobando con una regla de 4 m.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Las irregularidades localizadas, previa a su aceptación, se corregirán de acuerdo con las
instrucciones de la dirección facultativa.
Se comprobarán las cotas y pendientes, verificándolo con las estacas colocadas en los
bordes del perfil transversal de la base del firme y en los correspondientes bordes de la
coronación de la trinchera.
Condiciones de terminación
Se conservarán las excavaciones en las condiciones de acabado, tras las operaciones de
refino, limpieza y nivelación, libres de agua y con los medios necesarios para mantener la
estabilidad.
Según el CTE DB SE C, apartado 4.5.1.3, una vez hecha la excavación hasta la profundidad
necesaria y antes de constituir la solera de asiento, se nivelará bien el fondo para que la
superficie quede sensiblemente de acuerdo con el proyecto, y se limpiará y apisonará
ligeramente.
Control de ejecución, ensayos y pruebas
Control de ejecución
Puntos de observación:
-
Replanteo:
Cotas entre ejes.
Dimensiones en planta.
Zanjas y pozos. No aceptación de errores superiores al 2,5/1000 y variaciones iguales o
superiores a ± 10 cm.
-
Durante la excavación del terreno:
Comparar terrenos atravesados con lo previsto en proyecto y estudio geotécnico.
Identificación del terreno de fondo en la excavación. Compacidad.
Comprobación de la cota del fondo.
Excavación colindante a medianerías. Precauciones.
Nivel freático en relación con lo previsto.
Defectos evidentes, cavernas, galerías, colectores, etc.
Agresividad del terreno y/o del agua freática.
Entibación de zanja:
Replanteo, no admitiéndose errores superiores al 2,5/1000 y variaciones en ± 10 cm.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Se comprobará una escuadría, separación y posición de la entibación, no aceptándose que
sean inferiores, superiores y/o distintas a las especificadas.
2 Estructuras 2.1 Estructuras de acero 2.2 Fábrica estructural 2
Estructuras
2.1
Estructuras de acero
Descripción
Elementos metálicos incluidos en pórticos planos de una o varias plantas, como vigas y
soportes ortogonales con nudos articulados, semirrígidos o rígidos, formados por perfiles
comerciales o piezas armadas, simples o compuestas, que pueden tener elementos de
arriostramiento horizontal metálicos o no metálicos.
Criterios de medición y valoración de unidades
Se especificarán las siguientes partidas, agrupando los elementos de características
similares:
-
Kilogramo de acero en perfil comercial (viga o soporte) especificando clase de acero y
tipo de perfil.
-
Kilogramo de acero en pieza soldada (viga o soporte) especificando clase de acero y tipo
de perfil (referencia a detalle); incluyendo soldadura.
-
Kilogramo de acero en soporte compuesto (empresillado o en celosía) especificando
clase de acero y tipo de perfil (referencia a detalle); incluyendo elementos de enlace y
sus uniones.
-
Unidad de nudo sin rigidizadores especificar soldado o atornillado, y tipo de nudo
(referencia a detalle); incluyendo cordones de soldadura o tornillos.
-
Unidad de nudo con rigidizadores especificar soldado o atornillado, y tipo de nudo
(referencia a detalle); incluyendo cordones de soldadura o tornillos.
-
Unidad de placa de anclaje en cimentación incluyendo anclajes y rigidizadores (si
procede), y especificando tipo de placa (referencia a detalle).
-
Metro cuadrado de pintura anticorrosiva especificando tipo de pintura (imprimación,
manos intermedias y acabado), número de manos y espesor de cada una.
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-
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Metro cuadrado de protección contra fuego (pintura, mortero o aplacado) especificando
tipo de protección y espesor; además, en pinturas igual que en punto anterior, y en
aplacados sistema de fijación y tratamiento de juntas (si procede).
La valoración que así resulta corresponde a la ejecución material de la unidad completa
terminada.
Prescripciones sobre los productos
Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla
en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de
la documentación de los suministros (incluida la del marcado CE cuando sea pertinente), el
control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y el control
mediante ensayos.
-
Aceros en chapas y perfiles (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE, 1.1.4,
19.5.1, 19.5.2)
Los elementos estructurales pueden estar constituidos por los aceros establecidos por
las normas UNE EN 10025:2006 (chapas y perfiles), UNE EN 10210-1:1994 (tubos acabados
en caliente) y UNE EN 10219-1:1998 (tubos conformados en frío).
Los tipos de acero podrán ser S235, S275 y S355; para los de UNE EN 10025:2006 y
otras se admite también el tipo S450; según el CTE DB SE A, tabla 4.1, se establecen sus
características mecánicas.
Para comprobar la ductilidad en cualquier otro caso no incluido en los anteriores, deberá
demostrarse que la temperatura de transición (la mínima a la que la resistencia a rotura dúctil
supera a la frágil) es menor que la mínima de aquellas a las que va a estar sometida la
estructura.
Todos los aceros relacionados son soldables y únicamente se requiere la adopción de
precauciones en el caso de uniones especiales (entre chapas de gran espesor, de espesores
muy desiguales, en condiciones difíciles de ejecución, etc.).
Si el material va a sufrir durante la fabricación algún proceso capaz de modificar su
estructura metalográfica (deformación con llama, tratamiento térmico específico, etc.) se
deben definir los requisitos adicionales pertinentes.
-
Tornillos, tuercas, arandelas (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE,
1.1.3). Estos aceros podrán ser de las calidades 4.6, 5.6, 6.8, 8.8 y 10.9 normalizadas
por ISO; según el CTE DB SE A, tabla 4.3, se establecen sus características mecánicas.
En los tornillos de alta resistencia utilizados como pretensados se controlará el apriete.
-
Materiales de aportación. Las características mecánicas de los materiales de aportación
serán en todos los casos superiores a las del metal base.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 En aceros de resistencia mejorada a la corrosión atmosférica, la resistencia a la
corrosión del material de aportación debe ser equivalente a la del material base; cuando se
suelden este tipo de aceros el valor del carbono equivalente no debe exceder de 0,54.
Los productos especificados por UNE EN 10025:2006 deben suministrarse con
inspección y ensayos, específicos (sobre los productos suministrados) o no específicos (no
necesariamente sobre los productos suministrados), que garanticen su conformidad con el
pedido y con la norma. El comprador debe especificar al fabricante el tipo de documento de
inspección requerido conforme a UNE EN 10204:2006 (tabla A.1). Los productos deben
marcarse de manera legible utilizando métodos tales como la pintura, el troquelado, el
marcado con láser, el código de barras o mediante etiquetas adhesivas permanentes o
etiquetas fijas con los siguientes datos: el tipo, la calidad y, si fuera aplicable, la condición de
suministro mediante su designación abreviada (N, conformado de normalización; M,
conformado termomecánico); el tipo de marcado puede especificarse en el momento de
efectuar el pedido.
Los productos especificados por UNE EN 10210 y UNE EN 10219 deben ser
suministrados después de haber superado los ensayos e inspecciones no específicos
recogidos en EN 10021:1994 con una testificación de inspección conforme a la norma UNE
EN 10204, salvo exigencias contrarias del comprador en el momento de hacer el pedido.
Cada perfil hueco debe ser marcado por un procedimiento adecuado y duradero, como la
aplicación de pintura, punzonado o una etiqueta adhesiva en la que se indique la designación
abreviada (tipo y grado de acero) y el nombre del fabricante; cuando los productos se
suministran en paquetes, el marcado puede ser indicado en una etiqueta fijada sólidamente
al paquete.
Para todos los productos se verificarán las siguientes condiciones técnicas generales de
suministro, según UNE EN 10021:
-
Si se suministran a través de un transformador o intermediario, se deberá remitir al
comprador, sin ningún cambio, la documentación del fabricante como se indica en UNE
EN 10204, acompañada de los medios oportunos para identificar el producto, de forma
que se pueda establecer la trazabilidad entre la documentación y los productos; si el
transformador o intermediario ha modificado en cualquier forma las condiciones o las
dimensiones del producto, debe facilitar un documento adicional de conformidad con las
nuevas condiciones.
-
Al hacer el pedido, el comprador deberá establecer que tipo de documento solicita, si es
que requiere alguno y, en consecuencia, indicar el tipo de inspección: específica o no
específica en base a una inspección no específica, el comprador puede solicitar al
fabricante que le facilite una testificación de conformidad con el pedido o una
testificación de inspección; si se solicita una testificación de inspección, deberá indicar
las características del producto cuyos resultados de los ensayos deben recogerse en
este tipo de documento, en el caso de que los detalles no estén recogidos en la norma
del producto.
-
Si el comprador solicita que la conformidad de los productos se compruebe mediante
una inspección específica, en el pedido se concretará cual es el tipo de documento
requerido: un certificado de inspección tipo 3.1 ó 3.2 según la norma UNE EN 10204, y si
no está definido en la norma del producto: la frecuencia de los ensayos, los requisitos
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 para el muestreo y la preparación de las muestras y probetas, los métodos de ensayo y,
si procede, la identificación de las unidades de inspección
El proceso de control de esta fase debe contemplar los siguientes aspectos:
-
En los materiales cubiertos por marcas, sellos o certificaciones de conformidad
reconocidos por las Administraciones Públicas competentes, este control puede limitarse
a un certificado expedido por el fabricante que establezca de forma inequívoca la traza
que permita relacionar cada elemento de la estructura con el certificado de origen que lo
avala.
-
Si no se incluye una declaración del suministrador de que los productos o materiales
cumplen con la Parte I del presente Pliego, se tratarán como productos o materiales no
conformes.
-
Cuando se empleen materiales que por su carácter singular no queden cubiertos por una
norma nacional específica a la que referir la certificación (arandelas deformables,
tornillos sin cabeza, conectadores, etc.) se podrán utilizar normas o recomendaciones de
prestigio reconocido.
-
Cuando haya que verificar las tolerancias dimensionales de los perfiles comerciales se
tendrán en cuenta las siguientes normas:
serie IPN: UNE EN 10024:1995
series IPE y HE: UNE EN 10034:1994
serie UPN: UNE 36522:2001
series L y LD: UNE EN 10056-1:1999 (medidas) y UNE EN 10056-2:1994 (tolerancias)
tubos: UNE EN 10219:1998 (parte 1: condiciones de suministro; parte 2: tolerancias)
chapas: EN 10029:1991
Almacenamiento y manipulación (criterios de uso, conservación y mantenimiento)
El almacenamiento y depósito de los elementos constitutivos de la obra se hará de forma
sistemática y ordenada para facilitar su montaje. Se cuidará especialmente que las piezas no
se vean afectadas por acumulaciones de agua, ni estén en contacto directo con el terreno, y
se mantengan las condiciones de durabilidad; para el almacenamiento de los elementos
auxiliares tales como tornillos, electrodos, pinturas, etc., se seguirán las instrucciones dadas
por el fabricante de los mismos.
Las manipulaciones necesarias para la carga, descarga, transporte, almacenamiento a
pie de obra y montaje se realizarán con el cuidado suficiente para no provocar solicitaciones
excesivas en ningún elemento de la estructura y para no dañar ni a las piezas ni a la pintura.
Se cuidarán especialmente, protegiéndolas si fuese necesario, las partes sobre las que
hayan de fijarse las cadenas, cables o ganchos que vayan a utilizarse en la elevación o
sujeción de las piezas de la estructura.
Se corregirá cuidadosamente, antes de proceder al montaje, cualquier abolladura,
comba o torcedura que haya podido provocarse en las operaciones de transporte. Si el efecto
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 no puede ser corregido, o se presume que después de corregido puede afectar a la
resistencia o estabilidad de la estructura, la pieza en cuestión se rechazará, marcándola
debidamente para dejar constancia de ello.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas: soporte
Los elementos no metálicos de la construcción (hormigón, fábricas, etc.) que hayan de
actuar como soporte de elementos estructurales metálicos, deben cumplir las “tolerancias en
las partes adyacentes” indicadas posteriormente dentro de las tolerancias admisibles.
Las bases de los pilares que apoyen sobre elementos no metálicos se calzarán mediante
cuñas de acero separadas entre 4 y 8 cm, después de acuñadas se procederá a la
colocación del número conveniente de vigas de la planta superior y entonces se alinearán y
aplomarán.
Los espacios entre las bases de los pilares y el elemento de apoyo si es de hormigón o
fábrica, se limpiarán y rellenarán, retacando, con mortero u hormigón de cemento portland y
árido, cuya máxima dimensión no sea mayor que 1/5 del espesor del espacio que debe
rellenarse, y de dosificación no menor que 1:2. La consistencia del mortero u hormigón de
relleno será la conveniente para asegurar el llenado completo; en general, será fluida hasta
espesores de 5 cm y más seca para espesores mayores.
Compatibilidad entre los productos, elementos y sistemas constructivos
Las superficies que hayan de quedar en contacto en las uniones con tornillos
pretensados de alta resistencia no se pintarán y recibirán una limpieza y el tratamiento
especificado.
Las superficies que hayan de soldarse no estarán pintadas ni siquiera con la capa de
imprimación en una zona de anchura mínima de 10 cm desde el borde de la soldadura; si se
precisa una protección temporal se pintarán con pintura fácilmente eliminable, que se limpiará
cuidadosamente antes del soldeo.
Para evitar posibles corrosiones es preciso que las bases de pilares y partes
estructurales que puedan estar en contacto con el terreno queden embebidas en hormigón.
No se pintarán estos elementos para evitar su oxidación; si han de permanecer algún tiempo
a la intemperie se recomienda su protección con lechada de cemento.
Se evitará el contacto del acero con otros metales que tengan menos potencial
electrovalente (por ejemplo, plomo, cobre) que le pueda originar corrosión electroquímica;
también se evitará su contacto con materiales de albañilería que tengan comportamiento
higroscópico, especialmente el yeso, que le pueda originar corrosión química.
Proceso de ejecución
Ejecución
Operaciones previas:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Corte: se realizará por medio de sierra, cizalla, corte térmico (oxicorte) automático y,
solamente si este no es posible, oxicorte manual; se especificarán las zonas donde no es
admisible material endurecido tras procesos de corte, como por ejemplo:
Cuando el cálculo se base en métodos plásticos.
A ambos lados de cada rótula plástica en una distancia igual al canto de la pieza.
Cuando predomine la fatiga, en chapas y llantas, perfiles laminados, y tubos sin costura.
Cuando el diseño para esfuerzos sísmicos o accidentales se base en la ductilidad de la
estructura.
Conformado: el acero se puede doblar, prensar o forjar hasta que adopte la forma
requerida, utilizando procesos de conformado en caliente o en frío, siempre que las
características del material no queden por debajo de los valores especificados; según el CTE
DB SE A, apartado 10.2.2, los radios de acuerdo mínimos para el conformado en frío serán
los especificados en dicho apartado.
Perforación: los agujeros deben realizarse por taladrado u otro proceso que proporcione
un acabado equivalente; se admite el punzonado en materiales de hasta 2,5 cm de espesor,
siempre que su espesor nominal no sea mayor que el diámetro nominal del agujero (o su
dimensión mínima si no es circular).
Ángulos entrantes y entallas: deben tener un acabado redondeado con un radio mínimo
de 5 mm.
Superficies para apoyo de contacto: se deben especificar los requisitos de planeidad y
grado de acabado; la planeidad antes del armado de una superficie simple contrastada con
un borde recto, no superará los 0,5 mm, en caso contrario, para reducirla, podrán utilizarse
cuñas y forros de acero inoxidable, no debiendo utilizarse más de tres en cualquier punto que
podrán fijarse mediante soldaduras en ángulo o a tope de penetración parcial.
Empalmes: sólo se permitirán los establecidos en el proyecto o autorizados por la
dirección facultativa, que se realizarán por el procedimiento establecido.
Soldeo:
Se debe proporcionar al personal encargado un plan de soldeo que figurará en los
planos de taller, con todos los detalles de la unión, las dimensiones y tipo de soldadura, la
secuencia de soldeo, las especificaciones sobre el proceso y las medidas necesarias para
evitar el desgarro laminar.
Se consideran aceptables los procesos de soldadura recogidos por UNE EN ISO
4063:2000.
Los soldadores deben estar certificados por un organismo acreditado y cualificarse de
acuerdo con la norma UNE EN 287-1:2004; cada tipo de soldadura requiere la cualificación
específica del soldador que la realiza.
Las superficies y los bordes deben ser apropiados para el proceso de soldeo que se
utilice; los componentes a soldar deben estar correctamente colocados y fijos mediante
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 dispositivos adecuados o soldaduras de punteo, y ser accesibles para el soldador; los
dispositivos provisionales para el montaje deben ser fáciles de retirar sin dañar la pieza; se
debe considerar la utilización de precalentamiento cuando el tipo de acero y/o la velocidad de
enfriamiento puedan producir enfriamiento en la zona térmicamente afectada por el calor.
Para cualquier tipo de soldadura que no figure entre los considerados como habituales
(por puntos, en ángulo, a tope, en tapón y ojal) se indicarán los requisitos de ejecución para
alcanzar un nivel de calidad análogo a ellos; según el CTE DB SE A, apartado 10.7, durante
la ejecución de los procedimientos habituales se cumplirán las especificaciones de dicho
apartado especialmente en lo referente a limpieza y eliminación de defectos de cada pasada
antes de la siguiente.
Según el CTE DB SE A, apartado 10.5, podrán emplearse tornillos avellanados,
calibrados, hexagonales de inyección, o pernos de articulación, si se cumplen las
especificaciones de dicho apartado.
Montaje en blanco. La estructura será provisional y cuidadosamente montada en blanco
en el taller para asegurar la perfecta coincidencia de los elementos que han de unirse y su
exacta configuración geométrica.
Recepción de elementos estructurales. Una vez comprobado que los distintos elementos
estructurales metálicos fabricados en taller satisfacen todos los requisitos anteriores, se
recepcionarán autorizándose su envío a la obra.
Transporte a obra. Se procurará reducir al mínimo las uniones a efectuar en obra,
estudiando cuidadosamente los planos de taller para resolver los problemas de transporte y
montaje que esto pueda ocasionar.
Montaje en obra:
Si todos los elementos recibidos en obra han sido recepcionados previamente en taller
como es aconsejable, los únicos problemas que se pueden plantear durante el montaje son
los debidos a errores cometidos en la obra que debe sustentar la estructura metálica, como
replanteo y nivelación en cimentaciones, que han de verificar los límites establecidos para las
“tolerancias en las partes adyacentes” mencionados en el punto siguiente; las consecuencias
de estos errores son evitables si se tiene la precaución de realizar los planos de taller sobre
cotas de replanteo tomadas directamente de la obra.
Por tanto esta fase de control se reduce a verificar que se cumple el programa de
montaje para asegurar que todas las partes de la estructura, en cualquiera de las etapas de
construcción, tienen arriostramiento para garantizar su estabilidad, y controlar todas las
uniones realizadas en obra visual y geométricamente; además, en las uniones atornilladas se
comprobará el apriete con los mismos criterios indicados para la ejecución en taller, y en las
soldaduras, si se especifica, se efectuarán los controles no destructivos indicados
posteriormente en el “control de calidad de la fabricación”.
Tolerancias admisibles
Los valores máximos admisibles de las desviaciones geométricas, para situaciones
normales, aplicables sin acuerdo especial y necesarias para:
La validez de las hipótesis de cálculo en estructuras con carga estática.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Según el CTE DB SE A, apartado 11, se definen las tolerancias aceptables para
edificación en ausencia de otros requisitos y corresponden a:
Tolerancias de los elementos estructurales.
Tolerancias de la estructura montada.
Tolerancias de fabricación en taller.
Tolerancias en las partes adyacentes.
Condiciones de terminación
Previamente a la aplicación de los tratamientos de protección, se prepararán las
superficies reparando todos los defectos detectados en ellas, tomando como referencia los
principios generales de la norma UNE EN ISO 8504-1:2002, particularizados por UNE EN
ISO 8504-2:2002 para limpieza con chorro abrasivo y por UNE EN ISO 8504-3:2002 para
limpieza por herramientas motorizadas y manuales.
En superficies de rozamiento se debe extremar el cuidado en lo referente a ejecución y
montaje en taller, y se protegerán con cubiertas impermeables tras la preparación hasta su
armado.
Las superficies que vayan a estar en contacto con el hormigón sólo se limpiarán sin
pintar, extendiendo este tratamiento al menos 30 cm de la zona correspondiente.
Para aplicar el recubrimiento se tendrá en cuenta:
Galvanización. Se realizará de acuerdo con UNE EN ISO 1460:1996 y UNE EN ISO
1461:1999, sellando las soldaduras antes de un decapado previo a la galvanización si se
produce, y con agujeros de venteo o purga si hay espacios cerrados, donde indique la Parte I
del presente Pliego; las superficies galvanizadas deben limpiarse y tratarse con pintura de
imprimación anticorrosiva con diluyente ácido o chorreado barredor antes de ser pintadas.
Pintura. Se seguirán las instrucciones del fabricante en la preparación de superficies,
aplicación del producto y protección posterior durante un tiempo; si se aplica más de una
capa se usará en cada una sombra de color diferente.
Tratamiento de los elementos de fijación. Para el tratamiento de estos elementos se
considerará su material y el de los elementos a unir, junto con el tratamiento que estos lleven
previamente, el método de apretado y su clasificación contra la corrosión.
Control de ejecución, ensayos y pruebas
Se desarrollará según las dos etapas siguientes:
-
Control de calidad de la fabricación:
Según el CTE DB SE A, apartado 12.4.1, la documentación de fabricación será
elaborada por el taller y deberá contener, al menos, una memoria de fabricación, los planos
de taller y un plan de puntos de inspección. Esta documentación debe ser revisada y
aprobada por la dirección facultativa verificando su coherencia con la especificada en la
documentación general del proyecto, la compatibilidad entre los distintos procedimientos de
fabricación, y entre éstos y los materiales empleados. Se comprobará que cada operación se
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 realiza en el orden y con las herramientas especificadas, el personal encargado de cada
operación posee la cualificación adecuada, y se mantiene el adecuado sistema de trazado
que permita identificar el origen de cada incumplimiento
Soldaduras: se inspeccionará visualmente toda la longitud de todas las soldaduras
comprobando su presencia y situación, tamaño y posición, superficies y formas, y detectando
defectos de superficie y salpicaduras; se indicará si deben realizarse o no ensayos no
destructivos, especificando, en su caso, la localización de las soldaduras a inspeccionar y los
métodos a emplear; según el CTE DB SE A apartado 10.8.4.2, podrán ser (partículas
magnéticas según UNE EN 1290:1998, líquidos penetrantes según UNE 14612:1980,
ultrasonidos según UNE EN 1714:1998, ensayos radiográficos según UNE EN 1435:1998); el
alcance de esta inspección se realizará de acuerdo con el artículo 10.8.4.1, teniendo en
cuenta, además, que la corrección en distorsiones no conformes obliga a inspeccionar las
soldaduras situadas en esa zona; se deben especificar los criterios de aceptación de las
soldaduras, debiendo cumplir las soldaduras reparadas los mismos requisitos que las
originales; para ello se puede tomar como referencia UNE EN ISO 5817:2004, que define tres
niveles de calidad, B, C y D.
Uniones mecánicas: todas las uniones mecánicas, pretensadas o sin pretensar tras el
apriete inicial, y las superficies de rozamiento se comprobarán visualmente; la unión debe
rehacerse si se exceden los criterios de aceptación establecidos para los espesores de
chapa, otras disconformidades podrán corregirse, debiendo volverse a inspeccionar tras el
arreglo; según el CTE DB SE A, apartado 10.8.5.1, en uniones con tornillos pretensados se
realizarán las inspecciones adicionales indicadas en dicho apartado; si no es posible efectuar
ensayos de los elementos de fijación tras completar la unión, se inspeccionarán los métodos
de trabajo; se especificarán los requisitos para los ensayos de procedimiento sobre el
pretensado de tornillos. Previamente a aplicar el tratamiento de protección en las uniones
mecánicas, se realizará una inspección visual de la superficie para comprobar que se
cumplen los requisitos del fabricante del recubrimiento; el espesor del recubrimiento se
comprobará, al menos, en cuatro lugares del 10% de los componentes tratados, según uno
de los métodos de UNE EN ISO 2808:2000, el espesor medio debe ser superior al requerido
y no habrá más de una lectura por componente inferior al espesor normal y siempre superior
al 80% del nominal; los componentes no conformes se tratarán y ensayarán de nuevo
-
Control de calidad del montaje:
Según el CTE DB SE A, apartado 12.5.1, la documentación de montaje será elaborada
por el montador y debe contener, al menos, una memoria de montaje, los planos de montaje
y un plan de puntos de inspección según las especificaciones de dicho apartado. Esta
documentación debe ser revisada y aprobada por la dirección facultativa verificando su
coherencia con la especificada en la documentación general del proyecto, y que las
tolerancias de posicionamiento de cada componente son coherentes con el sistema general
de tolerancias. Durante el proceso de montaje se comprobará que cada operación se realiza
en el orden y con las herramientas especificadas, que el personal encargado de cada
operación posee la cualificación adecuada, y se mantiene un sistema de trazado que permite
identificar el origen de cada incumplimiento.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Ensayos y pruebas
Las actividades y ensayos de los aceros y productos incluidos en el control de
materiales, pueden ser realizados por laboratorios oficiales o privados; los laboratorios
privados, deberán estar acreditados para los correspondientes ensayos conforme a los
criterios del Real Decreto 2200/1995, de 20 de diciembre, o estar incluidos en el registro
general establecido por el Real Decreto 1230/1989, de 13 de octubre.
Previamente al inicio de las actividades de control de la obra, el laboratorio o la entidad
de control de calidad deberán presentar a la dirección facultativa para su aprobación un plan
de control o, en su caso, un plan de inspección de la obra que contemple, como mínimo, los
siguientes aspectos:
Identificación de materiales y actividades objeto de control y relación de actuaciones a
efectuar durante el mismo (tipo de ensayo, inspecciones, etc.).
Previsión de medios materiales y humanos destinados al control con indicación, en su
caso, de actividades a subcontratar.
Programación inicial del control, en función del programa previsible para la ejecución de
la obra.
Planificación del seguimiento del plan de autocontrol del constructor, en el caso de la
entidad de control que efectúe el control externo de la ejecución.
Designación de la persona responsable por parte del organismo de control.
Sistemas de documentación del control a emplear durante la obra.
El plan de control deberá prever el establecimiento de los oportunos lotes, tanto a
efectos del control de materiales como de los productos o de la ejecución, contemplando
tanto el montaje en taller o en la propia obra.
Prescripciones sobre verificaciones en el obra terminada
Verificaciones y pruebas de servicio para comprobar las prestaciones finales del
edificio
Como última fase de todos los controles especificados anteriormente, se realizará una
inspección visual del conjunto de la estructura y de cada elemento a medida que van
entrando en carga, verificando que no se producen deformaciones o grietas inesperadas en
alguna parte de ella.
En el caso de que se aprecie algún problema, o si especifica en la Parte I del presente
Pliego, se pueden realizar pruebas de carga para evaluar la seguridad de la estructura, toda
o parte de ella; en estos ensayos, salvo que se cuestione la seguridad de la estructura, no
deben sobrepasarse las acciones de servicio, se realizarán de acuerdo con un Plan de
Ensayos que evalúe la viabilidad de la prueba, por una organización con experiencia en este
tipo de trabajos, dirigida por un técnico competente, que debe recoger los siguientes
aspectos (adaptados del artículo 99.2 de la EHE):
Viabilidad y finalidad de la prueba.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Magnitudes que deben medirse y localización de los puntos de medida.
Procedimientos de medida.
Escalones de carga y descarga.
Medidas de seguridad.
Condiciones para las que el ensayo resulta satisfactorio.
Estos ensayos tienen su aplicación fundamental en elementos sometidos a flexión.
2.2
Fábrica estructural
Descripción
Muros resistentes y de arriostramiento realizados a partir de piezas relativamente
pequeñas, tomadas con mortero de cemento y/o cal, arena, agua y a veces aditivos,
pudiendo incorporar armaduras activas o pasivas en los morteros o refuerzos de hormigón
armado. Los paramentos pueden quedar sin revestir, o revestidos.
Será de aplicación todo lo que le afecte de las subsecciones 5.1 Fachadas de fábricas y
5.5 Particiones según su función secundaria.
Criterios de medición y valoración de unidades
- Fábrica de ladrillo cerámico.
Metro cuadrado de fábrica de ladrillo de arcilla cocida, sentada con mortero de cemento
y/o cal, aparejada, incluso replanteo, nivelación y aplomado, parte proporcional de enjarjes,
mermas y roturas, humedecido de los ladrillos y limpieza, medida deduciendo huecos
superiores a 1 m2.
Prescripciones sobre los productos
Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla
en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de
la documentación de los suministros (incluida la del marcado CE cuando sea pertinente), el
control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y el control
mediante ensayos.
Los muros de fábrica serán de una hoja.
Los materiales que los constituyen son:
-
Piezas.
Las piezas pueden ser:
De ladrillo de arcilla cocida.
Las designaciones de las piezas se referencian por sus medidas modulares (medida
nominal más el ancho habitual de la junta).
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Las piezas para la realización de fábricas pueden ser macizas, perforadas, aligeradas y
huecas, según lo indique el proyecto.
La disposición de huecos será tal que evite riesgos de aparición de fisuras en tabiquillos
y paredes de la pieza durante la fabricación, manejo o colocación.
La resistencia normalizada a compresión de las piezas será superior a 5 N/mm2, (CTE
DB SE F, apartado 4.1)
Las piezas se suministrarán a obra con una declaración del suministrador sobre su
resistencia y la categoría de fabricación.
Si no existe valor declarado por el fabricante para el valor de resistencia a compresión
en la dirección de esfuerzo aplicado, se tomarán muestras en obra según UNE EN771 y se
ensayarán según EN 772-1:2002, aplicando el esfuerzo en la dirección correspondiente.
Según el CTE DB SE F, tabla 8.1, el valor medio obtenido se multiplicará por el valor de
dicha tabla no superior a 1,00 y se comprobará que el resultado obtenido es mayor o igual
que el valor de la resistencia normalizada especificada en el proyecto.
Si la resistencia a compresión de un tipo de piezas con forma especial tiene influencia
predominante en la resistencia de la fábrica, su resistencia se podrá determinar con la última
norma citada.
Según el CTE DB SE F, tablas 3.1 y 3.2, para garantizar la durabilidad se tendrán en
cuenta las condiciones especificadas según las clases de exposición consideradas. Según el
CTE DB SE F, tabla 3.3, se establecen las restricciones de uso de los componentes de las
fábricas.
Si ha de aplicarse la norma sismorresistente (NCSE-02), el espesor mínimo para muros
exteriores de una sola hoja será de 14 cm y de 12 cm para los interiores. Además, para una
aceleración de cálculo ac ≥ 0,12 g, el espesor mínimo de los muros exteriores de una hoja
será de 24 cm, si son de ladrillo de arcilla cocida, y de 18 cm si están construidos de bloques.
Si se trata de muros interiores el espesor mínimo será de 14 cm.
-
Morteros y hormigones (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE, 19.1).
Los morteros para fábricas pueden ser ordinarios, de junta delgada o ligeros. El mortero
de junta delgada se puede emplear cuando las piezas permitan construir el muro con
tendeles de espesor entre 1 y 3 mm.
Los morteros ordinarios pueden especificarse por:
Resistencia: se designan por la letra M seguida de la resistencia a compresión en
N/mm2
Dosificación en volumen: se designan por la proporción, en volumen, de los
componentes fundamentales (por ejemplo 1:1:5 cemento, cal y arena). La elaboración incluirá
las adiciones, aditivos y cantidad de agua, con los que se supone que se obtiene el valor de
fm supuesto.
El mortero ordinario para fábricas convencionales no será inferior a M1. El mortero
ordinario para fábrica armada o pretensada, los morteros de junta delgada y los morteros
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 ligeros, no serán inferiores a M5. Según el CTE DB SE F, apartado 4.2, en cualquier caso,
para evitar roturas frágiles de los muros, la resistencia a la compresión del mortero no debe
ser superior al 0,75 de la resistencia normalizada de las piezas.
El hormigón empleado para el relleno de huecos de la fábrica armada se caracteriza, por
los valores de fck (resistencia característica a compresión de 20 o 25 N/mm2).
En la recepción de las mezclas preparadas se comprobará que la dosificación y
resistencia que figuran en el envase corresponden a las solicitadas.
Los morteros preparados y los secos se emplearán siguiendo las instrucciones del
fabricante, que incluirán el tipo de amasadora, el tiempo de amasado y la cantidad de agua.
El mortero preparado, se empleará antes de que transcurra el plazo de uso definido por
el fabricante. Si se ha evaporado agua, podrá añadirse ésta sólo durante el plazo de uso
definido por el fabricante.
-
Arenas (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE, 19.1.16).
Se realizará una inspección ocular de características y, si se juzga preciso, se realizará
una toma de muestras para la comprobación de características en laboratorio.
Se puede aceptar arena que no cumpla alguna condición, si se procede a su corrección
en obra por lavado, cribado o mezcla, y después de la corrección cumple todas las
condiciones exigidas.
-
Armaduras (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE, 1.1.4).
Para las clases IIa y IIb, deben utilizarse armaduras de acero al carbono protegidas
mediante galvanizado fuerte o protección equivalente, a menos que la fábrica este terminada
mediante un enfoscado de sus caras expuestas, el mortero de la fábrica sea no inferior a M5
y el recubrimiento lateral mínimo de la armadura no sea inferior a 30 mm, en cuyo caso
podrán utilizarse armaduras de acero al carbono sin protección. Para las clases III, IV, H, F y
Q, en todas las subclases las armaduras de tendel serán de acero inoxidable austenítico o
equivalente.
-
Barreras antihumedad.
Las barreras antihumedad serán eficaces respecto al paso del agua y a su ascenso
capilar. Tendrán una durabilidad que indique el proyecto. Estarán formadas por materiales
que no sean fácilmente perforables al utilizarlas, y serán capaces de resistir las tensiones,
indicadas en proyecto, sin extrusionarse.
Las barreras antihumedad tendrán suficiente resistencia superficial de rozamiento como
para evitar el movimiento de la fábrica que descansa sobre ellas.
Almacenamiento y manipulación (criterios de uso, conservación y mantenimiento)
El almacenamiento y depósito de los elementos constitutivos de la fábrica se hará de
forma sistemática y ordenada para facilitar su montaje.
-
Piezas.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Las piezas se suministrarán a la obra sin que hayan sufrido daños en su transporte y
manipulación que deterioren el aspecto de las fábricas o comprometan su durabilidad, y con
la edad adecuada cuando ésta sea decisiva para que satisfagan las condiciones del pedido.
Se suministrarán preferentemente paletizados y empaquetados. Los paquetes no serán
totalmente herméticos para permitir el intercambio de humedad con el ambiente.
El acopio en obra se efectuará evitando el contacto con sustancias o ambientes que
perjudiquen física o químicamente a la materia de las piezas. Las piezas se apilarán en
superficies planas, limpias, no en contacto con el terreno.
-
Arenas.
Cada remesa de arena que llegue a obra se descargará en una zona de suelo seco,
convenientemente preparada para este fin, en la que pueda conservarse limpia. Las arenas
de distinto tipo se almacenarán por separado.
-
Cementos y cales.
Durante el transporte y almacenaje se protegerán los aglomerantes frente al agua, la
humedad y el aire. Los distintos tipos de aglomerantes se almacenarán por separado.
-
Morteros secos preparados y hormigones preparados.
La recepción y el almacenaje se ajustará a lo señalado para el tipo de material.
-
Armaduras.
Las barras y las armaduras de tendel se almacenarán, se doblarán y se colocarán en la
fábrica sin que sufran daños y con el cuidado suficiente para no provocar solicitaciones
excesivas en ningún elemento de la estructura. Se cuidarán especialmente, protegiéndolas si
fuese necesario, las partes sobre las que hayan de fijarse las cadenas, cables o ganchos que
vayan a utilizarse en la elevación o sujeción de las piezas de la estructura. Se corregirá
cuidadosamente, antes de proceder al montaje, cualquier abolladura, comba o torcedura que
haya podido provocarse en las operaciones de transporte. Si el efecto no puede ser
corregido, o se presume que después de corregido puede afectar a la resistencia o
estabilidad de la estructura, la pieza en cuestión se rechazará, marcándola debidamente para
dejar constancia de ello.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra
Condiciones previas: soporte
Se tomarán medidas protectoras para las fábricas que puedan ser dañadas por efecto de
la humedad en contacto con el terreno, si no están definidas en el proyecto. Según el CTE
DB HS 1, apartado 2.3.3.2, por ejemplo, si el muro es de fachada, en la base debe
disponerse una barrera impermeable que cubra todo el espesor de la fachada a más de 15
cm por encima del nivel del suelo exterior para evitar el ascenso de agua por capilaridad o
adoptarse otra solución que produzca el mismo efecto. Según el CTE DB HS 1, apartado
2.1.3.1, la superficie en que se haya de disponer la imprimación deberá estar lisa y limpia;
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 sobre la barrera debe disponerse una capa de mortero de regulación de 2 cm de espesor
como mínimo
Cuando sea previsible que el terreno contenga sustancias químicas agresivas para la
fábrica, ésta se construirá con materiales resistentes a dichas sustancias o bien se protegerá
de modo que quede aislada de las sustancias químicas agresivas.
La base de la zapata corrida de un muro será horizontal. Estará situada en un solo plano
cuando sea posible económicamente; en caso contrario, se distribuirá en banqueos con
uniformidad. En caso de cimentar con zapatas aisladas, las cabezas de éstas se enlazarán
con una viga de hormigón armado. En caso de cimentación por pilotes, se enlazarán con una
viga empotrada en ellos.
Los perfiles metálicos de los dinteles que conforman los huecos se protegerán con
pintura antioxidante, antes de su colocación
En las obras importantes con retrasos o paradas muy prolongadas, la dirección
facultativa debe tener en cuenta las acciones sísmicas que se puedan presentar y que, en
caso de destrucción o daño por sismo, pudieran dar lugar a consecuencias graves. El director
de obra comprobará que las prescripciones y los detalles estructurales mostrados en los
planos satisfacen los niveles de ductilidad especificados y que se respetan durante la
ejecución de la obra. En cualquier caso, una estructura de muros se considerará una solución
“no dúctil”, incluso aunque se dispongan los refuerzos que se prescriben en la norma
sismorresistente (NCSE-02).
Compatibilidad entre los productos, elementos y sistemas constructivos
Se evitará el contacto entre metales de diferente potencial electrovalente para impedir el
inicio de posibles procesos de corrosión electroquímica; también se evitará su contacto con
materiales de albañilería que tengan comportamiento higroscópico, especialmente el yeso,
que le pueda originar corrosión química.
Proceso de ejecución
Ejecución
Se realiza una visita diaria de la obra. Control y supervisión continuados por el
constructor.
-
Replanteo.
Será necesaria la verificación del replanteo por la dirección facultativa. Se replanteará en
primer lugar la fábrica a realizar. Posteriormente para el alzado de la fábrica se colocarán en
cada esquina de la planta una mira recta y aplomada, con la referencias precisas a las alturas
de las hiladas, y se procederá al tendido de los cordeles entre las miras, apoyadas sobre sus
marcas, que se elevarán con la altura de una o varias hiladas para asegurar la horizontalidad
de éstas.
Si fuera el caso, se dispondrán juntas de movimiento para permitir dilataciones térmicas
y por humedad, fluencia y retracción, las deformaciones por flexión y los efectos de las
tensiones internas producidas por cargas verticales o laterales, sin que la fábrica sufra daños;
según el CTE DB SE F, apartado 2.2, tabla 2.1, para las fábricas sustentadas, se respetarán
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 las distancias indicadas en dicha tabla. Siempre que sea posible la junta se proyectará con
solape.
-
Humectación
Las piezas, fundamentalmente las de arcilla cocida se humedecerán, durante unos
minutos, por aspersión o inmersión antes de su colocación para que no absorban ni cedan
agua al mortero.
-
Colocación.
Las piezas se colocarán siempre a restregón, sobre una tortada de mortero, hasta que el
mortero rebose por la llaga y el tendel. No se moverá ninguna pieza después de efectuada la
operación de restregón. Si fuera necesario corregir la posición de una pieza, se quitará,
retirando también el mortero.
-
Enjarjes.
Las fábricas deben levantarse por hiladas horizontales en toda la extensión de la obra,
siempre que sea posible y no de lugar a situaciones intermedias inestables. Cuando dos
partes de una fábrica hayan de levantarse en épocas distintas, la que se ejecute primero se
dejará escalonada. Si esto no fuera posible, se dejará formando alternativamente entrantes,
adarajas y salientes, endejas. En las hiladas consecutivas de un muro, las piezas se
solaparán para que el muro se comporte como un elemento estructural único. El solape será
al menos igual a 0,4 veces el grueso de la pieza y no menor que 4 cm. En las esquinas o
encuentros, el solapo de las piezas no será menor que su tizón; en el resto del muro, pueden
emplearse piezas cortadas para conseguir el solape preciso.
-
Dinteles.
Las aberturas llevarán un dintel resistente, formado por perfiles de acero laminado,
según se especifica en los planos del Proyecto.
-
Enlaces.
Enlaces entre muros y forjados:
Cuando se considere que los muros están arriostrados por los forjados, se enlazarán a
éstos de forma que se puedan transmitir las acciones laterales. Las acciones laterales se
transmitirán a los elementos arriostrantes o a través de la propia estructura de los forjados
(monolíticos) o mediante vigas perimetrales. Las acciones laterales se pueden transmitir
mediante conectores o por rozamiento.
Cuando un forjado carga sobre un muro, la longitud de apoyo será la estructuralmente
necesaria pero nunca menor de 6,5 cm (teniendo en cuenta las tolerancias de fabricación y
de montaje).
La separación de los elementos de conexión entre muros y forjados no será mayor que 2
m, y en edificios de más de cuatro plantas de altura no será mayor que 1,25 m. Si el enlace
es por rozamiento, no son necesarios amarres si el apoyo de los forjados de hormigón se
prolonga hasta el centro del muro o un mínimo de 6,5 cm, siempre que no sea un apoyo
deslizante.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Si es de aplicación la norma sismorresistente (NCSE-02), los forjados de viguetas
sueltas, de madera o metálicas, deberán atarse en todo su perímetro a encadenados
horizontales situados en su mismo nivel, para solidarizar la entrega y conexión de las
viguetas con el muro. El atado de las viguetas que discurran paralelas a la pared se
extenderá al menos a las tres viguetas más próximas.
Enlace entre muros:
Es recomendable que los muros que se vinculan se levanten de forma simultánea y
debidamente trabados entre sí. En el caso de muros capuchinos, el número de llaves que
vinculan las dos hojas de un muro capuchino no será menor que 2 por m². Si se emplean
armaduras de tendel cada elemento de enlace se considerará como una llave. Se colocarán
llaves en cada borde libre y en las jambas de los huecos. Al elegir las llaves se considerará
cualquier posible movimiento diferencial entre las hojas del muro, o entre una hoja y un
marco.
Algunas formas de armaduras de tendel pueden también actuar como llaves entre las
dos hojas de un muro doblado. En la elección del conector se tendrán en cuenta posibles
movimientos diferenciales entre las hojas.
-
Armaduras, si fuera el caso.
Las barras y las armaduras de tendel se doblarán y se colocarán en la fábrica sin que
sufran daños perjudiciales que puedan afectar al acero, al hormigón, al mortero o a la
adherencia entre ellos.
Se evitarán los daños mecánicos, rotura en las soldaduras de las armaduras de tendel, y
depósitos superficiales que afecten a la adherencia.
Se emplearán separadores y estribos para mantener las armaduras en su posición y si
es necesario, se atará la armadura con alambre.
Para garantizar la durabilidad de las armaduras:
Recubrimientos de la armadura de tendel:
el espesor mínimo del recubrimiento de mortero respecto al borde exterior, no será
menor que 1,5 cm
el recubrimiento de mortero, por encima y por debajo de la armadura de tendel, no sea
menor que 2 mm, incluso para los morteros de junta delgada
la armadura se dispondrá de modo que se garantice la constancia del recubrimiento.
Los extremos cortados de toda barra que constituya una armadura, excepto las de acero
inoxidable, tendrán el recubrimiento que le corresponda en cada caso o la protección
equivalente.
En el caso de cámaras rellenas o aparejos distintos de los habituales, el recubrimiento
será no menor que 2 cm ni de su diámetro.
-
Morteros y hormigones de relleno.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Se admite la mezcla manual únicamente en proyectos con categoría de ejecución C. El
mortero no se ensuciará durante su manipulación posterior.
El mortero y el hormigón de relleno se emplearán antes de iniciarse el fraguado. El
mortero u hormigón que haya iniciado el fraguado se desechará y no se reutilizará.
Al mortero no se le añadirán aglomerantes, áridos, aditivos ni agua después de su
amasado.
Antes de rellenar de hormigón la cámara de un muro armado, se limpiará de restos de
mortero y escombro. El relleno se realizará por tongadas, asegurando que se macizan todos
los huecos y no se segrega el hormigón. La secuencia de las operaciones conseguirá que la
fábrica tenga la resistencia precisa para soportar la presión del hormigón fresco.
En muros con pilastras armadas, la armadura principal se fijará con antelación suficiente
para ejecutar la fábrica sin entorpecimiento. Los huecos de fábrica en que se incluye la
armadura se irán rellenando con mortero u hormigón al levantarse la fábrica.
Tolerancias admisibles
Según el CTE DB SE F, apartado 8.2, tabla 8.2, cuando en el proyecto no se definan
tolerancias de ejecución de muros verticales, se emplearán los valores sobre tolerancias para
elementos de fábrica de dicha tabla:
Desplome en la altura del piso de 2 cm y en la altura total del edificio de 5 cm.
Axialidad de 2 cm
Planeidad en 1 m de 5 mm y en 10 m de 2 cm.
Espesor de la hoja del muro más menos 2,5 cm y del muro capuchino completo más 1
cm.
Condiciones de terminación
Las fábricas quedarán planas y aplomadas, y tendrán una composición uniforme en toda
su altura.
En muros de carga, para la ejecución de rozas y rebajes, se debe contar con las órdenes
de la dirección facultativa, bien expresas o bien por referencia a detalles del proyecto. Las
rozas no afectarán a elementos, como dinteles, anclajes entre piezas o armaduras. En muros
de ejecución reciente, debe esperarse a que el mortero de unión entre piezas haya
endurecido debidamente y a que se haya producido la correspondiente adherencia entre
mortero y pieza.
En fábrica con piezas macizas o perforadas, las rozas que respetan las limitaciones
según el CTE DB SE F, tabla 4.8, no reducen el grueso de cálculo, a efectos de la evaluación
de su capacidad. Si es de aplicación la norma sismorresistente (NCSR-02), en los muros de
carga y de arriostramiento sólo se admitirán rozas verticales separadas entre sí por lo menos
2 m y cuya profundidad no excederá de la quinta parte de su espesor. En cualquier caso, el
grueso reducido no será inferior a los valores especificados en el apartado de prescripciones
sobre los productos (piezas).
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Control de ejecución, ensayos y pruebas
Control de ejecución
- Replanteo:
Comprobación de ejes de muros y ángulos principales.
Verticalidad de las miras en las esquinas. Marcado de hiladas (cara vista).
Espesor y longitud de tramos principales. Dimensión de huecos de paso.
Juntas estructurales.
-
Ejecución de todo tipo de fábricas:
Comprobación periódica de consistencia en cono de Abrams.
Mojado previo de las piezas unos minutos.
Aparejo y traba en enlaces de muros. Esquinas. Huecos.
Relleno de juntas de acuerdo especificaciones de proyecto.
Juntas estructurales (independencia total de partes del edificio).
Barrera antihumedad según especificaciones del proyecto.
Armadura libre de sustancias
Ejecución de fábricas de bloques de hormigón o de arcilla cocida aligerada:
Las anteriores
Aplomado de paños.
Alturas parciales. Niveles de planta. Zunchos.
Tolerancias en la ejecución según el CTE DB SE F, tabla 8.2:
Desplomes.
Axialidad
Planeidad.
Espesores de la hoja o de las hojas del muro.
-
Protección de la fábrica:
Protección en tiempo caluroso de fábricas recién ejecutadas.
Protección en tiempo frío (heladas) de fábricas recientes.
Protección de la fábrica durante la ejecución, frente a la lluvia.
Arriostramiento durante la construcción mientras el elemento de fábrica no haya sido
estabilizado (al terminar cada jornada de trabajo).
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Control de la profundidad de las rozas y su verticalidad.
-
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Ejecución de cargaderos y refuerzos:
Entrega de cargaderos. Dimensiones.
Encadenados verticales y horizontales según especificaciones de cálculo (sísmico).
Armado.
Macizado y armado en fábricas de bloques.
Ensayos y pruebas
Cuando se establezca la determinación mediante ensayos de la resistencia de la fábrica,
podrá determinarse directamente a través de la UNE EN 1502-1: 1999. Así mismo, para la
determinación mediante ensayos de la resistencia del mortero, se usará la UNE EN 1015-11:
2000.
Conservación y mantenimiento
La coronación de los muros se cubrirá, con láminas de material plástico o similar, para
impedir el lavado del mortero de las juntas por efecto de la lluvia y evitar eflorescencias,
desconchados por caliches y daños en los materiales higroscópicos.
Se tomarán precauciones para mantener la humedad de la fábrica hasta el final del
fraguado, especialmente en condiciones desfavorables, tales como baja humedad relativa,
altas temperaturas o fuertes corrientes de aire.
Se tomarán precauciones para evitar daños a la fábrica recién construida por efecto de
las heladas. Si ha helado antes de iniciar el trabajo, se revisará escrupulosamente lo
ejecutado en las 48 horas anteriores, demoliéndose las zonas dañadas. Si la helada se
produce una vez iniciado el trabajo, se suspenderá protegiendo lo recientemente construido
Si fuese necesario, aquellos muros que queden temporalmente sin arriostrar y sin carga
estabilizante, se acodalarán provisionalmente, para mantener su estabilidad.
Se limitará la altura de la fábrica que se ejecute en un día para evitar inestabilidades e
incidentes mientras el mortero está fresco.
Prescripciones sobre verificaciones en el obra terminada
Verificaciones y pruebas de servicio para comprobar las prestaciones finales del
edificio
En principio, las estructuras proyectadas, ejecutadas y controladas conforme a la
normativa vigente, no será necesario someterlas a prueba alguna. No obstante, cuando se
tenga dudas razonables sobre el comportamiento de la estructura del edificio ya terminado,
para conceder el permiso de puesta en servicio o aceptación de la misma, se pueden realizar
ensayos mediante pruebas de carga para evaluar la seguridad de la estructura, toda o parte
de ella, en elementos sometidos a flexión. En estos ensayos, salvo que se cuestione la
seguridad de la estructura, no deben sobrepasarse las acciones de servicio, se realizarán de
acuerdo con un Plan de Ensayos que evalúe la viabilidad de la prueba, por una organización
con experiencia en este tipo de trabajos, dirigida por un técnico competente, que debe
recoger los siguientes aspectos (adaptados del artículo 99.2 de la EHE):
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Viabilidad y finalidad de la prueba.
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Magnitudes que deben medirse y localización de los puntos de medida.
Procedimientos de medida.
Escalones de carga y descarga.
Medidas de seguridad.
Condiciones para las que el ensayo resulta satisfactorio.
3.
REVESTIMIENTOS
3.1. Piedra natural
3.1.1. Baldosas de piedra natural para uso como pavimento exterior*
Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2003. Norma de aplicación: UNE-EN
1341:2002. Baldosas de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos y
métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4.
4. OTROS (Clasificación por material)
4.1. HORMIGONES, MORTEROS Y COMPONENTES
4.1.1. Cales para la construcción*
Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2003. Norma de aplicación: UNE-EN 4591:2002. Cales para la construcción. Parte 1: Definiciones, especificaciones y criterios de
conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 2.
4.1.2. Morteros para revoco y enlucido*
Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE EN 9981:2003/AC:2006. Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 1: Morteros para
revoco enlucido. Sistema de evaluación de la conformidad: 4.
4.1.3. Morteros para albañilería*
Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE EN 9982:2004. Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 2: Morteros para albañilería.
Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4.
4.1.4. Áridos para morteros*
Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2004. Norma de aplicación: UNE-EN
13139:2003/AC:2004. Áridos para morteros. Sistemas de evaluación de la conformidad:
2+/4.
4.1.5. Pigmentos para la coloración de materiales de construcción basados en
cemento y/o cal
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-EN
12878:2006. Pigmentos para la coloración de materiales de construcción basados en
cemento y/o cal. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la
conformidad: 2+.
5.
PRODUCTOS CON INFORMACIÓN AMPLIADA DE SUS CARACTERÍSTICAS
Relación de productos, con su referencia correspondiente, para los que se amplía la
información, por considerarse oportuno conocer más a fondo sus especificaciones técnicas y
características a la hora de llevar a cabo su recepción, ya que son productos de uso
frecuente y determinantes para garantizar las exigencias básicas que se establecen en la
reglamentación vigente.
Índice:
5.1.
CEMENTOS COMUNES
5.2.
CALES PARA LA CONSTRUCCIÓN
5.3.
MORTEROS PARA REVOCO Y ENLUCIDO
5.4.
MORTEROS PARA ALBAÑILERÍA
5.5.
ÁRIDOS PARA MORTEROS
5.6.
ESTUCO A FUEGO
5.7.
HERRAJES.
5.8.
MADERA.
5.1. CEMENTOS COMUNES
Conglomerantes hidráulicos finamente molidos que, amasados con agua, forman una pasta
que fragua y endurece por medio de reacciones y procesos de hidratación y que, una vez
endurecidos, conservan su resistencia y estabilidad incluso bajo el agua. Los cementos
conformes con la UNE EN 197-1, denominados cementos CEM, son capaces, cuando se
dosifican y mezclan apropiadamente con agua y áridos de producir un hormigón o un
mortero que conserve su trabajabilidad durante tiempo suficiente y alcanzar, al cabo de
periodos definidos, los niveles especificados de resistencia y presentar también estabilidad
de volumen a largo plazo.
Los 27 productos que integran la familia de cementos comunes y su designación es:
TIPOS PRINCIPALES. DESIGNACIÓN (TIPOS DE CEMENTOS COMUNES)
CEM I. CEMENTO PORTLAND: CEM I
CEM II. CEMENTOS PORTLAND MIXTOS:
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- Cemento Portland con escoria: CEM II/A-S, CEM II/B-S
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 - Cemento Pórtland con humo de sílice: CEM II/A-D
- Cemento Pórtland con puzolana: CEM II/A-P, CEM II/B-P, CEM II/A-Q, CEMII/B-Q
- Cemento Pórtland con ceniza volante: CEM II/A-V, CEM II/B-V, CEM II/A-W, CEM II/B-W
- Cemento Pórtland con esquisto calcinado: CEM II/A-T, CEM II/B-T
- Cemento Portland con caliza, CEM II/A-L, CEM II/B-L, CEM II/A-LL, CEM II/B-LL
- Cemento Portland mixto, CEM II/A-M, CEM II/B-M
CEM III. CEMENTOS CON ESCORIAS DE ALTO HORNO: CEM III/A, CEM III/B, CEM III/C
CEM IV. CEMENTOS PUZOLÁNICOS: CEM IV/A, CEM IV/A
CEM V. CEMENTOS COMPUESTOS: CEM V/A
-
Condiciones de suministro y recepción
Marcado CE: Obligatorio desde el 1 de abril de 2002. Norma de aplicación: UNE EN 197-1.
Cemento. Parte 1: Composición, especificaciones y criterios de conformidad de los
cementos comunes. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+
Identificación: Los cementos CEM se identificarán al menos por el tipo, y por las cifras 32,5,
42,5 ó 52,5, que indican la clase de resistencia (ej., CEM I 42,5R). Para indicar la clase de
resistencia inicial se añadirán las letras N o R, según corresponda. Cuando proceda, la
denominación de bajo calor de hidratación. Puede llevar información adicional: límite en
cloruros (%), límite de pérdida por calcinación de cenizas volantes (%), nomenclatura
normalizada de aditivos.
En caso de cemento ensacado, el marcado de conformidad CE, el número de identificación
del organismo de certificación y la información adjunta, deben ir indicados en el saco o en la
documentación comercial que lo acompaña (albaranes de entrega), o bien en una
combinación de ambos. Si sólo parte de la información aparece en el saco, entonces, es
conveniente que la información completa se incluya en la información comercial. En caso de
cemento expedido a granel, dicha información debería ir recogida de alguna forma
apropiada, en los documentos comerciales que lo acompañen.
Se comprobará que la identificación del producto recibido se corresponde con las
características exigidas por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el
proyecto o por la dirección facultativa. Características reguladas que pueden estar
especificadas, en función de los requisitos exigibles:
a. Propiedades mecánicas (para todos los tipos de cemento):
a.1. Resistencia mecánica a compresión normal (Mpa). A los 28 días.
a.2. Resistencia mecánica a compresión inicial (Mpa). A los 2 ó 7 días.
b. Propiedades físicas (para todos los tipos de cemento):
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b.1. Tiempo de principio de fraguado (min)
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 b.2. Estabilidad de volumen (expansión) (mm)
c. Propiedades químicas (para todos los tipos de cemento):
c.1. Contenido de cloruros (%)
c.2. Contenido de sulfato (% SO3)
c.3. Composición (% en masa de componentes principales - Clínker, escoria de horno alto,
humo de sílice, puzolana natural, puzolana natural calcinada, cenizas volantes silíceas,
cenizas volantes calcáreas, esquistos calcinados, caliza- y componentes minoritarios)
d. Propiedades químicas (para CEM I, CEM III):
d.1. Pérdida por calcinación (% en masa del cemento final)
d.2. Residuo insoluble (% en masa del cemento final)
e. Propiedades químicas (para CEM IV):
e.1 Puzolanicidad
-
Distintivos de calidad:
Se comprobará que el producto ostenta los distintivos de calidad exigidos, en su caso, por
el proyecto o por la dirección facultativa, que aseguren las características.
-
Ensayos:
Se realizarán los ensayos exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso,
por el proyecto o por la dirección facultativa. Ensayos regulados que pueden estar
especificados:
Resistencia normal. Resistencia inicial. Principio de fraguado. Estabilidad. Cloruros.
Sulfatos. Composición. Pérdida por calcinación. Residuo insoluble. Puzolanicidad.
5.2. CALES PARA LA CONSTRUCCIÓN
Formas físicas (polvo, terrones, pastas o lechadas), en las que pueden aparecer el óxido de
calcio y el de magnesio y/o el hidróxido de calcio y/o el de magnesio, utilizadas como
conglomerantes para preparar morteros para fábricas y revestimientos, interiores y
exteriores.
Tipos:
-
Cales aéreas: constituidas principalmente por óxido o hidróxido de calcio que endurecen
bajo el efecto del dióxido de carbono presente en el aire. Pueden ser:
Cales vivas (Q): producidas por la calcinación de caliza y/o dolomía, pudiendo ser cales
cálcicas (CL) y cales dolomíticas (semi-hidratadas o totalmente hidratadas).
Cales hidratadas (S): cales aéreas, cálcicas o dolomíticas resultantes del apagado
controlado de las cales vivas.
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-
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Cales hidráulicas naturales (NHL): producidas por la calcinación de calizas más o menos
arcillosas o silíceas con reducción a polvo mediante apagado con o sin molienda, que
fraguan y endurecen con el agua. Pueden ser:
Cales hidráulicas naturales con adición de materiales (Z): pueden contener materiales
hidráulicos o puzolánicos hasta un 20% en masa.
Cales hidráulicas (HL): constituidas principalmente por hidróxido de calcio, silicatos de
calcio y aluminatos de calcio, producidos por la mezcla de constituyentes adecuados.
-
Condiciones de suministro y recepción
Marcado CE: Obligatorio desde el 1 de agosto de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 4591:2001. Cales para la construcción. Parte 1: Definiciones, especificaciones y criterios de
conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 2.
Identificación: Se comprobará que la identificación del producto recibido se corresponde con
las características exigidas por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el
proyecto o por la dirección facultativa. Características reguladas que pueden estar
especificadas, en función de los requisitos exigibles:
a. Tipo de cal: cálcica (CL), dolomítica (DL), hidráulica natural (NHL), hidráulica artificial (HL).
b. Cifra de dos dígitos que indica el contenido de CaO+MgO de las cales aéreas cálcicas.
c. Cifra de dos dígitos que indica el contenido de CaO+MgO de las cales aéreas dolomíticas.
d. Letra mayúscula que indica el estado en que son suministradas las cales aéreas cálcicas.
e. Letra mayúscula que indica el estado en que son suministradas las cales aéreas
dolomíticas.
f.
Cifra que indica, en MPa, la resistencia a compresión mínima a 28 días de las cales aéreas
hidráulicas.
g. Letra mayúscula Z en caso de contener adiciones de materiales hidráulicos o puzolánicos
adecuados hasta un 20% de la masa de las cales hidráulicas naturales.
h. Tiempo de fraguado en cales hidráulicas.
i.
Contenido en aire de cales hidráulicas.
j.
Estabilidad de volumen.
k. Finura.
l.
Penetración.
m. Durabilidad.
-
Distintivos de calidad:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Se comprobará que el producto ostenta los distintivos de calidad exigidos, en su caso, por
el proyecto o por la dirección facultativa, que aseguren las características.
-
Ensayos:
Se realizarán los ensayos exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso,
por el proyecto o por la dirección facultativa. Ensayos regulados que pueden estar
especificados:
En general, contenido de: CaO+MgO, MgO, Co2, SO3, cal libre (% de masa).
En cales hidráulicas, resistencia a compresión a los 28 días (Mpa).
En cales vivas, estabilidad después del apagado y rendimiento (dm3/10kg).
En cal cálcica hidratada, dolomítica hidratada, en pasta, hidráulica e hidráulica natural:
Finura (% de rechazo en masa). Agua libre (%). Estabilidad (mm). Penetración (mm).
Contenido en aire (%). Tiempo de fraguado (h).
Ensayos adicionales: Reactividad (en cal viva). Demanda de agua (ensayos de morteros).
Retención de agua (ensayos de morteros). Densidad volumétrica aparente (kg/dm3). Finura
(en cal viva). Blancura.
5.3. MORTEROS PARA REVOCO Y ENLUCIDO
Morteros para revoco / enlucido hechos en fábrica (morteros industriales) a base de
conglomerantes inorgánicos para exteriores (revocos) e interiores (enlucidos) utilizados en
muros, techos, pilares y tabiques.
Condiciones de suministro y recepción
Marcado CE: obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE EN 9982. Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 2: Morteros para albañilería.
Sistema de evaluación de la conformidad: 4.
Identificación: Se comprobará que la identificación del producto recibido se corresponde con
las características exigidas por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el
proyecto o por la dirección facultativa. Características reguladas que pueden estar
especificadas, en función de los requisitos exigibles:
a. Tipo de mortero:
a.1. Definidos según el concepto: diseñados (por sus prestaciones) o prescritos (por
sus proporciones).
a.2. Definidos según sus propiedades y/o su utilización: mortero para revoco/enlucido para
uso corriente (GP), para revoco/enlucido (LW), para revoco coloreado (CR), para revoco
monocapa (mortero para juntas y capas finas (T) o mortero ligero (L).
a.3. Definidos según el sistema de fabricación: mortero hecho en una fábrica (mortero
industrial), mortero semi-terminado hecho en una fábrica o mortero hecho en obra.
b. Tiempo de utilización.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 c. Contenido en cloruros (para los morteros utilizados en albañilería armada): valor declarado
(como una fracción en % en masa).
d. Contenido en aire.
e. Proporción de los componentes (para los morteros prescritos) y la resistencia a compresión
o la clase de resistencia a compresión: proporciones de la mezcla en volumen o en peso.
f.
Resistencia a compresión o la clase de resistencia a compresión (para los morteros
diseñados): valores declarados (N/mm2) o clases: M1, M2,5, M5, M10, M15, M20, Md, donde
d es una resistencia a compresión mayor que 25 N/mm2 declarada por el fabricante.
g. Resistencia de unión (adhesión) (para los morteros diseñados destinados a ser utilizados en
construcciones sometidas a requisitos estructurales): valor declarado de la resistencia inicial
de cizallamiento (N/mm2) medida o tabulada.
h. Absorción de agua (para los morteros destinados a ser utilizados en construcciones
exteriores y expuestas directamente a la intemperie): valor declarado en [kg/(m2.min)]0,5.
i.
Permeabilidad al vapor de agua (para los morteros destinados a ser utilizados en
construcciones exteriores): valores tabulados declarados del coeficiente µ de difusión de
vapor de agua.
j.
Densidad (para los morteros diseñados destinados a ser utilizados en construcciones
sometidas a requisitos de aislamiento térmico).
k. Conductividad térmica (para los morteros diseñados destinados a ser utilizados en
construcciones sometidas a requisitos de aislamiento térmico): valor declarado o tabulado
medido (W/mK).
l.
Durabilidad (resistencia a los ciclos de hielo/deshielo): valor declarado como pertinente,
evaluación basada en función de las disposiciones en vigor en el lugar previsto de
utilización.
m. Tamaño máximo de los áridos (para los morteros para juntas y capas finas): no será mayor
que 2 mm.
n. Tiempo abierto o tiempo de corrección (para los morteros para juntas y capas finas).
o. Reacción frente al fuego (para los morteros destinados a ser utilizados en construcciones
sometidas a requisitos frente al fuego): euro clases declaradas (A1 a F).
-
Distintivos de calidad:
Se comprobará que el producto ostenta los distintivos de calidad exigidos, en su caso, por
el proyecto o por la dirección facultativa, que avalen las características exigidas.
-
Ensayos:
Se realizarán los ensayos exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso,
por el proyecto o por la dirección facultativa. Ensayos regulados que pueden estar
especificados:
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Propiedades del mortero fresco: Tiempo de utilización. Contenido en cloruros. Contenido en
aire. Tiempo abierto o tiempo de corrección (para los morteros para juntas y capas finas).
Dimensiones de los áridos (para los morteros para juntas y capas finas).
Propiedades del mortero endurecido: Resistencia a compresión. Resistencia de unión
(adhesión). Absorción de agua. Permeabilidad al vapor de agua. Densidad. Conductividad
térmica. Conductividad térmica. Durabilidad.
5.4. MORTEROS PARA ALBAÑILERÍA
Morteros para albañilería hechos en fábrica (morteros industriales) utilizados en muros,
pilares y tabiques de albañilería, para su trabazón y rejuntado.
-
Condiciones de suministro y recepción
Marcado CE: obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE EN 9982:2004. Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 2: Morteros para albañilería.
Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+ para morteros industriales diseñados, ó 4
para morteros industriales prescritos.
Identificación: Se comprobará que la identificación del producto recibido se corresponde con
las características exigidas por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el
proyecto o por la dirección facultativa. Características reguladas que pueden estar
especificadas, en función de los requisitos exigibles:
a. Tipo de mortero:
- Definidos según el concepto: prediseñados (por sus prestaciones) o prescritos (por sus
proporciones).
Definidos según sus propiedades y/o su utilización: mortero para uso corriente (G),
mortero para juntas y capas finas (T) o mortero ligero (L).
Definidos según el sistema de fabricación: mortero hecho en una fábrica (mortero
industrial), mortero semi-terminado hecho en una fábrica, mortero predosificado, mortero
premezclado de cal y arena o mortero hecho en obra.
b. Tiempo de utilización.
c. Contenido en cloruros (para los morteros utilizados en albañilería armada): valor declarado
(como una fracción en % en masa).
d. Contenido en aire.
e. Proporción de los componentes (para los morteros prescritos) y la resistencia a compresión
o la clase de resistencia a compresión: proporciones de la mezcla en volumen o en peso.
f.
Resistencia a compresión o la clase de resistencia a compresión (para los morteros
diseñados): valores declarados (N/mm2) o categorías.
g. Resistencia de unión (adhesión) (para los morteros diseñados destinados a ser utilizados en
construcciones sometidas a requisitos estructurales): valor declarado de la resistencia inicial
de cizallamiento (N/mm2) medida o tabulada.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 h. Absorción de agua (para los morteros destinados a ser utilizados en construcciones
exteriores): valor declarado en [kg/(m2.min)]0,5.
i.
Permeabilidad al vapor de agua (para los morteros destinados a ser utilizados en
construcciones exteriores): valores tabulados declarados del coeficiente µ de difusión de
vapor de agua.
j.
Densidad (para los morteros diseñados destinados a ser utilizados en construcciones
sometidas a requisitos de aislamiento térmico).
k. Conductividad térmica (para los morteros diseñados destinados a ser utilizados en
construcciones sometidas a requisitos de aislamiento térmico): valor declarado o tabulado
medido (W/mK).
l.
Durabilidad (resistencia a los ciclos de hielo/deshielo): valor declarado como pertinente,
evaluación basada en función de las disposiciones en vigor en el lugar previsto de
utilización.
m. Tamaño máximo de los áridos (para los morteros para juntas y capas finas).
n. Tiempo abierto o tiempo de corrección (para los morteros para juntas y capas finas).
o. Reacción frente al fuego (para los morteros destinados a ser utilizados en construcciones
sometidas a requisitos frente al fuego): euroclases declaradas (A1 a F).
-
Distintivos de calidad:
Se comprobará que el producto ostenta los distintivos de calidad exigidos, en su caso, por
el proyecto o por la dirección facultativa, que avalen las características exigidas.
-
Ensayos:
Se realizarán los ensayos exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso,
por el proyecto o por la dirección facultativa. Ensayos regulados que pueden estar
especificados:
- Propiedades del mortero fresco: Tiempo de utilización. Contenido en cloruros. Contenido
en aire. Tiempo abierto o tiempo de corrección (para los morteros para juntas y capas
finas). Dimensiones de los áridos (para los morteros para juntas y capas finas).
- Propiedades del mortero endurecido: Resistencia a compresión. Resistencia de unión
(adhesión). Absorción de agua. Permeabilidad al vapor de agua. Densidad.
Conductividad térmica. Conductividad térmica. Durabilidad.
5.5. ÁRIDOS PARA MORTEROS
Materiales granulares naturales (origen mineral, sólo sometidos a procesos mecánicos),
artificiales (origen mineral procesados industrialmente que suponga modificaciones térmicas,
etc.), reciclados (a partir de materiales inorgánicos previamente utilizados en la
construcción), ó, sólo para áridos ligeros, subproductos industriales, (origen mineral
procesados industrialmente y sometidos a procesos mecánicos), de tamaño comprendido
entre 0 y 8 mm, utilizados en la fabricación de morteros para edificaciones.
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Condiciones de suministro y recepción
Marcado CE: Obligatorio desde el 1 de junio de 2004. Norma de aplicación: UNE EN
13139:2002. Áridos para morteros. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4.
Identificación: Se comprobará que la identificación del producto recibido se corresponde con
las características exigidas por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el
proyecto o por la dirección facultativa. Características reguladas que pueden estar
especificadas, en función de los requisitos exigibles:
a. Tipo: De peso normal. Áridos ligeros. (según la densidad de partículas y el tamaño máximo
de éstas)
b. Origen del árido (nombre de la cantera, mina o depósito)
c. 2 grupos de dígitos separados por una barra que indican, en mm, la fracción granulométrica
d/D (d: tamaño del tamiz inferior. D: tamaño del tamiz superior)
d. Cifra que indica, en Mg/m3, la densidad de las partículas.
Cualquier otra información necesaria según los requisitos especiales exigibles a partir de su
uso.
a. Requisitos geométricos y físicos. (Forma de las partículas para D>4mm. Contenido en
conchas, para D>4mm. Contenido en finos, % que pasa por el tamiz 0,063 mm. Resistencia
a ciclos de hielo-deshielo. Resistencia a ciclos de hielo-deshielo, estabilidad al sulfato de
magnesio. Densidades y absorción de agua. Reactividad álcali-sílice.
b. Requisitos químicos. (Contenido en sulfatos solubles en ácido. Contenido en cloruros.
Contenido total en azufre. Componentes que alteran la velocidad de fraguado y la de
endurecimiento. Sustancias solubles en agua, para áridos artificiales. Pérdida por
calcinación).
-
Distintivos de calidad:
Se comprobará que el producto ostenta los distintivos de calidad exigidos, en su caso, por
el proyecto o por la dirección facultativa, que aseguren las características.
-
Ensayos:
Se realizarán los ensayos exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso,
por el proyecto o por la dirección facultativa. Ensayos regulados que pueden estar
especificados:
Descripción petrográfica de los áridos para morteros. Granulometría de las partículas de los
áridos para morteros.
Tamices de ensayo para áridos para morteros. Índice de lajas de los áridos para morteros.
Contenido en conchas en los áridos gruesos para morteros. Equivalente de arena de los
áridos para morteros. Valor de azul de metileno de los áridos para morteros. Granulometría
del filler (por tamizado por chorro de aire). Densidad y absorción de agua de los áridos para
morteros. Resistencia a ciclos de hielo-deshielo de áridos para morteros. Pérdida de peso
en soluciones de sulfato magnésico de los áridos para morteros. Análisis químico de los
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 áridos para morteros. Resistencia a ciclos de hielo/ deshielo de áridos ligeros de morteros.
Contenido en terrones de arcilla de los áridos para morteros. Módulo de finura de los áridos
para morteros. Reactividad álcali-sílice y álcali-silicato de los áridos para morteros.
Reactividad álcali-carbonato de los áridos para morteros. Reactividad potencial de los áridos
para morteros con los alcalinos.
5.6.
ESTUCO A FUEGO
Este capítulo es el único que tiene la característica de pertenecer a una familia estrictamente
tradicional y, en consecuencia, poco podemos establecer de su tratamiento y aplicación
sujeto a Normativa, ya que su sistema pertenece a la especial personalidad de su aplicador,
que ha de ser buen conocedor del sistema. Es decir, no lo puede aplicar cualquier albañil no
versado en este noble oficio, que pertenece a lo que se conoce como maestro estucador.
5.7.
HERRAJES
Los goznes, cerraduras, fallebas, bisagras y demás piezas de cerrajería de taller, deberán
ser repuestas o, si fuera el caso, fabricadas de manera que puedan encajar sin debilitar las
maderas ó debilitándolas lo menos posible, siendo el Contratista el responsable de las
imperfecciones que aparezcan.
5.8.
MADERA
La madera, tanto del país como extranjera que se emplee, será perfectamente seca sin
ninguna clase de defecto que perjudique su solidez y resistencia, como son: carcomas,
hendiduras, fibras accidentadas, nudos saledizos y demás defectos que denoten vicios o
enfermedades de las maderas. Las diferente clase y condiciones de las maderas que se
empleen serán constatadas por el Arquitecto director en base a la documentación que se
presente como garantía de la calidad del material empleado en las aplicaciones sobre las
carpinterías objeto de intervención.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 PROTECCION CONTRA INCENDIOS
ÍNDICE
1 Instalaciones 1.1 Instalación de protección 1.1.1 Instalación de protección contra incendios Prescripciones sobre los productos Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla
en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control
de la documentación de los suministros (incluida la del marcado CE cuando sea
pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de
idoneidad y el control mediante ensayos.
Los aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y mantenimiento empleados
en la protección contra incendios, cumplirán las condiciones especificadas en el
Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios RD 1942/ 1993.
Existen diferentes tipos de instalación contra incendios:
-
Extintores portátiles o sobre carros.
-
Columna seca (canalización según apartado correspondiente del capítulo Fontanería).
-
Bocas de incendio equipadas.
-
Grupos de bombeo.
-
Sistema de detección y alarma de incendio, (activada la alarma automáticamente
mediante detectores y/o manualmente mediante pulsadores).
-
Instalación automática de extinción, (canalización según apartado correspondiente del
capítulo Fontanería, con toma a la red general independiente de la de fontanería del
edificio).
-
Hidrantes exteriores.
-
Rociadores.
-
Sistemas de control de humos.
-
Sistemas de ventilación.
-
Sistemas de señalización.
-
Sistemas de gestión centralizada.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Las características mínimas se especifican en cada una de las normas UNE
correspondientes a cada instalación de protección de incendios.
Todos los componentes de la instalación deberán recibirse en obra conforme a: la
documentación del fabricante, normativa si la hubiere, especificaciones del proyecto y a
las indicaciones de la dirección facultativa durante la ejecución de las obras.
Productos con marcado CE:
-
Productos de protección contra el fuego (ver Parte II, Relación de productos con
marcado CE, 17.1).
-
Hidrantes (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE, 17.2).
-
Sistemas de detección y alarma de incendios (ver Parte II, Relación de productos con
marcado CE, 17.3):
Dispositivos de alarma de incendios acústicos.
Equipos de suministro de alimentación.
Detectores de calor puntuales.
Detectores de humo puntuales que funcionan según el principio de luz difusa, luz
transmitida o por ionización.
Detectores de llama puntuales.
Pulsadores manuales de alarma.
Detectores de humo de línea que utilizan un haz óptico de luz.
Seccionadores de cortocircuito.
Dispositivos entrada/ salida para su uso en las vías de transmisión de detectores de
fuego y alarmas de incendio.
Detectores de aspiración de humos.
Equipos de transmisión de alarmas y avisos de fallo.
-
Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas equipados con mangueras, (ver
Parte II, Relación de productos con marcado CE, 17.4):
Bocas de incendio equipadas con mangueras semirrígidas.
Bocas de incendio equipadas con mangueras planas.
-
Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción
mediante agentes gaseosos, (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE,
17.5):
Dispositivos automáticos y eléctricos de control y retardo.
Dispositivos automáticos no eléctricos de control y de retardo.
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Dispositivos manuales de disparo y de paro.
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Conjuntos de válvulas de los contenedores de alta presión y sus actuadores.
Válvulas direccionales de alta y baja presión y sus actuadores para sistemas de CO2.
Dispositivos no eléctricos de aborto para sistemas de CO2.
Difusores para sistemas de CO2.
Conectores.
Detectores especiales de incendios.
Presostatos y manómetros.
Dispositivos mecánicos de pesaje.
Dispositivos neumáticos de alarma.
Válvulas de retención y válvulas antirretorno.
-
Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores y
agua pulverizada, (ver Parte II, Relación de productos con marcado CE, 17.6):
Rociadores automáticos.
Conjuntos de válvula de alarma de tubería mojada y cámaras de retardo.
Conjuntos de válvula de alarma para sistemas de tubería seca.
Alarmas hidromecánicas.
Detectores de flujo de agua.
-
Sistemas fijos de lucha contra incendios. Sistemas de extinción por polvo (ver Parte II,
Relación de productos con marcado CE, 17.7).
-
Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas de espuma, (ver Parte II,
Relación de productos con marcado CE, 17.8).
De acuerdo con el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, la recepción de estos se
hará mediante certificación de entidad de control que posibilite la colocación de la
correspondiente marca de conformidad a normas.
No será necesaria la marca de conformidad de aparatos, equipos u otros componentes
cuando éstos se diseñen y fabriquen como modelo único para una instalación
determinada. No obstante, habrá de presentarse ante los servicios competentes en
materia de industria de la Comunidad Autónoma, antes de la puesta en funcionamiento
del aparato, el equipo o el sistema o componente, un proyecto firmado por técnico
titulado competente, en el que se especifiquen sus características técnicas y de
funcionamiento y se acredite el cumplimiento de todas las prescripciones de seguridad
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 exigidas por el citado Reglamento, realizándose los ensayos y pruebas que
correspondan de acuerdo con él.
Las piezas que hayan sufrido daños durante el transporte o que presentaren defectos no
apreciados en la recepción en fábrica serán rechazadas.
Asimismo serán rechazados aquellos productos que no cumplan las características
mínimas técnicas prescritas en proyecto.
Almacenamiento y manipulación (criterios de uso, conservación y
mantenimiento)Los productos se protegerán de humedad, impactos y suciedad, a ser
posible dentro de los respectivos embalajes originales. Se protegerán convenientemente
todas las roscas de la instalación. No estarán en contacto con el terreno.
Prescripción en cuanto a la ejecución por unidades de obra
Características técnicas de cada unidad de obra.
Condiciones previas: soporte El soporte de las instalaciones de protección contra incendios serán los paramentos
verticales u horizontales, así como los pasos a través de elementos estructurales,
cumpliendo recomendaciones de la subsección Electricidad: baja tensión y puesta a
tierra y el capítulo Fontanería según se trate de instalación de fontanería o eléctrica.
Quedarán terminadas las fábricas, cajeados, pasatubos, etc., necesarios para la fijación,
(empotradas o en superficie) y el paso de los diferentes elementos de la instalación. Las
superficies donde se trabaje estarán limpias y niveladas.
El resto de componentes específicos de la instalación de la instalación de protección
contra incendios, como extintores, B.I.E., rociadores, etc., irán sujetos en superficie o
empotrados según diseño y cumpliendo los condicionantes dimensionales en cuanto a
posición según el CTE DB SI. Dichos soportes tendrán la suficiente resistencia mecánica
para soportar su propio peso y las acciones de su manejo durante su funcionamiento.
-
Compatibilidad entre los productos, elementos y sistemas constructivos
Para prevenir el fenómeno electroquímico de la corrosión galvánica entre metales
con diferente potencial, se adoptarán las siguientes medidas:
Evitar el contacto entre dos metales de distinta actividad. En caso de no poder evitar
el contacto, se deberá seleccionar metales próximos en la serie galvánica.
Aislar eléctricamente los metales con diferente potencial.
Evitar el acceso de agua y oxígeno a la zona de unión de los dos metales.
En el caso de utilizarse en un mismo local extintores de tipos diferentes, se tendrá en
cuenta la posible incompatibilidad entre los distintos agentes de los mismos.
Cuando las canalizaciones sean superficiales, nunca se soldará el tubo al soporte.
Proceso de ejecución
-
Ejecución
La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, con excepción de
los extintores portátiles, se realizará por instaladores debidamente autorizados.
La Comunidad Autónoma correspondiente, llevará un libro de Registro en el que
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figurarán los instaladores autorizados.
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Durante el replanteo se tendrá en cuenta una separación mínima entre tuberías
vecinas de 25 cm y con conductos eléctricos de 30 cm. Para las canalizaciones se
limpiarán las roscas y el interior de estas.
Además de las condiciones establecidas en la subsección Electricidad: baja tensión y
puesta a tierra y el capítulo Fontanería, se tendrán en cuenta las siguientes
recomendaciones:
Se realizará la instalación ya sea eléctrica o de fontanería.
Se procederá a la colocación de los conductores eléctricos, con ayuda de pasahilos
impregnados con sustancias para hacer fácil su paso por el interior.
Para las canalizaciones el montaje podrá ser superficial u empotrado. En el caso de
canalizaciones superficiales las tuberías se fijarán con tacos o tornillos a las paredes
con una separación máxima entre ellos de 2 m; entre el soporte y el tubo se
interpondrá anillo elástico. Si la canalización es empotrada está ira recibida al
paramento horizontal o vertical mediante grapas, interponiendo anillo elástico entre
estas y el tubo, tapando las rozas con yeso o mortero.
El paso a través de elementos estructurales será por pasatubos, con holguras
rellenas de material elástico, y dentro de ellos no se alojará ningún accesorio.
Todas las uniones, cambios de dirección, etc., serán roscadas asegurando la
estanquidad con pintura de minio y empleando estopa, cintas, pastas,
preferentemente teflón.
Las reducciones de sección de los tubos, serán excéntricas enrasadas con las
generatrices de los tubos a unir.
Cuando se interrumpa el montaje se taparán los extremos.
Una vez realizada la instalación eléctrica y de fontanería se realizará la conexión con los
diferentes mecanismos, equipos y aparatos de la instalación, y con sus equipos de regulación
y control.
-
Tolerancias admisibles
Extintores de incendio: se comprobará que la parte superior del extintor quede, como
máximo, a 1,70 m sobre el suelo.
Columna seca: la toma de fachada y las salidas en las plantas tendrán el centro de
sus bocas a 90 cm sobre el nivel del suelo.
Bocas de incendio: la altura de su centro quedará, como máximo, a 1,50 m sobre el
nivel del suelo o a más altura si se trata de BIE de 2,5 cm, siempre que la boquilla y
la válvula de apertura manual, si existen, estén situadas a la altura citada.
-
Condiciones de terminación
Al término de la instalación, e informada la dirección facultativa, el instalador
autorizado emitirá la documentación reglamentaria que acredite la conformidad de la
instalación con la Reglamentación vigente.
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Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Control de ejecución, ensayos y pruebas
-
Control de ejecución
Extintores de incendios
Columna seca:
Unión de la tubería con la conexión siamesa.
Fijación de la carpintería.
Toma de alimentación:
Unión de la tubería con la conexión siamesa.
Fijación de la carpintería.
Bocas de incendio, hidrantes:
Dimensiones.
Enrase de la tapa con el pavimento.
Uniones con la tubería.
Equipo de manguera:
Unión con la tubería.
Fijación de la carpintería.
Extintores, rociadores y detectores:
La colocación, situación y tipo.
Resto de elementos:
Comprobar que la ejecución no sea diferente a lo proyectado.
Se tendrán en cuenta los puntos de observación establecidos en los apartados
correspondientes de la subsección Electricidad: baja tensión y puesta a tierra y el
capítulo Fontanería, según sea el tipo de instalación de protección contra incendios.
-
Ensayos y pruebas
Columna seca (canalización según capítulo Electricidad, baja tensión y puesta a
tierra y Fontanería).
El sistema de columna seca se someterá, antes de su puesta en servicio, a una
prueba de estanquidad y resistencia mecánica.
Bocas de incendio equipadas, hidrantes, columnas secas.
Los sistemas se someterán, antes de su puesta en servicio, a una prueba de
estanquidad y resistencia mecánica.
Rociadores.
Conductos y accesorios.
Prueba de estanquidad.
Funcionamiento de la instalación:
Sistema de detección y alarma de incendio.
Instalación automática de extinción.
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Sistemas de control de humos.
Pliego de Condiciones – ICOMEM Expte 08/2014 Sistemas de ventilación.
Sistemas de gestión centralizada.
Instalación de detectores de humo y de temperatura.
Conservación y mantenimiento
Se vaciará la red de tuberías y se dejarán sin tensión todos los circuitos eléctricos
hasta la fecha de la entrega de la obra.
Se repondrán todos los elementos que hayan resultado dañados antes de la entrega.
Serán los de obligado cumplimiento todo aquello que afecten a esta intervención
puntual.
Madrid Junio 2014
El Arquitecto
Colegiado 3898
CONFORMIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Sello y firma de la Empresa
D /Dª . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid a . . . de . . . . . . . . . . . . . . 2.01 .. Página 105 de 105
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