y Di au- ~ - Gobernación de Casanare
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y Di au- ~ - Gobernación de Casanare
GOBERNAC ION DE CASANARE NIT. 892099216-6 10027-3753 ii N Z r3Q 1 CORREO CERTIFICADO Yopal, 11 de Septiembre de 2015 GOBERNACIÓN DE CASANARE Señor(a): RAOICACÓN D CQODCIA MARIA UBALDINA ACHAGUA ACHAGUA 09 OCT 1015 VEREDA CAZADERO Nunchia Casanare - IE REF: COMUNICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO. Cordial Saludo, Comedidamente me permito comunicarle que el Departamento de Casanare mediante Resolución N°583 de fecha 27 de agosto de 2015, declaró la perdida de ejecutoriedad del acto administrativo frente a Ciento Ochenta y Nueve (189) núcleos familiares beneficiarios de la Resolución NO3993 de fecha 31 de diciembre de 2003; por lo cual se extinguen los efectos jurídicos frente al subsidio de vivienda que le fue asignado en dicho acto administrativo, en virtud de la causal 3 1 del artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, circunstancia que origina los efectos jurídicos de la pérdida de fuerza de ejecutoria del acto administrativo cuando han transcurrido más de cinco (5) años, y no se adelantaron las acciones correspondientes para la ejecución del mismo. Por consiguiente, le comunico que puede acercarse a la Oficina de Vivienda Departamental dentro del término de cinco (5) días hábiles a partir del recibido de la presente comunicación para que se le haga entrega de la copia del acto administrativo o en su defecto la puede consultar y descargar en la página WEB de la Gobernación de Casanare www.casanare.gov.co . Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 0 de la Resolución N°583 de fecha 27 de agosto de 2015, se señaló que contra el presente acto administrativo no proceden los recursos de ley. Atentamente, y Di au- ~ NARDA CONSUELO PERILLA ALONSO Asesor(a) de Vivienda Departamental PrOyectoA Rafae Profes ez L. ntratado. Carrera 19 No. 6-83, Cód. Postal 850001, TeL 6324645, Ext. 249, Yopal, Casanare www.casanare.gov.co - viviendacasanare.gov.co 1 de 1