"(...) Los proyectos de providencia presentados serán conocidas por
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"(...) Los proyectos de providencia presentados serán conocidas por
Corte Constitucional del ecuador Causa No. 0113-15-EP Juez Ponente: Ab. Alfredo Ruiz Guzmán, Mg. CORTE CONSTITUCIONAL.- SALA DE ADMISIÓN.- Quito D.M., 09 de abril de 2015 las 10h49.-Vistos.- De conformidad con las normas de la Constitución de la República aplicables al caso, el Art. 197 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales yControl Constitucional yel sorteo efectuado por el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria de 19 de febrero de 2015, la Sala de Admisión conformada por las juezas constitucionales, doctora Wendy Molina Andrade, doctora Tatiana Ordeñana Sierra, y juez constitucional abogado Alfredo Ruiz Guzmán, en ejercicio de su competencia AVOCA conocimiento de la causa No. 0113-15-EP, acción extraordinaria de protección presentada el 29 de diciembre de 2014, las 12:59, por el señor César Augusto Arboleda Rivadeneira, por sus propios y personales derechos. ANTECEDENTE.- Mediante auto dictado el 12 de febrero de 2015, las 10:41, la Sala de Admisión conformada por los Jueces Constitucionales, doctora María del Carmen Maldonado Sánchez, el doctor Marcelo Jaramillo Villa y el abogado Alfredo Ruiz Guzmán Mg., dispuso que: "(...) la demanda planteada por CESAR AUGUSTO ARBOLEDA RIVADENEIRA, no cumple con lo determinado en el artículo 61 numeral 6de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, elcual dispone: "(...) 6. Si la violación ocurrió durante elproceso, la indicación del momento en que se alegó la violación ante lajueza ojuez que conoce lacausa. "En tal sentido, el accionante debe identificar el momento en que alegó la vulneración de derechos constitucionales ante los jueces de la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, ya que dicha vulneración habría ocurrido durante el proceso según la demanda. Por lo expuesto, esta Sala, previo apronunciarse respecto de la admisibilidad de la presente acción, DISPONE que el compareciente complete yaclare la acción en el aspecto requerido, conforme alo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, en el término de cinco días, bajo prevención de rechazo y archivo." (sic). CONSIDERACIONES: PRIMERO.- El artículo 12 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional dispone: "(...) Los proyectos de providencia presentados serán conocidas por la Sala de Admisión, la que se pronunciará admitiendo, inadmitiendo, rechazando o disponiendo que se complete oaclare la demanda osolicitud, en el término de cinco días, bajo prevenciones de rechazo yarchivo. (...) El rechazo se produce en los siguientes casos: (...) 3. Cuando no se corrija ocomplete la demanda dentro del término de cinco días, concedido para el efecto.". De conformidad con la norma antes expuesta y luego de realizado el debido estudio del expediente, en consideración a que el legitimado activo señor César Augusto Arboleda Rivadeneira no ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto en auto de 12 de Página 1 de 2 Av 12 de Octubre N1H \ y pasaje niuiiüs Jimene rente- ,il p.iiquc f IArboliU. íelfs >V-H 2| W41 80 www.corteconstitucional.gob.ee Causa No. 0113-15-EP febrero de 2015, las 10:41, se RECHAZA la acción extraordinaria de protección No. 0113-15-EP, se dispone su archivo y ordena se devuelva el expediente a los jueces de origen. SEGUNDO.- Sobre las decisiones de la Sala de Admisión no cabe recurso alguno y las mismas causarán ejecutoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 ibídem. NOTIFÍQUESE.- C Dra. wendjnvtolma-Andrade JUEZA CONSTITUCIONAL [ tora. Tatiana Ordeñana Sierra \ ilJEZA CONSTITUCIONAL Abg. Alípedo Ruiz Guzmán, Mg. JUEZ CONSTITUCIONAL LO CERTIFICO.- Quito, 09 de abril de 2015.- Las 10h49. MISIÓN Página 2 de 2 Corte Constitucional delecuador K.ZÓN.- Siento portal que, enla ciudacJjgJ**£%$<* *¡S¡£S J ^ S ^ S ^ Í ^sa.untos.-.ce.fico.- JPCH/svg Corte Constitucional delecuador GUIA DE CASILLEROS CONSTITUCIONALES No. 181 Total de Boletas: (11) ONCE Av. 12 de Octubre NI6-114 y pasaje Nicolás Jiménez (frente al parque El Arbolito) www.corteconstitucional.gob.ee Teifs.: (593-2) 394-1800 email: comunicacioníf?cce.gob.ec Ecuador