NEO – 77: Procedimiento de - Seguridad a tu Alcance!!!
Transcripción
NEO – 77: Procedimiento de - Seguridad a tu Alcance!!!
Norma / Estándar Operacional PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 NEO 77: 2010 Procedimiento de: Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión. CONTIENE FORMULARIO DE PERMISO PARA TRABAJO EN CALIENTE ESTA NORMA: • ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO DE PERMISO PARA TRABAJO EN CALIENTE COMO MEDIDA PREVENTIVA DE APLICACION OBLIGATORIA EN LA DIVISION, PARA CUALQUIER TRABAJO U OPERACION TEMPORAL DONDE EXISTE UN ALTO RIESGO DE INCENDIO O EXPLOSION, QUE IMPLIQUE LLAMA ABIERTA O PRODUCCION DE CALOR Y/O CHISPAS (SOLDADURA CON ALEACIONES DE BRONCE, ZINC, CORTE CON SOPLETE, SOLDADURA AL ARCO ELECTRICO, PULIDO, TORCHADO, LIMPIEZA CON LLAMA, ESMERILADO, ETC.), EN ACTIVIDADES RUTINARIAS Y NO RUTINARIAS QUE SE REALICEN EN OTRAS ZONAS, FUERA DE LOS TALLERES O AREAS DE MANTENIMIENTO O AREAS HABILITADAS Y AUTORIZADAS PARA EFECTUAR TRABAJOS EN CALIENTE. Editada por Subgererencia de Riesgos Profesionales 1 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN Corporación Nacional del Cobre de Chile División CODELCO Norte NEO 77: 2010 Norma Estándar Operacional Procedimiento de Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión. Tercera Edición: Julio de 2010 Revisión: 0 Publicada por la Subgererencia de Riesgos Profesionales, Gerencia Sustentabilidad, División CODELCO Norte. Esta Norma interna debe ser revisada para su actualización con la periodicidad que se requiera para su vigencia actualizada. Disponible en la INTRANET de la División, sitio Web de la Subgererencia de Riesgos Profesionales. Indice Pág. 1. Alcance y Campo de Aplicación ........................................................................................................ 3 2. Términos y Definiciones Aplicados ..................................................................................................... 3 3. Actividades, Tareas u Operaciones que requieren Permiso para Trabajo en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Peligro y Riesgo de Incendio. (Se indican algunas) ............................. 5 4. Riesgos Potenciales de Incendio en Trabajos en Caliente ................................................................. 6 5. Normas Generales ............................................................................................................................. 6 6. Desarrollo del Procedimiento de Permiso para Trabajos en Caliente ................................................. 7 7. Validez o vigencia del Permiso para Trabajo en Caliente ................................................................... 7 8 Suspensión del Permiso para Trabajo en Caliente ............................................................................. 8 9. Responsabilidades ............................................................................................................................. 8 10. Requisitos de Seguridad para Realizar Trabajos en Caliente ............................................................. 13 Anexo Permiso para Trabajo en Caliente ..................................................................................................... 17 2 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 Norma Estándar Operacional Procedimiento de Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión. 1. Alcance y Campo de Aplicación 1.1 Establecer un procedimiento de Permiso para Trabajo en Caliente, al realizar actividades Rutinarias o Regulares y actividades No Rutinarias, fuera de los talleres o áreas de mantenimiento (soldadura, corte, etc.), áreas habilitadas y autorizadas para los trabajos de soldadura con gas y corte por soplete / flameado, torchado, esmerilado u otras operaciones con alto riesgo de incendio que puedan generar una fuente de ignición o que presenten un riesgo potencial de encendido de materiales combustibles o inflamación de líquidos inflamables. Los trabajos en caliente incluyen el uso de equipos y herramientas que generan calor, chispas, escorias calientes o llamas abiertas (máquinas soldadoras, equipos de oxicorte, torchado, esmeriles, vulcanizado, grupos electrógenos, calefactores, etc.). 2. 1.2 Garantizar, previo a efectuar un trabajo en caliente (mantención, reparación) que la línea de administración (supervisor responsable del área, instalación o equipo a intervenir o zona a efectuar el trabajo en caliente), el supervisor responsable de la ejecución del trabajo y el trabajador que ejecuta la tarea, mediante la firma de un Permiso para Trabajo en Caliente, certifican por escrito, que se han adoptado todas las medidas de seguridad y preventivas necesarias y los métodos de control, para un efectivo control de los riesgos potenciales asociados al trabajo a ejecutar. 1.3 Proporcionar un Formulario de Permiso para Trabajo en Caliente. (Ver Anexo). 1.4 Esta norma se aplica a todos los trabajos en caliente que se realicen fuera de las áreas de mantenimiento o talleres habilitados y autorizados para trabajos en caliente, y en todas las actividades rutinarias y no rutinarias (operaciones o tareas con riesgo de incendio o explosión) que puedan exponer a accidentes en términos de daño a las personas, equipos e instalaciones, al personal propio de la División y/o al de sus empresas contratistas. Términos y Definiciones Aplicados Trabajos en Caliente.- Comprenden todas las operaciones con generación de calor, producción de chispas, escorias, llamas abiertas o elevadas temperaturas, por ejemplo soldadura y corte con soplete / flameado, soldadura al arco eléctrico, limpieza con llama, esmerilado, taladrado u otras operaciones que generen calor en las proximidades de líquidos o gases inflamables o materiales combustibles o recipientes que contengan o hayan contenido productos inflamables. Trabajo en caliente es cualquiera operación en la que el calor generado o fuente de ignición es de suficiente intensidad y magnitud para causar la ignición de gases, vapores, líquidos inflamables o cualquiera clase de materiales combustibles con peligro y alto riesgo de incendio y explosión. 3 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN Permiso para Trabajo en Caliente.- Procedimiento por el cual el supervisor responsable del área, equipo o instalación, emite una autorización por escrito al supervisor responsable de la ejecución del trabajo, para que con personal de mantenimiento, reparación, instalación o construcción, ejecute el trabajo en caliente en condiciones seguras, con un nivel de riesgo aceptable para la organización. El Permiso para Trabajo en Caliente, es una certificación que acredita que el área de trabajo, instalación o equipo a intervenir y los métodos y procedimientos que se seguirán, ofrecen y garantizan condiciones de trabajo seguras y las personas que firman el permiso, se hacen responsables íntegramente de ello. El procedimiento de Permiso para Trabajo en Caliente debe, además, complementarse con procedimientos específicos de trabajo seguro, o de operaciones en las que se regulen las actuaciones precisas a seguir por todo el personal durante el trabajo. Supervisor Responsable del Area, Equipo o Instalación.- Es el jefe de área o sección, jefe de turno o supervisor designado y autorizado para generar y autorizar con su firma el respectivo Permiso para Trabajo en Caliente. Supervisor Responsable de la Ejecución del Trabajo en Caliente.cargo el personal que ejecutará el trabajo en caliente. Supervisor que tiene a su Vigilante de Incendios.- Persona designada por el supervisor responsable de la ejecución del trabajo en caliente, que está capacitada y entrenada para realizar la vigilancia contra incendios. El vigilante debe tener buena visión para observar y detectar focos de incendio y fuegos humeantes durante y después de finalizado el trabajo. Actividades Rutinarias.- Aquellas actividades normales que se realizan regularmente para cada actividad del proceso en condiciones de operación normal. Actividades No Rutinarias.- Son todas las tareas o actividades desarrolladas en un proceso, necesarias para mantener su continuidad en caso de una contingencia o detenciones no programadas, imprevistos operacionales o aquellos eventos que surjan de una actividad rutinaria o de gestión (por ejemplo: reparación de urgencia, mantención no programada, alerta de contaminación, intoxicación, etc.). Purgado / Drenado.- Proceso por el cual se retira todo remanente o residuo del producto contenido en un equipo, recipiente o contenedor. (Medida preventiva a aplicar). Lavado.- Proceso por el cual se sustituye o reemplaza el proceso por otro inerte, de tal modo que la concentración del producto del proceso no represente riesgos. (Medida preventiva a aplicar). Inertizado.- Aplicación de un gas inerte para desplazar y neutralizar vapores combustibles o tóxicos existentes en un equipo o recipiente (depósito). (Medida preventiva a aplicar). Ventilado.- Cuando por ventilación natural o mecánica los gases de un recipiente, instalación o recinto, han sido desplazados y barridos. (Medida preventiva a aplicar). Enfriado.- Cuando el equipo o recipiente ha sido sometido a un proceso gradual de reducción de la temperatura de trabajo. (Medida preventiva a aplicar). Fuente de Ignición.- Energía capaz de iniciar el proceso de combustión de un material combustible 4 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 en estado sólido, líquido o gaseoso ante una chispa, escoria o material con características tales que puedan, en combinación con cantidades adecuadas de comburente y combustible, generar peligro de incendio y/o explosión. Atmósfera Peligrosa.- Es aquélla que puede presentar riesgo a la integridad de las personas, daños a los equipos o instalaciones, debido a las siguientes variables: a) b) c) d) Inflamabilidad. Toxicidad / corrosividad. Radiación. Concentración de Oxígeno. Area Peligrosa.- Area en que los líquidos inflamables, vapores o gases, combustibles líquidos, polvos, fibras u otra sustancia inflamable o explosiva, puede estar presente y exponer a riesgo de incendio y explosión. Espacio Confinado.- Lugar o recinto cerrado (recipiente, estanque, etc., o que puede estar a cielo abierto –pozos zanjas–, etc.) y donde puede haber deficiencia de oxígeno, presencia de gases inflamables o tóxicos, y donde la estructura o configuración física del equipo, recinto o instalación, puede hacer que la movilidad sea limitada. (Torre, estanques, calderas, hornos, etc.). 3. Actividades, Tareas u Operaciones que requieren Permiso para Trabajo en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Peligro y Riesgo de Incendio. (Se indican algunas). • Soldadura y corte de metales eléctrica. • Soldadura y corte de metales con gas. • Acanalado con gas, calentamiento, enderezado con llama, limpieza con llama, endurecimiento con llama. • Uso de esmeril o de cualquiera otra herramienta que produzca chispas o calor. • Uso de equipos eléctricos no protegidos. • Limpieza de chorro de arena, picado de metales, demolición de concreto o de piedras. • Uso de herramientas neumáticas. • Uso de herramientas no clasificadas a prueba de explosión. • Uso de equipos o motores eléctricos que no sean antiexplosivos. • Astillado, desgarrado o cortado por impacto. • Uso de equipos de Rayos X o Gamma o similar. • Uso de cautines eléctricos, estufas y calentadores industriales. 5 NEO 77: 2010 4. 5. PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN • Uso de equipos con motor a combustión interna. • Operación de máquinas de combustión interna. • Perforación de cañerías y recipientes bajo presión. • Martillado. • Remachado. • Tratamiento térmico. Riesgos Potenciales de Incendio en Trabajos en Caliente • Contacto de llamas con material combustible. • Contacto de chispas con material combustible, con frecuencia a través de orificios en la pared, suelo o superficie de trabajo. • El calor transmitido a través de tubos o tuberías a materiales combustibles remotos. • La ignición de vapores o polvo inflamables en el aire. • La escoria y llamas abiertas pueden provocar incendios accidentales. Las chispas y la escoria se pueden dispersar a más de 8 metros de su origen. • Los gases combustibles pueden explotar cuando se encienden en un ambiente o recinto cerrado. • El oxígeno puede hacer que los líquidos inflamables y combustibles se quemen con fuerza explosiva. Normas Generales 5.1 Todo trabajo en caliente que se realice fuera del área de talleres o mantenimiento, debe ser autorizado mediante un Permiso para Trabajo en Caliente. (Soldadura y corte, esmerilado, soldaduras con aleaciones de plomo y estaño, soldadura con bronce). 5.2 La Administración de la faena minera deberá mantener un sistema de formulario documentado de Permiso para Trabajo en Caliente que garantice la protección de la integridad física de los trabajadores, instalaciones, equipos y el medio ambiente. 5.3 Se deberá solicitar un Permiso para Trabajo en Caliente para todas las operaciones de soldadura y corte que se realicen en otras áreas fuera del área de talleres de soldadura y corte (áreas habilitadas). 5.4 Antes del inicio de cualquier trabajo en caliente que se deba realizar en un área, equipo o instalación, en otras zonas fuera del taller o área de mantenimiento habilitada y autorizada, se deberá efectuar una evaluación de riesgos (análisis de riesgos o de trabajo) y establecer los controles operacionales que deben ser implementados. 6 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN 6. 5.5 El área donde se realizará el trabajo en caliente, debe exigir el uso de equipos y elementos en buenas condiciones físicas y de funcionamiento operacional. 5.6 Todo el personal que supervise o ejecute los trabajos en caliente, debe recibir capacitación y entrenamiento apropiado respecto de los equipos, y procedimientos de emergencia en caso de incendio. 5.7 Notificar al personal de empresas contratistas /subcontratistas, la presencia de cualquier material inflamable o de situaciones que entrañen peligro o riesgos. 5.8 Solicitar a las empresas colaboradoras (contratistas y subcontratistas) cumplir con los programas para trabajo en caliente y que se responsabilicen de capacitar e instruir correctamente a su personal. 5.9 Desde el inicio y durante el desarrollo de un trabajo en caliente, deberá existir una coordinación y comunicación apropiada entre las áreas de operaciones y de mantenimiento, para controlar el riesgo de incendio y otros riesgos potenciales asociados al trabajo en caliente. Desarrollo del Procedimiento de Permiso para Trabajos en Caliente 4.1 7. NEO 77: 2010 Instrucciones Generales a) Ningún trabajo en caliente se iniciará o ejecutará, si previamente el supervisor responsable del área donde se efectuará el trabajo, no ha autorizado, mediante su firma, el respectivo Permiso para Trabajo en Caliente. b) Cualquier incumplimiento exigido en el Formulario de Permiso para Trabajo en Caliente, será causal para NO autorizar el Trabajo. c) La parte 2 del formulario de Permiso para Trabajo en Caliente, permanecerá en el lugar propio donde se realizará el trabajo (documento a la vista), hasta que dicho trabajo finalice. d) El original (parte 1) del Permiso para Trabajo en Caliente quedará en poder del área donde se realice el trabajo. Al término el trabajo y después de la revisión final, el supervisor responsable del área debe recibir la copia, dando su conformidad a la operación o trabajo realizado. e) Se utilizará un Formulario de Permiso por cada equipo o instalación a intervenir. f) Los Formularios de Permisos completados, deben conservarse en el punto de trabajo donde se originaron par el control de documentos. Validez o vigencia del Permiso para Trabajo en Caliente 7.1 El Permiso de Trabajo en Caliente se emite y es válido únicamente para una jornada de trabajo de 8 horas y en un área determinada y como máximo para un turno de trabajo. 7 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN 7.2 No se deberá comenzar a trabajar en un área nueva, equipo o instalación, sin antes obtener el permiso correspondiente. 7.3 Si la duración del trabajo fuera superior a lo previsto, o el trabajo no haya terminado dentro del turno, se requerirá de un nuevo Permiso para Trabajo en Caliente. El Permiso para trabajo en Caliente perderá su validez: 8. a) Cuando el trabajo no se inicie dentro de las 2 horas siguientes a la emisión de la autorización. b) Si durante la ejecución de la tarea se producen situaciones que cambien las condiciones de seguridad en el trabajo (parada de trabajo durante más de 2 horas), se debe suspender el trabajo y el permiso deja de tener vigencia, requiriéndose un nuevo permiso o su revalidación por escrito y firmado. Suspensión del Permiso para Trabajo en Caliente 8.1 Cualquiera de las partes o el asesor de Gestión de Riesgos, al momento de efectuar una inspección, podrá suspender el trabajo y/o cancelar el permiso por: a) 8.2 9. Incumplimiento de las normas, procedimientos, falta de medidas de seguridad y/o ambientales, o se detecte cualquier condición subestándar o situación peligrosa que exponga al personal a peligros y riesgos. Si el trabajo en caliente contempla una duración de más de un turno de trabajo, se deberá solicitar un nuevo permiso o revalidar el que caduca, previa verificación de que las condiciones de seguridad no han variado, habilitándolo por un turno más. Responsabilidades 9.1 Supervisor Responsable del Area, Equipo e Instalación (Responsable Autorizador) a) Debe emitir el Permiso para Trabajo en Caliente, llenando el formulario de permiso, asegurando que se ha cumplido con la aplicación de la Lista de Verificación incluida en el Permiso, y garantizando que se han tomado y aplicado todas las medidas de control. b) Debe preparar y acondicionar el área de trabajo, equipo o instalación para su entrega al supervisor responsable de ejecutar el trabajo en caliente, en condiciones seguras. c) Si el equipo o instalación (estanque o recipiente, depósito, etc.) a intervenir contiene o ha contenido un producto inflamable o combustible, o contiene residuos o lodos que pueden liberar gases o vapores inflamables o tóxicos, debe vigilar y verificar que el equipo, área o instalación, si se aplica, está despresurizado, purgado, enfriado, lavado, inertizado, ventilado, la atmósfera es respirable, y el área o equipo está limpio de material combustible e inflamable. d) El área o equipo está libre de gas. 8 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 e) El área o equipo está libre de corrosivos. f) El área o equipo está libre de tóxicos. g) Se han vaciado y purgado las tuberías. h) El análisis de gases (inflamables, oxígeno, vapores tóxicos, etc.), debe tener resultados aceptables para permitir el trabajo y el resultado de “Prueba de Gas”, el que debe adjuntarse al Permiso. i) Coordina las actividades para que el lugar de trabajo, equipo o instalación a intervenir esté en condiciones de limpieza y protegido de materiales inflamables y combustibles. Verifica que: 1. El equipo a intervenir se encuentra aislado de otros equipos adyacentes o próximos. 2. Las válvulas han sido cerradas con dispositivos de bloqueo. 3. Si los circuitos eléctricos están desenergizados, bloqueados con candado y con tarjetas de advertencia, según NEO 4: 2006 – “Control de Energías Peligrosas con Uso de Sistemas de Bloqueo de Advertencia en la Intervención de Equipos, Maquinarias y Sistemas por Reparación y Mantención”. 4. Están desconectados todos los fluidos, aire, gas y combustibles. 5. En el lugar a efectuar el trabajo en caliente, el equipo o instalación se dispone de extintores portátiles o equipos móviles contra incendio, del tipo y clase ABC de polvo químico apropiado contra los riesgos de incendio existentes. 6. Además de contar en el lugar de trabajo con extintores contra incendio, todos los sistemas de protección contra incendios fijos deben funcionar correctamente. 7. Las condiciones de ventilación natural o mecánica e iluminación, son apropiadas en el área, equipo o instalación a intervenir. 8. El supervisor responsable de la ejecución del trabajo reciba toda la información necesaria, para que el trabajo se realice en condiciones de seguridad. 9. Se han adjuntado al respectivo Permiso para Trabajo en Caliente, los procedimientos de seguridad de bloqueo y advertencia y control de energías peligrosas, mediciones de atmósferas, autorización de ingreso a espacios confinados y otros documentos que se requieran. (Si es aplicable). 10. El trabajo a realizar en caliente no genere otra situación de peligro potencial en otra área de trabajo cercana. 11. Todas las energías remanentes o residuales peligrosas estén controladas para intervención de equipos e instalaciones en estado de energía cero. 9 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN 12. Se instalaron señales y avisos de señalización de seguridad para advertir del peligro y riesgo y restringir el ingreso de personas no autorizadas a la zona de trabajo en caliente, mediante letreros, señales, conos y cintas de señalización de seguridad delimitadoras de la zona de trabajo, para advertir el peligro y riesgos y prohibir el ingreso a personas no autorizadas. 13. La ausencia de cables eléctricos o ductos, tuberías o instalaciones eléctricas que se canalicen bajo tierra. 14. Se ha efectuado una identificación de los peligros y una evaluación de los riesgos existentes, efectuando una completa inspección del área, equipo o instalación donde se ejecutará el trabajo en caliente y adopta las medidas de control necesarias para proteger la integridad del personal, los equipos e instalaciones. 15. En los trabajos en caliente en equipos, áreas o instalaciones con riesgos derivados de atmósferas explosivas se han hecho mediciones de los niveles de explosividad y otras mediciones de gases si es necesario. 16. El personal del área del trabajo en caliente, está capacitado y entrenado en el uso de extintores portátiles y móviles contra incendio y conoce el Plan de Emergencia de la División CODELCO Norte y los procedimientos de emergencia para proteger al personal. 17. Se dispone de equipos de extracción local para la eliminación de gases, vapores y humos peligrosos en el lugar donde se realice el trabajo, en caso necesario. 18. Se dispone de pantallas o biombos para el resguardo del personal que trabaja en la zona y quede expuesto a la proyección de chispas, escorias y/o llamas abiertas. 19. Existe supervisión permanente en el área de trabajo. Si durante el trabajo se pueden formar atmósferas explosivas, se deberá supervisar el riesgo de explosión mientras haya trabajadores en el lugar. Se debe medir de acuerdo con el trabajo en caliente, el porcentaje de oxígeno, posible presencia de capas de polvo, previo al inicio del trabajo y periódicamente, quedando registrados los datos en el Registro de Atmósfera Explosiva, o documento de registro de mediciones ambientales. 20. 9.2 Al término del trabajo, se debe realizar una inspección y revisión final en el área de trabajo, equipo o instalación intervenida y firmará el cierre del Permiso para Trabajo en Caliente, certificando que se ha efectuado correctamente los trabajo especificado y archivará el permiso para el control de documentos. Responsabilidades del Supervisor Responsable de la Ejecución del Trabajo en Caliente a) El responsable de la ejecución es el solicitante del Permiso para Trabajos en Caliente. b) El supervisor responsable de la ejecución del trabajo en caliente, debe cumplir las siguientes acciones. 1. Solicitar la emisión y renovación del permiso en caso necesario. 10 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 2. No dará inicio al trabajo, sin tener autorizado el Permiso para Trabajo en Caliente y que se han tomado todas las medidas de seguridad y salud ocupacional y se han implementado los controles operacionales requeridos. 3. Inspeccionar personalmente el área de trabajo y aplicar las medidas de seguridad y control de riesgos necesarios. 4. Verificar que el personal que realizará el trabajo en caliente está autorizado, capacitado y tiene las competencias necesarias. 5. Vigilancia Contra Incendios (Medida de Control). Debe establecer si en el trabajo en caliente se requiere vigilancia contra incendio continua o con intervalos después de finalizar el trabajo. 6. Debe designar una persona capacitada y entrenada, encargada de la vigilancia contra incendios en el área donde se efectúe el trabajo en caliente. 7. El supervisor responsable de la ejecución del trabajo debe efectuar una inspección, revisión y control final en el área del trabajo en caliente y en áreas adyacentes, en los pisos o niveles superiores e inferiores de la zona de trabajo 30 minutos después de finalizado el trabajo, debiendo verificar nuevamente el lugar transcurridos 60 minutos. 8. Debe evaluar las condiciones y requisitos de seguridad siguientes: • Que el equipo a intervenir se encuentre aislado de otros equipos. • Que las válvulas estén cerradas y bloqueadas con candados y tarjetas de advertencia de bloqueo. • Que los circuitos eléctricos estén bloqueados con sistema de bloqueo (candado) y advertencia de peligro (tarjetas), para impedirla energización de los elementos intervenidos. • Que el equipo de soldadura y corte (si es aplicable) esté operativo. • Que el personal cuente con el equipo y elementos de protección personal, de acuerdo con los riesgos específicos. • Que la medición de gases esté conforme y las condiciones ambientales son seguras. • Que los extintores y equipos contra incendio estén operativos para su uso. • Que en el equipo, sistema o instalación a intervenir, todas las energías peligrosas han sido controladas para intervención en estado de energía cero. • Que existe ventilación adecuada, y que en caso necesario se ha instalado la ventilación forzada necesaria (mecánica). • Que se han instalado letreros, barricadas con conos o cintas de señalización 11 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN delimitadoras en el área de trabajo para aislar el área y restringir el acceso a personas no autorizadas. 9.3 9.4 • Que se han cumplido todas las instrucciones del área donde se realizará el trabajo. • Que el o los equipos, instalación o área intervenida, ha sido inspeccionada y las operaciones se han reiniciado correctamente. • Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos indicados para realizar el trabajo en forma segura, firmará el permiso y entregará el área, equipo o instalación al supervisor responsable del área. Responsabilidades del Personal que Ejecuta el Trabajo en Caliente (trabajador(es) encargado(s) del trabajo). a) Firmar el Permiso para Trabajo en Caliente una vez tomado conocimiento e inspeccionado el lugar. El formulario de permiso contiene un listado de verificación, que garantiza el estado de las instalaciones. (Ver Anexo). b) Asegurar que una Copia del Permiso para Trabajo en Caliente ,esté en el área de trabajo en un lugar visible donde se ejecutará el trabajo. c) Utilizar el Permiso para Trabajo en Caliente exclusivamente por el tiempo establecido. d) Interrumpir su trabajo si fuera necesario y comunicar de inmediato al supervisor del área si se observan defectos, fallas o condiciones subestándar, o cambios en las condiciones de trabajo. (Si hay cambios se requiere una nueva evaluación de los riesgos y medidas de control). e) Debe inspeccionar y verificar al término del trabajo en caliente (soldadura, corte, etc.), que no quedan restos de material incandescente (brasas, escoria, chispas, llamas humeantes) donde se efectuó el trabajo en caliente. Responsabilidades del Vigilante Contra Incendio a) Debe estar capacitado, entrenado y autorizado para permanecer en el área de trabajo en caliente. b) Debe estar capacitado y entrenado en el Plan de Emergencia de la DCN. c) Estar capacitado y entrenado en el uso de extintores portátiles o móviles contra incendio y uso de mangueras y agua (en caso necesario). d) Debe estar preparado para responder a un incendio (amago), activar la alarma e intentar combatir amagos (si es seguro). e) Circular en forma constante por el área para controlar posibles focos de incendios y detectar amagos, arriba, abajo y a los costados adyacentes al lugar de trabajo en caliente. f) Debe permanecer en el área donde se realizó el trabajo en caliente y efectuar una inspección y revisión del lugar hasta 30 minutos, después de finalizado el trabajo en caliente, 12 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 debiendo verificar nuevamente el lugar, transcurridos 60 minutos. 10. Requisitos de Seguridad para Realizar Trabajos en Caliente 10.1 Previo a Efectuar el Trabajo a) El lugar de trabajo o cercano al equipo o instalación a intervenir (soldar, cortar, esmerilar, etc.), debe contar con extintores contra incendio apropiados. (ABC polvo químico). b) Todos los sistemas fijos de protección contra incendio, si existen en el área, deben funcionar correctamente, sin perjuicio de contar con extintores portátiles o móviles contra incendio. 10.2 Requisitos de Seguridad que se Deben Cumplir dentro de un Radio de 11 metros de Distancia Mínima de la Zona de Trabajo en Caliente. a) Debe existir orden y limpieza en el punto de operación y entorno. b) Asegurar que los líquidos inflamables y materiales combustibles han sido retirados o trasladados a una distancia mínima de 11 metros, de la zona de trabajo en caliente. c) Si no es posible retirar o trasladar el material combustible de la zona de operación, se debe proteger o cubrir con lonas, mantas o cubiertas resistentes al fuego (ignífugas) o con biombos metálicos, dispuestos según la necesidad. d) Cubrir herméticamente todas las aberturas en pisos y paredes con materiales a prueba de fuego (en un radio de 11 metros) para evitar que las chispas o brasas se puedan escapar por grietas u orificios en paredes, suelos o estructuras abiertas. e) No cortar ni soldar en atmósferas explosivas o en lugares donde exista polvo o líquidos combustibles. f) Se debe designar a una persona responsable y entrenada, para vigilar la generación de chispas y brasas en el área de trabajo y en los pisos o niveles superior e inferior de la zona donde se hará el trabajo en caliente. g) Se debe proporcionar ventilación general mecánica o ventilación por aspiración, que cumpla con la reglamentación vigente cuando se realicen trabajos de soldadura, corte o calentamiento en un espacio o recinto confinado, reducido o cerrado. h) El suelo de la zona de trabajo debe estar limpio y libre de materiales combustibles. El revestimiento de piso combustible debe ser humedecido o cubierto con material resistente al fuego. i) Antes de iniciar un trabajo en caliente sobre andamio, debe asegurarse que la zona situada debajo del andamio está fuera de peligro y que las chispas o los restos de material incandescente no provocarán un incendio. j) Utilizar pantallas o biombos para proteger a las demás personas de chispas de soldadura. 13 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN 10.3 Condiciones de Seguridad de las Instalaciones Adyacentes a) El área debe estar libre de gases explosivos o tóxicos. b) Los equipos e instalaciones adyacentes están en condiciones seguras. c) Los desagües, canaletas, drenajes y cámaras están sellados o protegidos. d) Se han tomado las medidas de protección necesarias para evitar proyección de material incandescente. 10.4 Trabajos en Caliente en Espacios Confinados Requisitos y Medidas de Seguridad a) Los trabajos en caliente (por ejemplo: soldadura y corte) que se deba realizar en espacios confinados, tales como: estanques de almacenamiento de líquidos combustibles o inflamables, depósitos, contenedores, recipientes a presión (calderas a vapor), tubos, ductos y estructuras similares o en espacios reducidos con abertura superior de más de 1,50 metros de profundidad (fosos de engrase de vehículos, pozos, depósitos y lugares en los que la atmósfera pueda no ser respirable por falta de oxígeno, o estar contaminada por productos inflamables tóxicos o corrosivos, depósitos abiertos, cubas, etc.), pueden contener material explosivo, tales como líquidos, gases o vapores inflamables o polvo combustible en tambores, depósitos u otros recipientes, envases o contenedores que no hayan sido limpiados y/ o preparados correctamente. b) Mantener una ventilación adecuada. c) Limpiar el área de trabajo y retirar los materiales combustibles y líquidos inflamables. d) Efectuar mediciones con deflectores de gas en atmósferas explosivas. e) Efectuar purga de vapores inflamables. f) Contar con un Permiso de Trabajo en Espacios Confinados, de acuerdo con Norma Interna NEO 62: 2008 – “Medidas de Seguridad, Prevención y Control de Riesgos para el Ingreso a Espacios Confinados”. g) Aplicar procedimiento y de sistema de bloqueo y advertencia (candado y tarjeta) para la intervención de equipos y sistemas, establecido como norma permanente y obligatoria, cuando sea necesario y aplicable. 14 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 Anexo Formulario de: Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión. (Autocopiativo) 15 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN PAGINA EN BLANCO 16 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJO EN CALIENTE ANTES DE COMENZAR EL TRABAJO EN CALIENTE, REVISE TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Este Permiso se requiere para efectuar cualquier operación temporal que implique llama abierta o producción de calor y/o chispas: Soldadura, corte, soldadura con aleaciones de bronce, zinc, pulir, torchar. El permiso se aplica solamente a estos trabajos en las zonas especificadas, durante el tiempo y fecha anotada en esta tarjeta. LISTA DE VERIFICACION INSTRUCCIONES Sistemas Sprinklers en servicio, si los hay. Mangueras y medios de extinción disponibles. Supervisor: 1. Completar la Lista de Verificación del lado derecho. 2. Completar el formulario y conservar la Parte 1 (blanca). 3. La Parte 2 (amarilla) debe instalarse en un lugar visible donde se desarrollará el trabajo. 4. Designar un vigilante de incendio. Equipos de trabajo en caliente en buen estado. REQUERIMIENTOS DENTRO DE LOS 11 METROS Asegurar que los líquidos inflamables y materiales combustibles fueron retirados de la zona de trabajo. Pisos barridos y estructuras superiores o de encima limpias de polvo, pelusas y residuos. INFORMACION DEL PERMISO Todos los pisos y paredes con aberturas, deben ser cubiertas y/o protegidas. Paredes / Techo, eliminar los materiales combustibles; al lado opuesto, o lejos de las estructuras adyacentes. Trabajo en Caliente hecho por: CODELCO Mantas / Cobertores resistentes al fuego y biombos de metal, dispuestos según la necesidad. CONTRATISTA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS Número de Permiso Ventilación adecuada. Lugar / Edificio / Piso Limpie y quite todos los materiales inflamables y combustibles. Chequeo de atmósferas con detector de gas. Purga de vapores inflamables. Trabajo por hacer Permisos de Espacio Confinado y Bloqueo, si es necesario. VIGILANTES CONTRA INCENDIOS Persona que Realiza el Trabajo (Nombre y Firma) Designar un vigilante de incendio, capacitado y entrenado, durante las operacionesy al menos 30minutos después de terminadoel trabajo. Un control final área de trabajo y áreas adyacentes, debe realizarse por 30 minutos después de finalizado el trabajo y verificar nuevamente el lugar transcurridos 60 minutos. Firma Supervisor del Area He comprobado que las instalaciones han sido inspeccionadas y han sido tomadas las medidas de seguridad necesarias. El permiso está autorizado sólo para el trabajo indicado en la parte superior. Fecha de Término del Permiso Hora Fecha de Inicio del Trabajo Hora Firma Trabajador que Ejecuta el Trabajo INSTRUCCIONES ESPECIALES Fecha de Finalización del Trabajo Firma del Vigilante Contra Incendios 17 Hora NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN PERMISO PARA TRABAJO EN CALIENTE ANTES DE COMENZAR EL TRABAJO EN CALIENTE, REVISE TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Este Permiso se requiere para efectuar cualquier operación temporal que implique llama abierta o producción de calor y/o chispas: Soldadura, corte, soldadura con aleaciones de bronce, zinc, pulir, torchar. El permiso se aplica solamente a estos trabajos en las zonas especificadas, durante el tiempo y fecha anotada en esta tarjeta. LISTA DE VERIFICACION INSTRUCCIONES Sistemas Sprinklers en servicio, si los hay. Mangueras y medios de extinción disponibles. Supervisor: 1. Completar la Lista de Verificación del lado derecho. 2. Completar el formulario y conservar la Parte 1 (blanca). 3. La Parte 2 (amarilla) debe instalarse en un lugar visible donde se desarrollará el trabajo. 4. Designar un vigilante de incendio. Equipos de trabajo en caliente en buen estado. REQUERIMIENTOS DENTRO DE LOS 11 METROS Asegurar que los líquidos inflamables y materiales combustibles fueron retirados de la zona de trabajo. Pisos barridos y estructuras superiores o de encima limpias de polvo, pelusas y residuos. INFORMACION DEL PERMISO Todos los pisos y paredes con aberturas, deben ser cubiertas y/o protegidas. Paredes / Techo, eliminar los materiales combustibles; al lado opuesto, o lejos de las estructuras adyacentes. Trabajo en Caliente hecho por: CODELCO Mantas / Cobertores resistentes al fuego y biombos de metal, dispuestos según la necesidad. CONTRATISTA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS Número de Permiso Ventilación adecuada. Lugar / Edificio / Piso Limpie y quite todos los materiales inflamables y combustibles. Chequeo de atmósferas con detector de gas. Purga de vapores inflamables. Trabajo por hacer Permisos de Espacio Confinado y Bloqueo, si es necesario. VIGILANTES CONTRA INCENDIOS Persona que Realiza el Trabajo (Nombre y Firma) Designar un vigilante de incendio, capacitado y entrenado, durante las operacionesy al menos 30minutos después de terminadoel trabajo. Un control final área de trabajo y áreas adyacentes, debe realizarse por 30 minutos después de finalizado el trabajo y verificar nuevamente el lugar transcurridos 60 minutos. Firma Supervisor del Area He comprobado que las instalaciones han sido inspeccionadas y han sido tomadas las medidas de seguridad necesarias. El permiso está autorizado sólo para el trabajo indicado en la parte superior. Fecha de Término del Permiso Hora Fecha de Inico del Trabajo Hora Firma Trabajador que Ejecuta el Trabajo INSTRUCCIONES ESPECIALES Fecha de Finalización del Trabajo Firma del Vigilante Contra Incendios 18 Hora PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 CERTIFICADO Certifico que recibí de parte de CODELCO Norte, la Norma Estándar Operacional NEO 77: 2010 – “Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión”. Prometo leer y aprender el contenido de esta Norma, comprometiéndome a respetar estas disposiciones en mis labores o actividades diarias. Nombre : .......................................................................................................... Cargo .......................................................................................................... : Area de Trabajo: ................................................................................................... Archivo : ......................................... R.U.T. : ......................................... Firma : ......................................... Fecha : ......................................... Entregado por: ...................................................................................................... Cargo : .......................................................................................................... Fecha : ......................................... Firma : ......................................... Copia para el Trabajador. 19 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN PAGINA EN BLANCO 20 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN NEO 77: 2010 CERTIFICADO Certifico que recibí de parte de CODELCO Norte, la Norma Estándar Operacional NEO 77: 2010 – “Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión”. Prometo leer y aprender el contenido de esta Norma, comprometiéndome a cortar respetar estas disposiciones en mis labores o actividades diarias. Nombre : .......................................................................................................... Cargo .......................................................................................................... : Area de Trabajo: ................................................................................................... Archivo : ......................................... R.U.T. : ......................................... Firma : ......................................... Fecha : ......................................... Entregado por: ...................................................................................................... Cargo : .......................................................................................................... Fecha : ......................................... Firma : ......................................... Copia para Carpeta de Antecedentes del Trabajador. 21 NEO 77: 2010 PERMISO PARA TRABAJOS EN CALIENTE EN AREAS, EQUIPOS E INSTALACIONES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN Procedimiento de Permiso para Trabajos en Caliente en Areas, Equipos e Instalaciones con Riesgo de Incendio y Explosión. Esta Norma: Establece un Procedimiento de Permiso para Trabajos en Caliente, al realizar actividades Rutinarias y No Rutinarias fuera de los talleres o áreas en condiciones de seguridad, designadas, habilitadas y autorizadas para los trabajos de corte y soldadura, esmerilado, torchado u otras operaciones con riesgo de incendio que puedan generar una fuente de ignición o que presenten un riesgo potencial de encender materiales combustibles o inflamables. Los trabajos en caliente incluyen el uso de equipos y herramientas que generan calor, chispas, escorias calientes, o llamas abiertas tales como: máquinas soldadoras, equipos de oxicorte y torchado, esmeriles portátiles, lámparas incandescentes, vulcanizado, grupos electrógenos, calefactores, etc. Esta norma se aplica a todos los trabajos en caliente que se realicen fuera de las áreas de mantenimiento o talleres habilitados y autorizados para trabajos en caliente, y en todas las actividades rutinarias y no rutinarias (operaciones o tareas con riesgo de incendio o explosión). 77: 2005 2010 NEO NEO 26: 22