AUTOS Y VISTOS: 10.398 /°7), caratulada "Carrio Elisa s/ Injuri.~s
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AUTOS Y VISTOS: 10.398 /°7), caratulada "Carrio Elisa s/ Injuri.~s
AUTOS Y VISTOS: 10.398 /°7), caratulada "Carrio Elisa s/ Injuri.~s", del registro de este Juzgado Nacional en 10 Criminal y Correccional Federal N° 1, a cargo de ia Dra. Marla Servini de Cubria, Secretarfa n° 1, a cargo de la Dra. Maria Ines Gambira:;si; la seguida contra Dra. Elisa Marfa Avelina Carri6, titular del Documento Nacional de Identidad n° 13.592.032, de nacionalidad argentina, nacida e\ dla 26 de enero de 1957 en la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, hija de Rolando Alfredo (f) y de Maria E. Rodriguez de Carrio, de profesi6n abogacli.L con domicilio actual en la Av. Santa Fe 1509, piso 9° de esta ciudad. RESULTA: ..J ~ U u. o oU') :J Se inician las presentes actuaciones a ralz de la quere!la promovida en orden al delito de injurias (articulo 110 del C6digo Penal), con fecha 5 de julio del ana 2007, par el Dr. Amado Alejandl'O Vecchi, en representacic5n del Dr. Eduardo Duhalde, en contra de la Dra. Elisa CarrieS (vel' fS.1/12). Las expresiones de Elisa Carrio) denUllc.;adas par t~; querellante como lesivas a su honor, forman parte de la entrevista que Ie hicie:a a la nombrada el conductor y periodista Joaquin Morales Sola, en el prograllla televisivo ((DESDE EL LLANO", que fuera emitido el dia 11 de julio del ana 20°5, porel canal ((Todo Noticias"-"TN"-. Con fecha 6 de julio del ano 2007, fue ratificada ia qU'2reiia formulada por el Dr. Alejandro Vecchi en representaci6n del Dr. Eduardc Duhalde. A tal efecto se present6 la Dra. Evangelina Daniela SienCl Mosca, munida de poder especial agregado;:1 fs. 13/15. Las partes fueron convocadas a celeblClr la aucLellcia de conciliaci6n prevista en el art. 424 del C. P. P. N., el dia 21 de agosto del ana 2007 y e) dla 15 de noviembre del mismo ano; las que no se Ilevaron a cabo ell ninguna de las dos oportunidades fl-ente a la ausencia de la parte quere:l!ada, conformE' surge de fs. 24 y 48. , , \:, Que con fecha 20 de noviembre del ana 2007, y no habiendose realizado la audiencia de conciliaci6n, se cit6 a la Sra. Elisa Carri6 a efectos de que compareciera y ofreciera prueba en el terminG de diez dfas, de acuerdo a 10 previsto por el art. 428 del C.P.P.N, por petici6n dela parte querellante -ver fs. 50. La Dra. Mariana Stilman, abogada defensora de la Sra. Elisa Carria, ofreci6 prueba en legal termino, mediante presentacian que luce a fs. 60/64. En tal sentido, con fecha 3 de octubre del ano 2008, se tuvo por incorporada al proceso la prueba documental aportada por las partes y se ordena la produccian de la prueba relativa a la instruccian suplementaria, ofrecidas por las partes a fs. 119/122 y 138/141. Con fecha 25 de septiembre pasado, la letrada defensora de Elisa Carria} Dra. Mariana Stilman, solicita se declare la inconstitucionalidad de los tipos penales de calumnias e injllrias y en consecuencia se dicte el sobreseimiento de su defendida, conforme emana de fs. 428/ 434. Respecto a dicho planteo se corria traslado a la parte qllerellante, el que fue contestado a fs. 443/448 y se ordena vista al Sr. Agente Fiscal, contestada a fs. 450/452. Con fecha 26 de octubre pasado, se orden6 la incorporacic5n al debate del resultado de las medidas de prueba que fueran oportunamente dispuestas, conforme surge de fs. 456. A fs. 457 el Tribunal resolvia diferir el examen del planteo de incollstitucionalidad de la Defensa, al momento de dictar sentencia y se fij6 fecha de audiencia de debate, a pedido de la parte querellante, para el dfa 10 de noviembre de 2009 a las 11:30 horas, canforme 10 narmado en los arts. 429 y 359 del C.P.P.N. AUQLENCI_A DE DEBATE Con fecha 10 de noviembre pasado y ante la presencia del Dr. Duhalde y su apoderado el Dr. Alejandro Vecchi y sus letrados patrocinantes los Dres. Mariano Fragueiro Frias y Diego Carlos Alvarez Bognar; la Dra. Elisa CarrieS y sus abogadas defensoras la Ora. Mariana Stilman y la Dra. Graciela \.")\\ \ ,'\. \\:=)~I \/l-I i '.. \\ \\ I . .\./\\, \/:\'..\\ II : \ /\ V \\ \ \ J \.\ \.\.\.\\'\y, . \.\\ , \ \\J? SER\\"iI:t CUBk! Amanda Potenza, se celebr6 la audiencia de debate ordenada en autos. ~IARIA JUEZ FtfurAL Que inicialmente las partes fueran preguntadas sobre su'li intenci6n de interponer excepciones previstas en ei art. 376 del C, P. p, N" a 10 que la Dra. Stilman manifesto que deseaba' mantener el planteo de inconstitucionalidad que oportunamente habra interpuesto. Seguidamente y conforme )0 normado en los arts. 378, 407, en funcion del art. 296 y cctes. y 430 del C. P.P. N' J el Tribunal concedi6 la palabra a la Sra. Elisa Carrio, y la nombrada hizo uso de su derecho de defensa prestando declaracion. Que en su relato ia Sra. Elisa Carri6 manifesto que des20ba oJ < (,) u. o o en ::J ~xp~.A-rrw.tL'LO--f'-C-O-D.t~xto de .~?ra sus expresiones. En taLsentido dijo que la eontrolar signifiea saber y examioar. es d~r fiscalizar, y en tal sentido ~-"--_.~.--'--"~--.., refiriE~ndose a la persona de Duhalde expreso que uexaminaba y no combatia y -"--~"-----"'~'-'.,--.. ~ sabia suficientemente". ------ .---- ---~ Por otro lado, agreg6 que nunca imput6 al Sr. Ouhalde por ~--------~-,"",._----........." ......~-~-~. ~~--------- deUto criminal, dado que sl hubiera tenido las pruebas ~------------_._---~,-_ de una .._--.~,.~~,------_.-.-~--,-,--..------~--_.- responsabilidad penal del nombrgQQJ_lQ...hllbjera_denun_s.~9,92_'p'~,r:...alnlent2, .. ... -.._--- ... _- --- --,._ .. ~._,-_._._ _,~- . ... _-_._~ -... cos9 gue no hizo. Asimismo aclar6 que la culpa politica es de :jatul'alcz.6 diferente a la culpa criminal, perteneciendo la primera de elias a todos los que ejereen cargos publicos, entre 105 cuales se incluyo a referir liLa culpapolitica ." ------------..--: Es Ja que tenemos quienes ejercemos funci6n publica y politico)) (sic). Y - - - - - - - --" .._._---_.._------ - _ agrego que cuando se asume un car~olitico se estci sometido Q fo m'tica. ._. ~ --------_ ----~._------~-~-- . ----_.'._~-~.,~. - ," En el desarrollo de su extensa declaracion la 0,'0, Elisa Ccrrie! pidio perd6n al Dr. Ouhalde si este se consider6 ofen dido con sus declaraciones y enfatizo que nunca dijo que el nombrado liderora ei poder mafioso. Asimismo, al ser preguntada par ia parte querel!allte sobrl2 su declaracion obrante en la causa nro. 3169/07 caratulada: "Vecehi Alejandro 51 -' .. .. denuncia Jl , CarrieS ratificeS los dichos alii vertidos, aclarando desee afectar el honor de nadie y menos de la tat'0Jlia del --_. que " ... nunCQ. quer~Jlgnte ... ~~- "',- Seguidamente, concedida la palabra a la defensa, esta pregunteS a su defendida si tuvo intenci6n de injuriar al Dr. Duhalde, a 10 que la misma respondieS que no tuvo tal intencieSn. Sin periuido de ello, la encartada aclarcS que no se retractaba de sus dichos en cuanto a la responsabilidad po!itica que Ie atribuyera al querellante, y que nunca dijo queeJ Dr. DuhaJde era no rcotraficante. YCONSIDERANDO: Que escuchado el descargo de la Dra. Elisa CarrieS, Y habiendo contestado la nombrada a las preguntas formuladas por ambas partes, se concedi6 la palabra al Dr. Mariano Fragueiro Frias, quien manifesteS que atento a que en sus dichos la encartada refiri6 que no tuvo intenci6n de imputar delito ---------~-- cual no se desdijo de estos ni acepteS la falsedad de la especie vertida, enfatizeS ------- ---------- ------ - se retractaba en wanta a ese reitero- que no tuvo "animus injuriandi y que __ .,--.. _-_._- _-------_ _----_ _ _ -. __ "_._- .. -. , (6nimo./Frente a ello el Dr. Duhalde expreseS que el hombre comun de la Jl ---------_._-_.--_._-_._-_._._-----_._~. .. . ~--_ ------------..-.. audiencia televisiva no entiende par el termino "controlar Jl aquello que la qll(~t'ellada explico en esta audiencia y que significa saber, examinar, etc., sino que Ie da otro sentido y eso era uno de los aspectos que 10 habia afectado. A su vez, la Dra. Carri6 agrego que en las expresiones que se Ie imputaran se refiri6 a la palabra 'controlar' ({con la ~~~i?i~n del diccionarj~~~_~_~_~~~ __~ca~~~~_ EspaFiola Jl (sic).. . _---------- Ahora bien, expuestas las posturas adoptadas por las partes del litigio en cuanto al Dr. Eduardo Duhalde Ie fueroll saUsfactorias las explicaciones dadas por la Dra. Carri6 al termino "controlar", d pedidc de perdc5n ante la posible injuria hacia el nombrado y su familia, la ausencia del animo de haberlo injuriado y el no haberse referido nunca al Dr. Duhalde como narcotraficante 0 lider del poder mafioso,considera este Tribunal que se veri-fican en el caso los terminos previstos por el art. 117 del C6digo Penaly arts. 425 Yc(s. del C6digo Procesal Penal de la Nacion; extremos que autorizan el sobreseimiento de la causa. Que atento al caracter de 1a resoluci6n a adoptarsc, habre de declarar abstracto el planteo de inconstitucionalidad efectuado por la Dra. Mariana Stilman a fs. 428/434, el que fuera mantenido por la nornbrada al momento del debate y cuyo tratamiento fue oportunamente diferido por- el ..J <l: Tribunal a esta etapa. U u. o o (j) :J En relacion a las costas, la parte querellantc solicitc5 que fueran fijadas en su orden, conforme las prescripciones del art. 425 de; C.P.P.I'.i.) a 10 que 1a Defensa presto su conformidad. Por 10 expuesto y en atencion a la nomlativa citada, es que corresponde y asi; RESUELVO: 1- SOBRESEER lEN LA PRESENTE CAUSA l\jo 10.908/2007 del registro de la Secretarfa nro. ~ 1 de este Juzgado Nacional en 10 Criminal y orreCCional Federal nro. 1, en aplicacic5n de 10 norma do por el art. 117 del Codigo Penal y arts. 425 y ccs. del C6digo Procesal Penal. II. FIJAR como fecha de audiencia para la lectura de los fundamentos de la presente, el dia 24 de noviembre de 2009 a las 12 :00 horas. Notiflquese a las partes en ocasic5n de la lectura del presente. lJI-DECLARAR ABSTRACTO EL PLA I'JT t. 0 0 i~ I N CO NST ITU CI 0 I\J ALI DA D, interpuesto por la Defensa a fs. 4 28 /434. IV-FIJENSE LAS COSTAS A LAS PART E5 , OR DEN 1 conforme la normativa citada. U~ SU ) { / Ante MI; MARIA INES GAMfllRASSI SECRETARIi\ f'EDERAL Se cumple con 10 ordenado. Conste- MARIA INES GAMBIRASSI SECRETARIA FEDERAL En del mismo notifique a __~ __ _ _ _ _ _~de la resoluci6n antedicha y de las resoluciones de fs. 500 Y 533, firmando para ccmstancia par Ante Mi. Day Fe, IMMIA INI:$ <'lAMBIRASSI SECRETARIA FEDERAL En del mismo Ilotifique a ~ ~de la n=solucicSn antedicha Y de las resoluciones de fs. 500 Y 533, firmando para constancia por Ante MI. Doy Fe. MARIA INES GAMBlRASSI SECRETARIA FEDERAL ~ \ ,/ P / ~~~ ~, ~("iil!\'i' , c-/ :/ . ({""'i:"""'!! c:'~~1' ,,(fJ'?- C \ a los 10 dbydel del ano dos mil nueve, este J uzgado ~~ !., N~~ional 0 l~;S d~ji;VieIl'~\~~ en 10 C3Jreccional Federal N° 1, a cargo de h Dra. Marla ~7~Dria'S'e ,,'\\j? n \ ,i, \ Cril11~ar v I Ser-J.~ni de constituyo en la sala de audiencias del TribunaL (J e(li] objeto de llevar adelante la audiencia de debate Clue ha. side ... convocada en el marco de la causa N° A-10.398/07 ( 10.308/07) del registro de la 5ecretarla N° 1.---------------------------------------------- En cumplimiento de 10 establecido por el art. 374 del CPPT~, Sil:'llc!O las 11.45 hs., la secretana actuante, Dra. Maria Ines G,(mb;r;ls~i, verifico la presencia de las partes y testigos convocados ~l:a audiencia, e informo a 5.5. que se encontraban en los estrados del. Tribunal,la parte querellada la D ra. Elis a Marla Avclina Carri6 y sus abogadas defensoras, Dra. Mariana 5tilman (DNI 24.913.611) yDr,\. Graciela Amanda Potenza (DNI 22.006.794), quicn en este auo acepta el cargo de codefensora para el que fuera propucsta, jur;lndo u. desempenarlo bien y fielmente; el querellante el Dr. Eduardo o Duhalde y su abogado apoderado el Dr. Amado Alejandro Vecchio o(/) junto con los dres. Mariano Fragueiro Frias (DNI 16.765.69.)) \ ::l Diego Carlos Alvarez Bognar (DNI 20.281.623). En est,~ acto d letrado patrocinante de la querella refirio que a1 encontrarsc presente el apoderado del particular ofendido y este, en caso de tener que ausentarse el ultimo quedad. en el juicio Jctuando f I primero y/o sus otros apoderados, a quienes no se ies ["('voca pec!er a 1gun 0 . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - . - - - - - - - - - - - - - 5e deja constancia que se halla separado en la antesala del Tribunal, el testigo Jorge Telerman.-------------------------------------------- En este acto, 5.5. pregunta a las partes 5i alguria de elLs Ilene intenci6n de interponer excepciones previstas en el ~ln;culo .?7'() d« CPPN, refiriendo la Dra. 5tilman que desea mantener el plantco de inconstitucionalidad oportunamente interpuesto, q~,e fuera tcnic10 presente en su oportunidad y 5e resolviera diferirlo para el mOL1lenlo de la sentencia.. ---- ~ ----------------------- ----------- ---------------- ----- En tales condiciones, constatacla la presencia e idc!llicL,d C:l' :,1, partes, 5.5. de claro abierta la audiencia de debate oni Y pl'lblica, advirtiendo a la 51'21. Elisa Carrio que este muy atenta a todo cuanto se diga y desarrolle en la misma. 5eguidamente, 5.5. hizo saber a la nombrada en que consiste el hecho que motiva 121 presente audiencia, d~ildose lntegra lectura 211 escrito de querella inicial obrante a fs. 1. / 'l 2 .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido 121 querella manifiesta que 211 ser 121 presente causa de Clecion privada, la peticion de que declare 121 5ra. Elisa Carrio, 121 solicita expresamente en el marco de 121 accion privada, con las g"\Lil1tlaS prevista por el Codigo Procesal Penal para 121 declaraci6n lndagaw1'ia y el tribunal decide entonces proponerle 121 declaracion indagacoria. En virtud de ello, y de conformidad con 10 establecido por los arts. 378,407, en funcion del art. 296 y cctes. y 430.del CPPN, 5.5. haee saber a 121 5ra. Elisa Carrio las pruebas que fueron incorporadas 211 proceso a is. 119/122, 138/140 Y 456, que sed.n produeidas en el marco del presente debate.-------------~----.-----.---·- Luego de ello, 5.5. concedio 121 palabra a 121 5ra. Elisa Carrio, hClciendole saber que eontaba con la oportunidad de manifestar todo cUruno creyera conveniente en 5U descargo respecto de 121 imputacion que Ie dirige 121 querel1a, contando con 121 facultad de entrevistarse preVlamente con su defensor. 5.S. tambien Ie hizo saber a la querellada que contaba con 121 posibilidad de guardar silencio, sin qUt· ello constituya prueba alguna en su contra, y con la posibilidad de solicirar ulteriormente las ampliaciones de su declaracion que considere conducentes en el marco de este debate. En tales condiciones, se procedio a llevar adelante el interrogatorio de identificaci6n de la imputada, quien dijo ser y llamarse Elisa Marfa Ave lina Carrio, apodada "lilita", titular del documento nacional de idcmidad N° 13.592.032 -cuadruplicado-, de profesion abogada, de nacionalicbd argentina, nacido el 26 de enero de 1957 en 121 ciudad de Resis cenciCl, Provincia de Chaco, hijo de Rolando Alfredo (f) y l\'Iarla Eli15a Rodriguez de Carrio, con domicilio actual en la calle Sall1~(1 Fe 1509,9° piso de esta ciudad. Dijo ademas tener c()ndiciones de vida normales. Seguiclamente, en uso de la palabra, 121 imputada manifesto que desea aclarar el contexto en el que {ueron ~ ~ I, l P --' ~C'!!' c,:vu><l icial -de ,,-----------. ~ . ( ------~ ;:,,, "i'i' 'i.~:;~;~ I,.:::J II 1'1\ L-J-. ~- ::~~~r1r\t\r\/li .\.~" . ;-1 \':: . : \ ."11"·:, ~;';/T·l:~~~~;:;::-.:j;\l;t~U\ ~---""""~""""'~i---I-.;z lanzada la~Z-a a sena~ de sidenta, la Sra. Cristina Kirchner trato a 1a p~oni de la a Duhalde como" el padrino" y no fue querellada; agrego dr{em,ls que esta imputacion est8, dirigida a una persona que no pc;n~nec(' J. S Ll partido. Cuando Joaquln Morales SoLi Ie pregunto sobre La figura de Duhalde, la imputada dijo haberlo defendido.t Luego de esa pregunta, __ contesto que nunca harIa una alianza con Duhalde, cosa que ntifiu ~~~-------==--~=;-==-=-=-=-=.-::.:.~~~~~---, como aS1l111SmO tampoco haria alianza con el pode r n1;:lfioso c!"--EL. Provincia de Buenos Aires; Asimismo, manifesto la que ------ contradicci6n radica en que el mismo creo la fig-ura de Kirchner y no , se sintio ofendido por las palabras vertidas por companeros de su ...,partidq. En este estado, es que manifiesta que desea explicar pOl' qlle y en que contexto expreso estas manifestaciones. La p:l1abr<) oJ <t controlar significa saber y examinar, es decir fi~ca1izar, dijo ademas =-- que sabe 0 sabla y no combada este Jl-IQl2lema__ en J~_J~r~\T_~~_C_~~. u "Examinaba y no combada y sabla sufi~~~lt~~~~E.te". Agrega que u. o nunca imputo a Duhalde de ningun delito criminal. C;t6 adem~s ;:( o. Kart Jasper, filosofo aleman, que resisti6 con sus escriros el regimen (/) ::J imperante en Alemania; creo que es la mejor obra que existe en el mundo relacionado con la culpa. Dijo ru~~lde c_Ql:Q.'2, responsable politico en su calidad de gobernacloXLYicep~~sid~nt~ __L_, Presidente __ de. la Nacion. No imputo al querellante ~--- pOl' dellto -~. criminal, porque sino habrb aportado las pruebas y habrid hcc110 ia denuncia; por otra parte, manifesto que este Tribunal tiene const~ncia de las denuncias interpuestas, como sef b de asociacion illcita del Banco General de Negocios que este Juzgado llevo a Juicio Oral. La culpa poHtica es de naturaleza diferente a la culj22.Sximi!}?1:" ";-.. -..... - ._.--- ,- --_._.--~_. Es 1a que tenemos quienes ejercemos funci6n pllblica y pollticd. - ----. ._ Cuando se asume un cargo politico se est;). sometido a 1a crltica, a la que que dan sujetos por el hecho de ser personas con funcion pllblica. Agrego que ella es la personaJ2ublica que s.llfri~~l'hO to cantidad de descalificaciones' personales. Agrego que cUJ.neiO asumimos la polltica, esdbamos sometidos a la c'ritica p{lbliZ~;"Yl~--' sablan tambien sus hijos. Este delito de opinion es violatorio de 18 COl1vencion Interamericana de Derechos Humanos, en sus aniculos 13 y 14, por ello se sobcito oportunamente 1a inconstitucionalidad de este delito. Acoto que tiene mas de 25 denuncias por calumnias e injluias, en su mayoda por miembros del Partido Justicialista; hizo verbal b nCJmlna de varios funcionarios que la querellaron. Agrego que 10 han hecho por ser de la oposicion y manifesto que la unica condena que no puede soportar es el silencio. Manifesto que fue a desayunar a la casa de Hector Masnata. En este acto el Dr. Alvarez Bognar manifesto que a tenor del articulo 380 del ordenamiento de forma se cina a los hechos de la indagatoria. Acto seguido la defensa pidio continuar con la exposicion, a 10 que S.Sa. hiz6 lugar. Prosiguio la querellada manifestando que Hector Masnata Ie dijo que f' (( tenga cuidado Elisa, los peronistas arreglan todo" y que" siempre pacLlban"; Dl8.l1ifesto que cuando fue presidente de la Comision de ._~~ Lavado del Congreso pidio autorizacion para poder tomar vista de la pnle ba de la causa del B CCI, con la colaboracion de Alicia Lopez. Se --- pudo determinar que el BCeI pago coimas, 10 que fue puesto en' el ""--~"'"-'---- informe de la Comision y 10 que surge de alIi es que Gaith Pharaon ----., buscaba contactos politicos. Dijo que estaba con el representante de - Pharaon quien habia dicho que habia pagado el 80 pOl' ciento de la campana politica de Menem Duhalde. Asimismo declaro Ponce, Jefe .--- de Interpol. En este acto la querella solicita que se sujete al objeto procesal y que las explicaciones dadas hasta ahora van hacia :otros Lldos y son ajenas al objeto de la causa y se Ie pidio que se cina a la presente causa. Manifesto ademas que no desea restringir el derecho de declarar, pero se debe cenir al hecho, a 10 que 5.5. solicita que se ajuste al objeto procesal. La querellada manifesto que se esta abocando al objeto y a los fundamentos de su declaracion. En este acto pide la palabra el qllerellante y manifiesta que declare so bre si imputo a su representado un delito. La defensa expreso que pueda seguir hablando, para luego resp'onder las preguntas de la otra parte. La querella manifiesta que no corresponde hablar de cuestiones que no son de b causa. La defensa plantea posteriormente que no se cercene el derecho de defensa de su pupila, porque estaria -violando rO .. ~ ~~'7'11-7t----L--" - /([7 ~"= /'0 v;/J / . _ -''') M ,I--r;<;'~. ~. h-........ ~ :-.:;/~. ,;.\;" :·~[·l~·~::·:'::';':-':·-: ~\t c'·C.) ~_.' '~r, :\:;~ a1 de 19 0; l i \ '\',,\\ Nac8!pn\1>\.\\\tj ~./-\\\\\\\l ~ -aClOnal. . La'q{i'i:l'eAh) \" c:::;z~+:::::;t=7i====7'----}-__~~,-_"'~~7:-- -~-_-M¥::I/;, ~_-'-.. ' . <":\\'\~~R-\ la Constltue:ton / / ' '\ -a manifestando que se acote en sus cjld~os~ salicita dejar canstancia que recien !leva, diez nrJ~utos deelarando su defendlda y hubleron dos mterrupClOnes, ~l D!-, Duhalde accede plenamente su a que derecho continue de su defensa. declaracion Continuo y su que eler/~:l dechr"cj(:)!J manifestando que Aldo Dueler, relacionado con el Cartel de Juarez, ~partic1pO en Ia campana de Menem Duhalde, habiendo deslinda(~) responsabilidad penal del querellante. Cuando fue el juicio polhico a Trovato, por el asesinato de Annentano, hizo rderencia al tern;:). de las drogas en Argentina. No imputa respol1sabilidad penal sino conocimiento. ~n 1997 ingresa el extasis en nuestro pals, en plcnd epoca de la Campana" Sol sin drogas" y la baja para el conSU1110 de ~ cocalna, iba a favor del aumento del consumo de extasis. Diio que ...J < u u. o o(J) ::J ~-~-C--~~~---~-~-----~----- recorriendo la provincia de Buenos Aires entre los anos 2002 y ~OC)j conocio que mujeres de las villas le informaban sobre el "paca"; ~oncretamente en la localidad de San Martin, se encontro con mujeres que fueron manzaneras, que fue un plan impuesto por ia _--~-=-~--""--_....--6----'----" esposa del querellante, que eran bien visto en los barrios, pno sc '-desarticulo y denunciaron que punteros del <cpr est:lban relacionados con la venta de drogas; le dijeron que no podi:::l denunciar porque la polida protege a quienes la venden y que todo ~;l mundo de hace el distraido. rodos los intendentes son del partido"""'" Justicialista. £1 unico informe del "paco" esta vinculado a que LIs"" personas que 10 consumen se estJ.n muriendo; dijo que se SJenre .... culpable, porque deberia haberse que dado en las villas, que no ;Icanzaban las denuncias ni las investigaciones. Manifesto que no -.. entiende como Duhalde por su cargo, no se siente culpable y de berl8 'haber evitado que la droga y la inseguridad maten a La f~ente. L.1.u~ droga sobre Argentina y no hay radares para contwl. La DE r\ controla pero no combate. Dijo que "el tenla el deber de saber de -- --- actuar porque era gobernador, evitar que se este muriendo la gente 20r la droga". El gobierno no hizo nada para radarizar la ArgentiiU. En este acto, la querellada manifesto a instancia de su ddens,}, S',) intenci6n de lI1corporar, en los terminos del artlculo 388 del CPPN, copias de la Resolucion nO 62/09 de la Camara de Apelaciones de· Salta de fecha 8 de septiembre de 2009, con nota dirigida al Dr. Lorenzetti y copias de la resoluci6n nO 1370/09, fechada al 29 de septiembre de 2009, firmada por el Dr. Julio Alak, junto con oficio' de fecha 22 de septiembre de 2009, firmado por el Dr. Lorenzetti, 10 que 5.5. accede a adjuntar los mismos a la causa. Agreg6 luego que la droga entra por la ruta 34 por Salvador Maza. Pide perd6n al Dr. Duhalde si 10 ofendi6 con sus declaraciones, pero a todos nos corresponde esa responsabilidad por formar parte del poder polltico. La culpa moral esta dentro de uno mismo. A ella le corresponde cuota de responsabilidad por haber sido diputada y .,gue prefiere la c, ~- condena a callar y que va a respetar la decision del Tribunal. En este ~to, el querellante pidio la palabra y manifesto que su intencion fue la de mejorar los valores pollticos cuando fue intendente de Lomas de Zamora; luego recibi6 las primeras denuncias so bre la droga yera cl ario 1984, cuando la generaci6n del qUerellante no conoda referencia alguna a las drogas. Tuvo como intendente la noticia de una internaci6n por intoxicacion de varios chicos del municipio por inhalar pegamento, para 10 que convoco a una asamblea dentro de su comuna y pidio colaboracion e intercambio datos de este tipo con otros intendentes de la provincia y pudo formar un consejo en su ITJunicipio para contencion familiar y para considerar el tema de la droga. Luego de ello invito al Dr. Armendariz, entonces Gobernador de la Provincia, con medicos, psic610gos y sociologos para realizar un Congreso Nacional relacionado con el problema de- la ',. drogadiccion; luego de ello, dijo que entendio erroneamente que ct'rrando los locales mas temprano, se podia evitar este problema, pero no fue suficiente para ello; con estas experiencias, escribi mi primer libro en 1988, llamado "Los Politicos y las drogas", babiendolos presentado fuera del pais y tiene dos cuestiones la droga como deliIO -narcotdJico- y la droga como enfermedad, a 10 que le lle dedicado fiis esfuerzos. La Dra. Elisa Carrio manifesto que desea dejar constancia que considera que Duhalde, por 10 que dijo, dedico ------------------------------------.:-... ~ • l \( ~aa-7{r-~-:-~ '.' (' \1''I ':"': / I ~~_.ci; 1 a ~~t==1~ I N fe, • -" ','1\ . /"",- I ,~: '" 'l..~1 -"" I '//'\' ,\ \,l",...gr( "\'\1/ / ~-~"'::. "';": '.'" \\/y., ~~~g~~~~~~~~~~=-lP~O~";:"---.:l~a~~d~·o~g~a~~ no a <-lCij/'~ . ,; Continuo ' su relato el ! .~ ~~. r-), I' \ Q1.JZellaiite manifestando que a principio de la decada del 90 comenzo ~trabajar ~on 10 que se llamaba "basuco", que era la pasta base de cocllnZl Y que las manzaneras ponian en conocimiento de sus barrios sobre i~s problemas que tenian los chicos con las drogas. Manifesto haber recibido reconocimientos de la DEA y la Universidad del Salvador, que entre otras Ie otorgaron distinciones "Honoris Causa" po r sus esfuerzos. Refirio que desde en los anos 1988, 1993 Y 1998 publico diversos libros sobre la problematica de la enfermedad del consurno de drogas, con 10 que fue distinguido en la Universidad de Genova. La cuestion de,las drogas se ha ido agravando con los anos y no solo I en est e palS. ----- --.. --- .. ----- --- - ---.... --. -- -.. - - -.. ---. ---. - -- .. ---. -- -... - ... ---. La querellada refirio que en el Brasil existe cartel de droga, e 1 clul ..J « combate con el ejercito; en Colombia hay carteles y en nuestro paL u hay drogas y no hay carteles. Dijo que el querellante en su opinion, u. o oC/) ~ se dedico a combatir la enfermedad y no el comercio. Que el c8nel es la polltica, ------------------------------.------.-------------------.------ . Prosiguio el querellante diciendo que en el ana 1989 siendo vicep-residente, fue a entregar ayuda COll aviones a Colombia y fne c] tinico pals que 10 hizo; dijo que no ocuparse es parte de la complicidad. Acto seguido, se deja constancla a instancias de la querellada que pOl' los dichos en este acto pOl' el querelbnte, <llTlhos coinciden en que la "Argentina esd. inundada de drogas", E j querellante manifiesta que la "guerra la eStcln ganande los males" , que 10 que usted dice pasa en Europa. Agrega el Dr. Fragueiro que "- asiente este dialogo sustanciado entre las panes qucreJJancc y ---querellada, 10 cual se deja constancia, Agrego que eJ pica de b. drog;J --- :----... estuvo en el ano 2003 y que los proximos veint-c-:~a"'CJ~""'JO-s--v-a-l-l-a-'-;(-;r peores. Manifesto asimismo que hay que ocuparse a fondo de 1<\ - contencion de los iovenes para que no caigan en la droga y no de b .~droga" como elemento inerte, El querellante refiri6 que 1a jusrici-a debla ocuparse de la persecucion y represi6n y los POiltlCOS clebiJIl ocuparse del tratamiento de las adicciones, I\.CLO scguidJ,' 1:1 q\.~erellada manifiesta en este acto que la justicia no tiene elementos ~para solucionar este problema y la responsabilidad es ~ -----nay problemas con las drogas en las fuerzas de seguridad. En eSle acto se concede una pausa de cinco millutos a pedido de la querellada, 10 que aSl se dispone siendo las hs. 13.14 hs.------------------------------- Siendo las hs. 13.20 se procede a la reapertura del debate. Toma la palabra el querellante, manifestando que su gran frustracion es que e1 Cenareso y la Comision de Drogadependencia que integn~ en el Congres a y que en la provincia de Buenos Aires tenla una secretarla can rango ministerial, para tratar la problematica de las drogas y firmo un convenio con el Salvador porque el parlamento no se ocupaba y estas 3900 personas que fueron capacitadas, trabajan en los cenuos que fueron creados para abarcar este problema, que llegJron a ser 129. Agrego que Ie reconoda a la querellada su preocupacion y que mientras goberno la provincia de Buenos Aires, el consumo se redujo yen Capital Federal existla un mayor consumo. La querellada pidio 1a palabra y manifesto que al ano 2005 estuvo ame nazada por investigar la problematica de las drogas, en el ano ~ 200 1 investigo el lavado de dinero y el financiamiento de las campanas. En el ano 2007 se creo el Primer Centro Asistencial del Paco. Jamas querello a nadie, porque hay una intencion de '''30 .;proscribirb en este juicio: Por su parte, concedida la palabra al qLlerellante, dijo que solo tiene tres querellas, una a la Dra. Carrio, otra a D I Ella y otra a Lopez Echague. Agrego que "voy a seguir trabajando y no voya contestar sus injurias". A la gente no Ie gusta ver las cosas que se dicen los pollticos, porque hay preocupaciones In/IS imponantes para la po blacion. Agrego la Dra. Carrio que nunc a , 10 califico de narcotraficante, sino hubiera presentado las pruebas a 1a justicia. Agrego que nunca envio a nadie a contestark, como el hizo con su esposa y 10 califico como "falta de hombrla".--------------· - l-\c[O segujdo se concede la palabra a la parte querellante y pidio que se de lectura por secretarla de las constancias de fs. 192 vta. solamente de las partes resaltadas por la querellai la defensa requirio que se lean partes seleccionadas, pero parrafos enteros y se procede , ~~ " J - I '"I I I - ) 'Ii P i.) de j FP-#:;;(, r-"-~ . 194; d~ - \ / :,1, \\\ ,",'1I1''-''', ' fs. 19 ~i{; la querella para que 0 \~: '\\ f vta., de {s, 193 cuando dijo controlaba, se referia al pas ado ~ sl al presente, rdpondio que 10 responsabilizo al querellante, que si Duhalde no sabe (que p,lsa en la provincia de Buenos Aires, no se quien puedc saberlo, En esc momento era lider politico C01110 la querellada. Cuando habla de: controlar, habla de saber y examinar. La responsabilidad polhiu mayor la tienen quienes ocuparon cargos. Cuanto mas liderazgo tlene, mas responsabilidad. Se refiere al pas ado con mayor responsabilidad y al presente con me110S responsabilidad.------------- Preguntada pOl' la querella para que diga cuando hablo de podl~ r mafioso pense en Duhalde, respondio que cuando habia de poder mafioso, habla de un modelo con pactos de silencio y que garantiza impunidad, donde la policia no puede combatir la droga, es un ..J « modelo u desestabilizaciones civiles, enfrenta ~d PJ; dijo que via la CJld.1 de u. corporativo en 'Argentina, es un modelo que Heva ,1 o Rodriguez Saa y la asuncion de Duhalde. Dice que esta afuera de o esto; pudo ver cuando Camano dijo que la situacion del palS es C/) ::;, incontrolable. Son dos contextos distintos, el pnmero que controlaba la droga y el segundo era que nunca dije que Duhalde lideraba el poder mafioso. Preguntacla por la querella para que eiiga si alguna vez denuncio al Dr. Duhalde, dijo que hablo can el querellante en el ano 2002, cuando venia el juicio politico a la Corte, donde comenzaron las negociaciones para garantizar impuDidad a cambio de sentencias favorables para el corraiito.Pregunlada PI)! 1;1 querella para que diga si hubiera habido constancias COljtra Dubldc, relacionadas con los delitos de droga, las hubiera denunciado, diio que sl, pero que nunca 10 de nuncio pOl' este hecho. Preguntada pal'a que diga a instancias de la que rella, si presto dec1aracion testimonial en la causa radicada en San Isidro, relacionada con L1na denune!'" (Ie! Dr. Duhalde, respondio que si. Que desea aclarar que nunca h,lCC denuncias pollticas autodenuncia se hizo en en tiempos de "i'-.J __ ' ' : ,J /\, I ,~, ~reguntada por " ) ... \/ '\ - - , - - "-':;"', {"\d\t\- ', -'--. , Actuaria " ... " . . . - .--- ',' i:', - ,n '/Y I / ( ( (jl ~ . , lI / _ \ \,. campana la campana del ailo electoral. 2007, Is t~l hacienda referencia a su declaracion en San Isidro. En este acto se dcj.l constancia que a pedido de la parte querellante y con consentimiento " I de 1a defensa, se procede a dar lectura a la declaraci6n testimonial reFerida anteriormente, que prestara Elisa Carri6 en la causa n° 3169 del afio 2007, caratulada : "Vecchi Alejandro sl denuncia", de acuerdo con las constancias obrantes a fs. 428/430 del referido expediente. Preguntada para que diga si ratifica 10 dicho, refiri6 que sl y desea manifestar que nunca desee afectar el honor de nadie y menos de b familia del querellante, pero que sabla, se ocup6 de los nifios enfermos y no investig6 la venta de droga; que desea decir la verdad porque hay gente que se esta muriendo, esto es un desgaste j urisdiccional inutil. Ningun responsable de narcotrHico estuvo l~oIldenado en la Argentina. Tampoco ningun funcionario que han vaciado el pals, se ha sentado en el banquillo de acusados. En,este acto la querella solicita un cuarto intermedio, siendo las hs. 13.58, a 10 que S.S. accede y aSl se dispone. Siendo las 14.15 horas se procede ,'I. re,1Dudar el acto. 5,5a. pregunta a la querella si desea hacer alguna pregunta, )' respondi6 que no. Se concede la palabra a la defensa, quien pregunt6 a la querellada si tuvo la intenci6n de injuriar al Dr. Duhalde, a 10 que la compareciente respondi6 que no tuvo esa intenci6n. Acto seguido manifest6 la defensa que no ti'e'ne mas preguntas que formular. Luego se concede la palabra a la querella, en la palabra del Dr. Fragueiro Frias, quien refiere que atento a los dichos de la querellada que nunca tuvo intenci6n de imputar delito penal al Dr. Duhalde, se toman los mismos en los terminos del artlculo 425 del CPPN y dejarbn de impulsar el juicio. La Dra. Carri6 manifiesta que desea dejar constancia que nunca tuvo <--------_--:..----_---!.._-------~------- imcncion de injuriar el honor del querellante ni de su familia, pero deja constancia que no se retracta de sus dichos en cuanto a su , l!sponsabilidad poHtica y que nunca dijo que era narcotraficante. -- Agrega la querella que esta accion fue motivada pOl' dichos que ------- .,- ifectaron e1 honor del guerellante, por 10 que entienden que sus actllales ~ manifestaciones de origen poHtico no tienen el dolo , p!evisto por la Figura penal, por 10 que se sienten satisfechas con las - explicaciones dadas por la Dra. Carrio en el presente debate. ------ .. , , . ' aci6n £, ,/J" Agreg6""la Dra. musJ injuriandi y que se retracta en cuanto a ese animo, pero que ratifica sus c1ichos.---------- En este acto se concede la palabra al Dr. Duhalde, quicn manifies\.a que ,. 10 que 10 afecta cuando la Dra. Carri6 aclara el verba "controlar", no tiene otro significado que el del diccionario de JA Real Academia, pero que el hombre comun de la audiencia televisiva puede interpretar otra cosa, de a11i la of ens a que originara CSLC juicio. Agrego que siempre sostuvo que 10 mcis importante es que los chicos no consuman drogas, 10 que no signifiea que no liuiera h(\cer nada para investigar el narcotrHico. Por ello creo La ALian:;,a Americana de Lucha contra el NarcotrHico.-----------·----------------- La querella solicita en este acto de acuerdo con l.as prescripcioncs del artIculo 425 del ordenamiento de forma, en cuamo a que las costas sean fijadas en su orden.-------------------------------------------, ..J « u u. La querellada, luego que se le confiri6 1a palabra, manifiesta que si hubiera encontrado las prue bas del narcotrJJico en Arge ntin~l, s:n o dudas las habria aportado para que la justicia investigue, Haec o mencion a la precision de su lenguaje, y que dijo la paIa.br,' (f) ~ "controlar" can la precisi6n del diccionario de La Real Academia Espanola y agrega que quiere dejar constancia que en nuestro jJ~1;S. nadie da nombres de los responsables de las drogas en bpo\·jnc ia de Buenos Aires, siempre se habla de vinculacion de politica, drogd y delito en la Provincia de Buenos Aires, pero no sedan datos. AcLHa que nunca tuvo animo de imputacion de delito a h persona del Dr. Duhalde, pero que si alcanza para finalizar el juicio, acepta el est'H.10 del mismo. Acto seguido el quere11ante hace saber y manifiesta que procede a leer algunos parrafos de su ultimo libro.--------------------- Al momenta de conceder la palabra a la defensa, la Dra, Stilman y la ~ Dra. Potenza manifiestan que prestan conformidad para que las costas sean en su orden. Acto seguido, 5.Sa. dispone Cll;lno intermedio, siendo las hs. 14.47.- ------------_._----------------------.-- En razon a las cuestiones planteadas en el presente debate S.S. dispuso la suspensi6n del debate, el que se reanudJ.ra el db de manana 11 de noviembre a las 12:00 horas, y de la eual se notifiea a las partes. --_. -- ----- --- ---- -. - -'-------?/~::~~l----- ----- --- ------------~. --- No sie~/do para mas se ~io p210 clui1a la presente audieneia, y procedlO h Sra. Seeretana t a r ,lee u acta, que fue a vez Idda e lntegra . e fn alta voz de la presente tifieadas por las partes, :u;:::pues dL)(~" ue dayIe de ella. 51..1 . x ~~ x J~ \( \ . \,. .' -\