DG_03-08.Ampliacion_funciones_oficina_Orient._al_Hab
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DG_03-08.Ampliacion_funciones_oficina_Orient._al_Hab
Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ministerio Público de la Defensa Defensoría General Resolución DG Nº 3/08 Buenos Aires, 18 de enero de 2008. VISTO: La Ley 1903, las Resoluciones DG Nº 109/07 y CM Nº 677/2007; la Nota DG 2469/07 y la Resolución CM Nº 868/207; Y CONSIDERANDO: Que por Res. DG 109/07 del 28 de agosto del 2007 se solicito la creación de la Oficina de Orientación al Habitante al consejo de la Magistratura, el que acogió la petición por Res. CM Nº 677/2007; Que en el Anexo I de dicha resolución se establecieron las funciones de la mencionada Oficina, las que se encuentran focalizadas en brindar información, orientar a los incursos en contravenciones o faltas a fin de lograr su reinserción laboral y social, dando seguimiento a los trámites realizados; Que de la experiencia recogida se advierte que las personas que requieren intervención de la Oficina exceden el marco de los encartados aludidos en el mencionado Anexo I; Que en consonancia con la garantía de acceso universal a la justicia, (Arts. 12, inc. 6 y 125 de la Constitución de la C.A.B.A.), es necesario ampliar las funciones de la Oficina de Orientación al Habitante, a fin de atender no solo a los imputados, encartados y/o privados de su libertad y sus familias, sino a todas las personas en situación de pobreza o exclusión, con necesidades básicas insatisfechas o con menores posibilidades de acceso a los servicios públicos; (Art. 17 de la Constitución de la C.A.B.A.) Que es conveniente que esta Oficina dependa de la Secretaría General de Planificación Estratégica, Acceso a la Justicia y Prensa, en razón de sus funciones especificas relativas a la universalización del acceso a la justicia; Que a la vez, es conveniente reasignar la Oficina de Atención a las Personas Privadas de Libertad a la órbita de la Secretaría General de Relaciones Institucionales Defensa y Patrocinio, Por ello, de conformidad con las atribuciones establecidas por el art. 21, inc. 1º y 6º de la Ley 1903; EL DEFENSOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE: 1.- Ampliar las funciones de la Oficina de Orientación al habitante conforme se dispone en el Anexo I de la presente; 2.- Establecer que la Oficina de Orientación al Habitante dependa de la Secretaría General de Planificación Estratégica, Acceso a la Justicia y Prensa; 3.- Establecer que la Oficina de Atención a las Personas Privadas de Libertad dependa de la Secretaría General de relaciones Institucionales, Defensa y Patrocinio; 4.- Regístrese, protocolícese, comuníquese y oportunamente archívese. Firmado: doctor Mario Jaime KESTELBOIM, Defensor General Autónoma de Buenos Aires Ministerio Público de la Defensa, Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ES COPIA FIEL de la Ciudad ANEXO I 1) Informar, orientar y asesorar a las personas que se encuentren en situación de pobreza o exclusión, necesidades básicas insatisfechas o menores posibilidades de acceso a los servicios públicos, sobre sus derechos y poner al alcance de las mismas los servicios y programas que tiendan a la cobertura y satisfacción de las mismas, especialmente los que presta y desarrolla la Defensoría General de la C.A.B.A.; 2) Llevar a cabo un seguimiento, en el caso que fuera necesario, de aquellos trámites administrativos que las personas en cuestión hayan realizado. 3) Labrar actuaciones respecto a las personas asistidas, debiendo confeccionar estadísticas, 4) Desarrollar todas aquellas tareas que demande el secretario general de Planificación Estratégica, Acceso a la justicia y Prensa. Firmado: doctor Mario Jaime KESTELBOIM, Defensor General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ministerio Público de la Defensa, Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ES COPIA FIEL