atA. PERIODICO OFICIAL
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atA. ::g @~@)§u :> CLARA,CLAR\)~ PERIODICO OFICIAL .DEL ESTADO DE AGUASCALlENTES MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL Registro Postal PP-Ags.-OOI-0125.- Autorizado DEL ESTADO por SEPOMEX PRIMERA SECCION TOMO LXX AQuascalientes, Ags., 23 de Julio de 2007 Nym, 30- CONTENIDO: GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO H. CONGRESO DEL ESTADO Decretos Números 343, 344, 345, 346 Y 347. PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS INSTITUTO PARA LA EDUCACION PRESIDENCIA DE LAS PERSONAS JOVENES Y ADULTAS MUNICIPAL DE AGUASCALlENTES AVISOS Judiciales y generales IN D ICE: Página 76 RESPONSABLE: Lic. Jorge Mauricio Martínez Estebanez, Secretario General de Gobierno Pág. 4 (Primera Sección) PERIODlCO OFICIAL Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo, en la ciudad de Aguascalientes, a los cinco días del mes de julio del año 2007. Por lo tanto el Congreso ordena se imprimá, publique y se le dé el debido cumplimiento. Aguascalientes, Julio 23 de 2007 Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, en la ciudad de Aguascalientes, a los doce días del mes de julio del año 2007. ted, tes. Lo que tenemos para los efectos el honor de comunicar a usconstitucionales conducen- Ags., a 5 de julio del año 2007. Aguascalientes, Ags., a 12 de julio del año 2007. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCiÓN. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCiÓN. José Antonio Arámbula López, DIPUTADO PRESIDENTE. José Antonio Arámbula López, DIPUTADO PRESIDENTE. Dip. Salvador Cabrera Álvarez, PRIMER SECRETARIO. Dip. Salvador Cabrera Álvarez, PRIMER SECRETARIO. Dip. María Guadalupe Díaz Martínez, SEGUNDA SECRETARIA. Dip. Gabriela Martin Morones, PROSECRETARIA EN FUNCIONES DE SEGUNDA SECRETARIA POR ACUERDO DEL PLENO LEGISLATIVO. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguasc:;alientes, a sus habitantes sabed: Que por el H. Congreso comunicado lo siguiente: del Estado se me ha Decreto Número 345 ~ - ARTíCULO ÚNICO.;.Se reforma el primer párrafo del Artículo 18, de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Aguascalientes, para quedar como se imprima, Aguascalientes, Ags., Artículo 18.- La Junta circule 20 de julio de 2007. y . EL SECRETARIOGENERALDE GOBIERNO, Lic. Jorge Mauricio Martínez Estebanez. GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALlENTES PODER LEGISLATIVO 12 de julio del 2007. sigue: por el Gobernador él designe. publique, se le dé el debido cumplimiento. Luis Armando Reynoso Femat. La LlX Legislatura del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente , Por tanto, mando Directiva del Estado será presidida o por la persona que C. ING. LUISARMANDO REYNOSO FEMAT, GOBERNADOR DEL ESTADO. P R E S E N T E. Habitantes de Aguascalientes TRANSITORIO& ARTíCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTíCULO SEGUNDO.- Para dar cumplimiento a lo previsto por el Artículo Tercero Transitorio, de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Aguascalientes, contenida en -el Decreto 245 publicado con fecha 22 de enero del año 2007, en el Periódico Oficial del Estado, e,1Reglamento de la Ley en cita, se deberá expedir dentro de un plazOl'LQJT1~r~~_~JU!íass.i9ulentes a la fecha -. de - entrada en vigencia del presenfeDecref¿¡~--Al Ejecutivo para su promulgacion y publicación. sabed: La LlX Legislatura del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto Número 346 PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se exhorta a los Ciudadanos Presidentes Municipales de todos los Municipios del Estado de Aguascalientes, para que a través de sus oficinas respectivas, puedan intensificar sus programas de mantenimiento y desazolve de caimanes y alcantarillas, con la finalidad de evitar en lo posible, los encharcamientos de las calles. SEGUNDO.- Se exhorta a los Ciudadanos Presidentes Municipales de todos los MiJilTcipiosder---Estado de Aguascalientes, que a través de sus aficinas de difusión y prensa a promover y difundir un programa de concientización de las personas de