memoria AFP 2010
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ÍNDICE CONTENIDO Pág. 1. MEMORIA E INFORME DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO 1 2. CONÓZCANOS • Grupo Zurich Bolivia • Futuro de Bolivia S.A. - AFP • Misión • Nuestros Valores 5 6 6 6 6 3. HECHOS RELEVANTES • Inversiones del FCI en el Mercado de Valores • Estado de situación en el caso de América Textil S.A. • Estado de situación en el caso Lloyd Aéreo Boliviano S.A. • Nueva Ley de Pensiones 7 8 11 11 12 5. PERFIL DE LA EMPRESA • Directores, Síndicos y Accionistas • Composición Accionaria • Personal Ejecutivo • Oficinas 15 16 16 17 18 6. INFORME DE GESTIÓN • Aspectos Macroeconómicos • Aspectos Financieros • Aspectos Comerciales • Servicio al Cliente • Aspectos Operativos • Aspectos de Cobranza Administrativa • Aspectos de Cobranza Judicial • Aspectos de Inversiones • Aspectos de Recursos Humanos • Aspectos de Archivo Central 19 20 22 23 26 31 35 38 39 44 45 7. INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA 47 8. ESTADOS FINANCIEROS • Futuro de Bolivia S.A. - AFP • Fondo de Capitalización Colectiva • Fondo de Capitalización Individual • Cuenta Colectiva de Siniestralidad • Cuenta de Riesgo Profesional • Cuenta de Riesgo Laboral • Cuenta Básica Previsional • Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable 51 51 79 99 141 151 161 171 181 CARTA DEL PRESIDENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 MEMORIA E INFORME DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Señores accionistas: Me permito someter a vuestra consideración la Memoria de la empresa, sus respectivos Estados Financieros, los Dictámenes de los Auditores Externos y el Informe de la Comisión Fiscalizadora, correspondientes a la gestión concluida al 31 de diciembre de 2010, de Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones. Entre los aspectos más relevantes de la gestión, podemos mencionar los siguientes: INVERSIONES DEL FCI En procura constante de mantener el círculo virtuoso de ahorro e inversión del actual sistema de pensiones, hemos logrado una vez más que los fondos aportados por los Bolivianos al Sistema de Capitalización Individual de la Seguridad Social a largo plazo, puedan ser utilizados para la generación de valor a favor de los trabajadores y sus dependientes, lo que a su vez coadyuva a la generación de bienestar en la sociedad. Las inversiones realizadas durante la gestión 2010 por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, en representación del Fondo de Capitalización Individual (FCI) que administra, se caracterizaron una vez más por lograr rendimientos razonables y prudentes, a fin de que los réditos de dichas inversiones contribuyan en forma efectiva a incrementar los saldos de las Cuentas Individuales de cada uno de nuestros aportantes. Asimismo, hemos contribuido a dinamizar el mercado de capitales en Bolivia, mediante la implementación de mecanismos innovadores para el acceso a nuevas formas de financiamiento, en beneficio de entidades productivas del país, especialmente en sectores estratégicos de alto crecimiento y efecto multiplicador en la economía. Durante la gestión 2010 hemos invertido, en el marco de las disposiciones legales y las políticas señaladas por nuestro Comité de Inversiones, en títulos valores de alta calidad crediticia, reflejada en las respectivas calificaciones de riesgo. Tales recursos de inversión se destinaron, entre otros, a lo siguiente: • • $us. 115 millones en bonos emitidos por el Ingenio Sucroalcoholero Aguai S.A., como parte del financiamiento al proyecto de instalación del ingenio productor de alcohol etílico y azúcar más importante que se viene desarrollando en Bolivia. $us. 3.7 millones en bonos emitidos por la empresa PIL Andina S.A., una de las empresas más grandes y con mayor experiencia en la producción de lácteos y otros alimentos en el país. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 1 CARTA DEL PRESIDENTE • • • • • MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 $us. 12 millones en valores de titularización originados por la cooperativa COBOCE, dedicada principalmente a la producción de cemento, como parte del financiamiento para la importante ampliación de la capacidad productiva de esta empresa. $us. 1.8 millones en bonos emitidos por la empresa AMECO Ltda., como parte de nuestra política de apoyo decidido a las PyMEs que operan en el país, recursos que coadyuvarán al financiamiento de proyectos de construcción de carreteras adjudicados y viabilizados por esta empresa. $us. 1.8 millones en bonos emitidos por la empresa COBEE S.A., encargada de la generación hidráulica y térmica de energía eléctrica y $us. 1 millón en bonos emitidos por la empresa ELFEC S.A., encargada de la distribución de electricidad en Cochabamba, en el empeño permanente de coadyuvar a la seguridad energética del país y al desarrollo de un sector estratégico de nuestra economía, como lo es la industria de la electricidad. $us. 5 millones en bonos subordinados emitidos por el Banco Los Andes ProCrédit S.A., $us. 1.9 millones en bonos subordinados del Banco FIE S.A., $us. 1.5 millones en bonos subordinados del Fondo Financiero Privado EcoFuturo S.A., y $us. 1.2 millones en valores de titularización originados por la institución financiera de desarrollo CRECER, todo ello dentro de nuestra política de apoyar decididamente el desarrollo de los sectores de microfinanzas y PyMEs del país, mediante operaciones innovadoras que mejoran la posición de solvencia de estas instituciones financieras. $us. 0.8 millones en bonos emitidos por la Empresa Ferroviaria Andina S.A., y $us. 0.7 millones en bonos emitidos por la empresa de servicios financieros Bisa Leasing S.A., inversiones que si bien son pequeñas en relación al tamaño del FCI, no dejan de ser importantes por su efecto sobre la sostenibilidad y crecimiento de tales empresas. Por otra parte, es de destacar nuestro apoyo decidido a la “bolivianización” de la economía nacional durante la gestión 2010, mediante las inversiones realizadas por el FCI bajo nuestra administración. Al respecto, el portafolio de inversiones en Bolivianos (con y sin indexación) del FCI pasó de Bs. 1.694 millones a Bs. 2.072 millones, entre el cierre de las gestiones 2009 y 2010, recursos que se han enfocado de manera importante al financiamiento tanto de actividades productivas dentro de nuestra economía, como del sector de intermediación financiera del país. CONTEXTO ECONÓMICO Durante la gestión 2010, el contexto macroeconómico boliviano se ha caracterizado por haber obtenido resultados mayormente pobres, si se los compara con el desempeño de los demás países de la región, en el ámbito de un claro proceso de recuperación del crecimiento de la economía mundial, posterior a la profunda crisis económica internacional iniciada en el año 2008. Respecto a las perspectivas económicas para la gestión 2011, éstas son relativamente buenas para Bolivia, siendo fundamental que el país aproveche las oportunidades que se le presentan, incentivando la inversión doméstica y extranjera mediante la construcción de un ambiente de certidumbre y estabilidad jurídica. Asimismo, se deben buscar espacios en los que se pueda generar los incentivos necesarios para promover la diversificación de la base industrial de la economía, de modo que el desarrollo del país dependa cada vez menos de shocks externos de precios de productos de los sectores extractivos. CONSIDERACIONES COMERCIALES Durante la gestión 2010, nuestra Administradora incorporó a 49.122 nuevos trabajadores al Sistema de Pensiones en Bolivia, registrando un promedio mensual de 4.093 trabajadores dependientes e independientes al Seguro Social Obligatorio (SSO) de largo plazo. Lo que significa un incremento de un 8.54% en el nivel de afiliación con relación al del año anterior, cifra que muestra la confianza depositada por la población en nuestra compañía. Al 31 de diciembre de 2010, el valor del portafolio del Fondo de Capitalización Individual (FCI) administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, alcanzó la suma de 2.578.09 millones de Dólares, los cuales se encuentran invertidos de acuerdo a los límites y políticas establecidos por nuestro Comité de Inversiones y la normativa legal vigente. La Rentabilidad Nominal Anualizada del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un nivel del 8.02%, al 31 de diciembre de 2010; este dato refleja que, pese a las condiciones adversas del mercado financiero del país, la gestión realizada por la Administradora permitió obtener resultados sólidos en favor de nuestros afiliados, aspecto que impactará positivamente al momento de su jubilación. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 2 CARTA DEL PRESIDENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Por último, es pertinente mencionar que el 10 de diciembre de 2010, fue promulgada la Ley de Pensiones Nº 65, que establece el reemplazo del SSO por el Sistema Integral de Pensiones (SIP), mismo que está compuesto por tres regímenes: el Contributivo, el Semicontributivo y el No Contributivo. Asimismo, esta Ley delega la administración del SIP a la Gestora Pública de la Seguridad Social de largo plazo, estableciéndose un periodo de transición previo al inicio de sus actividades, durante el cual las Administradoras de Fondos de Pensiones asumen las facultades, responsabilidades y atribuciones de la nueva Gestora. Entre los aspectos técnicos más destacados de esta disposición legal se puede mencionar la creación del Fondo Solidario, cuyo objetivo es incrementar los montos de las pensiones bajas, dentro de límites solidarios. El Fondo Solidario se financia con aportes solidarios laborales y patronales, aspecto concordante con el principio de Solidaridad establecido en la Ley, cuyo fin es proteger a los asegurados menos favorecidos. Para concluir, debo agradecer franca y abiertamente a nuestros Aportantes por sus constantes muestras de confianza y apoyo a nuestra labor, a nuestros Jubilados por seleccionarnos como la entidad encargada de administrar y pagar sus pensiones, así como expresar un claro reconocimiento a favor de nuestros Ejecutivos, Colaboradores, Miembros del Directorio, Accionistas y Directivos del Grupo Zurich Financial Services por el soporte, decidida colaboración y permanente respaldo al desarrollo de nuestra gestión. Lic. Gonzalo Bedoya H. Presidente Futuro de Bolivia S.A. - AFP 3 CONÓZCANOS Futuro de Bolivia S.A. - AFP CONÓZCANOS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 GRUPO ZURICH BOLIVIA La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A., Zurich Boliviana Seguros Personales S.A. y Futuro de Bolivia S.A. AFP, son las compañías que conforman el Grupo Zurich Bolivia. Estas empresas son parte del conglomerado Suizo Zurich Financial Services, el tercer grupo más grande del mundo en el rubro de los seguros. Zurich Financial Services cuenta con una red global de filiales y oficinas en Europa, Norteamérica, Latinoamérica, AsiaPacífico y Oriente Medio, así como en otros mercados. Ofrece una amplia gama de productos y servicios en seguros generales y de vida, cuenta con cerca de 60.000 empleados al servicio del cliente en más de 170 países. FUTURO DE BOLIVIA S.A. - AFP El 28 de junio de 2000 el Grupo Zurich Financial Services se integra a La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A. y a La Boliviana Ciacruz de Seguros Personales S.A. consolidando así, el liderazgo de ambas empresas, posteriormente, el 16 de julio de 2001 se integra al grupo Futuro de Bolivia S.A. - AFP entidad encargada de la administración y representación de los fondos de pensiones. MISIÓN Administrar los fondos de pensiones con transparencia y eficiencia, construyendo un futuro digno y seguro para los Bolivianos, a través de un servicio de excelencia, desarrollo profesional y personal a sus empleados y un rendimiento óptimo para sus afiliados y accionistas. NUESTROS VALORES: Integridad • Tratamos a todas las personas de manera justa y honesta. • Cumplimos todas las Leyes aplicables, regulaciones y políticas internas. Sostenibilidad • Creamos valor para nuestros accionistas, clientes, empleados, para nuestra compañía y para la sociedad, trabajando de forma proactiva en temas sociales, medioambientales y de gobernación. • Priorizamos los temas basándonos en el impacto potencial de la empresa, el nivel de responsabilidad social y nuestra capacidad para producir el cambio. Centralización en el cliente • Nuestros clientes son el centro de todo lo que hacemos. • Nos esforzamos por entregar a nuestros clientes lo que necesitan en el momento preciso. Excelencia • Estamos en el camino de la excelencia, luchando por una continua mejora, ofreciendo la mejor calidad. • Confianza y respeto mutuo, son aspectos claves para lograr la perfección en todo lo que hacemos. Trabajo en equipo • Trabajamos juntos en equipo, compartiendo y comunicandonos abierta y equitativamente. • Valoramos a nuestro diverso y talentoso personal, apoyándolos de manera que puedan contribuir con su máximo potencial. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 6 HECHOS RELEVANTES Futuro de Bolivia S.A. - AFP HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 A. INVERSIONES DEL FCI EN EL MERCADO DE VALORES Las inversiones realizadas durante la gestión 2010 por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, a cargo y por cuenta del Fondo de Capitalización Individual (FCI) que administra, se caracterizaron una vez más por coadyuvar al desarrollo del mercado de capitales en Bolivia y de la economía nacional, mediante la implementación de mecanismos innovadores para el acceso a nuevas formas de financiamiento, en beneficio de sectores productivos estratégicos del país. De esta forma, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió decididamente en la emisión de bonos más grande de la historia del mercado nacional de valores, correspondiente a los bonos emitidos por el Ingenio Sucroalcoholero Aguai S.A. La inversión del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un monto equivalente a aproximadamente $us. 115 millones, como parte del financiamiento al proyecto de instalación del ingenio productor de alcohol etílico y azúcar más importante que se viene desarrollando en Bolivia. Entre las características de esta importante emisión se pueden destacar las siguientes: Denominación en Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), 12 años de plazo, tasa de interés variable en función a la cotización internacional del etanol, y mecanismo de cobertura del 100% del capital mediante Bonos del Tesoro General de la Nación (TGN) entregados como forma de pago, lo que permitió que la calificación de riesgo obtenida sea de AAA (la más alta calificación que puede obtener una emisión). Por otra parte, el FCI invirtió el monto equivalente a aproximadamente $us. 3.7 millones en bonos emitidos por la empresa PIL Andina S.A., una de las empresas más grandes y con mayor experiencia en la producción de lácteos y otros alimentos en el país. Entre las características de esta importante emisión se pueden destacar las siguientes: Denominación en Moneda Nacional (Bs.), 4 años de plazo, y tasa de interés nominal promedio del 6% anual. Asimismo, Futuro de Bolivia S.A. - AFP continuó apoyando los proyectos de inversión productiva en el país, especialmente en sectores estratégicos de alto crecimiento y efecto multiplicador en la economía, como lo es la industria de la construcción. En este contexto, el FCI administrado por nuestra AFP invirtió cerca de $us. 12 millones en valores de titularización originados por la cooperativa COBOCE, dedicada principalmente a la producción de cemento. Esta emisión, que permite una muy importante ampliación de la capacidad productiva de esta empresa, tuvo las siguientes características principales: Denominación en Moneda Nacional (Bs.), 10 años de plazo, y con una tasa de interés nominal del 9.5% anual. Dentro del rubro de la construcción, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió, en bonos emitidos por la empresa AMECO Ltda., por un monto aproximado de $us. 1.8 millones, recursos que contribuirán al financiamiento de proyectos de construcción de carreteras adjudicados y viabilizados por esta empresa. Estos bonos fueron emitidos en Dólares, a 5 años plazo y con una tasa de interés nominal de 5%. En el empeño permanente de coadyuvar a la seguridad energética del país y al desarrollo de un sector estratégico de nuestra economía, como lo es la industria de la electricidad, Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió, por cuenta del FCI bajo su administración, en bonos emitidos por la empresa ELFEC S.A., encargada de distribución de energía eléctrica en Cochabamba, y en bonos emitidos por COBEE S.A., empresa que se dedica a la generación hidráulica y térmica de electricidad. El FCI adquirió bonos de COBEE en un monto de aproximadamente $us. 1.8 millones; estos bonos fueron emitidos en Dólares, a un plazo de 4 años y con una tasa nominal de interés del 5% anual, mientras que la inversión en bonos de ELFEC, denominados Bolivianos, llegó a la suma equivalente aproximada a $us. 1 millón, a 8 años plazo y con una tasa nominal de interés del 6.5% anual. Asimismo, durante el 2010 Futuro de Bolivia S.A. - AFP mantuvo su firme intención de orientar una parte importante de las inversiones del FCI hacia los sectores de microfinanzas y PyMEs del país, no solamente a través de operaciones de compra de Depósitos a Plazo Fijo emitidos por distintos Fondos Financieros Privados y Bancos nacionales, sino también mediante la compra de Bonos Subordinados que mejoran la posición de solvencia de estas instituciones financieras, así como mediante transacciones innovadoras en el mercado nacional de valores, como la titularización de deudas originadas por una institución microfinanciera. En todos estos casos, el destino final de las inversiones es el financiamiento de las pequeñas y medianas empresas del país, que son la base de la inversión y la generación de empleo en Bolivia. En este contexto, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió cerca de $us. 5 millones en Bonos Subordinados emitidos por el Banco Los Andes ProCrédit S.A., mismos que fueron denominados en Dólares, a un plazo de 7 años y con un tasa de interés nominal del 2.7% anual. Asimismo, se invirtió en Bonos Subordinados del Banco FIE S.A., por un monto aproximado de $us. 1.9 millones, denominados en Moneda Nacional (Bs.), a 7 años plazo y con una tasa de interés nominal del 4% anual. En este mismo rubro, FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió Futuro de Bolivia S.A. - AFP 8 HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 en Bonos Subordinados del Fondo Financiero Privado EcoFuturo S.A., por un monto aproximado de $us. 1.5 millones, denominados en Moneda Nacional (Bs.), a 8 años plazo y con una tasa de interés nominal del 5% anual. De igual manera, se adquirieron valores de titularización originados por la institución financiera de desarrollo CRECER, que cuenta con altos índices de responsabilidad social y compromiso con los sectores menos favorecidos, orientada principalmente al otorgamiento de crédito a clientes del género femenino. La inversión del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP en este caso, alcanzó la suma equivalente aproximada de $us. 1.2 millones, a 8 años plazo y con una tasa nominal de interés del 6% anual. Por último, y aunque los montos involucrados no son significativos dado el tamaño del portafolio de inversiones del FCI, no dejan de ser muy importantes las inversiones realizadas en bonos emitidos por la Empresa Ferroviaria Andina S.A. ($us. 0.8 millones aproximadamente, a 5 años plazo y con tasa nominal de interés del 5.5% anual), y por la empresa de servicios financieros Bisa Leasing ($us. 0.7 millones aproximadamente, a 6 años plazo y con tasa nominal de interés del 4.5% anual) A continuación se presenta un resumen de la contribución a la economía nacional de las inversiones efectuadas por Futuro de Bolivia S.A. - AFP con recursos del FCI, a partir del mes de junio del año 1997, cuando comenzaron las operaciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Al respecto, tales inversiones se han enmarcado permanentemente en los límites establecidos en la normativa legal vigente y los estrictos estándares del Grupo Zurich Financial Services, en procura de obtener una adecuada rentabilidad en condiciones de seguridad y diversificación de riesgo. En este contexto, en los casi catorce años de historia del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo, se ha logrado diversificar las inversiones del FCI, minimizando el riesgo y obteniendo el mayor beneficio posible para los afiliados, así como apoyar al desarrollo económico nacional fomentando la inversión en actividades productivas. Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha adquirido con recursos del FCI, en promedio, cerca del 35% del total de valores de deuda emitidos u originados por empresas nacionales que han decidido financiarse a través del mercado de valores en el país durante el período 1997 a 2010, por un monto cercano a los $us. 500 millones. Dichos recursos han sido utilizados por las empresas emisoras y originadoras en diversos fines, entre los que se destacan el financiamiento de capital de operaciones, el refinanciamiento de pasivos, y la posibilidad de encarar importantes proyectos de inversión productiva. Respecto a la inversión con recursos del FCI en Depósitos a Plazo Fijo y valores emitidos por entidades bancarias nacionales, estos representan a fines del 2010 un 29% del portafolio total ($us. 750 millones aproximadamente), recursos que Futuro de Bolivia S.A. - AFP 9 HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 coadyuvan al fortalecimiento del sistema financiero nacional, proporcionando liquidez a las entidades de intermediación financiera, con el consiguiente efecto multiplicador hacia la dinamización de la economía nacional. La participación del FCI en el mercado de valores bolivianos ha propiciado un mayor dinamismo y crecimiento del mismo, favoreciendo el desarrollo de nuevos e importantes participantes y tipos de instrumentos, como lo son la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., y las industrias de fondos de inversión cerrados, leasing y titularización, que han alcanzado un importante grado de madurez a la fecha. Asimismo, hemos sido impulsores del nacimiento y fortalecimiento de otras industrias importantes, como el factoring y el confirming, que gozan ahora de un panorama alentador para el futuro. Estos mecanismos han permitido que el FCI pueda convertirse en una fuente de financiamiento más conveniente, no sólo para grandes empresas del país, sino también para las PyMES, que son la base fundamental de la generación de inversión y empleo de nuestra economía, a pesar de las restricciones impuestas por la normativa legal vigente. Asimismo, el mercado de emisión de valores de renta fija, tales como bonos y pagarés, también ha experimentado un desarrollo impresionante, gracias al aporte proactivo de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, en la permanente búsqueda de soluciones creativas al problema del acceso a financiamiento para los emprendimientos bolivianos. Al respecto, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha promovido la innovación en la estructuración de emisiones en Bolivia, incorporando importantes criterios de minimización de riesgos, tales como el establecimiento de compromisos positivos, negativos y financieros por parte de los emisores, así como la internalización del concepto de valor respecto a las opciones de prepago inmersas en la mayoría de las emisiones que han salido al mercado y la incorporación de mecanismos de cobertura de riesgos crediticios y de liquidez. En cuanto al fomento de la bolivianización de la economía boliviana, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha sido pionera en cuanto a la promoción del uso del Boliviano y/o la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) en la inversión realizada en nuevas emisiones, como una forma de apoyar y fortalecer la confianza en la moneda nacional. Durante los últimos años, los valores bursátiles denominados en Bolivianos y UFV han venido adquiriendo cada vez mayor importancia, convirtiéndose a su vez en una alternativa interesante para calzar los flujos de las empresas que generan sus ingresos en Bolivianos, lo cual coadyuva con su viabilidad y sostenibilidad en el largo plazo. Durante este período de casi catorce años, las empresas que han decidido financiarse a través del mercado de valores en el país se han beneficiado con recursos de largo plazo del FCI (plazo promedio en torno a 9 años) y con tasas de interés favorables (promedio en torno al 8% anual). El compromiso de Futuro de Bolivia S.A. - AFP para con la dinamización de la economía nacional ha permitido que estos recursos beneficien a empresas que forman parte de diversos sectores estratégicos de la economía, mediante la diversificación de las inversiones de los recursos del FCI en distintas industrias, como se describe en el siguiente detalle, que resume datos entre 1997 y 2010: INVERSIONES POR INDUSTRIA * Industria Monto financiado ($us. MM) Tasa de Interés Promedio (%anual) Plazo promedio (Años) Hidrocarburos Minería Eléctrica Municipios Agroindustria Construcción Textil Financiera Alimentos Farmacéutica Comercio Transporte 94 125 153 5 55 60 8 28 4 2 1 1 10 7 7 9 8 9 10 6 6 9 10 6 10 10 9 8 10 8 12 6 4 8 5 3 Total 537 8 9 *Nota: Los datos que presenta el cuadro deben considerarse como aproximaciones, ya que su construcción implica estimaciones realizadas por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, con la finalidad de resumir información de inversiones en emisiones estructuradas en distintas monedas y colocadas durante varios períodos de tiempo, algunas de las cuales han podido haber llegado a su vencimiento antes del 31 de diciembre de 2010. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 10 HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 B. ESTADO DE SITUACIÓN EN EL CASO DE AMÉRICA TEXTIL S.A. Durante la gestión 2010, ante la débil capacidad de generación de flujo de caja por parte de la empresa América Textil S.A. (Ametex), se han llevado a cabo diversas reuniones de la Junta de Acreedores, en la búsqueda continua de alternativas de solución que garanticen el repago de la deuda, las fuentes de trabajo que genera la empresa y el mantenimiento de su aparato productivo exportador. Como resultado de ello, a lo largo de la gestión 2010, la Junta de Acreedores asumió medidas que refuerzan la iniciativa inicial de concesión de un plazo de gracia de dos años para el pago de capital y la reducción de la tasa de interés en un 90%, aprobada durante la gestión 2008, misma que ha sido ampliada hasta el 31 de enero de 2011. Estas medidas determinaron una importante reducción de la deuda de la empresa mediante daciones en pago de diversos activos improductivos de la empresa, a favor de varios acreedores distintos al FCI, operaciones que en todo caso beneficiaron a la empresa deudora con el reconocimiento de quitas a capital mayores al 60% de los montos adeudados. Con ello, no sólo se consiguieron reducciones de la deuda de Ametex, con el alivio consiguiente en sus flujos de caja, sino también se logra la liberación de activos en garantía a favor de los acreedores restantes. Al 31 de diciembre de 2010, Ametex se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones financieras, según el Acuerdo de Transacción suscrito con sus acreedores y las posteriores modificaciones a la estructura de la deuda, debidamente aprobadas por la Junta de Acreedores. Sin embargo, debido a la delicada situación de la empresa, Ametex ha propuesto a la Junta de Acreedores una nueva reestructuración, que considera lo siguiente: • • • • La escisión de los activos correspondientes al negocio de hilandería, junto a los pasivos correspondientes a los Bonos Ametex. La salida del Banco Bisa, mediante la dación en pago de terrenos y otros activos improductivos, con una quita superior al 60% del capital adeudado. De esta manera, la nueva deudora de los Bonos Ametex sería la empresa hilandera resultante del proceso de escisión, negocio que goza de mejores perspectivas en cuanto a la generación de flujo de caja. Adicionalmente, los Tenedores de Bonos obtendrían el beneficio de la garantía real de los activos de la hilandera y el control indirecto de la fuente generadora de flujos. Al 31 de diciembre de 2010 esta propuesta se encontraba siendo analizada por los acreedores, desde los puntos de vista legal y financiero, debiendo tomarse la decisión final antes del 31 de enero de 2011, fecha en la que vence la dispensa otorgada a Ametex. C. ESTADO DE SITUACIÓN EN EL CASO DEL LLOYD AÉREO BOLIVIANO S.A. Los problemas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB) continuaron durante la gestión 2010, mismos que prolongaron la crisis generada en gestiones anteriores, sin haber logrado que la empresa realizara operaciones de vuelo con itinerario. En este contexto, Futuro de Bolivia S.A. - AFP actuó permanentemente de forma diligente y responsable en representación del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) que administra, enmarcada siempre en el estricto cumplimiento de la normativa legal vigente. En este contexto, mediante Resolución Administrativa AEMP/DTRFCE No. 007/2009 emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), y confirmada por la Resolución Jerárquica MDPyEP No. 004/2010 del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, el LAB ha sido conminado a reducir su capital, en aplicación del Artículo 354 del Código de Comercio. Como administrador del FCC, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha requerido oportuna, diligente y repetidamente a la Administración y Síndicos del LAB, el cumplimiento de lo resuelto por la entidad reguladora, solicitando la convocatoria a una Junta General Extraordinaria de Accionistas que resuelva sobre este tema. Debido a la falta de cumplimiento por parte del LAB, en el mes de mayo de 2010 la AEMP ha interpuesto una denuncia penal en contra de varios Directores, Síndicos y Ejecutivos del LAB, acusándolos de desobediencia a la autoridad, corrupción y complicidad con las AFPs en el incumplimiento de obligaciones contractuales. Esta denuncia penal incluye Futuro de Bolivia S.A. - AFP 11 HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 a varios Ejecutivos de ambas AFPs, acusados de corrupción e incumplimiento de obligaciones contractuales, misma que se encuentra ventilándose en las instancias de investigación correspondientes. Por otra parte, en fechas 23, 25 y 27 de septiembre de 2010 se publicó en el periódico Los Tiempos, la convocatoria a Junta General Ordinaria de Accionistas del LAB, para fecha 2 de octubre de 2010, con el siguiente Orden del Día: 1. 2. 3. 4. 5. Instalación de la Junta. Remoción de los miembros del Directorio y Síndicos de la sociedad. Restitución y posesión de los miembros del Directorio a favor de Swiss Transatlantic Corporation (STAC). Fijar las dietas y fianzas de los Directores y Síndicos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 de los Estatutos de la Sociedad. Redacción, Lectura y Aprobación del Acta de la Junta General de Accionistas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. Dicha Junta se llevó a cabo, habiendo sido designados nuevos Directores a propuesta del accionista mayoritario Federación Sindical de Trabajadores del LAB (FSTLAB), irregularmente nominados “a favor de STAC”. STAC es una firma con la que la FSTLAB habría firmado un contrato de cesión irrevocable de sus acciones, a través de la figura de fideicomiso, a cambio del compromiso de inversión en el LAB de $us. 80 millones. El representante de Futuro de Bolivia S.A. - AFP votó en contra de tales designaciones, haciendo constar su respectiva disidencia, debido a que la Junta fue convocada y realizada irregularmente, habiéndose incumplido la normativa establecida en el Código de Comercio y los Estatutos de la sociedad. Asimismo, dentro del plazo legalmente establecido, Futuro de Bolivia S.A. - AFP presentó denuncia formal de impugnación contra la convocatoria y las determinaciones alcanzadas en la mencionada Junta de Accionistas, misma que se encuentra ventilándose en los estrados judiciales correspondientes. En fecha 10 de diciembre de 2010 el gobierno nacional promulgó la nueva Ley de Pensiones No. 065, que establece la abrogación de la Ley de Pensiones No. 1732 de 29 de noviembre de 1996, y la resolución de los contratos suscritos entre las AFPs y las ex Superintendencia de Pensiones (SP) y Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS). En lo que concierne a la administración del FCC, que se encuentra conformado, entre otros activos, por las acciones del LAB transferidas en fideicomiso para su administración por parte de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, el Artículo 179 de la mencionada Ley No. 065 establece que tales acciones deberán ser transferidas, a título gratuito, a un fideicomiso que será administrado por la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo. D. NUEVA LEY DE PENSIONES La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFPs y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex Superintendencia de Pensiones, y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los Artículos que nos afecta directamente a nuestra administradora son: El Artículo 174 de la nueva ley determina: “Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo” (GPS), hasta que se constituya y de inició la nueva GPS, las AFPs en este periodo transitorio debemos continuar brindando los servicios tanto de la vigente ley (Ley 1732) como lo dispuesto en la nueva Ley (art. 177), Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: Futuro de Bolivia S.A. - AFP 12 HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 I. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. II. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. III. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. IV. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. V. Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. VI. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. VII. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. VIII. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) b) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 13 HECHOS RELEVANTES MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece en los artículos 175, 176 y 178 la transferencia de información y datos, transferencia del Fondo de Capitalización Individual y la conciliación, que deberán efectuar la Entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo hasta la fecha de ser determinada por reglamento. También en el artículo 179 determina que: Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez. Finalmente el artículo 188 establece que las AFPs deberán continuar con las siguientes actividades: I. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. II. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 14 PERFIL DE LA EMPRESA Futuro de Bolivia S.A. - AFP PERFIL DE LA EMPRESA MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 DIRECTORES, SÍNDICOS Y ACCIONISTAS Nómina y conformación de Directores y Síndicos gestión 2010 Directores Titulares Presidente Vicepresidente Secretario Director Director Gonzalo Bedoya Herrera Jorge Marín Munízaga Gabriela Feierabend Eduardo Couyoumdjian Guido Hinojosa Directores Suplentes José Manuel Camposano José Carlos Campero Hector Nayra Diaz Daniel Alvarez Alejandro Ybarra Carrasco Síndicos Titulares Por Mayoría: Por Minoría: Samuel Castellón Arce Jaime Muñoz Reyes Síndicos Suplentes Por Mayoría: Por Minoría: Diego Blanco Araoz Carlos Flores COMPOSICIÓN ACCIONARÍA ACCIONISTAS % DE PARTICIPACIÓN 1.- Zurich South América Invest Ltd. 2.- Sociedad de Inversiones para el Desarrollo S.A. (SIDESA) 3.- Zurich Boliviana Seguros Personales S.A. 5.- Alianza Vida de Seguros y Reaseguros S.A. 6.- Fortaleza Investment Holding Company S.A. TOTAL 71.58% 13.00% 8.42% 3.50% 3.50% 100.00% Futuro de Bolivia S.A. - AFP 16 PERFIL DE LA EMPRESA MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 PERSONAL EJECUTIVO Gerente General Subgerente Administrativo Subgerente de Contabilidad Asesor Legal Control de Operaciones Julio Vargas León Damián Jiménez Viruez Jorge Venegas Fernández Patricia Morales de Etienne José Ardaya Calderón Gerente de Inversiones Sub Gerente de Inversiones José Antonio Gil Sensano Bismarck Pinto Mollinedo Gerente de Operaciones Jefe de Recaudaciones y Afiliación Jefe de Beneficios y Prestaciones Lionel Polar Gandarillas Melvy Villanueva Arano Jorge Yáñez Daza (1) Subgerente Comercial Jefe de Ventas Jefe de Atención al Cliente Freddy Sanjinés Raña Fernando Pacheco Miranda (2) Marianela Tamayo Mallea (3) Gerente de Cobranzas Jefe de Cobranzas Sara Mayorga Valencia Ezequiel Hurtado Álvarez (4) Oficinas Regionales Gerente Regional La Paz Gerente Regional Santa Cruz Gerente Regional Cochabamba Gerente Regional Oruro Gerente Regional Trinidad Jefe de Sucursal Riberalta Jefe de Sucursal Cobija Jefe de Sucursal Potosí Jefe de Sucursal Sucre Jefe de Sucursal Tarija Jefe de Agencia El Alto Jefe de Agencia Caranavi Jefe de Agencia Achacachi Jefe de Agencia Villa Tunari Mercedes García Luzio Carlos Garrido Villarroel Ludwig Guardia Von Borries Ruth Salazar de Zeballos Francisco Rivero Salazar (5) José Luís Justiniano Eduard Gonzáles Montecinos (6) Marcelo Tirado Carpio Susana Rojas Rendón Fernando Aguirre Cáceres Magui Murillo Calvimonte Víctor Loayza Rodríguez Rita Quispe Morales Lidia Castellón (1) (2) (3) (4) (5) (6) Desempeña ese cargo a partir del 1ro, de Noviembre de 2010 Desempeña ese cargo a partir del 1ro de Septiembre de 2010 Desempeña ese cargo a partir del 1ro de Septiembre de 2010 Desempeñó funciones hasta el 23 de Noviembre de 2010 Desempeña ese cargo a partir del 1ro Marzo de 2010 Desempeña ese cargo a partir del 1ro de Junio de 2010 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 17 PERFIL DE LA EMPRESA MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 OFICINAS Futuro de Bolivia S.A. - AFP Email: [email protected] Call Center: 800-10-9494 Página Web: www.afpfuturo.com.bo SANTA CRUZ Calle Warnes esq. René Moreno s/n Telfs.: (591-3) 3321717 - 3321712 Fax: (591-3) 3321711 OFICINA NACIONAL Calle Colón Nº 288 Edif. La Boliviana Ciacruz Central Piloto: (591-2) 2200028 Fax: (591-2) 2200515 - 2200558 Casilla Nº 4297 ORURO Calle Presidente Montes Nº 1486 y Adolfo Mier Telfs.: (591-2) 5253554 - 5253556 Fax: (591-2) 5253555 LA PAZ Plaza del Estudiante Nº 1940 Edif. Inchauste Zelaya - PB Telf.: (591-2) 2311531 Fax: (591-2) 2331223 Casilla Nº 4297 El Alto Av. Juan Pablo II Nº 2823 Edificio Cristembo Telfs.: (591-2) 2845675 - 2845710 Fax: (591-2) 2845675 Achacachi Calle Bolívar Nº 99 Telf.: (591-2) 2755003 Fax: (591-2) 2755003 Caranavi Calle Tocopilla Nº 2 Telf.: (591-2) 8232659 Fax: (591-2) 8232659 COCHABAMBA Plaza Quintanilla Nº 1004 entre Av. Salamanca y Av. Oquendo Telfs.: (591-4) 4235554 - 4257498 Fax: (591-4) 4259846 Villa Tunari Av. Benigno Paz, Calle Tarija s/n Telf.: (591) 72010852 BENI Trinidad Calle Nicolás Suárez entre Gil Coimbra y Félix Satori Telf.: (591-3) 4622283 Fax: (591-3) 4622893 Riberalta Av. Placido Méndez Nº 741 diagonal de la Plaza Central 3 de Febrero Telf.: (591-3) 8524075 • Fax: (591-3) 8524075 PANDO Cobija Calle Beni Nº 54 - Zona Central Telf.: (591-3) 8422665 Fax: (591-3) 8422665 POTOSÍ Calle Sucre esq. Hoyos Nº 2 Telf.: (591-2) 6124769 - 6124770 Fax: (591-2) 6122741 SUCRE Plaza 25 de Mayo esq. Real Audiencia Telf.: (591-4) 6912326 - 6912347 Fax: (591-4) 6912326 TARIJA Calle General Trigo esq. Av. Víctor Paz Estenssoro Nº 342 Telf.: (591- 4) 6112785 Fax: (591- 4) 6112785 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 18 INFORME DE GESTIÓN Futuro de Bolivia S.A. - AFP INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 A. ASPECTOS MACROECONÓMICOS Durante la gestión 2010, la economía boliviana presentó un leve incremento en su ritmo de crecimiento, pasando la tasa de crecimiento del PIB de 3.4% obtenida en la gestión 2009, al 4.0% en la presente gestión. Este nivel de crecimiento fue impulsado principalmente por cinco sectores, que representan el 51% del crecimiento del PIB real, a saber: I. II. III. IV. V. La industria hidrocarburífera, que habiendo decrecido en un 11.9% en la gestión 2009, creció en un 10.3% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.6%. El sector de servicios financieros, que creció un 4.1% en la gestión 2009, aceleró su ritmo de crecimiento a un 8.9% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.4%. El sector de la construcción, que tuvo un crecimiento de 9.1% en la gestión 2009, disminuyó levemente su ritmo de crecimiento a 8.6% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.3%. El sector de electricidad, gas y agua creció un 5.6% en la gestión 2009, habiendo aumentado su ritmo a 6.5% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.2%. El sector de transporte, almacenamiento y comunicación, creció un 5.7% en la gestión 2009, aumentando su ritmo a 6.7% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.6%. Por su parte, el sector de minerales metálicos y no metálicos decreció a un ritmo del 3.7% en la gestión 2010, restándole al crecimiento del PIB un 0.3%. Por otro lado, la industria manufacturera disminuyó su crecimiento de un 4.6% en la gestión 2009, a 3.2% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.5%. Por último, el sector de la agricultura disminuyó su ritmo de crecimiento de 4.2% en la gestión 2009, a 1.1% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.2%. Por el lado del gasto, el consumo interno tuvo un importante incremento en su ritmo de crecimiento, mismo que llegó al 4.0% en la gestión 2010, comparado con el 3.3% del año 2009, con una incidencia del 2.8% en el crecimiento del PIB. Asimismo, es importante señalar que dicho crecimiento del consumo es superior al crecimiento de la población boliviana, estimado en 2.8% por el Instituto Nacional de Estadística (INE), lo que implica una mejora en la calidad de vida en los hogares de Bolivia. En cuanto al comercio exterior, el valor de las exportaciones del país se incrementó en 27.6% en la gestión 2010. Dicho crecimiento se reflejó principalmente en la extracción de hidrocarburos (41.0%), en la industria manufacturera (20.2%), y en la extracción de minerales (23.6%), mientras que la exportación del sector de la agricultura decreció en 2.3%. La evolución de las exportaciones del país muestra una concentración hacia productos del sector extractivo (commodities), que en la actualidad cobran importancia y alta incidencia en el crecimiento del PIB. En este sentido, el peso del sector extractivo (hidrocarburos y minerales) sobre las exportaciones en la gestión 2010 fue de 68.9%, comparado con el 65.7% de la gestión 2009. Respecto al principal producto de exportación del país, es importante mencionar que el precio internacional promedio del gas natural se incrementó en 19.7% durante la gestión 2010, además de que las cantidades de gas natural exportadas a Brasil se han incrementado en un 21.4% (de 22.4 millones de metros cúbicos por día en la gestión 2009 a 27.2 millones de metros cúbicos por día en la gestión 2010). Estos volúmenes representan los mínimos del contrato “take or pay” entre ambos países. Por otro lado, los precios internacionales del plomo, zinc, plata y oro han tenido un comportamiento creciente respecto a la gestión 2009. Esto ocasionó que el valor de los productos del sector minero que exporta Bolivia repuntara durante la gestión 2010. En cuanto al valor de las importaciones, durante la gestión 2010 éstas se incrementaron en un 20.1% con relación al año anterior, debido a un mayor crecimiento del consumo y a la apreciación de la moneda nacional respecto al Dólar. Entre los productos más importados destacan los combustibles y lubricantes, bienes de capital, y artículos de consumo. El efecto combinado de las exportaciones y las importaciones significó un superávit en la balanza comercial de aproximadamente $us. 1.590 millones, con valores que alcanzaron aproximadamente los $us. 6.957 millones en el caso de las exportaciones y $us. 5.367 millones para las importaciones. Dicho superávit en balanza comercial significó un importante flujo de divisas del exterior, las cuales vinieron a incrementar el nivel de Reservas Internacionales Netas del país, que pasaron de $us. 8.921 millones al cierre del 2009, a $us. 9.730 millones para fines de 2010. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 20 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Respecto a los resultados del sector fiscal, en la gestión 2010 las cuentas fiscales continúan mostrando un balance favorable, habiendo el sector público no financiero (SPNF) registrado un superávit corriente de aproximadamente 7.2% respecto del PIB nominal. Sin embargo, el balance global de la gestión 2010 registró un leve déficit de aproximadamente 0.3% del PIB. En cuanto a la situación de endeudamiento del sector público al cierre de la gestión 2010, la deuda del Tesoro General de la Nación (TGN) y del Banco Central de Bolivia (BCB) asciende a aproximadamente $us. 7.594 millones, misma que representa un incremento de 2.8% en el stock de la deuda pública, respecto a la gestión 2009. Del saldo total de la deuda pública, $us. 2.882 millones corresponden a deuda externa y $us. 4.712 millones a deuda interna, de los cuales el 38.4% representa deuda a los Fondos de Capitalización Individual (FCI) administrados por las AFPs. En lo concerniente a la inflación, ésta alcanzó un nivel de 7.2% en la gestión 2010, superior al 4.5% que se había estimado a inicios de año en el Presupuesto General de la Nación. Este relativamente alto nivel de inflación se reflejó principalmente en los rubros de alimentos (1.4%), transporte (8.1%), muebles y artículos domésticos para el hogar y gastos de conservación de vivienda (1.4%). Asimismo, este nivel de inflación se explica por un crecimiento insuficiente de la inversión al interior de la economía nacional, persistente durante las últimas dos gestiones, el crecimiento de la base monetaria durante el 2009 (32.6%) y el mediocre crecimiento en el sector de alimentos en la gestión 2010. En cuanto a la política cambiaria, si bien el tipo de cambio real multilateral fue devaluado a una tasa de 13.8% durante la gestión 2009, dicho indicador se revaluó a una tasa de 3.1% en el año 2010, perjudicando levemente la situación del sector exportador. Sin perjuicio de lo anterior, el tipo de cambio nominal del Boliviano frente al Dólar tuvo un cambio en los niveles de 7.07 Bs./$us. para la venta y 6.97 Bs./$us. para la compra, hasta llegar a 7.04 Bs./$us. para la venta y 6.94 Bs./$us. para la compra al cierre de la gestión 2010. Con relación al sector financiero, éste continúa mostrando buenos indicadores de solvencia. Las obligaciones con el público de las entidades depositarias (bancos, fondos financieros privados, mutuales y cooperativas abiertas) se incrementaron a razón de 13.4% respecto a los niveles observados al cierre de la gestión 2009, pasando de $us. 8.015 millones a $us. 9.087 millones. La cartera de créditos también tuvo una variación positiva de 17.9%, pasando de $us. 5.566 millones a $us. 6.565 millones. Asimismo, el sistema financiero muestra niveles de liquidez bastante altos, pero que han disminuido respecto a los observados en el año 2009, habiendo pasado el ratio de liquidez de 95.5% en 2009 a 84.5% al cierre de la gestión 2010. Por el contrario, la morosidad en el sistema financiero se redujo de un 3.1% respecto a la cartera bruta en el año 2009, a 2.2% para el cierre de 2010, mientras que los niveles de previsión por mora se incrementaron del 149.1% al 182.3%. Con esto, la rentabilidad del sistema se redujo ligeramente, pasando el retorno sobre patrimonio de un 17.1% en el año 2009, a un 15.2% para el cierre del año 2010. Por su parte, las operaciones del sector bursátil crecieron a una tasa del 40.7% durante el año 2010, registrando operaciones por $us. 3.915 millones, en comparación con los $us. 2.783 millones registrados en 2009. Esta variación positiva se refleja principalmente en el incremento de los montos negociados en Depósitos a Plazo Fijo (48.5%), en Bonos a Largo Plazo (46.1%), y en Bonos Bancarios Bursátiles (56.4%). En cuanto al tipo de operaciones bursátiles en la gestión 2010, éstas se componen en un 46.2% de operaciones de compra-venta en firme y en un 53.8% de operaciones de reporto. Si bien esta composición cambia la tendencia que había tenido el año 2009 respecto a la relación entre los dos tipos de operaciones, no puede dejar de mencionarse que el mercado de valores en Bolivia continúa manteniendo un horizonte de corto plazo en sus operaciones. Por otra parte, los valores de renta fija continúan siendo los más negociados en el mercado bursátil, representando el 98.9% del total operado, lo que comprueba que los valores representativos de deuda siguen siendo la principal opción de financiamiento. Para concluir, cabe hacer mención que las perspectivas económicas del país para la gestión 2011 son relativamente buenas para Bolivia, siendo fundamental que el país aproveche las oportunidades que se le presentan, incentivando la inversión doméstica y extranjera mediante la construcción de un ambiente de certidumbre y estabilidad jurídica. Asimismo, se deben buscar espacios en los que se pueda generar los incentivos necesarios para promover la diversificación de la base industrial de la economía, de modo que el desarrollo del país dependa cada vez menos de shocks externos de precios de productos de los sectores extractivos. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 21 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 B. ASPECTOS FINANCIEROS El resultado final de la gestión 2010 muestra nuevamente la positiva administración de la AFP, al haber permitido una vez más la consolidación de las políticas financieras orientadas a la eficiencia y demostración consistente del compromiso con los afiliados y accionistas. Los siguientes gráficos permiten observar el desempeño financiero de Futuro de Bolivia S.A.- AFP desde el año 1997 al 2010: EVOLUCIÓN FINANCIERA DE FUTURO DE BOLIVIA S.A. - AFP (En Miles de Dólares Americanos) Ingresos Operativos Gastos Administrativos y Operativos 12,000 10.811 10,000 9.278 9.177 8,000 7.214 7.814 7.580 8.382 9.156 7.264 6,000 5.047 4.127 4,000 4.754 2,000 0 4.796 9.690 8.302 8.449 2009 2010 4.777 4.795 4.817 3.932 3.765 3.935 2000 2001 2002 4.293 4.238 2003 2004 5.265 5.394 2006 2007 4.634 2.888 1997 1998 1999 2005 2008 Gestión Ingreso Operativos Gastos Administrativos y Operativos Activo - Patrimonio 16,000 13.196 14,000 12,000 13.895 12.674 5.551 6.482 11.023 6.610 9.240 7.181 5.847 1998 1999 12.912 11.273 7.906 5.722 12.997 10.135 9.924 11.677 8.104 6,000 4,000 13.866 9.661 10,000 8,000 13.673 7.269 8.297 7.476 7.303 5.693 4.951 2,000 0 1997 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 Gestión Activo Total Patrimonio Neto El saldo del rubro de ingresos en la gestión 2010 ha tenido un incremento del 1.12% con relación a la pasada gestión, y un decremento del 31.70% con relación a la gestión 2008, debido a que en la presente gestión no se registra ningún ingreso por comisiones de Renta Dignidad, con relación a la gestión 2009 que se registra un ingreso en el mes de enero y en la gestión 2008, se registra el ingreso por este concepto en 11 meses. El resultado de la gestión ha determinado que las acciones a Valor Patrimonial Proporcional para los años 2010 y 2009 registren niveles de: Bs. 223.54 y Bs. 263.90, respectivamente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 22 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Los ingresos operacionales, han tenido un incremento del 9.89% con relación a la gestión 2009 y del 13.10% con relación al 2008, sin considerar las comisiones percibidas por el pago y la administración de la Renta Dignidad, importe que representó un 32.83% de este rubro en la gestión 2008, contra un 4.79% en la gestión 2009 y cero en el año de 2010. Los gastos administrativos y operacionales se han incrementado en un 14.98% en la gestión 2010 con relación al 2009, debido a las provisiones realizadas, los gastos realizados en el proceso de cobranza judicial y la contratación de terceros. Sin embargo se ha reducido en un 14.55% con relación a la gestión 2008. En la gestión 2010 las comisiones por Administración de Cuentas Individuales representaron un 68.29% de los ingresos operativos, contra un 61.02% en la gestión 2009 y un 40.36% de la gestión 2008, en la que las comisiones por Renta Dignidad representaron un 33%. Crecimiento obtenido por el incremento en las recaudaciones por aportes al SSO, por el aporte de mayor número de afiliados, por la recuperación de la mora, acreditación de aportes, depuración y levantamiento de rezagos realizados. Por su parte, las comisiones por Administración de Portafolio, del FCI y FCC representan un 17.98% de los ingresos operativos en la gestión 2010, contra 18.18% en 2009. Disminución producto a las transferencias a Título Gratuito de las Acciones de las Empresas Petroleras Capitalizadas a favor de YPFB y de las acciones de ENTEL en favor del Ministerio de Obras Públicas, Servicio y Vivienda, realizadas en cumplimiento a disposiciones legales emanadas de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Nación, en gestiones anteriores. En conclusión, la buena administración en los ingresos y gastos administrativos y operativos, ha sido producto de una política austera, sin afectar la imagen que la empresa se ha ganado en el mercado nacional, la continuidad en los servicios a nuestros clientes. A esto se añade el incremento de ciertas sinergias con las empresas de seguros del Grupo Zurich. C. ASPECTOS COMERCIALES AFILIACIÓN Con un promedio mensual de 3.945 registros, en la gestión 2010 nuevamente se llegaron a superar las metas comerciales establecidas, llegando a registrar 47.554 nuevos afiliados lo que implica haber superado en un 9.2% la producción de la gestión anterior, constituyéndose en la mayor producción de Afiliaciones obtenida desde el año 2000. El resultado obtenido es el producto de estrategias comerciales implementadas por la Fuerza de Ventas, en busca de incrementar la cobertura de registro en el SSO de la población económicamente activa, con el fin de garantizar su medio de subsistencia a través de las prestaciones brindadas por la Seguridad Social de Largo Plazo. El siguiente cuadro, muestra la evolución histórica de la producción anual de nuevos afiliados. RESUMEN ANUAL DE AFILIACIONES AL 31 de diciembre de 2010 (Expresado en miles de personas) CANTIDAD DE AFILIADOS POR GESTIÓN 200 154.2 150 100 43 49 49 50 41.9 42.2 27.1 24 28.9 23.8 27.6 2005 2006 40.8 43.6 47.6 FUENTE: Elaboración propia en base a reportes del SIAFP 0 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 GESTIÓN Futuro de Bolivia S.A. - AFP 23 2007 2008 2009 2010 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Asimismo durante la gestión 2010, por tercer año consecutivo se incrementó la participación de mercado en la variable de afiliaciones, evidenciándose un crecimiento superior al de las dos gestiones anteriores, llegando éste a un 0.32%, según datos publicados por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. CRECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE MERCADO AL 31 de diciembre de 2010 (Expresado en porcentaje) 0.32% 0.35% 0.30% 0.25% 0.20% 0.15% 0.10% 0.04% 0.01% 0.05% 0.00% 2008 2009 2010 GESTIÓN FUENTE: Elaboración propia en base a datos publicados por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones en su página web Asimismo en el siguiente cuadro se muestra la evolución de las afiliaciones acumuladas desde 1997. 700 642.7 595.1 551.5 600 510.8 468.9 500 417.5 441.3 393.4 351.2 400 322.3 295.2 300 246.1 197.2 200 100 154.2 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 GESTIÓN 2005 2006 2007 FUENTE: Elaboración propia en base a reportes del SIAFP Futuro de Bolivia S.A. - AFP 24 2008 2009 2010 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 RECAUDACIÓN La recaudación en la gestión 2010 fue la más alta en la historia del Sistema de Pensiones de Capitalización Individual administrado por la AFP. Se evidencia un mantenimiento de la tendencia positiva de años anteriores, recaudando a lo largo de la gestión 2010 un monto de Bs. 1.711.405.143, monto que respecto a la gestión anterior representó un incremento del 10.4%, equivalente a Bs. 162 millones. En los siguientes cuadros se muestra la evolución anual histórica de la Recaudación obtenida y del acumulado de la misma. RESUMEN ANUAL DE RECAUDACIÓN Al 31 de Diciembre de 2010 (Expresado en Millones de Bs. Corrientes) 1.800.0 1.711.4 1.600.0 1.549.6 1.400.0 1.369.7 1.200.0 1.167.9 1.000.0 1.026.5 800.0 595.9 600.0 400.0 200.0 288.5 1997 1998 637.8 618.2 682.4 1999 2001 2000 724.8 812.9 881.6 2002 2003 2004 Recaudación Anual 919.0 2005 2006 2007 2008 2009 2010 FUENTE: Elaboración propia en base a datos de la AP publicados en su página web RESUMEN ANUAL ACUMULADO DE RECAUDACIÓN Al 31 de Diciembre de 2010 (Expresado en Millones de Bs. Corrientes) 14.200.0 12.986.2 12.200.0 11.274.8 10.200.0 9.725.2 8.200.0 8.355.5 7.187.6 6.200.0 5.242.1 4.200.0 288.5 200.0 4.360.5 1.522.2 2.200.0 1997 884.4 1998 2.140.4 1999 6.161.1 2000 2.822.7 3.547.6 2001 2002 2003 2004 Recaudación Acumulada 2005 2006 2007 2008 FUENTE: Elaboración propia en base a datos de la AP publicados en su página web Futuro de Bolivia S.A. - AFP 25 2009 2010 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 APORTES ON LINE Nuestra Administradora, durante la gestión 2010, ha reforzado las herramientas electrónicas que permiten el llenado de los Formularios de Pago de Contribuciones, desarrollando la plataforma “Aportes On Line”, herramienta tutorial de declaración y pago de aportes a través de Internet, creada pensando en la comodidad del empleador, permitiéndole completar el formulario de manera electrónica desde su oficina o casa y reduciendo los errores por mala declaración. D. SERVICIO AL CLIENTE CALL CENTER Buscando siempre una atención más eficiente a nuestros clientes, en esta gestión el trabajo realizado por nuestro Call Center, ha mantenido los más altos estándares de atención, un indicador que prueba la labor realizada es el parámetro 80-20 (80% de las llamadas entrantes, contestadas dentro de los primeros 20 segundos), bajo este parámetro se recibió 25.234 llamadas que representa el 94,19% de un total de 26.791 llamadas recepcionadas en la gestión. Cifra que demuestra un servicio de calidad, enfocado en que el servicio sea oportuno y evite esperas innecesarias entre nuestros usuarios. A objeto que nuestros clientes cuenten de manera permanente con este servicio y así cubrir sus expectativas en función de sus necesidades, Futuro de Bolivia S.A. - AFP, mantuvo los horarios extendidos de atención del servicio de Call Center durante toda la gestión, recibiendo llamadas las 24 horas del día, los 7 días de la semana y los 365 días del año, constituyéndose como la única AFP con este servicio extendido, poniendo a disposición de los Afiliados y Empleadores este canal de contacto. Durante el 2010, el tráfico de llamadas Entrantes y Salientes a la línea gratuita 800-10-9494 registró la cifra de 28.980 contactos. Número inferior comparado con gestiones anteriores, lo que demuestra que las tareas comunicacionales e informativas, realizadas a través de publicaciones en prensa escrita, así como el trabajo informativo que realiza nuestro personal de las plataformas de Servicio al Cliente, dando a conocer las prestaciones y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo, tuvo su impacto positivo en la población, ya que se redujo la cantidad de llamadas entrantes por consultas. CANTIDAD DE LLAMADAS ENTRANTES Y SALIENTES POR GESTIÓN Comparación de Gestiones 70.000 60.000 55.361 58.180 53.346 50.000 40.000 37.881 42.245 31.106 28.980 2009 2010 30.000 20.000 10.000 0 2004 2005 2006 2007 2008 Gestión FUENTE: Elaboración propia. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 26 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 A lo largo de estos años, el servicio de Call Center, ha demostrado una vez más ser un canal de comunicación bastante eficiente, dado su fácil acceso, la gratuidad del servicio y el horario extendido de su atención. Este canal permite absolver consultas de nuestros clientes, informando sobre aspectos relevantes relacionadas principalmente a los beneficios y prestaciones del Sistema de Pensiones, que permite una mejor administración del tiempo de nuestros clientes obteniendo una correcta información, sin tener que visitar nuestra red de oficinas regionales. CANTIDAD DE LLAMADAS POR TIPO Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010 Distribución de Llamadas 30000 26791 25000 20000 15000 10000 2189 5000 0 Llamadas entrantes Llamadas salientes FUENTE: Elaboración propia. PÁGINA WEB La página web de Futuro de Bolivia S.A.- AFP (www.afpfuturo.com.bo) durante la gestión 2010, continuó presentando un número creciente de visitas efectuadas por Afiliados y Empleadores entre otros, quienes pueden encontrar en ésta una gran variedad de servicios ON LINE ofertados y diseñados para atender las necesidades y requerimientos de cada uno de ellos, así como tener información en relación al Sistema de Pensiones. Es así que en la gestión 2010 se registraron 129.413 visitas, cifra que se incrementó en 30.256 visitantes en relación a la gestión 2009, lo que muestra un crecimiento porcentual del 31%. Paralelamente, las visitas a las diferentes páginas que componen nuestro portal web en la gestión 2010, registraron 2.228.491 páginas visitadas, cifra que se incrementó en 1.158.811 vistas más que la gestión 2009, mostrando un incremento porcentual del 108%, que demuestra claramente que nuestros clientes son partícipes activos acorde a estos tiempos de movimiento tecnológico. Relacionando el número de visitantes con el número de páginas por las que navegaron en nuestro portal, observamos que el incremento de este último dato nos muestra que nuestros clientes visitan de manera constante nuestras páginas, lo cual demostraría un mayor interés por saber de las actividades de la AFP así como la evolución del Sistema de Pensiones en general. El desarrollo de los productos ON LINE a través de nuestra página web y la información contenida en la misma, se constituye en una de nuestras mayores ventajas competitivas, la cual se encuentra en una constante evolución, hacia herramientas más sofisticadas e inteligentes, que van de la mano de las nuevas tecnologías web. Bajo estas condiciones, para la Gestión 2011 se planificó el lanzamiento de un nuevo portal que contempla a detalle todos los servicios y beneficios del Sistema de Pensiones y que permite una mejor interrelación con el usuario, con lo cual se espera llegar a un mayor universo de clientes, dada la amplia información y servicios contenidos en dicho portal. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 27 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 CANTIDAD DE VISITAS Y PÁGINAS VISITADAS Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010 Visitas a la página web 2.228.491 135.000 129.413 2.000.000 125.000 1.500.000 115.000 1.069.680 1.027.436 105.000 95.000 1.000.000 99.157 87.455 500.000 55.000 75.000 Gestión 2008 Gestión 2009 Gestión 2010 Visitas 0 Páginas visitadas FUENTE: Elaboración propia. ATENCIÓN EN SUCURSALES El hecho más relevante en la gestión 2010 fue la consolidación de las oficinas aperturadas en ciudades capitales que eran de atención exclusiva de la otra AFP y de ciudades intermedias, tal el caso de Achacachi y Caranavi en el Departamento de La Paz y Villa Tunari en el Departamento de Cochabamba, con lo cual se fortaleció la presencia de nuestra empresa en dichos lugares, brindando un servicio de calidad y cercano a nuestros clientes, quienes pudieron realizar trámites en dichas oficinas, evitando su desplazamiento hacia otras ciudades. De esta manera, Futuro de Bolivia S.A.- AFP ratificó su presencia a nivel nacional replicando nuestra atención personalizada, característica fundamental a lo largo de estos más de trece años de presencia de Futuro de Bolivia S.A. - AFP en el país. DISTRIBUCIÓN DE LOS CLIENTES ATENDIDOS POR SUCURSAL Sucursal Clientes atendidos LA PAZ ORURO SANTA CRUZ COCHABAMBA EL ALTO TRINIDAD RIBERALTA COBIJA ACHACACHI TARIJA SUCRE CARANAVI VILLA TUNARI POTOSÍ 77.125 44.410 40.177 36.522 8.023 6.767 6.114 1.939 913 699 668 593 430 421 TOTAL 224.801 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 28 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 CANTIDAD DE CLIENTES ATENDIDOS POR SUCURSAL Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010 Cochabamba 17.8% Oruro 17.1% La Paz 30.8% Santa Cruz 15.5% Villa Tunari 0.3% El Alto 8.4% Potosí 0.3% Caranavi 0.3% Riveralta 1.8% Achacachi 0.5% Chuquisaca 0.6% Tarija 0.9% Trinidad 4.2% Cobija 1.5% FUENTE: Elaboración propia. La distribución de Clientes Atendidos por tipo de consulta a lo largo del país, muestra que más del 40% de estas visitas corresponden a la obtención del “Estado de Cuenta”, seguimiento a trámites de ”Jubilación” y la realización de Registros, Traspasos y/o Actualización de Datos de los afiliados y empleadores, los cuales son considerados como ”Ventas”. DISTRIBUCIÓN DE LOS CLIENTES ATENDIDOS POR TIPO DE CONSULTA Tipo de ticket Cantidad Porcentaje ESTADO DE CUENTA CONSULTA JUBILACIÓN JUBILACIÓN VENTAS PRESTACIONES COBRANZAS 89.998 34.537 32.165 23.928 20.233 18.399 41% 16% 15% 11% 9% 8% TOTAL 219.26 100% Futuro de Bolivia S.A. - AFP 29 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 CANTIDAD DE CLIENTES ATENDIDOS POR SUCURSAL Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010 Consulta Jubilación 16% Estado de Cuenta 41% Jubilación 15% Ventas 11% Cobranzas 8% Prestaciones 9% FUENTE: Elaboración propia. Otro dato relevante a tomar en cuenta, es la cantidad de trámites recepcionados en nuestras oficinas a nivel nacional, indicador que demuestra que la tarea encomendada por Ley a nuestra Administradora, otorgar prestaciones a los Afiliados y Derechohabientes al cumplimiento de requisitos, se está cumpliendo a cabalidad, haciendo posible que miles de personas puedan acceder a una prestación dentro del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo; hecho que refleja la transparencia con la cual hemos venido administrando los aportes. CANTIDAD DE TRÁMITES RECEPCIONADOS POR MES Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010 Tipo de Trámite Dic Total General 169 194 2.288 245 347 2.711 100 84 86 1.047 648 Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct JUBILACIÓN 283 179 196 176 170 191 192 155 221 162 RETIROS MINIMOS 238 198 235 220 217 223 79 225 273 211 GASTOS FUNERARIOS 70 90 95 64 81 113 97 71 96 Nov MUERTE 40 40 56 61 53 62 62 53 59 52 60 50 PAGO CC MENSUAL 52 57 42 48 27 45 23 43 50 41 37 44 509 INVALIDEZ 41 29 44 45 38 42 44 36 41 36 44 54 494 MASA HEREDITARIA 21 17 18 14 33 17 31 19 22 24 25 35 276 CC GLOBAL 0 0 19 11 19 14 14 15 18 32 19 23 184 RECARGOS 8 4 5 8 10 9 7 10 11 8 7 5 92 753 614 710 647 648 716 549 627 791 666 690 838 8.249 Total general Futuro de Bolivia S.A. - AFP 30 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 CAPACITACIÓN CONTINUA Y CENTRALIZACIÓN EN EL CLIENTE Para Futuro de Bolivia S.A. - AFP el cliente es lo más importante, por eso diseñó un plan de centralización de los esfuerzos orientados a lograr la satisfacción de los clientes. Para ello durante la gestión 2010, se realizaron dos esfuerzos importantes para maximizar la satisfacción de los usuarios a través del servicio brindado en nuestra AFP. El primero, fue la capacitación en “Calidad y Servicio al Cliente” a la plataforma de servicio al cliente, cuyo resultado tangible se observó en una disminución de reclamos de los clientes en los Buzones de Sugerencias y Reclamos de la Autoridad Reguladora. El segundo esfuerzo, fue el de conocer la percepción del cliente en relación a la experiencia de servicio prestado en nuestras oficinas regionales, para lo cual se desarrolló una encuesta de percepción, misma que fue efectuada en el segundo semestre del 2010, aplicada a 13.932 personas que visitaron nuestras oficinas a nivel nacional, pudiendo identificarse una apreciación positiva de la población respecto al servicio prestado por la AFP, obteniendo entre los resultados más destacados los siguientes: I. II. III. 86% de las personas consultadas considera la calidad de servicio que otorga Futuro de Bolivia S.A. - AFP como “Buena” y “Muy Buena”. 96% de las personas consultadas califica el nivel de transparencia de Futuro de Bolivia S.A. - AFP entre “Medianamente Transparente” y “Muy Transparente”. 90% de las personas consultadas sobre la información que brinda Futuro de Bolivia S.A. - AFP indican que “Brinda Información necesaria” o “La información que brinda es de alta calidad”. Datos que muestran con bastante claridad la percepción positiva del cliente sobre la calidad del servicio prestado en nuestra plataforma de atención. E. ASPECTOS OPERATIVOS Los beneficios de BONOSOL y GASTOS FUNERARIOS FCC fueron cancelados por Futuro de Bolivia S. A. - AFP hasta la gestión 2007, estableciendo durante este periodo, procesos y procedimientos, que sirvieron de base para la implementación del pago de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad). A partir de la promulgación de la Ley 3791 el 28 de noviembre de 2007, se estableció el pago de los beneficios de la RENTA DIGNIDAD y GASTOS FUNERALES los mismos que fueron administrados y pagados por nuestra AFP durante la gestión 2008. Así mismo, a partir de la promulgación de la Ley 3791 el 28 de noviembre de 2007, en la cual se estableció que el pago de la Renta Dignidad a los afiliados con prestaciones en curso de pago, se realice por intermedio de la entidad encargada de administrar los mismos. Futuro de Bolivia S.A. - AFP, viene pagando este beneficio desde la gestión 2008 a los afiliados que cuentan con una prestación en curso de pago (Jubilación - Riesgos). BONOSOL Gestiones 1997 a 2007 Beneficiarios Total (Bs.) Total Acumulado 1.975.561 2.528.981.130 GASTOS FUNERARIOS FCC Gestiones 1997 a 2007 Casos Total (Bs.) Total Acumulado 44.344 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 31 36.054.290 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 RENTA DIGNIDAD Gestiones 2008 Cantidad de Pagos Beneficiarios Total Acumulado 350.000 Total (Bs.) 3.859.576 734.115.000 GASTOS FUNERALES Gestión 2008 Total Acumulado Casos Total (Bs) 7.445 13.401.000 RENTA DIGNIDAD EPI (Entidad Proveedora de Información) Gestión Número de Beneficiarios Cantidad de pagos Total (Bs.) 2008 2009 2010 2.887 4.562 6.790 34.642 53.901 80.315 5.196.300 8.085.150 12.047.250 Total Acumulado 14.239 134.216 25.328.700 TRANSFERENCIA DE PRIMAS Actualmente el proceso de calificación, otorgación y pago de prestaciones derivadas de riesgos (invalidez y muerte) está en un 100% a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, por consiguiente también, la administración de los recursos de los Fondos de Riesgos y de Siniestralidad. La transferencia de primas a las Compañías Aseguradoras corresponde únicamente a siniestros ocurridos hasta el 31 de noviembre de 2006, calificados y otorgados por nuestra Administradora y pagados por las Aseguradoras. Durante la gestión 2010, las transferencias de primas a las Compañías Aseguradoras corresponden básicamente a transacciones residuales, producto de levantamiento de rezagos y recaudación no aclarada. Año La Vitalicia Provida Total (Bs.) 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 119.572.446 139.389.515 152.403.840 155.149.674 185.603.666 13.632.640 7.081.523 1.818.444 2.131.762 40.182.993 46.597.464 50.651.702 52.548.901 62.233.568 4.842.113 2.403.290 565.370 637.706 159.755.439 185.986.979 203.055.542 207.698.575 247.837.234 18.474.752 9.484.813 2.383.814 2.769.469 Total Acumulado 776.783.510 260.663.107 1.037.446.617 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 32 Incremento % en relación al año anterior 16% 9% 2% 19% -93% -49% -21% 16% INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 PENSIONES DE INVALIDEZ Y MUERTE Las solicitudes para pensiones por Invalidez y Muerte, han mantenido durante la gestión 2010 el constante incremento porcentual de las mismas. Este incremento se debe principalmente a que nuestra Administradora realiza campañas de información, dirigida tanto a afiliados como a los empleadores, sobre los derechos a los que tienen acceso en el SSO. Utilizando para la misma diferentes canales de difusión, disponibles en nuestro medio. El 10 de diciembre de 2010, con la promulgación de la Ley Nº 065 - LEY DE PENSIONES, se deroga la Ley de Pensiones 1732. Las disposiciones de la misma, amplían la cobertura en el Riesgo Común, entrando en pago los dictámenes con el 50% de grado de incapacidad, esta ampliación de cobertura proyecta un mayor crecimiento en la otorgación de esta prestación en las próximas gestiones. Gestión 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 Total Acumulado Aseguradora Invalidez Muerte Totales 89 200 289 57 157 214 47 159 206 64 173 237 60 188 248 9 31 222 262 3 4 318 325 0 0 413 413 0 1 494 495 118 363 481 85 236 321 109 327 436 148 408 556 129 382 511 43 125 437 605 17 43 595 655 5 15 619 639 1 9 634 644 207 563 770 142 393 535 156 486 642 212 581 793 189 570 759 52 156 659 867 20 47 913 980 5 15 1032 1052 1 10 1128 1139 2.689 4.848 7.537 Provida La Vitalicia Total Provida La Vitalicia Total Provida La Vitalicia Total Provida La Vitalicia Total Provida La Vitalicia Total Provida La Vitalicia Futuro Total Provida La Vitalicia Futuro Total Provida La Vitalicia Futuro Total Provida La Vitalicia Futuro Futuro de Bolivia S.A. - AFP 33 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 DICTÁMENES EMITIDOS Año Riesgo Común Invalidez Riesgo Profesional 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 203 181 177 203 268 240 198 184 216 78 82 87 76 121 98 115 89 63 1.870 809 Total Acumulado Riesgo Común Muerte Riesgo Profesional 281 263 264 279 389 338 313 273 279 486 317 390 507 466 507 501 497 514 2.679 4.185 Total Total Total 46 39 51 46 47 72 88 73 81 532 356 441 553 513 579 589 570 595 813 619 705 832 902 917 902 843 874 543 4.728 7.407 JUBILACIÓN Solicitudes Recibidas El universo de solicitudes para la prestación de jubilación en relación a la gestión 2009, se incrementó en un 7%. El proceso de calificación y otorgación de jubilaciones, fue suspendido a partir del 10 de diciembre de 2010, hasta la emisión del Decreto Reglamentario sobre la nueva Ley de Pensiones. Esta nueva reglamentación conlleva la necesidad de adecuar nuestros procesos y sistemas, tomando en cuenta que la misma establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones durante un periodo transitorio, continuarán realizando todas las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad a Largo Plazo. Modalidad 2008 Gestión (cantidad de casos) 2009 2010 Con MVV y CC Con MVV y CC y FC Pensión Mínima con CBP Solamente con MVV Pago de CC 1.452 32 271 11 391 1.662 39 376 37 458 1.787 96 364 31 470 Total Acumulado 2.157 2.572 2.748 * MVV (Mensualidad Vitalicia Variable), CC (Compensación de Cotizaciones, FC (fracción Complementaria), CBP (Cuenta Básica Previsional) MONTOS SOBRE LÍQUIDOS PAGABLES Los montos pagados o transferidos incrementaron en 19% (Bs. 68 millones de bolivianos) en relación al año anterior. Modalidad 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 Totales (Milllones de Bs.) Financiado por CC Financiado por MVV Financiado por FC Financiado por CBP 19.480 964 49.682 3,001 131 96.334 6.454 354 124.994 8.935 763 197.224 16.485 2.332 373 258.553 24.487 4.185 1.893 309.901 36.841 7.677 3.436 1.056.169 97.167 15.442 5.701 Total Acumulado 20.444 52.814 103.142 134.692 216.414 289.118 357.855 1.174.479 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 34 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Los segmentos salariales de los jubilados son: Cantidad Rango (Bs.) 2007 2008 2009 2010 Menor a 1000 1000-2000 2000-3000 3000-4000 4000-5000 5000-6000 6000-7000 7000-8000 8000-9000 9000-10000 Mayor a 10000 1.827 1.842 1.027 621 394 286 164 123 172 72 38 3.403 2.231 1.167 625 374 257 170 145 168 83 18 4.332 2.700 1.372 808 519 325 240 213 237 114 42 4.954 3.387 1.709 1.022 636 448 297 221 317 162 76 Total 6.566 8.641 10.902 13.229 OTRAS PRESTACIONES Este grupo comprende a prestaciones adicionales, que son consecuencia de la flexibilidad que permite el sistema de pensiones, y cumple con las expectativas de los afiliados, garantizando de esta manera que los recursos acumulados en sus Cuentas Individuales, siempre serán utilizados en su totalidad, tanto en beneficio del propio afiliado como en el de sus derechohabientes. Prestación 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 Totales (Milllones de Bs.) Devolución de Aportes Masa Hereditaria Retiros Mínimos Transferencia al TGN para PLUS Retiros Temporales 507 17 5.555 123 0 133 157 5.079 7.088 0 29 334 13.553 1.287 0 0 987 74.608 3.294 0 0 1.508 61.559 591 0 73 2.042 48.339 812 0 0 3.588 50.403 35 370 0 3.370 60.751 52 602 0 3.764 74.180 0 1.547 743 15.769 394.026 13.283 2.519 Total Acumulado 6.203 12.457 15.203 78.889 63.658 51.267 54.397 64.774 79.492 426.341 F. ASPECTOS DE COBRANZA ADMINISTRATIVA GESTIÓN DE COBRO Desde el año 2001, fecha en la que el Ente Regulador norma la gestión de Cobro, se identifica la mora por las tipologías de deuda y fases de cobranza (Administrativa y Judicial). El stock de mora en Cobranza Administrativa, tiene una tendencia descendente por las gestiones de depuración y recuperación de mora realizadas, situación que al cierre de diciembre de 2010, se traduce en el 4.65% (Bs. 11.75 millones), respecto al stock total de mora de Bs. 252.74 millones, permaneciendo el restante 95.35% en gestión de Cobranza Judicial. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 35 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Evolución de Cartera por Tipo Gestión Al 31 de Diciembre de 2010 (En %) 94.28% 75.63% 95.35% 91.34% 91.77% 87.63% 77.41% 69.22% 30.78% 66.76% 61.51% 33.24% 38.49% 24.37% 22.59% 12.37% 8.23% 5.72% 8.66% 4.65% GESTION DE COBRANZA ADMINISTRATIVA El 2001, el stock de de Cobranza Administrativa representaba el 94.28% de la mora total y al 31 de diciembre de 2010 alcanza un 4.65%, existiendo una disminución de más del 98% respecto al 2001 y, 46% respecto a la gestión 2009. Lo que significa una disminución de Bs. 892.53 millones de la gestión 2001 a Bs. 11.75 millones al cierre de la gestión 2010. Stock de Mora, en Cobranza Administrativa 94.28% 75.63% 69.22% 66.76% 38.49% 22.59% 12.37% 8.23% 8.66% 4.65% 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 GESTIÓN El stock de mora en Cobranza Administrativa al 31 de diciembre de 2010, respecto al Patrimonio del FCI que administra Futuro de Bolivia, representa sólo el 0.07%. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 36 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Stock de Mora, respecto al Patrimonio, en Cobranza Administrativa 30.28% 4.36% 2001 2002 4.05% 2003 3.50% 2004 1.56% 2005 0.60% 2006 0.14% 0.26% 2007 2008 0.15% 2009 0.07% 2010 GESTIÓN Estos resultados son obtenidos por el control en el ingreso de la nueva mora y los procesos de recuperación en la gestión 2010, la que alcanzó a Bs. 101.4 millones, superior en 2.15% con respecto al 2009, situación que se traduce en el cumplimiento de la planificación realizada para una adecuada gestión de cobro administrativa, la que concentra el 85.81% de la recuperación total. Recuperación de Mora Administrativa y Judicial (En %) 90 83.96% 85.81% 80 70 60 50 40 30 16.04% 20 14.19% 10 0 2009 2010 Administrativa Judicial Como consecuencia de los 13 años de gestión de cobranza, desde el inicio del SSO hasta el 31 de diciembre de 2010, es importante resaltar la generación de más 320.000 cartas de cobranza y que con la gestión directa del personal de cobranzas de todas las sucursales, permitieron obtener los siguientes resultados: - Disminución de la mora en aproximada de Bs. 4.400 millones, por depuración. Recuperación de Bs. 9.79 millones, por ochenta y un (81) Recargos. Recuperación de Bs. 1.427 millones por mora. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 37 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 G. ASPECTOS DE COBRANZA JUDICIAL Desde la suscripción del contrato de administración entre Futuro de Bolivia S.A. - AFP y el Estado Boliviano representado por la entonces Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros (actualmente Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones), una de las actividades que ha tenido que desarrollar la AFP en virtud a los Artículos 23, 31 literal d) y 33 de la Ley de Pensiones No. 1732, es la cobranza de los aportes en mora, así como el de los recargos, que es el monto que tiene que pagar el empleador cuando por su incumplimiento en el pago de los aportes, el empleado quedó sin cobertura por riesgo común o riesgo profesional. Esta cobranza se realiza mediante procesos judiciales ante los Juzgados de Trabajo y Seguridad Social en los distintos distritos judiciales del país. DIFICULTADES EN LA COBRANZA JUDICIAL El problema principal en la cobranza judicial, radica en el procedimiento que se aplica a los Procesos Ejecutivos Sociales, que permite una serie de acciones por parte de los deudores para evitar, entrabar o alargar la cobranza; y lamentablemente, hasta la promulgación de la nueva Ley de Pensiones No. 065 en diciembre de 2010, no se emitieron normas tendientes a mejorar el procedimiento de cobranza judicial, pese al conocimiento del órgano regulador de estas dificultades; lo que ha originado la mora de los empleadores en etapa judicial. Las Notas de Débito de acuerdo a normativa vigente emitida por las autoridades reguladoras, establece la presunción de mora y la identificación de deudas presuntas cuando no se ha podido verificar e identificar esta deuda por falta de información que el empleador está obligado a proporcionar, por lo que las AFPs deben iniciar procesos por deudas presuntas, aspecto que contradice la “ejecutividad” de los procesos ejecutivos, considerando que estos procesos se instauran ante Jueces en materia civil. Sin embargo la falta de antecedentes en la materia ha originado sentencias declarando improbadas las demandas por la falta de suma líquida y exigible del título ejecutivo., a lo que se añade las acciones dilatorias que oponen los empleadores para evitar el pago de sus contribuciones. Estas situaciones nos obligan a utilizar todos los medios legales y procesales adicionales para lograr el cobro, sin embargo la inexperiencia y poco conocimiento de los administradores de justicia, ha generado jurisprudencia desfavorable y perjudicial. Otro aspecto que no se tomó en cuenta en la norma aplicable a los procesos ejecutivos sociales, es que estos pueden ser objeto de revisión a través de un proceso ordinario, que debe ser interpuesto en el plazo de 6 meses, aspecto que puede tornar inefectivo el proceso de cobranza y extender el plazo de recuperación por lo menos cinco años más. Con el fin de recuperar estas deudas, no sólo se persigue el cobro a través del proceso ejecutivo social, sino que también se han interpuesto acciones penales y tercerías de pago preferente dentro de los procesos laborales y civiles que les siguen a las empresas deudores otros acreedores y trabajadores, tanto por deudas como por pago de beneficios sociales, intentando así, por todos los medios recuperar algún monto para el SSO, agotando todas las instancias judiciales, conscientes en algunos casos que, estas tercerías y gestiones podrías resultar infructuosas. La mora se genera e incrementa mensualmente en el caso de empleadores que, si bien han desaparecido, cerrado, no han dado de baja sus actividades formalmente, ni han comunicado esa situación, por lo que a veces se persigue el cobro de deudas inexistentes a empresas desaparecidas por montos presuntos, calculados en función a ciertos conceptos de deudas normados por el regulador, lo que genera que en muchos casos estos sean demasiado altos, como por ejemplo la deuda presunta que se sigue generando para el Lloyd Aéreo Boliviano por planillas altas de personal inexistente, situación que genera que el monto de mora reportada por la AFP sea excesivo e irreal. ABOGADOS EXTERNOS Al principio la cobranza judicial fue encargada a abogados externos, sin haber logrado resultados positivos. Posteriormente este control a los abogados externos fue encomendado al Departamento Legal de nuestra empresa, sin embargo la falta de control y seguimiento en los procesos originó que no se logren los objetivos esperados. Posteriormente Futuro de Bolivia S.A.- AFP, decide que el departamento legal de la empresa tome el control y patrocinio de todos los Procesos Judiciales Sociales en proceso, gestionándose la recuperación y otorgación de pases profesionales de los juicios patrocinados por abogados externos. Fruto de esta gestión, de una cartera inicial de Bs. 27.981.083.97 en poder de los abogados externos, al 31 de diciembre de la gestión 2010, se ha recuperado Bs. 16.284.028.08 quedando un saldo por recuperar de Bs. 11.697.055.89. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 38 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 TOTAL DE PROCESOS JUDICIALES al 31-12-10 Administración de Procesos de Cobranza 1. Administrada por la Gerencia Legal 2. Administrada por Abogados Externos 3. Procesos con Desistimiento y/o Concluidos 6.449 4.814 183 1.452 Actualización del Archivo General de Mora 5.819 Archivo de Expedientes Procesales 5.771 Recuperación de Procesos de Abog. Externos 1.053 H. ASPECTOS DE INVERSIONES FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL (FCI) Al 31 de diciembre de 2010, el portafolio del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un valor equivalente a $us. 2.578.09 millones, los cuales se encuentran invertidos, de acuerdo a los límites establecidos en la normativa legal vigente, en una diversidad de instrumentos financieros de distintos emisores del mercado de valores, que son valorados conforme a la Norma Única de Valoración emitida por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP). Esto permite diversificar el riesgo y generar atractivos niveles de rendimiento. El siguiente cuadro muestra la estructura del portafolio de inversiones del FCI: FCI: Estructura de las Inversiones (al 31-12-2010) 60% 49.60% 50% 40% 29.18% 30% 18.77% 20% 10% 0.23% 0.71% 1.51% Recursos de Alta Liquidez Acciones de Fondos de Inversión 0% Bonos y Letras del TGN y BCB Bonos Municipales Bonos de Empresas Comerciales y Titularizados DPFs y Bonos de Instituciones Financieras FUENTE: Elaboración propia. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 39 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 En lo que se refiere a la rentabilidad, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP generó durante la gestión 2010 un indicador de Rentabilidad Nominal Anualizada (RNA) que fue en promedio superior en más del 1.2% al de la competencia, a pesar de haber culminado el año en un nivel ligeramente menor. De esta manera, la RNA del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un nivel del 8.02%, al 31 de diciembre de 2010. Este indicador de rentabilidad es calculado diariamente, a partir de la normativa emitida al respecto por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP). El siguiente cuadro permite observar la evolución de la RNA del FCI durante la gestión 2010: FCI: Evolución de la RNA (gestión 2010) 13% 12% 11% 10% 9% 8% 7% 6% 5% 4% 3% 2% 1% 0% -1% -2% Futuro de Bolivia feb-10 mar-10 abr-10 may-10 jun-10 jul-10 ago-10 sep-10 oct-10 nov-10 dic-10 10.61% 10.11% ene-10 9.74% 9.97% 10.28% 9.67% 9.15% 8.71% 8.54% 8.44% 8.07% 8.02% BBVA Previsión 8.56% 8.39% 7.65% 7.45% 8.14% 8.11% 8.04% 8.00% 8.01% 8.14% 8.10% 8.13% Diferencia 2.05% 1.72% 2.09% 2.52% 2.14% 1.56% 1.11% 0.71% 0.53% 0.30% -0.03% -0.11% Fuente: Elaboración propia en base a datos publicados por la AP. En consecuencia, la rentabilidad acumulada del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP continúa mostrando niveles superiores a los generados por la competencia. Al respecto, es importante mencionar que dadas las características del Sistema de Pensiones, que consiste en la acumulación de ahorros en un horizonte temporal de muy largo plazo, es fundamental analizar la evolución de la rentabilidad en un ámbito de tiempo similar. Así, en los más de trece años de historia del nuevo sistema de pensiones de capitalización individual, al 31 de diciembre de 2010 el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha generado una rentabilidad nominal anualizada acumulada de 11.88%, mientras que el indicador correspondiente al FCI administrado por la competencia alcanza el 11.62%. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 40 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 El siguiente cuadro permite observar la evolución histórica de este indicador de rentabilidad: FCI: Evolución de la Rentabilidad Acumulada* 17% 15.76% 16% 15.09% 14.61% 15% 15.23% 15.24% 14.31% 13% 13.25% 13.97% 14.71% 14.15% 13.79% 14.02% 12.52% 13.10% 13.34% 12.61% 12.78% 12.44% 12% 11% 14.50% 14.58% 14% 12.39% 12.33% 12.19% 12.20% 11.88% 11.90% 11.62% 11.16% 10% 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 AFP Futuro de Bolivia 2006 2007 2008 2009 2010 BBVA Previsión Fuente: Elaboración propia en base a datos publicados por la AP. * Calculada como la variación porcentual anualizada del Valor Cuota del FCI al cierre de cada gestión, respecto del dato observado al 1° de junio de 1997 (Bs.100) Es importante resaltar que estos niveles de rentabilidad fueron obtenidos sobre la base de un portafolio de inversiones con similares características y restricciones que el de la competencia. Al respecto, el siguiente gráfico permite comparar los portafolios de inversión del FCI en el caso de ambas AFPs, en función de su concentración por calificación de riesgo crediticio, al 31 de diciembre de 2010: FCI: Estructura de las Inversiones por Calificación de Riesgo (al 31-12-2010) 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% Futuro de Bolivia BBVA Previsión SOB AAA AA1 AA2 AA3 49.60% 63.08% 9.11% 4.42% 0.30% 0.21% 5.64% 28.08% 3.21% 25.19% A1 A2 A3 BBB1 BBB3 C D Liquidez 2.32% 0.54% 0.69% 0.67% 0.03% 0.05% 0.15% 0.14% 3.07% 0.00% 0.20% 0.19% 0.16% 0.14% 0.71% 2.15% Fuente: Elaboración propia en base a la distribución por emisor del portafolio de inversiones del FCI, publicada por la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 41 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Cabe recordar que la rentabilidad de un portafolio no significa nada por sí sola; ésta siempre debe ser analizada con relación a su riesgo. Al respecto, existe una infinidad de factores de riesgo, mismos que deben ser analizados y comprendidos antes de realizar cualquier inversión. La medida de riesgo mayormente utilizada y aceptada en el mundo de las finanzas es la desviación estándar de la rentabilidad del portafolio, ya que esta captura, en sí misma, las variaciones de rendimiento que se explican por los distintos tipos de riesgo a los que se exponen las inversiones (riesgo crediticio, riesgo de tasa de interés, riesgo de mercado, riesgo de contraparte, riesgo cambiario, riesgo de descalce, riesgo de eventos, riesgo de liquidez, etc.), a diferencia de otras medidas utilizadas, que por lo general tienden a concentrase en algún riesgo específico, dejando de lado los demás (por ejemplo, la calificación de riesgo se concentra específicamente en el riesgo crediticio). La interpretación de esta útil medida es que en la medida que la desviación estándar de la rentabilidad de un portafolio sea menor, tanto menores son los niveles de riesgo a los que se encuentra expuesto el mismo. Al respecto, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha mostrado sistemáticamente una menor desviación estándar que la competencia, durante los más de trece años de su existencia, lo que permite concluir que la gestión de inversiones de Futuro de Bolivia S.A. - AFP es la más eficiente del Sistema de Pensiones, ya que muestra mayores niveles de rentabilidad históricos, asociados a menores niveles de riesgo. El siguiente gráfico permite comparar la evolución histórica de este indicador de riesgo: Evolución de la Desviación Estándar de la Rentabilidad Diaria del FCI* 35% 33.67% 30.54% 29.12% 30% 28.05% 26.43% 24.96% 25% 23.22% 17.72% 21.10% 16.95% 22.72% 24.20% 22.13% 21.32% 21.35% 20% 15% 24.30% 18.95% 20.51% 19.02% 19.52% 19.49% 18.71% 17.60% 18.28% 18.07% 17.70% 17.76% 15.67% 10% 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 AFP Futuro de Bolivia 2005 2006 2007 2008 2009 BBVA Previsión Fuente: Elaboración propia en base a datos publicados por la AP. * Calculado como la desviación estándar de la rentabilidad diaria del Valor Cuota del FCI, en el período comprendido entre el 1ª de junio de 1997 y el cierre de cada gestión. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 42 2010 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 FONDO DE CAPITALIZACIÓN COLECTIVA (FCC) Al 31 de diciembre del 2010, el portafolio del FCC administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un valor de $us. 44.22 millones, monto que se encuentra diversificado entre las acciones de las distintas empresas capitalizadas que continúan formando parte del mismo, además de las inversiones en el FCI y los recursos de alta liquidez respectivos. Dichas acciones son valoradas al precio de adjudicación producto del proceso de capitalización, conforme lo establece la normativa legal en vigencia. El siguiente gráfico muestra la composición del portafolio de inversiones del FCC: FCC: Estructura del Portafolio (al 31-12-2010) Empresa Ferroviaria Andina S.A. 14.96% Lloyd Aéreo Boliviano 52.21% Ferroviaria Oriental S.A. 29.18% Cuotas del FCI 3.15% Liquidez 0.50% FUENTE: Elaboración propia. Asimismo, el siguiente gráfico permite apreciar la evolución histórica de los dividendos percibidos por el FCC administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP: FCC: Evolución de los Dividendos Percibidos ($us. MM) 120 114.20 100 80 60 43.85 40 19.18 22.37 17.57 20 51.64 29.62 23.99 13.98 15.29 25.17 0 1998 21.77 1999 2000 2001 2002 4.61 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 * Nota: La gestión 2005 incluye la reducción de capital de Entel S.A., por $us. 87.1 MM. Fuente: Elaboración propia Futuro de Bolivia S.A. - AFP 43 2010 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 DIRECTORES Y SÍNDICOS / EMPRESAS CAPITALIZADAS Directores y Síndicos nominados a propuesta de Futuro de Bolivia S.A. - AFP en las empresas capitalizadas cuyas acciones forman parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), al 31 de diciembre de 2010: Empresa Cargo Nombre FERROVIARIA ORIENTAL S.A. Director Titular Director Suplente Kathya Vaca Diez de Cortez Ramiro Cavero Uriona FERROVIARIA ANDINA S.A. Director Titular Director Suplente Síndico Titular Síndico Suplente Gerardo Velasco Téllez (Vacante) Pablo Chacón Loayza (Vacante) LLOYD AÉREO BOLIVIANO S.A. Director Titular Director Suplente Carlos Cortez Cortez (Vacante) I. ASPECTOS DE RECURSOS HUMANOS Dentro de los lineamientos estratégicos para recursos humanos, Futuro de Bolivia S.A. - AFP está trabajando en promover una cultura basada en el rendimiento de su personal, mediante la asignación de objetivos y competencias personales a todos los colaboradores, así como la medición de los resultados obtenidos, de manera que, sobre la base de esta información cuantitativa, se puedan aplicar mejores políticas de remuneración y ofrecer mayores oportunidades de desarrollo laboral. Desde la gestión 2008 se han desarrollado distintas acciones para impulsar la cultura del desempeño, la fijación de objetivos es responsabilidad coordinada del colaborador y su inmediato superior en función a los lineamientos estratégicos definidos por la alta gerencia. En el transcurso del año se impulsa un proceso de seguimiento donde el colaborador debe reunirse y evaluar periódicamente el avance de los objetivos y competencias fomentando la retroalimentación de ambas partes. Al final de la gestión se concluye la evaluación de desempeño con una calificación sobre los resultados obtenidos y una valoración sobre las competencias demostradas en la gestión, aspecto que garantiza el crecimiento personal y profesional del colaborador que se refleja en la redacción de un plan de acción individual en los casos que sea necesario. Todo el proceso de evaluación de desempeño se realiza a través de un sistema informático en línea, lo que garantiza la transparencia del mismo. El área de Recursos Humanos asume un rol importante en este proceso ya que durante todo el año impulsa con acciones comunicativas el desarrollo y cumplimiento de estas actividades, adicionalmente provee de capacitación tanto a líderes como colaboradores para garantizar que las acciones de desarrollo identificadas puedan concretarse en el tiempo. Los objetivos que persigue este proceso son: I. Implementar herramientas que contribuyan al desarrollo profesional y personal de los colaboradores. II. Asegurar que cada persona en Futuro de Bolivia S.A. - AFP contribuya a alcanzar los objetivos de la empresa. III. Evitar que existan objetivos contrapuestos. IV. Incrementar el compromiso de todas las personas que trabajan en la AFP. V. Facilitar el análisis del desempeño frecuente y la retroalimentación entre jefes y colaboradores. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 44 INFORME DE GESTIÓN MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 J. ASPECTOS DE ARCHIVO CENTRAL El archivo central se encarga de la custodia y administración de la documentación del fondo de capitalización individual. Por la alta confidencialidad y vital importancia de esta documentación para la administración del sistema, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha decidido administrar este archivo central de manera directa, obviando cualquier evaluación económica en contra de esta decisión. La función principal del archivo central es de resguardar la documentación recibida o procesada de los afiliados, debido a la alta prioridad para el sistema de pensiones y la empresa. El archivo central tiene establecido un servicio de atención a las diferentes áreas y regionales de la empresa, garantizando que los documentos retornen al punto de custodia. Para ello, Futuro de Bolivia S.A. - AFP, ha implementado criterios básicos en cuanto a esta documentación, los mismos se resumen: I. Resguardo de la documentación con personal exclusivo de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, de manera de atender oportuna y eficazmente ante un requerimiento de documentación por parte de los propios afiliados o instituciones de fiscalización, para este cometido los expedientes se encuentran debidamente identificados y resguardados de forma eficiente. II. Sistema informático de control, que permite un control adecuado y un seguimiento de cada uno de los documentos de los afiliados. Es así que a través de los sistemas identificados como “Módulo de Inventario” y “Módulo de Documentación”, se puede inventariar y/o registrar toda la documentación que ingresa a archivo, la misma que previamente es clasificada, resultado que permite realizar una identificación inmediata, permite un control eficiente de la documentación que es facilitada a las diferentes áreas. De esta manera no existe ningún proceso manual entre estos requerimientos. III. Digitalización de la documentación, permite cumplir con disposiciones de la normativa vigente, que exige que la documentación de la carpeta de afiliación o registro de cada uno de los afiliados, así como los que tuvieron un proceso de traspasos se encuentran plenamente digitilizados en nuestro sistema. Proceso que permite al Archivo Central, no manipular esta documentación, ya que siendo que las regionales están conectadas en línea, son ellos quienes pueden generar este documento en cada regional, evitando así también tiempos de atención adicionales en Archivo Central. IV. Control por usuario y permisos de dueños de información. El sistema permite identificar a usuarios autorizados por los dueños de información o áreas responsables de estos trámites, además el sistema permite realizar un seguimiento por usuario solicitante del trámite, la fecha en la que se le autorizó la entrega de la documentación, la fecha en la que devolvió y el estado en el que se encuentra al momento de la revisión. V. Unificación de documentación, que permita contar con un expediente único por cada afiliado. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 45 INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA Futuro de Bolivia S.A. - AFP INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 La Paz,10 de marzo de 2011 A los señores accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES LA PAZ REF: INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA - GESTIÓN 2010 Señores accionistas: De acuerdo con los artículos 335 y 337 del Código de Comercio y del artículo 65 de los Estatutos de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones (“la Sociedad”), la Comisión Fiscalizadora informa a los señores Accionistas sobre algunos aspectos destacables acerca de las actividades que han sido desarrolladas por la sociedad durante la gestión 2010. 1.- MEMORIA ANUAL.- Registra indicadores que demuestran todo cuanto ha sido posible lograr durante la gestión 2010 gracias a la labor de supervisión y control interno por parte de los ejecutivos y, el buen desempeño profesional y de apoyo permanente del personal, en todas las áreas. La explicación que hace la memoria anual sobre las cifras registradas en el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, guarda relación con aspectos macroeconómicos, financieros, comerciales, operativos y de inversiones con resultados favorables, que no ha sido fácil de lograr, teniendo en cuenta que la empresa ha tenido que dirigir su accionar a la revisión y análisis de cuanto debía contener el texto de la nueva Ley de Pensiones que se encontraba en revisión por parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional que, finalmente, fue promulgada el 10 de diciembre de 2010. No obstante, el trabajo realizado cumple, en buena medida, con lo que se había proyectado, mostrando resultados, aunque no en los importes de gestiones pasadas, pero que, consideramos satisfactorios en beneficio de los afiliados y usuarios y también, de los señores Accionistas de la Sociedad. 2.- DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE.- Hemos revisado el Dictamen del Auditor Independiente, cuya opinión sobre las Notas a los Estados Financieros, Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio, Cambios en la Situación Financiera de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, por la gestión terminada al 31 de Diciembre de 2010, es en sentido de que, dichos estados, presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, una situación Patrimonial y Financiera acorde con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Bolivia y Normas Contables, emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. 3.- REUNIONES DE DIRECTORIO Y JUNTA DE ACCIONISTAS.- En sujeción a los artículos del Código de Comercio y los Estatutos de la Sociedad, como Comisión Fiscalizadora, hemos llevado a cabo revisiones mensuales de partidas relevantes; hemos asistido a las reuniones de Directorio y Juntas Ordinarias de Accionistas, hemos emitido nuestra opinión como aporte en el tratamiento de casos generales y otros específicos, en estrecha relación con las actividades inherentes al desarrollo de la Sociedad. 4.- FIANZAS DE DIRECTORES Y SÍNDICOS.- Para la gestión 2010, como en las anteriores, corresponde informar que la Sociedad, mediante convenio con Compañías Aseguradoras locales, ha contratado una cobertura global de Fianza en favor de los Directores y Síndicos, titulares y suplentes, de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones. 5.- LICENCIAS DE SOFTWARE.- Al 31 de diciembre de 2010, los cargos diferidos incluyen Licencias de Software, las mismas que se amortizan en un período de cuatro años mientras se sigan utilizando en el desarrollo de las actividades de la Sociedad. 6.- VARIOS.- En este punto podemos hacer mención a diversos casos que, durante la gestión enero - diciembre 2010, los Ejecutivos de la Sociedad han hecho un seguimiento de partidas de acreencias. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 48 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA Lloyd Aéreo Boliviano (LAB): Al margen de los problemas legales que viene encarando el LAB desde tiempo atrás para definir su estatus empresarial, Futuro de Bolivia S.A. - AFP, actuó permanentemente de forma diligente y responsable en representación del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) que administra, enmarcada siempre en el estricto cumplimiento de la normativa legal vigente, habiéndose realizado el seguimiento respectivo y presentado los recursos de ley en los casos pertinentes. América Textil S.A.: La Sociedad ha puesto en conocimiento que debido a su débil ejecución de flujos de caja, América Textil S.A., ha propuesto a la Junta de Acreedores una nueva reestructuración, que considera la escisión de los activos correspondientes al negocio de Hilandería junto a los pasivos correspondientes a los Bonos Ametex. De esta manera, la nueva deudora sería HILANDERA (empresa a crearse), que goza de mejores perspectivas en cuanto a la generación de flujo de caja. Adicionalmente los Tenedores de Bonos obtendrían el beneficio de la garantía real de los activos de HILANDERA. Sin embargo, esta propuesta, por dispensa otorgada a Ametex, debería ser aprobada hasta enero 31 de 2011, lo que significa que, cualquier acuerdo final sobre esta partida, tendría su incidencia real en el desempeño del FCI durante la gestión 2011. Ley de Pensiones: La nueva Ley de Pensiones (Nº 065 de 10 de diciembre 2010) obedece al mandato de la Constitución Política del Estado Plurinacional, mediante el cual la seguridad social debe ser dirigida y administrada por el Estado, con control y participación social (art. 45), no pudiendo ser privatizada ni concesionada. Establece un período de transición hasta el inicio de actividades de la Nueva Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida, bajo la tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Sin embargo de lo cual, al amparo de la normativa vigente y lo que se vaya a reglamentar, las AFPs seguirán realizando todas las operaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado boliviano en el marco de la Ley 1732 de Pensiones, Decretos Supremos y normativa reguladora reglamentaria, así como lo dispuesto en la Ley 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el período de transición. (art. 177, puntos I a VII), y Decreto Supremo Nº 778 de 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones 065. La cobranza ha sido modificada a partir de la nueva Ley de Pensiones, con mecanismos que se espera mejorarán los procedimientos judiciales para las gestiones de cobranza, aplicables únicamente a partir de su promulgación, sin tener carácter retroactivo. Existen asuntos que la Sociedad ha venido manejando durante la gestión 2010, como son los casos que, en el Informe de Gestión, están ampliamente explicados y se relacionan con: UPEA (Universidad Pública El Alto): La Sociedad ha tomado conocimiento de una acción penal (querella) iniciada por el Sr. Mario Virreira Iporre, ex Rector de la Universidad Pública de El Alto (UPEA) en contra de ejecutivos de la AFP, por supuestos delitos de falsedad material e intelectual, entre otros, a partir de lo cual tanto el Gerente General como la Gerente de la Sucursal de La Paz tuvieron que prestar sus declaraciones informativas. A la fecha, luego de la presentación de los recursos de ley, y habiéndose llegado a una conciliación de pagos en exceso final con la UPEA y el Sr. Mario Virreira Iporre con la suscripción de un documento de devolución de estos pagos en exceso de acuerdo al procedimiento aplicable, por lo que se ha suscrito el desistimiento entre las partes, con cuyo documento corresponde solicitar el sobreseimiento definitivo. Adecuación y Contingencias: Por otra parte, considerando estas nuevas disposiciones la administración de la AFP ha preparado un plan de adecuación para la transición (adecuación de sistemas, modificación de sistemas informáticos, contratación de personal para afrontar Futuro de Bolivia S.A. - AFP 49 INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 los nuevos servicios, y realización de campañas comunicacionales para informar sobre el alcance y características de la nueva Ley de Pensiones) durante la gestión 2011, incluyendo un plan de contingencias que, hasta el 31 de diciembre de 2010, se ha cumplido según los alcances que habrían sido estimados. Finalmente, a los efectos de la preparación de este informe, hemos acudido a la documentación apropiada, la misma que nos ha sido facilitada en todas las circunstancias requeridas y, luego de las revisiones, no encontramos puntos a los cuales hacer alguna observación. Coincidimos con el Dictamen y la opinión del Auditor Externo Independiente, y en razón de ello, recomendamos a los señores Accionistas, dar su aprobación al Balance General y Estado de Resultados, así como a las Notas a los Estados Financieros de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, como también de los Fondos que administra: Capitalización Colectiva (FCC); Capitalización Individual (FCI) y de todo cuanto se expone en las Cuentas de Siniestralidad, Riesgo Profesional, Riesgo Laboral, Mensualidad Vitalicia Variable y Cuenta Básica Previsional. Todos ellos referidos con el desarrollo de las actividades de la Sociedad durante la gestión 2010. COMISIÓN FISCALIZADORA Samuel Castellón A. Síndico Jaime Muñoz - Reyes G. Síndico Futuro de Bolivia S.A. - AFP 50 ESTADOS FINANCIEROS FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE BALANCE GENERAL ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. $us. DEG UFV AP = Boliviano = Dólar Americano = Derechos Especiales de Giro = Unidad de Fomento a la Vivienda = Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones 52 53 54 55 56 57 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado los balances generales de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes estados de ganancias y pérdidas, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 15 que se acompañan. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Sociedad. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mismos basados en nuestras auditorías. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones incluidas en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio neto y los flujos de efectivo, por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. 4. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han sido preparados considerando que la Sociedad continuará como empresa en marcha. Como se menciona en la Nota 14, e) a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo para lo cual se definirá, mediante un Decreto Supremo, un periodo de transición para el inicio de sus operaciones. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán continuar realizando todas las obligaciones descritas en los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, sin embargo, finalizado el periodo de transición dichos contratos quedarán resueltos. Esta nueva normativa, genera la existencia de una incertidumbre material, en relación a la capacidad de la sociedad para continuar como una empresa en marcha. Los estados financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la resolución de esta incertidumbre. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 52 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) Nota 2010 Bs. 2009 Bs. 5a) 5b) 5c) 5d) 6.476.195 43.781.295 33.452.717 201.181 2.207.908 62.597.237 18.135.440 119.725 83.911.388 83.060.310 247.758 5.962.180 776.602 6.986.540 248.829 6.273.910 1.186.834 7.709.573 90.897.928 90.769.883 5l) 18.060.801.700 15.128.304.361 5h) 5i) 5j) 5k) 506.071 8.810.780 1.493.469 24.764.629 570.182 9.899.101 1.357.848 15.246.838 35.574.949 27.073.969 3.908.774 2.998.352 39.483.723 30.072.321 23.000.000 11.500.000 2.573.776 23.000.000 10.419.412 2.573.776 Resultados acumulados Total patrimonio neto 14.340.429 51.414.205 24.704.374 60.697.562 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO 90.897.928 90.769.883 18.060.801.700 15.128.304.361 ACTIVO Activo corriente Disponibilidades Inversiones temporarias Cuentas por cobrar Pagos anticipados Total activo corriente Activo no corriente Inversiones permanentes Bienes de uso Otros activos Total activo no corriente 5e) 5f) 5g) TOTAL ACTIVO CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS PASIVO Y PATRIMONIO NETO Pasivo corriente Cuentas por pagar comerciales Cuentas por pagar fiscales y sociales Provisiones y previsiones Otros pasivos corrientes Total pasivo corriente Pasivo no corriente Previsión para beneficios sociales 5j) TOTAL PASIVO PATRIMONIO NETO Capital social Reserva legal Ajuste global del patrimonio 6 7 8 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS Las notas 1 al 15 que se acompañan forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 53 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) 2010 Bs. Nota Ingresos operativos 5m) 2009 Bs. 76.111.711 73.295.674 1.841.189 2.488.960 Total ingresos 77.952.900 75.784.634 Gastos financieros Gastos de administración Otros gastos operativos Diferencias de cambio y mantenimiento de valor 251.753 56.544.971 3.222.693 (394.020) 430.654 46.845.627 3.171.636 (2.293.955) 59.625.397 48.153.962 18.327.503 (4.630.142) 27.630.672 (5.927.999) 13.697.361 21.702.673 634.144 2.233.669 14.331.505 23.936.342 8.924 768.032 14.340.429 24.704.374 Ingresos financieros 3.2 y 3.3. a) Total gastos Resultado de operaciones neto antes del IUE Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE 3.3j) Resultado de operaciones neto después del IUE Ingresos extraordinarios 11 Ganancia de la gestión Ingresos de gestiones anteriores 12 Ganancia neta del ejercicio Las notas 1 al 15 que se acompañan forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 54 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) 2010 Bs. 2009 Bs. Flujo de fondos originado en actividades de operación Ganancia neta del ejercicio Más (menos): Cargos (Abonos) a resultados que no generan flujo de fondos: 14.340.429 24.704.374 (794.311) 1.115.372 1.514.635 845.442 278.474 1.071 4.630.143 (686.372) 998.189 1.156.930 111.521 1.104.361 347.805 5.927.999 21.931.255 33.664.807 9.453.680 (604.213) (9.113.658) (11.922.083) (81.456) (979.751) 1.506.686 (1.034.023) (13.419.650) 8.235.023 (21.046) (980.022) 8.683.774 27.951.775 (533.712) 131.758 19.610.253 (456.516) (210.913) 1.093.270 19.208.299 425.841 (23.623.786) (28.412.550) (23.623.786) (28.412.550) (Disminución) Aumento neto de fondos 4.268.287 (34.934) Disponibilidades al inicio del ejercicio 2.207.908 2.242.842 Disponibilidades al cierre del ejercicio 6.476.195 2.207.908 Pérdida (ganancia) por valuación Provisión para primas Previsión para beneficios sociales Previsión por desvalorización inversiones permanentes Depreciación del activo fijo Amortización de cargos diferidos Diferencia por actualización Impuesto a las Utilidades de Empresas Cambios en activos y pasivos: Incremento (Disminución) en cuentas por pagar comerciales y otros pasivos Pago de beneficios sociales Disminución en cuentas por pagar fiscales y sociales Disminución (Incremento) neto en cuentas por cobrar Disminución (Incremento) en pagos anticipados Pago de Provisiones y Previsiones Total flujo de fondos originado en actividades de operación Flujo de fondos aplicado en actividades de inversión Incremento neto en bienes de uso Incremento neto en cargos diferidos Disminución (Incremento) en inversiones temporarias Total flujo de fondos originado (aplicado) en actividades de inversión Distribución de dividendos Total flujo de fondos aplicado en actividades de financiación Las notas 1 al 15 que se acompañan forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 55 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) Capital social Saldos al 31 de diciembre de 2008 Ajuste global del patrimonio Reserva legal Resultados acumulados Total Bs. 23.000.000 8.924.015 2.573.776 29.907.947 64.405.738 Constitución de reserva legal equivalente al 5% de la utilidad retenida de la gestión 2008 de acuerdo con la resolución emitida por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 9 de marzo de 2009. - 1.495.397 - (1.495.397) - Distribución de utilidades de acuerdo con la resolución emitida por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 9 de marzo de 2009. - - - (28.412.550) (28.412.550) Ganancia neta del ejercicio - - - 24.704.374 24.704.374 23.000.000 10.419.41 2.573.77 24.704.374 60.697.562 Constitución de reserva legal equivalente al 5% de la utilidad retenida de la gestión 2009 de acuerdo con la resolución emitida por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 19 de marzo de 2010. - 1.080.588 (1.080.588) - Distribución de utilidades de acuerdo con la resolución celebrada el 19 de marzo de 2010. - - - (23.623.786) (23.623.786) Ganancia neta del ejercicio - - - 14.340.429 14.340.429 23.000.000 11.500.000 2.573.776 14.340.429 51.414.205 Saldos al 31 de diciembre de 2009 Saldos al 31 de diciembre de 2010 Las notas 1 al 15 que se acompañan forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 56 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - CONSTITUCIÓN Y OBJETO La Sociedad fue constituida en la ciudad de La Paz en fecha 12 de febrero de 1997, según Testimonio de la escritura pública de constitución N° 075/97, estableciéndose como domicilio principal de la Sociedad la ciudad de La Paz. El funcionamiento de la Sociedad fue autorizado mediante Resolución Administrativa N° 02-09518/97 de fecha 28 de febrero de 1997, otorgada por la Dirección General del Registro de Comercio y Sociedades por Acciones. Mediante Resolución SP 002/97 de 30 de abril de 1997, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, otorgó la licencia de funcionamiento a la Sociedad. El objeto social definido en los estatutos de la sociedad es: a) Administrar y representar a los fondos de pensiones conforme a la Ley. b) Cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996), y sus reglamentos. c) Contratar servicios necesarios para la realización de sus actividades d) Invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos valores, de sistemas computarizados, de procesamiento de planillas de recaudación cobro de mora y pago de prestaciones del seguro social obligatorio de largo plazo bajo su responsabilidad y similares. e) Ofertar mensualidades vitalicias variables a los afiliados de los fondos que administre y sus derechohabientes, cuando legalmente corresponda. f) Cobrar las comisiones en la medida autorizada legalmente, como remuneración por los servicios de administración de fondos y en general, realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones, negocios, negociaciones, gestiones y similares. Asimismo, en fecha 22 de abril de 1999, la Sociedad suscribió un Contrato de Modificación, enmienda y complementación del contrato inicial para la prestación de servicios por una administradora de fondos de pensiones, con la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (ex-Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros), el cual incorpora nuevas obligaciones y derechos a las AFPs, resultado de la promulgación de la Ley de Propiedad y Crédito Popular. Por ello, se han incluido nuevos objetos los cuales son: cumplir con las obligaciones determinadas en la Ley de Pensiones y sus reglamentos; cumplir con las siguientes obligaciones determinadas en la Ley de Propiedad y Crédito Popular: Administración de los certificados fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que participan en la cuenta de acciones populares (CAP), constituido en un valor denominado Acción Popular (AP), Administración de los certificados fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que se encuentran registrados en la cuenta solidaria para la otorgación de beneficios, y recaudar y administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo al reglamento específico emitido por el poder ejecutivo. Los fondos de pensiones y las cuentas establecidas por la Ley de Pensiones, y su decreto reglamentario, y administrados por la Sociedad son los siguientes: a) Fondo de Capitalización Individual (FCI) Es el Fondo compuesto por las Cuentas Individuales, Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta de Siniestralidad y Cuenta de Riesgo Profesional, y los recursos provenientes de dividendos o venta de acciones del Fondo de Capitalización Colectiva. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 57 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS b) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) Es el Fondo conformado con los recursos constituidos en fideicomiso, provenientes de las acciones anteriormente propiedad del Estado a través de la participación en sociedades de economía mixta, que al ser capitalizadas fueron transferidas a título gratuito en beneficio de los ciudadanos bolivianos residentes en el país, que al 31 de diciembre de 1995 hubieran alcanzado la mayoría de edad, de conformidad con el Artículo 7 de la Ley 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización) y Ley de Propiedad y Crédito Popular N° 1864 de 15 de junio de 1998. Al respecto, en fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 24900, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que el beneficio del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2007. c) Cuenta de Siniestralidad Son los recursos provenientes de las Primas para la cobertura de Riesgo Común que conforman una cuenta en el FCI, durante el periodo en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los recursos administrados a las Entidades Aseguradoras para la cobertura de estos riesgos. d) Cuenta de Riesgo Profesional Son los recursos provenientes de las Primas para la cobertura del Riesgo Profesional que conforman una cuenta en el FCI, durante el período en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los recursos administrados a las Entidades Aseguradoras para la cobertura de estos riesgos. e) Cuenta de Riesgo Laboral Son los recursos provenientes de las Primas para la cobertura del Riesgo Laboral que conforman una cuenta en el FCI, durante el periodo en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los recursos administrados a las Entidades Aseguradoras para la cobertura de estos riesgos. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones ha dispuesto la transferencia de las coberturas por riesgo común y profesional, desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a entidades aseguradoras adjudicatarias mediante Licitación Pública Internacional. Producto de la mencionada licitación, en fecha 1° de noviembre de 2001, las administradoras han firmado un contrato de seguro (pólizas de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., con una participación de mercado de 75% y 25%, respectivamente. En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone: que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFPs, el 1 de noviembre de 2006. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 58 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 f) Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable Son los recursos provenientes del Capital Acumulado a ser transferido por todos aquellos afiliados, o sus derecho habientes cuando corresponda, que opten por la modalidad de la prestación de jubilación de Mensualidades Vitalicias Variables. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la cuenta presenta un saldo para el pago de este beneficio de Bs. 598.478.857 y Bs. 421.073.858, respectivamente. g) Fondo de Renta Universal de Vejez El Fondo de Renta Universal de Vejez, para todos los efectos se constituye en Fideicomiso, tiene por objeto financiar la Renta Dignidad y los Gastos Funerales, este fondo se encuentra financiado por: a) El 30% de todos los recursos percibidos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), de las Prefecturas, Municipios, Fondo Indígena y Tesoro General de la Nacional a partir del 1 de enero de 2008. b) Los dividendos de las empresas públicas capitalizadas, generados a partir de la gestión 2008, en la proporción accionaría que corresponde a los bolivianos. La Renta Dignidad es el beneficio a favor de todos los bolivianos, que consiste en pagos vitalicios no heredables. Son beneficiarios de la Renta Dignidad, con el 100% del pago cuyo monto será Bs. 2.400, todos los bolivianos que cumplan 60 años o más que no perciban renta o pensión en calidad de titular o derechohabiente del sistema de seguridad social de largo plazo, ni remuneración contemplada en el Presupuesto General de la Nación. Los Gastos Funerales, es el beneficio que otorga el Fondo de Renta Universal de Vejez, que se paga en efectivo, por una sola vez, a la persona que acredite haber efectuado el pago del funeral de un beneficiario de la Renta Dignidad, que cumpla con los requisitos establecidos para el pago de Renta Dignidad a la fecha de fallecimiento, y que no le corresponda el pago de gastos Funerarios financiado por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. El monto establecido será pagado en Bolivianos y por una sola vez. Durante los 3 primeros años será de Bs. 1.800, vencidos los cuales, el monto será definido por el Ministerio de Finanzas. h) Cuenta Básica Previsional La Cuenta Básica Previsional, es administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones como parte de Fondo de Capitalización Individual. La Cuenta Básica Previsional, conforme determina la Ley No. 3785 de 23 de noviembre de 2007, es un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Administradora de Fondos de Pensiones, indiviso, imprescriptible e inafectable por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo puede utilizarse para pagar la Fracción Complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión Mínima. La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Resolución Administrativa 198 de 27 de febrero de 2008 instruye a Las Administradoras de Fondos de Pensiones, que en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la publicación del Decreto Supremo N° 29423 de 16 de enero de 2008, en cumplimiento a la Ley N° 3785 de 23 de noviembre de 2007, realizarán la transferencia de los siguientes recursos a la cuenta Básica Provisional: a) $us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 Dólares Americanos) provenientes de la Cuenta de Siniestralidad por única vez. b) $us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 Dólares Americanos) provenientes de la Cuenta de Riesgos Profesionales por única vez. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 59 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 c) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Común. d) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes. e) Diez por ciento (10%) de la diferencia entre el Total Ganado menos sesenta (60) salarios mínimos nacionales, cuando la diferencia sea positiva. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán transferir el monto correspondiente a los porcentajes establecidos de todas las primas pagadas y acreditadas hasta el último día hábil administrativo del mes siguiente al que corresponda el pago, desde el periodo de diciembre 2007. Estas transferencias serán la fuente de financiamiento de la Cuenta Básica Previsional, para el pago de la Pensión Mínima. La Pensión Mínima es la prestación semicontributiva pagada por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los titulares que cumplan los requisitos establecidos para el efecto, y a su fallecimiento a sus derechohabientes hasta el segundo grado, en las proporciones que les corresponda según normativa. La Pensión Mínima está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión Mínima. El Decreto Supremo No. 29894 aprobado en fecha 7 de febrero de 2009 instituye la nueva estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia. Este Decreto Supremo en su Título X, Capítulo I. declara la Extinción de las Superintendencias, indicando en el Artículo 137 que las atribuciones en materia de control y supervisión de los sistemas de pensiones serán transferidas a una Autoridad Reguladora a crearse por norma expresa. Mediante Decreto Supremo No. 0071 de 9 de abril de 2009, en su artículo 1 Objeto, inciso a) Crea las Autoridades de Fiscalización y Control Social en los sectores de Transportes y Telecomunicaciones; Agua Potable y Saneamiento Básico; Electricidad, Bosques y Tierra; Pensiones; y Empresas. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, y a su sucesora la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones AP. NOTA 2 - ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD En fecha 18 de marzo de 1997, la Sociedad suscribió un contrato de prestación de servicios con la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, por medio del cual se formalizaron las condiciones del pliego de especificaciones de la licitación pública internacional N° MC/AFP - 01/96. De acuerdo con este contrato, la administración de estos fondos será exclusividad de la Sociedad para un área específica y por el lapso de cinco años a partir de la fecha de inicio de sus actividades. El Decreto Supremo N° 24585 de fecha 29 de abril de 1997, estableció la transferencia de los recursos provenientes de la capitalización de las empresas del Estado, en favor de los Fondos de Capitalización Colectiva administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Estos recursos, que se encontraban en fideicomiso, fueron transferidos a este Fondo en fecha 1° de mayo de 1997. La Resolución SP N° 001/97 de fecha 29 de abril de 1997, establece el 1° de mayo como la fecha de inicio de actividades de las Administradoras de Fondos de Pensiones. El 15 de junio de 1998, se promulga la Ley N° 1864 "Ley de Propiedad y Crédito Popular", que establece nuevas normas en la participación de los bolivianos en los beneficios provenientes del Fondo de Capitalización Colectiva, crea la ex Futuro de Bolivia S.A. - AFP 60 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y establece una serie de nuevas normas relativas a la administración de los Fondos de Pensiones y el objeto social de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Entre las actividades nuevas que se les permiten a las Administradoras de Fondos de Pensiones está la de poder recaudar y administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo al reglamento específico emitido por el Poder Ejecutivo. En fecha 22 de abril de 1999, en la ciudad de Madrid, España, los representantes legales de los accionistas de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, AMVESCAP y Argentaria suscribieron un Contrato de Modificación, Enmienda y Complementación al Contrato para la Prestación de Servicios por una Administradora de Fondos de Pensiones con la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, la misma que incorpora nuevas obligaciones y derechos a las AFPs resultado de la promulgación de la Ley de Propiedad y Crédito Popular. Resultado de una licitación pública internacional llevada a cabo por los Ministerios de Comercio Exterior e Inversión y de Vivienda y Servicios Básicos, Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones en consorcio con la Administradora de Fondos de Pensiones PREVISIÓN BBV S.A. se adjudican el servicio de recaudación y administración de aportes laborales y patronales para vivienda, para lo cual constituyen la sociedad PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA DE APORTES S.A. que inicia actividades el 1° de diciembre de 1998. En fecha 18 de abril de 2001 el Directorio de la entidad decide la venta y posterior transferencia de dichas acciones a la Administradora de Fondos de Pensiones Previsión BBV S.A., dicha venta fue autorizada mediante Decreto Supremo N° 26222 de fecha 21 de junio de 2001 y fue efectivizada en fecha 13 de julio de 2001. Durante la gestión 2001, la participación accionaria mantenida por la empresa BBVA Participaciones Internacionales S.R.L. correspondiente a 279.679 acciones que representaban el 80% del total del capital de 349.599 acciones, ha sido vendida a Zurich South America Invest Ltd. (71,58% correspondiente a 250.243 acciones) y a La Boliviana Ciacruz Seguros Personales S.A. (8.42% correspondiente a 29.436 acciones), actualmente denominada Zurich Boliviana Seguros Personales S.A. De acuerdo con el contrato de prestación de servicios suscrito con la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y la Ley de Pensiones, a partir del mes de mayo de 2002, esta autoridad regulatoria anunció la apertura del mercado y la finalización del periodo de exclusividad del manejo de los fondos provenientes del Seguro Social Obligatorio, brindando a los afiliados la posibilidad de escoger la entidad que administrará sus aportes. En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley N° 3791 de Renta Dignidad, misma establece que las personas mayores de 60 años sin jubilación recibirán Bs. 2.400 por año mientras las que cuentan con una renta y jubilación percibirán el 75% de la Renta Universal de Vejez Bs. 1.800 más gastos funerales. Dichas prestaciones entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2008 y los montos que corresponden a ambos beneficios se revisarán cada tres años por parte del Poder Ejecutivo. La nueva Ley beneficiará aproximadamente a más de 676.000 personas mayores de 60 años, 187.000 más que la población que abarcaba el pago del Bono Solidario. Mediante Decreto Supremo N° 29399 de 29 de diciembre de 2007, se determina que la operativa de este pago se realizará a través de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de la Presidencia. Mediante Decreto Supremo N° 29424 de 17 de enero de 2008, se complementa el Decreto Supremo N° 29400 de 29 de diciembre de 2007 (Reglamento de la Ley N° 3791 de 28 de noviembre de 2008). En el artículo 2 de esta disposición se determina que: “La Administración del Fondo de Renta Universal de Vejez y el pago de los beneficios de la renta dignidad y Gastos Funerales en la gestión 2008, estará a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones: Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP - S.A., dentro de los alcances del Artículo 1 de la Ley N° 3791, quienes tendrán Futuro de Bolivia S.A. - AFP 61 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 la calidad de Entidades Gestoras con todas las obligaciones establecidas en el Decreto Supremo N° 29400". Autorizando a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a suscribir un contrato, bajo la modalidad de contratación de excepción. En fecha 27 de diciembre de 2007, mediante Cite: SPVS/IP/4092/2007 de 27 de diciembre de 2007, hemos recibido la invitación oficial, para que se remita a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones la información relacionada con la comisión que se cobraría por cada pago de la Renta Dignidad. En respuesta a la invitación se respondió con nuestra Cite: FUT-SUP 057/08 de 7 de enero de 2008, en la que hacemos conocer nuestros costos estimados en caso de ser designados como entes gestores. La Ley 3785 de fecha 23 de noviembre de 2007 y Decreto Supremo 29423 de fecha 16 de enero de 2008 establece que los trabajadores estacionales del Sector del Beneficiado de la Castaña, podrán solicitar retiros temporales, parciales o totales del saldo de su Cuenta Individual, cuando tengan acreditados, al menos 60 periodos pagados. Los Retiros Temporales, totales o parciales también pueden ser efectuados por: Trabajadores con dependencia laboral, el retiro temporal será respecto a las cotizaciones adicionales y su correspondiente rentabilidad. Trabajadores Independientes, el saldo de la Cuenta Individual de las cotizaciones obligatorias, efectuadas en calidad de trabajador dependiente, no será objeto de los retiros temporales, a excepción del que corresponde a trabajadores estacionales. Los trabajadores que hubiesen realizado retiros temporales, parciales o totales podrán voluntariamente efectuar la reposición, para efectos de pensión por invalidez o muerte común, profesional o laboral, el plazo de reposición es de 18 meses. La Ley 3785 establece también que la Pensión Mínima que brinda el SSO a favor de los titulares o derechohabientes hasta el segundo grado, será equivalente al Salario Mínimo Nacional y será actualizada anualmente de acuerdo a la variación de la UFV, caduca al no cobro de más de doce meses. NOTA 3 - PRINCIPIOS CONTABLES A continuación se describen los principios y normas contables más significativas: 3.1 Presentación de estados financieros a) Presentación de los estados financieros Los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009 presentan cifras en bolivianos “Bs.” que constituye la moneda de cuenta y de curso legal en Bolivia. Dichos estados financieros consolidan las operaciones de las oficinas de la Sociedad situadas en las ciudades de La Paz, Santa Cruz de la Sierra, Cochabamba, Sucre, Tarija, Trinidad, Oruro, Potosí, Beni y Pando. Los presentes estados financieros han sido preparados para exponer la situación económica y financiera de la Sociedad. El patrimonio de la Sociedad es independiente y distinto del patrimonio de los diferentes fondos que están bajo su administración y sobre los cuales no tiene derecho de propiedad alguno. b) Base normativa-contable de preparación de los estados financieros Los estados financieros han sido preparados siguiendo los lineamientos generales establecidos por la Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones, mediante Resolución Administrativa SPVS-P N° 012/99 de fecha 18 de enero de 1999, que aprobó la actualización del Manual de Cuentas para el Sistema de Seguridad Social Obligatorio para Administradora de Fondos de Pensiones y que es de uso obligatorio. Los estados financieros y sus notas se han elaborado conforme las disposiciones legales en materia contable establecidas por la Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones. En caso de no existir Futuro de Bolivia S.A. - AFP 62 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 situaciones previstas por estas disposiciones, se aplican los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, optando por la alternativa más conservadora. c) Uniformidad en la preparación de los estados financieros Los principios de contabilidad generalmente aceptados han sido aplicadas por la Sociedad en la elaboración de sus estados financieros de manera consistente en los ejercicios 2010 y 2009. d) Estimaciones contables La preparación de los estados financieros, de acuerdo a los principios de contabilidad generalmente aceptado requiere que la Gerencia de la Sociedad realice algunas estimaciones que afectan los montos de los activos y pasivos y la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros, así como los montos de ingresos y gastos del ejercicio. Los resultados futuros podrían ser diferentes. 3.2 Consideración de los efectos de la inflación Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y por disposición de la Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones a través de la Resolución Administrativa SPVS-IS N°087 del 25 de febrero de 2009, el efecto de la pérdida en el poder adquisitivo de la moneda sobre los estados financieros ha sido suspendido a partir del ejercicio económico 2009. 3.3 Criterios de Valuación a) Moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor Los activos y pasivos en moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor y las operaciones indexadas a la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV, se valúan a su valor nominal en la moneda de origen y son convertidas a los tipos de cambio y/o cotizaciones informadas por el Banco Central de Bolivia a la fecha de cierre de cada ejercicio. Las operaciones indexadas al dólar estadounidense se registran utilizando el tipo de cambio de compra de esa divisa. Las diferencias de cambio y mantenimiento de valor resultantes se registran en los resultados de cada ejercicio. b) Inversiones temporarias Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las inversiones en certificados de depósitos a plazo fijo, los títulos valores emitidos por entidades comerciales y los títulos valores emitidos por el Tesoro General de la Nación se valúan a su valor de mercado, que surge de las cotizaciones de los mismos en el mercado de valores al cierre del ejercicio, y la participación en fondos comunes de inversión se valúa a su valor neto de realización. c) Comisiones por cobrar Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las comisiones por cobrar por administración del portafolio de inversiones del FCI y del FCC, son contabilizadas por el criterio de lo devengado. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS/IP N°125/99 de fecha 29 de junio de 1999 emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, el reconocimiento de los ingresos estimados de comisiones por la administración de cuentas individuales, se realiza por el método de lo devengado, sobre la base de las recaudaciones efectivas de cada mes. De acuerdo con la norma antes citada, la Sociedad, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha revertido las comisiones por administración de cuentas, que aún no fueron acreditadas en cuentas individuales después de transcurridos tres meses de la fecha de recaudación efectiva. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 63 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Mediante Decreto Supremo N° 29400 de fecha 28 de noviembre de 2007, el gobierno boliviano, estableció que la comisión por la administración de prestaciones de Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral que podrán cobrar las AFPs a partir del 1° de noviembre de 2006, es del 0,85% sobre el monto de las primas recaudadas y acreditadas, en reemplazo del 11% que se venía cobrando anteriormente. d) Inversiones permanentes Las inversiones en acciones telefónicas están valuadas a su costo de adquisición al cierre de cada ejercicio, deducida la previsión por desvalorización de dichas inversiones. e) Bienes de uso Los bienes de uso de la Sociedad al 31 de diciembre de 2010 y 2009, están valuados a su costo de adquisición. La depreciación es calculada por el método de línea recta aplicando tasas anuales suficientes para extinguir los valores al final de la vida útil estimada. Los mantenimientos, reparaciones, renovaciones y mejoras que no extienden la vida útil de los bienes son cargados a los resultados del ejercicio en el que se incurren. f) Cargos diferidos Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los cargos diferidos incluyen licencias de software, las mismas que se amortizan en un período de cuatro años mientras se sigan utilizando en el desarrollo de las actividades de la Sociedad. g) Previsión para indemnizaciones al personal Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, mediante Decreto Supremo N° 110 aprobado en fecha 1 de mayo de 2009 se establece que esta indemnización ya es debida al empleado cuando éste hubiese cumplido más de noventa (90) días de trabajo contínuo. La base de cálculo de la indemnización es el promedio del total ganado en los tres (3) últimos meses, o el promedio de los últimos treinta (30) días para las trabajadoras y los trabajadores a jornal. El pago de quinquenio efectuado por nuestra sociedad, no es considerado como un pago anticipado de la indemnización. h) Patrimonio neto Tal como se manifiesta en la Nota 3.2, el efecto de la pérdida en el poder adquisitivo de la moneda sobre el patrimonio neto ya no es contemplado a partir del ejercicio económico 2009 y 2010. i) Resultado del ejercicio Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, según se revela en la Nota 3.2 el ajuste por inflación ha sido suspendido a partir del 1° de enero de 2009. j) Impuesto sobre las utilidades de las empresas De acuerdo con la Ley N° 843 (Texto Ordenado en 2005) y el Decreto Supremo N° 24051 de 29 de junio de 1995, la Sociedad registra contablemente el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) aplicando Futuro de Bolivia S.A. - AFP 64 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS la tasa vigente del 25% sobre la utilidad impositiva de cada ejercicio, siguiendo el método del pasivo, que no contempla el efecto de las diferencias temporales entre el resultado contable y el impositivo. Este impuesto es liquidado y pagado en períodos anuales y es considerado como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones hasta la presentación de la liquidación del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) correspondiente al ejercicio siguiente. En caso de existir quebranto impositivo, éste se acumula y se actualiza en función de la variación del índice de Unidad de Fomento a la Vivienda UFV. Dicho quebranto acumulado es compensable con utilidades impositivas futuras sin límite de tiempo. Para la determinación del Impuesto a las Utilidades de la Empresas (IUE) se han considerado los lineamientos definidos por el Servicio de Impuestos Nacionales mediante Resolución Normativa de Directorio N° 10.0002.08 de 4 de enero de 2008, como respuesta a los cambios establecidos en el Decreto Supremo N° 29387 de 20 de diciembre de 2007 en lo referente a la reexpresión en moneda extranjera y valores en moneda constante en los estados financieros de las empresas, para fines de la determinación de la Utilidad Neta Imponible. k) Ingresos por comisiones por administración de portafolio Los ingresos por comisiones por administración del portafolio, de los Fondos de Capitalización Individual y de Capitalización Colectiva, se contabilizan por el método de lo devengado. l) Ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales Los ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales, cobradas a los participantes del Fondo de Capitalización Individual, se contabilizan por el método de lo devengado. m) Ingresos por comisiones por servicios prestados a Compañías Aseguradoras Los ingresos por comisiones cobradas a compañías aseguradoras se reconocen al momento de la transferencia de los recursos a estas compañías, el porcentaje de la comisión es del 11%, esta comisión es deducida a la prima transferida a las Compañías Aseguradoras La Vitalicia y Provida. n) Comisiones por pago de jubilaciones, interés incremental y otros ingresos operativos Las comisiones por pago de jubilaciones, el interés incremental y los otros ingresos operativos se contabilizan por el sistema de lo percibido. De acuerdo a contrato N° 015/2008 de fecha 28 de enero de 2008 suscrito con la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones, la administradora ha percibido comisiones por pagos de Renta Dignidad al 31 de enero de 2009, de acuerdo al estudio de costos remitido a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones con nuestra nota Cite: FUT-SUP. 057/08 de 7 de enero de 2008. La comisión que percibe la AFP por pago de la Pensión Básica Previsional es 1,31% sobre el total de la pensión, cabe mencionar que el primer pago de esta pensión se efectuó en la planilla del mes de mayo de 2008. Las comisiones percibidas por pago de Compensación Mensual de Cotizaciones, Fracción Complementaria a miembros de las Fuerzas Armadas y Mensualidad Vitalicia Variable es 1.31%, también sobre el total de la pensión. Estas comisiones se contabilizan por el método de lo devengado. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 65 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS o) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Políticas y estimaciones contables del organismo contralor Los estados financieros de la Sociedad han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. El 29 de junio de 1999, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, emitió la Resolución Administrativa SPVS/IP N° 125. Esta resolución requiere que las comisiones se reconozcan cuando se cobra la contribución, y obliga a que la Sociedad revierta las comisiones si éstas no son acreditadas en las cuentas individuales de los contribuyentes dentro de los tres meses posteriores a su cobranza. La Sociedad, en la preparación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha seguido los procedimientos establecidos por el órgano regulador a pesar de considerar que estos no cumplen con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. Asimismo, hay algunas diferencias de exposición entre las normas contables de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia relacionadas principalmente con la exposición de la cuenta ajuste de capital en el patrimonio neto y las cuentas diferencia de cambio y ajuste por inflación en el estado de resultados, que no tienen efectos cuantitativos sobre los estados financieros. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS Y ESTIMACIONES CONTABLES Durante la gestión 2010 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a la gestión 2009. NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS a) Disponibilidades: Bancos en moneda nacional Bancos en moneda extranjera b) 2010 2009 6.388.608 87.587 1.123.435 1.084.473 6.476.195 2.207.908 2010 2009 8.953.038 314.286 34.058.155 455.816 51.971.713 10.625.524 43.781.295 62.597.237 Inversiones temporarias: Certificados de Depósitos a Plazo Fijo Inversiones en Entidades Comerciales Títulos valores emitidos por el Tesoro General de la Nación Participación en Fondos de Inversión Futuro de Bolivia S.A. - AFP 66 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 c) Cuentas por cobrar: 2010 Cuentas por cobrar comerciales: Comisiones por cobrar Otras cuentas por cobrar: Crédito fiscal IVA Impuestos pagados por anticipado Cuentas por cobrar al personal Otras cuentas por cobrar (1) 2009 4.805.973 3.835.722 261.552 3.395.194 200.873 24.789.125 537.266 3.472.034 415.050 9.875.368 33.452.717 18.135.440 (1) Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el saldo de la cuenta se compone por: Deudor Fondo de Capitalización Individual Entregas para Gastos Judiciales Otros Varios d) Descripción Anticipo para pagos jubilación FCI Anticipos gastos judiciales cobranzas FCI Anticipo a proveedores, al personal y otros 2009 20.000.000 225.545 4.563.580 8.000.000 140.828 1.734.540 24.789.125 9.875.368 Pagos Anticipados: Seguros pagados por anticipado Alquileres de inmuebles pagados por anticipado Publicidad pagada por anticipado e) 2010 2010 2009 81.882 10.550 108.749 82.236 17.863 19.626 201.181 119.725 Inversiones Permanentes: 2010 Acciones COTEL Acciones COTECO Acciones COTAS Acciones COTEOR Acciones Telefónica Beni Acciones Telefónica Cobija Previsión Acciones Telefónicas Futuro de Bolivia S.A. - AFP 67 2009 208.200 52.050 43.375 34.353 13.880 6.940 (111.040) 209.100 52.275 43.563 34.501 13.940 6.970 (111.520) 247.758 248.829 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS f) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Bienes de uso: 2010 Valores originales Terrenos Edificios Mobiliario y enseres Máquinas y equipos oficina Equipos de computación Vehículos 2009 Depreciación acumulada Valor Neto Valor Neto 529.395 5.307.026 3.129.486 2.451.786 10.397.038 365.107 1.813.231 2.348.302 2.006.729 9.684.289 365.107 529.395 3.493.795 781.184 445.057 712.749 - 529.395 3.626.471 921.076 513.104 683.864 - 22.179.838 16.217.658 5.962.180 6.273.910 Las depreciaciones de bienes de uso, cargadas a los resultados de los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2010 y 2009, alcanzaron a Bs. 845.442 y Bs. 1.104.361, respectivamente. g) Otros activos: 2010 Depreciación acumulada Valores originales Almacenes Cargos diferidos: Programas de computación Valor Neto 2009 Valor Neto 282.506 - 282.506 581.538 2.045.990 1.551.894 494.096 605.296 2.328.496 1.551.894 776.602 1.186.834 Las amortizaciones de cargos diferidos, cargadas a los resultados de los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2009 y 2008, alcanzaron a Bs. 278.474 y Bs. 347.805, respectivamente. h) Cuentas por pagar comerciales: 2010 Comisiones por recepción de planillas Comisiones por pago Prestaciones Comisiones por pago Renta Dignidad Futuro de Bolivia S.A. - AFP 68 2009 215.175 138.516 152.380 292.286 125.516 152.380 506.071 570.182 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 i) Cuentas por pagar fiscales y sociales: 2010 Impuestos por pagar Deudas sociales por pagar j) 2009 8.531.497 279.283 9.654.328 244.773 8.810.780 9.899.101 Provisiones y previsiones: 2010 Corriente Provisión para devolución de comisiones FCI Provisión para primas No corriente Previsión para beneficios sociales 2009 256.305 1.237.164 1.493.469 256.305 1.101.543 1.357.848 3.908.774 2.998.352 1.040.988 23.269.462 454.179 9.960 1.015.489 13.315.051 906.338 24.764.629 15.246.838 Otros pasivos corrientes: Patentes municipales por pagar Comisiones por pagar Dirección General de Pensiones Acreedores varios Diversas por pagar k) Cuentas de orden: 2010 Títulos representativos de acciones en custodia en empresas capitalizadas Títulos representativos de deuda del Fondo de Capitalización Individual en custodia Futuro de Bolivia S.A. - AFP 69 2009 295.706.833 296.985.028 17.765.094.867 14.831.319.333 18.060.801.700 15.128.304.361 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS l) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ingresos Operativos: 2010 Comisiones por administración de portafolio (1) Comisiones por administración de cuentas individuales (2) Comisiones por servicios prestados a compañías aseguradoras (3) Comisiones por pago jubilaciones MVV Comisiones pago Compensación de Cotizaciones Comisión Pensión Básica Previsional Comisiones AFP s/primas acreditadas RC RP (4) Interés incremental Honorarios por Teneduría Títulos Valores Comisiones Renta Dignidad (5) 2009 14.128.484 53.674.957 265.037 387.500 3.041.184 36.144 3.026.319 1.552.086 - 14.131.905 47.725.187 228.125 257.400 2.769.848 19.968 2.698.260 1.723.383 24.604 3.716.994 76.111.711 73.295.674 1) Los ingresos por comisiones por administración de portafolio, corresponden a la administración de las disponibilidades y el portafolio de inversiones de los Fondos de Capitalización Individual y Capitalización Colectiva. 2) Los ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales corresponden a la administración de los aportes de los participantes del Fondo de Capitalización Individual. 3) Los ingresos por comisiones por servicios prestados a compañías aseguradoras corresponden a las comisiones por administración, acreditación y traspaso de aportes de Riesgo Profesional y Riesgo Común a La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas S.A. y Seguros Provida S.A., correspondientes a la comisión percibida por sobre el monto transferido por la Sociedad. 4) Los ingresos por comisiones AFP sobre Primas acreditadas RC - RP, corresponden a las comisiones del 0.85% determinadas por Decreto Supremo N° 29400 de 29 de diciembre de 2007, por la administración de las prestaciones por Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral, prestadas a partir del 1° de noviembre de 2006, a partir de la gestión 2007 es responsabilidad de las administradoras de fondos de pensiones, la administración en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de acuerdo con el Decreto Supremo N° 28926. La Sociedad considera que la comisión determinada por el Gobierno no es suficiente ni adecuada para cubrir los costos de operación y administración relacionados. 5) Comisión obtenida excepcionalmente y sólo por la gestión 2008, generada por la administración de pago del beneficio establecido por el Gobierno Nacional, denominado Renta Dignidad, de acuerdo a la Ley 3791 de 28 de noviembre de 2007, que establece el pago de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) y Gastos Funerales, dentro del régimen de Seguridad Social no contributivo. El Artículo tercero de la citada Ley, establece que la Renta Universal de Vejez es la prestación vitalicia, de carácter no contributivo otorgada por el Estado Boliviano, así como el pago por Gastos Funerales. El Decreto Supremo 29400, de fecha 29 de diciembre de 2007, que reglamenta la Ley 3791 en su artículo 4º establece que la Administración del Fondo de Renta Universal de Vejez, el pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, estarán a cargo de una o más Entidades Gestoras de Administración y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales (Entidad Gestora), a ser contratada por la Entidad encargada de la Regulación, mediante proceso de contratación. El Decreto Supremo 29424 de 17 de enero de 2008, complementa el Decreto Supremo anterior, determinando en su artículo 2º que la administración del Fondo de Renta Universal de Vejez y el pago de los beneficios de la Renta Dignidad y Gastos Funerales en la gestión 2008, estará a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones: Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A., autorizando a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a suscribir un contrato bajo la modalidad de contratación por excepción, actualmente en proceso. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 70 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 m) Moneda extranjera y mantenimiento de valor a la UFV: Los estados financieros expresados en Bolivianos incluyen saldos en moneda extranjera y con mantenimiento de valor en Dólares Americanos, de acuerdo con el siguiente detalle: 2010 $us. UFVs Descripción Disponibilidades Inversiones Entregas sujetas a rendición de cuentas Exigible Administrativo Demandas Judiciales Depósitos Judiciales Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado 12.621 Total Activo 41.872 13.264.940 14.538 187 1.539 1.108 11.799 80 13.264.940 Facturas por Pagar Acreedores Varios Obligaciones Administrativas 15.228 1.369.507 23.295 Total Pasivo 1.408.030 - (1.366.158) 13.264.940 Posición Neta Activa (Pasiva) Descripción Disponibilidades Inversiones Entregas sujetas a rendición de cuentas Exigible Administrativo Demandas Judiciales Depósitos Judiciales Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado 155.592 25.780.080 500 1.950 28 1.119 11.799 80 Total Activo 171.068 Facturas por Pagar Acreedores Varios Obligaciones Administrativas 15.228 846.381 24.597 Total Pasivo 886.206 - (715.138) 25.780.080 Posición Neta Activa (Pasiva) 25.780.080 Los activos, pasivos en moneda extranjera y UFVs han sido convertidos a bolivianos al tipo de cambio oficial vigente al 31 de diciembre de 2010 de Bs. 6.94 por $us. 1 y Bs. 1.56754 por UFV; al 31 de diciembre de 2009 de Bs. 6.97 por $us. 1 y Bs. 1.53754 por UFV. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 71 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 6 - CAPITAL SOCIAL Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el capital autorizado de la Sociedad asciende a Bs. 46.000.000, dividido en 460.000 acciones de Bs.100 cada una y el capital pagado asciende a Bs. 23.000.000, dividido en 230.000 acciones de Bs.100 cada una. Todas estas acciones han sido suscritas y pagadas y corresponden a acciones comunes. El valor patrimonial proporcional de cada acción en circulación al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es de Bs. 223.54 y Bs. 263.90, respectivamente. NOTA 7 - RESERVA LEGAL De acuerdo con lo dispuesto por la legislación vigente y los estatutos de la Sociedad, debe destinarse una suma no inferior al 5% de las utilidades líquidas y realizadas del ejercicio al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el 50% del capital pagado. El saldo de esta reserva puede ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas acumuladas. NOTA 8 - AJUSTE GLOBAL DEL PATRIMONIO Hasta el 31 de diciembre de 2008 en este grupo se contabiliza el ajuste por inflación del capital y reservas patrimoniales. La Sociedad de acuerdo a lo instruido en la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 087 de 25 de febrero de 2009, a partir del 1º de enero de 2009, ha dejado de ajustar por inflación su patrimonio neto en función a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV. El saldo de esta reserva puede ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas acumuladas. NOTA 9 - BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, no existían activos gravados ni de disponibilidad restringida, excepto por los fondos retenidos en las entidades financieras por un valor de Bs. 3.327.131. NOTA 10 - OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS Al 31 de diciembre de 2010: 2010 2009 Descripción Servicios prestados por La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A. 737.757 738.105 Alquiler de oficinas de La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A. 412.007 535.210 Mantenimiento de Sistemas Zurich LatinAmerica RCC Chile - Zurich Shared RCC Chile - Zurich Europa 84.644 251.255 605.620 373.465 451.535 - 2.091.293 2.098.315 TOTAL Al 31 de diciembre de 2010, la cuenta por cobrar al RCC Chile - Zurich Shared es Bs. 14.038 y la cuenta por pagar a Zurich Europa es Bs. 107.805. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 72 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 11 - INGRESOS EXTRAORDINARIOS Durante el ejercicio 2010 y 2009, las operaciones de la Sociedad han producido resultados extraordinarios por Bs. 634.144 y Bs. 2.233.669, respectivamente, correspondientes a recuperación de costas judiciales y reversión de provisiones no utilizadas. NOTA 12 - INGRESOS DE GESTIONES ANTERIORES Durante la gestión 2010, se registra en esta cuenta Bs. 8.924 por la regularización de la entrega de fondos al Sr. Luis Fernando Cardozo. La Sociedad por la gestión 2009, registra en esta cuenta Bs. 768.032, importe corresponde a: 2009 Ajuste comisión renta dignidad por pagar a entidades financieras, exceso provisión gestión 2008 332.087 Devolución Multa SIREFI por pago en exceso 217.872 Ajuste saldos provisión para pago indemnizaciones 218.073 TOTAL 768.032 NOTA 13 - CONTINGENCIAS La Sociedad declara no tener contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente o pasivos contingentes que por sus características o la fiabilidad de su estimación deba ser revelado en notas a los presentes estados financieros. NOTA 14 - OTRAS REVELACIONES IMPORTANTES a) Se realizaron conciliaciones con el SENASIR en cumplimiento al Manual de Procedimientos para la conciliación y reposición de pagos de Compensación de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, emitida por el SENASIR mediante Resoluciones Administrativas Nos. 188 y 189 de 29 de septiembre de 2009, homologadas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones mediante Resolución Administrativa No. 122 de 9 de octubre de 2009 y las Resoluciones Administrativas Nos. 225 y 226 de 25 de noviembre de 2009 Ampliación del Manual de Procedimientos de conciliación y reposición de pagos de Compensación Mensual de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, homologadas por Resolución Administrativa 200 de 27 de noviembre de 2009 de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. La conciliación realizada corresponde a los periodos julio 2002 a agosto 2010, procesos que se encuentran respaldados por las Actas de Conciliación suscritas por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones y el SENASIR, a continuación detallamos el resumen de este proceso de conciliación: Futuro de Bolivia S.A. - AFP 73 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Planilla MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Monto Desembolsado SENASIR Bs. Cantidad Total Pagado Bs. Total Devuelto Bs. FF.AA. Regular 11.178 521.552 28.599.365 959.670.682 28.580.380 957.681.486 18.985 1.989.196 Total 532.730 988.270.047 986.261.866 2.008.181 Los detalles excluidos del proceso de conciliación antes descrito y que se encuentran en proceso de fiscalización por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, se desglosan como sigue: Planilla Cantidad Monto Desembolsado SENASIR Bs. FF.AA. Regular 4 203 6.801 281.920 Total 207 288.721 b) Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispuso que las Administradoras de Fondos de Pensiones, a partir del 1° de noviembre de 2006 administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Esta administración fue adjudicada a las empresas aseguradoras "La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas S.A." y "Seguros Provida S.A." por el quinquenio noviembre de 2001 a octubre de 2006. c) En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 29400, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, se reglamentan las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que el beneficio del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2007. Mediante Decreto Supremo No. 29424 de 17 de enero de 2008, complementa el Decreto Supremo No. 29400 de 29 de diciembre de 2007 (Reglamento de la Ley No. 3791 de 28 de noviembre de 2008), en el artículo 2 de esta disposición se determina que: La Administración del Fondo de Renta Universal de Vejez y el pago de los beneficios de la renta dignidad y Gastos Funerales en la gestión 2008, estará a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones : Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A, dentro de los alcances del Artículo 1 de la Ley No. 3791, quienes tendrán la calidad de Entidades Gestoras con todas las obligaciones establecidas en el Decreto Supremo No. 29400. Autorizando a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a suscribir un contrato, bajo la modalidad de contratación de excepción. En fecha 27 de diciembre de 2007, mediante carta SPVS/IP/4092/2007 de 27 de diciembre de 2007, hemos recibido la invitación oficial, para que se remita a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones la información relacionada con la comisión que se cobraría por cada pago de la Renta Dignidad. En respuesta a la invitación se respondió con nuestra carta FUT-SUP 057/08 de 7 de enero de 2008, en la que hacemos conocer nuestros costos estimados en caso de ser designados como entes gestores. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 74 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Mediante Resolución Administrativa SPVS No. 1029 de 30 de diciembre de 2008, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones norma el Procedimiento de Transición del Servicio de Gestión y Pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales de las Administradoras de Fondos de Pensiones a la Asociación Accidental La Vitalicia - BISA SAFI, esta resolución administrativa indica en el artículo 3, inciso b) Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán instruir a la entidades Pagadoras de Renta Dignidad, el cierre de movimientos al 31 de enero de 2009, no pudiendo realizarse ningún pago de Beneficios a partir del 1 de febrero de 2009. Motivo por el que las Administradoras de Fondos de Pensiones a partir del 1 de febrero de 2009 han dejado de pagar el beneficio de Renta Dignidad y devengar el pago de Gastos Funerales. La Resolución Administrativa SPVS-IP N° 091 de 30 de enero de 2008, en su artículo 21º indica que todo cheque o pago emitido por concepto de Gastos Funerales de Renta Universal de Vejez que no hubiera sido cobrado por el solicitante en un periodo de 150 días a partir de la fecha de emisión o envío a la Entidad Pagadora, deberá ser revertido al patrimonio del Fondo de Renta Universal de Vejez. Mediante Circular AP/DF/4-2009 de 24 de junio de 2009, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, instruye el cierre de la administración, gestión y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, llevada a cabo por las administradoras de Fondos de Pensiones para la gestión 2008 y el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de julio de 2009, indicando en el numeral 5) que los estados financieros requeridos deben ser preparados con fecha de corte 31 de julio de 2009 y al 31 de agosto deben contar con opinión de auditoría externa. Debido a la solicitud presentada por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, mediante nota Fut.Tes.AP-1317/2009 de 5 de agosto de 2009, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, por intermedio de la Circular AP/DF/16-2009 de fecha 18 de agosto de 2009, amplía el plazo para el cierre de la administración, gestión y pago de Renta Dignidad y Gastos Funerales administrado por las AFPs hasta el 30 de septiembre de 2009, considerando el procesamiento de datos hasta esta fecha inclusive. Considerando los argumentos expuestos por BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia S.A. - AFP en notas PREV PR 8924-29 y FUT CONT 2909/09 de 25 y 28 de septiembre de 2009 respectivamente, y debido al retraso en la conciliación de pagos y desembolsos con las Entidades Proveedoras de Información (EPIs) SENASIR y COSSMIL, con Circular AP/DF/23/2009 de 2 de octubre de 2009 la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones amplía el plazo para el cierre de la administración, gestión y pago de Renta Dignidad y Gastos Funerales administrado por las AFPs, hasta el 30 de noviembre de 2009, considerando el procesamiento de datos hasta el 30 de noviembre de 2009 inclusive. Con Circular AP/DF/25-2009 de 21 de diciembre de 2009, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, en atención a las notas FUT.SUP-CG-2088/2009 y PREV-INV2902/2009 de Futuro de Bolivia S.A - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. de 11 de diciembre de 2009 y 15 de diciembre de 2009 respectivamente, y en consideración a que aún queda información pendiente de conciliación con las Entidades Proveedoras de Información SENASIR y COSSMIL, comunica que la presentación de informe de auditoría externa deberán ser entregados a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones hasta el de 20 de enero de 2010. La presentación de este informe aún se encuentra pendiente de entrega al ente regulador. d) La Ley 3785 de fecha 23 de noviembre de 2007 y Decreto Supremo 29423 de fecha 16 de enero de 2008 establece que los trabajadores estacionales del Sector del Beneficiado de la Castaña, podrán solicitar retiros temporales, parciales o totales del saldo de su Cuenta Individual, cuando tengan acreditados, al menos 60 periodos pagados. Los Retiros Temporales, totales o parciales también pueden ser efectuados por: Trabajadores con dependencia laboral, el retiro temporal será respecto a las cotizaciones adicionales y su correspondiente rentabilidad. Trabajadores Independientes, el saldo de la Cuenta Individual de las cotizaciones obligatorias, efectuadas en calidad de trabajador dependiente, no será objeto de los retiros temporales, a excepción del que corresponde a trabajadores estacionales. Los trabajadores que hubiesen realizado Retiros Temporales, parciales o totales podrán voluntariamente efectuar la reposición, para efectos de pensión por invalidez o muerte Común, Profesional o Laboral, el plazo de reposición es de 18 meses. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 75 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 La Ley 3785 establece también que la Pensión Mínima que brinda el SSO a favor de los titulares o derechohabientes hasta el segundo grado, será equivalente al Salario Mínimo Nacional y será actualizada anualmente de acuerdo a la variación de la UFV, caduca al no cobro de más de doce meses. e) La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFPs y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) "Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex Superintendencia de Pensiones, y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos", también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175.- (Transferencia de Información y Datos). I. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. II. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. III. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176.- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. II. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177.- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: Futuro de Bolivia S.A. - AFP 76 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: "Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez". Finalmente en el artículo 188 estable que las AFPs deberán concluir: I. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. II. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. - AFP 77 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 15 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • • • • • • • • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. Las AFPs deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFPs harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFPs deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Las AFPs se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFPs. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 78 ESTADOS FINANCIEROS FONDO DE CAPITALIZACIÓN COLECTIVA DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE BALANCE GENERAL ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 80 81 82 83 84 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado los balances generales del Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes estados de variación patrimonial y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 13 que se acompañan. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mismos basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones incluidas en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera del Fondo de Capitalización Colectiva administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las variaciones patrimoniales y los flujos de efectivo, por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 a los estados financieros. 5. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han sido preparados considerando que el Fondo continuará como Empresa en Marcha. Como se menciona en la Nota 11 f) a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, las acciones de las empresas capitalizadas que se encuentran en el Fondo de Capitalización Colectiva deberán ser transmitidas a título gratuito a un fideicomiso a ser administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, los dividendos de las capitalizadas deberán ser transferidos al Fondo de Renta Universal de Vejez de acuerdo al reglamento y la liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez, por lo que se entiende que el Fondo de Capitalización Colectiva desaparecerá una vez que la Gestora Pública de Seguridad Social a Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones. Esta nueva normativa, genera la existencia de una incertidumbre material, en relación a la capacidad del Fondo para continuar como una empresa en marcha. Los estados financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste que pudiera resultar de la resolución de esta incertidumbre. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 80 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 2010 Bs. 2009 Bs. ACTIVO Disponibilidades Inversiones Otras cuentas por cobrar 7.1 7.2 7.3 1.521.979 305.381.378 2.016.085 1.909.019 305.942.924 2.172.492 308.919.441 310.024.435 8 295.706.833 296.985.105 7.4 7.5 89.349.129 63.000 89.357.955 54.000 89.412.129 89.411.955 219.507.312 220.612.480 TOTAL DEL PATRIMONIO 219.507.312 220.612.480 TOTAL DEL PATRIMONIO Y PASIVO DEL FONDO 308.919.441 310.024.435 Cuentas de orden acreedoras 295.706.833 296.985.105 TOTAL DEL ACTIVO Cuentas de orden deudoras PASIVO Y PATRIMONIO Cuentas por pagar Otras cuentas por pagar TOTAL DE PASIVO Patrimonio del Fondo 8 9 Las notas 1 a 13 que se acompañan., forman parte integrante de este estado. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 81 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL POR EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) 2010 Bs. Nota Patrimonio inicial del Fondo 2009 Bs. 220.612.480 874.421.920 Ingresos por inversiones de renta variable Ingresos por inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Ingresos por intereses bancarios Otros ingresos Ajustes al patrimonio 151.702.477 32.126.790 716.725 2.376 3.600 (1.278.272) 995.097 361.209 24.759 41.182.983 Total aumentos de patrimonio 151.146.906 74.690.838 (225.772) (304.740) (151.721.562) (516.033.670) 901 14.400 (487.330) (752.022) (211.242.557) (152.252.074) (728.500.278) 219.507.312 220.612.480 Aumentos del Patrimonio Disminuciones del patrimonio Transferencia de acciones de las empresas capitalizadas Beneficios gastos funerarios Pagos de Bonosol Comisiones al custodio Comisiones por administración del portafolio Otros gastos 11 Total disminución de patrimonio Patrimonio final del Fondo Las notas 1 a 13 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 82 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) 2010 Bs. 2009 Bs. Flujo de fondos originado en actividades de operación 173.104 (1.278.272) (178.974.053) 41.182.983 (1.105.168) (137.791.070) 156.407 (8.826) 9.000 - 350.647 (4.759) (82.051) 900 14.400 (948.587) (137.511.933) 1.278.272 (716.725) - 475.132.719 159.704.903 (516.033.670) 561.547 118.803.952 Disminución neta de fondos Disponibilidades al inicio del ejercicio (387.040) 1.909.019 (18.707.981) 20.617.000 Disponibilidades al cierre del ejercicio 1.521.979 1.909.019 Rendimientos netos del ejercicio Ajustes al patrimonio Cambio en activos y pasivos: Aumento (Disminución) en otras cuentas por cobrar (Disminución) Aumento en comisiones por pagar Disminución en cuentas por pagar Beneficios de los gastos funerarios pagados en el ejercicio Beneficios del Bonosol Total flujo de fondos originado en actividades de operación Flujo de fondos originado en actividades de inversión Inversiones en Empresas Capitalizadas Inversiones en el FCI Transferencia de acciones de Empresas Capitalizadas Total flujo de fondos aplicados en actividades de inversión Las notas 1 a 13 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 83 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - OBJETO El Fondo de Capitalización Colectiva, ha sido creado mediante Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996, e iniciado sus operaciones el 1° de mayo de 1997; su patrimonio está conformado con la cuota parte de los recursos constituidos en fideicomiso y transferidos en forma definitiva al Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por Futuro de Bolivia S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones, de acuerdo al Artículo Segundo del D.S. N° 24585 de 29 de abril de 1997. Este Fondo administra los recursos y acciones transferidas por las Empresas Capitalizadas cuyo objetivo era de realizar el pago de una anualidad vitalicia denominada Bono Solidario (Bonosol) y el pago de Gastos Funerarios. Los recursos del Fondo de Capitalización Colectiva son administrados por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, de conformidad con las disposiciones legales, la que no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. El Decreto Supremo N° 24885 de 29 de octubre de 1997 estableció que las Administradoras de Fondos de Pensiones no podrán pignorar, hipotecar ni dar en garantía las acciones de propiedad de ciudadanos bolivianos pertenecientes a este Fondo. Además, el mismo Decreto establece que las Administradoras sólo pueden monetizar los títulos de la cartera original de este Fondo a través de “su conversión en recibos de depósito negociables en una bolsa de valores” o “mediante un listado convencional, por lo menos en una bolsa de valores local y otra extranjera”. Al respecto, cabe señalar que el Decreto Supremo N° 24667 de 21 de junio de 1997, autorizó al Fondo a otorgar en prenda, títulos-valores como garantía de las operaciones de financiamiento. El Fondo de Capitalización Colectiva es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la administradora y pertenece a aquellas personas definidas en el Artículo sexto de la Ley de Capitalización y en los Artículos noveno y décimo de la Ley de Propiedad y Crédito Popular. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguna sobre él. Los bienes y derechos que componen el patrimonio del Fondo son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier naturaleza. El 15 de junio de 1998 se promulga la Ley N° 1864 (Ley de Propiedad y Crédito Popular), la cual entre otros deroga el pago del Bonosol y determina las formas de participación de los bolivianos en las empresas capitalizadas. En fecha 28 de noviembre de 2002 se promulga la Ley del BONOSOL N° 2427 que deroga algunos artículos de la Ley N° 1864 y entre otros puntos establece lo siguiente: 1 Todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieran cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995, tienen derecho a partir de los 65 años de edad y hasta su muerte, al beneficio anual y vitalicio del BONOSOL, este beneficio fue fijado en Bs. 1.800 para el periodo comprendido, entre el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2007. 2 Se reconoce el pago de Gastos Funerarios a todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieren cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995 a su fallecimiento, el monto fijado para este beneficio es equivalente al 50% del monto fijado para el BONOSOL. 3 A partir del 1° de enero de 2008 y cada 5 años el monto del BONOSOL y de los Gastos Funerarios, serán fijados por la ex Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009 mediante Resolución basada en un estudio actuarial sobre el valor del Fondo de Capitalización Colectiva y la mortalidad de los beneficiarios. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 84 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 De acuerdo con el artículo 8 de esta Ley, se dispone que, para obtener la liquidez necesaria para la realización de los pagos mencionados, las Administradoras podrán invertir a valor de capitalización, las acciones de las empresas capitalizadas que forman parte del activo del Fondo de Capitalización Colectiva en cuotas del Fondo de Capitalización Individual, que deberán ser redimidas al valor cuota vigente en el día de la redención. En la gestión 2003, El Fondo de Capitalización Colectiva invirtió las acciones de las empresas capitalizadas en cuotas de participación del Fondo de Capitalización Individual por un monto de Bs. 500.793.978 (histórico), para mantener un nivel de liquidez suficiente para el pago del beneficio del Bonosol de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS-IP N° 647. En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 29400 reglamentario, de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que para los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES Los principios contables más significativos aplicados por el Fondo son los siguientes: 2.1 Bases de presentación de los estados financieros Los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados para ser presentados ante la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las Resoluciones Administrativas, Manual de Cuentas y Circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con los principios y normas contables generalmente aceptados en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los Estados Financieros. Para la presentación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010, la Administradora del Fondo de Capitalización Colectiva, ha adoptado los formatos establecidos por la ex Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Circular AP/DPC/CO/35.2010 y AP/DPC/CO/22.2009 respectivamente. 2.2 Periodo cubierto por los estados financieros Los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Colectiva corresponden al ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010, los mismos que son comparados con los estados financieros correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre 2009. 2.3 Estados financieros comparativos Los estados financieros presentados incluyen además de las cifras al 31 de diciembre de 2010 aquellas correspondientes al 31 de diciembre de 2009. Estos últimos se mantiene a valor histórico de acuerdo a la Resolución Administrativa SPVS/IP No. 266 de 19 de marzo de 2008, que indica que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs), deberán dejar de ajustar los estados financieros del Fondo de Capitalización Individual (FCI), del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del dólar. 2.4 Criterios de valuación a) Inversiones Las inversiones en acciones de las empresas capitalizadas están valuadas al precio ofertado y adjudicado al socio capitalizador, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 24469 y en el contrato Futuro de Bolivia S.A. - AFP 85 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 para la prestación de servicios firmado entre la Administradora y la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, actualizado en función a la variación del dólar americano respecto al boliviano. A la fecha, no se han realizado operaciones significativas en el mercado bursátil o extrabursátil, que brinden un marco de referencia del valor de mercado de las mismas. En caso de monetizar estas inversiones, el valor neto de realización estará en función de las condiciones de mercado en dicho momento, que pueden originar variaciones en el valor registrado. Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de realización, expresados en número de cuotas y bolivianos equivalentes. b) Patrimonio del fondo El patrimonio del Fondo está constituido por el valor asignado a las inversiones en acciones de las empresas capitalizadas, actualizado hasta el 31 de diciembre de 2007 en función a la variación del Boliviano respecto al Dólar Americano a esa fecha, más las acciones adquiridas en subasta pública de acciones, más las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y el rendimiento neto obtenido menos el pago del beneficio del Bonosol, Bolivida y de los gastos funerarios y los gastos por comisiones. El ajuste de las acciones de las empresas capitalizadas, las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y el pago de beneficios del Bonosol, Bolivida y de los gastos funerarios se registran hasta el 31 de diciembre de 2007 en la cuenta “Ajustes al patrimonio”, mientras que la actualización de los rendimientos acumulados se ajustan en su misma línea. A partir del 1 de enero de 2008 tal como se describe en la nota 2.3, no se registran las actualizaciones del patrimonio. c) Ingresos del Fondo de Capitalización Colectiva Los dividendos ganados por las inversiones en acciones de empresas capitalizadas y los importes cobrados como resultado de reducciones de capital, se contabilizan por el sistema de lo percibido, los ingresos por las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y las ganancias en operaciones cambiarias y los intereses bancarios correspondientes al mantenimiento de saldos en cuentas corrientes de los bancos, se contabilizan por el sistema de lo devengado. d) Gastos del Fondo de Capitalización Colectiva Las comisiones por administración de portafolio y custodia, se contabilizan por el sistema de lo devengado. NOTA 3 - DIFERENCIA CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA Los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en lo siguiente: a) Las inversiones bursátiles en acciones de empresas capitalizadas se encuentran valuadas al precio ofertado y adjudicado al socio capitalizador, al momento de la capitalización, reexpresado al tipo de cambio de cierre de cada ejercicio. De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, estas inversiones deberán estar valuadas a su valor patrimonial proporcional, calculado sobre la última información contable disponible, tal como lo establece la Norma de Contabilidad Nº 7. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 86 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 b) c) d) De haberse valuado estas inversiones de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, el saldo total de los mismos sería menor en aproximadamente Bs. 29.943.015 y Bs. 33.262.319 al 31 de diciembre de 2010 y 2009, respectivamente. Las fechas de los estados financieros auditados de las empresas capitalizadas, utilizados para realizar el cálculo del valor patrimonial proporcional antes mencionado, corresponden a la gestión 2009 y 2008. El fondo no presenta el estado de rendimientos. De acuerdo con las normas de la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, los rendimientos ganados por las inversiones en acciones de empresas capitalizadas se contabilizan por método de lo percibido. De acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, estos ingresos deberían ser reconocidos contablemente cuando se devengan. De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08 de fecha 19 de marzo de 2008, a partir del primero de enero de 2008, el Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) deberá dejar de ajustar los estados financieros a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del dólar estadounidense. De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, los estados financieros del FCC deberían ser actualizados utilizando como índice de actualización a la variación en el valor de la Unidad de Fomento para la Vivienda (UFV). Los estados financieros del fondo al 31 de diciembre de 2010 no han sido actualizados, siguiendo lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES Durante la gestión 2010 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. NOTA 5 - BENEFICIO DEL BONOSOL Y BOLIVIDA A partir del 20 de diciembre de 2001, las personas mayores de 65 años recibieron el beneficio del Bolivida, correspondientes a las gestiones 1998 y 2001, dichos pagos han sido reglamentados mediante la Ley complementaria N° 2152 del 23 de noviembre de 2000 y los Decretos Supremos 25994, 26024, 27090 y 27470 de 24 de noviembre de 2000, 12 de diciembre de 2000, 18 de julio de 2003 y 28 de abril de 2004, respectivamente. De acuerdo con la Ley del Bonosol de 28 de noviembre de 2002, a partir del 3 de enero de 2005 la Administradora canceló a las personas mayores de 65 años el beneficio del Bonosol. Durante las gestiones 2010 y 2009 no se efectuaron pagos de este beneficio. En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) No. 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol No. 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo No. 29400 reglamentario, de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) No. 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y Gastos Funerarios. Es decir que para los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol y los Gastos Funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva el 31 de diciembre de 2008. NOTA 6 - CUSTODIA DE LOS TÍTULOS VALORES Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Pensiones, las normas de la ex Intendencia de Pensiones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y el contrato de Servicios de Depósito de Valores suscrito con la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., los títulos representativos de las inversiones del Fondo de Capitalización Colectiva administrado por “FUTURO DE BOLIVA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES”, se encuentran en custodia de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 87 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 7 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 7.1 DISPONIBILIDADES La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Cuenta Corriente en M.N. Banco Unión S.A. Cta. Cte. 1-807658 Banco Unión S.A. Cta. Cte. 1-2573679 Banco de Crédito S.A. Cta. Cte. 201-4001510-3-25 Banco Nacional S.A. Cta. Cte. 100-0192240 Banco Nacional S.A. Cta. Cte. 1000-194049 Fortaleza FFP S.A. Cta. Cte. 2051-105071 Banco Ganadero S.A. Cta. Cte. 2041-029011 Banco Ganadero S.A. Cta. Cte. 2041-035319 715.300 98.159 534.046 44.981 91.100 2.600 715.300 167.209 336.568 314.359 165.828 44.982 91.100 Cuenta Corriente M.E. Banco de Crédito S.A. Cta. Cte. 201-4001516-2-75 - - 38.393 791 5.400 26.489 38.393 1.521.979 1.909.019 Cajas de Ahorro Mutual Guapay Cja.Aho. 111-643257 Cooperativa San Francisco Cja. Aho. 6051-013604 Cooperativa Trinidad Cja. Aho. 080101010010485 Cooperativa Hospicio Cja. Aho. 3051-067867 TOTAL DISPONIBILIDADES 7.2 INVERSIONES La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Inversiones en Acciones Empresas Capitalizadas 295.706.833 296.985.104 Empresa Ferroviaria Oriental S.A. Empresa Ferroviaria Andina S.A. Lloyd Aéreo Boliviano S.A. 89.550.203 45.915.464 160.241.166 89.937.308 46.113.946 160.933.850 Inversiones en el FCI 9.674.545 8.957.820 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual 9.674.545 8.957.820 305.381.378 305.942.924 TOTAL INVERSIONES Futuro de Bolivia S.A. - AFP 88 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Desde la fecha de la capitalización han existido adquisiciones y transferencias de acciones al Fondo de Capitalización Individual según el siguiente detalle: Adquisición de acciones N° de acciones Acciones transferidas por la capitalización Por derecho de compra no ejercido por los empleados Transredes S.A. Empresa Corani S.A. Empresa Ferroviaria Oriental S.A. Empresa Ferroviaria Andina S.A. Empresa Petrolera Andina S.A. Empresa Petrolera Chaco S.A. Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A. Empresa Guaracachi S.A. Lloyd Aéreo Boliviano S.A. 1.679.547 740.948 573.221 330.141 3.215.946 3.807.969 3.037.731 729.909 836.687 557.787 6.131 1.574 15.509.886 (1) 71.353 133.226 665 212.949 Mediante Transferencia Devolución subasta de acciones de acciones pública al FCI (1) del FCI (2) Transferencia de acciones a YPFB (3) Estado (4) N° acciones finales 1.322 1.629 - 140.584 61.876 47.768 27.512 273.942 328.432 253.336 60.826 69.724 46.482 140.584 61.876 47.768 27.512 273.942 328.432 253.336 60.826 69.724 46.482 1.687.000 742.522 3.287.299 3.941.195 3.040.025 729.909 836.687 - 573.221 330.141 557.787 2.951 1.310.482 1.310.482 14.264.637 1.461.149 Al 31 de diciembre de 2003 se realizó la transferencia de 4/12 avos de las acciones de las empresas capitalizadas al Fondo de Capitalización Individual, de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS IP N° 647, según el siguiente detalle: Transferencia 2003 Bs. Transredes S.A. Empresa Corani S.A. Empresa Ferroviaria Oriental S.A. Empresa Ferroviaria Andina S.A. Empresa Petrolera Andina S.A. Empresa Petrolera Chaco S.A. Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A. Empresa Guaracachi S.A. Lloyd Aéreo Boliviano S.A 57.659.178 18.095.030 8.408.700 4.311.506 84.409.612 97.845.696 188.689.909 11.023.651 15.304.116 15.046.580 Total transferencia acciones empresas capitalizadas 500.793.978 (2) En fecha 13 de mayo de 2006, se promulgó el Decreto Supremo No. 28711, que reglamenta el Decreto Supremo No. 28701, con la siguiente estipulación: la reversión de la inversión del FCI en acciones de las empresas capitalizadas, operación llevada a cabo en fecha 18 de mayo de 2006. (3) El Artículo 6 del Decreto Supremo N°28701 de fecha 1° de mayo de 2006, estipula la transferencia en propiedad a YPFB, a título gratuito, de las acciones de las empresas Chaco S.A., Andina S.A. y Transredes S.A. que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) por un monto que asciende a Bs. 2.918.919.517, según se expone a continuación: Futuro de Bolivia S.A. - AFP 89 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Transferencia de acciones a Y.P.F.B. Bs. (4) Transredes S.A. Empresa Petrolera Andina S.A. Empresa Petrolera Chaco S.A. 701.089.735 1.027.161.953 1.190.667.829 Total 2.918.919.517 El Decreto Supremo N° 29101 de fecha 23 de abril de 2007, instruye la transferencia de las acciones de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. al Estado Boliviano. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda ejercerá la titularidad de las acciones en ENTEL S.A. hasta que se conforme la empresa pública “Empresa Nacional de Telecomunicaciones Bolivia – ENTELBO”, las mismas que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) por un monto que asciende a Bs. 2.284.542.123 (histórico). El Decreto Supremo No. 0289 de 9 de septiembre de 2009, instruye que las Administradoras de Fondos de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. deberán transferir a favor de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a título gratuito y sin costo administrativo, las acciones de las Empresas Eléctricas Corani S.A., Valle Hermoso S.A. y Guaracachi S.A. Las Administradoras de Fondos de Pensiones realizarán la transferencia, instruyendo a la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., sustituir la titularidad de las acciones que actualmente figuran como BBVA Previsión AFP S.A. para el Fondo de Capitalización Colectiva y Futuro de Bolivia S.A. - AFP para el Fondo de Capitalización Colectiva a la titularidad de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE, en fecha 15 de Septiembre de 2009, se transfiere Bs. 475.132.719, en cumplimiento al decreto supremo citado. Transferencia de acciones al Estado Bs. (5) Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. Empresa Corani S.A. Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A. Empresa Guaracachi S.A. 2.272.960.161 193.540.755 117.904.647 163.687.317 Total 2.748.092.880 En fecha 23 de octubre de 2008, se llevó a cabo una Junta General Extraordinaria de Accionistas con el objeto principal de realizar una Ampliación de Capital en el LAB. La misma tuvo una serie de irregularidades que vulneraron su desarrollo y los derechos de accionistas minoritarios como las AFPs. Las resoluciones fueron aprobadas por la mayoría, habiéndose negado el derecho a voto a las AFPs. Hasta el momento tampoco se nos ha informado sobre los alcances de dichas resoluciones, motivo por el cual no es posible precisar su efecto en la participación del FCC en la composición accionaria de la Empresa. Por lo anterior, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha iniciado una demanda de Arbitraje contra La Empresa, realizando además las representaciones correspondientes ante la Superintendencia de Empresas, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, que ha abierto un proceso de investigación, como también ante la Comisión Fiscalizadora, y actualmente se encuentra desarrollando otras medidas, dentro de los que la Ley permite, en defensa de los derechos del Fondo de Capitalización Colectiva. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 90 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 7.3 OTRAS CUENTAS POR COBRAR La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Cuentas por cobrar a la Administradora Cuentas por cobrar a Fortaleza FFP S.A. Cuentas por cobrar a Prodem FFP S.A. Cuentas por cobrar a Cooperativa San Bartolomé Cuentas por cobrar a Banco Los Andes ProCredit S.A. Cuentas por cobrar a Mutual La Primera Cuentas por cobrar a FADES Cuentas por cobrar a FFP FIE S.A. Cuentas por cobrar a Mutual Guapay Cuentas por cobrar a Cooperativa San Luis Cuentas por cobrar a Cooperativa El Buen Samaritano Cuentas por cobrar a Cooperativa Sudamericana 118.900 23.000 1.119.830 605.675 3.180 62.700 82.800 - 72 118.900 1.800 23.000 1.069.830 68.625 605.675 2.390 62.700 54.000 82.800 82.700 TOTAL OTRAS CUENTAS POR COBRAR 2.016.085 2.172.492 7.4 CUENTAS POR PAGAR La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Comisiones por pagar al custodio Comisiones por pagar a la administradora Beneficios rezagados por pagar 1.231 2.998 89.344.900 618 12.437 89.344.900 TOTAL CUENTAS POR PAGAR 89.349.129 89.357.955 7.5 OTRAS CUENTAS POR PAGAR La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Cuentas por pagar al Banco Nacional S.A. Cuentas por pagar a la Cooperativa el Buen Samaritano 9.900 53.100 900 53.100 TOTAL OTRAS CUENTAS POR PAGAR 63.000 54.000 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 91 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 8 - PATRIMONIO DEL FONDO La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Empresa Ferroviaria Oriental S.A. Empresa Ferroviaria Andina S.A. Lloyd Aéreo Boliviano S.A. 67.505.001 34.602.000 120.758.112 67.505.001 34.602.000 120.758.112 Total Aporte Acciones Emp.Capitalizadas 222.865.113 222.865.113 2.361.969.303 2.363.074.471 2.033.796.420 399.001.125 32.214.983 2.033.796.420 399.001.125 32.214.983 99.685.424 99.685.424 219.507.312 220.612.480 Más: Resultados acumulados Menos: Beneficio del BONOSOL abonado Beneficios del BOLIVIDA abonado (Neto de devoluciones) Beneficio de los gastos funerarios Más: Ajustes al patrimonio TOTAL PATRIMONIO DEL FONDO NOTA 9 - CUENTAS DE ORDEN La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente: 2010 Bs. 2009 Bs. Acciones de Empresas Capitalizadas 295.706.833 296.985.105 TOTAL CUENTAS DE ORDEN 295.706.833 296.985.105 Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las acciones en las empresas capitalizadas, dentro de las cuentas de orden, se encuentran registradas a su valor de capitalización actualizado en función al dólar americano. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 92 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 10 - CONTINGENCIAS Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, declara que el Fondo de Capitalización Colectiva no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 11 - OTRAS REVELACIONES IMPORTANTES a) Nacionalización de los Hidrocarburos El 1º de mayo de 2006, en base a los resultados del Referéndum sobre los hidrocarburos, llevado a cabo el 18 de julio de 2004, y a la nueva Ley de Hidrocarburos N° 3058, el Presidente Evo Morales promulgó el Decreto de Nacionalización de los Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 28701), mediante el cual se nacionalizaron los recursos naturales hidrocarburíferos del país. El Artículo 2 de dicho Decreto obliga a las empresas petroleras que realizan actividades de producción de gas y petróleo en el territorio nacional a entregar, en propiedad a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), toda la producción de hidrocarburos. Asimismo, el Artículo 6 de dicho Decreto estipula la transferencia en propiedad a YPFB, a título gratuito, de las acciones de las empresas Chaco S.A., Andina S.A. y Transredes S.A. que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC). Para que dicha transferencia no afecte el pago del Bonosol, el Estado garantiza la reposición de los aportes por dividendos que estas empresas entregaban anualmente al FCC. Las gestiones de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, fueron instrumentales para que posteriormente, en fecha 13 de mayo de 2006, se promulgue el Decreto Supremo N° 28711, que reglamenta el Decreto Supremo N° 28701, a través de las siguientes estipulaciones: i) la reversión de la inversión del FCI en acciones de las empresas capitalizadas, operación llevada a cabo en fecha 18 de mayo de 2006; y ii) la obligación de las AFPs de transferir la titularidad de las acciones de las empresas Chaco S.A., Andina S.A. y Transredes S.A. a YPFB, inmediatamente después de realizada la reversión mencionada, en un plazo no mayor a un día hábil administrativo. Dicha transferencia se llevó a cabo en fecha 19 de mayo de 2006, dentro del plazo establecido. b) Situación de la participación en el Lloyd Aéreo Boliviano Los problemas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB) continuaron durante la gestión 2010, mismos que prolongaron la crisis generada en gestiones anteriores, sin haber logrado la empresa realizar operaciones con itinerario. En este contexto, Futuro de Bolivia S.A. - AFP actuó permanentemente de forma diligente y responsable en representación del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) que administra, enmarcada siempre en el estricto cumplimiento de la normativa legal vigente. En este contexto, mediante Resolución Administrativa AEMP/DTRFCE No. 007/2009 emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), y confirmada por la Resolución Jerárquica MDPyEP No. 004/2010 del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, el LAB ha sido conminado a reducir su capital, en aplicación del Artículo 354 del Código de Comercio. Como administrador del FCC, Futuro de Bolivia S.A. AFP ha requerido oportuna, diligente y repetidamente a la Administración y Síndicos del LAB, el cumplimiento de lo resuelto por la entidad reguladora, solicitando la convocatoria a una Junta General Extraordinaria de Accionistas que resuelva sobre este tema. Debido a la falta de cumplimiento por parte del LAB, en el mes de mayo de 2010 la AEMP ha interpuesto una denuncia penal en contra de varios Directores, Síndicos y Ejecutivos del LAB, acusándolos de desobediencia a la autoridad, corrupción y complicidad con las AFPs en el incumplimiento de obligaciones contractuales. Esta denuncia penal incluye a varios Ejecutivos de ambas AFPs, acusados de corrupción e incumplimiento de obligaciones contractuales, misma que se encuentra ventilándose en las instancias de investigación correspondientes. Por otra parte, en fechas 23, 25 y 27 de septiembre de 2010 se publicó en el periódico Los Tiempos, la convocatoria a Junta General Ordinaria de Accionistas del LAB, para fecha 2 de octubre de 2010, con el siguiente Orden del Día: Futuro de Bolivia S.A. - AFP 93 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 1. 2. 3. 4. Instalación de la Junta. Remoción de los miembros del Directorio y Síndicos de la sociedad. Restitución y posesión de los miembros del Directorio a favor de Swiss Transatlantic Corporation (STAC). Fijar las dietas y fianzas de los Directores y Síndicos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 de los Estatutos de la Sociedad. 5. Redacción, Lectura y Aprobación del Acta de la Junta General de Accionistas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. Dicha Junta se llevó a cabo, habiendo sido designados nuevos Directores a propuesta del accionista mayoritario Federación Sindical de Trabajadores del LAB (FSTLAB), irregularmente nominados “a favor de STAC”. STAC es una firma con la que la FSTLAB habría firmado un contrato de cesión irrevocable de sus acciones, a través de la figura de fideicomiso, a cambio del compromiso de inversión en el LAB de $us. 80 millones. El representante de Futuro de Bolivia S.A. - AFP votó en contra de tales designaciones, haciendo constar su respectiva disidencia, debido a que la Junta fue convocada y realizada irregularmente, habiéndose incumplido la normativa establecida en el Código de Comercio y los Estatutos de la sociedad. Asimismo, dentro del plazo legalmente establecido, Futuro de Bolivia S.A. - AFP presentó denuncia formal de impugnación contra la convocatoria y las determinaciones alcanzadas en la mencionada Junta de Accionistas, misma que se encuentra ventilándose en los estrados judiciales correspondientes. c) Bono Solidario De acuerdo con la Ley del BONOSOL N° 2427, emitida el 28 de noviembre de 2002, las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán realizar el pago del Bono Solidario a todos los ciudadanos bolivianos mayores de 65 años, por un monto de Bs. 1.800 anual, para el período comprendido entre el 1° de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2007. Para obtener la liquidez necesaria para la realización de los pagos mencionados, se dispone que las AFPs inviertan, a valor de capitalización, las acciones de las empresas capitalizadas que forman parte del activo del Fondo de Capitalización Colectiva en cuotas del Fondo de Capitalización Individual, que deberán ser redimidas al valor de cuota vigente en el día de la redención. d) Renta Universal de Vejez – Renta Dignidad En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 24900, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, se reglamentan las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que el beneficio del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2007 y existiendo un plazo de 1 año para el pago del beneficio. El Fondo de Renta Universal de Vejez, para todos los efectos se constituye en Fideicomiso, tiene por objeto financiar la Renta Dignidad y los Gastos Funerales, este fondo se encuentra financiado por: i) El 30% de todos los recursos percibidos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), de las Prefecturas, Municipios, Fondo Indígena y Tesoro General de la Nacional a partir del 1 de enero de 2008. ii) Los dividendos de las empresas públicas capitalizadas, generados a partir de la gestión 2008, en la proporción accionaría que corresponde a los bolivianos. La Renta Dignidad es el beneficio a favor de todos los bolivianos, que consiste en pagos vitalicios no heredables. Son beneficiarios de la Renta Dignidad, con el 100% del pago cuyo monto será Bs. 2.400, todos los bolivianos que cumplan 60 años o más que no perciban renta ó pensión en calidad de titular o derechohabiente del sistema de seguridad social de largo plazo, ni remuneración contemplada en el Presupuesto General de la Nación. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 94 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Los Gastos Funerales, es el beneficio que otorga el Fondo de Renta Universal de Vejez, que se paga en efectivo, por una sola vez, a la persona que acredite haber efectuado el pago del funeral de un beneficiario de la Renta Dignidad, que cumpla con los requisitos establecidos para el pago de Renta Dignidad a la fecha de fallecimiento, y que no le corresponda el pago de gastos Funerarios financiado por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. El monto establecido será pagado en Bolivianos y por una sola vez. Durante los 3 primeros años será de Bs. 1.800, vencidos los cuales, el monto será definido por el Ministerio de Finanzas. Mediante Resolución Administrativa No. 210 de 29 de febrero de 2008, la Intendencia de Pensiones que formaba parte de la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones indica que en fecha 29 de diciembre de 2007 se emite el Decreto Supremo No. 29400, que tiene por objeto “Reglamentar la Ley 3791 de 28 de noviembre de 2007, de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) y los Gastos Funerales”. La mencionada Resolución Administrativa en el Capítulo I Disposiciones Generales, Artículo 2 (Periodo Transitorio), indica que conforme el D.S. 29400, el periodo transitorio de vigencia del BONOSOL y Gastos Funerarios concluirá el 30 de junio de 2009. Concluido el periodo transitorio las AFPs no podrán efectuar pagos de BONOSOL o recibir solicitudes de Gastos Funerarios. Los beneficios financiados por el Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), correspondientes al BONOSOL y Gastos Funerarios, de responsabilidad de las AFPs se mantendrán vigentes durante el periodo transitorio, tomando en cuenta las determinaciones del D.S. 29400 y la presente Resolución Administrativa. Mediante Resolución Administrativa SPVS No. 1029 de 30 de diciembre de 2008, la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones norma el Procedimiento de Transición del Servicio de Gestión y Pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales de las Administradoras de Fondos de Pensiones a la Asociación Accidental La Vitalicia – BISA SAFI, esta resolución administrativa indica en el artículo 3, inciso b) Las AFPs deberán instruir a la entidades Pagadoras de Renta Dignidad, el cierre de movimientos al 31 de enero de 2009, no pudiendo realizarse ningún pago de Beneficios a partir del 1 de febrero de 2009. Motivo por el que las Administradoras de Fondos de Pensiones a partir del 1 de febrero de 2009 han dejado de pagar el beneficio de Renta Dignidad y devengar el pago de Gastos Funerales. La Resolución Administrativa SPVS-IP No. 091 de 30 de enero de 2008, en su artículo 21º indica que todo cheque o pago emitido por concepto de Gastos Funerales de Renta Universal de Vejez que no hubiera sido cobrado por el solicitante en un periodo de 150 días a partir de la fecha de emisión o envío a la Entidad Pagadora, deberá ser revertido al patrimonio del Fondo de Renta Universal de Vejez. e) Transferencia de acciones a favor de Empresa Nacional de Electricidad - ENDE Mediante Decreto Supremo No. 0289 de 9 de septiembre de 2009, instruye que las Administradoras de Fondos de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. deberán transferir a favor de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a título gratuito y sin costo administrativo, las acciones de las Empresas Eléctricas Corani S.A., Valle Hermoso S.A. y Guaracachi S.A. Las Administradoras de Fondos de Pensiones realizaron la transferencia, instruyendo a la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., sustituir la titularidad de las acciones que actualmente figuran como BBVA Previsión AFP S.A. para el Fondo de Capitalización Colectiva y Futuro de Bolivia S.A. - AFP, para el Fondo de Capitalización Colectiva a la titularidad de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE. f) Aprobación Nueva Ley de Pensiones La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFPs y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex Superintendencia de Pensiones, y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, Futuro de Bolivia S.A. - AFP 95 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175.- (Transferencia de Información y Datos). I. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. II. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. III. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176.- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. II. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177.- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. III. IV. V. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de largo plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 96 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS VI. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. VII. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. VIII. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) b) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 estable que las AFPs deberán concluir: I. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. II. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 97 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Dado que la Ley de Pensiones establece que “Las acciones de las empresas capitalizadas que se encuentran en el Fondo de Capitalización Colectiva deberán ser transmitidas a título gratuito a un fideicomiso a ser administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las capitalizadas deberán ser transferidos al Fondo de Renta Universal de Vejez de acuerdo al reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”, se entiende que el Fondo de Capitalización Colectiva desaparecerá una vez que la Gestora Pública de Seguridad Social a Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones. A la fecha no se ha emitido el Decreto Supremo que establecerá el periodo de transición para el inicio de la nueva gestora, consiguientemente los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Colectiva se han elaborado bajo el principio de empresa en marcha. NOTA 12 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que el Fondo de Capitalización Colectiva no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 13 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFPs deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFPs harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFPs deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • Las AFPs se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFPs. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 98 ESTADOS FINANCIEROS FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE BALANCE GENERAL ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 100 101 105 107 109 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado los balances generales del Fondo de Capitalización Individual, administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes estados de variación patrimonial y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 45 que se acompañan. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mismos basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones incluidas en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera del Fondo de Capitalización Individual administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las variaciones patrimoniales y los flujos de efectivo, por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 a los estados financieros. 5. Como se menciona en la Nota 42 f) a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 100 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 1 2010 Bs. 2009 Bs. ACTIVO 1.1.1.01 Cuentas Recaudadoras 1.1.1.02 Cuenta de Administración de Cartera en el País 1.1.1.03 Cuenta de Administración de Cartera en el Exterior 1.1.1.04 Cuenta Desembolsos 1.1.2.01 Valores en Tránsito 304.710 1.292.248 96.126.057 374.975.660 30.385.541 42.233 28.448.334 41.456 126.858.541 404.757.698 8.874.620.902 40.681.114 5.144.619.444 1.776.549.234 1.864.923.532 9.462.478.697 34.307.121 2.652.174.370 932.535.338 1.688.036.541 17.701.394.226 14.769.532.067 - - Total Inversiones en el Exterior - - 1.4.1.01 Excesos de Inversión en el País 1.4.1.02 Excesos de Inversión en el Exterior 63.700.245 - 61.787.031 - 8 63.700.245 61.787.031 9 10 11 25.690.996 11.227.922 - 22.361.638 45.548 10.182.448 - 36.918.918 32.589.634 17.928.871.930 15.268.666.430 Total Disponibilidades 1.2.1.01 1.2.1.02 1.2.1.03 1.2.2.01 1.2.3.01 1.2.4.01 5 Inversiones en el Tesoro General de la Nación Inversiones en el Banco Central de Bolivia Inversiones en Municipios Inversiones en Instituciones Financieras del País Inversiones en Entidades Comerciales del País Otras Inversiones en el País Total Inversiones en el País 7 1.3.3.01 Inversiones en Instituciones Financieras del Exterior Total Excesos de Inversión 1.6.1.01 1.6.1.02 1.6.1.03 1.6.1.04 Cuentas por Cobrar a la Administradora Intereses por Cobrar Cuentas Corrientes Cuentas por Cobrar a Entidades Financieras Valores Pendientes de Cobro Total Cuentas por Cobrar TOTAL ACTIVO 6 6.1.1.01 6.1.1.02 6.1.2.01 6.1.2.02 6.2.1.01 6.3.1.01 6.4.1.01 Cuentas de Orden Deudoras Cotizaciones en Gestión de Cobro 34 y 36 a) Cotizaciones en Cobranza Judicial 34 y 36 a) Cotizaciones en Gestión de Cobro -BP 36 b) Cotizaciones en Gestión de cobranza Judicial - BP 36 b) Deudores por Entregas a la DGP 36 c) Valores en Custodia 6 Títulos Valores En Proceso de Emisión 39.169.048 213.573.712 451.596 905.491 351.496.571 16.376.189.496 25.549.551 92.167.642 140.177.271 1.085.100 229.551.232 14.175.950.763 - Total Cuentas de Orden Deudoras 17.007.335.465 14.638.932.008 Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 101 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 2010 Bs. 12 12.332.985 11.369.386 13 24.192.895 18.059.772 14 556.202 102.524 15 16 17 149.714.096 1.500 352.029 48.168 174.247 37.187 1.286.539 43.078 39.073 4.179 303.919 44.243 20.982.125 9.520.225 882.890 34.658 15.064 - 140.052.388 35.250 217.037 21.997 130.855 273.168 26.919 4.266 2.381 265.165 43.655 36.923 23.321.105 6.947.739 711.185 165.828 37.867 2.656 - Total Cuentas por Pagar 220.565.302 201.828.066 TOTAL PASIVO 220.565.302 201.828.066 2 PASIVO 2.1.1.01 2.1.1.02 2.1.1.03 2.1.1.04 Recaudación del Mes Recaudación Clasificada Recaudación no Aclarada Recaudación de Renta Compensación de Cotizaciones Mensual Recaudación de Fracción Complementaria FF.AA. Recaudación no Aclarada del Último Mes Reportado Recaudación Renta Dignidad Recaudación Pensión Básica Previsional Traspasos desde otras AFP’s Traspasos hacia otras AFP’s Comisiones por Pagar al Custodio Comisiones por Pagar Portafolio Comisiones por Pagar Cuentas Individuales Comisiones por Pagar Renta de CC Mensuales Comisiones por Pagar por Contrato Cias.de Seguros Comisiones por Pagar por Contratos M.V.V. Comisiones por Pagar Renta de FC Mensuales Comisiones por Pagar Pensión Básica Previsional Comisiones por Pagar Primas RC - RP - RL Cuentas por Pagar AFP Cuentas por Pagar Operadores Cuentas por pagar a Entidades Financieras Cuentas por Pagar por Inversión con Pago Diferido Prestaciones por Pagar Prestaciones y Beneficios no Cobrados Transferencias por Pagar por Otros Fondos y Cuentas Retenciones por Pagar a Entes Gestores de Salud Devolución de Aportes Transferencias de Capital Seguro Vitalicio Transferencias de Capital a otras AFP’s Transferencias de Capital desde Otras AFP's Devolución de Cotizaciones en Exceso Aportes Regularizadores 2.1.1.05 2.1.1.06 2.1.1.07 2.1.1.08 2.1.2.01 2.1.2.02 2.1.3.01 2.1.3.02 2.1.3.03 2.1.3.04 2.1.3.05 2.1.3.06 2.1.3.07 2.1.3.08 2.1.3.09 2.1.4.01 2.1.4.02 2.1.4.03 2.1.4.04 2.1.5.01 2.1.5.06 2.1.6.01 2.1.6.02 2.1.6.03 2.1.7.01 2.1.7.02 2.1.7.04 2.1.8.01 2.1.9.01 Jorge Venegas Fernández Contador General 18 19 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 102 2009 Bs. ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 3 33 A. 1 4.461.908 7.837.370 33 A. 2 y 3 11.675.328 12.220.405 16.137.236 20.057.775 15.043.125.555 36.460.534 1.706.428 333.529.789 12.993.030.095 35.078.229 1.692.494 315.577.530 15.414.822.306 13.345.378.348 99.454.509 747.086 608.153.402 570.221.827 667.227.639 5.688.026 304.511.707 20.452.586 63.553 826.751 - 150.091.259 59.875 430.031.678 424.624.324 468.160.164 3.709.137 203.243.767 21.064.748 16.476 400.813 - 2.277.347.086 1.701.402.241 TOTAL PATRIMONIO 17.708.306.628 15.066.838.364 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 17.928.871.930 15.268.666.430 Cotizaciones Mensuales Cotizaciones Adicionales Compensación Global de Cotizaciones Otros Aportes en Cuentas Individuales 33 B. 1 33 B. 2 Y 3 33 B. 4 33 B. 5 Total Cuentas Individuales 3.3.1.01 3.4.1.01 3.5.1.01 3.5.1.02 3.5.1.03 3.5.1.04 3.5.1.05 3.6.1.01 3.6.1.02 3.7.1.01 3.8.1.01 2009 Bs. PATRIMONIO 3.1.1.01 Recaudos en proceso 3.1.1.02 Recursos por Acreditarse en Cuentas individuales 3.2.1.01 3.2.1.02 3.2.1.03 3.2.1.04 2010 Bs. Cotizaciones en Rezagos Traspasos en Proceso Cuotas de Otros Fondos y Cuentas Cuotas del Fondo de Riesgo Profesional Cuotas del Fondo de Riesgo Común Cuotas del Fondo de Riesgo Laboral Cuotas de la Cuenta Básica Previsional Cotizaciones en Exceso Cotizaciones en Exceso CBP Descuadraturas Menores en Recaudación Resultado del Fondo 33 C. 1 33 D. 1 33 E. 1 y 2 33 F. 1 33 G. 1 33 H. 1 33 I. 1 33 J. 1 33 J. 1 33 K. 1 Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 103 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 2010 Bs. 2009 Bs. 7 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS 7.1.1.01 7.1.1.02 7.1.2.01 7.1.2.02 7.2.1.01 7.3.1.01 7.4.1.01 Cuenta de Control Cotizaciones en Gestión de Cobro Cuenta de Control Cotizaciones en Cobranza Judicial Cotizaciones en Gestión de Cobro -BP Cuenta de Control de Cotizaciones en CobranzaJudicial - BP Cuenta de Control Deudores por Entregas a la DGP Cuenta de Control Valores en Custodia Cuenta de Control Titulos Valores En Proceso de Emisión 39.169.048 213.573.712 451.596 905.491 351.496.571 16.376.189.496 25.549.551 92.167.642 140.177.271 1.085.100 229.551.232 14.175.950.763 - Total Cuentas de Orden Acreedoras 17.007.335.465 14.638.932.008 Las notas 1 a 45 forman parte integrante de los estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 104 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 105 (552.753.522) (552.753.522) (72.870.175) (138.894.744) (218.832.368) (41.740.231) (62.530.275) (77.426.858) (37.135.004) (1.654.742) (12.999.346) (93.656.706) (630.911) (2.321.838) (885.077) (3.652.151) (363.594) (5.991.870) 1.922.583.826 1.699.721.640 2.792.228 108.296.203 94.787.235 16.986.520 15.066.838.364 Bs. Julio Vargas León Gerente General (1.222.653.4449) Total disminuciones del patrimonio Jorge Venegas Fernández Contador General (1.222.653.4449) (160.961.1912) (303.029.8470) (481.865.3644) (92.038.8524) (137.545.1482) (170.771.9409) (81.509.4229) (3.655.3437) (28.932.5688) (207.646.2279) (1.585.4786) (7.503.8080) (1.958.7806) (8.048.6696) (806.1639) (16.660.0012) Total Aumentos del Patrimonio Disminuciones del Patrimonio Devengamiento de Comisiones por Administración Cuentas Individuales Traspasos en Proceso hacia Otras AFP’s Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Riesgo Común Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Riesgo Profesional Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Riesgo Laboral Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Cuenta Individual Devengamiento de Prestaciones y Beneficios MVV Devolución de Aportes Transferencias de Saldos de Cta. Individual a Cias. Aseguradoras Transferencias de Primas a Entidades Aseguradoras Rescate de Cuotas del FCC Devengamiento devolución de Pagos en Exceso Interés Incremental Traspaso de Cotizaciones al TGN para Incremento de renta (2%) Pago de Compensación de Cotizaciones Transferencia Saldo Cotizaciones Mensuales Fallecidos Transferencias de Capital a Otras AFP’s Transferencia de Capital al TGN aportes FFAA Otras Disminuciones 4.280.300.6312 Contribuciones Compensación Global de Cotizaciones Traspaso en Proceso desde Otras AFP Compra de Cuotas del FCC Transferencia de Capital desde Otras AFP Otros Aumentos 21.01.1 21.01.2 21.01.3 21.01.4 21.01.5 21.99 22 22.01 22.02 22.03 22.03.1 22.03.2 22.03.3 22.03.4 22.03.5 22.04 22.05 22.06 22.07 22.08 22.09 22.10 22.11 22.12 22.13 22.14 22.99 3.766.631.4736 6.178.7984 239.407.8151 210.402.2247 57.680.3194 Aumento del Patrimonio 21 34.649.520.7732 SALDO INICIAL DEL PATRIMONIO 2010 20 Cuotas ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (1.547.536.4960) (1.547.536.4960) (153.881.8714) (255.479.7112) (419.541.5187) (65.545.8879) (138.064.0142) 0.0000 (155.850.5398) (60.081.0768) (4.688.5628) (40.839.0167) (203.779.8589) (409.644.4762) (1.740.9869) (8.209.6072) (128.6112) 0.0000 (4.136.6913) (18.434.2698) (2.573.3396) (24.457.9741) 4.175.806.4698 Bs. (627.880.438) (627.880.438) (63.843.550) (105.878.279) (174.437.754) (27.246.286) (57.511.169) (64.542.456) (25.137.843) (1.945.594) (16.724.121) (84.454.860) (160.700.000) (586.325) (2.599.056) (51.845) (1.705.791) (7.529.779) (1.065.079) (6.358.405) 1.710.639.986 1.531.353.295 2.662.215 79.849.547 81.997.499 14.777.430 12.552.828.816 2009 3.715.105.6916 6.425.2840 192.268.6539 0.0000 197.683.2028 64.323.6375 32.021.250.7994 Cuotas MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADOS FINANCIEROS 106 VALOR CUOTA AL CIERRE DE OPERACIONES 25 Futuro de Bolivia S.A. - AFP Jorge Venegas Fernández Contador General Las notas 1 a 45 forman parte integrante de los estados financieros. SALDO FINAL DEL PATRIMONIO Resultado Inversiones y Recursos alta liquidez Rendimiento por Valoración Intereses por vencimientos en días Inhabiles Resultado por actualización de saldos de Ctas.Corrientes en M.E. Rendimiento por Intereses sobre Saldos en Ctas.Corrientes Rendimiento por Dividendos Otros Resultados por Inversiones y Recursos alta Liquidez (neto) Devengamiento de Comisiones y Gastos Devengamiento Comisión por Administración de Portafolio Devengamiento Comisión Custodia Devengamiento Gastos de Transacciones Otros Egresos por Comisiones o Gastos Resultado por Conceptos distintos a los anteriores Resultado por Compra o Venta de Divisas Otros resultados no considerados en los ítems anteriores 23.01 23.01.1 23.01.2 23.01.3 23.01.4 23.01.5 23.01.9 23.02 23.02.1 23.02.2 23.02.3 23.02.9 23.99 23.99.1 23.99.2 24 Resultado de Fondo en el mes 23 37.707.167.9595 Cuotas Bs. Julio Vargas León Gerente General 469.62707 17.708.306.628 1.289.658.163 1.289.420.374 (126.535) 335.485 28.839 (19.981.590) (15.934.105) (3.789.388) (258.097) 1.961.387 (638.000) 2.599.387 1.271.637.960 2010 ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 34.649.520.7732 Cuotas Bs. 434.83540 15.066.838.364 1.448.890.150 1.443.239.932 1.364 4.583.095 1.065.759 (18.806.394) (15.491.548) (3.185.849) (128.997) 1.166.244 1.166.244 1.431.250.000 2009 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 2010 Bs. 2009 Bs. 404.757.698 497.398.287 1.711.381.627 29.577.771 4.419.466 72.616 778.931.541 1.368.814.381 305.206.085 2.857.255 6.644.663 7.400.748 147.119.414 1.549.262.388 7.269.078 4.165.126 1.003.680 739.124.258 1.364 1.433.334.425 253.045.651 2.655.045 3.359.905 4.033.976 135.096.704 4.362.425.567 4.132.351.600 (86.918.938) (79.825.793) 43 13) (60.982.562) (54.080.910) 43 14) 43 15) (15.541.137) (3.774.155) (15.567.274) (3.174.011) 43 16) 43 17) (2.735.003) (429.244) (2.859.297) (269.456) 43 18) 43 19) 43 20) 43 21) 43 22) 43 23) 43 24) 43 25) (280.214) (58.165) (3.118.458) (60.174.841) (284.083) (624.626) (364.130.228) (1.775.987) (1.775.987) (251.828.984) (53.686) (46.335) (3.774.824) (33.416.402) (81.782) (589.892) (319.740.992) (160.700.000) (1.980.900) (1.980.900) (207.728.512) Nota 10 SALDO INICIAL 11 INGRESOS 11.01 11.02 11.03 11.04 11.05 11.06 11.07 11.08 11.09 11.10 11.11 11.12 11.13 11.14 11.99 Recaudación Traspasos netos desde otras AFP’s Reintegro de Cargos Bancarios Compra de Cuotas FCC Intereses Percibidos sobre Cuentas Corrientes Dividendos Cortes de Cupón Intereses por vencimiento en días Inhabiles Recaudación no Informada Oportunamente Rescate de inversiones Recaudación de Renta de CC Mensual Recaudación Compensación Global de Cotizaciones Transferencias de Capital Desde Otras AFP’s Recaudación de Fracción Complementaria FFAA Otros ingresos 43 1) 43 2) 43 3) 43 4) 43 5) 43 6) 43 7) 43 8) 43 9) 43 10) 43 11) 43 12) Total Ingresos 12 EGRESOS 12.01 12.01.1 Total Comisiones Comisiones pagadas a la AFP por Administración de Cuentas Individuales Comisiones pagadas a la AFP por Administración de Portafolio Comisiones pagadas al Custodio Comisiones pagadas a la AFP por pago de la Renta de CC Mensual Comisiones pagadas por pago pensiones M.V.V. Comisiones pagadas a la AFP p/Transf.Primas a Cias. Aseguradoras Comisiones pagadas por Renta Mensual FFAA Comisiones pagadas a la AFP por primas RC. RP y RL Traspasos netos hacia otras AFP Gastos de Transacción Devolución de Pagos en Exceso Cargos Bancarios Rescate de Cuotas FCC Intereses Pagados a la AFP Interés por Mora Asociado a la Comisión Interés Incremental Total de Prestaciones y Beneficios Pagados 12.01.2 12.01.3 12.01.4 12.01.5 12.01.6 12.01.7 12.01.8 12.02 12.03 12.04 12.05 12.06 12.07 12.07.1 12.07.2 12.08 43 26) Futuro de Bolivia S.A. - AFP 107 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 2010 Bs. 2009 Bs. 43 30) 43 31) 43 32) 43 33) 43 34) 43 35) (15.784.887) (55.464.428) (3.922.086) (51.542.342) (39.760.812) (35.994.143) (3.766.669) (16.098.977) (119.229.855) (5.490.025) (146.298) (10.338.579) (53.127.015) (2.520.029) (50.606.986) (33.616.403) (30.076.878) (3.539.525) (10.028.261) (97.499.884) (3.118.370) (303.803) 43 36) 43 37) 43 38) 43 39) (13.130.362) (10.350.588) (2.464.829) (16.764.934) (8.131.297) (78.755) (2.210.132) 43 40) 43 41) 43 42) 43 43) 43 44) 43 45) (3.792.101.129) (885.077) (3.652.151) (363.597) (51.493.006) (51.844) (3.316.442.357) (2.105.064) (7.529.779) (1.065.079) (66.244.872) Total Egresos (4.640.324.724) (4.224.992.189) SALDO FINAL 126.858.541 404.757.698 Nota 12.08.1 12.08.2 12.08.2.1 12.08.2.2 12.08.3 12.08.4 12.08.4.1 12.08.4.2 12.08.5 12.08.6 12.08.7 12.09 12.10 12.11 12.12 12.13 12.14 12.15 12.16 12.17 12.18 12.99 13 Por Riesgo Común Por Riesgo Profesional Al SSO Desembolsos a la Dirección General de Pensiones Por Riesgo Laboral Por Cuenta Individual Pago de Retiros Mínimos Pago de Masa Hereditaria Pagos beneficios MVV Pagos Renta de CC Mensual Pagos Renta de CC Mensual FC Devolución de Aportes Transferencia de saldos de Ctas.Individuales a Entidades Aseguradoras Pagos a Entes Gestores de Salud Financiamiento de Gastos Médicos Traspasos de Primas a Cias.Aseguradoras Traspasos de Cotizaciones a TGN para Incremento rent (2%) Inversiones Realizadas Transferencia saldo cotizaciones mensuales fallecidos Transferencias de Capital a Otras AFP’s Transferencia de Capital al TGN aportes FFAA Otros Egresos 43 27) 43 28) 43 29) Las notas 1 a 40 forman parte integrante de los estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 108 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - ASPECTOS LEGALES DEL FONDO FUTURO DE BOLIVIA S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones fue constituida en la ciudad de La Paz, en fecha 12 de febrero de 1997, según Testimonio de escritura pública de constitución N° 075/97, estableciéndose como domicilio principal de la sociedad la ciudad de La Paz. El funcionamiento de la Sociedad fue autorizado mediante Resolución Administrativa N° 02-09518/97 de fecha 28 de febrero de 1997, otorgada por la Dirección General de Registro de Comercio y Sociedades por acciones. Mediante Resolución SP 002/97 de 30 de abril de 1997, la ex – Superintendencia de Pensiones sucedida luego por la ex - Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones otorgó la licencia de funcionamiento a la Sociedad. El objeto social definido en los estatutos de la sociedad es: a) b) c) d) e) f) Administrar y representar a los fondos de pensiones conforme a la Ley. Cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996), y sus reglamentos. Contratar servicios necesarios para la realización de sus actividades. Invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos valores, de sistemas computarizados, de procesamiento de planillas de recaudación cobro de mora y pago de prestaciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo bajo su responsabilidad y similares. Ofertar mensualidades vitalicias variables a los afiliados de los fondos que administre y sus derecho habientes, cuando legalmente corresponda. Cobrar las comisiones en la medida autorizada legalmente, como remuneración por los servicios de administración de fondos. En general, realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones, negocios, negociaciones, gestiones y similares de cualquier naturaleza sin limitación alguna, que no sean las limitaciones establecidas por ley, para el mejor cumplimiento de sus fines, incluyendo todos los actos y contratos de carácter civil, comercial, bancario, financiero, de trabajo, seguridad social, seguros, inversiones, administrativos, tributarios y demás requeridos y necesarios. De acuerdo al contrato de modificación, enmienda y complementación del contrato inicial para la prestación de servicios, suscrita en fecha 22 de abril de 1999 con la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, como emergencia de la promulgación de la Ley de Propiedad y Crédito Popular, se incorporan nuevas obligaciones y derechos para las Administradoras de Fondos de Pensiones: a) Administración de los Certificados Fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que participen en la Cuenta de Acciones Populares (CAP), constituido en un valor denominado Acción Popular (AP). b) Administración de los Certificados Fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que se encuentran registrados en la Cuenta Solidaria, para la otorgación de beneficios. c) Recaudar y administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo a reglamento específico, a ser emitido por el Poder Ejecutivo. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 109 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 El objetivo del Fondo de Capitalización Individual, es el de recaudar las contribuciones que efectúan sus afiliados con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley No. 1732, de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten básicamente, en la posibilidad de acceder a una jubilación ordinaria, un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento, contratadas bajo una de las siguientes modalidades: Seguro Vitalicio contratado con entidades aseguradoras calificadas o Mensualidad Vitalicia Variable por medio de una de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Los recursos del Fondo de Capitalización Individual, administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, han sido invertidos en instrumentos de inversión autorizados por la Ley de Pensiones, el Reglamento de la Ley de Pensiones D.S. N° 24469 y por la ex - Intendencia de Pensiones, que forma parte de la ex -Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. La fecha de inicio de operaciones del Fondo de Capitalización Individual es el 1° de mayo de 1997. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de fecha 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante Resolución Administrativa N° 572/2001 de fecha 1° de noviembre de 2001, ha dispuesto la transferencia de las coberturas por riesgo común y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25%, respectivamente. En fecha 1° de noviembre de 2001, las Administradoras de Fondos de Pensiones han firmado un contrato de seguro (póliza de seguro) con la Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A. de acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. El 3 de julio de 2003, se realiza la primera transferencia de capital acumulado a la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable que es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio del fondo y pertenece a los afiliados que han suscrito el Contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispone que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, a partir del 1° de noviembre de 2006, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actualmente Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Esta administración fue adjudicada a las empresas aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros S.A.” y “Seguros Provida S.A.” por el quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES A continuación se describen los principios y normas aplicables más significativas aplicados por la Administradora: 2.1 Generales Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados para ser presentados ante la ex Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las Resoluciones Administrativas, Futuro de Bolivia S.A. - AFP 110 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Manual de Cuentas y Circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con los principios y normas contables generalmente aceptados en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. Para la presentación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la Administradora del Fondo de Capitalización Individual, ha adoptado los formatos establecidos por la ex Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante las Circulares AP/DPC/CO/35.2010 y AP/DPC/CO/22.2009 respectivamente. 2.2 Período cubierto por los estados financieros Los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Individual corresponden al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, los mismos que son comparados con los estados financieros correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009. 2.3 Valoración de Inversiones Valores elegibles De acuerdo con las normas establecidas en la Ley N° 1732, Ley de Pensiones, los recursos del Fondo de Capitalización Individual están invertidos exclusivamente en los Valores y en los mercados financieros autorizados. El Reglamento de la mencionada Ley, establece los siguientes Valores elegibles para invertir los recursos del Fondo de Capitalización Individual: a) Títulos Valores representativos de deuda emitidos por el Tesoro General de la Nación de Bolivia y Valores emitidos por el Banco Central de Bolivia. b) Bonos, bonos convertibles en acciones antes de su conversión, depósitos a plazo fijo y otros Valores representativos de deuda distintos de cédulas hipotecarias, emitidos o garantizados por bancos constituidos en Bolivia. c) Cédulas hipotecarias emitidas o garantizadas por bancos constituidos en Bolivia. d) Títulos Valores representativos de deuda, incluidos los bonos convertibles en acciones antes de su conversión, emitidos por sociedades comerciales constituidas en Bolivia diferentes de bancos y autorizadas para hacer oferta pública por la ex - Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. e) Títulos Valores representativos de deuda, emitidos por municipios locales y que cuenten con clasificación de riesgo. f) Cuotas de Fondos de Inversión constituidos en Bolivia. g) Acciones de sociedades anónimas constituidas en Bolivia. h) Otros Títulos Valores no especificados en los incisos precedentes de emisores constituidos en Bolivia o de instituciones estatales cuya compra sea autorizada por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y que cuenten con la clasificación de riesgo permitida para el Seguro Social Obligatorio. i) Títulos Valores representativos de deuda, emitidos o garantizados por estados extranjeros, bancos centrales o sus equivalentes, por organismos internacionales, bonos, acciones, bonos convertibles Futuro de Bolivia S.A. - AFP 111 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 en acciones emitidos por empresas constituidas en el extranjero, cuotas de Fondos de Inversión constituidos en el extranjero y otros títulos valores autorizados expresamente por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. j) Las inversiones con los recursos del Fondo de Capitalización Individual en los Valores antes indicados, deberán observar los límites máximos establecidos para cada tipo genérico de valor. Estos límites son fijados por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, para aquellos emitidos por emisores locales y por el Directorio del Banco Central de Bolivia, en el caso de Valores emitidos por emisores extranjeros, dentro de los rangos establecidos en el Reglamento de la Ley de Pensiones. Inversiones renta fija La valoración de las inversiones mantenidas por el FCI se realiza diariamente en Bolivianos a precios de mercado, de acuerdo a las transacciones observadas en los distintos mercados autorizados. Inversiones de renta variable Las inversiones de renta variable están valuadas a su valor neto de realización, expresados en número de cuotas y Bolivianos equivalentes. 2.4 Excesos de inversión En esta cuenta se registran los excesos de inversión involuntaria, es decir cuando suceda alguno de los siguientes eventos, con las inversiones de recursos del FCI, en títulos valores constituidos en Bolivia: - Por un cambio en la clasificación de riesgo de los valores de la cartera del FCI. Por un cambio en los límites de inversión. Por conductas del emisor. Por fluctuaciones de mercado. Por otra causa que a juicio de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones afecte los títulos del FCI por igual. De acuerdo a regulación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones el límite mínimo de calificación de riesgo por emisor es “BB2”. Las calificaciones de las inversiones en excesos de inversión en el portafolio al 31 de diciembre de 2010 son: Para los Bonos Ametex correspondientes a las emisiones 1 a 5 denominadas deuda principal calificación D; para los Bonos Ametex correspondientes a las emisiones 6 a 10 denominadas deuda subordinada calificación C y para los Bonos Ametex correspondientes a la emisión 11 por el saldo de los intereses devengados y no pagados hasta el 30 de septiembre de 2005 calificación C. Todas estas calificaciones han sido asignadas por la calificadora de riesgo Fitch Ratings. 2.5 Patrimonio del Fondo El Fondo de Capitalización Individual (FCI), es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora. El patrimonio del Fondo está constituido por: los valores recaudados destinados a las Cuentas Individuales por concepto de Cotizaciones Mensuales y Cotizaciones Adicionales, sobre remuneraciones o rentas imponibles de los afiliados a la Administradora; además de la Compensación Global de Cotizaciones y otros Aportes a Cuentas Individuales; a lo que se agregan las primas para cubrir los Riesgos Común, Profesional, Laboral y Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Básica Previsional, y otros conceptos menores; además de la rentabilidad de las inversiones realizadas con dichos recursos. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 112 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS De los valores indicados se deducen: las comisiones de la Administradora y del custodio; las pensiones y otras prestaciones que hubieren sido otorgadas a los afiliados, de conformidad con la legislación vigente y otros conceptos menores. Los Valores destinados a las Cuentas Individuales son abonados en éstas, expresándolos en cuotas de igual valor. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) La recaudación no aclarada es contabilizada como una cuenta del pasivo hasta que dicha recaudación cuente con toda la documentación correspondiente para ser acreditada, en lugar de ser contabilizada como una cuenta del patrimonio. El pasivo registrado por el Fondo, que debió haber sido registrado como patrimonio al 31 de diciembre de 2010 y 2009 asciende a Bs. 162.047.081 y Bs. 151.421.774, respectivamente. b) De acuerdo a la normativa vigente emitida por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, las inversiones en bonos de empresas que muestran dificultades para el repago de las deudas adquiridas y cuya calificación ha disminuido por debajo de los límites permitidos por la norma están valuadas a su valor presente neto de los flujos futuros. De acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, las inversiones mencionadas deberían estar registradas a su valor presente neto, menos una previsión para desvalorización de dicha inversión, calculada en función de la generación futura de fondos de la empresa emisora. Es importante señalar, que aún en el caso que la desvalorización de la inversión en este tipo de títulos fuera del 100%, la diferencia en la valuación de las inversiones no sería significativa considerando los estados financieros en su conjunto. Las inversiones en bonos de empresas cuya calificación ha disminuido por debajo de los límites permitidos al 31 de diciembre de 2010 y 2009 asciende a Bs. 63.700.245 y Bs. 61.787.031, respectivamente. c) Se reconoce la comisión por administración cuando la misma es abonada en las cuentas individuales. De acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, esta comisión debería ser reconocida contablemente cuando se devenga. Esta diferencia en principios de contabilidad, no genera un efecto material, considerando los estados financieros en su conjunto. d) De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08 de fecha 19 de marzo de 2008, a partir del 1 de enero de 2008, el Fondo de Capitalización Individual (FCI) deberá dejar de ajustar los estados financieros a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del Dólar Americano. De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, los rubros no monetarios de los estados financieros del FCI deberían ser actualizados utilizando como índice de actualización a la variación en el valor de la Unidad de Fomento para la Vivienda (UFV). Los estados financieros del fondo al 31 de diciembre de 2010 no han sido actualizados, siguiendo lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES Al 31 de diciembre de 2010 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 113 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 5 - DISPONIBILIDADES Las disponibilidades al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por Bs. 126.858.541 y Bs. 404.757.698 respectivamente, corresponden a depósitos efectuados en bancos nacionales, en las cuentas Recaudadoras, de Administración de Cartera y de Administración de Desembolsos, de acuerdo con el siguiente detalle: 2010 Bs. 2009 Bs. Descripción del Banco Cuentas Recaudadoras M.N. Cta. Cte. 1000190914 Banco Nacional Cta. Cte. 100012356 Banco Nacional Cta. Cte. 2041033660 Banco Ganadero Cta. Cte. 201-5026320-3-41 Banco Crédito Cuenta de Administración De Cartera en el País M.N. Cta. Cte. 1-292932 Banco Unión Cta. Cte. 201-4001501-3-34 Banco de Crédito Cta. Cte. 1000190930 Banco Nacional Cta. 117-2-1-00194-8 Prodem Cta. Cte. 2041-040596 Banco Económico Cta. Cte. 111-695456 Mutual Guapay Cta. Cte. 2041033672 Banco Ganadero Cta. Cte. 2061-081730 Mutual La Paz Cta. 87517-403-7 Banco BISA Cuenta de Administración De Cartera en el País M.E. Cta. Cte. 201-4001512-2-35 Banco de Crédito Cta. Cte. 1400583222 Banco Nacional Cuenta de Administración De Cartera en el País UFV`s Cta. Cte. 201-5027696-3-39 Banco de Crédito Cta. Cte. 120-0001962 Banco Nacional de Bolivia UFV's Cuenta de Desembolsos M.N. Cta. Cte. 1-886355 Banco Unión Cta. Cte. 201-4001503-3-54 Banco de Crédito Cta. Cte. 10000198648 Banco Nacional Cta. Cte. 1-2573702 Banco Unión Cta. Cte. 204105321 Banco Ganadero Cta. Cte. 2041-045845 Banco Económico Valores en tránsito M.N. en UFV's Serie 1 Figueroa de Pacajes Amalia Serie 2 Mamani Kcasa Primo Serie 3 Sangallo Quispe Damian TOTAL DISPONIBLE 304.710 60.661 227.217 16.832 57.456.407 227.496 19.377.696 31.448.646 656.236 529.505 1.235.810 3.981.018 38.669.650 2.744.879 35.924.771 30.385.541 1.267 1.403.432 23.738.834 1.201.331 2.942.165 1.098.512 42.233 13.482 12.686 16.065 1.292.249 87.080 1.205.169 352.486.630 187.616 276.458.178 68.348.867 809.948 831.823 2.243.077 2.367.658 1.239.463 22.489.029 5.548.931 16.940.098 28.448.334 187.247 759.552 22.910.767 957.912 3.261.567 371.289 41.456 13.147 12.491 15.818 126.858.541 404.757.698 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 114 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 6 - INVERSIONES Y CUSTODIA DE LA CARTERA De acuerdo con lo establecido en el Art. 233º de la Ley de Pensiones, en las normas de la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, y en el contrato que para tal fin se ha suscrito entre las partes correspondientes, los títulos representativos de las inversiones del Fondo de Capitalización Individual, administrado por Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, se encuentran depositados en custodia en la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. y han representado en el ejercicio más del 95% del total de la cartera de inversiones del Fondo de Capitalización Individual, expresada en títulos valores, que a la fecha de cierre de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, equivalía a Bs. 16.376.189.496 y Bs. 14.175.950.763, respectivamente. Las inversiones, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se encuentran custodiadas en las siguientes instituciones: Los valores en custodia se encuentran registrados a su valor nominal. Al 31 de diciembre de 2010 Custodio En MN Bs. Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. 6.037.755.710 Instituciones estatales 2.086.775.478 Instituciones financieras 3.054.294.517 55.660.000 Empresas comerciales del país Otras inversiones en el país 841.025.715 En ME Bs. En MNCMV Bs. En MNUFV Bs. Total Bs. 2.991.904.471 1.348.081.997 749.129.608 894.692.866 1.863.945.200 1.863.945.200 - 5.443.026.115 4.269.801.710 201.633.100 959.585.787 12.005.518 16.336.631.496 8.220.522.388 4.604.009.614 1.764.375.395 1.747.724.099 99,76% 50,20% 28,11% 10,77% 10,67% % Futuro de Bolivia S.A. - AFP - 39.558.000 - - 39.558.000 0,24% AMETEX Instituciones financieras Empresas comerciales del país - 39.558.000 - - - 39.558.000 - 0,24% 0,00% 0,00% 6.037.755.710 3.031.462.471 1.863.945.200 5.443.026.115 16.376.189.496 100,00% En MN Bs. En ME Bs. En MNCMV Bs. En MNUFV Bs. Total Bs. % 2.784.666.087 7.667.000 1.055.232.474 775.806.244 945.960.369 - 1.875.417.900 1.857.505.000 17.912.900 - 5.626.294.989 5.256.715.586 200.194.799 157.199.935 12.184.669 - 14.136.221.763 9.126.482.261 2.406.992.985 961.006.179 1.641.740.338 - 99,72% 64,38% 16,98% 6,78% 11,58% 0,00% TOTAL Al 31 de diciembre de 2009 Custodio Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. 3.849.842.787 Instituciones estatales 2.004.594.675 Instituciones financieras 1.133.652.812 28.000.000 Empresas comerciales del país Otras inversiones en el país 683.595.300 Fondo cerrado de inversión Fortaleza PYME Futuro de Bolivia S.A. - AFP - 39.729.000 - - 39.729.000 0,28% AMETEX Inversiones Financieras - 39.729.000 - - - 39.729.000 - 0,28% 0,00% 3.849.842.787 2.824.395.087 1.875.417.900 5.626.294.989 14.175.950.763 100,00% TOTAL Futuro de Bolivia S.A. - AFP 115 INSTITUCIONES ESTATALES Tesoro General de la Nación TOTAL DE INSTITUCIONES ESTATALES INSTITUCIONES MUNICIPALES Gobierno Municipal de La Paz TOTAL DE INSTITUCIONES MUNICIPALES INSTITUCIONES FINANCIERAS Banco Económico Banco Ganadero Banco Bisa Banco Mercantil Santa Cruz Banco Nacional de Bolivia Banco Solidario Banco de Crédito de Bolivia Banco Unión Banco Los Andes ProCredit Banco FIE FFP Ecofuturo FFP Fortaleza FFP Prodem FFP Fassil TOTAL DE INSTITUCIONES FINANCIERAS EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS Aguai Ametex Ameco Bisa Leasing Cobee Elfec Electropaz Fancesa Empresa Ferroviaria Andina Gravetal Guarachi PIL Andina Soboce Transredes COBOCE - BISA ST Flujos de Ventas Futuras 002 HIDROBOL - NAFIBO 016 INTI - NAFIBO 006 Microcrédito IFD - NAFIBO 017 BISA ST 001 Sinchi Wayra - NAFIBO 015 Sinchi Wayra - NAFIBO 010 Fortaleza Factoring Internacional FIC Fortaleza PyME FIC Gestión Activa FIC Microfinanzas FIC PROPYME UNION FIC Bisa Leasing TOTAL DE EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS INVERSIÓN EN EL EXTERIOR LIQUIDEZ TOTAL DE CARTERA DIVERSIFICACIÓN POR INSTRUMENTO Emisores Futuro de Bolivia S.A. - AFP 116 0 0 0 0.00% 0 0 8.808.642.421 49.23% - - - - - BTS 8.808.642.421 8.808.642.421 BTS 65.978.487 0.37% 0 0 - - 65.978.487 65.978.487 CUP 1.884.442.074 10.53% 1.884.442.074 0 802.269.526 63.700.245 12.529.351 16.124.286 114.192.231 67.327.407 138.087.354 45.647.138 8.970.099 26.939.130 145.889.793 25.630.098 146.030.007 271.105.419 - - - 40.681.114 0.23% 0 0 - - 40.681.114 40.681.114 169.662.939 0.95% 0 0 169.662.939 36.179.550 10.182.490 13.360.091 33.657.738 34.142.760 15.853.736 26.286.574 - - 4.215.097 0.02% 4.215.097 4.215.097 0 - - - Tipos de Instrumentos Financieros Renta Fija Seriados BLP BMP BBB PGB - - - 1.498.523.322 8.38% 1.498.523.322 0 108.124.370 539.359.658 12.083.038 8.465.119 2.730.542 414.891.800 412.868.795 VTD 5.022.221.701 28.07% 0 0 369.930.273 320.455.011 601.969.261 65.383.674 1.049.832.277 507.983.722 675.405.400 279.647.772 250.623.905 433.525.511 81.746.728 73.740.170 123.141.783 188.836.274 5.022.221.701 - - No Seriados DPF 0 0.00% 0 0 - - - Inversión Extranjera TDP 0 0 - - - 0 0.00% ACC - - - 270.727.316 1.51% 270.727.316 0 32.152.078 39.722.888 85.135.937 52.849.326 60.867.087 CFC Renta Variable FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 (Cifras expresadas en Bolivianos) Inversiones de la cartera del Fondo por instrumento y por emisor, incluyendo las cuentas corrientes bancarias en el país. 126.858.541 126.858.541 0.71% Liquidez 16.124.286 114.192.231 67.327.407 138.087.654 45.647.138 8.970.089 26.939.130 145.889.793 25.630.098 146.030.007 271.105.419 108.124.370 539.359.658 12.083.038 8.465.119 2.730.542 414.891.800 412.868.795 32.152.078 39.722.888 85.135.937 52.849.326 60.867.087 4.215.097 3.657.907.809 0 126.858.541 17.891.953.012 100.00% 802.269.526 63.700.245 385.784.009 346.741.585 601.969.201 65.383.674 1.083.490.015 542.126.482 675.405.400 279.647.772 286.803.455 443.708.001 95.106.819 73.740.170 123.141.783 188.836.274 5.191.884.640 40.681.114 40.681.114 8.874.620.998 8.874.620.908 Totales NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 7 - DIVERSIFICACIÓN DE LA CARTERA DE INVERSIONES El desglose de las inversiones de la Cartera del Fondo, por instrumento y por emisor, incluyendo la liquidez, se presenta a continuación: INSTITUCIONES ESTATALES Tesoro General de la Nación Gobierno Municipal de La Paz TOTAL INSTITUCIONES ESTATALES INSTITUCIONES FINANCIERAS Banco de Crédito de Bolivia Banco Mercantil Santa Cruz Banco Económico Banco Solidario Banco Bisa Banco Nacional de Bolivia Banco Unión Banco Los Andes Pro Credit Banco Ganadero FFP EcoFuturo FFP Fassil FFP Fortaleza FFP Prodem FFP FIE Bisa Leasing TOTAL INSTITUCIONES FINANCIERAS EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS Ferroviaria Andina Fortaleza Leasing Soboce Transredes Gravetal Ametex Elfec Cobee Fnacesa Electropaz Guarachi Hidrobol - Nafibo 016 Sinchi Wayra - Nafibo 010 Sinchi Wayra - Nafibo 015 Bisa St 001 Gas & Electricidad - Nafibo 008 IC Norte - Nafibo 005 Inti Nafibo 006 TOTAL EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS CUOTA DE FONDOS CERRADOS Gestión Activa Fortaleza Factoring Internacional Fortaleza Microfinanzas FIC Fortaleza PyME TOTAL CUOTAS DE FONDOS CERRADOS LIQUIDEZ TOTAL CARTERA DIVERSIFICACIÓN POR INSTRUMENTO Emisores - - 34.307.121 0.23% - - 8.889.351.032 58.34% 34.307.121 34.307.121 BMS - 8.889.351.032 8.889.351.032 BTS - Futuro de Bolivia S.A. - AFP 117 107.251.424 0.70% - - 107.251.424 28.842.081 38.149.639 15.639.844 24.619.860 BBB 1.025.443.000 6.73% - 1.016.982.605 139.985.279 271.814.223 54.463.294 61.787.032 87.320.410 117.650.458 50.563.842 108.643.208 124.754.859 8.460.395 8.460.395 - 5.237.975 0.03% - 5.237.975 3.231.791 2.006.484 - - 1.443.484.417 9.47% - 564.076.903 431.227.850 428.063.850 4.170.579 1.708.610 1.950.895 12.285.729 1.443.484.417 - - 20.198.376 0.13% - - - 20.198.376 20.198.376 Tipos de Instrumentos Financieros Renta Fija Seriados BLP PGB VTD CUP 552.929.295 3.63% - - - 552.929.295 552.929.295 LTS - 2.566.858.696 16.85% - - 2.566.858.696 217.448.554 379.615.636 849.138.355 156.783.035 182.650.978 159.518.054 57.475.924 97.412.478 5.014.741 27.963.969 60.447.012 337.320.129 36.069.833 No Seriados DPF 186.257.759 1.22% 0.00% - 77.219.753 30.466.439 40.125.988 38.445.579 186.257.759 - - - - - Acciones - CFC Renta Variable FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 (Cifras expresadas en Bolivianos) Inversiones de la cartera del Fondo por instrumento y por emisor, incluyendo las cuentas corrientes bancarias en el país. - - - 404.757.697 404.757.697 2.66% Liquidez 77.219.753 30.466.439 40.125.988 38.445.579 186.257.759 404.757.697 15.236.076.792 100.00% 3.231.491 2.006.484 139.985.279 271.814.223 54.463.294 61.787.032 87.320.410 117.650.458 50.563.842 108.643.208 124.754.859 564.076.903 431.227.850 428.063.850 4.170.579 1.708.610 1.950.895 12.285.729 2.465.704.997 337.320.129 36.069.833 15.639.844 242.068.414 379.615.636 887.287.994 156.783.035 182.650.978 188.360.135 57.475.924 97.412.478 5.014.741 27.963.969 60.447.012 8.460.395 2.682.570.515 9.462.478.703 34.307.121 9.496.785.824 Totales MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 8 - EXCESOS DE INVERSIÓN Corresponde al monto de las inversiones del Fondo de Pensiones valorizadas al 31 de diciembre de 2010 y 2009, que exceden los límites de diversificación establecidos en la legislación vigente. Los excesos de inversión corresponden a las inversiones en valores de renta fija (Bonos AMETEX II) que se encuentran registrados en la cuenta de activo del Fondo “Excesos de inversión”, cuyo saldo a la fecha de cierre del ejercicio 2010 y 2009 es de Bs. 63.700.245 y Bs. 61.787.031, respectivamente. La composición de la cuenta al 31 de diciembre de 2010 es la siguiente: Fecha en que se originó el exceso Excesos de Inversión Bonos AMETEX II 26/03/07 Origen del exceso Calificación de riesgo NOTA 9 - CUENTAS POR COBRAR A LA ADMINISTRADORA Registra las cuentas por cobrar a la Administradora por los cargos bancarios efectuados en las cuentas corrientes que mantiene el Fondo de Capitalización Individual y por los aportes regularizadores que ésta debe realizar de acuerdo con las normas vigentes. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 ascendía a Bs. 25.690.996 y Bs. 22.361.638, respectivamente. NOTA 10 - INTERESES POR COBRAR CUENTAS CORRIENTES El saldo de esta cuenta registra los intereses devengados sobre los saldos mantenidos en cuentas corrientes, que no han sido abonados en las respectivas cuentas bancarias. No registra saldo al 31 de diciembre de 2010 y al 31 de diciembre de 2009 Bs. 45.548. NOTA 11 - CUENTAS POR COBRAR A ENTIDADES FINANCIERAS El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, equivalente a Bs. 11.227.922 y Bs. 10.182.448 , respectivamente corresponden a los saldos entregados a las entidades financieras para el pago de prestaciones, que al cierre del ejercicio no han sido pagadas. NOTA 12 - RECAUDACIÓN NO ACLARADA Corresponde a la transferencia de la recaudación desde la cuenta “Recaudación del mes”, para la cual, no se haya recibido documentación o se haya recibido en forma incompleta o incorrecta. El saldo de esta cuenta representa el 7,61% del total de la recaudación no aclarada de periodos anteriores a diciembre de 2010 Bs. 12.332.985 y el 92.39% corresponde al mes de diciembre 2010 Bs. 149.714.096, la misma se encuentra registrada en la cuenta Recaudación no Aclarada del Último mes Reportado. Al 31 de diciembre de 2009 la recaudación no aclarada de periodos anteriores a diciembre de 2009 representa el 7.50% Bs. 11.369.386 y el 92.50% corresponde al mes de diciembre de 2009 Bs. 140.052.388. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 118 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 13 - RECAUDACIÓN DE RENTA COMPENSACIONES DE COTIZACIONES MENSUALES El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, equivalente a Bs. 24.192.895 y Bs. 18.059.772, respectivamente, y corresponde a los montos entregados por el Tesoro General de la Nación para el pago de prestaciones por compensación de cotizaciones. NOTA 14 – RECAUDACIÓN DE FRACCIÓN COMPLEMENTARIA FF.AA. Esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 registra Bs. 556.202 y Bs.102.524, respectivamente y corresponden a los montos entregados por el Tesoro General de la Nación para el pago de jubilación a miembros de las Fuerzas Armadas. NOTA 15 – RECAUDACIÓN NO ACLARADA DEL ÚLTIMO MES REPORTADO De acuerdo a Resolución Administrativa/SPVS/IP No. 392 de 4 de junio de 2007, esta cuenta registra al 31 de diciembre de 2010 y 2009 Bs. 149.714.096 y Bs. 140.052.388, respectivamente que corresponden al saldo de Recaudación no Aclarada correspondiente al último mes reportado (diciembre 2010 y 2009). NOTA 16 – RECAUDACIÓN DE RENTA DIGNIDAD Esta cuenta registra las transferencias del Beneficio de Renta Dignidad, prestación que es cancelada a los afiliados jubilados y pensionados registrados en Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, asociadas a la jubilación de CC Mensual, Mensualidad Vitalicia Variable y Pensiones por Invalidez, Riesgo Común y Riesgo Profesional, los mismos que se encuentran pendientes de pago, los saldos al 31 de diciembre de 2010 y 2009 ascendían a Bs. 1.500 y Bs. 35.250 respectivamente. NOTA 17 – RECAUDACIÓN PENSIÓN BÁSICA PREVISIONAL Esta cuenta registra el saldo por pagar por Pensión Mínima que está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión Mínima. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre 2010 y 2009 es Bs. 352.029 y Bs. 217.037 respectivamente. NOTA 18 - COMISIONES POR PAGAR AL CUSTODIO Contratos vigentes con Entidades de Custodia De acuerdo con lo establecido en el Art. 40º de la Ley 1732 de Pensiones, la Administradora de Fondos de Pensiones deberá mantener en entidades de custodia de títulos valores o depósitos de valores autorizados por la ex Intendencia de Pensiones, de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, las inversiones del Fondo de Capitalización Individual. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las inversiones en títulos valores del Fondo de Capitalización Individual administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES se encuentran en custodia de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., de acuerdo con el contrato de Servicios de Depósito de Valores suscrito. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 119 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Corresponde a las comisiones devengadas a favor de las Entidades que prestan el servicio de custodia, de conformidad con la legislación vigente y los contratos suscritos, que al cierre del ejercicio permanecen pendientes de cobro. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la comisión por Mantenimiento del Registro de Valores en el Sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta establecida por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. equivale al 0,023% anual, para mantenimiento de valores de renta fija y para valores de renta variable desde 0,050% hasta 0,076% anual de acuerdo al rango de participación porcentual individual respecto del total de valores que componen la misma serie. El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es Bs. 48.168 y Bs. 21.997, respectivamente. NOTA 19 - COMISIONES POR PAGAR A LA ADMINISTRADORA Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el Fondo de Capitalización Individual paga a la Administradora dos tipos de comisiones: a) Comisiones por administración del Portafolio Registra diariamente el valor de las comisiones devengadas a favor de la Administradora, por concepto de Administración de Portafolio, de acuerdo con el contrato de prestación de servicios de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Esta comisión es del 0,2285% para montos del portafolio inferiores o iguales a $us. 1.000.000.000; del 0,0140% para montos del portafolio mayores a $us. 1.000.000.000, pero inferiores o iguales a $us. 1.200.000.000; del 0,0067% para montos del portafolio mayores a $us. 1.200.000.000, pero inferiores o iguales a $us. 1.500.000.000 y del 0.000% para montos del portafolio superiores a $us. 1.500.000.000. Las Administradoras, desde el inicio del tercer año de funcionamiento, tendrán derecho a cobrar comisiones competitivas, cuyos montos, durante el resto del período de exclusividad, no podrán exceder los montos de las comisiones mencionadas anteriormente. Sin embargo, las comisiones mencionadas no han sido modificadas en las gestiones 2010 y 2009. b) Comisiones por administración de cuentas individuales Registran las comisiones por concepto de afiliación, procesamiento de datos y pago de beneficios, las cuales han sido previamente disminuidas de las cuentas individuales. Esta comisión alcanza al 0,5% del total ganado o ingreso cotizable del afiliado y esta tasa tiene vigencia indefinida. Las comisiones por pagar a la Administradora, corresponden a las comisiones devengadas, de conformidad a la normativa vigente, que al cierre del ejercicio permanecen pendientes de pago. El saldo al cierre de cada uno de los ejercicios se explica como sigue: 2010 Bs. 2009 Bs. Tipo de comisión a) Comisiones por pagar administración de Portafolio b) Comisiones por pagar administración Cuentas Individuales 174.247 37.187 130.855 - Saldo al cierre de cada ejercicio 211.434 130.855 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 120 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 20 – COMISIONES POR PAGAR RENTA DE CC MENSUAL El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 1.286.539 y Bs. 273.168, respectivamente, y corresponden a la comisión en favor de la AFP por pago de jubilación Compensación Mensual de Cotizaciones. NOTA 21 – COMISIONES POR PAGAR POR CONTRATOS M.V.V. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 43.078 y Bs. 26.919, respectivamente, y corresponde a la comisión en favor de la AFP por pago de jubilación Mensualidad Vitalicia Variable. NOTA 22 – COMISIONES POR PAGAR RENTA DE FC MENSUALES El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 39.073 y Bs. 4.266 respectivamente, saldos que corresponden a la comisión en favor de la AFP por pago de jubilación Fracción Complementaria a miembros de las Fuerzas Armadas. NOTA 23 – COMISIONES POR PAGAR PENSIÓN BÁSICA PREVISIONAL El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 4.179 y Bs. 2.381 respectivamente, estos saldos registran la comisión en favor de la AFP asociado al pago de Pensión Básica Previsional. NOTA 24 – COMISIONES POR PAGAR SOBRE PRIMAS RC – RP Y RL Esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 registra saldos por Bs. 303.919 y Bs. 265.165, estos corresponden a la comisión a favor de la AFP por administración de Primas Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral de periodos a partir de noviembre 2006, cuyo porcentaje es el 0,85%. NOTA 25 - CUENTAS POR PAGAR AFP Corresponde a los importes devengados a favor de la Administradora, por concepto de interés incremental y abonos de importes inferiores a Bs.5 por parte de los Bancos Recaudadores de Aportes al Seguro Social Obligatorio. El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 44.243 y Bs. 43.655 respectivamente. NOTA 26 - CUENTAS POR PAGAR A OPERADORES Registra los importes devengados a favor de operadores derivados exclusivamente de servicios por la compra y venta de títulos - valores. Esta cuenta no registra saldo al 31 de diciembre de 2010 y al 31 de diciembre 2009 es de Bs.36.923. NOTA 27 - CUENTAS POR PAGAR A ENTIDADES FINANCIERAS Registra los abonos efectuados por los Bancos Unión, Económico, Nacional, Crédito de Bolivia, Los Andes, Prodem Fondo Financiero Privado y Mutual La Paz, los mismos que fueron efectuados por excesos en la recaudación de aportes al Seguro Social Obligatorio o que no fueron explicados por estas entidades bancarias. El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es de Bs. 20.982.125 y Bs. 23.321.105, respectivamente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 121 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 28 - PRESTACIONES POR PAGAR Representan los montos a pagar por concepto de beneficios devengados que a la fecha de cierre del ejercicio no han sido girados. Estos saldos incluyen prestaciones por pagar y prestaciones y beneficios no cobrados. Las cuentas que componen esta partida son las siguientes: Prestaciones por pagar Retiros Mínimos 2010 2009 Bs. Bs. 4.822.568 3.540.857 21.470 2.270 Invalidez RC 288.058 256.989 Muerte RC 956.139 1.030.776 50.897 52.485 Prestaciones por pagar Masa Hereditaria Gastos Funerarios RC Invalidez RP 42.061 184.061 Muerte RP 178.987 222.307 - 1.530 3.151.753 1.651.156 7.629 4.645 Gastos Funerarios RP Pensión de Jubilación MVV Gastos Funerarios MVV Rentas Sistema de Reparto RP - 0 Renta Dignidad Asociada a Pensión Muerte RP 150 150 Pago temporal de pensiones Invalidez y Muerte 513 513 9.520.225 6.947.739 Total Prestaciones por pagar NOTA 29 - RETENCIONES POR PAGAR A ENTES GESTORES DE SALUD El saldo de esta cuenta representa las retenciones por pagar a Entes Gestores de Salud, que se han efectuado de las pensiones o rentas pagadas por cuenta de Riesgo Común, Riesgo Profesional, Riesgo Laboral y Mensualidades Vitalicias Variables, que al cierre de los ejercicios se encontraban pendientes de pago. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 882.890 y Bs. 711.185, respectivamente. NOTA 30 – DEVOLUCIÓN DE APORTES El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 34.658 y Bs. 165.828 respectivamente, corresponde a la devolución del saldo de su cuenta individual bajo la modalidad de retiros temporales a trabajadores estacionales del sector del beneficiado de la castaña, regulado mediante R.A. SPVS/IP No. 090 de 30 de enero de 2008. NOTA 31 – TRANSFERENCIAS DE CAPITAL SEGURO VITALICIO Corresponde al traspaso de aportes de afiliados de AFP Futuro de Bolivia que han optado por jubilarse bajo la Modalidad de Seguro Vitalicio que administra la Compañía de Seguros La Vitalicia S.A., esta cuenta no registra saldo al 31 de diciembre de 2010, al 31 de diciembre de 2009 el saldo de esta cuenta es de Bs. 37.867 por transferencia de aportes del afiliado José Jaime Camacho Soliz con NUA 3821390. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 122 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 32 - DEVOLUCIÓN DE COTIZACIONES EN EXCESO Corresponde al monto de los pagos efectuados en exceso por los empleadores y afiliados, que estén respaldados por la aceptación definitiva de las solicitudes de devolución correspondientes y que aún no han sido devueltos a éstos, a la fecha de cierre del ejercicio. El saldo al 31 de diciembre de 2010 es de Bs. 15.064 y al 31 de diciembre de 2009 de Bs. 2.656. NOTA 33 - PATRIMONIO El patrimonio del Fondo se encuentra dividido en siete grupos de cuentas, presentando el siguiente desglose: Ejercicio actual Grupos y cuentas Ejercicio anterior Cuotas Bs. A. Recaudos en proceso 34.361.8106 16.137.236 A.1 Recaudos en proceso 9.500.9603 4.461.908 A.2 Recursos por acreditarse FF.AA. % Cuotas Bs. % 0.09% 46.127.2816 20.057.775 0.13% 0.03% 18.023.7627 7.837.370 0.05% 0.00% 0.0000 0 0.00% 0.0000 0 24.860.8503 11.675.328 0.07% 28.103.5189 12.220.405 0.08% B. Cuentas individuales 32.823.539.0293 15.414.822.306 87.05% 30.690.643.4613 13.345.378.348 88.57% B.1 Cotizaciones mensuales 32.032.066.8617 15.043.125.555 84.95% 29.880.340.8742 12.993.030.095 86.24% B.2 Cotizaciones adicionales 73.460.2327 34.498.914 0.19% 76.182.7997 33.126.978 0.22% B.3 Cotizaciones adicionales beneficios sociales 4.176.9758 1.961.620 0.01% 4.487.3318 1.951.251 0.01% B.4 Compensación global de cotizaciones 3.633.5811 1.706.428 0.01% 3.892.2629 1.692.494 0.01% B.5 Otros aportes en cuentas individuales 710.201.3780 333.529.789 1.88% 725.740.1927 315.577.530 2.09% C. Cotizaciones en rezago 211.773.3750 99.454.509 0.56% 345.167.9813 150.091.259 1.00% C.1 Cotizaciones en rezago 211.773.3750 99.454.509 0.56% 345.167.9813 150.091.259 1.00% D. Traspasos en proceso 1.590.8069 747.086 0.00% 137.6948 59.875 0.00% D.1 Traspasos en proceso 1.590.8069 747.086 0.00% 137.6948 59.875 0.00% 1.294.970.9397 608.153.402 3.43% 988.952.7713 430.031.678 2.85% 20.600.4841 9.674.545 0.05% 20.600.4842 8.957.820 0.06% E.2 Cuotas del Fondo de Mensualidad Vitalicia Variable 1.274.370.4556 598.478.857 3.38% 968.352.2871 421.073.858 2.79% F. Cuotas del Fondo de R.P. 1.214.201.3714 570.221.827 3.22% 976.517.3675 424.624.324 2.82% F.1 Cuotas del Fondo de R.P. 1.214.201.3714 570.221.827 3.22% 976.517.3675 424.624.324 2.82% G. Cuotas del Fondo de R.C. 1.420.760.6166 667.227.639 3.77% 1.076.637.6420 468.160.164 3.11% G.1 Cuotas del Fondo de R.C. 1.420.760.6166 667.227.639 3.77% 1.076.637.6420 468.160.164 3.11% H. Cuotas del Fondo de R.L. 12.111.7936 5.688.026 0.03% 8.529.9798 3.709.137 0.02% H.1 Cuotas del Fondo de R.L. 12.111.7936 5.688.026 0.03% 8.529.9798 3.709.137 0.02% I. Cuotas de la cuenta Basica Previsional 648.411.7499 304.511.707 1.72% 467.403.9069 203.243.767 1.35% I.1 Cuotas de la cuenta Basica Previsional 648.411.7499 304.511.707 1.72% 467.403.9069 203.243.767 1.35% J. Cotizaciones en exceso 43.686.0248 20.516.139 0.12% 48.480.9295 21.081.224 0.14% J.1 Cotizaciones en exceso 43.686.0248 20.516.139 0.12% 48.480.9295 21.081.224 0.14% K. Descuadraturas menores 1.760.4417 826.751 0.00% 921.7573 400.813 0.00% K.1 Descuadraturas menores recaudación 1.760.4417 826.751 0.00% 921.7573 400.813 0.00% 37.707.167.9595 17.708.306.628 100.02% 34.649.520.7733 A.3 Recursos por acreditarse cuentas individuales E. Cuotas Otros Fondos y Cuentas E.1 Aportes del FCC TOTALES 15.066.838.364 100.02% Los saldos de los citados grupos y cuentas corresponden a los siguientes conceptos: A. Recaudos en proceso Corresponde a la recaudación destinada al Patrimonio del Fondo de Capitalización Individual para la cual se dispone de la totalidad de su documentación conciliada y que al 31 de diciembre de 2010 y 2009 no ha sido imputada a las Cuentas Individuales, Rezagos, Riesgo Común, Riesgo Profesional o Riesgo Laboral. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 123 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS B. MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Cuentas individuales Representa el saldo de todas las cuentas de capitalización individual de propiedad de los trabajadores registrados en la Administradora, expresados en cuotas y bolivianos equivalentes. El número total de cuentas de capitalización individual determinadas al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ascendió a Bs. 630.355 y Bs. 582.155, respectivamente. Este grupo está conformado por las siguientes cuentas: B.1 Cotizaciones Mensuales Corresponde a los aportes del 10% del Total Ganado o Ingreso Cotizable realizado por los afiliados, con tope de 60 salarios mínimos. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas. B.2 Cotizaciones Adicionales Corresponde a los montos que los afiliados pagan periódicamente y en forma voluntaria con destino a su Cuenta Individual proveniente del Total Ganado o Ingreso Cotizable, en forma adicional a su Cotización Mensual. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas. B.3 Cotizaciones Adicionales Beneficios Sociales Corresponde a los montos de Beneficios Sociales que los afiliados depositan en forma voluntaria a su Cuenta Individual provenientes del pago de sus beneficios sociales, adicional a su Cotización Mensual. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas. B.4 Compensación Global de Cotizaciones Corresponde a la compensación de cotizaciones única, otorgada por el Estado al Afiliado que hubiese realizado menos de sesenta (60) cotizaciones en el Sistema de Reparto y que pertenece al nuevo sistema. B.5 Otros Aportes a Cuentas Individuales Corresponde a otros aportes a Cuentas Individuales realizados de conformidad a la normativa vigente en cada período. (Distribución de excedentes y aportes de rentistas mayores de 65 años al Fondo de Riesgo Común). C. Cotizaciones en Rezago Corresponde a aquella recaudación que no ha sido posible identificar, de acuerdo con la información consignada en los Formularios de Pago de Contribuciones, con ningún afiliado a la Administradora y por lo tanto no ha sido posible acreditarla oportunamente a las Cuentas Individuales. D. Traspasos en Proceso Corresponde al monto por pagar a otros Fondos de Pensiones por concepto de traspasos de Cuentas Individuales y Rezagos, aceptados en forma definitiva. E. Cuotas de otros Fondos y Cuentas Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual y que a la fecha de los Estados Financieros tienen un fin distinto a ser ingresados a las Cuentas Individuales. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 124 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 F. Cuotas del Fondo de Riesgo Profesional Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual, estas primas recaudadas por el FCI, tienen como fin la transferencia a compañías de seguro, que se adjudicaron la administración de pago de prestaciones, de conformidad a la licitación realizada para este fin (*). G. Cuotas del Fondo de Riesgo Común Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual, estas primas recaudadas por el FCI, tienen como fin la transferencia a compañías de seguro, que se adjudicaron la administración de pago de prestaciones, de conformidad a la licitación realizada para este fin (*). H. Cuotas del Fondo de Riesgo Laboral Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual, estas primas recaudadas por el FCI, tienen como fin la transferencia a compañías de seguro, que se adjudicaron la administración de pago de prestaciones, de conformidad a la licitación realizada para este fin (*). (*) En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone: que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la ex - Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006. A partir de esta fecha solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. I. Cuotas de la Cuenta Básica Previsional Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización individual, tienen como fin el pago de la Pensión Mínima equivalente al Salario Mínimo Nacional. J. Cotizaciones en Exceso Representa los pagos realizados en exceso por los empleadores y afiliados que se encuentran pendientes de devolución. K. Descuadraturas menores Corresponde al saldo resultante de registrar las diferencias, en valor absoluto, menores al 10% del salario mínimo nacional vigente en el periodo de cotización, que se producen entre el total pagado según el resumen del Formulario de Pago de Contribuciones y lo calculado de acuerdo con la información proporcionada por el empleador o trabajador independiente en el detalle del mismo formulario, en conformidad a las normas vigentes. NOTA 34 - DEUDORES POR COTIZACIONES EN MORA Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se tiene como saldos registrados: 2010 Actual 2009 Nº de Anterior Nº de Mora presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago 165.245.537 3.910.902 83.586.321 7.782 961 495 159.290.350 4.914.593 68.139.970 8.512 1.144 524 Total 252.742.760 9.238 232.344.913 10.180 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 125 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC 105/2000 de fecha 11 de diciembre de 2000, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP) ha definido las normas contables sobre las cotizaciones en mora, las que son aplicadas a partir del mes de enero de 2001. De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC 096/2000 de 24 de agosto de 2000, el registro de las Cotizaciones en "Mora Presunta” se realiza una vez al mes, según los saldos actualizados del “Archivo General de Mora”. En este sentido los saldos de las cuentas descritas corresponden al último “Archivo General de Mora”. El procedimiento utilizado a la fecha para la estimación de la “Mora Presunta” es el establecido por la ex Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), en el Punto Tercero: “Presunción de Contribuciones en Mora” de la Resolución Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000. Dentro las gestiones administrativas, se han remitido dos Notificaciones de deuda a los distintos empleadores en mora en cada Oficina Regional en los plazos y fechas establecidas para este fin, de acuerdo al Punto Décimo Tercero: “Cronograma” de la Resolución Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, y de acuerdo al último “Archivo General de Mora” se identificaron a 5.636 y 7.337 empleadores, respectivamente, que se encuentran en gestión de Cobranza Administrativa y Cobranza Judicial. NOTA 35 - VALOR DE LA CUOTA Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el valor de la cuota alcanza a Bs. 469,6271 y de Bs. 434,8354, respectivamente. El valor cuota se obtiene de la división del saldo, en bolivianos, del Patrimonio del Fondo, entre el número de cuotas del Fondo al momento del cierre de las transacciones diarias. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 el número de cuotas asciende a 37.707.167,9595 y 34.649.520,7732, respectivamente. NOTA 36 - CUENTAS DE ORDEN a) Cotizaciones en mora Seguro Social Obligatorio La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2010, es la siguiente: Bs. Nº de casos Cotizaciones en Mora Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta 3.988.767 35.180.281 301 3.106 Total Gestión de Cobro 39.169.048 3.407 Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva Cotizaciones en cobranza por deuda presunta Total Cobranza Judicial 83.508.456 130.065.256 213.573.712 1.155 4.676 5.831 Total Cotizaciones en Mora 252.742.760 9.238 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 126 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2009, es la siguiente: Bs. Nº de casos Cotizaciones en Mora b) Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta 12.197.641 79.970.001 849 4.674 Total gestión de cobro 92.167.642 5.523 Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva Cotizaciones en cobranza por deuda presunta Total cobranza judicial 60.856.922 79.320.349 140.177.271 819 3.838 4.657 Total cotizaciones en mora 232.344.913 10.180 Cotizaciones en Mora Cuenta Básica Previsional Mediante el artículo 20º del Decreto Supremo No. 29423 de 6 de enero de 2008, se instruye a las AFP’s crear la “Cuenta Básica Previsional”, que debe ser utilizada exclusivamente para el pago de la fracción complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión Mínima, conforme determina la Ley No. 3785. Mediante la Resolución Administrativa SPVS/IP/No. 435/2008 de fecha 19 de mayo de 2008, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (Intendencia de Pensiones) en su artículo 7 definió las cuentas y analíticos para registrar la mora correspondiente a Cuenta Básica Previsional de acuerdo al siguiente detalle: La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2010, es la siguiente: Bs. Cotizaciones en Mora Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta Nº de casos 2.325 449.271 1 52 Total Gestión de Cobro 451.596 53 Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva Cotizaciones en cobranza por deuda presunta Total Cobranza Judicial 109.972 795.519 905.491 8 10 18 1.357.087 71 Total Cotizaciones en Mora Futuro de Bolivia S.A. - AFP 127 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2009, es la siguiente: Nº de casos Bs. Cotizaciones en Mora Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta Total gestión de cobro Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva Cotizaciones en cobranza por deuda presunta Total cobranza judicial Total cotizaciones en mora c) 105.333 979.767 15 78 1.085.100 93 - - 1.085.100 93 Deudores por entregas a la DP Corresponde a las transferencias realizadas a la Dirección de Pensiones - DP (ex - Dirección General de Pensiones), para que ésta realice el pago de pensiones por invalidez a los beneficiarios del antiguo sistema de seguridad social, dichas transferencias fueron objeto de conciliaciones entre la Administradora y la DP, por el período enero a diciembre de 2000, de cuyo resultado se ha determinado que la DP debe efectuar una devolución de Bs. 232.544 por cheques emitidos y no cobrados con antigüedad mayor a 12 meses, quedando pendiente, al 31 de diciembre de 2003, la conciliación de las transferencias efectuadas entre junio de 1998 a diciembre de 1999, de enero a octubre 2001 y todas las transferencias realizadas para el pago de pensiones a los beneficiarios que pertenecían a las Fuerzas Armadas de la Nación. El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 351.496.571 y Bs. 229.551.232 respectivamente. NOTA 37 - HECHOS RELEVANTES a) Conciliación Compensación de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas con el SENASIR En cumplimiento al Manual de Procedimientos para la conciliación y reposición de pagos de Compensación de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, emitida por el SENASIR mediante Resoluciones Administrativas Nº. 188 y 189 de 29 de septiembre de 2009, homologadas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones mediante Resolución Administrativa Nº 122 de 9 de octubre de 2009 y las Resoluciones Administrativas Nº 225 y 226 de 25 de noviembre de 2009 Ampliación del Manual de Procedimientos de conciliación y reposición de pagos de Compensación Mensual de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, homologadas por Resolución Administrativa Nº 200 de 27 de noviembre de 2009 de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. La conciliación realizada corresponde a los periodos julio de 2002 a agosto de 2010, procesos que se encuentran respaldados por las Actas de Conciliación suscritas por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones y el SENASIR, a continuación detallamos el resumen de este proceso de conciliación: La conciliación realizada corresponde a los periodos julio 2002 a agosto 2010, procesos que se encuentran respaldados por las Actas de Conciliación suscritas por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones y el SENASIR, a continuación detallamos el resumen de este proceso de conciliación: Futuro de Bolivia S.A. - AFP 128 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Planilla Cantidad Monto Desembolsado SENASIR Bs. Total Pagado Bs. Total Devuelto Bs. FF.AA. Regular 11.178 521.552 282.599.365 959.670.682 28.580.380 957.681.486 18.985 1.989.196 Total 532.730 988.270.047 986.261.866 2.008.181 Los detalles excluidos del proceso de conciliación antes descrito y que se encuentran en proceso de fiscalización por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, se desglosan como sigue: Planilla b) Cantidad Monto Desembolsado SENASIR Bs. FF.AA. Regular 4 203 6.801 281.920 Total 207 288.721 Redención Anticipada Bonos TGN En fecha 16 de octubre de 2009, el gobierno nacional decidió efectuar el rescate anticipado total de los Bonos del Tesoro con series TGN-N1A-09, TGN-N1B-09, TGN-N1C-09, TGN-N1D-09, TGN-N1E-09, TGNN1F-09, TGN-N1G-09 y TGN-N1H-09, emitidos durante la gestión 2009 y adquiridos obligatoriamente por los Fondos de Capitalización Individual (FCI) administrados AFP Futuro de Bolivia y BBVA Previsión AFP, según lo determinado mediante Decreto Supremo Nº 25722 de 31 de marzo de 2000. El monto correspondiente al rescate anticipado de los Bonos pertenecientes al FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, asciende a Bs. 410.7 millones y corresponde a 392 Bonos adquiridos entre los meses de enero y agosto de la gestión 2009 de acuerdo a lo determinado por la Resolución Ministerial Nº 580 de fecha 18 de diciembre de 2008 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y el Decreto Supremo Nº 29775 de 5 de noviembre de 2008, que aprueba la opción de rescate anticipado para dichos Bonos. c) AMETEX S.A. Durante la gestión 2010, ante la delicada situación de la empresa América Textil S.A. (Ametex), agravada por la separación de Bolivia de los beneficios del ATPDEA, se han llevado a cabo diversas reuniones de la Junta de Acreedores (JA) y de la Asamblea General de Tenedores de Bonos (AGTB), en la búsqueda continua de alternativas de solución que garanticen el repago de la deuda, las fuentes de trabajo que genera la empresa y el mantenimiento de su aparato productivo exportador. Como resultado de ello, a lo largo de la gestión 2010 la Junta de Acreedores y la Asamblea General de Tenedores de Bonos asumieron medidas que refuerzan y ampliaron la iniciativa inicial de concesión de un plazo de gracia de dos años para el pago de capital y la reducción de la tasa de interés en un 90%, aprobada durante la gestión 2008. Estas medidas determinaron una importante reducción de la deuda de la empresa mediante daciones en pago de diversos activos de la empresa, a favor de varios acreedores distintos al FCI, operaciones que en todos los casos incluyeron el reconocimiento de quitas que oscilan entre 64% y 92% del monto de la deuda original. Con ello, no sólo se logró reducir la deuda de Ametex, con el alivio consiguiente en sus flujos de caja, sino también se logró la liberación de activos en garantía a favor de los acreedores restantes, mismos que pasan a formar parte del Paquete Colateral Libre definido en el respectivo Acuerdo de Transacción. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 129 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Al 31 de diciembre de 2010 Ametex se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones financieras, según el Acuerdo de Transacción suscrito con sus acreedores y las posteriores modificaciones a la estructura de la deuda, aprobadas por la Junta de Acreedores y la AGTB. d) Hidroeléctrica Boliviana S.A. En fecha 22 de noviembre de 2009 se ha concluido con el proceso de reestructuración de la deuda que mantenía la empresa Hidroeléctrica Boliviana S.A., por concepto de la emisión de los Bonos Hidroeléctrica II. Dicho proceso ha involucrado, para el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A.- AFP, la inversión en los nuevos valores de titularización (VTD) “Hidrobol – Nafibo 016”, a cambio de la entrega de la totalidad de Bonos Hidroeléctrica II que formaban parte de su portafolio de inversiones, además de la entrega de Bonos del Tesoro General de la Nación (TGN) y Efectivo. A la culminación del mencionado proceso, el FCI ha dejado de invertir directamente en Hidroeléctrica Boliviana S.A. al entregar todos sus Bonos Hidroeléctrica II por un total equivalente a $us. 23.8 millones, más $us. 29.8 millones en Bonos del TGN y $us. 19.9 millones en efectivo, a cambio de la adquisición de los nuevos VTD preferidos (Serie B) “Hidrobol – Nafibo 016” por el equivalente a $us. 80.7 millones, habiéndose generado una ganancia para el FCI de aproximadamente $us. 7.2 millones. Asimismo, el FCI realizó la venta en el ruedo de la Bolsa Boliviana de Valores de las acciones preferidas de Hidroeléctrica Boliviana S.A. que formaban parte de su portafolio de inversiones, por un monto aproximado de $us. 1.3 millones. Entre las bondades de la nueva inversión se cuenta con un 57% de su capital coberturado mediante los flujos provenientes de los Bonos del TGN, además de que se tiene establecida una prioridad en el pago de su capital e interés al ser una emisión preferida en relación a la acreencia que mantiene la empresa relacionada Tenaska Capital Inc. Asimismo, la emisión de los VTD cuenta con mecanismos de cobertura que garantizan el flujo de pagos por hasta 10 meses en los cuales la empresa no llegue a generar los recursos mínimos necesarios, habiéndose asimismo eliminado el “balloon-payment” de aproximadamente $us. 33 millones que debía efectuar Hidroeléctrica Boliviana S.A. al vencimiento de los Bonos Hidroeléctrica II. Por último, Tenaska Capital Inc. realizó la capitalización de aproximadamente $us. 19.4 millones de los Bonos Hidroeléctrica II que mantenía, canjeando los mismos por acciones ordinarias de Hidroeléctrica Boliviana S.A. de nueva emisión, lo que significa un aumento del patrimonio de la empresa, una reducción de su deuda y el consiguiente alivio en sus flujos de caja. Bajo dichos argumentos, se ha logrado una mejoría crediticia en la inversión, pasando de una calificación “C“ que mantenían los antiguos Bonos Hidroeléctrica II, y “cc” para las Acciones Preferidas Hidroeléctrica,, a la nueva calificación asignada a los VTD de “Grado de Inversión”, correspondiendo el rating “BBB3” según Fitch Ratings y “A1”, según Pacific Credit Ratings. e) Transferencia de Acciones a ENDE En fecha 9 de septiembre de 2009, mediante Decreto Supremo Nº 0289, el gobierno nacional determinó la transferencia a título gratuito en favor de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), de las acciones que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. correspondientes a Empresa Eléctrica Corani S.A., Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A. y Empresa Eléctrica Guaracachi S.A., modificándose en consecuencia la estructura financiera del FCC. f) Aprobación Nueva Ley de Pensiones La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado Futuro de Bolivia S.A. - AFP 130 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos). I. II. III. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. II. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 131 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS III. IV. V. VI. VII. VIII. MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la Seguridad Social de Largo Plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 establece que las AFP’s deberán concluir: I. II. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación Futuro de Bolivia S.A. - AFP 132 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 38 – FLUJO DE EFECTIVO DEL FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL En cumplimiento a lo instruido en el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, a continuación detallamos las notas explicativas correspondientes: 1) RECAUDACIÓN Corresponde a monto total en bolivianos de toda la recaudación recibida por concepto de Contribuciones (Cotizaciones Mensuales, Cotizaciones Adicionales, Depósitos Voluntarios de Beneficios Sociales, Primas de Riesgo Común, Profesional, Laboral), Comisiones e Intereses por Mora destinados al FCI, además del interés Incremental destinado a la AFP. Las cuentas corrientes recaudadoras en las gestiones 2010 y 2009, registran abonos por Bs. 1.711.381.627 y Bs. 1.549.262.388 respectivamente. 2) TRASPASOS NETOS DESDE OTRAS AFP’s Corresponde al monto total en Bolivianos recibido desde la otra AFP (AFP Previsión BBVA), por traspasos de saldos de Cuentas Individuales de Afiliados que optaron por traspasarse de AFP y Cotizaciones Rezagadas. El monto proviene de la compensación de fondos en el proceso de traspaso cuando el monto a traspasar por la AFP es menor al importe a recibir, estos montos para la gestión 2010 y 2009 son Bs. 29.577.771 y Bs. 7.269.078 respectivamente. 3) REINTEGRO DE CARGOS BANCARIOS Corresponde al monto en bolivianos de los depósitos realizados por la AFP, para financiar cargos bancarios registrados en los extractos bancarios de las Cuentas Recaudadoras, Cuentas de Administración de Cartera en el País, Cuentas de Desembolsos y Cuentas por Cobrar a la AFP, el total de abonos en cuentas corrientes en la gestión 2010 es Bs. 4.419.466, no registra abonos en la gestión 2009. 4) INTERESES PERCIBIDOS SOBRE CUENTAS CORRIENTES Corresponde al monto total en bolivianos, de los intereses percibidos que generan las cuentas corrientes del Fondo de Capitalización Individual – FCI en bancos, la capitalización de intereses en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 72.616 y Bs. 4.165.126 respectivamente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 133 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS 5) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 CORTE DE CUPÓN Corresponde al monto total en bolivianos, por concepto de intereses cobrados, por vencimiento de cupones de valores con cupones registrados en la cartera de inversiones del Fondo de Capitalización Individual – FCI, los abonos en cuentas corrientes de administración de cartera en las gestiones 2010 y 2009, alcanzan a Bs.778.931.541 y Bs.739.124.258 respectivamente. 6) INTERESES POR VENCIMIENTOS EN DÍAS INHÁBILES Corresponde al los intereses percibidos por el vencimiento de inversiones del Fondos de Capitalización Individual - FCI en días inhábiles, las cuentas corrientes de administración de cartera en el país, no registran saldo en la gestión 2010, en la gestión 2009 los abonos son por Bs.1.364. 7) RESCATE DE INVERSIONES Corresponde a todos los rescates de inversiones que se realicen en el periodo que se está informando, excepto los dividendos y cortes de cupón, ya que estos conceptos deben ser informados en los ítems que corresponda. Por rescate se debe entender la liquidación de cualquier concepto de inversiones mantenidas, el total de abonos en cuentas corrientes de administración de cartera por vencimiento de títulos valores registrados en la Cartera de Inversiones del Fondo de Capitalización Individual - FCI, en las gestiones 2010 y 2009 es de Bs. 1.368.814.381 y Bs. 1.433.334.425 respectivamente. 8) RECAUDACIÓN DE RENTA CC MENSUAL Corresponde al total de abonos mensuales que realiza el Tesoro General de la Nación por gestión que realiza el SENASIR, para el pago de la Compensación Mensual de Cotizaciones a los jubilados destinatarios, los abonos en la cuenta corriente habilitada para este concepto, en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 305.206.085 y Bs. 253.045.651 respectivamente. 9) RECAUDACIÓN COMPENSACIÓN GLOBAL DE COTIZACIONES Corresponde al total en bolivianos abonados mensualmente por el Tesoro General de la Nación por gestión del SENASIR, para el pago de este beneficio a los destinatarios de este beneficio otorgados por el sistema de reparto, los abonos en la cuenta corriente habilitada para este concepto, en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 2.857.255 y Bs. 2.655.045 respectivamente. 10) TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DESDE OTRAS AFP’s Corresponde al monto total en bolivianos, por la transferencia del total del capital acumulado de afiliados de AFP Previsión BBVA que optaron por jubilarse en Mensualidad Vitalicia Variable administrada por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, las transferencia desde AFP Previsión en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 6.644.663 y Bs. 3.359.905 respectivamente. 11) RECAUDACIÓN DE FRACCIÓN COMPLEMENTARIA FF.AA. Corresponde al total en bolivianos abonados mensualmente por el Tesoro General de la Nación por gestión del SENASIR, para el pago de la Fracción Complementaria a miembros de las Fuerzas Armadas, los abonos en la cuenta corriente habilitada para este concepto, en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 7.400.748 y Bs. 4.033.976 respectivamente 12) OTROS INGRESOS Corresponde al monto en bolivianos de cualquier otro ingreso de efectivo que no se encuentre incluido en alguno de los ítems anteriores y que no implique una disminución de la cartera de inversiones, de Futuro de Bolivia S.A. - AFP 134 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 inversiones que transitoriamente se han registrado como activo exigible, como por ejemplo inversiones que han vencido y no se han rescatado oportunamente, habiéndolas rebajado de la cartera de inversiones del Fondo de Capitalización Individual - FCI, o de los recursos de alta liquidez, Cuando se utiliza esta ítem, se deberá hacer un desglose por los conceptos que la conforman, utilizando para ello el formato de Notas Explicativas del Informe Diario, el registro por abonos en este rubro en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 147.119.414 y Bs. 135.096.704 respectivamente. 13) COMISIONES PAGADAS A LAS AFP’s POR ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES Corresponde al monto en bolivianos de las comisiones efectivamente pagadas a la AFP por concepto de servicio de afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 60.982.562 y Bs. 54.080.910 respectivamente. 14) COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR ADMINISTRACIÓN DE PORTAFOLIO Corresponde al monto en bolivianos de las comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de administración de portafolio, de acuerdo a Resolución Administrativa SPVS-P-No. 124/99, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 15.541.137 y Bs. 15.567.274 respectivamente. 15) COMISIONES PAGADAS AL CUSTODIO Corresponde al monto en bolivianos de las comisiones efectivamente pagadas a la entidad de custodia, por la custodia de valores del Fondo de Capitalización Individual - FCI, de acuerdo a Resolución Administrativa SPVS-P-No. 32/99, los pagos a la EDV en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs.3.774.155 y Bs. 3.174.011 respectivamente. 16) COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR PAGO DE LA RENTA DE CC MENSUAL Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de pago de jubilación Compensación Mensual de Cotizaciones, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 2.735.003 y Bs. 2.859.297 respectivamente. 17) COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR PAGO DE PENSION MVV Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de pago de jubilación Mensualidad Vitalicia Variable, los pagos en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 429.244 y Bs. 269.456 respectivamente. 18) COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR TRANSFERENCIA DE PRIMAS A COMPAÑÍAS ASEGURADORAS Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones - AFP, por la transferencia de Primas de Riesgo Común, Profesional y Laboral acreditadas en favor de las Compañías de Seguro La Vitalicia y Provida, a las que se deduce el 11% por concepto de comisión a favor de la AFP por servicios prestados, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 280.214 y Bs. 53.686 respectivamente. 19) COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR RENTA MENSUAL FF.AA. Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de pago de jubilación Fracción Complementaria a miembros de las Fuerzas Armadas, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 58.165 y Bs. 46.335 respectivamente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 135 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS 20) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR PRIMAS RIESGO COMÚN, PROFESIONAL Y LABORAL Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones del 0,85% efectivamente pagadas a la Administradora de Fondos de Pensiones, por concepto de primas Riesgo Común, Profesional y Laboral acreditadas a partir del periodo de aportes del mes de noviembre de 2006, los pagos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 3.118.458 y Bs. 3.774.824 respectivamente. 21) TRASPASOS NETOS HACIA OTRAS AFP’s Corresponde al monto total en bolivianos enviados a otras AFP’s, por traspasos de saldos en Cuentas Individuales de afiliados que optaron por traspasarse de Administradora de Fondos de Pensiones - AFP y cotizaciones rezagadas. El monto registrado proviene de la compensación de fondos en el proceso de traspaso cuando el monto a traspasar por la AFP es mayor al importe a recibir, las transferencias a AFP Previsión en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 60.174.841 y Bs. 33.416.402 respectivamente. 22) GASTOS DE TRANSACCIÓN Corresponde al monto total en bolivianos de pagos efectivamente realizados, corresponde a pagos a operadores (persona natural o jurídica que realiza directamente operaciones de compra venta de valores en los mercados autorizados), derivados exclusivamente de servicios prestados en la compra y venta de valores en conformidad al artículo 267 de D.S. 24469, los pagos a intermediarios financieros en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 284.083 y Bs. 81.782 respectivamente. 23) DEVOLUCIÓN DE PAGOS EN EXCESO Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente devuelto a los empleadores y/o afiliados por concepto de devolución de contribuciones pagadas en exceso y que fueron ingresadas al Fondo de Capitalización Individual - FCI. Las solicitudes deberán ser aceptadas por la Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP de acuerdo a normas vigentes, las devoluciones en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 624.626 y Bs. 589.892 respectivamente. 24) CARGOS BANCARIOS Corresponde al monto total en bolivianos de los cargos efectuados en las cuentas corrientes bancarias del Fondo de Capitalización Individual - FCI, reflejados en los respectivos extractos bancarios, los mismos que son autorizados o instruidos por el FCI cuyo destino es la provisión de fondos a entidades pagadoras de prestaciones, recaudaciones abonadas en exceso, estos cargos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 364.130.228 y Bs. 319.740.992 respectivamente. 25) RESCATE CUOTAS DEL FCC Corresponde al monto total en bolivianos, por el rescate de cuotas del Fondo de Capitalización Colectiva, en la gestión 2010 el FCC no rescata cuotas por inversiones en el FCI, en la gestión 2009 los rescates son por Bs. 160.700.000. 26) INTERÉS INCREMENTAL Corresponde al total en bolivianos efectivamente cobrado por la Administradora de Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de interés incremental, de acuerdo a normas establecidas por el organismo fiscalizador, en las gestiones 2010 y 2009 la AFP ha cobrado al FCI Bs. 1.775.987 y Bs. 1.980.900 respectivamente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 136 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 27) PRESTACIONES Y BENEFICIOS PAGADOS POR RIESGO COMÚN Corresponde al monto en bolivianos pagados efectivamente en el día del reporte, por concepto de pago de prestaciones de invalidez, muerte y gastos funerarios a los afiliados registrados o sus derechohabientes, cuyo origen de invalidez o muerte haya sido por Riesgo Común, los pagos por los conceptos detallados en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 15.784.887 y Bs. 10.338.579 respectivamente. 28) PRESTACIONES Y BENEFICIOS PAGADOS POR RIESGO PROFESIONAL AL SSO Corresponde al monto total en bolivianos pagados efectivamente, por pago de prestaciones de invalidez, muerte, indemnización global y gastos funerarios a los afiliados registrados o a sus derechohabientes, cuyo origen de invalidez o muerte haya sido por Riesgo Profesional, los pagos por los conceptos detallados en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 3.922.086 y Bs. 2.520.029 respectivamente. 29) DESEMBOLSOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES - SENASIR Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente transferido al SENASIR ex - Dirección General de Pensiones para pago de pensiones a los rentistas por Riesgos Profesionales del Sistema de Reparto, los montos desembolsados en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 51.542.342 y Bs. 50.606.986 respectivamente. 30) PAGO DE RETIROS MÍNIMOS Corresponde al monto en bolivianos efectivamente pagado por concepto de pago de invalidez, vejez y muerte a los afiliados registrados o a sus derechohabientes, que no cumplen los requisitos para acceder a las prestaciones del Seguro de Riesgo Común o cuyo capital acumulado nos les permite optar por el Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia Variable, los pagos de este beneficio en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 35.994.143 y Bs. 30.076.878 respectivamente. 31) PAGO MASA HEREDITARIA Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagado, por concepto de entrega a herederos establecidos en la declaratoria de herederos del Capital Acumulado del causante, los pagos en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 3.766.669 y Bs. 3.539.525 respectivamente. 32) PAGOS DE BENEFICIOS MVV Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados por concepto de prestaciones por vejez, muerte y gastos funerarios, cuando los afiliados registrados o sus derechohabientes contraten Mensualidades Vitalicias Variables, estos pagos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 16.098.977 y Bs. 10.028.261 respectivamente. 33) PAGOS RENTA DE CC MENSUAL Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados por concepto de Compensación Mensual de Cotizaciones a afiliados jubilados beneficiarios de esta compensación, estos pagos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 119.229.855 y Bs. 97.499.884 respectivamente. 34) PAGOS RENTA DE CC MENSUAL FC Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados por concepto de Fracción Complementaria a miembros de las Fuerzas Armadas, estos pagos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 5.490.025 y Bs. 3.118.370 respectivamente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 137 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS 35) MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 DEVOLUCIÓN DE APORTES Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados, por concepto de devolución de aportes al Seguro Social Obligatorio, para las personas que tengan este derecho de acuerdo a normas legales vigentes y normas emitidas por el organismo fiscalizador, en las gestiones 2010 y 2009 estas devoluciones llegan a Bs. 146.298 y Bs. 303.803 respectivamente. 36) TRANSFERENCIA DE SALDOS DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES A ASEGURADORAS Corresponde al monto total en bolivianos transferidos a las entidades aseguradoras, por concepto de saldos de cuentas individuales, de los afiliados que optaron por la Modalidad de Jubilación Seguro Vitalicio, las transferencias en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 13.130.362 y Bs. 16.764.934 respectivamente. 37) PAGO A ENTES GESTORES DE SALUD Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados a los entes gestores de salud por concepto de descuento del 3% de las prestaciones de Riesgo Común, Profesional y Laboral, 3% y 5% (Fuerzas Armadas) de la Compensación Mensual de Cotizaciones, Fracción Complementaria Fuerzas Armadas y Mensualidad Vitalicia Variable, estos pagos en la gestiones 2010 y 2009 totalizan Bs. 10.350.588 y Bs. 8.131.297 respectivamente. 38) FINANCIAMIENTO DE GASTOS MÉDICOS Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados con recursos de los seguros de Riesgo Común, Profesional y Laboral, por concepto de exámenes e informes especiales para realizar la calificación del estado de invalidez de los afiliados, así como los gastos de traslado requeridos para la evaluación. La gestión 2010 no registra estos pagos y en la gestión 2009 totalizan Bs. 78.755. 39) TRASPASOS DE PRIMAS A COMPAÑÍAS ASEGURADORAS Corresponde a monto total en bolivianos efectivamente transferidos a las entidades aseguradoras, por concepto de recaudación de primas correspondiente a los periodos de cotización, noviembre 2001 a octubre 2006, destinadas a cubrir el Riesgo Profesional, Riesgo Común y Riesgo Laboral, administrados por las Compañías Aseguradoras La Vitalicia y Provida, estas transferencias en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 2.464.829 y Bs. 2.210.132 respectivamente. 40) TRASPASOS DE COTIZACIONES AL TGN PARA INCREMENTO RENTA (2% ) Corresponde a los traspasos que se realicen al Tesoro General de la Nación, por voluntad de los afiliados, para mejorar sus rentas, en la gestión 2010 no se registran estas transferencias de fondos, en la gestión 2009 totalizan Bs. 51.844. 41) INVERSIONES REALIZADAS Corresponde al monto total en bolivianos de cualquier inversión que se realice con los recursos del FCI y que impliquen una disminución de liquidez de este fondo, el total de desembolsos de las cuentas corrientes de administración de cartera para la adquisición de inversiones en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 3.792.101.129 y Bs. 3.316.442.357 respectivamente. 42) TRANSFERENCIA SALDO COTIZACIONES MENSUALES FALLECIDOS Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente transferidos a las Compañías Aseguradoras La Vitalicia y Provida de los aportes acumulados de afiliados fallecidos en el periodo Noviembre 2001 a Futuro de Bolivia S.A. - AFP 138 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Octubre 2006, estas transferencias en las gestiones 2010 y 2009 totalizan Bs. 885.077 y Bs. 2.105.064 respectivamente. 43) TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A OTRAS AFPs Corresponde al monto total en bolivianos, por la transferencia efectiva del total del capital acumulado de afiliados de Futuro de Bolivia S.A. - AFP que optaron por jubilarse en Mensualidad Vitalicia Variable administrada por AFP Previsión BBVA, las transferencias de fondos a la AFP destino en las gestiones 2010 y 2009 totalizan Bs. 3.652.151 y Bs. 7.529.779 respectivamente. 44) TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL TGN APORTES FUERZAS ARMADAS Corresponde al monto total en bolivianos, por la transferencia efectiva de aportes de miembros de las Fuerzas Armadas al Tesoro General de la Nación, estas transferencias en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 363.597 y Bs. 1.065.079 respectivamente. 45) OTROS EGRESOS Corresponde al monto en bolivianos de cualquier otro egreso de efectivo, que no se encuentre incluido en alguno de los ítems anteriores y que no implique un aumento de otro activo, excepto de cuentas por cobrar. Cuando se usa esta partida, se deberá hacer un desglose por los conceptos que lo conforman utilizando el formato de Notas Explicativas del Informe Diario, el registro por cargos en este rubro en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 51.493.006 y Bs. 66.244.872 respectivamente. NOTA 39 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que el Fondo de Capitalización Individual no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 40 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. • Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 139 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 • Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 140 ESTADOS FINANCIEROS CUENTA COLECTIVA DE SINIESTRALIDAD DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 142 143 144 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo la situación de activos y pasivos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 142 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 1 2009 Bs. ACTIVO 1.7.1.01 Inversiones en el FCI 5.1 TOTAL DEL ACTIVO 2 2010 Bs. 667.227.639 468.160.164 667.227.639 468.160.164 667.227.639 468.160.164 667.227.639 468.160.164 PASIVO 2.1.6.05 Primas por Transferir RC 5.2 TOTAL DEL PASIVO Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 143 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El objetivo de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento. Los recursos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual, tal cual lo establece el inciso a) del Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones. La Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre dicho patrimonio. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo N° 53 de la Ley de Pensiones a partir de la fecha en que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009, determine que el riesgo común sea asumido por una entidad aseguradora, todos los recursos de esta Cuenta serán transferidos a dicha entidad y considerados reservas matemáticas de la misma. En la gestión 1999, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Resolución Administrativa SPVS - IP N° 114/99, determina que los excedentes, sobre la necesidad de los saldos actuariales existentes en la Cuenta de Siniestralidad al 31 de mayo de 1999, deberán ser distribuidos en las cuentas individuales de los afiliados, en proporción del aporte de cada afiliado. En este sentido mediante carta SPVS IP - DP - 1112/99 del 9 de septiembre de 1999 determina que el monto de Bs. 134.691.625 correspondiente a la Cuenta de Siniestralidad debe ser traspasado a las cuentas individuales de los afiliados. La ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 se transfieran los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25% respectivamente. En fecha 1° de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP’s transfirieron los fondos de los riesgos, a partir del 1° de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas. De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia Futuro de Bolivia S.A. - AFP 144 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones solicitó la actualización de la información proporcionada para la determinación de la reservas IBNR. Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos y no reportados al 1° de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia, los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional, al 1° de noviembre de 2001. A partir del 1 de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la cobertura de los Riesgos de Siniestralidad, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral, son administrados totalmente por las Administradoras de Fondos de Pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES Los principios contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del estado financiero El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, y fue elaborado de acuerdo con las Resoluciones Administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente aceptadas en Bolivia excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero. 2.2 Período cubierto por el estado financiero El presente estado financiero de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009. 2.3 Estado financiero comparativo El presente estado financiero de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad corresponde al ejercicio del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009. 2.4 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota, cálculo que procesa el FCI diariamente. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 145 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 b) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. c) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo de efectivo. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs. 667.227.639 y Bs. 468.160.164, respectivamente. 5.2. Pasivo pendiente de ser Transferido a las Compañías de Seguro Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el pasivo pendiente de ser transferido a las compañías de seguro, según corresponda, está formado por las primas mensuales deducidas del total ganado de los afiliados que tengan una cuenta individual en el Seguro Social Obligatorio, acreditadas hasta el cierre del ejercicio, de acuerdo con el artículo N° 21 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones, más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos y menos los beneficios pagados, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2010 2009 Primas por transferir a entidades aseguradoras Prestaciones pagadas por muerte Beneficios de gastos funerarios pagados Prestaciones pagadas por invalidez 780.542.137 (71.630.914) (7.025.437) (34.658.147) 541.761.953 (45.844.848) (5.777.264) (21.979.677) Total pasivo pendiente a ser transferido 667.227.639 468.160.164 En el periodo comprendido de enero a diciembre 2010 y 2009, se han traspasado Bs. 1.462.427 y Bs. 1.213.043 respectivamente, a entidades aseguradoras, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 6 al estado financiero. Cabe aclarar que al saldo de esta cuenta, se le ha deducido Bs. 134.691.625 traspasado a las cuentas individuales de los afiliados, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1 al estado financiero. NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO DE LA CUENTA DE SINIESTRALIDAD De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por Riesgo Común y Riesgo Profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones mediante las Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1° de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de Riesgo Común y Riesgo Profesional del Seguro Social Obligatorio, a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 146 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina) efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de la reservas técnicas por Riesgo Común y Riesgo Profesional correspondientes al período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001, en un monto de $us. 116.342.758, con la siguiente distribución: Previsión $us. Riesgo Común Riesgo Profesional Futuro $us. Total $us. 39.421.895 16.765.545 44.693.427 15.461.891 84.115.322 32.227.436 56.187.440 60.155.318 116.342.758 En el periodo comprendido de enero a diciembre de 2010, se efectuaron las siguientes transferencias: Monto Transferido Detalle Seguros La Vitalicia Seguros Provida Total Riesgo Común Riesgo Profesional Riesgo Laboral 1.133.995 985.000 12.767 328.432 306.169 3.108 1.462.427 1.291.169 15.875 Total Transferido por Primas Recaudadas 2.131.762 637.709 2.769.471 Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2010, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones correspondientes. En el periodo comprendido de enero a diciembre de 2009, se efectuaron las siguientes transferencias: Monto Transferido Detalle Riesgo Común Riesgo Profesional Riesgo Laboral Total Transferido por Primas Recaudadas Seguros La Vitalicia Seguros Provida Total 923.275 891.195 4.921 289.768 274.596 1.008 1.213.043 1.165.791 5.929 1.819.391 565.372 2.384.763 Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2009, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones correspondientes. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1° de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 147 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos). I. II. III. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. II. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 148 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 III. IV. V. VI. VII. VIII. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo”. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir: I. II. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral Futuro de Bolivia S.A. - AFP 149 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 8 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta Colectiva de Siniestralidad no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • • • • • • • • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 150 ESTADOS FINANCIEROS CUENTA DE RIESGO PROFESIONAL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 152 153 154 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 152 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) 2010 Bs. Nota 1 ACTIVO 1.7.1.01 Inversiones en el FCI 5.1 TOTAL DEL ACTIVO 2 2009 Bs. 570.221.827 424.624.324 570.221.827 424.624.324 570.221.827 424.624.324 570.221.827 424.624.324 PASIVO 2.1.6.04 Primas por Transferir RP 5.2 TOTAL DEL PASIVO Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 153 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El objetivo de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento como consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Los recursos de la Cuenta de Riesgo Profesional administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual, tal cual lo establece el inciso a) del Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones. La Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. Los bienes y derechos de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. La ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 se transfieran los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25% respectivamente. En fecha 1° de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP’s transfirieron los fondos de los riesgos, a partir del 1 de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex - Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1º de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas. De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros actual, Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones solicitó la actualización de la información proporcionada para la determinación de la reservas IBNR. Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos y no reportados al 1º de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia, los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional, al 1º de noviembre de 2001. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 154 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS A partir del 1º de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo profesional y riesgo laboral, son administrados totalmente por las administradoras de fondos de pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES Los principios contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del estado financiero El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente aceptadas en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero. 2.2 Período cubierto por los estados financieros El presente estado financiero de la Cuenta de Riesgo Profesional corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009. 2.3 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota, cálculo que procesa el FCI diariamente. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. c) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo de efectivo. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 155 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs. 570.221.827 y Bs. 424.624.324, respectivamente. 5.2 Pasivo pendiente de ser Transferido a las Compañías de Seguro Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el pasivo no transferido a las compañías de seguro está formado por las primas mensuales patronales acreditadas hasta el cierre del ejercicio, de acuerdo con el artículo N° 49 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones, más los rendimientos abonados por la inversión en el Fondo de Capitalización Individual y menos los beneficios pagados, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2010 Primas por transferir a entidades aseguradoras Entregas al SENASIR Prestaciones Pagadas Total pendiente a ser transferido 2009 955.552.783 (351.496.571) (33.834.385) 676.958.158 (229.551.232) (22.782.602) 570.221.827 424.624.324 NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO PROFESIONAL De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996, y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde los Fondos de Pensiones a Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones ex Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros mediante Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1° de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y riesgo profesional del Seguro Social Obligatorio a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina), efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de las reservas técnicas por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001 en un monto de $us. 116.342.758 con la siguiente distribución: Previsión $us. Futuro $us. Total $us. Riesgo Común Riesgo Profesional 39.421.895 16.765.545 44.693.427 15.461.891 84.115.322 32.227.436 Totales 56.187.440 60.155.318 116.342.758 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 156 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS En el periodo de enero a diciembre de 2010, se efectuaron las siguientes transferencias, de primas acreditadas cuyos periodos de aportes corresponden a noviembre 2001 a octubre 2006: Monto Transferido en Bolivianos Detalle Seguros La Vitalicia Seguros Provida Total Riesgo Común Riesgo Profesional Riesgo Laboral 1.133.995 985.000 12.767 328.432 306.169 3.108 1.462.427 1.291.169 15.875 Total Transferido por Primas Recaudadas 2.131.762 637.709 2.769.471 Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2010, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones correspondientes. En el periodo de enero a diciembre de 2009, se efectuaron las siguientes transferencias: Monto Transferido en Bolivianos Detalle Riesgo Común Riesgo Profesional Riesgo Laboral Total Transferido por Primas Recaudadas Seguros La Vitalicia Seguros Provida Total 923.275 891.195 4.921 289.768 274.596 1.008 1.213.043 1.165.791 5.929 1.819.391 565.372 2.384.763 Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2009, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones correspondientes. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1° de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas desde el periodo octubre 2001 hasta el 31 de octubre de 2006. De acuerdo a lo instruido en la Ley N° 3785 de 23 de noviembre de 2007 y la R.A. SPVS/IP 198 de 27 de febrero de 2008, la Cuenta de Riesgo Profesional financiara a la Cuenta Básica Previsional con el 20% de las primas recaudadas y acreditadas en forma mensual, a partir del periodo diciembre 2007. NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Futuro de Bolivia S.A. - AFP 157 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos). I. II. III. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. II. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. III. IV. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 158 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 V. VI. VII. VIII. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir: I. II. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral Futuro de Bolivia S.A. - AFP 159 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 8 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta de Riesgo Profesional no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • • • • • • • • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 160 ESTADOS FINANCIEROS CUENTA DE RIESGO LABORAL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 162 163 164 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 162 ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 1 2009 Bs. ACTIVO 1.7.1.01 Inversiones en el FCI 5.1 TOTAL DEL ACTIVO 2 2010 Bs. 5.688.026 3.709.137 5.688.026 3.709.137 5.688.026 3.709.137 5.688.026 3.709.137 PASIVO 2.1.6.06 Primas por Transferir RL 5.2 TOTAL DEL PASIVO Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 163 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El objetivo de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con contratos por producto, con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento. Los recursos de la Cuenta de Riesgo Laboral administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual. La Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. Los bienes y derechos de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. La ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009 determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, se transfieran en la gestión 2001 los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25% respectivamente. En fecha 1° de noviembre de 2001 las Administradoras firmaron el contrato de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s trasfirieron los fondos de los riesgos, a partir del 1º de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex - Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1º de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas. De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, solicitó la actualización de la información proporcionada para la determinación de las reservas IBNR. Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos y no reportados al 1º de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia, los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional, al 1º de noviembre de 2001. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 164 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS A partir del 1° de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo profesional y riesgo laboral, son administrados totalmente por las administradoras de fondos de pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la ex Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES Los principios contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del estado financiero El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente aceptadas en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero. 2.2 Período cubierto por los estados financieros El presente estado financiero de la Cuenta de Riesgo Laboral corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009. 2.3 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota, cálculo que procesa el FCI diariamente. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. c) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo efectivo. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 165 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs. 5.688.026 y Bs. 3.709.137, respectivamente. 5.2 Pasivo pendiente de ser Transferido a las Compañías de Seguro Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el pasivo no transferido a las compañías de seguro, está formado por las primas mensuales laborales acreditadas hasta el cierre del ejercicio, más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2010 2009 Primas por transferir a entidades aseguradoras 5.688.026 3.709.137 Total pendiente a ser transferido 5.688.026 3.709.137 En el periodo comprendido de enero a diciembre 2010 y 2009, se han traspasado Bs. 15.875 y Bs. 5.929, respectivamente, a entidades aseguradoras, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 6 al estado financiero. NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO LABORAL De acuerdo con los artículos N° 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones ex - Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros mediante las Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1° de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y riesgo profesional del Seguro Social obligatorio, a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina) efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de la reserva técnica por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001, en un monto de $us. 116.342.758, con la siguiente distribución: Previsión $us. Futuro $us. Total $us. Riesgo Común Riesgo Profesional 39.421.895 16.765.545 44.693.427 15.461.891 84.115.322 32.227.436 Totales 56.187.440 60.155.318 116.342.758 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 166 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Durante el periodo comprendido de enero a diciembre de 2010, se efectuaron las siguientes transferencias correspondiente a primas acreditadas por los periodos de aporte Noviembre 2001 a Octubre 2006: Monto Transferido en Bolivianos Detalle Seguros La Vitalicia Seguros Provida Total Riesgo Común Riesgo Profesional Riesgo Laboral 1.133.995 985.000 12.767 328.432 306.169 3.108 1.462.427 1.291.169 15.875 Total Transferido por Primas Recaudadas 2.131.762 637.709 2.769.471 Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2010, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones correspondientes. Durante el periodo comprendido de enero a diciembre de 2009, se efectuaron las siguientes transferencias: Monto Transferido en Bolivianos Detalle Riesgo Común Riesgo Profesional Riesgo Laboral Total Transferido por Primas Recaudadas Seguros La Vitalicia Seguros Provida Total 923.275 891.195 4.921 289.768 274.596 1.008 1.213.043 1.165.791 5.929 1.819.391 565.372 2.384.763 Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2009, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones correspondientes. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas desde el periodo noviembre 2001 hasta el 31 de octubre de 2006. De acuerdo a lo instruido en la Ley N° 3785 de 23 de noviembre de 2007 y la R.A. SPVS/IP 198 de 27 de febrero de 2008, la Cuenta de Riesgo Laboral financiara a la Cuenta Básica Previsional con el 20% de las primas recaudadas y acreditadas en forma mensual, a partir del periodo diciembre 2007. NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex - Superintendencia de Pensiones, y la Ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones Futuro de Bolivia S.A. - AFP 167 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos). I. II. III. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. II. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. III. IV. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 168 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 V. VI. VII. VIII. a) b) NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la Seguridad Social de Largo Plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir: I. II. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral Futuro de Bolivia S.A. - AFP 169 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la Ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 8 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta de Riesgo Laboral no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • • • • • • • • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFPs harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 170 ESTADOS FINANCIEROS CUENTA BÁSICA PREVISIONAL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 172 173 174 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las notas 1 a 7 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo la situación de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 172 ESTADO FINANCIERO MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota 1 2009 Bs. ACTIVO 1.7.1.01 Inversiones en el FCI 4.1 TOTAL DEL ACTIVO 2 2010 Bs. 304.511.707 203.243.767 304.511.707 203.243.767 304.511.707 203.243.767 304.511.707 203.243.767 PASIVO 2.2.1.01 Beneficios Cuenta Básica Previsional 4.2 TOTAL DEL PASIVO Las notas 1 a 7 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 173 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 - OBJETO La Cuenta Básica Previsional, es administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones como parte del Fondo de Capitalización Individual. La Cuenta Básica Previsional, conforme determina la Ley Nº 3785 de 23 de noviembre de 2007, es un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Administradora de Fondos de Pensiones, indiviso, imprescriptible e inafectable por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y solo puede utilizarse para pagar la Fracción Complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión Mínima. La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Resolución Administrativa SPVS/IP 198 de 27 de febrero de 2008 instruye a Las Administradoras de Fondos de Pensiones, que en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la publicación del Decreto Supremo Nº 29423 de 16 de enero de 2008, en cumplimiento a la Ley Nº 3785 de 23 de noviembre de 2007, realizarán la transferencia de los siguientes recursos a la cuenta Básica Previsional: a) $us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 dólares americanos) provenientes de la Cuenta de Siniestralidad por única vez. b) $us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 dólares americanos) provenientes de la Cuenta de Riesgos Profesionales por única vez. c) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Común. d) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes. e) Diez por ciento (10%) de la diferencia entre el Total Ganado menos sesenta (60) salarios mínimos nacionales, cuando la diferencia sea positiva. Las Administradoras de Fondo de Pensiones, deberán transferir el monto correspondiente a los porcentajes establecidos de todas las primas pagadas y acreditadas hasta el último día hábil administrativo del mes siguiente al que corresponda el pago, desde el periodo de diciembre 2007. Estas transferencias serán la fuente de financiamiento de la Cuenta Básica Previsional, para el pago de la pensión mínima. La Pensión Mínima es la prestación semicontributiva pagada por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los titulares que cumplan los requisitos establecidos para el efecto, y a su fallecimiento a sus derechohabientes hasta el segundo grado, en las proporciones que les corresponda según normativa. La Pensión Mínima está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión Mínima. Los requisitos que debe cumplir el afiliado para el acceso a la Pensión Mínima son: a) Tener 60 años cumplidos o más. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 174 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 b) Haber cotizado al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo, al sistema de Reparto o a ambos, durante 180 periodos o más. c) Tener una Pensión Referencial menor a la Pensión Mínima. La Pensión Mínima será pagada a los afiliados o derechohabientes según corresponda, previo cumplimiento de los requisitos enunciados anteriormente y en los casos descritos a continuación: a) b) c) d) Que cuente con trámite de Jubilación o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de adquisición. Que cuente con Pensión de Jubilación en curso de pago cuyo monto sea menor al monto de la Pensión Mínima. Que cuente con pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago cuyo monto sea menor al monto de la Pensión Mínima. Que tenga una Pensión Referencial de Invalidez o Muerte menor a la Pensión Mínima. Para que el afiliado o derechohabiente con Pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago acceda a la Pensión Mínima, deberá previamente renunciar a la Pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago. La Pensión Mínima será pagada por la entidad que estaba realizando el pago de la pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago. Los derechohabientes del afiliado que hubiese fallecido antes de cumplir 60 años, cuando no se cumpla con los requisitos para acceder a una Pensión por Muerte por Riesgo Común o Pensión por Muerte por Riesgo Profesional, podrán acceder a la Pensión Mínima cuando el afiliado fallecido hubiese cumplido 60 años y cumpla los requisitos. Las Pensiones Mínimas que no hubieran sido cobradas no podrán acumularse por más de doce meses, caducando por el tiempo superior al indicado, previa notificación por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones o Entidades Aseguradoras, conforme regulación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estos recursos se consolidarán a favor de la fuente de financiamiento que corresponda. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES Los principios contables más significativos aplicados son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del estado financiero El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente aceptados en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero. 2.2 Período cubierto por el estado financiero El presente estado financiero de la Cuenta Básica Previsional corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 175 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS 2.3 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Criterios de valuación Inversiones Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de realización. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009 ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan los ingresos mensuales, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo del efectivo. c) Los aportes mensuales acreditados, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. NOTA 4 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos: 4.1. Inversiones La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs. 304.511.707 y Bs. 203.243.767, respectivamente. 4.2. Beneficios Cuenta Básica Previsional Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, este grupo se encuentra formado por las transferencias de fondos recaudados y acreditados, desde las cuentas de Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral, más los rendimientos abonados por la inversión en el Fondo de Capitalización Individual, menos los Beneficios pagados. 2010 2009 Beneficios Cuenta Básica Previsional 304.511.707 203.243.767 Total Beneficios 304.511.707 203.243.767 En fecha 3 de marzo de 2008, de acuerdo a lo instruido en R.A. SPVS/IP 198 de 27 de febrero de 2008, las Cuentas de Riesgo Común y Riesgo Profesional efectúan la transferencia de Bs. 15.478.502 equivalentes a $us. 2.055.578 y de Bs. 17.009.464 equivalentes a $us. 2.258.893 respectivamente al tipo de cambio de Bs. 7,53 por 1 $us. a la Cuenta Básica Previsional, transferencias que tienen por objeto único el financiamiento de la Fracción Básica Complementaria, para que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión Mínima. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 176 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Para completar la transferencia de los $us. 5.000.000 a la Cuenta Básica Previsional que instruye la R.A. SPVS/IP 198, en fecha 17 de marzo de 2008, AFP Previsión abona Bs. 5.162.033 equivalentes a $us. 685.529 al tipo de cambio de Bs. 7.53 por 1 $us. La Cuenta Básica Previsional en la gestión 2010, ha desembolsado Bs. 3.528.914 y en el periodo junio 2008 a diciembre de 2009 Bs. 2.378.555, totalizando al 31 de diciembre de 2010 en Bs. 5.907.469 los desembolsos por pagos de Pensión Mínima. NOTA 5 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta Básica Previsional no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 6 – HECHOS RELEVANTES La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos). I. II. III. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Futuro de Bolivia S.A. - AFP 177 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. II. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 178 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir: I. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. II. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la Nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la Nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la Nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 7 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 179 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS • • • • • • • MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 180 ESTADOS FINANCIEROS CUENTA DE MENSUALIDAD VITALICIA VARIABLE DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Bs. = Boliviano $us. = Dólar Americano UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda 182 183 184 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Ernst & Young Ltda. Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi Edif. Torre Azul - Piso 16 La Paz - Bolivia Tel. 591-2-243 4313 Fax: 591-2-214 0937 www.ey.com DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE La Paz, 23 de febrero de 2011 A los señores Directores y Accionistas de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las notas 1 a 8 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todos sus aspectos significativos la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ERNST & YOUNG LTDA Firma miembro de Ernst & Young Global. Lic. Aud. Javier Iriarte Socio MAT. PROF. Nº CAUB - 9324 MAT. PROF. Nº CAULP - 3690 Futuro de Bolivia S.A. - AFP 182 ESTADO FINANCIERO MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras expresadas en Bolivianos) 2010 Bs. Nota 1 ACTIVO 1.5.1.01 Inversiones en el FCI 4.1 TOTAL DEL ACTIVO 2 2009 Bs. 598.478.857 421.073.858 598.478.857 421.073.858 PASIVO 2.1.5.05 Beneficios por Pagar Mensualidad Vitalicia Variable 4.2 79 79 2.2.1.01 Beneficios M.V.V. 4.2 598.478.778 421.073.779 598.478.857 421.073.858 TOTAL DEL PASIVO Las notas 1 al 8 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 183 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009 (Cifras Expresadas en Bolivianos) NOTA 1 – OBJETO DE LA CUENTA La Cuenta Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, está conformada por los capitales acumulados, de todos aquellos afiliados que hubieran suscrito un contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Para tal efecto FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, se encuentra obligada a: a) Prestar los servicios que conlleva la administración del patrimonio, el cálculo de las pensiones y el pago de las mismas a los contratantes que hubieran elegido dicha modalidad de pensión. b) Representar a los propietarios del patrimonio de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable ante terceros, para la administración, cálculo y pago de dicha modalidad de pensión, así como en relación a la vigencia del contrato, otorgamiento y recepción de los beneficios. c) Realizar todos los actos necesarios para la prestación de servicios, de acuerdo a la Ley de Pensiones y el contrato de prestación de servicios. Los contratos de Mensualidades Vitalicias Variables tienen las siguientes cláusulas: a) Irrevocabilidad, puesto que ninguna de las partes involucradas puede cancelarlos. b) Vigencia, a partir de la fecha de suscripción del contrato por las partes. c) Conclusión solamente al fallecimiento del último derechohabiente que tuviera derecho a pensión de conformidad con el artículo 5 de la Ley 1732, de Pensiones. d) Pensión Vitalicia para el titular o temporal para los derechohabientes de acuerdo a la Ley 1732, de Pensiones. e) Prestación por gastos funerarios que forma parte del contrato, de conformidad a lo establecido en la Ley 1732, de Pensiones. f) Pago de la pensión de jubilación dentro el primer mes de vigencia del contrato y devengará a partir de la fecha establecida en el Decreto Supremo N° 24469 de 17 de enero de 1997. g) Pago de las pensiones por muerte a partir de los treinta (30) días de recibido el certificado de defunción del titular, que devengarán a partir de la fecha del fallecimiento del afiliado para aquellos derechohabientes declarados en el contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Para los derechohabientes que se acrediten con posterioridad, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Supremo N° 24469 de 17 de enero de 1997, las pensiones por muerte devengarán a partir de la fecha de solicitud de pensión y acreditación. El pago de este beneficio se originará de dos fuentes: i) Los aportes de los afiliados administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, registrados en el patrimonio del Fondo de Capitalización Individual, en la Cuenta Mensualidad Vitalicia Variable, y ii) Los aportes del antiguo Sistema de Reparto que serán aportados por el Tesoro General de la Nación a través de la Compensación de Cotizaciones. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 184 MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS i) La Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es una cuenta independiente y distinta del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados que han suscrito el Contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. ii) De acuerdo con el artículo 6 del Decreto Supremo N° 26069 de 9 de febrero de 2001, los afiliados que suscriban un contrato de Mensualidades Vitalicias Variables con FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, tienen derecho a la Compensación de Cotizaciones al haber realizado sesenta o más cotizaciones al antiguo Sistema de Reparto, monto que será pagado mensualmente y de manera vitalicia al afiliado y cuando corresponda a sus derechohabientes, con recursos del Tesoro General de la Nación que serán depositados en las cuentas corrientes del Fondo de Capitalización Individual, de acuerdo con las solicitudes efectuadas en el mes. Esta compensación se encuentra respaldada por el certificado de Compensación de Cotizaciones, emitido por el Tesoro General de la Nación, y entregado a FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, para su custodia. NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES Los principios contables aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del estado financiero El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009 que extinguió a la Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente aceptadas en Bolivia excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero. El presente estado financiero corresponde a los aportes de los afiliados registrados en el patrimonio del Fondo de Capitalización Individual en la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable administrados por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES y no incluye los montos que corresponden a la Compensación de Cotizaciones realizada por el Tesoro General de la Nación. 2.2 Período cubierto por los estados financieros El presente estado financiero de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009. 2.3 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota, cuyo cálculo es procesado diariamente en el FCI. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 185 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivos y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos de variación patrimonial y de flujo de efectivo. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a la gestión anterior. NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs. 598.478.857 y Bs. 421.073.858, respectivamente. 5.2 Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 las prestaciones por pagar, están formadas por los beneficios de mensualidad vitalicia variable solicitadas hasta el cierre del ejercicio, más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2010 2009 Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable 598.478.857 421.073.858 Total beneficios mensualidad vitalicia variable 598.478.857 421.073.858 El número de casos e importes pagados por jubilación con Compensación de Cotizaciones combinada con Mensualidad Vitalicia Variable acumuladas hasta las gestiones 2010 y 2009, ascienden a 10.967 y 9.290 casos, que equivalen a Bs. 1.117.319.180 y Bs. 782.246.032, de los cuales los pagos sólo por Mensualidad Vitalicia Variable ascienden a Bs. 4.689.291 y Bs. 2.562.562 respectivamente. NOTA 6 – HECHOS RELEVANTES La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones Futuro de Bolivia S.A. - AFP 186 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas. Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son: Artículo 174.- (Periodo de Transición). Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos). I. II. III. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será establecida en reglamento. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización. Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual). I. II. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Artículo 177- (Continuidad de Servicios). Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente: I. II. III. IV. Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema Integral de Pensiones. A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente. Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda. Futuro de Bolivia S.A. - AFP 187 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS V. VI. VII. VIII. MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión, conforme a lo siguiente: a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones. b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en la presente Ley. Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de los Fondos de Pensiones administrados. También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”. Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir: I. II. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento. La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral Futuro de Bolivia S.A. - AFP 188 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS MEMORIA INSTITUCIONAL 2010 de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos. A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos. NOTA 7 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 8 - HECHOS POSTERIORES Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • • • • • • • • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP. Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s. No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa el estado financiero del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010. Jorge Venegas Fernández Contador General Julio Vargas León Gerente General Futuro de Bolivia S.A. - AFP 189 Call Center 800-10-9494 www.afpfuturo.com.bo