memoria de ordenacion - Ayuntamiento de San Andrés y Sauces
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memoria de ordenacion - Ayuntamiento de San Andrés y Sauces
Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE SAN ANDRES Y SAUCES. FASE DE ADAPTACIÓN PLENA DOCUMENTO PARA APROBACIÓN INICIAL MEMORIA DE ORDENACION Equipo redactor: El trabajo ha sido elaborado bajo la Dirección del Arquitecto Justo Fernández Duque. La Memoria Medioambiental ha sido elaborada por la Empresa de Investigaciones Medioambientales de Canarias INMACAN, S.L. La delineación ha corrido a cargo de Luis David Castro Pérez y Víctor Manuel Rodríguez Duque La mecanografía ha corrido a cargo de Cristina Rodríguez Rodríguez. La enmaquetación ha corrido a cargo de Nieves Rodríguez Rodríguez y Victoria Montserrat Pérez Martín. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 1 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ÍNDICE MEMORIA DE ORDENACIÓN CAPITULO 1 6 1.1. FORMULACION DEL PRESENTE DOCUMENTO 7 1.2. TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA 17 1.3. ANTECEDENTES 47 1.4. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN 70 1.5. MARCO LEGAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION 73 1.6. CONDICIONES DERIVADAS DEL PLANEAMIENTO JERÁRQUICAMENTE SUPERIOR 88 1.6.1. PLANEAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL TERRITORIO 88 1.6.1.1. Plan Insular de Ordenación de La Palma 88 1.6.1.2. Planes y Normas de los Espacios Naturales Protegidos 89 1.6.2. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN 90 1.6.3. LEGISLACIÓN SECTORIAL 91 1.6.3.1. Legislación Comunitaria 91 1.6.3.2. Legislación Estatal 94 1.6.3.3. Legislación Autonómica URBANA 95 1.7. CONTENIDO DEL DOCUMENTO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN. 111 1.8. SITUACIÓN GENERAL DEL MUNICIPIO 115 1.8.1. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FÍSICO Y SINGULARIDAD DEL MUNICIPIO 1.8.2. CARACTERÍSTICAS GEOLÓGICAS Y GEOMORFOLÓGICAS 115 DEL TERRITORIO. 121 PROCESOS GEOMORFOLOGICOS QUE PUDIESEN PRODUCIR RIESGOS Y ÁREAS CON INTERÉS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU CONSERVACIÓN. 1.8.3. CARACTERÍSTICAS CLIMATICAS: BIOCLIMATOLOGIA E HIDROLOGÍA. 123 INCIDENCIA SOBRE LA ASIGNACION DE USOS AL SUELO 1.8.4. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL FUNCIONAMIENTO DEL CICLO 135 HIDROLÓGICO. 1.8.5. CARACTERÍSTICAS EDÁFICAS 136 . ÁREAS CON INTERÉS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU PROTECCIÓN. 1.8.6. CARACTERÍSTICAS DE LA VEGETACION Y DE LA FLORA. HÁBITATS O ESPECIES 152 INCLUIDAS EN ALGUNA CATEGORIA DE PROTECCIÓN. 1.8.7. CARACTERISTICAS DE LA FAUNA. AREAS DE ESPECIAL INTERES PARA LAS AVES. 167 ESPECIES PROTEGIDAS Y DE INTERÉS PARA SU CONSERVACIÓN. 1.8.8. DETERMINACION DE LA CALIDAD VISUAL DEL PAISAJE. UNIDADES DE PAISAJE. 179 1.8.9. CARACTERÍSTICAS DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO. CONJUNTOS Y 182 YACIMIENTOS 185 NATURALES 198 EDIFICIOS DE VALOR HISTÓRICO. 1.8.10. CARACTERÍSTICAS DEL PATRIMONO ARQUEOLOGICO. ARQUEOLÓGICOS. 1.8.11. CATEGORÍAS DE PROTECCIÓN, RELATIVAS A ESPACIOS PROTEGIDAS Y ÁREAS DE SENSIBILIDAD ECOLÓGICA. 1.8.12. 1.8.13. USOS ACTUALES DEL SUELO 200 TIPOLOGÍA Y LOCALIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES EXISTENTES EN LA 205 ETAPA PREVIA A LA REDACCIÓN DEL PLAN. 1.8.14. LA POBLACION Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 217 2 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.15. ESTRUCTURA URBANA. 222 1.8.16. NÚCLEOS URBANOS. 225 1.8.17. EQUIPAMIENTOS 247 1.8.18. ESPACIOS LIBRES PUBLICOS (LP) 251 1.8.19. SINTESIS DE LA PROBLEMATICA URBANISTICA 258 1.8.20. DECRETO 11/1997 DE EDIFICACIONES NO AMPARADAS POR LICENCIA 260 CAPITULO 2 262 2.1. OBJETIVOS Y CRITERIOS GENERALES DE PLANEAMIENTO 263 2.1.1. GENERALIDADES 263 2.1.2. CRITERIOS DE PLANEAMIENTO 265 2.1.3. OBJETIVOS DEL PLAN GENERAL 276 2.2. DESCRIPCION Y JUSTIFICACION DE LA ORDENACION 286 2.2.1. 286 ESTRUCTURA GENERAL DEL MUNICIPIO 2.2.2. PROYECCIÓN, DIMENSIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL DESARROLLO PREVISIBLE 289 2.2.3. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL 291 CAPITULO 3. REGIMEN DEL SUELO 309 3.1. 310 SUELO URBANO 3.1.1. DEFINICIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ÁREAS DELIMITADAS 310 3.1.2. DELIMITACION DEL SUELO URBANO 313 EDIFICACIÓN EN AREAS RESERVADAS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE 349 3.1.3. PROMOCIÓN PÚBLICA 3.2. 3.3. SUELO URBANIZABLE 352 3.2.1. DEFINICIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ÁREAS DELIMITADAS 352 3.2.2. DELIMITACION DEL SUELO URBANIZABLE 352 3.2.2.1. Suelo Urbanizable Sectorizado 352 3.2.2.2. Suelo Urbanizable No Sectorizado 353 SUELO RÚSTICO 355 3.3.1. DEFINICIÓN Y CRITERIOS 355 3.3.2. CATEGORIAS 356 3.3.2.1. Categorías de Protección Ambiental 358 3.3.2.2. Categorías de Protección Económica 364 3.3.2.3. Categorías donde existan formas tradicionales de poblamiento 371 3.3.2.4. Suelo Rústico de Protección Territorial (RPT) 373 CUADRO RESUMEN DE DATOS NUMERICOS. 375 3.4. MEDIDAS ESPECIFICAS DE PROTECCIÓN Y CORRECCIÓN DE CARÁCTER AMBIENTAL 376 3.4.1. 376 3.5. DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO DESARROLLO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN 378 3.5.1. 379 SUELO URBANO 3.5.2. SUELO URBANIZABLE 381 3.5.3. SUELO RUSTICO 382 3.5.4. DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS EN SUELO URBANO Y SUELO RUSTICO 386 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 3 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 3.6. Documento para Aprobación Inicial APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO EN LOS ÁMBITOS Y SECTORES 389 3.6.1. COEFICIENTE DE PONDERACIÓN 389 3.6.2. CÁLCULO DEL APROVECHAMIENTO MEDIO DE LOS ÁMBITOS Y SECTORES 391 3.6.3. CUADRO RESUMEN DEL APROVECHAMIENTO GLOBAL Y MEDIO DE LOS ÁMBITOS 392 Y SECTORES 3.7. POBLACIÓN Y NÚMERO DE VIVIENDAS ESTIMADAS POR EL PLAN GENERAL DE ORDENACION 417 3.7.1. 417 NUMERO DE HABITANTES Y VIVIENDAS ESTIMADAS SEGÚN LA CLASE Y CATEGORÍA DE SUELO. 3.7.2. 3.7.3. CUADRO RESUMEN DE LA POBLACIÓN ESTIMADA POR EL PGO 421 JUSTIFICACIÓN DE LA LEY 19/2003 DE 14 DE ABRIL, DE 423 LAS DIRECTRICES DE ORDENACIÓN GENERAL Y DE ORDENACIÓN DEL TURISMO DE CANARIAS. 3.8. 3.9. GESTION Y EJECUCIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN 428 3.8.1. 428 SUELO URBANO 3.8.2. SUELO URBANIZABLE 438 3.8.3. SUELO RÚSTICO 439 3.8.4. SISTEMAS GENERALES Y DOTACIONES PÚBLICAS 441 3.8.5. EQUIPAMIENTOS ESTRUCTURANTES 443 ANEXO A LA MEMORIA DE ORDENACION. EVALUACIÓN AMBIENTAL PORMENORIZADA (EN DOCUMENTO ANEXADO) 445 CAPITULO 4. CARACTERÍSTICAS NUMÉRICAS DE LA ORDENACION 4.1. 4.2. DESGLOSE DE SUPERFICIE EN LOS AMBITOS DE SUELO URBANO 446 4.1.1. SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUCU) 446 4.1.2. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNCU) 446 DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LOS SECTORES DE SUELO URBANIZABLE 447 4.2.1. 447 SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO ORDENADO (SUSO) 4.2.2. SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO NO ORDENADO (SUSNO) 447 4.2.3. SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO DIFERIDO (SUNSD) 447 4.3. DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LAS ÁREAS DE ASENTAMIENTOS RURALES (RAR) 448 4.4. DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LAS ÁREAS DE ASENTAMIENTOS AGRÍCOLAS (RAG) 449 4.5. DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LAS ÁREAS DE SUELO RUSTICO 450 4.6. RESUMEN TOTAL DE SUPERFICIES 451 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 4 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial MEMORIA DE ORDENACIÓN Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 5 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CAPITULO 1 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 6 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.1. FORMULACION DEL PRESENTE DOCUMENTO Por la Sociedad Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. ( GESPLAN ), en el marco de los programas de La Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias de Subvenciones al Planeamiento para los últimos años, y en virtud de los convenios suscritos entre ambas, se nos ha encargado mediante los correspondientes contratos suscritos en cada uno de estos años, la redacción de distintos documentos urbanísticos, para la redacción de un nuevo Plan General, que sustituya al Planeamiento Municipal vigente, constituido por unas Normas Subsidiarias. Por distintas razones de carácter supramunicipal, fundamentalmente las relativas a la planificación insular dependiente del Excmo. Cabildo Insular, y otras, por la entrada en vigor de legislación autonómica urbanística y territorial de gran significación, no ha sido posible aún llevar a buen fin el objetivo básico, que no es otro, sino el establecimiento de un marco urbanístico y territorial para el municipio de San Andrés y Sauces en la próxima década. Por otra parte, el retrazo en la formulación del documento de tramitación de este PGO ha venido motivado por dos razones de incidencia determinante en la ordenación estructural del Municipio; en primer lugar el expediente de deslinde y determinación de la línea de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre en los núcleos urbanos litorales de “ San Andrés y Puerto Espíndola-El Melonar”, y en segundo lugar, la determinación de la circunvalación del núcleo central de Los Sauces de la Carretera LP-1. La Sentencia DESESTIMATORIA resuelta por Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Primera) de fecha 27 de abril de 2005 que resuelve el Recurso presentado por el Ayuntamiento de San Andrés y Sauces al Ministerio de Medio Ambiente, referente al Expediente de Deslinde de Dominio Público de dicho Término Municipal, introduce serias dudas respecto al mantenimiento del modelo de ordenación adoptado por este Plan General para el litoral del municipio, trascendiendo del marco meramente urbanístico, para incidir claramente en su futuro socioeconómico. A continuación se traslada literalmente el texto íntegro de dicha Sentencia. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 7 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 8 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 9 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 10 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 11 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 12 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 13 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 14 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial 15 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Las consecuencias directas de la Sentencia antedicha son: - La clasificación urbana residencial del ámbito de Puerto Espíndola-Melonar previsto en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes, en adelante NN.SS., quedaría sin efecto, adquiriendo la clasificación de suelo rústico. - La línea de afección se sitúa a 100 metros de la de “ribera del mar en todo el litoral municipal”, es decir entre las desembocaduras de los Barranco de La Herradura y de La Galga, a excepción de la estricta consolidación urbana de San Andrés. - A la zona urbana de San Sebastián, en el ámbito urbano de San Andrés, prevista como tal en las NN.SS. no se le reconoce tal condición con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 22/88 de 28 de julio de Costas (con las modificaciones derivadas de la sentencia 149/91 de 4 de julio). - Como consecuencia de lo cual, y caso de no reconocerse la condición urbana de los suelos clasificados como tales en las NN.SS., quedaría abortada la propuesta de ordenación prevista tanto en el Avance de este PGO como en los documentos sucesivos, y que ha tenido el apoyo unánime de las distintas corporaciones municipales. Asimismo, la propuesta de circunvalación del núcleo central de Los Sauces de la Carretera LP-1, entre el puente del Barranco del Agua y el Morro, introducida en el Avance de Planeamiento, y matizada posteriormente en contactos con Técnicos de la Dirección General de Infraestructuras, no ha sido aún confirmadas por dicha Consejería, tanto en su trazado como en la programación económica. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 16 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.2. TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA En el artículo 42.2 del TRLotc-Lenac se determina que la tramitación de los Planes de Ordenación Urbanística se establecerá reglamentariamente. En tanto se encuentra aprobado el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias (Decreto 55/2006, de 9 de mayo, publicado en el BOC 2006/104 de 31 de mayo), en adelante RPI, la tramitación administrativa se realizará conforme a lo que se determine en dicho Reglamento y en la Legislación de procedimiento administrativo común. Por tanto, en aplicación del mismo, y fundamentalmente los artículos 28 a 49, ambos inclusive, así como considerando los artículos 32.3.b) y 44.2 del TRLotc-Lenac, el presente Plan General de Ordenación del municipio de San Andrés y Sauces, una vez salvado el trámite de la fase de Avance de Planeamiento, e información urbanística complementaria, ya resuelto, se someterá al siguiente procedimiento de tramitación: 1. Formación del Expediente de Tramitación: Ultimada la redacción del documento, se evacuarán los informes técnicos y jurídicos correspondientes por los servicios administrativos del Ayuntamiento, con referencia al cumplimiento de los requisitos de carácter documental, procedimental y sustantivo que sean exigibles (Art. 29.1 RPI). 2. Aprobación inicial por el Ayuntamiento, que habrá de señalar las áreas afectadas por la suspensión cautelar de licencias, así como, cuando proceda, la suspensión expresa de la tramitación y aprobación de los instrumentos de ordenación en curso. (Art. 29.2 RPI). 3. Sometimiento del expediente administrativo y del documento aprobado inicialmente a los trámites de información pública y de consulta a las Administraciones públicas, conforme a los requisitos establecidos en el Art. 31 RPI, por plazo mínimo de cuarenta y cinco días y máximo de dos meses, cuyo anuncio se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia y en dos de los periódicos de mayor circulación de la provincia, durante el cual se recogerán las alegaciones pertinentes por escrito respecto al acierto, conveniencia, legalidad u oportunidad del PGO sometido a trámite. 4. Culminados los trámites preceptivos de evacuación de informes, se pasará el expediente y la documentación a informe de los servicios técnicos y jurídicos del Ayuntamiento que, mediante propuesta recomendarán la confirmación o modificación de las determinaciones del PGO que se vean afectadas por los informes y alegaciones presentados, y señalarán, en todo caso, si el conjunto de las rectificaciones que se proponen supone o no una alteración sustancial del documento aprobado inicialmente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 17 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 5. A la vista de la propuesta de los servicios administrativos Municipales y, en su caso, de la documentación corregida, el Ayuntamiento resolverá pormenorizadamente las distintas alegaciones admitidas a trámite, así como los informes sectoriales incorporados al expediente, trasladando dicho Acuerdo al equipo redactor del PGO, para su introducción documental. 6. El nuevo documento elaborado al efecto será objeto de Aprobación Provisional, previo informe favorable por los servicios administrativos municipales respecto a la comprobación de las alteraciones introducidas por las alegaciones aceptadas e informes sectoriales. Si se introdujesen modificaciones que significasen un cambio substancial en los criterios y soluciones del Plan inicialmente aprobado, se actuará conforme a lo establecido en el Art. 37 RPI. 7. Aprobación definitiva por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, previo informe del Cabildo Insular respecto a su acomodación a las prescripciones del Plan Insular de Ordenación y de los Planes Territoriales vigentes, actuándose conforme a los requerimientos establecidos en los artículos 40 a 49, ambos inclusive, del RPI. 8. Publicación del acuerdo íntegro de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, así como de la normativa urbanística en el Boletín Oficial de La Provincia, como dispone el Art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, entrando en vigor a los 15 días hábiles de dicha publicación (Art. 50 y 51 RPI). PARTICIPACIÓN PÚBLICA. En el proceso de tramitación del Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces ha de promocionarse la participación pública, tanto de particulares como de entidades, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de citado TRLotc-Lenac, fomentando y, en todo caso, asegurando la participación de los ciudadanos y de las entidades por éstos constituidas para la defensa de sus intereses y valores, así como velar por sus derechos de información e iniciativa. En la fase de Avance de Planeamiento, en desarrollo del artículo 125.1 del Reglamento de Planeamiento, se han llevado a cabo reuniones explicativas y se han recogido las sugerencias y otras alternativas de planeamiento propuestas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 18 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En general, y en cualquier momento de la realización de los trabajos, el Equipo Redactor ha estado abierto a las consultas de la Corporación y de los particulares, asegurando la mayor participación de los interesados y en particular sus derechos de iniciativa e información. En todo caso, los ciudadanos tienen el derecho a participar en los procedimientos de aprobación del Plan General mediante la formulación de alegaciones en el periodo de información pública al que preceptivamente éste se somete, así como exigir el cumplimiento de la legalidad, mediante el ejercicio de la acción pública ante los órganos administrativos y judiciales. SINTESIS DE ACTUACIONES LLEVADAS A CABO EN LA FASE DE AVANCE Y POSTERIORES: FECHA 15/04/02 DESCRIPCIÓN Entrega al Ayuntamiento de 3 ejemplares del documento de Plan General de Ordenación. Información Urbanística-Avance. Registro de Entrada Nº 643 Reunión con la Comisión de Urbanismo Municipal y los Servicios Técnicos, con objeto de explicar 19/08/02 la propuesta de ordenación resultado de los trabajos de colaboración llevados a cabo entre los representantes municipales y el equipo redactor. 27/08/02 Remisión de un ejemplar del documento de Avance a los tres grupos que componen la Corporación Municipal. R.S. 1.410 y 1.411 Acuerdo Plenario, en sesión ordinaria, 02/09/02 de Aprobación del Avance del PGO, así como de la apertura de un periodo de información pública de 30 días, mediante anuncio en el BOP y en uno de los periódicos de mayor circulación. Remisión del anuncio por el que se hace público el Acuerdo Municipal de aprobación del Avance 05/09/02 del PGO al Istmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica del Gobierno de Canarias (Servicio de Publicaciones e Información). R.S. 1.441 05/09/02 05/09/02 Remisión del anuncio por el que se hace público el Acuerdo Municipal de aprobación del Avance del PGO al Istmo. Sr. Director del periódico Diario de Avisos. R.S. 1.442 Anuncio en el Tablón Municipal, por el que se comunica la apertura del periodo de Información Pública a partir de su publicación en el BOP. Anuncio del Acuerdo de Aprobación del Avance del PGO en el periódico El Diario de Avisos, por el 07/09/02 que se comunica la apertura del periodo de Información Pública a partir de su publicación en el BOP. 16/09/02 24/09/02 Anuncio del Acuerdo de Aprobación del Avance del PGO en el Boletín Oficial de la Provincia Nº 111 del lunes 16 de septiembre de 2002 Remisión de un ejemplar del Avance del PGO a la Dirección General de Ordenación del Territorio. Consejería de política Territorial y Medio Ambiente. R.S. 1.525 R.E. 25/09/02 Recepción de escrito procedente de la Demarcación de Costas en Tenerife, con R.S. Nº 4.774 de 30/10/02 24/09/02, por el que se solicita la remisión de un ejemplar del Avance del PGO. R.E. 1.709 30/09/02 08/11/02 Exposición del Avance del PGO en la Casa de Los Quintos del Casco Urbano de Los Sauces 10/11/02 Exposición del Avance del PGO en el Local Social del Núcleo Urbano de San Andrés 15/11/02 Exposición del Avance del PGO en el Local de la 3ª Edad del Núcleo de Los Galguitos Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 19 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 22/11/02 Documento para Aprobación Inicial Exposición del Avance del PGO en el Local Social (antigua escuela ) de Verada Lomadas Recepción de 23 Sugerencias al Avance del PGO, recibidas en el plazo de 30 días contados entre los días 16 de septiembre y 15 de octubre de 2002. 12/11/02 13/11/02 Remisión al Director General de Ordenación del Territorio, de la providencia por la que se comunica la finalización del periodo de Información Pública del Avance del PGO. Remisión de sugerencias presentadas al equipo redactor para su informe. R.S. 1.805. E. 15/11/02 Se presentan fuera de plazo doce sugerencias. 31/12/02 13/01/03 15/01/03 Emisión por el Equipo Redactor y suscrito asimismo por el Arquitecto Municipal del informe respecto a las sugerencias presentadas y a las reuniones de trabajo mantenidas. Acuerdo Plenario, en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de enero de 2003, confirmando íntegramente el informe emitido por el Equipo Redactor y el Arquitecto Municipal. Remisión del Acuerdo antedicho al Equipo Redactor. RS. 171 E. 16/01/03 Recepción del informe emitido por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma al Avance del PGO y 24/01/03 aprobado por Decreto del Ilmo. Sr. Presidente de fecha 11 de diciembre de 2002. RS. Nº 1.871 de 27/12/02. RE. Nº 124 24/01/03 Remisión del informe antedicho al Equipo Redactor. RS. Nº 236. E. 24/01/03 RESULTADO DE LA TRAMITACIÓN DEL AVANCE DEL P.G.O. El Avance del Plan General de Ordenación Urbana. Adaptación al T.R. de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo), y a la Ley por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias (Ley 19/2003, de 14 de abril), se ha aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en Sesión Ordinaria celebrada el día 02 de Septiembre de 2002, cuyo tenor literal del acuerdo plenario se transcribe a continuación: DÑA. MARÍA ELENA GARDE MARTÍN, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL IlTMO. AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS Y SAUCES, CERTIFICA: Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día dos de septiembre pasado, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: PROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL AVANCE DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE ESTE MUNICIPIO.- Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Turismo, Medio Ambiente, Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda, de fecha veintiséis de agosto último, que literalmente dice: << Habiéndose encargado la redacción del Plan General de Ordenación del Municipio de San Andrés y Sauces al Arquitecto Don Justo Fernández Duque; visto el Avance de dicho Plan General formulado por el expresado Arquitecto; y considerando lo preceptuado en el artículo 125 del Reglamento de Planeamiento para el desarrollo de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 2159/1.978, de 23 de junio. La Comisión Informativa, por cinco votos a favor y una abstención (esta última correspondiente al Corporativo Don Simón Guzmán Conde Abreu), lo que supone la mayoría absoluta legal, propone al Pleno Municipal ACUERDE: Primero.- Aprobar el referido Avance del Plan General de Ordenación de este Municipio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 20 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Segundo.- Abrir un periodo de información pública de treinta días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la misma, a fin de que dicho Avance pueda ser conocido por las Corporaciones, Asociaciones o particulares, con el objeto de que puedan presentar las sugerencias o alternativas que se estimen procedentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 125.1 del vigente Reglamento de Planeamiento. >> Se inicia la deliberación con la intervención del Sr. Alcalde, quien expone lo siguiente: “ Como saben todos los miembros de la Corporación estamos en el proceso de aprobación del Avance del Plan General de Ordenación de este Municipio, para una vez aprobado, someterlo a información pública por periodo de treinta días; tras haber realizado varias reuniones con el Arquitecto redactor y los Grupos Políticos con la finalidad de conocer dicho Plan, es voluntad de este Alcalde que se alcance un consenso para aprobar el mencionado Avance del Plan y darle la mayor difusión para que tanto los Grupos Políticos como los particulares presenten sugerencias y pueda ser mejorado.” Seguidamente intervienen el Concejal del Grupo Mixto Don Roberto Manuel Rodríguez Hernández, para exponer lo siguiente: “En mi opinión este asunto se ha llevado con demasiada rapidez, pero confió en el Arquitecto redactor, por lo que mi voto es favorable, puesto que se trata de un avance del Plan para después trabajar sobre él. Lo que sí ruego, es que dicho Plan sea presentado en los barrios del Municipio para que los vecinos puedan presentar sugerencias y entre todos hagamos un buen Plan de Ordenación y podamos favorecer el crecimiento del municipio.” A continuación interviene el Concejal del Grupo Municipal de Coalición Canaria, Don Francisco Javier Rodríguez Álvarez, para exponer lo siguiente: “Desde el Grupo de Coalición Canaria se ha trabajado con la idea del máximo consenso, teniendo en cuenta que sólo hemos tenido una semana para examinar la documentación del Avance y no ha sido nada positivo, ya que existen lagunas que hasta el propio Arquitecto redactor ha reconocido y, además, no se adaptan a la legislación vigente. Me parece interesante que el pueblo tenga conocimiento de dicho avance para que puedan presentar sugerencias e ir corrigiendo las deficiencias para luego someterlo al Pleno Municipal, por ello, nuestro Grupo entiende que este asunto se debería dejar sobre la mesa para traer un plan medianamente actualizado según la Ley vigente. En nuestra opinión no se nos facilita toda la documentación existente por tanto este Plan es deficiente, por que no afronta temas como por ejemplo terrenos para ganadería industrial, terrenos para la masa de vehículos que ahora mismo tiene el municipio, un parque infantil, tampoco se trata sobre terrenos para el desarrollo del Puerto Espíndola, además el proyecto de circunvalación de Los Galguitos es un error, puesto que el Cabildo Insular de La Palma tiene en proyecto realizar una tercera vía en la carretera existente. Seguidamente interviene el Sr. Alcalde, quien expone lo siguiente: “De su intervención se desprende que este plan, para su Grupo, es una birria”. A continuación interviene el Sr. Rodríguez Álvarez, para manifestar lo que sigue: “ Lo que he dicho es que este Plan tiene deficiencias y que en el año dos mil sería un buen proyecto pero ahora no se adapta a los tiempos y legislación vigente”. Seguidamente interviene el Sr. Alcalde, quien manifiesta lo siguiente: “Discrepo totalmente de su opinión, ya que este Ayuntamiento ha hecho un gran esfuerzo, como ningún otro, ya que en la fase en la que nos encontramos todos los Grupos Políticos han tenido toda la información sobre la mesa; referente a que el Plan no se adapta a la legislación vigente, debemos tener en cuenta que la legislación es tan cambiante, pero en nada contradice este plan por lo que no es ningún impedimento para aprobar el referido Plan. En mi opinión su Grupo Político debería haber comenzado agradeciendo al Técnico redactor del Avance del Plan, haberse reunido en la sede de su partido para mostrarles la documentación existente y aclarar todas las dudas que pudieran tener. Ya me esperaba su intervención y no me ha sorprendido, puesto que en las primeras reuniones si hubo voluntad de consenso, pero posteriormente esto cambió y tenemos la responsabilidad de hacer un buen Plan y si dejamos el tema sobre la mesa sería dilatarlo en el tiempo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Al Grupo de Gobierno le gustaría alcanzar un acuerdo 21 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial consensuado por lo que respecto la opinión de su Grupo pero discrepo de la misma, ya que el trabajo serio de los Técnicos Municipales y del Arquitecto redactor es el camino correcto y acertado para poder aprobar este Plan, estoy muy satisfecho de este documento puesto que la Ley nos pide menos de lo que ya tenemos. A continuación interviene el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Coalición Canaria Don Francisco Javier Rodríguez Álvarez manifestando lo siguiente: “Este Plan, en nuestra opinión, tiene muchas lagunas; existe un plan especial de San Andrés y de Los Sauces que no se nos ha facilitado. El Grupo de Gobierno quiere aprobar el Plan porque se le viene el tiempo encima, pero ha tenido tiempo suficiente para elaborar un Plan fuerte, bueno y bien desarrollado desde el año dos mil hasta el dos mil dos. Este Concejal no ha cuestionado el trabajo realizado por el Arquitecto redactor, lo que ha dicho es que existen deficiencias.” Seguidamente interviene el Portavoz del Grupo Municipal Socialista Don Francisco Lorenzo Concepción, manifestando lo siguiente: “ que el proceso seguido hasta el momento, como ustedes saben, ha sido que en el año mil novecientos noventa y ocho nos comunicaron que el Plan de Ordenación del Municipio tenía que estar antes de mayo del año dos mil tres, por lo que tuvimos que hacer un esfuerzo económico para encargar la cartografía a una empresa especializada, debido a que el Gobierno Autónomo no nos facilitó con tiempo suficiente para elaborar el Avance; en mi opinión, el Avance del Plan se ha realizado con transparencia y democracia, puesto que se ha mantenido varias reuniones con los Grupos Políticos y el Arquitecto redactor, donde se han mantenido lo válido de las Normas Subsidiarias existentes y se han modificado los grandes temas, obteniendo el consenso de todos los Grupos; y teniendo en cuenta que esto es sólo un avance y que a partir de ahora es cuando viene el trabajo de aportar sugerencias por parte de los Grupos Políticos, entidades y vecinos del Municipio para elaborar, entre todos, un buen documento.” Finalmente, tras concretarse por la Presidencia los términos y el contenido de la votación, se procede a efectuar la misma; y el Ayuntamiento Pleno, por ocho votos a favor (correspondientes al Grupo Municipal Socialista y al Concejal del Grupo Mixto) y cinco en contra ( éstos últimos correspondientes a los Concejales del Grupo de Coalición Canaria), lo que supone la mayoría absoluta legal de los Corporativos, ACUERDA: Aprobar íntegramente el dictamen trascrito al inicio; y, en consecuencia adoptar el acuerdo consignado en el mismo.” Para que conste y surta efectos, expido la presente, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, Don Manuel Marcos Pérez Hernández, en San Andrés y Sauces, a dos de octubre de dos mil dos Vº Bº EL ALCALDE Durante el periodo de información pública que oficialmente transcurre entre los días 16 de septiembre y 15 de octubre de 2002 se presentan un total 23 sugerencias, si bien se siguieron recogiendo por los servicios técnicos municipales otras, la mayoría verbales, que se incorporan así mismo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 22 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El conjunto de sugerencias analizadas es como sigue: 1 REGISTRO DE ENTRADA FECHA NUMERO 07/10/02 1.741 2 02/10/02 1.758 3 08/10/02 1.753 4 11/10/02 1.784 5 11/10/02 1.782 6 11/10/02 1.783 7 11/10/02 1.786 8 11/10/02 1.781 9 11/10/02 1.785 SUG. Nº 10 11/10/02 1.780 11 11/10/02 1.792 12 14/10/02 1.794 13 15/10/02 1.807 14 15/10/02 1.808 15 14/10/02 1.801 16 14/10/02 1.797 17 15/10/02 1.803 18 10/10/02 1.818 19 16/10/02 1.822 20 16/10/02 1.821 21 15/10/02 1.804 22 15/10/02 1.805 23 10/10/02 1.767 24 16/10/02 1.823 25 16/10/02 1.830 26 16/10/02 1.832 SUGERENTE D. Juan Expósito JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. López CONTENIDO ACEPTADA Se amplíe la zona urbana de El Camino de el Morro incluyendo las edificaciones existentes junto a la fábrica de Granito. Dña. María de Las Nieves Calle del Medio y Calle Se opone a la vía proyectada en el Avance del Isable Perdigón Hdez. Trasera, Los Sauces PGO. Que partiendo de la Calle del Medio, pasa por los huertos traseros de las casas edificadas, no beneficiando a nadie, pues todas las casas tienen su entrada. D. Francisco Rodríguez UA- Macho Durmiente. Se excluyan de la UA-Macho Durmiente, los Lorenzo Los Sauces solares que dan a la Avda. de Los Sauces. D. José Luis Paz Piñero Garachico. Los Se estudie detalladamente la circunvalación de Galguitos Los Galguitos, así como la clasificación del suelo resultante como urbano no consolidado o urbanizable, en conexión con el clasificado como suelo urbano en Los Galguitos D. José Luis Paz Piñero Asentamientos Agrícolas Reducir el tamaño de las parcelas mínimas en Asentamientos Agrícolas y Rurales de 1500 m² a 1000 m² teniendo en cuenta la estructura de la propiedad. Dña. Francisca Elsa Exposito Asentamientos Agrícolas Reducir el tamaño de las parcelas mínimas en Abreu Asentamientos Agrícolas y Rurales de 1500 m² a 1000 m² teniendo en cuenta la estructura de la propiedad. D. Jaime González Pérez Solares en Los Sauces Se recoja como suelo urbano consolidado de uso D. José Manuel González residencial dos solares que se han clasificado Pérez como Equipamiento Público uno y como VPO el otro. D. Ramón Elías Cabrera Paz Caserío de El Valle Sugiere la clasificación del Caserío de “ El Valle” como Asentamiento Rural. D. Ramón Elías Cabrera Paz Los Galguitos. Los Clasificar el suelo situado entre el núcleo urbano de Sauces Los Galguitos y la futura vía de circunvalación como urbano no consolidado o urbanizable ordenado Dña. Antonia López Martín UEP-4 . Bajamar Se excluya su vivienda y parcela del libre público previsto en UEP-4. D. Tiburcio Gerardo Rguez. San Andrés. Se incluya sus terrenos dentro del núcleo urbano Martín de San Andrés en la zona de La longuera D. Fortunato Pérez Martín San Andrés Se modifique el trazado de la calle que sube desde el varadero de San Andrés de tal forma que no afecte a la vivienda de mi propiedad. D. Domingo Rugez. Nazco Puerto Espíndola Se reclasifique su solar pasando de espacio libre público a suelo urbano consolidado para usos compatibles con la vigente Ley de Costas D. Cándido Martín Rodríguez Verada-Lomadas Se cambie el espacio reservado para sociocultural o se reparcele la zona. D. Francisco Paz Expósito San Pedro. Las Se estudie la posibilidad de Cambiar el Lomadas Asentamiento Agrícola de San Pedro por Asentamiento Rural, uniéndolo con el Asentamiento Rural de Bermudez D. José Francisco Pérez Manos de Oro. Los Se la ubicación para el espacio libre público Martín Sauces ubicado en Manos de Oro por ser una zona de fuerte pendiente. D. Celso Miguel Fernández Camino Hoya Grande. Se amplíe la Calle Camino Hoya Grande uniéndola Hdez. Los Sauces con el otro extremo de la calle, así como se amplíe el suelo urbano a lo largo de mi parcela, ya que parte de la misma se encuentra en suelo rústico. D. Heriberto López González C/ Doctor Martín. Los La modificación de la altura reguladora y el número Dña. María Teresa de Lugo Sauces de plantas permitidas en el solar a planta baja Martín comercial y dos plantas residenciales. D. José Bernabé Hernández San Sebastián. San Creo que el Espacio Libre Público es excesivo por Rodriguez Andrés tanto el que se corresponde por mi parcela se desplace pegado a la ermita de San Sebastián. D. Montserrat Martín López San Sebastián. San Creo que el Espacio Libre Público es excesivo por Andrés tanto el que se corresponde por mi parcela se desplace pegado a la ermita de San Sebastián. D. Francisco Javier Expósito Los Galguitos Ruego se amplíe el Asentamiento Rural, Pérez recogiendo mi parcela ubicada próxima como suelo rústico de protección agrícola. D. Pedro Andrés Expósito Los Galguitos Se clasifique su terreno como Asentamiento Rural Pérez al estar próximo al mismo. Dña. Natalia Romera Tierra Morales. Oposición al trazado del paseo del litoral, ya que le Valencia cogen parte de su propiedad. SUGERENCIAS PRESENTADAS FUERA DE PLAZO D José Ángel Rodríguez Bajamar. Los Sauces Ampliar el suelo urbano entre la Ctra. LP-1 y la del Fernández Puerto Espíndola en Bajamar entre la fábrica de granito y el solar propiedad de Agricultores Guanches D. Silverio Jesús Martín UE-1 Solicita se ejecute la UE-1 o se suprima del PGO Pérez dicha UE-1 D. Silverio Jesús Martín La Calzada Que con la ejecución de la 3ª Fase del ensanche Memoria de Ordenación Manuel LOCALIZACIÓN Camino de El Morro. Los Sauces 23 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Pérez 27 16/10/02 1.829 Varios. San Andrés 28 16/10/02 1.830 Varios. San Andrés 29 16/10/02 1.828 Varios. San Andrés 30 17/10/02 1.840 D. Víctor M . Remón Lorenzo Barranco del Agua 31 20/10/02 1.909 Dña. Nieves López Verada Bajamar 32 11/11/02 1.992 D. Juan Domingo Abreu de Paz D. Eugenio Piñero Abreu Rosa Pérez 33 04/11/02 1.949 34 21/10/02 1.853 D. José Francisco Sentis de Paz 35 16/10/02 1.838 Dña. Carmen Nercida Medina Expósito El Tanque. Los Galguitos Camino del Tanque. Los Galguitos El Valle. Los Sauces Los Sauces Documento para Aprobación Inicial de la Avda. su vivienda se verá afectada por la misma y quedaría a la misma altura de la vía, solicita pueda edificar sobre la misma. Solicitan no se puedan edificar 3 plantas en San Andrés dado que se encuentra constituido como contorno artístico. Y por que si donde esta permitido dos plantas construyen 3 y 4 plantas, si se permiten 3 plantas, construirán 5 o 6. Solicitan no se puedan edificar 3 plantas en San Andrés dado que se encuentra constituido como contorno artístico. Y por que si donde esta permitido dos plantas construyen 3 y 4 plantas, si se permiten 3 plantas, construirán 5 o 6. Solicitan no se puedan edificar 3 plantas en San Andrés dado que se encuentra constituido como contorno artístico. Y por que si donde esta permitido dos plantas construyen 3 y 4 plantas, si se permiten 3 plantas, construirán 5 o 6. Se clasifique su finca “El Palomar” como Equipamientos y Servicios que sirvan de apoyo a la zona natural de Los Tilos. Se modifique la altura reguladora y plantas pasando de comercial y planta primera a comercial y dos plantas de viviendas para dar continuidad a las viviendas existentes en la misma calle. Solicita que se cambie un parque publico ubicado en su parcela pasando a Asentamiento Rural Se cambie los terrenos junto a su domicilio pasándolos de suelo agrícola a Asentamiento rural. Se habilite urbanísticamente el suelo de su propiedad para destinar un parque temático de la caña de azucar. Se recoja su solar como suelo urbano consolidado de uso residencial, desclasificándolo como suelo urbano sometido a un régimen de protección (VPO) Informadas las sugerencias por el Equipo Redactor y los Servicios Técnicos Municipales, así como respecto a los aspectos planteados y propuestas formuladas en las reuniones de trabajo mantenidas durante el periodo de consulta pública y divulgación del Avance del PGO, el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de enero de 2003, adopta el Acuerdo de asunción unánime del informe antedicho, que se transcribe íntegramente a continuación: DON JOSÉ JULIAN MENDEZ ESCACHO, SECRETARIO HABILITADO DEL ILTMO. AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES Y SAUCES, CERTIFICA: Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día trece de enero actual, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN A LOS CRITERIOS Y SOLCIONES GENERALES CON ARREGLO A LAS CUALES HAYAN DE CULMINARSE LOS TRABAJOS DE ELABORACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE SAN ANDRES Y SAUCES.- leído el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Turismo, Medio Ambiente, Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda, de fecha ocho de enero del actual, que literalmente dice: << Abierto un periodo de información pública de treinta días, durante los cuales y respecto a los trabajos de elaboración del Plan General se han formulado varias sugerencias de planeamiento; atendiendo que el Técnico redactor del Plan y los Servicios Técnicos Municipales, han formulado su propuesta en el informe emitido con fecha treinta y uno de diciembre del pasado año; y tendiendo que, conforme a lo preceptuado en el artículo 125.3 de Reglamento de Planeamiento, corresponde a la Corporación acordar lo procedente en cuanto a los criterios y soluciones generales con arreglo a los cuales hayan de culminarse los trabajos de colaboración del Plan. La Comisión Informativa, por unanimidad, propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente ACUERDO: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 24 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Primero.- Confirmar los criterios y soluciones generales de planeamiento que constan en los trabajos elaborados por el Técnico redactor, en relación con el Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces, con las rectificaciones que a continuación se expresan: A) En relación con el sector suelo urbano de Los Sauces: 1.- A la vista de los valores ambientales y arquitectónicos que presenta el conjunto de edificaciones tradicionales que colmatan parcialmente la parte de manzana comprendida entre la C/ Príncipe Felipe, a quien ofrecen su fachada principal, C/ El Topo y pared medianera con el Edificio Adeyahamen, decidir el mantenimiento de sus características actuales, al menos en lo que se refiere a su fachada. Por tanto, la propuesta planteada de edificación cerrada de sustitución de cuatro plantas de altura, ha de modificarse por edificación cerrada de dos plantas de altura con mantenimiento de sus características ambientales y arquitectónicas actuales. 2.- La vía peatonal propuesta transversalmente, que discurre de naciente a poniente, entre la confluencia de las C/ Príncipe Felipe y Avda. de Los Sauces y la C/ Juan Carlos I, a la altura de la fachada sur de la edificación propiedad de herederos de D. Valentín Rodríguez, y en concreto, en el primer tramo de la misma que discurre paralelo a la fachada sur de la edificación de herederos de D. Emiliano Marante Hernández, ha de mantener la alineación de dicha fachada sur, evitándose el sobre ancho planteado en su margen norte. 3.- Respecto a la fachada urbana sur del conjunto edificado en el Lomo de Los Silos, producto de las fachadas posteriores de las edificaciones que se alinean a lo largo del margen sur de la C/ Ramón y Cajal, cuyo resultado como unidad de paisaje urbano, de suma importancia en la percepción del núcleo poblacional de Los Sauces, presenta patentes deficiencias, cuya superación ha de abordarse en el presente Plan General, planteando una solución de ordenación alternativa. 4.- Que el área de la vaguada del Mequinés se reserve para equipamiento y espacios libres públicos, estructurándose sobre una vía que como continuación del Camino de Manos de Oro ascienda hasta el fondo de saco previsto al final de la calle de acceso al Polideportivo Municipal, para continuar en horquilla hasta el nivel de la Carretera General LP-1 a la altura del Centro de Salud. 5.- Por razones de mejora funcional viaria, la creación de un chaflán o ensanche curvo en el vértice del sureste del recinto de equipamientos escolar. 6.- Se insta al equipo redactor a estudiar la conexión viaria de la zona de “ el bebedero”, con la Carretera General actual pasando por Los Salones. 7.- Recoger con suelo urbano el conjunto de edificaciones situadas en colindancia directa con el suelo clasificado en la zona de “Pajares” y que se alineen a lo largo de la calle “ los Molinos”. 8.- Se insta al equipo redactor a recoger el proyecto aprobado de edificios de aparcamientos y la calle Ciro González. 9.- Se insta al equipo redactor a abordar la ordenación pormenorizada de las áreas intersticiales situadas entre la traza propuesta de vía de circunvalación y los límites del suelo urbano. 10.- Ampliar la zona urbana del Camino del Morro, incluyendo las edificaciones existentes junto a la fábrica de granitos. 11.- Exclusión de los solares que tienen su frente a la Avda. de Los Sauces. 12.- Dar continuidad a la calle camino de Hoya Grande para que se unan los dos extremos, así como ampliar el suelo urbano a lo largo de la parcela de Don Celso Miguel Fernández Hernández ya que en el planeamiento actual parte de la vivienda del referido Sr. Fernández Hernández se encuentra en suelo rústico. B) En relación con el sector urbano de Bajamar: 1.- Eliminar el Equipamiento Docente previsto en el Sector Urbano de Bajamar a la altura del Barranquito de La Peña. Se argumenta que su situación no es la mas adecuada, así como que no se justifica su necesidad. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 25 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena De todos modos, se estima que es este núcleo Documento para Aprobación Inicial poblacional han de preverse una reserva de suelo para equipamiento cívico y cultural, preferiblemente vinculado al espacio libre público (plaza) existente entre el Camino Ramirez y la Verada de Bajamar. 2.- Introducir una vía que enlace el Camino Hoya Grande con el Lomo López de abajo y su continuación a la Carretera General. 3.- Extender el Asentamiento Rural de Lomo López de Abajo hasta el límite de suelo urbano delimitado. C) En relación con el sector urbano de Manos de Oro: 1.- La ampliación del Sector de suelo urbano de Manos de Oro, a lo largo del camino del mismo nombre, hasta el Sector de suelo urbano de Puerto Espíndola-El Melonar. 2.- Reconsiderar el Espacio Libre Público previsto en la intersección del Camino de Manos de Oro con la Carretera General de Puerto Espíndola. D) En relación con el sector urbano de San Andrés: 1.- Se insta al equipo redactor a ubicar el Equipamiento Deportivo proyectado en la zona de La Longuera, así como la afección de la ordenación prevista a dicho suelo. 2.- Recoger la esalinata peatonal existente que discurre sobre el barranquito entre la Plaza de la iglesia y la Calle del Medio, así como prever su continuación sobre el mismo barranquito hasta su entronque con el peatonal de borde del litoral proyectado. Dicha decisión conlleva la supresión del peatonal previsto, con la misma finalidad, a lo largo de la fachada sur de la casa de los “Buena Muerte”. 3.- Resolver la pared medianera Sur que se produce en la casa de Dña. Nieves Hdez. en el Nº 5 de la Calle del Medio. 4.- Al detectarse en el Plano de Ordenación la no coincidencia de la línea de fachada sur que conforma la plaza de La Iglesia con la línea actual perfectamente delimitada por la solución de cerramiento, decidir adoptar la delimitación consolidada por la historia de esta plaza. 5.- Recoger una vía peatonal que partiendo del enclave de “ el Reducto”, al final de la Calle de Abajo, discurra por la fachada Norte de las Edificaciones existentes en el margen Norte de dicha vía (fachadas traseras), hasta conectar con el Espacio Libre Público previsto en el entorno del “Horno de la Cal”. 6.- que la Calle Peatonal prevista transversalmente entre la confluencia de la Calle de San Sebastián y la Carretera Insular de San Andrés, se prevea como vía rodada, consiguiéndose una continuidad de tráfico entre la cale del Medio y la nueva vía prevista entre “La Atalaya” y “San Andrés”. 7.- Rectificar el trazado de la vía rodada prevista transversalmente entre la Calle del Medio y la nueva vía de La Atalaya-San Andrés, cruzando la Calle de San Sebastián, de modo tal que no se afecte a la edificación existente, adaptándose a la traza de la pista agrícola actual. 8.- Preservar el conjunto de vías agrícolas existentes dentro del Sector Urbano delimitado, como ejes articuladores de la ordenación y su relación con el medio rural circundante. 9.- Prever una vía peatonal que conecte “ el Chorrito” con el Espacio Libre Público previsto junto a la nueva vía de La Atalaya-San Andrés. 10.- Se insta al Equipo Redactor estudie el incremento a tres plantas de altura reguladora la totalidad del Suelo Residencial de S.U. San Andrés, tal como en su momento propuesto el Ayuntamiento a la CUMAC en el documento de NN.SS. aprobado provisionalmente. Quedaría excluido lógicamente el ámbito del Casco Histórico. 11.- Ampliar el ámbito de suelo Urbano en el vértice Noroeste del mismo, recogiendo las edificaciones existentes que se apoyan el Camino de la Longuera, en colindancia directa con el mismo. 12.- A la vista de la total inadecuación a la realidad topográfica de la traza prevista para el peatonal de borde de litoral, se hace indicación al Equipo Redactor para estudiar dicha vía peatonal adaptándola a la realidad física. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 26 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 13.- Se insta al Equipo Redactor a reducir en lo posible el suelo urbano con la categoría de No Consolidado de forma tal que se libere la mayor cantidad de suelo edificable. E) En relación con el área de Los Galguitos: 1.- Categorizar los núcleos poblacionales El ROQUE, EL VALLE, EL TANQUE Y LOS MACEROS, como Asentamiento Rural, en lugar de la categoría de Asentamiento Agrícola propuesto. 2.- Se insta al equipo redactor a recoger dentro del Sistema Local de Espacios Libres de Dominio y Uso Público la zona del Mirador de Las Puntas. 3.- Recoger la “Reserva de La Fuente Nueva” así como el Suelo de Protección de Infraestructuras necesario vinculado a la misma. 4.- Recoger como Sistema General de Equipamiento al Centro de Visitantes de La Cueva del Tendal. 5.- Recoger dos áreas de descanso y ajardinamiento, dentro del Sistema de Espacios Libres Públicos, las dos zonas próximas a las bocas de acceso al Túnel Grande. 6.- Se insta al Equipo Redactor a comprobar la delimitación realizada para la “Presa de Los Galguitos”, en relación al proyecto definitivo. 7.- Respecto a la Ordenación planteada para el Sector de suelo urbano de Garachico, y toda vez que el equipamiento sociocultural se ha resuelto en una parcela distinta a la prevista en las NN.SS., destinar dicha parcela a Espacio Libre Público (plaza) y Suelo Residencial para Viviendas en algún régimen de Protección. 8.- La clasificación del caserío del Valle como Asentamiento Rural. F) En relación con el área de Las Lomadas: 1.- Respecto al sector de suelo urbano delimitado en la Verada de Las Lomadas, ordenar su ensanche hacia el Sur sobre una nueva vía paralela a la existente. 2.- Se insta al equipo redactor al estudio de posibilidades de legalización de las instalaciones industriales destinadas a la fabricación de piezas prefabricadas de hormigón, emplazada en el margen del naciente de la carretera entre Las Lomadas y San Andrés. 3.- Modificar la categoría de Asentamiento Agrícola con que se recoge el núcleo tradicional de San Pedro a asentamiento Rural. G) Consideraciones de carácter general: 1.- Modificar la categorización como Suelo Rústico de Protección Territorial de los terrenos de costa ubicados entre San Andrés y Puerto Espíndola, por debajo de la Carretera General, que deberá recogerse, conforme a su naturaleza y destino actual como Suelo Rústico de Protección Económica Agraria Intensiva. Dicho Planeamiento se fundamenta en las nuevas posibilidades para la introducción del uso turístico en el medio rural, dá el régimen específico contenido en la Ley 6/2002 sobre medidas de Ordenación Territorial de la actividad turística en las Islas de El Hierro, La Gomera y La Palma. 2.- Se insta al equipo redactor a que prevea un enclave territorial para la ubicación de un helipuerto. 3.- Recoger las instalaciones pertenecientes a las destilerías “Ron del Valle” así como las fincas colindantes, con la clasificación de Equipamiento Privado de tematización del cultivo de la caña de azúcar y elaboración del ron. 4.- Recoger el Núcleo Poblacional del Portal del Valle como Suelo Rústico con la categoría de Asentamiento Rural. 5.- Recoger con la categoría de Asentamiento Rural los diseminados de Cruz Grande, Curva del Valle y Lomo del Convento. 6.- Se insta al equipo redactor a plantear una propuesta de ubicación alternativa a la planta machacadora existente en el margen Norte del Barranco de La Galga, junto a la Carretera LP-1. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 27 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Segundo.- Remitir certificación de lo acordado al Arquitecto redactor Don Justo Fernández Duque.>> Seguidamente se procede a la votación; y por el Ayuntamiento Pleno, con el voto favorable de todos los asistentes, lo que supone la mayoría absoluta legal de sus miembros ACUERDA: Aprobar íntegramente el dictamen trascrito con anterioridad; y, en consecuencia, adoptar el acuerdo consignado en el mismo.” Este documento se expide de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde accidental Don Francisco Lorenzo Concepción, antes de ser aprobada el acta que contiene el acuerdo certificado, advirtiendo la reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en San Andrés y Sauces, a quince de enero de dos mil tres. Vº Bº EL ALCALDE ACTAL, La memoria ambiental, redactada por la Empresa Investigaciones Medioambientales, S.L. (INMACAN), dirigida por el Dr. D. Pedro Luis Pérez de Paz, se realiza cuando el Avance de Ordenación se encontraba planteado en cuanto a ordenación estructural, lo que posibilita realizar un diagnóstico y evaluación ambiental de todas las propuestas de ordenación contenidas en el mismo. Como consecuencia de las recomendaciones realizadas en dicho documento, se adoptan las siguientes modificaciones a la ordenación: - Parque Natural de Las Nieves P-3 (RPN-1ENP). Engloba una catena completa, desde el nivel del mar hasta la cumbre, con representación de los hábitats más significativos del municipio. También engloba el yacimiento arqueológico más emblemático del municipio (conjunto de la Cueva del Tendal), que es uno de los más representativos de la Isla. El Plan Rector de Uso y Gestión de este Parque ha sido Aprobado Definitivamente mediante Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de 22 de junio de 2006, habiéndose publicado en el BOC Nº 2.006/141 de 21 de junio. Este Plan General recoge las determinaciones de ordenación derivadas de dicho PRUG, y en concreto, la categorización de Suelos. Se deduce del documento la necesidad de proteger los entornos del parque, sobre todo en la coronación de las ladera de vaguada del Barranco de La Galga y la zona de contacto con los terrenos agrícolas, lo que se traduce en la categorización como Suelo Rústico de Protección de Entornos de las bandas lineales de contacto con los interfluvios de Las Lomadas y Los Galguitos con dicho Barranco. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 28 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Pinar de valor natural o ecológico Situada al noroeste del Parque en el límite con Barlovento. Es de similar interés natural y ecológico al resto de pinar incluido en el Parque. No se explica muy bien como quedó al margen de protección en la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos sin darle continuidad con la Reserva integral del Pinar de Garafía. Por todo lo cual se incluye dentro de una categoría de suelo rústico de máxima protección (Protección Natural, dentro de la subcategoría de Interés Ecológico Pinar Canario y Monteverde Excelso (RPN-2IEME)). - Monte-verde termófilo de valor natural o ecológico Cuatro áreas disyuntas situadas en las cuencas de los barrancos de La Galga, La Fuente, Los Tilos y La Herradura, en el límite inferior del monte-verde, cuyo hábitat dominante es Visneo-Arbutetum canriensis, de gran singularidad florística, valor natural e interés ecológico. Son las mejores muestras de esta comunidad en el contexto insular, escasamente representado en La Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos. Los enclaves situados en el Barranco de La Galga se integran dentro de la unidad de zona de Suelo Rústico de Protección Natural Interés Ecológico. Pinar Canario y Monteverde Excelso (RPN-2IEME). Las zonas ubicadas en el Barranco de La Galga, se incluyen dentro del Parque Natural de Las Nieves (P-3). Los enclaves ubicados en el Barranco del Agua, se introducen mayoritariamente dentro de la unidad de zona de Reserva Paisajística del mismo nombre (RPP). La situada en el Barranco de la Herradura, se incorpora a la unidad de zona de Pinar Canario y Monteverde Excelso (RPN-2IEME) antedicha. - Almacigares relícticos de Llano de Pino Situados en contexto territorial muy antropizado. Su valor ecológico es limitado, pero su valor botánico y natural es elevado por lo que tienen de testimoniales de una formación que debió ser muy representativa de los montes más bajos del municipio. Es interesante hacer un plan de regeneración. Se incluye ese enclave como recinto zonal único dentro de la categoría de Suelo Rústico de Reservas de Bosque Natural (RPN4RB). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 29 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Cultivos “colgados” del barranco de Los Tilos de valor agrícola y cultural De gran singularidad paisajística, consideramos que deben ser protegidos territorialmente y subvencionados con medidas económicas concretas antes que sea demasiado tarde y progrese el incipiente abandono que ya se observa. La cuenca del Barranco de Los Tilos o Barranco del Agua, desde su contacto superior con la delimitación del Parque Natural de Las Nieves, hasta su desembocadura en el núcleo histórico de San Andrés, incluyendo las infraestructuras, los cultivos en huertos aterrazados, y las laderas, constituyen un área territorial donde la acción del hombre y la naturaleza coexisten en unas frágil armonía, cuya preservación se considera necesaria desde este Plan General. - Suelo rústico de protección forestal Engloba la zona de monteverde más degradada del municipio. La matriz la constituye un fayal-brezal (Fayo-Ericetum) con retazos de Lauro-Perseetum, en muchos casos de buena calidad natural y valor ecológico considerable. Recomendamos su planificación y gestión forestal con criterios de explotación sostenible, limitando al máximo su explotación en la zona más alta colindante con el Parque Natural. Constituye las áreas externas al Parque Natural de Las Nieves donde la aptitud topográfica del terreno ha permitido históricamente su aprovechamiento forestal. Estas actividades de corte de monte para las camas de ganado y de palos y varas para los cultivos de tomates y plátanos, tienen actualmente una presencia casi testimonial en la zona, lo que ha propiciado una regeneración natural del dominio natural del Monteverde favorecido por las condiciones climáticas. El Plan General recoge estas áreas dentro de una subcategoría de Suelo Rústico de Protección Natural que hemos denominado Interés Ecológico. Monteverde Degradado (RPN-3IEM) - Restante Suelo rústico de protección paisajística Independientemente del recinto territorial de paisaje natural y antrópico que constituye la cuenca del Barranco del Agua, mencionada anteriormente, se consideran dos unidades con Protección Paisajística RPP que engloban la parte más baja de los barrancos de La Galga y La Herradura. Tradicionalmente afectados por pastoreo y filtraciones indirectas de los cultivos de las inmediaciones, están bastante antropizados, pero aún así mantienen su interés paisajístico, debiendo velarse por su integridad geomorfológica. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 30 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Suelo rústico de protección costera De desigual desarrollo a lo largo de la costa, los acantilados costeros tienen peculiaridad paisajística y ecológica proporcionada por su proximidad al mar, influenciados por la maresía. Originariamente muy interesantes desde el punto de vista natural y científico, en la actualidad están muy alterados por el pastoreo, nitrificación indirecta por las filtración de aguas procedentes de los cultivos próximos, etc. Es importante salvaguardar su integridad geomorfológica, especialmente si se llevan a acabo actuaciones en el litoral entre San Andrés y Puerto Espíndola. Si bien el Suelo Rústico de Protección Costera delimitado incluye la banda completa de servidumbre de protección, superponiéndose a distintas categorías de suelo rústico fundamentalmente a las de Protección Económica Agraria Intensiva (RPA-2I) y Paisajística (RPP), la totalidad del suelo no ocupado o de menor antropización, así como el de neta componente natural, se categoriza exclusivamente como de Protección Costera (RPL), albritándose medidas de conservación diferenciadas. - Suelo rústico de protección agraria (agrícola extensivo): Corresponde mayormente a los terrenos de cultivo de secano. Su fisionomía y características naturales y culturales encajan bastante bien con la tradicional concepción del “suelo rústico”: huertas con cultivos de secano; frutales marginales; matorrales dispersos en las zonas más accidentadas; herbazales anuales o perennes en las parcelas abandonadas; casas rústicas tradicionales o de nueva construcción dispersas, etc. Estimamos que en su ámbito debe primar su carácter agrícola y evitar su urbanización paulatina a través del tradicional subterfugio del “cuarto de aperos”. Con este fin se han potenciado los “asentamientos rurales”. Se corresponde con las medianías altas de los interfluvios que conforman este municipio, es decir, de Norte a Sur, Los Sauces, Las Lomadas y Los Galguitos, separados por las reservas naturales y paisajísticas de los Barrancos de La Galga y La Fuente, San Juan y Del Agua. Su límite inferior se encuentra constituido por la Carretera LP-1, con la excepción de los lomos bajos de El Tanque en Los Galguitos, y el límite superior lo constituyen los espacios de componente natural del dominio del Monteverde. La propuesta de ordenación contenida en este plan General se orienta claramente a la mejora de la calidad de vida en esas áreas que propicien el mantenimiento de su población, así como en la preservación del paisaje antropizado agrícola y en todo caso propiciar su rehabilitación. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 31 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Suelo rústico de protección agraria (cultivos intensivos): En general situados por debajo de la cota 250, apuran hasta el máximo la ocupación del territorio, tanto en las lomas como en la cuenca de los barrancos, de los que solamente se salvan las situaciones más escarpadas. Además de su valor agrícola intrínseco, estos cultivos tienen valor cultural y paisajístico, para los que, ya se ha reiterado, conviene arbitrar medidas económicas compensatorias a fin de salvarlos primero del “plástico” y después de su extinción. Como alternativa a su uso actual, tratando de buscar nuevas fuentes socioeconómicas para el municipio, cabe diferenciar una estrecha franja costera, situada entre San Andrés y Punta Gorda, como potencialmente interesante para desarrollar un pequeño enclave turístico costero. En este sentido la actuación debe ser pulcra con bajo índice de ocupación territorial y convenientemente ajardinada a efectos de diluir su impacto paisajístico con el contorno de los cultivos de plátanos. Comprende un área territorial perfectamente delimitadas entre la Carretera General LP-1, límite superior, y el mar, límite inferior, cortada transversalmente de mar a cumbre por los Barrancos de La Galga, San Juan, El Agua y La Herradura, exceptuando los enclaves de los Asentamientos y los ámbitos de San Andrés y Puerto Espíndola-El Melonar. - Núcleos urbanos, áreas periurbanas y asentamientos rurales: Fundamentalmente localizados en las medianías de la zona baja del municipio, a excepción de San Andrés y Puerto Espíndola que se localizan en la costa. El principal núcleo urbano lo constituyen Los Sauces, donde los asentamientos dispersos tradicionales se han ido vertebrando con nuevas construcciones, hasta constituir el principal asentamiento poblacional del norte insular. San Andrés es un núcleo con gran protagonismo histórico dentro del municipio, pero su desarrollo como núcleo lleva estancado desde hace décadas. Aún así, en el Plan se abren posibilidades a su ampliación. El resto se trata de asentamientos más o menos consolidados en torno a los lomos menos aptos para la agricultura o apoyados en la carretera general. Como medida alternativa o compensatoria, consideramos importante arbitrar medidas de ordenación territorial que conduzcan más a consolidar los núcleos ya existentes en la actualidad (incluso siendo generosos en su concepción), que ser estrictos en la interpretación de estos asentamientos y propiciar la aparición dispersa de otros nuevos en el ámbito del “suelo rústico de protección agrícola (extensivo)”. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 32 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Como consecuencia de los criterios adoptados para las unidades territoriales y/o ambientales esbozados anteriormente, se produce las siguientes decisiones de ordenación que a continuación se exponen: • Suelo Rústico de Protección Natural. Parque Natural de Las Nieves (P-3) Del territorio municipal se encuentran incluidos en este espacio 254,78 Has., lo que supone el 59,76% de la superficie del Término Municipal. Fue declarado inicialmente en la ley 12/1987, de 19 de junio, de Declaración de Espacios Naturales de Canarias, como tres espacios separados, el Parque Natural de Monte de Los Sauces y Puntallana, el Parque Natural de Barrancos de Quintero, El Río, la Madera y Dorador, y el paraje natural de interés nacional de Cuchillete de San Juan. Los tres fueron unidos y reclasificados a su actual categoría en la Ley 12/1994, de 19 de diciembre, de Espacios Naturales de Canarias, que posteriormente se deroga, al incorporarse íntegramente al Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias. Todo el parque es por definición área de sensibilidad ecológica a efectos de lo indicado en la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de Impacto Ecológico. En el interior de este espacio se encuentra la reserva de la biosfera Los Tiles (hoy incorporada a la Reserva de La Biosfera de La Palma), declarada por la UNESCO en 1983. Por otro lado, parte del espacio ha sido declarado zona de especial protección para las aves (ZEPA), según lo establecido en la directiva 79/409/CEE relativa a la conservación de las aves silvestres. Dentro del parque están incluidos parcialmente los montes de utilidad pública Nº 40 “Pinar” y el Nº 39 “Pinar”. Asimismo, la zona occidental del área forma parte de la zona periférico del Parque Nacional de la Caldera de Taburiente. El monte de Los Sauces, se encuentra asimismo dentro del LIC denominado Las Nieves ES7020010, perteneciente por tanto a la Red Natura 2000. Este espacio alberga una de las mejores muestras de laurisilva de Canarias y una de las más importantes cuencas de recarga del acuífero subterráneo que todos los años recibe un elevado aporte hídrico tanto por la lluvia como por precipitación horizontal, contribuyendo igualmente a la protección de los suelos y otros procesos ecológicos esenciales. De la misma manera, el sector meridional incluye un pinar representativo y en buen estado de conservación con especies amenazadas y protegidas como el reta- Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 33 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial món (Genista benehoavensis) o el cabezón (Cheirolophus santos-abreuí). La fauna y la flora son destacadas, con multitud de endemismos y muchas especies amenazadas y protegidas. Las palomas de laurisilva tienen en este lugar una de sus principales áreas de cría y en el pinar, al sur, hay especies de interés como el gavilán y la aguililla. Semejante riqueza biológica se enmarca en un entorno paisajístico de gran belleza e importantes valores geomorfológicos. Independientemente de la existencia de yacimientos arqueológicos de gran valor patrimonial (cuevas, refugios pastoriles, cabañas, paraderos, aras y gravados rupestres) y la presencia de sectores del Parque con gran concentración de los mismos (Barranco de San Juan, Barranco de Nogales y Borde de la Caldera de Taburiente), así como la presencia de recorridos peatonales en diferentes sectores del Parque con gran valor recreativo y educativo, susceptible de ser utilizados y promocionados para el desarrollo de actividades con el disfrute de la naturaleza y el aprendizaje de los procesos naturales del Parque. Dentro del Municipio de San Andrés y Sauces cabe destacar la presencia de hábitats naturales como la laurisilva de los Tilos y el Cubo de La Galga (parcialmente dentro del Término Municipal), los pinares de los altos del Municipio, los cardonales del Barranco de San Juan y las comunidades rupícolas de las laderas y cabeceras de los barrancos. Asimismo, merece especial mención el yacimiento arqueológico de las Cuevas de Tendal en el Barranco de San Juan y las zonas de divulgación, investigación y ocio de los Tilos. El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Las Nieves, se aprueba definitivamente mediante Acuerdo de la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 22 de junio de 2006, publicándose ene. BOC Nº 2006/141 de 21 de julio. Dicha ordenación queda recogida íntegramente en el presente Plan General, cuya clasificación íntegra es de “Suelo Rústico “con las siguientes categorías: Suelo Rústico de Protección Natural. 1. Constituido por aquellas zonas de alto valor ecológico que incluye sectores de elevada calidad, alta fragilidad o de interés científico. Con carácter general, se trata de terrenos que están muy naturalizados. 2. El destino previsto para este suelo es la conservación y, en su caso, restauración de sus valores naturales y ecológicos, así como la investigación científica y un uso educativo y recreativo de baja intensidad, y siempre de forma compatible con la conservación. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 34 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3. Incluye la totalidad de la superficie zonificada como Zona de Uso Restringido. Suelo Rústico de Protección Paisajística. 1. Constituido por aquellas zonas en que conviven valores eminentemente naturales con ciertos usos y actividades humanos, generando un paisaje de gran importancia paisajística desde el punto de vista natural, cultural o estético, incluyendo tanto sectores escasamente transformados por actividades humanas como otros intervenidos a lo largo del tiempo. 2. El destino previsto para este suelo es la conservación del valor paisajístico, natural o antropizado, y de las características fisiográficas de los terrenos. 3. Ocupa la mayor parte de la superficie del Parque Natural, correspondiéndose su delimitación con la de la Zona de Uso Moderado. Además, en este ámbito se encuentran los equipamientos de uso público descritos en el artículo 14, correspondiente a las Zonas de Uso General de Los Tilos, Las Barandas y La Galga. Suelo Rústico de Protección Cultural. 1. El destino previsto para este tipo de suelo es la preservación de yacimientos arqueológicos y de edificios, conjuntos o infraestructuras de valor histórico, artístico o etnográfico, así como su entorno inmediato. 2. En el Parque Natural de Las Nieves se delimita el Suelo Rústico de Protección Cultural El Tendal, incluido en la Zona de Uso Tradicional Barranco de San Juan, con la delimitación exacta contenida en el anexo Cartográfico del presente Plan. Incluye el conjunto histórico de Cuevas de El Tendal, con una serie de yacimientos como la Cueva de La Cañada, la Cueva del Polvo y El Jurado. Suelo Rústico de Protección Costera. 1. Alberga la franja de dominio público marítimo-terrestre y su servidumbre de protección. 2. Su destino es la ordenación y protección del dominio público marítimo terrestre y las zonas de servidumbre. Tal y como permite el artículo 55.a).5 del Texto Refundido, esta categoría se superpone sobre otras categorías. En este caso, se superpone con Suelo Rústico de Protección Natural y con Suelo Rústico de Protección Agraria. 3. Se delimitan en el Parque Natural de Las Nieves dos ámbitos: el situado en la desembocadura del Barranco de San Juan, superpuesto con el Suelo Rústico de Protección Agraria de Barranco de San Juan, y el que se localiza en la zona de la Playa de Nogales, superpuesto con el Suelo Rústico de Protección Natural. Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras. 1. Comprende los terrenos pertenecientes a la zona de dominio público de las carreteras que atraviesan el territorio del Parque Natural, conforme lo dispuesto en la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias. Asimismo incluye las infraestructuras hidráulicas e hidroeléctricas de la zona de El Mulato. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 35 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 2. El destino previsto es establecer zonas de protección y de reserva con las que garantizar la funcionalidad de la infraestructuras existentes, superponiéndose, tal y como permite el artículo 55.b).5 del Texto Refundido. Tal y como el Texto Refundido permite, se superpone a otras categorías de suelo rústico. 3. Se localizan las siguientes áreas: - SRPI-a: suelo rústico de protección de infraestructuras El Mulato: comprende las infraestructuras del salto hidráulico más una pequeña zona a su alrededor. - SRPI-b: suelo rústico de protección de infraestructuras C-830: incluye la carretera C-830, así como la Zona de Dominio Público y Servidumbre de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias. - SRPI-c: suelo rústico de protección de infraestructuras Astrofísico: definida por la carretera que une Santa Cruz de La Palma y el observatorio astrofísico en el Roque de Los Muchachos, así como la Zona de Dominio Público y Servidumbre de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/1991. - SRPI-d: suelo rústico de protección de infraestructuras Los Tilos: comprende la carretera que une la vía C-830 con la central hidroeléctrica de El Mulato y el Centro de Documentación de las Reservas de la Biosfera e Interpretación de la Naturaleza de Los Tiles, así como la zona de Dominio Público y Servidumbre de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/1991. Suelo Rústico de Protección Agraria. 1. Constituido por aquellas zonas destinadas, o con potencialidad, a las actividades agrícolas, en terrenos que reúnen condiciones favorables para el adecuado desarrollo de la actividad agrícola. 2. Su destino es la ordenación del aprovechamiento o del potencial agrícola. 3. Dentro del Parque Natural de Las Nieves se incluyen dos bolsas de este suelo: - SRPA-a: Suelo Rústico de Protección Agraria Barranco del Agua: coincidente en su delimitación con la Zona de Uso Tradicional del Barranco del Agua. - SRPA-b: Suelo Rústico de Protección Agraria Barranco de San Juan: se corresponde con la Zona de Uso Tradicional Barranco de San Juan a excepción de la zona delimitada y categorizada como Suelo Rústico de Protección Cultural. • Suelo de Protección de interés ecológico. Pinar canario y Monte verde Excelso (RPN-2 IEME) Se corresponde con una parte de la unidad ambiental denominada “Monte-VerdeExcelso”, concretamente el suelo perteneciente a dicha unidad no incluido dentro de la delimitación del Parque Natural de Las Nieves (P-3), que comprende la parte superior de la Ladera Sur del Barranco de La Herradura por encima de la Cota + 200 metros, Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 36 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial parte superior de la cuenca del Barranco del Agua, ladera Norte del Barranco de La Galga y Cuchillete del mismo nombre, y terrenos abruptos del Monte de Las Lomadas. Su denominador común es la vegetación perteneciente al dominio potencial del Monteverde en sentido amplio, es decir, engloba tanto las comunidades mas nobles y excelsas (Lauro-Perseetum, Diplazio-Ocoteetum Visneo-Arbutetum, Ruho-Salicetum), como parte de las etapas de sustitución más regeneradas (Fayo –Ericetum arboreae). Su inclusión dentro de la subcategoría que hemos denominado “Interés Ecológico. Pinar Canario y Monteverde Excelso” dentro de la categoría de Protección Natural, responde al máximo nivel de protección. La preservación máxima viene dada por su gran valor ecológico y ambiental: riqueza faunística, conservación del acuífero, singularidad paisajística, etc… Si bien la mayor parte de esta unidad ambiental queda englobada dentro del Parque Natural de Las Nieves, en los recintos delimitados por este Plan, se encuentran algunas manifestaciones interesantes del monte-verde termófilo (VisneoArbutetum) y comunidades rupícolas anexas de su límite inferior. • Suelo de Protección de interés ecológico. Monteverde Degradado ( RPN-3 IEM) Se corresponde parcialmente con la unidad ambiental denominada “monte-verde degradado”, en concreto, la parte de la misma situada fuera del Parque Natural de Las Nieves, excluyéndose también algunas zonas agrícolas del Lomo de Los Sauces, por encima de la presa de Bediesta. En la zona correspondiente al monte de Las Lomadas, se reconocen áreas de topografía accidentada, en su mayor parte inexploradas forestalmente, que se incorporan a la subcategoría anterior RPN-2 IEME. Comprende los suelos montuosos más degradados del monte-verde, situados en las lomadas de los interfluvios de los barranquillos que surcan los tres lomos del municipio, y en general por encima de los 450 metros de cota. Técnicamente corresponde al dominio de la asociación Fayo-Ericetum arboreae. Se trata de áreas secularmente explotadas desde el punto de vista forestal y, en algunas ocasiones, hasta agrícola. En su seno aparecen cultivos de castaños, tagasastes, etc. En la actualidad por las razones socioeconómicas que ya han sido expuestas se encuentran en un período de regeneración, pero aún así son frecuentes en su seno los matorrales de degradación y herbazales asociados al fayal-brezal. Aún así su explotación continúa y sigue proporcionando beneficios económicos a una relativamente baja proporción de vecinos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 37 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial A efectos de su ordenación, se nos presenta la duda respecto a la prevalencia de los valores económicos forestales sobre los ambientales ecológicos. No cabe duda que en épocas pasadas el papel de los montes era fundamental para la obtención de “los palos y varas” de sustentación de los tomateros y plataneras, así como para las camas del ganado y la obtención de estiércol, sin embargo, ese rol económico prácticamente carece de significación, quedando totalmente desplazado por estrategias de recuperación y regeneración de los montes para el mantenimiento y mejora de los procesos ecológicos básicos de la isla, tales como su papel en la recarga de los acuíferos, en el paisaje y en el medio ambiente en general. • Reservas de Bosque Natural ( RPN-4 RBN) Se corresponde con cuatro recintos boscosos, caracterizados por su carácter de enclave aislado con predominio de las especies de porte arbóreo. El primero se corresponde con una plantación mixta de pinos (pinus spp.) y fayal brezal, realizada hace mas de 50 años en el primer tramo más bajo del Camino del Monte que discurre entre El Pico de La Cruz y Los Sauces, organizada sobre el lomo del Romeral a ambos márgenes del camino(1). El segundo se corresponde con un bosquete de castañeros situado en la zona de “La Lomada”, especie de meseta triangular que se forma en la confluencia de Los Barrancos de La Galga y de La Fuente (2); el tercero, el enclave relíctico de bosque termófilo de almácigos, localizado al Norte de Llano del Pino, abriéndose paso entre los densos cultivos de plataneras, con ejemplares de gran desarrollo (3). Y por último, un enclave de pinar canario de alto valor ecológico, situado en la ladera Sur del Barranco de La Herradura, entre las cotas +930 m y + 1.020 m, fuera del Parque Natural de Las Nieves (4). • Suelo de Protección Paisajística. Reservas Paisajísticas (RPP). Se corresponde básicamente con la unidad ambiental denominada “zona baja de la cuenca de los principales barrancos”, localizada en la ladera Sur de la vaguada del Barranco de La Herradura (1 y 2), en la cuenca del Barranco del Agua fuera del Parque Natural de Las Nieves P-3 (3) y en la Ladera Norte del Barranco de La Galga (4), caracterizados por su espectacular morfología, vegetación arbustiva rica en endemismos en las partes de topografía mas abrupta menos alterada, cultivos en terrazas colgadas, abundancia de cuevas con interés arqueológico comprobado potencial, presencia de infraestructuras históricas, etc..., cuya inclusión en esta categoría persigue, además de la protección del valor paisajístico, una protección global, que comprende además los valores naturales y los antrópicos, así como las características fisiográficas que presentan. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 38 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La conjunción de valores naturales, culturales y paisajísticos que presentan estos barrancos es importante mereciendo por tanto, una protección global y por ello una consideración restringida o moderada en cuanto a su uso. • Suelo Rústico de Protección Cultural. Reservas Histórico Culturales (RPC). Independientemente de los elementos arquitectónicos y etnográficos incluidos en el Catálogo de Protección del Patrimonio, incorporado a este PGO, así como el suelo incluido en tal categoría mediante el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Las Nieves en la Zona de Uso Tradicional Barranco de San Juan, correspondiente al conjunto histórico de Cuevas de El Tendal, con una serie de yacimientos como la Cueva de La Cañada, la Cueva del Polvo y El Jurado, se incluyen dos enclaves dentro de la categoría de Protección Cultural en la zona de San Andrés. Convento Franciscano y su entorno de protección. El Calvario y su entorno de protección. • Suelo Rústico de Protección de Entornos (RPE). Las zonas incluidas en esta categoría, se realizan con dos finalidades, por una parte para la protección de la coronación de la vaguada o cuenca de los Barrancos de Alén y San Juan en la inflexión con los interfluvios de Las Lomadas y Los Galguitos, así como para proteger la banda de transición entre el monte verde de Las Lomadas y la zona de cultivos de las medianías altas. En el primer caso se trata de la protección del espacio Parque Natural de Las Nieves (P-3), y en segundo lugar, para la conservación de la perspectiva de la parte alta de Las Lomadas. • Suelo Rústico de Protección de Litoral (RPL). En esta categoría de suelo se incluye la banda litoral que discurre entre los límites intermunicipales en los Barrancos de La Herradura y La Galga, la línea de servidumbre de Costas y el mar. De esta franja, existe una parte superior que se superpone a la categoría de suelo que corresponda, fundamentalmente Protección Agraria Intensiva (RPA-2I) y Protección Hidráulica (RPH) en la desembocadura de los Barrancos. La banda inferior de contacto con el mar, compuesto por los acantilados y playa, se categoriza exclusivamente para la protección del litoral, independientemente de su indudable valor paisajístico. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 39 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Suelo Rústico de Protección. Agraria Productivo Extensivo (RPA-1E). Se incluyen en esta categoría de suelo la unidad ambiental denominada “cultivos de secano, matorrales y herbazales asociados”, incorporando asimismo suelos de agricultura de regadío no intensiva. Su localización territorial se corresponde con las denominadas “medianías” situadas entre las cotas + 250 y +500 metros, por encima de la carretera LP-1 y la zona media de “El Tanque”, en el interfluvio de Los Galguitos, único enclave ubicado por debajo de la LP-1, excluyendo las delimitaciones de los asentamientos rurales. Su fisonomía y características naturales y culturales encajan bastante bien con la tradicional, concepción del “suelo rústico palmero“, caracterizado por la presencia de huertas con cultivos, frutales marginales, matorrales dispersos en las zonas más accidentadas, herbazales en las parcelas abandonadas, casas rústicas tradicionales o de nueva construcción dispersas. La inclusión en esta categoría de suelo, persigue, independientemente de la preservación de sus potencialidades edafológicas y agrícolas, la protección, de carácter estratégica, de los valores paisajísticos y socioculturales, en relación con la población y los usos y estructuras agrarias tradicionales, además de responder a los criterios generales de este Plan respecto al medio rural no ocupado. • Suelo de Protección Agraria. Productivo Intensivo (RPA-2I). Se corresponde fundamentalmente con el suelo ocupado por cultivos de plataneras, situados por debajo de la Carretera LP-1 hasta la Costa. Comprende los terrenos situados por debajo de la cota + 250 metros, excluyendo las cuencas y laderas de los barrancos y los ámbitos de San Andrés, El Melonar-Puerto Espíndola y Asentamientos Rurales y Agrícolas. Algunos cultivos colgados se incorporan a recintos de protección paisajística. Se trata de terrenos totalmente alterados desde su propia conformación como suelo agrícola, es decir, roturación y alteración topográfica de los estratos iniciales, construcción de muros de contención de mampostería de piedra en seco, aportación de tierra vegetal transportada desde el monte, plantación y por último, la introducción de infraestructuras de riego, red de accesibilidad y transporte, edificaciones, protecciones, y en los últimos tiempos, invernaderos de plástico. Se trata pues, de un paisaje totalmente antropizado, artificial y económico. Cada vez más, se tiene una conciencia social mayor respecto a la incidencia ambiental, tanto al subsuelo como a la atmósfera y a la población, de estos cultivos intensivos, detectándose en los últimos años leves gestos en el sentido de la sostenibilidad ambiental y agrícola. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 40 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Su protección es fundamentalmente económica, si bien, responde claramente al mantenimiento de un sistema socioeconómico sustentado en el monocultivo del plátano, con unas claras implicaciones paisajísticas, tanto en sentido positivo (paisaje antrópico característico), como negativas (paisaje plastificado). Dentro de la Protección Agraria Intensiva se diferencia la zona costera que discurre entre el núcleo de San Andrés y El Melonar, por debajo de la carretera LP-1042, donde se reconoce su aptitud para albergar actuaciones turísticas cualificadas conforme al PTE, así como equipamientos complementarios. • Suelo de Protección de Barrancos (RPH). Los terrenos pertenecientes a las vaguadas de los cuatro grandes barrancos, de Norte a Sur, La Herradura, El Agua, San Juan-Alen y La Galga-La Fuente, que conforman los tres interfluvios del antiguo “Cantón de Adeyahamen”, se incluyen dentro de categorías de Protección Natural y Paisajística, en tanto, sobresalen tales valores sobre los hidrológicos (sistema de drenaje superficial), quedando totalmente salvaguardadas las cuencas de los mismos. Se incluyen en esta categoría el sistema menor de escorrentías que surcan de mar a cumbre cada uno de los tres interfluvios: Los Sauces ( Barranquera de Lomo López (1) y Barranquera de Ramírez (2)), Las Lomadas (Barranqueras de Verada Lomadas-La Orotava (de 3 a 9) y La Orotava-San Pedro (de 10 a 12)) y Los Galguitos (Barranqueras de Fuentenueva-El Drago (de 13 a 16), La Vica-La Calzadita ( de 17 a 20) y La Gallega (21 y 22)). • Suelo de Protección de Infraestructuras (RPI) El Suelo de Protección de Infraestructuras incluye la Protección de los sistemas viarios, fundamentalmente los pertenecientes a las redes de primer y segundo nivel (PRIC), los de las redes de suministro y transporte de energía eléctrica (RPI-E), los de Telecomunicaciones (PRIT), los de saneamiento (RPI-S) y los pertenecientes al importante sistema hidráulico insular (RPI-H). En todos los casos, el suelo ocupado por la infraestructura en sí, en las carreteras, la banda ocupada por la calzada y la franja de dominio; en los elementos puntuales de telecomunicaciones, eléctricos y saneamiento, el suelo vallado; y en el sistema hidráulico las áreas directamente vinculadas a los embalses y estanques; se categoriza exclusivamente con esta categoría. El suelo perimetral de protección de la infraestructura se superpone a la clase de suelo que corresponda. Los elementos de carácter lineal que componen las redes de distribución y transporte, pertenecientes a los sistemas orgánicos de infraestructuras y de servicios municipales e insulares, se superponen en todos los casos a la categoría de suelo por donde discurren. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 41 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los recintos incluidos en esta clase de suelo, es decir, las zonas exclusivas no superpuestas, son las siguientes: CODIGO SUBCATEGORIA SUPERFICIE DENOMINACION CARRETERAS (m²) RPI-1 C TELECOMUNICACIONES RED HIDRAULICA PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS RPI-2 T RPI-3H SGV-1 Tramo de Carretera LP-1 entre límites municipales entre los Barrancos de La Galga y de La Herradura SGV-2 Vía de Circunvalación Sauces SGV-3 Carretera LP-104 (Tramo de Carretera entre intersección con la LP-1 en Llano El Pino e intersección con la LP-1 en Bajamar 35.124 SGV-4 Ctra. LP-1042 Entre la intersección con la LP104 ( Curva de El Valle ) a Puerto Espíndola 5.626 SGV-5 Ctra. LP-107 De acceso a Los Tilos entre su intersección e inicio en la antígua LP-1 10.692 SUMA PARCIAL.................................................................. 141.207 14,1207 7.030 0,703 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 79.920 7,992 LP-1(*) Núcleo de Los 0,9845 9.845 3,5124 0,5626 1,0692 1 Mástil previsto en la parte alta del Embalse de Los Galguitos 2 Mástil previsto en la parte alta de Las Lomadas Lomo San Pedro 3 Mástil en la parte alta del Lomo de Los Sauces, junto al embalse Bediesta 1 Depósito regulador de agua potable de Los Sauces 2 Embalse Adeyahamen 55.222 5,5222 3 Embalse de Bediesta 40.278 4,0278 4 Depósito regulador de riego de Los Señores 1.477 0,1477 5 Depósito regulador de riego de Los Quintos 755 0,0755 6 Depósito regulador de riego de El Poiso 126 0,0126 7 Depósito regulador de riego de La Caldereta 475 0,0475 8 Depósito regulador de riego Quinta Zoca 142 0,0142 9 Depósito regulador de riego El Drago 91 0,0091 10 Depósito regulador de agua potable de Las Lomadas 1.467 0,1467 11 Embalse de Las Lomadas 41.719 4,1719 12 Depósito regulador de riego de San Pedro 921 0,0921 13 Depósito regulador de riego de La Orotava 400 0,04 14 Depósito regulador de agua potable de Los Galguitos 1.054 0,1054 15 Embalse de Los Galguitos 16 Depósito regulador de riego del Hoyo SUMA PARCIAL............................................................................... SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA SUPERFICIE (Has) 69.708 6,9708 1.319 0,1319 222.184 22,2184 363.391 36,34 42 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Suelo de Asentamiento Rural (RAR). Las limitaciones y criterios generales que devienen del TRLotc-Lenac y de la Ley de Directrices, en ausencia de un Plan Insular que reconozca las especificidades de las formas tradicionales de poblamiento rural del Norte de la isla, genera algunas dificultades para la consecución de los objetivos básicos de este Plan para el medio rural, que no son otros, sino la recuperación de las medianías, así como el mantenimiento de la población rural, otorgándoles unos niveles de calidad de vida asimilables a la vida urbana en lo referente a los servicios básicos. Todo ello, sin renunciar al mantenimiento del carácter rural, evitando los modelos propios de los suelos urbanos y urbanizables. Los asentamientos del Norte de la Isla de la Palma son asentamientos fuertemente condicionados por la topografía, así como por la preservación del terreno aprovechable para el cultivo, fundamentalmente de carácter lineal, estructurado en base a la exigua red de caminos. Su evolución demográfica en las últimas décadas es regresiva, con un alto nivel de envejecimiento, abandono de los efectivos jóvenes, y por ende baja natalidad. Los criterios de delimitación y ordenación de estos asentamientos, no son asimilables a los de otras zonas de la isla, tales como la comarca centro-oriental de Las Breñas, Mazo y Santa Cruz de la Palma, así como de la comarca del Valle de Aridane, donde el suelo de asentamientos rurales constituye un producto inmobiliario, es decir, frente al entendimiento de los asentamientos rurales como competencia de los suelos urbanos y urbanizables, nos enfrentamos a su comprensión como elementos básicos para el mantenimiento y recuperación del medio rural. • Suelo de Asentamiento Agrícola (RAG). Los asentamientos agrícolas, entendidos como las áreas de explotación agropecuaria en las que se ha producido un proceso de edificación residencial relacionado con dicha explotación, y cuyo reconocimiento y ordenación ha de perseguir como objetivo básico el mantenimiento de su carácter productivo y rural, evitando su asimilación a los asentamientos rurales, no se encuentran en ninguna zona del territorio municipal, salvo en los enclaves residenciales de la parte baja de El Tanque, en el lomo de Los Galguitos, donde aparece un conjunto de siete viviendas, cuya situación se realiza apoyadas en la red viaria agrícola, y cuya existencia se encuentra plenamente vinculada a la agricultura intensiva de las fincas de plátanos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 43 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La coexistencia de la residencia rural y los cultivos intensivos de plátanos, no parece muy adecuada desde el punto de vista sanitario y ambiental, si bien, es una situación que se prodiga en numerosas zonas de la isla, y cuyas consecuencias no están muy difundidas, por todo ello, la delimitación realizada, de carácter restrictivo, se reduce casi exclusivamente al reconocimiento de lo existente. • Suelo Rústico de Protección Territorial (RPT). Directriz 65. Protección territorial. (ND) 1. La clasificación de suelo rústico en la categoría de protección territorial se aplicará a los terrenos que, careciendo de valores ambientales e interés productivo, sea necesario preservar del proceso urbanizador para el mantenimiento del modelo territorial o del valor del medio rural no ocupado, del ecosistema insular y de su capacidad de sustentación de desarrollo urbanístico o resulten inadecuados para la urbanización por causas económicas o por riesgos. 2. Se evitará su ocupación por proyectos de actuación territorial cuando no resulten inadecuados para la urbanización y se considere que, en caso de variación a largo plazo del modelo territorial o de la capacidad de sustentación del ecosistema insular, pudieran servir de soporte a aprovechamientos urbanos. 3. El planeamiento no podrá delimitar bolsas de esta categoría de suelo dentro de otras categorías de suelo rústico, como reserva para futuras actuaciones de interés general, sin una debida justificación de su ausencia de valores. Se incluyen en esta categoría de suelo tres zonas, carentes de valores ambientales y económicos, con un cierto carácter residual, que constituyen reservas de suelo para ampliaciones de equipamientos de interés general, caso de los Cementerios de Los Sauces (1) y San Andrés (3), o bien para el establecimiento de servicios básicos de carretera, caso de la reserva de suelo para el área de servicio de Las Lomadas (2), cuya previsión viene motivada por la necesaria eliminación de las Estaciones de Servicio del Núcleo de Los Sauces. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 44 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Suelo Urbanizable Sectorizado Comprende tres áreas intersticiales de remate y consolidación de la trama urbana en el núcleo de Los Sauces ( SUSNO-1.1, 1.2 y 1.4) y cuatro pequeños sectores de ensanche, uno en el núcleo de Los Sauces (SUSNO-1.3), uno en el de San Andrés (SUSO-2.1) y dos en el de Puerto Espíndola-El Melonar (SUSNO-3.1 y 3.2). También se incluye en esta clase de suelo y categoría el único sector industrial del municipio, emplazado en el lomo de La Orotava en Las Lomadas (SUSNO-4.1). • Suelo Urbanizable Diferido Se incluyen en esta clase de suelo el desarrollo potencial hacia el poniente y el remate Sur del núcleo de San Andrés, reconociéndosele de este modo la vocación histórica de este enclave urbano, así como el papel fundamental y protagonismo que está llamado a desempeñar en el modelo de desarrollo socioeconómico del término municipal y la comarca Nordeste de la isla. La vía de conexión prevista SGV-10 entre Las Lomadas y el núcleo de San Andrés, a través de la Atalaya, le confiere a esa zona unas potencialidades que se entiende necesario reconocer en el presente Plan. Comprende el recinto, ocupado actualmente por plátanos, cuyo código es SUNSD-2.1 Asimismo se incluye en esta categoría de suelo urbanizable, la zona situada por encima de las instalaciones portuarias de Puerto Espíndola, así como del futuro Parque Marítimo que incluye una playa artificial. Forman parte de la meseta situada sobre el acantilado costero, espalda Oeste del Puerto, y constituye la única reserva posible para albergar equipamientos y servicios complementarios con dichas instalaciones (SUNSD-3.1). • Suelo Urbano Se reconocen prácticamente los mismos ámbitos de suelo urbano clasificados en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes del año 92, eliminándose el ámbito de Garachico, al entenderse que debe integrarse en el sistema de Asentamientos Rurales. Son por tanto, los ámbitos de Los Sauces (SU-1), San Andrés (SU-2), Puerto Espíndola-El Melonar (SU-3) y Las Lomadas (SU-4). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 45 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El ámbito de Los Sauces (SU-1), se remata por el Este con la vía prevista de circunvalación de la LP-1 (SGV-2), incorporándose asimismo a la ordenación el Sistema Viario superior de descongestión, formado por las nuevas vías, fundamentalmente de ensanche y rectificación, SGV-6, SGV-7 y SGV-8. Dentro de este ámbito SU-1, se delimitan cuatro Unidades de Actuación correspondientes con otros tantos ámbitos de suelo urbano no consolidado, concretamente: el de Macho Durmiente (SUNCU-1) y el de Bajamar (SUNCU-1.4), que vienen de las NN.SS. 92, y los de El Barranquillo (SUNCU-1.2) y Los Salones (SUNCU-1.3), que se redelimitan y reordenan, respecto a las previsiones de dichas NN.SS. En el ámbito de San Andrés (SU-2), se mantiene fundamentalmente la ordenación prevista en las NN.SS. 92, excluyéndose parte del suelo urbano delimitado en el borde superior Oeste, que pasa a urbanizable SUSO-2.1. El suelo urbano no consolidado, coincidente con las NN.SS. 92, se organiza en tres ámbitos, SUNCU-2.1 (San Andrés-Norte), 2.2 (San Andrés-Este) y 2.3 (San Andrés-Oeste), a efectos de mejorar su gestión. Se reubica la reserva de suelo para uso docente, aproximándola a la dotación deportiva construida recientemente en “La finca del cura “ en el camino de La Atalaya. En el ámbito de Puerto Espíndola-El Melonar (SU-3), se mantiene la ordenación prevista en las NN.SS. 92 con ligeros reajustes, motivados por las obras de urbanización de la vía de acceso llevadas a cabo por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma. En el ámbito de Las Lomadas (SU-4), las modificaciones introducidas a la ordenación, devienen del nuevo trazado de la carretera LP-1, así como necesidades de remates de pequeña entidad. Se delimitan dos Unidades de Actuación, correspondientes a los dos ámbitos de suelo urbano no consolidado SUNCU-4.1 (VeradaLomadas Parte Baja) y SUNCU-4.2 (Verada-Lomadas Parte Alta). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 46 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 1.3. Documento para Aprobación Inicial ANTECEDENTES 1.3.1. NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL (NN.SS.92). El Planeamiento Municipal en vigor del municipio de San Andrés y Sauces se encuentra constituido por unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, cuya aprobación definitiva se ha producido por acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias (CUMAC), en sesión de fecha 3 de junio de 1.992, publicado en el BOC. Nº 22 del viernes, 19 de febrero de 1.993, habiéndose producido la publicación íntegra de las Normas Urbanísticas en el BOP. Nº 136 del 11 de noviembre de 1.992. A continuación se transcribe la resolución del acuerdo: Resolución de 27 de mayo de 1.992 de la Comisión de Urbanismo por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, que aprueba definitivamente las Normas Subsidiarias, término municipal de San Andrés y Sauces (La Palma). RESUELVO Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de la sesión de 3 de junio de 1992, por el que se aprueba definitivamente las Normas Subsidiarias del municipio de San Andrés y Sauces, y cuyo texto figura como anexo. Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 1992. El Director General de Urbanismo, Javier Ruiloba Santana. ANEXO La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 3 de junio de 1.992, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: “Visto el expediente relativo a las Normas Subsidiarias del municipio de San Andrés y Sauces, la Comisión acuerda su aprobación definitiva, por estimar que han sido subsanados los reparos señalados en el acuerdo de 14 de mayo de 1.992.” Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante la propia Comisión, contando a partir del día siguiente, al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 47 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.3.2. MODIFICACIONES PUNTUALES DE LAS NN.SS. Hasta la fecha se ha tramitado una sola modificación puntual, cuya aprobación definitiva se ha realizado mediante Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 04 de febrero de 2002, publicada en el BOC Nº 2002/135 de 18 de marzo. • Modificación Puntual Nº 1. Consistió en el traslado de una de las vías peatonales transversales a la travesía urbana de la Carretera LP-1, prevista en las NN.SS vigentes, por otra vía peatonal existente, cuya supresión se planteaba en dichas Normas. Así mismo, se modificaba la línea de fachada prevista frente a las edificaciones existentes, proponiéndose el mantenimiento de la línea de fachada actual. Su formulación se justificó en tanto la ordenación prevista en las Normas Subsidiarias vigentes, se vio superada por una nueva alternativa que deviene de una concepción global y unitaria de la zona, considerando las preexistencias edificatorias y viarias. La modificación en concreto consistió en lo siguiente: - Se suprimió la vía peatonal, de 9 m. de anchura y 36 m. de longitud, compuesta por dos escalinatas paralelas de 3 m. y un jardín lineal central igualmente de 3 m., prevista transversalmente entre la travesía urbana de la Carretera General LP-1 y la vía paralela a la misma proyectada en las NN.SS. - Se planteó un nuevo peatonal, apoyado en otro existente, situado a unos 20 m. al norte del previsto, que se alinea a un conjunto de edificaciones y que conecta igualmente las dos vías anteriores con un recorrido mayor de 67 m., planteándose así mismo una zona ajardinada de superficie superior a la de la anterior peatonal, cuyo traslado se propuso. - Se propuso mantener la alineación de las edificaciones existentes, alineadas con el peatonal que se planteó, estableciéndose por tanto un retranqueo entre dichas edificaciones y la travesía urbana de la Carretera LP-2, con lo que se redujo la superficie del suelo urbano correspondiente a esa manzana, que pasó a incorporarse al sistema viario público. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 48 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial No se alteró, por tanto, la intención ordenadora que el Planeamiento Municipal establecida para este Suelo, y no se modificó ningún parámetro fundamental (superficie, delimitación, edificabilidad y densidad), respondiendo escrupulosamente a la consideración con que trata en el Plan a dicho Sector. Esta modificación se justificó por la necesidad de reconsiderar la ordenación establecida para esta manzana en las Normas Subsidiarias, dentro de la reordenación que se plantea para la zona central del sector urbano de Los Sauces en el nuevo Plan General de Ordenación en redacción. 1.3.3.- LEGISLACION DE ESPACIOS NATURALES DE CANARIAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL. El actual Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, por el cual se refunden, mediante la unificación y armonización, la legislación urbanística y medioambiental nacional y fundamentalmente, la Ley 9/1999 de Ordenación del Territorio de Canarias y la Ley 12/1994 de Espacios Naturales de Canarias, sitúa dentro del ámbito del término municipal de San Andrés y Sauces, un único Espacio Natural, denominado Parque Natural de Las Nieves (P-3) que afecta igualmente a los Términos Municipales de Santa Cruz de La Palma y Puntallana. Dentro del Municipio de San Andrés y Sauces, la superficie incluida dentro de este espacio es concretamente de 25.477.695 m², lo que supone el 59,76 % de la totalidad del Término Municipal. El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de las Nieves se aprobó definitivamente mediante Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de fecha 22 de junio de 2006, habiéndose publicado en el BOC Nº 2006/141 de 21 de julio. Los Parques Naturales, conforme al Art. 48.6, a) del TRLotc-Lenac, constituyen junto con las Reservas Naturales las áreas no transformadas sensiblemente por la explotación u ocupación humana, que contienen valiosos recursos cuya preservación para el disfrute público, la educación y la investigación científica, de forma compatible con su conservación, se hace necesaria. No tienen cabida en los parques los usos residenciales y otros ajenos a su finalidad. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 49 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Todos los espacios naturales han de ser clasificados como suelo rústico en virtud del Art. 54.b) del TRLotc-Lenac. En virtud del Art. 58.1. del TRLotc-Lenac, el contenido del derecho de propiedad del suelo y, en su caso, la edificación tiene siempre como límites las determinaciones ambientales para la protección del suelo, el agua, el aire, la flora y la fauna; y las medidas de protección de los Espacios Naturales Protegidos. De acuerdo con el Art. 63.5 del TRLotc-Lenac, en el suelo rústico incluido en Espacios Naturales Protegidos o en sus zonas periféricas de protección, el régimen de usos tolerados o permitidos será el especialmente establecido por sus instrumentos de ordenación, sin que en ellos puedan otorgarse autorizaciones, licencias o concesiones administrativas sin un informe emitido por el órgano al que corresponda su gestión, y que en caso de que fuera negativo tendrá carácter vinculante. La descripción y delimitación de los Espacios Naturales clasificados en el Territorio Municipal de San Andrés y Sauces se recoge en el Anexo de Reclasificación de los Espacios Naturales de Canarias del TRLotc-Lenac: (P-3) Parque Natural de las Nieves. 1. El Parque Natural de las Nieves comprende 5094 hectáreas en los términos municipales de San Andrés y Sauces, Puntallana y Santa Cruz de La Palma. 2. La delimitación natural de este espacio natural protegido se indica en el anexo cartográfico P-3 y se corresponde con la siguiente descripción: Norte: desde un punto a cota 350 (UTM: 28RBS 2754 8921), en el cauce del Barranco de la Herradura, asciende por el espigón del margen derecho de dicho barranco hasta alcanzar el veril a cota 580; continúa por éste con rumbo SO hasta la cota 690, desde donde desciende con rumbo Oeste por la vaguada del margen izquierdo del Barranco del Agua, hasta el cauce del mismo a cota 290 y asciende por el espigón de la ladera opuesta con rumbo Sur hasta alcanzar la divisoria del margen izquierdo, por la que sigue con rumbo SO recorriendo el Lomo de Valle Grande hasta la Casa del Monte, a cota 1330, donde alcanza una pista: prosigue por ella con rumbo SO, atravesando el Lomo de la Hoya Amarga y el Lomo de las Tiseras, hasta una divisoria a cota 1287, en el margen izquierdo del Barranco de San Juan; desciende por ésta hacia el NE hasta alcanzar, a cota 940, una pista por la que sigue con rumbo Norte unos 250 m, hasta el veril del margen izquierdo del barranco contiguo por el norte; desciende por dicho veril con rumbo Este, hasta alcanzar un cruce de pistas a cota 860, y sigue el ramal hacia el Norte hasta otro cruce en la divisoria del margen derecho del Barranco de Alén, a cota 770; desde ahí desciende por la divisoria con rumbo ENE hasta alcanzar la cota 625, por la que sigue hacia el Norte cruzando el Barranco de Alén, hasta alcanzar el veril del margen izquierdo del mismo; sigue por éste con rumbo NE hasta el borde superior del acantilado Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 50 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial marino, a cota 70, desde donde desciende con rumbo Oeste hasta la costa (UTM: 28RBS 3088 8802), en un punto al norte de la desembocadura del Barranco de San Juan. Este: desde el punto anterior continúa por la línea de bajamar escorada, con rumbo Sur, hasta el espigón en el extremo meridional de la desembocadura del Barranco de San Juan, para ascender por la divisoria del mismo hasta el veril del margen derecho de dicho barranco, por el que continúa con rumbo SO hasta la cota 735, desde donde, en línea recta y con rumbo Sur, alcanza el cauce del barranco contiguo por el sur, a cota 670; desde ahí continúa aguas abajo hasta la confluencia con el Barranco de La Fuente, a cota 420, para ascender por la divisoria del espigón del margen derecho de este último barranco, con rumbo Sur, hasta un cruce de pistas en el veril del mismo, a cota 610, donde toma el ramal con rumbo Sur hasta alcanzar el veril del margen izquierdo del Barranco de La Galga, a cota 640; desde ahí desciende por la divisoria de un espigón de la ladera izquierda con rumbo Sur, hasta alcanzar el cauce a cota 460, y asciende por la vaguada de la ladera opuesta con rumbo SO hasta la divisoria a cota 700 en Lomo Piñero; continúa con rumbo SSO por dicha divisoria hasta el vértice 988, desde donde desciende con rumbo NE siguiendo la divisoria del margen izquierdo del Barranco Hondo de Nogales, hasta alcanzar una pista en un cruce a cota 610 y toma por un ramal, con rumbo Este, hasta enlazar con el veril del mismo margen a cota 460; desde ahí sigue por el veril hacia el NE, hasta un punto a cota 300, en el cauce del barranquillo que flanquea por el Oeste al vértice La Galga, desde donde en línea recta con rumbo NE alcanza dicho vértice, en el margen izquierdo del Barranco Hondo de Nogales, para descender por la divisoria hacia el Este, hasta el borde superior de un acantilado a cota 150, desde donde desciende por un espigón con igual rumbo hasta alcanzar la costa (UTM: 28RBS 3196 8542). Desde ese punto sigue la línea de bajamar escorada hacia el Sur hasta la Punta del Peñón; asciende con rumbo SO por la divisoria de dicha punta hasta alcanzar, a cota 85, el veril del acantilado de la Playa de Nogales; continúa por dicho veril hacia el Norte hasta alcanzar el veril del margen derecho del Barranco Hondo de Nogales; sigue por éste con rumbo SO hasta un punto a cota 400 (UTM: 28RBS 3093 8417), en el margen derecho de un ramal meridional de dicho barranco, desde donde prosigue en línea recta hacia el Oeste, unos 100 m, y alcanza de nuevo, a cota 425, el veril del margen derecho del Barranco Hondo de Nogales; continúa por dicho veril con rumbo SO hasta enlazar con la carretera C-830, de Santa Cruz a Los Sauces, a cota 400 y sigue por ella hacia el Oeste unos 430 m, hasta una curva pronunciada donde toma la divisoria del margen derecho del Barranco Hondo de Nogales. Sigue por dicha divisoria hacia el SO, pasando por Lomo Marinero y Las Moraditas, hasta el vértice 1453 m, desde donde continúa por la divisoria del margen izquierdo de Barranco Seco con rumbo Oeste hasta alcanzar, a cota 1940, una pista por la que toma hacia el sur atravesando el cauce del Barranco Seco hasta la divisoria de su margen derecho, en un cruce con un camino en el Lomo de Monte Santo; desciende siguiendo con rumbo SE la divisoria del margen izquierdo del Barranco de las Raíces hasta la cota 1400, en el espigón sureste del Lomo de las Vacas; desde ahí desciende por la divisoria de dicho espigón, con rumbo Sur, hasta alcanzar el cauce del Barranco de las Raíces, a cota 1260; por éste sigue aguas abajo hasta la confluencia con el Barranco de Dolores, a cota 900, para continuar descendiendo por él hasta la cota 510, en la confluencia con otro ramal del mismo barranco. Sur: desde el punto anterior asciende con rumbo SO, por un pequeño espigón del margen derecho del Barranco de Dolores, hasta alcanzar la cota 750 en la divisoria de dicho margen, en el Lomo de Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 51 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Mendroño. Desde ahí sigue en línea recta con rumbo SO unos 300 m, hasta la cota 800 en la divisoria contigua por el sur y en el margen izquierdo del Barranco de la Madera; desde ese punto continúa en línea recta con rumbo SO unos 1125 m, hasta la divisoria del margen derecho de dicho barranco, a cota 750, desde donde prosigue en línea recta con el mismo rumbo unos 2075 m y alcanza la divisoria del margen derecho del Barranco del Río de las Nieves, a cota 1000; sigue en línea recta con rumbo Sur unos 875 m, hasta la divisoria del margen izquierdo del Barranco de los Pájaros, a cota 975; desde el punto anterior asciende por dicha divisoria con rumbo Este hasta alcanzar la divisoria de Cumbre Nueva a cota 1930, en el límite del Parque Nacional de la Caldera de Taburiente (UTM: 28RBS 2311 7699). Oeste: desde ese punto continúa con rumbo Norte por la divisoria del borde este de la Caldera y el límite del Parque Nacional, pasando por los vértices Corralejo, Pico del Cedro, Pico de Las Nieves, Piedra Llana y Pico de La Cruz (vértice 2351); desde este último desciende por su espigón NE hacia la Hoya de las Piedras, para seguir la divisoria del margen izquierdo del ramal más septentrional del Barranco Rivero, por la que continúa con el mismo rumbo hasta la cota 1550 en Topo Entrada de los Charcos; desde ahí desciende por la vaguada con rumbo NE, hasta el cauce de un ramal del Barranco de la Herradura, a cota 1040, por el que sigue aguas abajo hasta la confluencia con el cauce principal a cota 825, para continuar aguas abajo hasta la cota 350, en el punto inicial. 1.3.4. ELEMENTOS RELEVANTES PARA LA ORDENACIÓN DEL MUNICIPIO. CONSIDERACIONES RESPECTO AL MANTENIMIENTO DEL PAISAJE ANTROPIZADO PLATANERO. La ploriferación de los cultivos de plataneras en La Palma se inicia a principios del siglo pasado en aquellas zonas que disponían de agua de riego, centrándose por tanto en los terrenos regados por las aguas de las Haciendas de Argual y Tazacorte y los beneficiados por los Nacientes de Marcos y Cordero en Los Sauces. Mientras en la zona del Valle de Aridane la propiedad de la tierra estaba en manos de unas cuantas familias hacendadas, en Los Sauces la tierra se había repartido progresivamente desde los primeros años de la Conquista, evolucionando hacia la estructura minifundista actual. El alumbramiento de pozos y galerías en los años 60 del siglo pasado, permite la puesta en explotación de los eriales costeros y medianías bajas de Las Lomadas, Los Galguitos y San Andrés. La transformación del territorio se produce esculpiéndolo en bancales imposibles hasta el mismo borde de las laderas más escarpadas, los acantilados costeros y los cortados, y trepando hasta el dominio del monte verde, donde las condiciones climáticas no son adecuaMemoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 52 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial das para la agricultura tropical. Esta transformación se produce de un modo continuado a lo largo de la historia, incrementándose en los años de mayor auge en la economía platanera de exportación. Se basó en la extensiva introducción de muros de contención construidos mediante mampostería de piedra basáltica en seco, y aportación de tierra vegetal procedente de los montes, previa roturación del terreno natural cuando se requería. Esta ingente obra de ingeniería agrícola, comparable por su importancia con cualquier actuación agrícola de nuestra historia modera, ha generado un paisaje culturas características, con casi un siglo de antigüedad, conocidos por varias generaciones de palmeros y visitante. Este paisaje agrario tan singular, constitutivo de una de las explotaciones agrícolas existentes de mayor rentabilidad por hectárea, con un alto grado de tecnificación y sofisticación, y que ha supuesto el soporte económico de la Isla durante décadas, ha de protegerse desde la planificación territorial insular y la urbanística municipal, y por que así viene impuesto por la normativa agraria sectorial y la legislación urbanística y territorial autonómica. Si bien, la introducción de la industria química después de los años 70 en aras a obtener mayor productividad, la progresiva aparición de plagas, y su conbate con más química, ha convertido a estas explotaciones intensivas en cultivos tecnológicos con una problemática ambiental, que no se puede esconder, fundamentalmente por las filtraciones al subsuelo y las emisiones a la atmósfera. La introducción de los invernaderos en amplias zonas de la isla, ha generado la introducción de un paisaje plastificado incompatible con el exuberante paisaje natural de la isla. Actualmente, el mantenimiento y subsistencia de las explotaciones plataneras depende de las subvenciones provenientes de la Comunidad Económica Europea. La desaparición de tal ayuda al cultivo, independientemente de acarrear unas consecuencias sociales inimaginables en un Municipio como San Andrés y Sauces, produciría una modifiación del paisaje de la Costa y las medianías bajas, así como de las áreas de cultivos colgados de los barrancos, cuyos efectos ya se pueden comprobar en algunos huertos abandonados en el Barranco de Los Tilos. Por otra parte, el simple sentido común, nos dicta la necesidad de plantear una necesaria diversificación económica, como elemental alternativa al futuro inmediato, que pasa necesariamente dentro del rumbo adoptado políticamente para esta Isla, por el incremento de visitantes y, su mayor, y mas racional y sostenible, explotación. El municipio de San Andrés y Sauces, aporta al pratrimonio natural y cultural de la Isla de La palma, importantes elementos, tales como la finca del Canal y Los Tilos, Los Nacientes de Marcos y Corderos, Los Montes de Los Sauces, de Las Lomadas, La finca de Tajadre, el Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 53 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial núcleo de San Andrés, el enclave de Puerto Espíndola, las piscinas naturales de Charco Azul, el conjunto urbano de las Plazas de Montserrat y Parque de Antonio Herrra, etc…, pero este importante patrimonio difícilmente puede repercutir en la economía local, si no se introducen los equipamientos e infraestructuras que los pongan en valor y permitan su explotación relevante. La ocupación total del territorio costero municipal por las plataneras, precisamente el soporte adecuado para albergar algunos de esos equipamientos e infraestructuras, obliga a plantear una sustitución de algunas pequeñas zonas de cultivos tales como el entorno inmediato a los núcleos de San Andrés y Puerto Espíndola y a las zonas entre San Andrés y Charco Azul por debajo de la carretera LP-1042. LOS SAUCES COMO NÚCLEO URBANO DE MEDIANO TAMAÑO CON UN GRAN ATRACTIVO PARA RESIDIR. LA CONSOLIDACIÓN DE LA TRAMA URBANA COMO EFICAZ MEDIDA PARA SU REHABILITACIÓN FUNCIONAL Y MORFOLÓGICA. Génesis del núcleo de Los Sauces. Elementos para la ordenación. Este núcleo tiene su génesis en las primeras viviendas, de trabajadores y operarios y de algún propietario, que se dispondrán inicialmente en torno a las instalaciones destinadas a la elaboración de los azúcares: las casas del ingenio de Pedro de Benavente en el frente Oeste y Norte de la actual Alameda de Antonio Herrera y las del ingenio del Adelantado en el Barranquito, probablemente a la altura de “Las Roseras”. Unos metros más hacia el Este, pero entre ambos ingenios, se edificaría antes de 1.513 la primitiva ermita de Nuestra Señora de Montserrat. Rápidamente, al conectar con el área de servicios que representaba los molinos hidráulicos de los grandes hacendados, se irá desarrollando un hábitat lineal, dispuesto sobre los ejes radiales Oeste-Este, que serán los que determinarán la trama urbana en los primeros siglos de nuestra historia, y no la Norte-Sur que se superpondría mas tarde. A fin de cuentas, estos ejes Oeste-Este fueron los primigenios, pues eran los que mejor respondían a las necesidades económicas, en tanto que permitía la conexión del área productiva de Los Sauces con la Administrativa de San Andrés, en su desviación Sur, y la portuaria de Puerto Espíndola, por el lado Norte. Para ello, bajo una clara distribución de intereses entre los dos grandes propietarios, estos ejes se dispusieron, siguiendo la línea que describía el límite entre las dos haciendas, de forma radial. Ambos arrancaban desde Los Molinos y La Torna (lugar desde el que se distribuía el agua entre las dos propiedades), para continuar el primero por la Calle del Medio, La Plaza, La Calzada, La Cruz Grande y El Convento, hasta dar al Puerto del Guindaste ( embarcadero inicial de la Hacienda de Los Señores) y San Andrés. El segundo, partiendo de la misma zona, bajaba por las Toscas, La Lama, La Placeta y Manos de Oro hasta llegar a Puerto Espíndola ( embarcadero inicial de la Hacienda de Los Príncipes), que con los años acabará centrando las actividades de ambas haciendas. Es en la parte alta Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 54 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial de estos ejes donde aparecen las primeras vías internas de Los Sauces. No obstante, la explotación más intensa y contínua de la Hacienda de Los Señores determinó que adquiriese mayor desarrollo el eje integrado por la Calle del Medio, hoy La Calle, que desde la Iglesia se prolongaría hasta la Torna y Los Molinos, actuando como vía de conexión entre el área de producción industrial, situada en torno a la actual plaza de Montserrat, y la “zona de servicios”, representada en este caso por Los Molinos, pasando por la zona de distribución de las aguas hacia las haciendas (La Torna). Si bien la historiografía tradicional ha mantenido que Los Sauces conocío un desarrollo más tardío que San Andrés, nuevos datos aportados por fuentes documentales vienen a matizar esta idea, pues parece que el nacimiento de un incipiente núcleo en el entorno de Los Ingenios, es muy anterior a lo que se venía manteniendo. Así, en el año 1.545 nos encontramos que en el entorno de la actual Plaza de Nuestra Señora de Montserrat, aparecían un groso grupo de edificaciones e instalaciones (protocolo de Lorenzo de Guadalcanal). El núcleo de Los Sauces progresivamente va adquiriendo un peso mayor en el contexto municipal, propiciado por el auge comercial que se genera, transformandose en cabeza comarcal a finales del siglo XIX, y atrayendo a un conjunto de prosperos agricultores propietarios que deciden construir. Mientras en los siglos anteriores a población se había dispuesto en los Lomos, siguiendo un desarrollo Oeste-Este, destacando sobre todo el eje comprendido entre los Molinos y el Templo de Montserrat, por una parte, y Los Molinos y La Lama, por otra, a partir de ahora asistiremos al desarrollo definitivo del eje Norte-Sur, que siguiendo el Camino Real hacia Barlovento, arrancará desde La Verada, pasando por la Plaza de Montserrat, Las Roseras, La Lama, para continuar hasta El Poiso. Reflejo de esa época son la mayoría de las edificaciones que hoy bordean la Plaza de Nuestra Señora de Montserrat y la Alameda de Antonio Herrera, asi como las viviendas de mayor valor arquitectónico de El Barranquito o La Lama, de las más ricas en formas y, en ocasiones, en materiales que se conservan. Como ejemplo, sirvan los siguientes datos, entre los años 1.907-1910, el Ayuntamiento de San Andrés y Sauces otorgó un total de 20 licencias, de las que 15 eran para edificar en Los Sauces; entre 1.929-1.931, se dieron 41, de las que 35 correspondían a dicho enclave. Los años inmediatamente posteriores a la Guerra Civil no fueron nada frutíferos para la construcción. No obstante, a partir de los años 60 y, sobre todo, en las décadas de los 70 y 80, debido, entre otros factores, a la llegada de divisas de la emigración, existimos a un nuevo impulso, cuyos resultados, sin embargo, no parecen haber sido nada acertados desde el punto de vista urbanístico y medio ambiental, debido, sobre todo, a la ausencia de Planeamiento Municipal y a que las Normas Subsidiarias no se aprobarían hasta el 3 de marzo de 1.992. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 55 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La aplicación y desarrollo de las actuales Normas Subsidiarias, ha propiciado exclusivamente la construcción de una decena de edificaciones de vivienda colectiva en suelo urbano consolidado, así como la apertura de dos calles: el acceso a La Lama desde la Carretera General LP-2 y la prolongación de la Calle Doctor Martín hasta el Polideportivo Municipal. Consideraciones para su ordenación. Podemos considerar al núcleo de Los Sauces, como un lugar suficientemente dotado de los equipamientos y servicios básicos, razonablemente bien comunicado con las infraestructuras insulares, puerto y aeropuerto, administraciones supramunicipales, equipamiento comercial, etc…, con un tamaño adecuado, entendiéndose por tal el espacio físico de implantación territorial, con una población razonable (3.000 habitantes), perfectamente arraigada en el Municipio, con unas características climáticas excelentes, dotado de unos recursos naturales incomparables, y con una amplia tradición cultural. Ha constituido y constituye el centro de la Comarca Noreste de la isla, si bien ha perdido un cierto peso por el acercamiento que la nueva carretera LP-1 representa para esta zona. Su economía se encuentra basada fundamentalmente en el monocultivo del plátano, con una pequeña aportación del sector comercial y servicios, hoy con un carácter testimonial. Podemos hablar de un Municipio que históricamente, tal como ha quedado esbozado, apuntaba un desarrollo importante, pero que a partir de la década de los 60 del pasado siglo, ha ido decayendo progresivamente, pasando de ser el tercer municipio de la isla en número de habitantes, a situarse en el sexto lugar. La principal característica del núcleo urbano de Los Sauces, reside en la potente centralidad generada por la plaza de Nuestra Señora de Montserrat y El Parque Antonio Herrera, sobre los que se sitúan los edificios principales de la Iglesia, El Ayuntamiento, y las edificaciones históricas de mayor relevancia que sustentan la actividad comercial: oficinas bancarias, farmacia, librerías, bares, restaurantes y comercio en general. Este gran centro, tanto por su dimensión y claridad tipológica, como por la calidad de las edificaciones que envuelven el espacio público, podría conceptuarse, sin lugar a dudas, como de los más importantes de Canarias. Genera en sí mismo un esquema radial de conexiones viarias que estructura, conjuntamente con la orografía, la trama urbana de este núcleo. El trazado de la Carretera General del Norte, cuya construcción no llega a Los Sauces hasta el año 1941, se lleva hacia el centro institucional, fragmentando la gran explanada central en dos mitades, la inferior situada al naciente corresponde a la Plaza de Montserrat, y la superior, al oeste, perteneciente al Parque Antonio Herrera, conocida por “La Alameda” . Si bien, tal medida pudo tener una justificación en aquella época, en aras a conseguir un incremento de la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 56 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial actividad económica propiciada por el tráfico rodado de vehículos a través del centro del pueblo, hoy en día el notable incremento del tráfico rodado, unido al obligado paso de camiones de gran dimensión para el traslado de la producción platanera, así como la consolidación de la travesía de Los Sauces como tramo netamente urbano, obliga necesariamente a plantearnos la circunvalación de la carretera LP-1 en este núcleo, pudiéndose conseguir de este modo la unificación de las dos plazas, al excluirse el tráfico rodado que actualmente las divide, a la vez que se obtiene un espacio colectivo unitario de enorme calidad. Otro elemento clave en la ordenación urbana del núcleo de Los Sauces lo constituye la enorme disfuncionalidad viaria que se produce en la casi totalidad del sistema de accesibilidad del municipio, tanto por insuficiencia dimensional, estrangulamientos producidos por edificaciones, deficiente trazado, excesiva pendiente, y en general, un mal estado de conservación. Esta problemática tiene una difícil solución en las vías de mayor colmatación edificatoria, por lo que habrá de recurrirse a elementos viarios exteriores que funcionen como un colector perimetral de tráfico, recibiendo radialmente los tráficos de la trama urbana, que en una gran parte habrán de organizarse como vías de sentido único. Los problemas principales del sistema viario de este núcleo son los siguientes: Calle Lomitos de Arriba: Estrangulamiento y disfuncionalidad en general por inadecuada relación entre la edificación y la vía. El doble sentido de circulación genera problemas casi subrrealistas. Calle Marcos y Cordero: Insuficiente sección para doble sentido. Calle La Calle: Estrangulamiento. Alberga edificaciones de valor arquitectónico y ambiental. Insuficiente sección para doble sentido. Calle Trasera: Estrangulamiento. Alberga edificaciones de valor arquitectónico y ambiental. Insuficiente sección para doble sentido. Calle Bediesta: Insuficiencia para doble sentido Calle Los Molinos: Insuficiencia para doble sentido Calle Las Toscas: Insuficiencia para doble sentido Calle Los Salones: Insuficiencia para doble sentido. Constituye el acceso a un grupo de viviendas sociales y al Instituto de Formación Profesional Vicente Sanjuán. Calle La Montañeta: Ha de preverse peatonal con tráfico restringido. Calle Abraham Martín: Presenta estrangulamientos por edificaciones. Calle Juan Carlos I: Ha de resolverse su conexión con la Carretera General LP-1, dados los problemas que se generan diariamente en el acceso al área de Equipamiento Docente de Los Salones, sobre todo por los autobuses del servicio escolar. Calle Blas Moreno Zagala: Deberá conceptuarse como vía peatonal Calle Ciro González: Ha de preverse de sentido único. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 57 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Calle El Topo: Ha de plantearse exclusivamente peatonal, dado los problemas funcionales que presenta. Camino del Morro: Precisa la adopción de una sección suficiente para el tráfico en doble sentido, puesto que se trata de una calle cerrada en fondo de saco. Calle Hoya Grande: Precisa de un adecuado encintado de aceras y pavimentación, independientemente de resolver adecuadamente las intersecciones con el viario transversal. Camino Hoya Grande: Precisa de un adecuado encintado de aceras y pavimentación, independientemente de resolver adecuadamente las intersecciones con el viario transversal. Camino Ramirez: Precisa su adecuación para el funcionamiento en doble sentido, independientemente de una mínima dotación de aparcamientos, así como de encintado de aceras. Camino de Bajamar: Precisa su adecuación para el funcionamiento en doble sentido, independientemente de una mínima dotación de aparcamientos, así como de encintado de aceras. Calle La Pedrera: Su sección viaria obliga a un planteamiento de sentido único, o bien a excluir los aparcamientos de la vía. Camino del Poiso: Precisa de un adecuado encintado de aceras y pavimentación, independientemente de resolver adecuadamente las intersecciones con el viario transversal. La mejora funcional y morfológica de la nueva ordenación urbana, cuya delimitación deviene básicamente de las NN.SS. vigentes, no ha de basarse en nuevas expansiones de suelo urbanizable, debiendo abordarse desde los siguientes aspectos: - Consolidación de la trama urbana, ordenando los espacios intersticiales existentes, así como resolviendo los remates perimetrales o articulaciones con el suelo rústico circundante. - Aportación de tipologías edificatorias nuevas, que independientemente de producir unos desarrollos urbanos de mayor calidad residencial, resuelvan situaciones urbanísticas no solucionadas adecuadamente en el planeamiento actual. - Potenciación del centro urbano, incorporando nuevos suelos de reserva para equipamientos y potenciando los existentes. - Rehabilitación integral del tejido histórico estructurado sobre las calles de “La Calle”, “Los Molinos” y “Las Toscas”. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 58 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Protección y ordenación del centro histórico compuesto por Las Plazas de Montserrat, Parque Antonio Herrera y la envolvente edificatoria perimetral, incorporando “La Casa del Quinto” y “El Polvorín”. - Articulación del Sistema General de Equipamiento Docente (“Centro de Educación Primaria José Luis Albendea Hernández”, Instituto Cándido Marante Expósito e Instituto Vicente Sanjuán “) dentro de la trama urbana. - Solución, en términos de paisaje urbano, de las siguientes unidades: Fachada Sur o trasera de las edificaciones dispuesta sobre la Calle Ramón y Cajal. Fachada Este del Núcleo Urbano entre La Verada y La Plaza. Fachada Norte de las edificaciones dispuestas a lo largo de la Calle Doctor Martín, incluyendo el Polideportivo y la Iglesia. Fachadas Sur y Este de las edificaciones situadas en La Montañeta. Fachadas posteriores o Este de las edificaciones dispuestas en la Calle Blas Moreno Zabala. Edificaciones situadas en el margen Oeste del Puente del Barranco de Los Tilos a la entrada al núcleo urbano. Edificaciones situadas en el marten Oeste de la antigua Carretera LP-1 a la entrada al núcleo urbano. Fachada Norte o traseras de las edificaciones dispuestas sobre el Camino de Bajamar. Articulación en la trama urbana del enclave industrial situado en Bajamar. Ordenación de la edificación en relación a la Travesía Urbana de la Carretera LP-1. EL NÚCLEO DE SAN ANDRES. MANTENIMIENTO DE SUS CARACTERÍSTICAS. Génesis del Núcleo de San Andrés. Consideraciones para su ordenación. El hecho urbano de San Andrés surge con y por la riqueza que generó la producción azucarera, que se tradujo en un rápido crecimiento. Ello es confirmado por los propios vecinos de San Andrés, quienes debido a la gran actividad económica que se conoce en la zona solicitan y logran de la Corona, el 16 de septiembre de 1523, una escribanía pública asignada a Pedro Cachipín. En esta concesión se afirma que se “da a petición de los vecinos de dicha Villa, quienes adujeron que cuando los Reyes Católicos dieron cuatro escribanos del número en la Villa de Santa Cruz, San Andrés no existía y, sin embargo, ahora había crecido mucho”. Haciendo caso a esta afirmación y teniendo en cuenta que la Corona autorizó las cuatro escribanías de número en Santa Cruz de la Palma el 4 de abril de 1520, podíamos afirmar que el núcleo de San Andrés no comenzaría a desarrollarse hasta después de este último año. No Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 59 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial parece lógico, sin embargo, que en sólo tres años se produjese un crecimiento tan elevado. Además, todo parece indicar que el desarrollo de San Andrés se inicia antes del establecimiento de los ingenios azucareros en Los Sauces. Además, ya el 10 de diciembre de 1518 se produce la cesión por parte del Adelantado de un solar de 200 pasos a Miguel Martín en “la villade San Andrés”. El uso de este título nos indica que en esa fecha San Andrés ya constituía un núcleo poblacional de cierta importancia, pues la denominación de villa sólo se otorgaba en los enclaves de cierta entidad y riqueza. No conocemos la fecha exacta de la concesión de este distintivo. Las primeras viviendas de San Andrés surgieron entorno a la primitiva ermita, después iglesia, del mismo nombre, probablemente erigida a finales del siglo XV y 1503, convirtiéndose en el elemento articulador de la trama urbana. Su desarrollo inicial, como se ha sugerido anteriormente, fue muy rápido, si bien se estancaría a mediados del siglo XVII, pudiendose asegurar que la trama urbana de San Andrés es muy similar a la que se conoció a finales del siglo XVI. Las primeras edificaciones civiles de interés aparecen en el siglo XVI, en el lado Norte de la Calle de la Iglesia, protegiendo al templo y a la plaza de los vientos predominantes del Nordeste. Estas son: “la Casa del Cura”, antigua vivienda del comerciante portugués Fernán Pinto, construida entre finales del XVI y principios del XVII; la casa Álvarez del Silva, que perteneció al escribano Amador Álvarez de Silva, edificada en la segunda mitad del XVI; la casa Guisla, hoy las correspondientes a los números 2 y 4 de la Calle de La Iglesia, probablemente edificadas a finales del siglo XVI por la familia Abreu, muy vinculados a la Inquisición y a las milicias. El crecimiento de este enclave determinó la aparición de otras edificaciones, tales como un molino perteneciente a la hacienda de los Señores, que denota un notable crecimiento poblacional y por tanto de las necesidades de la vivienda. De principios del siglo XVII data la edificación del Convento Franciscano de La Piedad, en el paraje denominado “El Convento”. Situado al Norte de San Andrés, al otro lado del Barranco de El Agua-como a extramuros parece convertirse en un punto mediante el cual se articula, como señalarámos más arriba, el eje de alineación con el Templo del Apóstol de San Andrés y la ermita de San Sebastián por el Sur. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 60 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial También en el siglo XVII aparecen algunas de las edificaciones más relevantes de la Calle San Sebastián y de la Calle del Medio. Durante los Siglos XVII y XVIII surgen dos casas en esas dos calles, así como en Calle de Abajo, extensión del núcleo original hacia el mar y hacia el Barranco a través del Camino Real que llevaba hasta Los Sauces. Hasta la mitad del siglo XX, se mantienen los arquetipos tradicionales de las viviendas. Es en la segunda mitad del pasado siglo y, sobre todo, a partir de la década de los 70, cuando irrumpen obras nuevas que no parecen respetar o tener en cuenta ni la estructura urbana ni las alturas dominantes etc…, a la vez que se amplía el área urbana y el núcleo hasta confluir en la ermita de San Sebastián. A modo de síntesis, podemos afirmar que la actual conformación de San Andrés responde a dos impulsos en épocas distintas. El primero que abarcaría el Siglo XVI y principios del siglo XVII, en el transcurso del cual se generó la Calle de La Iglesia, en el lado Norte de la explanada que bordeaba la antigua fábrica del templo, la Calle de Abajo, siguiendo el Camino Real que subía a Los Sauces, y parte de la Calle de El Medio y de la Calle San Sebastián, si bien en estas últimas el número de viviendas fue reducido. Durante los Siglos XVII, XVIII y gran parte del XIX asistimos a un fuerte estancamiento en el desarrollo de La Villa, sobre todo si lo comparamos con el fuerte crecimiento en la primera mitad del siglo XVI, añadiéndose un número escaso de construcciones. Tras este periodo de escasa actividad constructiva, entre 1885 y 1934 conocemos la segunda etapa en el desarrollo de San Andrés asistiendo a la configuración de una nueva calle Relámpago, a la vez que a la construcción de nuevas viviendas. Como ya hemos señalado, el Templo se presenta como el elemento en torno al cual se genera la trama de San Andrés, y, es en torno a él, también, donde se establece el hito que supone la plaza, elemento urbano que acabará arropando al propio templo, presentándosenos hoy en día como el elemento espacio director, alrededor del cual se establecen las relaciones urbanas. Este espacio público abierto surge, como la mayoría, de la antigua explanada que bordeaba el Templo. De hecho, todavía hoy, conservamos imágenes del final del siglo XIX que recoge este espacio aún sin urbanizar. El primer proyecto de urbanización, se encargó por el Ayuntamiento, el 1 de mayo de 1931, al ingeniero D. Pedro Arce Rueda, quedando redactado en 1940 no llegaría a ejecutarse. Tendríamos que esperar más de una década para que, redactado un nuevo proyecto por el Arquitecto D. Tomás Machado Mendez, el 29 de junio de 1953 se adjudicarán las obras que se iniciaron poco tiempo después. El deterioro de las plazas motivó la última intervención desarrollada en varias fases desde el año 1995 hasta 1997. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 61 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Planteamientos básicos para su ordenación. El núcleo histórico de San Andrés ha de entenderse como el principal recurso del Municipio para la introducción de servicios turísticos cualificados, así como la gran oportunidad que representa para la recreación de un espacio urbano tradicional de gran atractivo, donde puedan coexistir los usos residenciales con las nuevas instalaciones. Si se analizan los enclaves urbanos históricos de Canarias, son pocos los que hayan mantenido las características iniciales, entendiéndose las que existían en el siglo XVII, tal como se ha dicho anteriormente, tal como ocurre en el núcleo de San Andrés. La elemental trama constituida por la Plaza de la Iglesia, y las calles de La Iglesia, de Abajo, del Medio, del Relámpago y San Sebastián, así como el enclave de la ermita del mismo nombre, ha de ser colmatada con una recreación, casi escenificación, que nos permita tematizar este espacio, conformándose como un referente histórico y etnográfico de obligada visita. Asimismo la modesta expansión que se ha de prever en este núcleo ha de mantener unas características ambientales, tanto de fachadas y cubiertas, como de urbanización, de modo que no entren en contradicción y deprecien al núcleo histórico tematizado. En otro orden de cosas, el sitio de San Andrés, elegido por los conquistadores por reunir las condiciones codificadas que venían de Vitrubio y Vigecio, es decir, el emplazamiento debe de reunir los siguientes requisitos: Que sea el lugar templado Que sea sano para los cuerpos Que tenga relación con las sierras y el mar Que este abierto a los vientos orientales Que tenga relación con el nacimiento del sol Que tenga abundancia de aguas, bosques y arboles que proporcionen maderas para los edificios Que tenga bosques de leña para el mantenimiento de la casa Que tenga pastos para los animales Sorprendentemente San Andrés cumple todas estas condiciones. Sin lugar a dudas el núcleo costero de San Andrés reúne unas condiciones climáticas particulares, que lo convierten en un enclave diferenciado dentro de la zona Noreste de la isla, que unido a su atractivo arquitectónico y cultural, representa una posibilidad perfecta para convertirlo en un recurso turístico insular de primera línea, que se debe considerar. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 62 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La propuesta planteada se concreta en tres ámbitos de actuación perfectamente diferenciados. El primero se refiere a la protección y ordenación del conjunto edificado que envuelve a la iglesia de San Andrés y a la propia plaza. En segundo lugar, se refiere a la ordenación “ambiental” del recinto constituido por las calles de “La Iglesia”, “de Abajo”, “San Sebastián” y el mar, recomponiendo y consolidando la trama urbana histórica inconclusa. Por último, se trataría de la ordenación de las áreas de expansión previstas hacia el poniente y hacia al sur, con criterios ambientales, pero con un grado de “escenificación” interior. ENCLAVE DE PUERTO ESPÍNDOLA. Génesis y evolución histórica de Puerto Espíndola. La abundancia de agua, proporcionada principalmente por los caudalosos manantiales de Marcos y Cordero, ha permitido el paso por sus tierras de cultivos destinados a la economía de exportación, tales como, la caña de azucar, la vid, cebollas, nopales, los plátanos, etc.., así como la elaboración de productos derivados tales como los azúcares, mieles y vinos, cuyo transporte tenía que realizarse necesariamente por el mar, ante la ausencia casi absoluta de vías terrestres. El municipio concentró su actividad portuaria principalmente en dos zonas de embarque, Puerto Espíndola (Hacienda de Los Príncipes) y El Guindaste (Hacienda de Los Señores), aunque existían otros embarcaderos menores, que pronto se vieron desplazados por el primero. La importancia de Puerto Espíndola sigue creciendo hasta bien entrado el siglo XX, y ya desde principios del siglo XIX se tienen noticias de la construcción de instalaciones y almacenes vinculados a la importante actividad comercial que se desarrolla en el mismo, fundamentalmente con Santa Cruz de La Palma y Cuba, así como de la construcción del camino que une Puerto Espíndola con San Andrés. A finales del siglo XIX, en 1896 se decreta la realización del estudio de la zona de Puerto Espíndola para un puerto general de segundo orden, cuya ejecución se realiza entre finales de mayo y junio de 1897, bajo la dirección del ingeniero jefe de obras públicas de la Provincia, Sr. Paz Peraza. Con todo, tales estudios no serán plasmados en un proyecto hasta 1908, elaborado por el ingeniero D. Juan José Santa Cruz, que donomina “Proyecto del puerto de interés general de segundo orden de Espíndola en la isla de La Palma” . Las obras de construcción de Puerto Espíndola fueron adjudicadas mediante subasta pública el 23 de abril de 1909 al contratista D. Eladio Duque Batista, comenzando los trabajos a finales de diciembre de ese mismo año. Las obras se suspenden el 6 de abril de 1.915 sin que se hubiesen acabado las mismas, pendientes de la aprobación del segundo proyecto reformado. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 63 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sea como fuere, en estos años (comienzo de la segunda década del siglo XX) la actividad portuaria en la zona era considerable. Ello contribuyó, sin duda el hecho de que se aprobase la comunicación con la zona mediante los “históricos” correos interinsulares tales como “Lanzarote”, “Sancho” y otros, así como era frecuente la salida hacia Tenerife y otros lugares de barcos con pasajeros y mercancías. La actividad de Puerto Espíndola sigue creciendo, al no existir carretera y debido a la implantación de varias industrias en las que la caña de azucar se convertía en azúcares, mieles y ron. En 1929, una vez realizados los estudios básicos por el ingeniero D. Antonio Peralba, se presenta el Proyecto de las obras que faltan por ejecutar, redactado por Don José Luis Orduña y Fernández. En 1934, se redacta por el ingeniero D. Pedro de Arce y Rueda un proyecto para la adquisición de una grúa de 1000 Kg de fuerza para instalar en el Puerto Espíndola. Dos años después, en 1936, y con motivos de los destrozos causados por los temporales en febrero, se redactó por el mismo ingeniero un proyecto de Reparación de averías en las obras del Puerto de interés general de Espíndola. En 1941, en la liquidación de la reparación, se comenta la necesidad de ampliar el rompeolas, pues las obras proyectadas para abrigo se consideraban insuficientes. Esto llevó a que Don Pedro de Arce y Rueda redactase en 1942 un Proyecto de construcción de rompeolas en Puerto Espíndola, que según Díaz Lorenzo, “no paso del papel” . A partir de estos momentos, la historia del Puerto de Espíndola cambia sustancialmente. Debe tenerse en cuenta un hecho muy importante que afectará no solo a éste, sino también a otros pequeños embarcaderos que hasta el momento habían jugado, aunque con ciertos altibajos, un papel vital al servir para comunicar estos núcleos de población, prácticamente aislados por tierra dados los pésimos caminos existentes, con otros y, sobre todo, con la capital de la isla. Nos referimos a la llegada de la carretera C-830, que partía de Santa Cruz de La Palma hacia San Andrés y Sauces. A partir de estos momentos, tal hecho determinará que el Puerto Espíndola pierda importancia como punto de salida y entrada de diversos productos y pasajeros, lo cual comienza a hacerse poco a poco, por carretera. Ahora bien, la crisis del Puerto Espíndola como puerto comercial, no significa que en éste cesasen otras actividades. En tal sentido, este embarcadero, seguirá siendo, como lo era desde hacía mucho tiempo el centro de la actividad pesquera. A partir de los años 40 hasta bien entrados los 60, Puerto Espíndola desaparece del interés municipal, manteniendo su escasa actividad pesquera. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 64 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Nuevos cambios en la situación del Puerto Espíndola comenzaros a vislumbrarse en los años 60 y 70, en el contexto del interés de diversas instituciones ( Cabildo, Ayuntamiento, etc…) por mantener y potenciar el sector pesquero de La Palma. En tal sentido, en las sugerencias del Ayuntamiento sobre las ponencias del segundo cuatrienio del Plan de Desarrollo Económico (Sesión de 15 de mayo de 1967), se hace constar la necesidad de dotar a este puerto de condiciones técnicas para que sirva de refugio de pescadores y sucesivamente hasta el año 76 se producen distintos acuerdos institucionales que confluyen en la redacción, en 1977, del proyecto Refugio pesquero de Puerto Espíndola, suscrito por la empresa INTECSA, iniciándose las obras poco después para quedar al poco tiempo paralizadas. Posteriormente, hubo otro intento por parte del Cabildo de acabar el citado refugio, redactándose el Proyecto de terminación del Refuguio Pesquero de Puerto Espíndola (1987), que nunca llegó a finalizarse. El resultado, pues, ha sido una obra inacabada que ha transformado profundamente este emblemático lugar del municipio, produciendo, además, un fuerte impacto ambiental. Si a esto, negativo para la utilización con fines turísticos de este entorno, le añadimos el pobre sector pesquero de San Andrés y Sauces, llegamos a la conclusión de que las obras realizadas a partir de los 70 no han sido en absoluto beneficiosas para su economía. En 1994, la Corporación Municipal de entonces, aborda el problema desde otra óptica, planteándose la rehabilitación integral y acondicionamiento del tramo del litoral entre San Andrés y Puerto Espíndola, encargando al ingeniero Don Joaquín Soriano y Benitez de Lugo el Proyecto de acondicionamiento de la Costa de la zona Charco Azul-Puerto Espíndola con el objetivo de potenciar su uso turístico. En tal sentido, se proyecta, entre otras actuaciones, crear una playa en la actual ensenada de Puerto Espíndola, regenerar y llevar a cabo una mejora ambiental en la Caleta de Rompecabos (donde se sitúa otra pequeña playa), construir un paseo del litoral, miradores, etc… Asimismo, se mantiene la vocación pesquera de Puerto Espíndola, incluyéndose la construcción de un Puerto Pesquero, que tras numerosas intervenciones del año 99 hasta el año 2002, aún no se encuentra operativo. La situación actual, caracterizada por patentes problemas ambientales, urbanísticos e infraestructurales, no podrá resolverse con la simple construcción de una playa artificial, así como otras intervenciones en el litoral. Su superación, así como la adecuada y sostenible explotación de este importante recurso, pasa fundamentalmente porque el Puerto Pesquero constituya un abrigo operativo y seguro para las embarcaciones de pesca e incluso de recreo, contribuyendo de este modo a la diversificación y mejora de la economía local, así como su incorporación en el proyecto de recuperación y puesta en valor del tramo de litoral entre el Puerto Espíndola y San Andrés. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 65 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Consideraciones para su ordenación. El enclave costero de Puerto Espíndola constituye, conjuntamente con el núcleo urbano de San Andrés, el recurso potencialmente turístico y de ocio más importante del Municipio. Por lo que su adecuado enfoque estratégico y de ordenación constituye uno de los objetivos básicos de este Plan General. La Dirección General de Costas, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, tiene redactado el Proyecto de playa artificial en Puerto Espíndola y rada de Pavones, así como actuaciones de mejora en el entorno inmediato, cuya adjudicación es inminente. Asimismo se encuentra ejecutándose y avanzadas las obras del sendero de litoral que une el núcleo de San Andrés con Puerto Espíndola. Por otra parte, las obras realizadas para el refugio pesquero, ejecutadas en dos fases, finalizadas en el año 2002, independientemente de condenar definitivamente las potencialidades que tenía este puerto, no resuelve la protección de las embarcaciones, independientemente de los problemas de operatividad que presenta. En resumen, nos encontramos con un espacio de ocio formado por dos playas artificiales, amplias explanadas de espacios públicos, los vestigios del antiguo embarcadero, y un pequeño puerto de reciente construcción con muchas limitaciones funcionales para la operatividad de las embarcaciones, flanqueados todos por el acantilado vertical del poniente. Además se sitúan, al Sur de estas infraestructuras, un edificio de restauración, y un grupo de una decena de edificaciones residenciales, con la excepción del antiguo edificio del sindicato agrícola, construido en el año 1927, hoy ocupado por la fábrica “Ron Aldea”. Todo ello enclavado en una zona muy interesante desde el punto de vista paisajístico, independientemente de los referentes históricos que lo acompañan. Para su rehabilitación y puesta en valor, en primer lugar, se ha de establecer como objetivo principal, la definitva solución del Puerto mediante una actuación de ingeniería mucho más ambiciosa que las llevadas a cabo; en segundo lugar, de gran importancia, la ordenación del tráfico rodado y la dotación del número de aparcamientos necesarios; en tercer lugar, la previsión de una reserva de suelo para equipamientos complementarios; y por último, el establecimiento de una ordenación donde la variable ambiental en cierto modo “pintoresca” presida la actuación. Todo ello, en aras a la debida explotación racional y sostenible de este importante recurso, que ha de contribuir necesariamente a la diversificación de la economía local. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 66 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En concreto, este Plan General, independientemente de los objetivos y criterios anteriores, estima que las modificaciones precisas para la adecuada explotación de esta zona, debe de incluir la rehabilitación y cambo de uso del edificio del Sindicato Agrícola, así como su ampliación hacia el Sur en los solares colindantes hasta el Barranco de Pavones. También han de incorporarse como suelos urbanizables los terrenos situados entre El Melonar y Puerto Espíndola a ambos márgenes del Barranco de Pavones, así como los situados por encima de Puerto Espíndola, entre la Carretera LP-1042 y el Camino de Pavones, en aras a preverse, así como la incorporación del suelo colindante en la meseta Este y ladera del poniente del mismo Barranco para uso turístico. Se trata de actuaciones de pequeña dimensión, de 1,6 y 1,1 Has, respectivamente, necesarias para arropar este enclave con un mínimo de población residente o bien de turismo residencial, entendiéndose por tal el visitante de larga estancia en vivienda propia. La solución a los aparcamientos, y la total exclusión de vehículos en la zona de playa y puerto, salvo el tráfico directamente vinculado al mismo, después de haberse estudiado detenidamente, se ha concluido que la mejor solución es el encauzamiento parcial del Barranco de Pavones y la construcción encima de un edificio de aparcamientos, cuya cubierta pueda utilizarse como Espacio Libre Público con algún Equipamiento Complementario. La inclusión de Equipamientos Complementarios de Ocio tales como nuevos restaurantes, situados en continuidad hacia el Norte del existente, con el objetivo de conseguir un pequeño núcleo gastronómico constituye otro elemento que puede contribuir a los objetivos fijados. El espigón que separa el risco situado a la espalda de la futura playa y el ámbito portuario, concretamente el callado situado en el pié del acantilado, ha de eliminarse totalmente, no sólo por las condiciones de inastibilidad y consiguiente peligro que supone, sino para la ampliación de la plataforma de operaciones, escasa de por sí. La meseta situada en la parte superior del Puerto entre el camino agrícola del Tributo y el borde de acantilado ha de preverse como un suelo complementario a la actividad portuaria y de la propia playa, pudiendose admitir una transformación importante de su orografía, de modo que se obtengan plataformas planas edificables escalonadas, aptas para la edificiación y el disfrute como espacio libre público, consiguiendose de paso, la estabilización de ese acantilado y el incremento del soleamiento en la zona. La existencia en este enclave de un antiguo embarcadero, las Destilerías de Ron Aldea, el Sindicato Agrícola, la casa de servicios portuarios, hoy Restaurante Meson del Mar, las casas colgadas sobre el antiguo Camino Real, el Horno de La Cal, etc… proporcionan un entorno visual muy similar que debe ser respetado y potenciado, y que admite transformaciones de uso sin por ello acudir a destrucciones de este patrimonio que refuerza la identidad del lugar. La memoria de las viejas historias de cabotaje, singladuras clandestinas a América, destilado de ron y horneado de la cal, aún resuenan en los aledaños de la punta espíndola, y debe ser fijada ahora como punto de partida de una nueva etapa, cuidando su ordenación y construcMemoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 67 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ción para que no determine la desaparición de la memoria histórica, verdadero elemento de arraigo de una población a su lugar, y única manera de mantener en armonía los habitantes con los sitios. No es otro el proposito de este Plan General. LA FRANJA COSTERA ENTRE SAN ANDRES Y EL MELONAR-PUERTO ESPINDOLA. UNA OPORTUNIDAD EN EL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DEL MUNICIPIO. Las piscinas de Charco Azul han representado y actualmente representan la mayor oferta de ocio de este tramo de costas, complementado en menor medida por las pequeñas calas de Puerto Espíndola. Hace una década aproximadamente, se realizaron obras financiadas por la Dirección General de Costas, consistentes en la mejora de accesos y dotación de instalaciones, cuya insuficiencia se hace patente sobre todo en verano. La incorporación de las playas artificiales de Pavones y Puerto Espíndola, así como la introducción de diques sumergido de abrigo en “El Varadero” y “El Palito”, convertirían a esta zona en un Parque Marítimo envidiable, por su diversidad y atractivo, constituyendose en el necesario Equipamiento que precisa esta área de la isla para el complemento de la economía agrícola. Este proyecto no es nuevo, desde los años 50, alcaldes como Don Rodrigo Rodríguez o Don Vicente Sanjuán, realizaron obras en la zona, de las que aún permanece el díque transversal de hormigón que separa las radas de El Varadero y El Palito. Este importante Equipamiento, se complementa a su vez con la actuación prevista en la desembocadura del Barranco del Agua, en San Andrés, que comporta la rehabilitación del Horno de la Cal, la rehabilitación de las edificaciones existentes para un restaurante y la ejecución de una piscina natural interior de agua salada, incorporándose además en este PGO la construcción de un dique de abrigo frontal sobre las bajas situadas frente a “El Palito”, antiguio “Puerto del Guindaste”, con objeto de habilitar otra pequeña zona de agua abrigada. La actuación global se remata con el sendero de litoral de conexión entre San Andrés y Puerto Espíndola, proyectado por el Ingeniero Don Joaquín Soriano, actualmente en construcción, y que incluye además miradores y aparcamientos. Sobre este sendero, se apoya las ruinas del antiguo Convento Franciscano de La Piedad, una antigua edificación industrial, con muchas posibilidades de rehabilitación para equipamiento complementario, y las zonas pertenecientes a la sociedad “Costa Neptuno”, de cuyo proyecto turístico solo se construyó la piscina y solarium y una pequeña cafetería, en estado de franco deterioro. Esta última zona está llamada a convertirse en una dotación pública. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 68 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Ante la enorme potencialidad que supone el tramo del litoral entre el núcleo histórico de San Andrés y Puerto Espíndola, no cabe más que concluir que supone la oportunidad del Municipio de San Andrés y Sauces y como tal habrá de asumirse por los poderes públicos tanto locales como insulares y regionales. El modesto desarrollo turístico que necesariamente ha de completar la ordenación tiene que producirse en el espacio territorial existente entre los dos núcleos: San Andrés y Puerto Espíndola-El Melonar, ocupado íntegramente en la actualidad por cultivos de plátanos, y cuya sustitución parcial y compatibilización funcional con el uso turístico habrá de conseguirse. Las actuaciones planteadas son de pequeña y mediana dimensión, debiendo adecuarse íntegramente a las características y exigencias derivadas del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la Isla de La Palma, actualmente en trámite de Aprobación Definitiva, y en todo caso, elevando los parámetros de calidad. La propuesta de ordenación se completa con la mejora y recualificación como paseo de la carretera de conexión entre San Andrés y Puerto Espíndola (LP-104 y LP-1042), así como de los ramales transversales hasta el sendero de litoral, conformando el sistema de accesibilidad en que se apoyen las actuaciones turísticas de ocio previstas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 69 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 1.4. Documento para Aprobación Inicial CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN. De conformidad con la Disposición Transitoria Segunda, párrafo 1 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, y sus posteriores modificaciones, (de ahora en adelante TRLotc-Lenac), los Planes de Ordenación Urbanística1 vigentes a la entrada en vigor de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias, esto es el 15 de mayo de 1999, mantendrán su vigencia, pero deberán adaptarse íntegramente a este Texto Refundido antes del 15 de mayo de 2007, de acuerdo con la nueva redacción de esta Disposición Transitoria Segunda operada por la Ley 1/2006, de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de vivienda de Canarias. De acuerdo con la Directriz 5 ( Aplicación y Desarrollo de la Ley 19/2003, de 14 de abril, de las Directrices de Ordenación General y de Ordenación del Turismo de Canarias, el presente Plan General constituye un instrumento de desarrollo y aplicación de dicha Ley. La oportunidad legal está recogida en el Art. 12 de la vigente LS.76, Art. 32 del TRLotcLenac, así como en los artículos 14 al 41 del Reglamento de Planeamiento. La justificación de esta figura del Planeamiento parte de las características propias del Municipio y su dinámica de crecimiento, además de la necesaria adaptación del vigente Plan General de Ordenación, según se establece en el TRLotc-Lenac. El presente Plan General de Ordenación se adecua a las determinaciones del artículo 12 de la vigente Ley del Suelo y al artículo. 32 del Texto Refundido, en cuanto establece la ordenación estructural y la ordenación pormenorizada del municipio, y comprende específicamente las siguientes determinaciones: a) El modelo de ocupación del territorio y desarrollo urbano. b) La clasificación del suelo. c) En el suelo rústico, su adscripción a la categoría que le corresponda y la determinación de los usos genéricos atribuibles a esa categoría. 1 Planes de Ordenación Urbanística, es un término predicable de los Planes Generales de Ordenación o Vigentes o Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas de conformidad con la legislación anteriormente vigente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 70 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena d) Documento para Aprobación Inicial En el suelo urbano y urbanizable, la adscripción a la categoría que corresponda. En suelo urbano no consolidado, la delimitación de los ámbitos para su desarrollo mediante Planes Parciales y Especiales de Ordenación. e) En cualquier categoría de suelo, las medidas protectoras precisas de los bienes de dominio público situados en el municipio, de acuerdo a las previsiones de la legislación sectorial concerniente. f) La regulación de las condiciones complementarias que deben servir de base para la aprobación de los Proyectos de Actuación Territorial, y que garanticen su armónica integración en el modelo de ordenación municipal elegido. g) La definición de la red básica de reserva de los terrenos y construcciones destinados a las dotaciones públicas y equipamientos privados, que constituyan los sistemas generales, y equipamientos estructurantes, así como garanticen la funcionalidad de los principales espacios colectivos con adecuada calidad. h) La adscripción de suelo urbano o urbanizable a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública o con precio final de venta limitado. Esta adscripción no podrá en ningún ser inferior al 20% del aprovechamiento del conjunto de los suelos urbanizables y urbanos no consolidados con destino a residencial. Tampoco podrá destinarse más del 33% del aprovechamiento de un ámbito o sector a viviendas protegidas de autoconstrucción o de promoción pública en régimen de alquiler. En concordancia con el artículo 20 del Reglamento de Planeamiento y el artículo 32.2 del TRLotc-Lenac, se clasifica el suelo en urbano, urbanizable y rústico, delimitando el ámbito territorial de cada uno de los distintos tipos de suelo, estableciendo la ordenación del suelo urbano y de las áreas aptas para la urbanización que integran el suelo urbanizable, y de los Asentamientos Rurales y Agrícolas, estableciendo las distintas categorías de suelo rústico mediante la identificación precisa de cada una de ellas, y fijando las normas de protección de éste. Se estructura este PGO en los documentos que se le fijan en el artículo 37 del Reglamento de Planeamiento, es decir en los siguientes: a) Memoria justificativa de sus fines y objetivos, así como de su conveniencia y oportunidad, y de todas y cada una de sus determinaciones, con expresión del resultado del trámite de participación pública en el proceso de elaboración de este Plan General. b) Planos de información de la totalidad de su ámbito territorial. c) Planos de ordenación que expresan las determinaciones de los apartados anteriores. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 71 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena d) Documento para Aprobación Inicial Normas urbanísticas mínimas de la ordenación que establezcan la regulación de las condiciones de planeamiento, urbanización y edificación. De acuerdo con el artículo 3.b. del vigente Texto Refundido, la acción urbanística -en este caso Plan General de Ordenación-, atenderá, entre otras, a las siguientes finalidades: - Procurar que el suelo se utilice en congruencia con la utilidad pública y la función social de la propiedad, garantizando el cumplimiento de las obligaciones y cargas derivadas de la misma. - Impedir la desigual atribución de los beneficios y cargas del planeamiento entre los propietarios afectados e imponer la justa distribución de los mismos. - Asegurar la participación de la comunidad en las plusvalías que generen la acción urbanística de los entes públicos. Además se entiende la conveniencia de su promulgación, como instrumento racionalizador en la localización de usos y actividades productivas, y por último, la de proteger las áreas de cultivo y zonas de interés ecológico, paisajístico, histórico o ambiental existentes en el Término Municipal. Por otra parte, la formulación del presente Plan General, independientemente de constituir una obligación legal, es oportuna por la necesaria adopción de nuevos criterios respecto de la estructura general y orgánica del territorio y de la clasificación del Suelo, motivada por la elección de un modelo territorial renovado, y por la aparición de circunstancias sobrevenidas, de carácter demográfico y económico, que inciden sustancialmente sobre la ordenación. Este PGO determina la sustitución de las NN.SS 92., vigente en esta fecha, por este Plan General de Ordenación, cuando entre en vigor. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 72 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.5. MARCO LEGAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN 1. Este Plan General se ha redactado de acuerdo con las prescripciones del Ordenamiento Urbanístico Nacional y Autonómico vigente y demás Normas aplicables: A EN MATERIA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO a) Normativa Comunitaria • Carta Europea del Suelo de 30 de mayo de 1972 • Carta Europea de Ordenación del Territorio, adoptada en la Conferencia Europea de Ministros de 20 de mayo de 1983 • b) Iniciativas Comunitarias en Materia de Ordenación del Territorio: 2000-2006 Normativa Estatal • Ley 10/2003, de 20 de mayo, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes • Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones (BOE nº 89, de 14 de abril de 1998) con las modificaciones incorporadas por el R.D.L. 4/2000 y la sentencia STC 164/2001, en adelante LRSV-98. • Los preceptos subsistentes del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992 de 25 de julio (en adelante TRLS.92), por efecto de la sentencia Nº 61/1997 del Tribunal Constitucional y de la Disposición Derogatoria de la Ley 6/1998 • Los preceptos subsistentes, por efecto de la sentencia Nº 61/1997 del Tribunal Constitucional, del Texto Refundido de la Ley 8/1.990, de 25 de Julio, sobre El Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 73 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1/1.992 de 25 de Julio ( artículos en vigor de acuerdo al apartado 1º de la Disposición), en adelante TRLS.92. • Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (BOE nº 221 y 22, de 15 y 16 de septiembre de 1978), en adelante RP. • Real Decreto 304/1993, de 26 de febrero por el que se aprueba la Tabla de Vigencias de los Reglamentos de Planeamiento, Gestión Urbanística, Disciplina Urbanística, Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y Reparcelaciones, en ejecución de la Disposición Final Única del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (BOE nº 66 de 18 de marzo de 1993) • Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba las normas complementarias al reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre la inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística (BOE nº 175, de 23 de julio de 1997). • Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente. Con carácter supletorio: • Real Decreto Legislativo 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (BOE nº 144 y 145, de 16 de junio de 1999), en adelante LS-76. • Decreto 635/1964, de 5 de marzo, que aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. • Decreto 1006/1996, de 7 de abril, que aprueba el Reglamento de Reparcelación de suelo afectado por Planes de Ordenación Urbana. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 74 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial El Real Decreto 1169/1978, de 2 de mayo, de creación de Sociedades Urbanísticas por el Estado, los organismos autónomos y las Corporaciones Locales de acuerdo con el artículo 115 de la Ley del Suelo. • Reales Decretos, Ley 3/1.980, de 14 de marzo, sobre Creación de Suelo y Agilización de la Gestión Urbanística, y 16/1.981, de 16 de octubre, de Adaptación de Planes Generales de Ordenación Urbana. c) Legislación autonómica • Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias (BOC nº 73 de 15 de abril de 2003), corrección de errores BOC Nº 91 de 14 de mayo de 2003, y modificaciones operadas por la Ley 1/2006. • Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (BOC nº 60 de 15 de mayo de 2000) Observaciones: Modificada por Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de - organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias. - Modificada por Ley 4/2001, de 6 de julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Modificada por Ley 6/2001, de 23 de julio, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del turismo de canarias. - Modificada por Ley 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 75 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Modificada por Ley 2/2003, de 30 de enero (BOC 10 de febrero de 2003), que afecta a la Disposición Transitoria Segunda. - Ley 6/2003, de 6 de marzo (BOC 19 de marzo de 2003), que afecta al anexo de delimitación en Veneguera. - Ley 19/2003, de 14 de abril ( BOC 15 de abril y 14 de mayo de 2003), que afecta a los Art. 23.5, 32.2.A.8, 32.2.B.2, 34.c, 36.1.a, 71.1.a, 72.2, 97.b.1, 153.3 y 175.1. • Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias • Ley 6/2003 de 6 de marzo,(BOC de 19.03.2003),. • Ley 1/2006, de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. • Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27 de 10 de febrero de 2003), modificada por la Ley 1/2006, de 7 de febrero. • Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación (B.O.C. nº 50, 24 de abril de 1995). • Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación (B.O.C. nº 150, de 21 de noviembre de 1997). • Decreto 35/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento (B.O.C. nº 36, de 24 de marzo de 1995). • Acuerdo de 26 de junio de 1987, de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, por el que se dictan Instrucciones sobre Planes Generales, Plan General, Planes Parciales, Planes Especiales y Estudios de Detalles. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 76 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre Medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma (B.O.C. nº 89, de 1 de julio de 2002), derogada por la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, excepto sus Disposiciones Adicionales. (BOC Nº 73, de 15 de abril de 2003). • Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del sistema de Planeamiento de Canarias. • Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias. BOC 2006/104 de 31 de mayo de 2006. • Resolución de 10 de agosto de 2006, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 4 de agosto de 2006, relativo al Documento de Referencia para elaborar los informes de Sostenibilidad de Planes Generales de Ordenación (BOC 2006/159 de 16 de agosto de 2006. B EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION DE LA NATURALEZA a) • Normativa internacional. Convenio de 23 de junio de 1979 sobre la conservación de especies migratorias de animales silvestres (CONVENIO DE BONN). • Convenio de 19 de septiembre de 1979 relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa (CONVENIO DE BERNA). • Convenio de 3 de marzo de 1973 sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CONVENIO DE WASHINGTON o CITES) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 77 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena b) Documento para Aprobación Inicial Normativa comunitaria. • Directiva 85/337/CEE, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. (DOCE nº L 175, de 5 de julio de 1985) • Directiva 97/11/CE, de 3 de marzo, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (DOCE nº L 73, de 14 de marzo de 1997) • Directiva 2001/42/CE del Planeamiento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (DOCE nº L 197, de 21 de julio de 2001) • Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, sobre la conservación de las aves silvestres ( DOCE nº L 103, de 25 de abril de 1979) • Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DOCE nº L 257, de 10 de octubre de 1996). c) Legislación estatal • Constitución Española.- (artículos 45, 148.1,9ª,y 149.1.23ª,) .- • Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres (BOE nº 74, de 28 de marzo de 1989) Observaciones: - Modificada por las Leyes 40 y 41/1997, de 5 de noviembre, de reforma y por la que se modifica la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. - Afecta al Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. - Modificada por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas del Orden Social. - Modificada por la Ley 43/2003, de 21 de diciembre de Montes.- Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 78 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Modificada por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre , de medidas fiscales, administrativas y de orden social.- • Ley 43/2003 de 21 de diciembre, de Montes.-(B.O.E. del 22.11.03), modificada por la Ley 10/2006 de 28 de abril (BOE Nº 102 de 28/04/2006). • Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza (BOE nº 82 de 6 de abril de 1970) • Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control integrados de la Contaminación (BOE nº 157 de 2 de julio de 2002) • Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo General de Especies Amenazadas (BOE nº 82, de 5 de abril de 1992) • Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras (BOE nº 274, de 15 de noviembre de 1982) • Real Decreto Legislativo 1302/86, de 26 de junio de Evaluación de Impacto Ambiental (BOE nº 155, de 30 de junio de 1986). • Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del RD Legislativo 1302/86, de 26 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.-(B.O.,E. nº 111 de 9 de mayo 2001),. • Real Decreto 1.131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la Ejecución del Real Decreto Legislativo de Evaluación de Impacto Ambiental (BOE nº 239, de 5 de octubre de 1988) • Real Decreto 1.997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establece medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre • Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias. • Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico.- Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 79 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Real Decreto 243/1992, de l3 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 31/l1988, sobre protección de la calidad astronómica de los observatorios del Instituto de A. de Canarias (BOE nº 96 de 21 de abril de 1,992) • Real Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la ley 38/1972 de protección del ambiente atmosférico.- (Modificado por los Reales Decretos 1613/1985 y 717/1987 de 27 de mayo). • Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.- (Modificada por Real Decreto Ley 4/2001, de 16 de febrero y por la Ley 62/2003 de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social. • Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio.-Aprueba normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria., sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística. • Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente. d) Normativa autonómica • Principalmente, el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, en adelante TRLotc-Lenac, modificado por las Normas señaladas en el apartado A-c) anterior. • Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de O.T y del Turismo de Canarias (BOC nº 73 de 15 de abril de 2003). • Decreto 65/2001 de 5 de marzo, por el, que se regulan los lodos de depuradoras y LIBRO personal de Registro.-(BOC nº 36/2001). • Decreto 161/2001, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de Canarias (BOC nº 134 de 15 de octubre de 2001). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 80 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Decreto 29/2002, de 25 de marzo, por el que se regula el funcionamiento de los denominados Puntos Limpios (BOC nº 048 del 15 de abril 2002). • Ley 7/1997, de 6 de julio, de Caza de Canarias ( BOC nº 86 de 15 de julio de 1998) • Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico (BOC nº 92 de 23 de julio de 1990). • Ley 7/1991, de 30 de abril, de Símbolos de la Naturaleza (BOC nº 61 de 10 de mayo de 1991) • Ley 1/1998, de 8 de enero de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas (BOC nº 6 de 1998). • Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias (BOC nº 16 de 5 de febrero 1999) • Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas (BOC nº 6, de 14 de enero de 1998) • Decreto 111/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de servicios forestales, vías pecuarias y pastos; protección del medio ambiente y gestión y conservación de Espacios Naturales Protegidos. • Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias. • Decreto 124/1995, de 11 de mayo, por el que se establece el Régimen General de Uso de Pistas en los Espacios Naturales Protegidos, BOC nº 76, de 16 de junio de 1995) • Decreto 327/1995 Funcionamiento de 24 de noviembre, Reglamento de los Espacios Naturales Protegidos de Organización y de Canarias (BOC nº 155/1995). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 81 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Orden de 20 de febrero de 1991 sobre Protección de Especies de la Flora Vascular Silvestre (BOC nº 35 de 18 de marzo de 1991) • Orden de 31 de agosto de 1993 por la que se regulan las Acampadas en los Espacios Naturales Protegidos, Montes Públicos y Montes Particulares (BOC nº 120, de 17 de septiembre de 1993) • Orden de 24 de marzo de 1995 por la que se establecen medidas preventivas para la Quema de Rastrojos, Residuos o Malezas en Fincas Agrícolas y Forestales ( BOC nº 42 de 5 de abril de 1995) • Orden de 30 de junio de 1998 por la que se regulan los Tipos de Señales y su Utilización en relación con los Espacios Naturales Protegidos (BOC nº 99 de 5 de agosto de 1998) • Orden de 1 de junio de 1999 por la que se crea el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias (BOC nº 84 de 30 de junio de 1999). • Resolución de 10 de agosto de 2006, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 4 de agosto de 2006, relativo al Documento de Referencia para elaborar los informes de Sostenibilidad de Planes Generales de Ordenación (BOC 2006/159 de 16 de agosto de 2006. C a) EN MATERIA DE PATRIMONIO HISTÓRICO Normativa estatal • Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Nacional. (B.O.E. 155, 29 de junio de 1985). Rectificado por B.O.E. núm. 296, de 11de diciembre de 1985. • Real Decreto 111/1986, de 10 de enero que desarrolla parcialmente la Ley 16/1985, de 25 de junio de 1985 de Patrimonio Histórico Nacional ( B.O.E. núm. 26, de 30 de enero de 1986). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 82 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena b) Documento para Aprobación Inicial Normativa autonómica • Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias (BOC nº 36 de 24 de marzo de 1999) (Modificada por la Ley 11/2002 de 21 de noviembre). D EN MATERIA DE AGUAS , COSTAS Y PUERTOS a) Normativa estatal • Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (BOE nº 181, de 29 de julio de 1988). Modificada por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social ( BOE Nº 313 de 31 de diciembre de 2002) y derogada, en lo referente a autorizaciones de vertidos al Dominio Público Marítimo Terrestre y al mar, por Disposición Derogatoria Única de la Ley 16/2002, de 1 de julio. • Real Decreto 1.471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para el desarrollo y Ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas ( B.O.E. nº 297, de 12 de diciembre de 1989). • Real Decreto 258/1989, de 10 de marzo, normativa general sobre sustancias peligrosas desde tierra al mar. • Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. • Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (BOE nº 176, de 24 de julio de 2001). b) • Normativa autonómica Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias (BOC nº 224, de 18 de septiembre de 1990) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 83 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial • Ley 14/ 2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias (BOC nº 85, de 6 de mayo 2003). • Ley 17/2003 de 10 de abril, de Pesca de Canarias.-(BOC nº 77 de 23 de abril 2003.) • Plan Hidrológico Insular de La Palma • Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos (BOC nº 104 de 24 de agosto de 1994) • Decreto 152/1990, de 31 de julio, por el que se regula el aprovechamiento y explotación del Dominio Público Hidráulico (BOC nº 108, de 27 de agosto de 1990). E EN MATERIA DE TURISMO a) • Normativa estatal Orden Ministerial de 28 de julio de 1996 de ordenación turística de los Campamentos de Turismo (BOE nº 190 de 10 de agosto de 1966) • Real Decreto 2545/1982, de 27 de agosto, por el que se regulan los Campamentos de Turismo (BOE nº 242 de 9 de octubre de 1982). • Orden de 28 de octubre de 1968, por la que se aprueba la ordenación turística de las ciudades de vacaciones (BOE de 11 de noviembre de 1968). b) • Normativa autonómica Ley 7/1995, de 6 de abril, Ley de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº48, de 19 de abril de 1995) modificada por: - Ley 7/1997, de 4 de julio de 1997 (B.O.C. nº91, de 16 de julio de 1997). - Ley 5/1999, de 15 de marzo (BOC Nº 36, de 24 de marzo de 1999). - Ley 2/2000, de 17 de julio (BOC Nº 94, de 28 de julio de 2000) - Ley 2/2002, de 27 de marzo (BOC Nº 45, de 8 de abril de 2002) - Ley 19/2003. de 14 de abril, de Directrices (BOC Nº 73 de 15 de abril de 2003) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 84 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Decreto 18/1998 de 5 de marzo, de Regulación y Ordenación de los Establecimientos de Alojamiento de Turismo Rural (B.O.C. nº45, de 13 de abril de 1998) • Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos (B.O.C. nº17, de 5 de febrero de 2001). • Decreto 187/2001, de 3 de octubre, por el que se regulan las condiciones especiales que han de cumplir los hoteles de cinco estrellas para entenderse comprendidos en el supuesto previsto en el artículo 2.4.e).2) de la Ley 6/2001, de 23 de julio (B.O.C. nº132, de 10 de octubre de 2001). • La Ley 6/2001, de 26 de julio, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del turismo de Canarias, suspendió la aprobación o modificación de las determinaciones relativas al uso turístico contenidas en los Planes Generales de Ordenación, en tanto no estuviesen en vigor las Directrices de Ordenación General y del Turismo, aunque para las islas de La Palma, La Gomera y el Hierro, la aprobación de un Plan Territorial Especial de ámbito insular que estableciese previsiones específicas de desarrollo turístico, determinando la localización y categorización de la oferta alojativa, excluiría a la respectiva isla de la aplicación de las medidas cautelares previstas en la citada Ley, y el Gobierno de Canarias presentaría al Parlamento en el plazo de dos meses, un proyecto de ley que establezca las excepciones y contenidos legales que permitan instaurar en dichas islas un modelo de desarrollo sostenible propio y un desarrollo turístico específico. Dicha Ley, denominada “ Sobre Medidas de Ordena- ción Territorial en al Actividad Turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma”, fue aprobada por el Parlamento de Canarias, en sesión celebrada los días 5 y 6 de Junio de 2002, habiéndose publicado en el BOC Nº 089 de fecha lunes 1 de julio de 2002, sin embargo, hasta la fecha, el Plan Especial Territorial de Ordenación Turística aún no se ha formulado, por lo que la determinaciones turísticas que se establezcan en este documento quedarían en suspenso hasta la aprobación del mismo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 85 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena E Documento para Aprobación Inicial EN MATERIA DE CARRETERAS a) Normativa estatal • Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras (BOE de 30 de julio de 1988). • Orden Ministerial de 16 de diciembre de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y a construcción de instalaciones de servicios (BOE nº 21, de 24 de enero de 1998). • Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1999, por la que se aprueba la Norma 3.1-IC, Trazado de la Instrucción de Carreteras (BOE nº 28, de 2 de febrero de 2000). • Orden Ministerial de 13 de septiembre de 2001 de Modificación Parcial de la Orden de 16 de diciembre de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y a construcción de instalaciones de servicios y de la Orden de 27 de diciembre de 1999, por la que se aprueba la Norma 3.1-IC, Trazado de la Instrucción de Carreteras (BOE de 26 de septiembre de 2001). b) • Normativa autonómica Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias (B.O.C. nº 15 de mayo de 1991) LCC • Decreto 124/1995, de 11 de mayo, por el que se establece el régimen general de usos de pistas en los Espacios Naturales de Canarias ( B.O.C. nº 76, de 19 de junio de 1995). • Decreto 131/1995, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Carreteras de Canarias ( B.O.C. nº 109, 21 de agosto de 1995) RCC • Orden de 19 de julio de 1995, por la que se regulan los tipos de señales y su utilización en relación con los espacios naturales protegidos de Canarias. ( B.O.C. nº 87, de 12 de julio de 1995). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 86 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena G a) • Documento para Aprobación Inicial EN MATERIA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Normativa estatal Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre de 1992). Modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ( B.O.E. nº 12, de 14 de enero de 1999) • Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.( B.O.E. nº 189, de 9 de septiembre de 1993). • Real Decreto Ley 1778/1994, de 5 de agosto por el que se adecuan a la Ley 30/1992, las Normas Reguladoras de los Procedimientos de Otorgamiento, Modificación y Extinción de Autorizaciones (BOE Nº 199, de 10 de agosto de 1994). b) • Normativa autonómica Real Decreto Ley 1.778/1994, de 5 de agosto por el que se adecuan a la Ley 30/1992, las Normas Reguladoras de los Procedimientos de Otorgamiento, Modificación y Extinción de Autorizaciones ( B.O.E. nº 199, de 10 de agosto de 1994). • El Plan General de Ordenación se aplica con preferencia a cualquier otra disposición municipal que regule el uso y la ordenación del territorio. • En lo no previsto por esta Normativa y, en general, por el propio Plan General, serán de aplicación la legislación sectorial y normas vigentes en materia de Patrimonio Histórico-Artístico, Turismo, Agricultura, Comercio, Carreteras, Costas, Aguas, Vivienda, Medio Ambiente, Estética y Normativa Básica de la Edificación. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 87 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.6. CONDICIONES DERIVADAS DEL PLANEAMIENTO JERÁRQUICAMENTE SUPERIOR. 1.6.1. PLANEAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL TERRITORIO 1.6.1.1. Plan Insular de Ordenación de La Palma Los Planes Insulares son instrumentos de ordenación territorial, urbanística y de los recursos naturales de la isla, y definen el modelo de organización y utilización del territorio para garantizar su desarrollo sostenible. Tienen carácter vinculante en los términos establecidos en el TRLotc-Lenac, para los instrumentos de ordenación territorial y de espacios naturales, de ámbito inferior al insular, y para los Planes de ordenación urbanística. En el momento de la redacción del documento de Tramitación del Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces, el Plan Insular de Ordenación de La Palma (PIOLP) cuenta con Aprobación Inicial, y con el trámite de Información Pública finalizado, tal como se especifica en el cuadro siguiente: CUADRO 1 FECHA 4 de octubre de 1.991 9 de julio de 1.993 29 de julio de 1.994 TRAMITACION INFORMACIÓN PÚBLICA Pronunciamiento del Pleno sobre Documen------tos de Criterios y Objetivos Avance del PIOLP BOC Nº 127, de 9 de septiembre de 1992 (Información Pública durante 3 meses) Pronunciamiento del Pleno sobre Avance del PIOLP Aprobación Inicial por el Pleno del PIOLP BOC Nº 105, de 26 de agosto de 1.994 (Información Pública durante 2 meses) De todo ello se deduce que, al no estar aprobado definitivamente el PIOLP, el Plan General tendrá carácter provisional, expuesto a futuras modificaciones o revisiones con el fin de adaptarse a las determinaciones y criterios que establezca el PIOLP, una vez resuelta su tramitación definitiva. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 88 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.6.1.2. Planes y Normas De Los Espacios Naturales Protegidos El Espacio Natural Protegido que afecta al término municipal de San Andrés y Sauces es: El Parque Natural de Las Nieves (P-3). Su delimitación geográfica se describe en el TRLotcLenac. Los Planes y Normas que desarrollan estos RPN son: PLANES Y NORMAS Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) ESPACIO NATURAL PROTEGIDO Parque Natural De Las Nieves (P-3) El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Las Nieves (P-3), fue aprobado definitivamente mediante Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de 22 de junio de 2006, y publicado en el BOC 2006/141, viernes 21 de julio de 2006. Tal como se especifica en el Art. 22 del TR Lotc-Lenac los Planes y Normas de los Espacios Naturales Protegidos prevalecerán sobre los instrumentos de Ordenación Territorial y Urbanística. “Artículo 22.- Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos: contenido y determinaciones. 1. Los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos deberán establecer, sobre la totalidad de su ámbito territorial, las determinaciones necesarias para definir la ordenación pormenorizada completa del espacio, con el grado de detalle suficiente para legitimar los actos de ejecución. Podrán establecer, además de las determinaciones de carácter vinculante, normas directivas y criterios de tipo orientativo, señalando los objetivos a alcanzar. 2. Los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos contendrán, como mínimo, las siguientes determinaciones de ordenación: a) División, en su caso, de su ámbito territorial en zonas distintas según sus exigencias de protección, distinguiendo los usos de acuerdo a lo previsto en el apartado cuatro. b) Establecimiento sobre cada uno de los ámbitos territoriales que resulten de la zonificación de la clase y categoría de suelo de entre las reguladas en el Título II de este Texto Refundido que resulten más adecuadas para los fines de protección. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 89 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial c) Regulación detallada y exhaustiva del régimen de usos e intervenciones sobre cada uno de los ámbitos resultantes de su ordenación. Asimismo, cuando procediera, habrán de regular las condiciones para la ejecución de los distintos actos que pudieran ser autorizables ../.... ...\... 5. Todas las determinaciones de los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos deben ser conformes con las que sobre su ámbito territorial establezcan las Directrices de Ordenación y el respectivo Plan Insular de Ordenación y, a su vez, prevalecerán sobre el resto de instrumentos de ordenación territorial y urbanística. A tales efectos, los planes territoriales y urbanísticos habrán de recoger las determinaciones que hubieran establecido los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos, y desarrollarlas si así lo hubieran establecido éstos”. Por tanto para las áreas territoriales pertenecientes al Espacio Natural Parque de Las Nieves (P-3), le corresponde la ordenación contenida en el Plan Rector de Uso y Gestión. 1.6.2. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA En la actualidad el término municipal de San Andrés y Sauces cuenta, como instrumento de ordenación urbanística integral, con unas Normas Subsidiarias, que fueron aprobadas definitivamente mediante acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias (CUMAC), en sesión de fecha 3 de junio de 1.992, publicado en el BOC. Nº 22 del viernes, 19 de febrero de 1.993, habiéndose producido la publicación íntegra de las Normas Urbanísticas en el BOP. Nº 136 del 11 de noviembre de 1.992. Dicho instrumento de ordenación, ha sufrido una Modificación Puntual, cuya descripción se ha realizado en el apartado 1.3. (Antecedentes) de esta Memoria de Ordenación. Durante el periodo de vigencia de las NN.SS. no se ha tramitado instrumento de Planeamiento de desarrollo alguno. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 90 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.6.3. LEGISLACIÓN SECTORIAL 1.6.3.1. Legislación comunitaria e internacional, a) La Red Natura 2000 En 1992 el Consejo de la Comunidad Europea aprobó la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales de la Fauna y Flora Silvestres, conocida como Directiva Hábitats. La transposición de la Directiva al Derecho español se llevó a cabo tres años más tarde, quedando traducida en el RD 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres. Este Real Decreto goza del carácter de norma básica al amparo del artículo 149.1.23 de la Constitución Española y resulta, por tanto, de obligado cumplimiento por las Comunidades Autónomas. De acuerdo con el Real Decreto, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas elaborarán, basándose en los criterios contenidos en su anexo III y la información científica disponible con respecto a los anexos I y II, una lista de lugares que, encontrándose situados en sus respectivos territorios, puedan ser declarados como Zonas Especiales de Conservación. Las listas se facilitarán al Gobierno Estatal (Mº de Medio Ambiente) que será el encargado de elevar la proposición a la Comisión Europea. Sobre la lista propuesta por España, la Comisión Europea deberá seleccionar y aprobar la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LICs), hecho lo cual las Comunidades Autónomas están obligadas a declarar estos lugares como Zonas Especiales de Conservación (ZECs) en un período no superior a seis años. Estas zonas, una vez declaradas, y conjuntamente con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs), conformarán la red ecológica europea denominada Natura 2000. La catalogación de los diferentes LICs por cada una de las Comunidades Autónomas se llevó a efecto sobre una división corológica, de forma que España quedaba regionalizada según criterios biogeográficos, quedando establecidas las siguientes regiones: macaronésica, alpina, atlántica y mediterránea. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 91 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial De este modo Canarias constituye una única región, lo que permite establecer los grupos de trabajo con unos límites más precisos y, quizás por ello, avanzar más rápido de lo que se ha hecho en el resto del territorio español. Actualmente la lista facilitada por la Comunidad Autónoma de Canarias se encuentra en fase de información pública. En esta lista se recogen aquellos espacios que responden a alguno/os de los diferentes fundamentos de protección contemplados en la Directiva comunitaria, tanto respecto de hábitats como de especies de interés. ÁMBITO DENOMINACION LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA (LIC) LEGISLACION Parque Natural de Las Nieves (P-3) ES7020010 Sabinar de La Galga ES7020089 Monteverde de Lomo Grande ES7020092 Monte de Los Sauces, Puntallana y Pinar de ES0000114 Garafía ZONAS DE PROTECCIÓN ESPECIAL Montes de Los Sauces, Puntallana y Pinar de PARA ZEPA 114 Decisión de la Comisión 2002/11/CE, de 9 de enero LAS Garafía AVES (ZEPAs) b) Evaluación ambiental estratégica. La Legislación de Evaluación de Impacto Ambiental ha constituido un instrumento eficaz para la consecución de un desarrollo sostenible mediante la consideración de los aspectos ambientales en determinadas actuaciones públicas o privadas, sin embargo, en España, este instrumento ha mostrado sus carencias cuando se trata de evitar o corregir los efectos ambientales en el caso de las tomas de decisión de las fases anteriores a la de proyecto. Era necesario, por lo tanto, establecer una herramienta que permitiera actuar de una forma estratégica en tales fases. La directiva 2001/42/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente, obliga a incorporar la misma en la legislación ambiental, urbanística y territorial de los Estados Miembros. En España, tal incorporación se ha realizado mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril (BOE Nº 102 de 29 de abril de 2006) sobre evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 92 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El sistema y método para la evaluación de los instrumentos de planificación se concreta en el denominado “informe de sostenibilidad ambiental”, cuya regulación se produce en la citada Ley 9/2006, así como en su traslación a las distintas legislaciones autonómicas, que en Canarias, se ha realizado mediante la formulación y aprobación de documentos de referencia previos a la realización de los distintos informes de sostenibilidad de los Planes y Programas con trascendencia ambiental. La entrada en vigor de dicha Ley ha supuesto la realización preceptiva de un proceso de evaluación ambiental estratégica de los planes y programas que elaboren y aprueben las distintas Administraciones Públicas. En tal sentido, la Comunidad Autónoma Canaria, titular de las competencias en medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, que implican una actividad planificadora, se ha adaptado a dicha Ley 9/2006 mediante un conjunto de resoluciones acordadas por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, relativos al establecimiento de un documento de referencia para la elaboración de los Informes de Sostenibilidad de los Instrumentos de Planificación Territorial y Urbanística, en concreto, el relativo a los Planes Generales de Ordenación, se acuerda en Sesión de la COTMAT de 4 de agosto de 2006, habiéndose publicado en el BOC Nº 2006/159 de 16 de agosto. c) Áreas importantes para la conservación de las aves ( IBAs ) Las Áreas Importantes para la Conservación de las Aves (IBAs por sus siglas en inglés, “important bird Areas” son sitios críticamente importantes a nivel mundial para las aves y la biodiversidad. Las IBAs se identifican en base a una serie de criterios internacionales previamente acordados, aplicados de manera estándar en todo el mundo, cuyo establecimiento se ha realizado mediante una amplia consulta a nivel mundial, habiendo generado un método de estudio, desarrollo y promoción de la conservación de la biodiversidad a todos los niveles, ya que las IBAs mantienen la biodiversidad no solo de aves sino también de la fauna y flora, principalmente terrestre BirdLife International 2004b. Las IBAs se identifican a través de cuatro criterios básicos: especies globalmente amenazadas (Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza UICN), especies de distribución restringida, conjunto de especies restringidas a biomas y congregación de especies. Dichos criterios han hecho que una amplia área de la Isla de la Palma, que engloba prácticamente la totalidad del territorio municipal de San Andrés y Sauces se encuentre incluida dentro de la IBA-379-380. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 93 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.6.3.2. Legislación estatal a) Costas Las actuaciones y usos que se realicen en el ámbito de la costa de San Andrés y Sauces, y en particular en el dominio público marítimo-terrestre y zonas de servidumbres, deberán estar a lo dispuesto en la Ley 22/1988 de Costas. Estas determinaciones se recogen de manera explícita en la normativa de este PGO en el capítulo relativo a Costas y en el régimen de usos establecido en el Suelo Rústico de Protección Costera de la Normativa Urbanística de Ordenación Estructural. Toda la zona costera del término municipal de San Andrés y Sauces cuenta con deslinde del Dominio Público Marítimo Terrestre, en donde se define la línea de Ribera del Mar, coincidiendo en algunos tramos con la de deslinde Marítimo Terrestre, y la de Servidumbre de Protección, distribuidos en tramos. Las líneas del Deslinde del Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT) están representadas en los planos de Ordenación Estructural relativos a la “Clasificación del suelo” y “Síntesis de la Ordenación”. En estos planos también se ha incluido la modificación que se propone para la definición de la servidumbre de Protección, con respecto a la obrante en el expediente de deslinde de la Dirección General de Costas en los ámbitos urbanos de Puerto Espíndola-El Melonar y San Andrés. A partir de la línea de Ribera del mar se traza la Servidumbre de Protección, que para suelos urbanos es de 20 metros, siendo en suelos urbanizables y rústicos es de 100 metros. b) Ambiental. La Ley 9/2006, de 28 de abril, obliga a incorporar a todos los instrumentos de Planificación Territorial y Urbanística, un Informe de Sostenibilidad, como documento de evaluación estratégica de los mismos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 94 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.6.3.3. Legislación autonómica a) Aguas. Plan Hidrológico Insular de La Palma. De conformidad a la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, concretamente los artículos 31,32 y 57, la planificación territorial y económica, los planes de ordenación urbanística, y en general, las actuaciones públicas y privadas, quedan vinculadas y condicionadas a la Planificación Hidrológica, gozando ésta de prioridad para su eficaz cumplimiento, cuyo objetivo básico es la conservación de los cauces públicos y su entorno. El Plan Hidrológico Insular de La Palma fue aprobado definitivamente por Decreto 166/2001, de 30 de julio, entrando en vigor el día de su publicación en el BOC nº 141 Lunes, 29 de octubre de 2001. b) Carreteras En la tramitación de cualquier figura de planeamiento urbanístico del término municipal de San Andrés y Sauces, o de sus modificaciones o revisiones, que afecten a la Red de Interés Regional de Carreteras o a la Red Insular, el Ayuntamiento deberá notificar a la Consejería competente en materia de carreteras del Gobierno de Canarias, así como al Cabildo insular de La Palma, de modo preceptivo, y con anterioridad a la aprobación inicial, sobre el contenido del planeamiento previsto, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.2 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo de Carreteras de Canarias, publicada en el BOC nº 15 de mayo de 1991, en adelante LCC, y en el artículo 3.7 del Decreto 112/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración Pública de la Comunidad de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de explotación, uso y defensa y régimen sancionador de las carreteras de interés regional. Le corresponde a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias informar sobre el contenido de las figuras de planeamiento urbanístico del término municipal de San Andrés y Sauces, o de sus modificaciones o revisiones, que afecten la Red de Interés Regional de Carreteras del Gobierno de Canarias. Le corresponde al Cabildo Insular de La Palma informar sobre el contenido de las figuras de planeamiento urbanístico o de sus modificaciones o revisiones que afecten a la Red Insular de Carreteras de la Isla de La Palma. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 95 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los proyectos de construcción de las actuaciones y accesos que afecten a la Red de Interés Regional de Carreteras requerirán el informe previo favorable de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias, en el caso de que las nuevas solicitudes impliquen un cambio en la clasificación, funcionalidad, capacidad o nivel de servicio de la carretera, o un aumento en la intensidad del tráfico de más de un 5%. Dicho informe deberá emitirse en un plazo máximo de un mes; en caso contrario se considerará que el mismo es desfavorable. Asimismo es necesaria y vinculante la autorización del Cabildo de La Palma para los proyectos de construcción de las actuaciones y accesos que afecten a las zonas de dominio público, de servidumbre y de afección de las carreteras, tanto regionales como insulares. En el caso de tramos que discurran por suelo clasificado como urbano o correspondan a una travesía, el otorgamiento de licencias compete al Ayuntamiento correspondiente, previo informe preceptivo del Cabildo Insular de La Palma. Dentro del término municipal de San Andrés y Sauces se incluyen las siguientes carreteras afectadas por la LCC: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 96 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena CODIGO PGO DENOMINACION SGV-1 LP-1 (Tramo de Carretera entre límites municipales entre los Barrancos de La Galga y de La Herradura) LP-1V (Vía de Circunvalación Núcleo de Los Sauces) LP-104 ( Tramo de Carretera entre la intersección con la LP-1 en Llano El Pino e intersección con la LP-1 en Bajamar) LP-1042 (Ctra. Entre la intersección con la LP104 – Curva El Valle – a Puerto Espíndola) LP-107 (Ctra. De acceso a Los Tilos entre su intersección e inicio en la antigua LP-1Barranco del Agua hasta Los Tilos) Vía colector de desahogo funcional de la parte superior del Lomo de Los Sauces (sobre la LP1), entre intersecciones con la LP-1 en La Verada de El Drago a la Verada de Bajamar, pasando por Bebedero, Llano de Clara, Lomo Lirio, Lomo López y Verada Bajamar. Vía principal de acceso al Equipamiento General Docente desde SGV-6, sobre el Camino de La Higuerita y su prolongación Vía estructural de la ordenación prevista para el área Norte del núcleo de Los Sauces, se inicia y termina en SGV-6 en Lomo López de Arriba y Bajamar respectivamente. Vía de acceso desde la LP-1 entre Verada Lomadas hasta el Parque Recreativo de Las Cancelas. Vía de acceso desde la LP-1 entre Verada Lomadas hasta San Andrés por Camino La Atalaya SGV-2 (**) SGV-3 SGV-4 SGV-5 SGV-6 (*) SGV-7 (*) SGV-8 (*) SGV-9 (*) SGV-10 (*) Documento para Aprobación Inicial CLASE DE CARRETERA Carretera convencional de interés Regional Carretera convencional de interés Regional Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red Carretera convencional de interés Insular o resto de red (*) Vías previstas cuya propuesta de jerarquización hace que se incorporen a la Red Insular de Carreteras dependiente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. (**) Vía propuesta para su inclusión en la red regional de carreteras dependiente del Gobierno de Canarias. CONDICIONES DE USO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE EN EL ÁMBITO DE LEY Y REGLAMENTO DE CARRETERAS DE CANARIAS De conformidad con las determinaciones de la LCC y el Reglamento de Carreteras de Canarias (RCC) se establecen las siguientes condiciones: 1. En el Suelo Urbano: a) En el municipio de San Andrés y Sauces se determinan las siguientes travesías: - LP-1, que atraviesa el Término Municipal, generando travesías urbanas por los núcleos de población de Las Lomadas, el Casco Urbano de Los Sauces y Bajamar. - LP-104, travesía urbana del núcleo de San Andrés. - LP-1042, Travesía Urbana de El Melonar a Puerto Espíndola. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 97 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena b) Documento para Aprobación Inicial En el suelo clasificado como urbano en este P.G.O., la línea límite de la edificación viene representada en los correspondientes Planos de Ordenación Pormenorizada y se establece según la clase de la vía de la siguiente forma: DENOMINACION NÚCLEO DE POBLACIÓN DENOMINACIÓN TRAMO URBANO LINEA DE EDIFICACIÓN LP-1 Las Lomadas A 25 metros respecto a la Alineación Oficial (*) LP-1 Los Sauces LP-104 San Andrés LP-1042 El Melonar-Puerto Espíndola Travesía Urbana de Las Lomadas Travesía Urbana de Los Sauces Travesía Urbana de San Andrés Travesía Urbana que discurre desde la curva del Valle hasta Puerto Espíndola, pasando por El Melonar Variable según planos de Ordenación Pormenorizada (**) A 12 metros respecto a la Alineación Oficial (*) y según Ordenación Pormenorizada (*) La distancia de línea de edificación se mide desde la línea blanca de la carretera o arista exterior. (**) La línea de edificación coincide con la línea de alineación edificatoria establecida en los Planos de Ordenación Pormenorizada c) Compete al Ayuntamiento, previo informe de la administración titular competente para ello, el otorgamiento de licencias para los usos y obras en las zonas de dominio público, de servidumbre y de afección de los tramos de una carretera que discurra por el suelo clasificado como urbano o correspondan a una travesía del municipio, de conformidad con el artículo 48 de la LCC. 2. En el Suelo Urbanizable: a) En concordancia con los artículos 47.2 de la LCC y el 85.2 del RCC, en el suelo clasificado como urbanizable en este PGO se establecerá una franja ajardinada de separación de la carretera para protección de la calidad de vida de la urbanización, evitando así la contaminación acústica y de otra índole generada por la carretera. Del mismo modo, se determina que las parcelas de suelo urbanizable en los nuevos desarrollos urbanísticos no tendrán acceso directo a la red regional de carreteras del término municipal. b) En el artículo 66.2 del RCC establece que el suelo comprendido entre la carretera y la línea de edificación será calificado como espacio libre, zona verde, zona de reserva vial y en general como zonas no edificables, con las limitaciones en el uso propias de este suelo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 98 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena c) Documento para Aprobación Inicial La ubicación de las zonas destinadas a usos comunitarios o dotacionales (servicios, docentes, deportivos, asistenciales, religiosos, etc.), se situará fuera de las proximidades de las carreteras insulares, ya que aun desconociendo su utilidad final, la implantación de cualquier tipo de construcción e instalación que suponga una incidencia considerable en el tráfico, tanto rodado como peatonal, pueden dar lugar a una merma en la capacidad de los carriles de la vía, así como a un tránsito peatonal entre ambos márgenes, lo que supondría una pérdida de la seguridad vial inaceptable. d) De conformidad con lo establecido en el artículo 36.5 de la LCC, en el desarrollo de nuevas urbanizaciones, los promotores de las mismas deberán prever los pasos peatonales a distinto nivel que fueren necesarios, zonas de parada de vehículos de transporte público, barreras antirruido, semaforización y demás equipamiento requerido por la zona edificable colindante con la carretera. c) Patrimonio Histórico De conformidad con el artículo 2 de la Ley 4/1999, de 15 de Marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, constituye el Patrimonio Histórico de Canarias los bienes muebles e inmuebles que tengan interés histórico, arquitectónico, artístico, arqueológico, etnográfico, paleontológico, científico o técnico. Además se ha de tener en cuenta el Decreto 262/2003, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Intervenciones Arqueológicas en la Comunidad Autónoma de Canarias. Los bienes integrantes del patrimonio histórico canario estarán incluidos en alguno de los siguientes instrumentos: a) Registro de bienes de interés cultural (B.I.C.): Son bienes de interés cultural del patrimonio histórico canario los bienes que ostenten notorios valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o paleontológicos o que constituyan testimonios singulares de la cultura canaria, que sean declarados como tales expresamente mediante decreto del gobierno de canarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias. En el momento de la redacción del PGO existe declarado BIC con categoría de Monumento “ “ La Iglesia de San Andrés” Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 99 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena b) Documento para Aprobación Inicial Catálogo Arquitectónico del Municipio, siendo bienes catalogados, aquellos bienes integrantes del patrimonio histórico que no sean objeto de declaración como Bien de Interés Cultural. c) Carta Etnográfica municipal, donde se documentan e inventarian los bienes inmuebles integrantes del patrimonio etnográfico. d) Carta Arqueológica municipal, donde se identifican, localizan e inventarían los Yacimientos arqueológicos del municipio. - Patrimonio Arquitectónico y Etnográfico del municipio de San Andrés y Sauces El término municipal de San Andrés y Sauces posee edificaciones y construcciones de interés que merecen ser protegidos, y por tanto se elabora un Catálogo Arquitectónico. Los bienes etnográficos existentes en el municipio de San Andrés y Sauces no son excesivamente abundantes, por lo que se decidió su inclusión en el catálogo Arquitectónico del Municipio, tal como se establece y permite la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias en el artículo 43 del Capítulo III relativo “De los Catálogos Arquitectónicos municipales”, en vez de la redacción de una carta etnográfica. El Catálogo Arquitectónico del municipio de San Andrés y Sauces es el documento donde se recogen los inmuebles y espacios singulares (edificaciones, construcciones, caminos, etc.) que por sus valores arquitectónicos, históricos y etnográficos merecen su protección mediante su inclusión en fichas, en las que se especifica el grado de protección y los tipos de intervención que se permiten en cada inmueble o espacio singular, y además, se incorpora como documento integrante del Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces (PGO), de conformidad con lo estipulado en el Título II, Capitulo III “ De los Catálogos Arquitectónicos Municipales”, de la Ley 4/1999, de 15 de marzo de Patrimonio Histórico de Canarias, considerándose expresamente que este Catálogo tendrá la consideración de tal, a los efectos del TR Lotc-Lenac en su Artículo 39. - Patrimonio Arqueológico de San Andrés y Sauces Los yacimientos arqueológicos existentes en el término municipal de San Andrés y Sauces se han obtenido mediante la información incorporada a la Memoria Ambiental de este Plan General, elaborada por el Arqueólogo D. Francisco Jorge Pais Pais, coincidente con los Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 100 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial datos obrantes en el departamento de Cultura y Patrimonio del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. En este informe se especifican las principales zonas arqueológicas del Municipio, describiéndolas y ubicando en la cartografía los yacimientos. Por tanto se procede a su correcta protección a través de su reconocimiento e inclusión en las categorías de suelo rústico que expresamente define el TRLotc-Lenac para este fin. En todos los casos las zonas descritas se sitúan en áreas que poseen valores naturales, es decir, se encuentran todas dentro del Espacio Natural Protegido P-3 Parque Natural de Las Nieves (RPN-1ENP) y por lo tanto sin competencia de este PGO. San Andrés y Sauces es uno de los municipios palmeros que aún no cuenta con Carta Arqueológica. Por tanto, únicamente contamos con datos fiables de unas pocas zonas que abarcan sectores muy concretos de su territorio, como son los bordes de La Caldera de Taburiente y un pequeño tramo del curso medio del Barranco de San Juan. Los primeros datos sobre yacimientos arqueológicos sauceros nos fueron suministrados por el Dr. Mauro Hernández Pérez en su obra Contribución a la Carta Arqueológica de la isla de La Palma (Canarias), "Anuario de Estudios Atlánticos", XVIII, (Madrid-Las Palmas), 1972, Pps. 537-641. En este trabajo se hace referencia al hallazgo, por parte de D. Ramón Rodríguez Martín, de la única ara de sacrificios conocida en La Palma y ubicada en las montañas de Los Sauces. Esta estructura prehispánica tiene forma troncocónica y sobre ella se encontraron fragmentos cerámicos y cuchillos de basalto. El propio Dr. Mauro Hernández Pérez, y en la misma obra científica reseñada anteriormente, nos habla de la existencia de un magnífico poblado de cuevas naturales de habitación en la desembocadura del Barranco del Agua. Según este investigador, la mayoría de los yacimientos estaban inexplorados y parecían contar con relleno arqueológico en el que aparecían fragmentos de cerámica y lascas de basalto. Desgraciadamente, hoy sabemos, que muchos de estos yacimientos han sido saqueados y los restos extraídos forman parte de la colección privada de un vecino de San Andrés y Sauces. A principios de la década de los 80 se inició uno de los Proyectos de Investigación más interesantes de la prehistoria canaria. Nos estamos refiriendo a los trabajos sobre Las Cuevas de San Juan, cuyos directores son los Dres. Juan Francisco Navarro Mederos y Ernesto Martín Rodríguez. El yacimiento principal de este conjunto es La Cueva del Tendal en la que, hasta el momento, se han realizado cinco campañas de excavación (1981, 1983, Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 101 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1985 (dos campañas) y 1987-88). Los resultados de estos trabajos han sido absolutamente vitales para el mejor conocimiento de la etapa prehispánica palmera. Hasta la fecha, se han realizado nada menos que tres Tesis Doctorales sobre este yacimiento, que cuenta con una potencia estratigráfica superior a los 7 metros de espesor. Las cumbres de San Andrés y Sauces La gran mayoría de los vestigios prehispánicos se concentran sobre el mismo borde de La Caldera de Taburiente. Comenzaremos la descripción por los conjuntos arqueológicos más próximos a Puntallana para irnos extendiendo en dirección a Barlovento. El primer gran conjunto arqueológico que nos encontramos se concentra en la cima de El Cotillón, que queda comprendido entre la mole de Piedra Llana (Puntallana) y Morro Negro. Esta zona de los bordes de La Caldera se caracteriza por ser muy estrecha y desde la cual parten enormes precipicios, tanto hacia el interior como el exterior del Parque Nacional. El relieve se caracteriza por la presencia de dos picachos separados por una suave vaguada. La crestería de El Cotillón fue sometida a una intensa explotación pastoril por parte de los benahoaritas, siendo una de las razones fundamentales de este comportamiento la presencia de un punto de agua permanente, conocido como Fuente del Topo de Juan Diego. Así, en el picacho que está más próximo a Piedra Llana se estableció un paradero pastoril que servía de puesto de vigilancia a los aborígenes para el control de sus rebaños. El terreno está recorrido por pequeños afloramientos rocosos, en torno a los cuales se concentran los vestigios prehispánicos, ya que los pastores buscaban la protección que le brindaban esas coladas. Los fragmentos de cerámica pertenecían a vasijas de las fases III y IV. La industria lítica se realizó en basalto gris, basalto vítreo y obsidiana. Otro paradero pastoril se estableció en medio de las laderas exteriores que parten del picacho anterior y se estableció en medio de una pequeña plataforma llana que interrumpe la pendiente. También se utilizó como puesto de vigilancia y control de las manadas. Los fragmentos de cerámica pertenecían a vasijas de las fases II, IIIa y IIIb. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 102 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En torno a la cima del otro picacho, que está más próximo al Pico de La Cruz, existió un yacimiento pastoril más importante que los dos anteriores ya que, probablemente, se trataba de un campamento estacional. Esta apreciación se ve reforzada por la presencia de un amontonamiento de piedras y un gran abrigo pastoril que, en parte, ha sido reutilizado en la época histórica. El centro neurálgico del campamento se situó en la cara norte de un gigantesco resalte rocoso que, a modo de cresta, recorre toda la extensión del pico. Los fragmentos de cerámica nos indican que el campamento fue explotado durante las fases cerámicas II y III. El amontonamiento de piedras o "pirámide" se sitúa sobre el mismo borde de La Caldera de Taburiente y se asienta sobre un pequeño saliente rocoso natural de 75 cms de altura. El perímetro externo se delimitó mediante la colocación de un muro de rocas de diferentes tamaños y el interior se rellenó con piedras más pequeñas. Tiene una planta oval, con un diámetro mayor de 1,98 metros y el menor es de 1,65 metros. El abrigo pastoril era de grandes dimensiones y para su construcción se aprovecharon de la existencia del gran resalte rocoso, que ocupa todo el frente oriental y con una longitud de 7,8 metros. Se localiza sobre el borde de La Caldera. El resto del perímetro se completo con tramos de muros artificiales que unen otras grandes rocas que están en su posición. Por tanto, la planta es muy irregular, con una anchura variable entre 2,1 y 3,6 metros. Un pequeño sector de este abrigo prehispánico, en contacto con los precipicios de La Caldera, ha sido reacondicionado por los cabreros históricos y ha sido reutilizado hasta hace escasas fechas. A unos 100 metros al noroeste de la pirámide, y ya en contacto con la carretera que se dirige al Roque de Los Muchachos, nos encontramos con una especie de refugio natural, ya que se ubica en un recinto circular que se formó tras el desprendimiento de una serie de bloques laminares de un gran resalte rocoso que recorre la zona. Este espacio hueco, y bien protegido, fue aprovechado por los benahoaritas como refugio eventual. En la parte alta de las laderas norte de El Cotillón se abre una cueva natural que ha sido intensamente reutilizada en la época histórica, de tal forma que su estructura ha sido profundamente modificada, habiéndose protegido y delimitado como muros de piedra seca y empalizadas. La boca está expuesta al norte y, por ello, se vieron obligados a protegerla con un muro que también tenía la misión de nivelar el piso. La anchura en la entrada es de 8 metros y una profundidad de 6 metros. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 103 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En la cabecera del Barranco de Rivero se forma un amplio tablado que queda comprendido entre los dos ramales que la forman. Estos parajes son bastante llanos, aunque están recorridos por pequeñas barranqueras y suaves hondonadas en las que abundan los afloramientos rocosos de diferentes tamaños. Y, precisamente, en torno al más sobresaliente de todos ellos se aglutina un interesante conjunto de abrigos pastoriles que, en algún caso, han sido intensamente reutilizados en la época histórica. Este conjunto pastoril está formado por 3 abrigos prehispánicos y otro que ha sido reutilizado. Los abrigos se concentran en la cara occidental del dique al ser la más protegida contra las inclemencias del tiempo, puesto que puede superar los 5 metros de altura. El refugio más pequeño está a unos 2 metros de la base del dique y sólo se conserva la base de sus muros, que se realizaron mediante la alineación de los bloques desprendidos del dique. El diámetro mayor es de 2 metros y el menor es de 1,7 metros. Otro abrigo se encuentra a 3 metros del anterior y se apoya en el dique al abrirse una pequeña covacha natural de 70 cms de alto y un metro de profundidad. El resto del perímetro se completó con un muro artificial semicircular. Tiene una anchura máxima de 1,5 metros. El abrigo reutilizado se encuentra al sur del anterior y separado 3 metros del dique. Tiene una planta cuadrangular con una longitud de 4 metros, una anchura de 50 cms y una altura de 1,2 metros. Su estado de conservación es bastante aceptable. La cuarta construcción se sitúa en la parte superior del dique al formarse una superficie plana en medio de un rehundimiento de la colada. La planta es muy irregular, con un diámetro mayor de 10 metros y el menor es 3 metros. A unos 90 metros al suroeste del dique anterior y en el extremo final del tablado se estableció un paradero pastoril de escasa explotación por parte de los pastores benahoaritas. La zona es llana, aunque está atravesada por una pequeña barranquera y aparecen pequeños resaltes rocosos naturales Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 104 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El Roquito de La Fortaleza hace referencia a uno de los picachos interiores de La Caldera. Nosotros vamos a denominar con este topónimo la crestería que está comprendida entre El Cotillón y Morro Negro. El yacimiento que ahora nos ocupa está formado por una estación de grabados rupestres que cuenta con 5 paneles y un paradero pastoril. El centro neurálgico del yacimiento es un gigantesco dique que, a modo de cresta, recorre la crestería, tanto hacia el interior como el exterior del Parque Nacional. El soporte de la estación de grabados rupestres es este gran dique de unos 60 metros de recorrido. Los paneles aparecen en la parte superior del mismo, así como por los paredones verticales. Los motivos son de tipo geométrico, destacando el grupo de las espirales y los meandriformes. La técnica de ejecución fue el picado de anchura y profundidad variables. Su estado de conservación es muy malo al estar muy desgastados por el lavado de las lluvias. El paradero pastoril se concentraba a ambos lados del dique que sirvió de soporte a los petroglifos. Los benahoaritas aprovecharon las zonas más altas para buscar un precario refugio contra las inclemencias del tiempo, siendo aprovechado en función de la hora del día y la dirección de los vientos dominantes. Con el topónimo Morro Negro se conoce un picacho que aparece en las faldas orientales del Pico de La Cruz y emplazado sobre el mismo borde superior de La Caldera de Taburiente. Esta elevación natural forma una estrecha vaguada que viene delimitada por dos grandes diques que corren paralelos y dejan en medio un espacio perfectamente protegido contra las inclemencias del tiempo. En esta depresión se estableció un magnífico asentamiento o campamento pastoril que fue asiduamente explotado por los pastores benahoaritas. Los fragmentos de cerámica pertenecían a vasijas de las fases II, III y IV, lo cual nos indica que fue habitado de forma continuada. La industria lítica se realizó en basalto gris y basalto vítreo. Justo en medio de la hondonada existió una preciosa estación de grabados rupestres que cuenta con un sólo panel. El soporte es una gran roca que está en su posición originaria. El motivo está expuesto al suroeste. Los motivos son unos círculos concéntricos que están muy próximos entre sí y llegan a unirse. La técnica de ejecución fue el picado muy fino y superficial. Su estado de conservación es malo porque está muy desgastado por el lavado de las lluvias. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 105 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Además, en medio de los riscos interiores que caen hacia La Caldera existió otro pequeño paradero pastoril que, probablemente, sirvió como puesto de vigilancia de los rebaños de ovicápridos. A juzgar por la pobreza en restos superficiales, fue escasamente explotado por los pastores benahoaritas. En medio de los tablados que se abren a los pies del picacho de Morro Negro se estableció otro paradero pastoril, cuyo rastreo fue muy difícil debido a la frondosidad del codesar que lo cubría. Los materiales prehispánicos eran muy escasos y estaban muy desgastados debido a los procesos erosivos. El Pico de La Cruz (2351 metros) es el accidente más elevado de las cumbres de San Andrés y Sauces, y uno de los más llamativos de todo el reborde montañoso que contonea La Caldera de Taburiente. En torno a esta impresionante elevación montañosa se concentró uno de los campamentos pastoriles más interesantes de La Palma, si nos atenemos a la abundancia y variedad de los restos arqueológicos superficiales que la siembran. El Pico de La Cruz está recorrido por un gigantesco resalte rocoso natural que, a modo de cresta, recorre todas las estribaciones exteriores. Este dique se ha ido desmantelando por los procesos erosivos en forma de grandes bloques pétreos laminares que se han acumulado de forma caótica en la base del mismo. En muchos sectores se han formado una especie de abrigos naturales en los cuales se establecieron los pastores benahoaritas. Los fragmentos de cerámica decorados pertenecían a vasijas de las fases II, III y IV, es decir, que el campamento pastoril fue asiduamente explotado por los pastores benahoaritas de forma continuada. La industria lítica se realizó en basalto gris y basalto vítreo, aunque también aparecen piezas líticas y núcleos realizados en obsidiana. La vertiente occidental del Pico de La Cruz fue la preferida por los benahoaritas para establecerse. Además, en la cara occidental de este dique también se abren una serie de covachas y cejos que, igualmente, no fueron desaprovechadas. Por último, hemos de reseñar que en el Departamento de Prehistoria de la Universidad de La Laguna se conserva un pequeño grabado rupestre, que representa una espiral, y que fue sacado de este campamento pastoril. La técnica de ejecución fue el picado de anchura media y profundo y su estado de conservación es relativamente aceptable. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 106 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Barranco de San Juan La zona prospectada del Barranco de San Juan viene a coincidir con el denominado Cuchillete de San Juan, quedando comprendido entre la zona de confluencia entre el barranco homónimo y el de Alén y el lugar en que el interfluvio es cortado por la carretera general de Los Sauces-Santa Cruz de la Palma en el denominado Túnel Chico o del Risco de Las Grajas. En esta estrecha franja de terreno se ha localizado un interesantísimo conjunto arqueológico formado por varios poblados de cuevas naturales, 2 necrópolis, varios poblados de cabañas y hasta una pequeña estación de grabados rupestres que cuenta con 2 paneles. Sin duda, el yacimiento más importante de todo el conjunto es La Cueva del Tendal que se abre en la parte inferior de la margen izquierda del Barranco de San Juan, ocupando toda la extensión de un amplio meandro que forma el cauce, y a unos 10 metros por encima del mismo. Presenta unas condiciones de habitabilidad inmejorables, con una longitud de 57 metros, una profundidad máxima de 11 metros y la menor es de 6 metros. Se sitúa en la cota altitudinal de los 150 metros., en la zona de transición entre los bosques termófilos y la laurisilva. El yacimiento se puede dividir en tres sectores claramente definidos. El Área A ocupa el extremo derecho de la cueva y es un extenso escalón rocoso que, a priori, carece de relleno arqueológico. Esta zona ha sido intensamente reutilizada en la época histórica y se conservan los restos de numerosas construcciones artificiales. El Área B ocupa la zona intermedia y en ella se han centrado las intervenciones arqueológicas realizadas hasta el momento (1981, 1983, 1985 y 1987-88). La potencia estratigráfica oscila entre los 0,70 y 1,40 metros. El Área C se sitúa en el extremo izquierdo de la cueva y queda separada del espacio anterior por un escarpe rocoso. Su potencia arqueológica supera los 7 metros de espesor aunque, desgraciadamente, ha soportado notables destrozos que han implicado la desaparición de la mayor parte de su estratigrafia, que se ha utilizado como abono en los canteros de plátanos aledaños. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 107 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La importancia de La Cueva del Tendal ha sido realmente extraordinaria para la etapa prehispánica palmera por tres razones fundamentales: 1) Hasta el momento, se han realizado tres Tesis Doctorales sobre este yacimiento, a saber, una sobre ecología cultural (Ernesto Martín Rodríguez), otra sobre industria lítica (Amelia del Carmen Rodríguez Rodríguez) y otra sobre zooarqueología (Felipe Jorge Pais Pais). 2) Durante la excavación de 1987-88 quedó perfectamente claro que los benahoaritas practicaron la agricultura, en contra de los datos que apuntaban las fuentes etnohistóricas. 3) El estudio de los fragmentos de cerámica del Tendal, junto con los de otros yacimientos como El Rincón (El Paso), Belmaco (Villa de Mazo), Los Guinchos y El Humo (Breña Alta), etc. permitieron a los Dres. Juan Francisco Navarro Mederos y Ernesto Martín Rodríguez elaborar una clasificación sobre el poblamiento prehispánico insular. En Las Laderas de El Jurao, inmediatamente encima de La Cueva del Tendal, existió un interesantísimo poblado de cuevas naturales que se abren en la parte media y superior de la margen izquierda del Barranco de San Juan. Este topónimo obedece a la existencia de un gran tubo volcánico que comunica, de lado a lado, los barrancos de San Juan y Alén. No consideramos necesario realizar una descripción pormenorizada de cada uno de los yacimientos, por lo que solo nos vamos a detener en aquellos que juzgamos más interesantes. El conjunto está formado, al menos por 9 cuevas naturales de habitación y 2 necrópolis. La gran mayoría de los yacimientos se concentran a la altura de La Cueva del Tendal, aunque existen 2 cuevas de habitación y una cueva sepulcral que están desplazadas hacia la carretera general. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 108 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial A nuestro juicio, los yacimientos más interesantes son dos: el tubo volcánico denominado Cueva Honda y otra gran cavidad que aparece encima del extremo izquierdo de La Cueva del Tendal. La Cueva Honda es un gigantesco tubo volcánico que se abre inmediatamente encima de La Cueva del Tendal y que, a pesar de su humedad y oscuridad, fue habitado por los benahoaritas, especialmente en la zona más próxima a la entrada. Desgraciadamente, este yacimiento ha sido frecuentemente visitado por los expoliadores que han extraído varias vasijas enteras. No obstante, estamos convencidos de que aún conserva buena parte de su potencia estratrigráfica. El otro yacimiento es una gigantesca cueva natural que se abre encima del extremo izquierdo de La Cueva del Tendal y en la parte alta de la margen izquierda del Barranco de San Juan. Este yacimiento es muy interesante porque se trata de una necrópolis, aunque también existen huellas claras de que también se utilizó como lugar de habitación. El yacimiento presenta huellas claras de haber sido visitado por expoliadores, aunque aún existen zonas aprovechables para la investigación arqueológica. Otro dato muy interesante es que algunos restos humanos parece que estuvieron expuestos al fuego. En la parte alta del Cuchillete de San Juan se forman dos extensas zonas llanas en las que, con toda probabilidad, en la etapa prehispánica debió existir un amplio poblado de cabañas. Las construcciones artificiales han desaparecido porque todos estos parajes han sido roturados y abancalados en la época histórica para sembrar cultivos de secano. Sin embargo, la abundante presencia de restos arqueológicos superficiales nos sugiere que nos encontramos ante fondos de cabañas. Los vestigios prehispánicos consistían en fragmentos de cerámica de diferentes fases y abundantes muestras de industria lítica. En el estado actual de la investigación nos resulta imposible saber si estos yacimientos aún conservan estratigrafía. Este extremo solo podrá verificarse cuando se realicen los oportunos sondeos. En la parte alta de la margen derecha del Barranco de Alén también estudiamos un pequeño grupo de 3 cuevas de habitación. Los yacimientos se sitúan en las inmediaciones de la zona que es atravesada por el tubo volcánico que atraviesa todo El Cuchillete de San Juan. En estos parajes existe otro gigantesco tubo volcánico conocido como La Cueva de Los Milagros debido a las formaciones rocosas que existen en su interior y por la abundancia de agua que rezumaba de sus paredes. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 109 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los yacimientos arqueológicos que nosotros estudiamos no parecen excesivamente interesantes, aunque este extremo no podrá verificarse hasta tanto no se llevan a cabo las excavaciones pertinentes. Pudiera ser que varias de las cuevas conserven aún la mayor parte de su estratrigrafía. En las laderas de La Corujera, al este de La Cueva del Tendal, y en el extremo final del Cuchillete de San Juan, existió otro conjunto arqueológico formado or un posible poblado de cabañas, 2 cuevas de habitación, en una de ellas apareció un resto humano, y una estación de grabados rupestres que cuenta con 3 paneles. Las cuevas naturales de habitación han sido reutilizadas en la época histórica y expoliadas, de tal forma que su interés no es excesivo, a pesar de la presencia del hueso humano. Nos da la sensación de que carecen de relleno arqueológico. En cuanto al posible poblado de cabañas, no podemos descartar la posibilidad de que los materiales (fragmentos de cerámica e industria lítica) que aparecen en las laderas y las vetas de cultivo de la margen izquierda del barranco procedan del vaciado de las cuevas de habitación cercanas. Habría que realizar una serie de catas estratigráficas para salir de dudas. La estación de grabados rupestres se sitúa en la parte superior y en el extremo final del Cuchillete de San Juan. La estación cuenta con 3 paneles que ocupan la cara vertical de los grandes bloques pétreos que forman la cima del espigón rocoso. La temática es de tipo geométrico y la técnica de ejecución es el picado, si bien su acabado no es muy cuidado. Su estado de conservación es relativamente bueno, aunque están completamente cubiertos de líquenes. En la parte media-alta de las laderas de La Fuente de La Furna, en la margen derecha del Barranco de San Juan y desplazado hacia el este (desembocadura) respecto a La Cueva del Tendal existe otro interesantísimo poblado de 6 cuevas naturales de habitación, entre las que destacan 3 yacimientos por encima del resto, ya que cuenta con una gran abundancia en restos arqueológicos superficiales de todo tipo. Además, los agujeros practicados por los expoliadores dejan entrever que cuentan con una magnífica potencia estratigráfica recorrida por fuertes capas de cenizas. Todas las cuevas han sido intensamente reutilizadas en la época histórica como pajeros o corrales de cabras. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 110 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 1.7. Documento para Aprobación Inicial CONTENIDO DEL DOCUMENTO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN. La documentación que precisa el PGO en su fase de “Documento de Tramitación para Aprobación Inicial”, viene determinada en el Reglamento de Planeamiento, artículos 37, 38, 39, 40, 41 y 42; y en el Decreto 35/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento, artículo 10, y de acuerdo con el TRLotc-Lenac en conformidad a lo especificado en el artículo 32 (Planes Generales de Ordenación: Objeto y contenido) de la citada Ley. La documentación del presente documento se ajusta a lo exigible a tales Planes, tal y como se describe a continuación: A. Memoria de Ordenación: Planos de Diagnóstico Ambiental Planos de Evaluación B. Ordenación Estructural: Normativa Urbanística de la Ordenación Estructural Planos de Ordenación Estructural C. Ordenación Pormenorizada: Normativa Urbanística de la Ordenación Pormenorizada Fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión Planos de Ordenación Pormenorizada Organización de la Gestión y Programación de la Ejecución Pública que comprende los siguientes documentos: - Programa de Actuación y Estudio Económico–Financiero. Patrimonio Arqueológico y Catálogo Arquitectónico del término municipal de San Andrés y Sauces - Plano del Catálogo Arquitectónico y Patrimonio Arqueológico Inventario de Edificaciones No Amparadas por el Planeamiento. Decreto 11/1997. Planos de Ordenación: Infraestructuras Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 111 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial D. Información Urbanística También forma parte del contenido del PGO la Información Urbanística, entregada en el documento de PGO elaborado para la fase de Avance, conformada por los siguientes documentos: Memoria de Información Anexo Memoria y Fichas Contenido Ambiental Planos de Información Las cartografía base utilizada para el PGO de San Andrés y Sauces es la facilitada por la empresa Grafcan a escala 1:5.000 para todo el municipio, y a escala 1:1.000 los núcleos urbanos y Asentamientos Rurales. Asimismo, habrá de adecuarse a los contenidos que se derivan de la Ley 972006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente ( BOE Nº 102 de 29 de abril de 2006), y de su incorporación a la Normativa autonómica realizada mediante el Documento de Referencia para elaborar Informes de Sostenibilidad de Planes Generales de Ordenación, cuya aprobación se produjo mediante Acuerdo de la COTMAT de 4 de agosto de 2006 (BOC 2006/159 de 16 de agosto). DOCUMENTACIÓN DEL PLAN GENERAL. Los Planes Generales contendrán, a los efectos de permitir su evaluación ambiental, la totalidad de la documentación que se establece a continuación: A. La Memoria del Plan General incluirá: 1) 2) Justificación, en su caso, del contenido ambiental específico asumido por el instrumento de planeamiento. Información urbanística que incorporará, además de la documentación establecida por el resto de la legislación urbanística, un apartado de inventario ambiental, que habrá de tener un carácter integrado, tanto temática como espacialmente, procurando su realización a partir de la definición de unidades ambientalmente homogéneas. Cada una de ellas se delimitará cartográficamente y se definirá a partir de las variables ambientales significativas oportunas, que deberán abarcar los siguientes aspectos: - Características geológicas y geomorfológicas del territorio, con especial atención a los procesos geomorfológicos que pudiesen inducir riesgos, y a la determinación de áreas con interés desde el punto de vista de su conservación. - Características climáticas, con especial referencia a los factores del clima que tengan mayor incidencia - Características generales del funcionamiento del ciclo hidrológico. - Características edáficas, señalando el tipo de suelo, clase agrológica, valor agrícola, estado de conser- sobre la asignación de usos al suelo. vación, así como la determinación de áreas con interés desde el punto de vista de su protección. - Características de la vegetación, señalando la formación vegetal dominante, su estado de conservación, fragilidad, capacidad de regeneración y singularidad, con especial referencia a los hábitats o es- Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 112 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial pecies incluidas en alguna categoría de protección. - Características de la fauna, con especial referencia a las áreas de nidificación, a la presencia de especies incluidas en alguna categoría de protección y a su interés desde el punto de vista de la conservación. - Determinación de la calidad visual del paisaje, señalando las unidades que presenten interés para su - Características del patrimonio arquitectónico y arqueológico, con referencia a yacimientos arqueológi- - Categorías de protección, relativas a los espacios naturales protegidos y áreas de sensibilidad ecológi- - Usos actuales del suelo. - Tipología y localización de impactos ambientales existentes en la etapa previa a la redacción del plan. conservación. cos y conjuntos, edificios y elementos con valor histórico, arquitectónico o etnográfico. ca definidos por la normativa sectorial o el planeamiento de ámbito superior. 3) Objetivos y criterios de la ordenación del territorio, incluyendo el diagnóstico ambiental del ámbito territorial ordenado, que incluirá los siguientes contenidos: - Características de la problemática ambiental existente en la etapa previa a la redacción del plan. - Definición de las limitaciones de uso derivadas de algún parámetro ambiental. - Dinámica de transformación del territorio y diagnosis de potencialidad, con referencia a la calidad para la conservación, valor cultural y capacidad de uso de cada unidad ambiental definida. - Situación actual del medio ambiente en función del inventario y diagnóstico ambiental realizado y su probable evolución en caso de no aplicar el plan o programa. 4) Objetivos ambientales y criterios generales relativos a la protección y mejora del patrimonio natural y cultural, y justificación de la adaptación del instrumento de planeamiento a los objetivos ambientales que establezcan para el mismo, en su caso, las directrices o el planeamiento territorial de ámbito superior. 5) Evaluación de las consecuencias ambientales de las determinaciones del plan, que comprenderá los siguientes apartados: - Identificación de las determinaciones del planeamiento potencialmente generadoras de impactos. - Análisis del grado de adecuación entre las determinaciones del planeamiento y la calidad ambiental y - Examen y análisis ponderado de las diferentes alternativas contempladas, incluyendo el de los efectos capacidad de las unidades afectadas para acoger los diferentes usos propuestos. diferenciales de cada una de ellas sobre el medio ambiente y su grado de adecuación a los criterios y objetivos ambientales definidos. En su caso, justificación del modelo de desarrollo elegido y de las alternativas seleccionadas para la clasificación urbanística, y descripción de la ordenación general propuesta. - Valoración detallada y signo de los impactos y de sus probables efectos significativos secundarios, acumulativos, sinérgicos a corto, medio y largo plazo, permanentes y temporales, positivos y negativos inducidos por las determinaciones contenidas en el instrumento de planeamiento - Descripción y justificación del conjunto de medidas ambientales protectoras y correctoras contenidas en el propio instrumento de planeamiento o remitidas al planeamiento de desarrollo, incluyendo la justificación del cumplimiento de las medidas correctoras que, en su caso, establezca el planeamiento territorial de ámbito superior. - Cuando a lo largo de la tramitación del Plan, se produzcan modificaciones del documento que introduzcan nuevas determinaciones con efectos significativos sobre el medio ambiente éstas deberán ser evaluadas e incorporadas al Informe de Sostenibilidad del Plan. - La evaluación ambiental del Plan incluirá aquellos aspectos de la Ordenación Pormenorizada con efectos significativos sobre el medio ambiente. Dicha evaluación será trasladada al Informe de Sostenibilidad del Plan. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 113 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Se prestará especial atención a las afecciones del Planeamiento General en relación a la salud humana y en especial en la planificación de urbanizaciones industriales y nuevas infraestructuras. - Cuando no se incorpore la Normativa, esquema de la normativa básica aplicable en suelo urbano, urbanizable y rústico, avanzando los principales parámetros relativos tanto a los usos prevalentes en cada uno de los sectores o categorías de suelo, como a su intensidad (densidad, edificabilidad, altura máxima y otras determinaciones significativas) y grado de compatibilidad con otros usos, así como el cuadro de medidas específicas de protección y corrección de carácter ambiental tanto en el medio urbano como en el rural. - Descripción de las medidas previstas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación o ejecución del plan para verificar con prontitud los efectos adversos no previstos. 6) 7) Orden de prioridad en la ejecución de las medidas ambientales positivas previstas. Señalamiento de las circunstancias que, en función del grado de cumplimiento de los objetivos y determinaciones ambientales, hagan procedente la revisión del plan o de su Programa. 8) Resumen no técnico del Informe de Sostenibilidad Ambiental. B. Entre los planos de información, deberán figurar, además de los exigidos por la normativa urbanística, los que hagan referencia a los siguientes aspectos: 1) Definición gráfica de los aspectos de la información urbanística reseñados en el apartado A.2 anterior que permitan expresar su localización, delimitación o dimensión superficial. 2) Expresión gráfica del diagnóstico ambiental. 3) Definición sintética de las alternativas planteadas en el Avance de Planeamiento. C. Los planos de ordenación, además de lo dispuesto en la legislación urbanística, incluirán: - Para cada categoría de suelo la definición de las áreas o elementos, de tipo natural o cultural, delimitadas y sometidas a régimen de protección. - Plano de ordenación general, a escala adecuada, no inferior a 1:25.000, en los que se grafíen los principales sistemas generales infraestructurales, la clasificación de suelo y la calificación en las diversas categorías de suelo rústico. - Planos de ordenación de los núcleos urbanos y rurales, a escala no inferior a 1:5.000, con esquema del sistema viario y de los equipamientos generales y locales más significativos, en especial con ubicación de los parques y las principales zonas libres de dominio y uso público. D. Las Normas Urbanísticas. Desarrollarán, además del contenido exigido en la legislación urbanística, las determinaciones que tuvieran carácter normativo expresado en los artículos 6 al 9 del Decreto 35/1995. E. El Programa de Actuación. Incorporará la programación de las actuaciones dirigidas a los fines específicos de conservación de la naturaleza y protección ambiental y paisajística. F. El Estudio económico-financiero. Contendrá, asimismo, una evaluación económica de las medidas correctoras y las actuaciones ambientales positivas programadas susceptibles de valoración, con especificación de las que correspondan a los sectores privado y público. El Estudio económico-financiero contendrá un apartado sobre la viabilidad económica de las alternativas y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos del plan o programa. El Informe de Sostenibilidad contendrá un estudio de la viabilidad económica de las Alternativas presentadas en otras fases de la tramitación del Plan diferentes a la Fase de Avance y de las medidas correctoras derivadas de impactos significativos del Plan en su Ordenación Pormenorizada. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 114 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8. SITUACION GENERAL DEL MUNICIPIO A modo de síntesis, y en tanto constituyen elementos fundamentales justificantes del modelo de Ordenación Municipal propuesto en este Plan, pasamos a describir los aspectos más relevantes de la situación general del Municipio, planteados ya de un modo más extenso en la Memoria Ambiental elaborada por la empresa INMACAN, incorporada al Avance cuya probación se produjo el 02 de septiembre de 2002. 1.8.1.- DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FISICO Y SINGULARIDAD DEL MUNICIPIO El municipio de San Andrés y Sauces está situado en el sector septentrional de La Palma, entre los profundos tajos orográficos de los barrancos de La Herradura y de La Galga, que lo separan de los vecinos términos de Barlovento, por el norte, y de Puntallana, por el sur, respectivamente; por el noreste esta demarcación administrativa limita directamente con el mar, a través de una costa alta y rocosa, y por el suroeste alcanza las estrechas cresterías del borde exterior de La Caldera de Taburiente, que pertenece al municipio de El Paso. El territorio municipal de Los Sauces, como se denomina popularmente este término, por la mayor importancia demográfica actual del núcleo capitalino, frente al estancamiento y atonía económica actual de San Andrés, la segunda de las entidades de población, es una empinada ladera, como el resto de la comarca norteña de la isla, hendida por numerosos y espectaculares barrancos, que tiene forma aproximada de triángulo isósceles, con su vértice más estrecho orientado hacia el corazón insular, a la singular oquedad de La Caldera, y posee una extensión aproximada de 43 km2, lo que representa algo más del 6 por ciento de la superficie de la isla. TOPOGRAFÍA Y GEOMORFOLOGÍA Esta demarcación administrativa se ubica en la zona más antigua de la isla, sobre las coladas y piroclastos basálticos del denominado, en la terminología geológica canaria, Segundo Ciclo volcánico, de edad plioceno-cuaternaria, por lo que predominan externamente, en términos generales, las formas erosivas, representadas por los barrancos y los acantilados, sobre las constructivas, aunque pueden observarse también numerosos restos de conos volcánicos, en diferente estado de conservación, situados a diferentes alturas, algunos de los cuales corresponden a formaciones de tipo sálico. En la caldera de Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 115 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Tajadre, ubicada en la confluencia de los barrancos de El Río-Tajadre, existe una «ventana» del Complejo Basal de la isla, excavada a causa de la intensidad de la erosión. Algo similar ocurre en la caldera de Marcos y Cordero, aunque en este caso la superficie exhumada es mucho mayor, lo que favorece la aparición de los manantiales que dan nombre a esta formación geomorfológica. La caldera tiene forma casi circular y aproximadamente 2 km. de diámetro. Los procesos de socavamiento la han ensanchado, produciendo escarpes casi verticales en sus paredes. En su interior destaca el lomo de Los Pasos, que separa la zona de Marcos de la de Cordero. Sus aguas llevan más de un siglo canalizadas, para lo fue preciso construir trece túneles, alguno de los cuales alcanza los 400 m. de longitud, y se utilizan también como principal vía de acceso a la caldera. Como consecuencia del intenso trabajo erosivo de las aguas pluviales, de fuerte intensidad horaria en la zona de cumbre, y también del oleaje marino, en el litoral, una porción destacada del territorio está cubierta por suelos poco evolucionados, e incluso por suelos minerales brutos o litosoles, en los acantilados litorales y en las paredes de los barrancos. En la parte alta del municipio, el roquedo está al descubierto, sin abarrancar y tiene poca pendiente hasta la zona de las cabeceras de los barrancos, donde se inician los grandes desniveles, todo ello a causa de la menor humedad ambiental y de la mayor insolación de este ámbito. Sin embargo, existen también áreas de suelos de excelente calidad agrológica, aunque escasamente profundos por la notable pendiente del terreno, como los suelos fersialíticos y los suelos ferralíticos, vinculados al ambiente hiperhúmedo del mar de nubes y a las frecuentes precipitaciones del alisio, en el dominio potencial de la laurisilva, en parte aprovechado por los cultivos de medianías. GEOGRAFIA. La característica geográfica más destacada de esta singular ladera es su elevada pendiente media en la mayor parte de su recorrido, a causa de los grandes desniveles que debe salvar en una distancia en el plano de unos 10 kilómetros, pues el relieve de la Cumbre de los Andenes, que forma el reborde de La Caldera, supera los 2.000 metros en todos sus puntos, e incluso posee varias elevaciones que pasan de los 2.300 metros de altitud, como el Pico de La Cruz (2.351 m.), que es la altura máxima del municipio, y está situado en el límite entre Barlovento y El Paso, Morro Negro (2.312 m.), La Fortaleza (2.307 m.) y Piedrallana (2.321 m.). El punto más bajo de la misma se encuentra en el Escotillón (2.250 m.), situado sobre la fuente de las Almejoranas. Ese rasgo topográfico del relieve ha incidido de manera destacada sobre los procesos erosivos que han labrado los barrancos que atraviesan su territorio y lo fragmentan en varios interfluvios relativamente estrechos, que reciben el nombre de lomos o lomadas, en función de su anchura, lo que ha dificultado la ocupación humana del territorio y las comunicaciones. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 116 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los largos, y estrechos interfluvios que forman los barrancos en su recorrido de mar a cumbre se ven salpicados en ciertos lugares por la presencia de restos de conos volcánicos de piroclastos basálticos más o menos dispersos, en diferente estado de conservación, que matizan la fisonomía del paisaje, al tiempo que crean rellanos y pequeñas hoyas que mejoran las condiciones de la pendiente y del suelo de los mismos, lo que favorece la instalación de los cultivos y el asentamiento del poblamiento, en un territorio casi «colgado» de la montaña. La agrupación más abundante de estos «residuos» de cono se encuentra en torno a los 1.000 metros de altitud, siguiendo probablemente alguna directriz tectónica, aunque existen también en otros niveles. La singularidad geomorfológica de estos espacios planos, constituidos por el represamiento de materiales que producen los conos, en el contexto general de la ladera, no ha pasado desapercibido para a toponimia local, que registra algunos nombres alusivos a tal circunstancia, como por ejemplo, Llano Clara, que corresponde también a una antigua finca, conocida en toda la isla por la llamativa organización y variedad de sus cultivos, así como por la cuidada jardinería de su acceso y entorno de las viviendas allí existentes. El casco de Los Sauces se asienta asimismo en uno de estos pequeños rellanos, aunque no se aprecia en la actualidad la topografía del cono que ha retenido los materiales que lo han conformado. De todos modos, donde los conos volcánicos destacan en el paisaje de la comarca del nordeste de la isla, tanto por su número como por su altura y estado de conservación es en los términos vecinos de Barlovento y Puntallana, en los que dan lugar a los importantes rellanos en los que se ubican las respectivas capitales municipales. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 117 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La elevación del relieve facilita el mecanismo de las precipitaciones que traen las borrascas atlánticas, a causa de la orientación del término al flujo húmedo y continuado del alisio, de dirección nordeste, lo que provoca un incremento general de los totales pluviométricos, como en el resto de la comarca, lo que la convierte en la zona más lluviosa de la isla, y por tanto la de paisaje más verde, con áreas que superan los 1.000 mm. de media anual, en el contacto del mar de nubes, todo lo cual ocasiona un fuerte escalonamiento climático, que singulariza numerosos ámbitos agroclimáticas y de vegetación, desde la importante zona de costa, en la que se sitúa la mayor parte de la población, aunque en una posición un poco elevada a causa de la orografía y de la localización preferentemente baja de los cultivos de exportación, hasta la cumbre, en la que reinan las condiciones del clima de la montaña media canaria, en la que domina el pinar por encima de los 1.300 metros, pasando por las medianías, el ámbito de los cultivos de autoabastecimiento, y sin duda el más afectado por la llamada crisis del sector agrario tradicional y por el despoblamiento, pero también el lugar en el que se conservan las mejores muestras del monte húmedo del Archipiélago, de la laurisilva, por encima de los 400 metros, con el singular ejemplo del bosque de Los Tilos, en el barranco del Agua, que ha sido incluido por la UNESCO, juntamente con la finca de El Canal, en el catálogo de espacios clasificados como Reserva de la Biosfera, lo que sin lugar a dudas representa todo un reto para el municipio de Los Sauces y para La Palma, no sólo en el terreno de la conservación y de la gestión de espacios naturales de estas características, sino también en el del marketing territorial y en el diseño de una estrategia de desarrollo que lleve el sello de la sostenibilidad. Los profundos cortes de los barrancos sobre los permeables materiales superficiales han alcanzado en algunos lugares las capas freáticas profundas, lo que da lugar a la aparición de los manantiales más importantes de la isla después de los de La Caldera, como los de Marcos y Cordero, en el alusivo barranco del Agua, y los del Cubo de La Galga, en el barranco del mismo nombre, además de la existencia de numerosas fuentes y «minaderos» repartidos prácticamente por todo el municipio, y aprovechados frecuentemente en este último caso para el riego de las conocidas ñameras, que ponen una nota de singularidad y exuberancia botánica en muchos rincones del término. Los manantiales del Cubo riegan el pintoresco terrazgo agrícola del núcleo de La Galga, situado en la margen derecha del barranco homónimo, por lo que pertenece al municipio de Puntallana. Pero los nacientes más importantes de todo el sector septentrional de La Palma por el volumen y regularidad de su caudal son los de Marcos y Cordero, que irrigan el Lomo de Los Sauces, y han hecho de este lugar uno de los primeros ámbitos de colonización de la isla, en el privilegiado enclave costero de San Andrés, para aprovechar las aguas que discurrían entonces por el barranco para el riego de la caña de azúcar. A partir de entonces, el caudal del barranco del Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 118 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Agua, convenientemente canalizado desde hace más de un siglo, para mejorar su aprovechamiento y ampliar la zona de riego, ha servido para mantener la segunda zona de regadío de La Palma por su extensión y productividad agrícola, lo que ha sido el soporte socioeconómico del primer municipio del norte de la isla por su población, lo que andando el tiempo ha llevado a Los Sauces a desempeñar el papel de capital comarcal, por su peso demográfico y por sus funciones comercial y administrativa, revalorizadas, además, durante mucho tiempo, por el aislamiento impuesto por las difíciles comunicaciones. El núcleo de San Andrés mantuvo en el pasado un largo pleito con el de Los Sauces por el derecho a utilizar los sobrantes del agua de los manantiales de Marcos y Cordero, que estaban vinculados originariamente a las tierras del lomo de Los Sauces, lo que constituye un caso único en Canarias, pues lo general es que la propiedad del agua sea independiente de la tierra. Incluso dentro del lomo de Los Sauces han sido constantes los pleitos que han llegado hasta el Tribunal Supremo sobre los derechos del uso del agua entre diferentes regantes. La productividad del regadío en un mundo en el que predomina el secano, las limitaciones geográficas del terrazgo y el importante crecimiento de la población en determinados periodos, explican también la ocupación intensiva del territorio, el abancalamiento, incluso de las laderas más empinadas de los barrancos y, finalmente, la fragmentación de las parcelas y de las explotaciones agrícolas a la que se ha llegado en este municipio, con la incidencia del mecanismo de la herencia, lo que hace insostenible su mantenimiento en el sistema económico actual. Por otra parte, la abundancia relativa y la regularidad de los caudales de agua disponibles, así como la existencia de importantes desniveles en su orografía, justifican la construcción de una pequeña central hidroeléctrica en 1953, por la empresa Riegos y Fuerzas de La Palma, que aprovecha el Salto del Mulato, del que toma su nombre, en el barranco del Agua, para producir unos 800 kw de potencia, la cual sirvió durante mucho tiempo para cubrir el suministro eléctrico de esta zona de la isla, e incluso de Santa Cruz de La Palma, en una época en la que el consumo urbano era muy bajo y el de las elevaciones de los pozos inexistentes. CLAVES DE LA SINGULARIDAD. La división de mar a cumbre del territorio provocada por los barrancos, así como la elevada inclinación del terreno dificulta las comunicaciones, tanto en el interior del municipio como con el exterior, sobre todo en sentido transversal, en el que se han acabado construyendo las carreteras, para unir las franjas agrícolas y las entidades de población con el resto de la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 119 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial isla. Pero en la sociedad agraria del pasado, asentada en los diferentes interfluvios del territorio, el sentido de las comunicaciones era sobre todo vertical, poniendo en relación a los habitantes con los recursos del terrazgo, distribuidos desde la zona de cumbre hasta el litoral, en el que se situaban los embarcaderos para relacionarse con el exterior de estas unidades socioeconómicas y de poblamiento. Por otra parte, y debido a la escasez de las inversiones públicas en infraestructuras, especialmente en la comarca norteña, la carretera de circunvalación no llegó a Los Sauces hasta 1930, y su ejecución se mantuvo paralizada durante décadas en el vecino término de Barlovento. Una de las obras emblemáticas de la citada vía es la del puente construido en 1928 sobre el barranco de La Fuente, el más alto de la isla, y una de las mayores obras de ingeniería civil de la época, en la que se utiliza el hierro y el hormigón armado. La situación de aislamiento no se desbloquea hasta los años sesenta, en los que la realización de una serie de pistas forestales, estrechas y polvorientas, logró cerrar el anillo insular por el norte, lo que no impidió el intenso despoblamiento que durante esa década experimenta toda la comarca septentrional de La Palma, e incluso el municipio de San Andrés y Sauces, que llega a perder población. En la actualidad, las comunicaciones del municipio con el exterior han mejorado, sobre todo con la capital de la isla, y a raíz de las obras realizadas en los años noventa en la carretera general del norte, que aún no han concluido, y distan de ser las óptimas, por los impactos medioambientales y paisajísticos de algunos de sus tramos, que podían haber sido solventados sin los agresivos desmontes practicados en la ladera, recurriendo a la construcción de «discretos» túneles, tal y como se ha hecho en otros lugares. Recientemente se ha ejecutado la 2ª Fase del tramo Tenagua- Los Sauces, del Acondicionamiento de la Carretera C-830, hoy LP-1 de Santa Cruz de La Palma a Puntagorda por el Norte. Dicho acondicionamiento se ha llevado a cabo principalmente entre La Galga-Los Sauces con la ejecución de dos discretos túneles, así como la ampliación del viaducto del Barranco de La Fuente y la construcción asimismo de un puente singular, tanto por su altura como por su longitud, que une los margenes del Barranco del Agua. Se encuentra en proyecto y pendiente de licitación de las obras la Fase Los Sauces-Cruz del Castillo del antedicho proyecto. En el pasado, con anterioridad a la construcción de la carretera de circunvalación de la isla, la vía más utilizada por los viajeros y las mercancías para entrar y salir de la comarca era el mar, a través de una serie de pequeños y peligrosos embarcaderos, situados en la desembocadura de los barrancos, en relación con las entidades de población del interior, para facilitar su accesibilidad, en una costa rocosa y acantilada, que sólo era practicable en los momentos de mar en calma, hecho poco frecuente en esta zona de constante oleaje, debido a de su orientación al flujo del alisio, al nordeste. El más importante de estos embarcaderos es, sin duda, el de Puerto Espíndola, situado en la desembocadura del Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 120 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial barranco de Pavones, en la cercanía del núcleo de San Andrés, del que fue puerto, destinado a dar salida al azúcar de sus plantaciones, mientras este enclave costero conservó su dinamismo económico y sociopolítico, en el Antiguo Régimen. Con posterioridad se convirtió en el puerto de Los Sauces, al aumentar la importancia económica y demográfica de esta entidad, y sus instalaciones se vieron levemente mejoradas para facilitar la exportación del plátano, en las primeras décadas de este siglo, con anterioridad a la llegada de la carretera general del norte a este municipio. Sin embargo, las obras realizadas apenas incrementaron la seguridad y operatividad de este pequeño puerto, que dejó de utilizarse para el tráfico de mercancías a favor del de Santa Cruz de La Palma, al mejorar las comunicaciones por carretera con la capital insular. A partir de entonces su principal función ha sido el servir de refugio y de varadero de las embarcaciones de la pequeña flota pesquera de la zona, que ha visto limitado su desarrollo, probablemente a causa de las dificultades del puerto, pero también por motivo de las malas condiciones habituales del mar y por la escasez general de pesca de esta zona, que carece, como la mayor parte de la isla, de plataforma continental. En la etapa reciente se han llevado a cabo obras destinadas a consolidar el área de abrigo del puerto pesquero, incrementando el dique y la escollera de protección, para convertirlo en el refugio pesquero de la zona norteña de la isla. Asimismo, se encuentra redactado el proyecto de acondicionamiento del litoral en la zona del antiguo enbarcadero para la introducción de una playa artificial, que se incorpora como equipamiento de ocio al parque marítimo previsto entre Puerto Espíndola y El Varadero. 1.8.2. CARACTERÍSTICAS GEOLÓGICAS Y GEOMORFOLÓGICAS DEL TERRITORIO. PROCESOS GEOMORFOLOGICOS QUE PUDIESEN PRODUCIR RIESGOS Y ÁREAS CON INTERÉS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU CONSERVACIÓN. La geología del municipio de San Andrés y Sauces se caracteriza por la presencia de dos grandes unidades correspondientes a dos edificios volcánicos bien definidos en otras zonas de la isla: el Edificio Taburiente I y el Taburiente II. El último tiene dos etapas de construcción: la primera y más antigua con gran abundancia de conos volcánicos dispersos y diques, aflora en el fondo de los barrancos; la segunda está constituida fundamentalmente por un apilamiento de coladas basálticas que alcanza centenares de metros de potencia y que fluyen al mar con pendiente parecida a la topográfica. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 121 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Taburiente I Solamente aparece en un reducido afloramiento en el fondo del barranco de La Herradura y en una gran extensión de la cuenca de la cabecera del barranco de Los Tilos o de El Agua. Está constituido por materiales basálticos -coladas y piroclastos-, con una antigüedad estimada entre 1,3 y 1,5 millones de años, y con una densa malla de diques. El conjunto es relativamente impermeable y fácilmente erosionable, lo que ha condicionado la presencia de una cuenca paisajísticamente espectacular. En el contacto de esta formación y la superior, más permeable, se localizan los manantiales de Marcos y Cordero. Taburiente II Lo subdividiremos en dos unidades: - Unidad Inferior Aparece en el fondo de los barrancos citados. Apenas se diferencia a simple vista de la unidad superior suprayacente, salvo por la edad y la mayor presencia ocasional de piroclastos y diques. - Unidad Superior Ocupa con gran diferencia la mayor parte de la zona. En otros lugares de la isla se caracteriza por la presencia de dorsales o rifts, donde se concentran los centros de emisión o conos volcánicos. Esta zona concreta se encuentra entre dos de estos rifts (el de Barlovento y el de Puntallana), predominando en consecuencia de forma absoluta las coladas lávicas, en apilamientos monótonos de centenares de metros. Los escasos conos volcánicos se localizan en Los Sauces y la Punta de El Guincho. Una interesante excepción es el cono freatomagmático de La Galga, cuyos restos aparecen esparcidos entre el Lomo del Cuarto y la falda de la Montaña de San Bartolo o San Bartolomé. Este aparato volcánico, hoy muy desmantelado por la erosión, alcanzó en su día unas dimensiones y aspecto muy parecidos a los de La Caldereta, de origen similar. Sus materiales, de origen explosivo por interacción del agua freática con el magma, pueden verse de forma espectacular en el Cubo de La Galga y en afloramientos a lo largo de la carretera en las inmediaciones de San Bartolomé. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 122 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ÁREAS DE INTERÉS GEOLÓGICO Aunque la zona en su conjunto posee un alto valor geológico y paisajístico, en este caso se trata de un parámetro que nos da escasa juego a efectos de establecer unidades ambientales homogéneas, al tratarse de un territorio bastante monótono desde este punto de vista y quedar eclipsado por la densa vegetación que lo cubre en su mayor parte. No ocurre lo mismo con la geomorfología donde las lomas y barrancos marcan de forma significativa la ocupación y uso real o potencial del territorio. Desde un punto de vista estrictamente geológico podemos destacar tres áreas de especial interés y fragilidad ambiental, así como sus principales factores de impacto ambiental, que recogemos en la tabla adjunta: LUGARES DE ESPECIAL INTERÉS Cuenca de la cabecera del Barranco de Los Tilos: Especialmente el camino a FACTORES DE IMPACTO Visitantes los manantiales de Marcos y Cordero Tramo medio del Barranco de Los Tilos Visitantes Cubo de La Galga Extracciones de áridos Visitantes No se encuentran en el territorio municipal de San Andrés y Sauces procesos geomorfológicos, que pudiesen producir riesgos para la población. 1.8.3. CARACTERÍSTICAS CLIMATICAS: BIOCLIMATOLOGIA E HIDROLOGÍA. INCIDENCIA SOBRE LA ASIGNACION DE USOS AL SUELO La importancia del clima como factor condicionante de la configuración del paisaje y su incidencia en el funcionamiento y distribución de los ecosistemas queda fuera de toda duda y explica la especial importancia que tiene este elemento a la hora de analizar cualquier territorio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 123 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Para el estudio climático del territorio se han tenido en cuenta los datos de las estaciones meteorológicas Sauces-San Andrés Colegio Nacional2, Sauces-Espigón Atravesado y Barlovento-Casa Forestal. Los datos generales de estas tres estaciones se señalan en la siguiente tabla: Estación Altitud (m.s.m.) Coordenadas Registro Sauces-Espigón Atravesado 749 28RBS2646887525 8 años T/12 años P Sauces-San Andrés/ Sauces-Colegio Nacional 265/280 28RBS2929989431 28RBS2942588997 12 años T/44 años P Barlovento-Casa Forestal 580 28RBS2629091843 10 años T/19 años P Régimen térmico Es este parámetro, junto con la precipitación, el más representativo de las características climáticas de una zona. La mayor parte de los fenómenos físicos, como la evaporación o condensación, dependen directamente de la temperatura del aire. A continuación se relacionan los valores de temperatura media (T), temperatura media de las máximas (TmM), temperatura media de las mínimas (Tmm), temperaturas máximas absolutas (TM) y temperaturas mínimas absolutas (Tm), para las estaciones consideradas: SAUCES-SAN ANDRÉS ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC AÑO T 15,3 15,1 15,7 15,9 17,2 18,9 20,4 21,6 21,9 20,2 18,5 16,8 18,4 TmM 17,4 17,4 18,1 18,4 19,6 21,3 22,7 24,1 24,4 22,4 20,8 18,9 20,6 Tmm 13,1 12,8 13,2 13,5 14,7 16,5 18 19,2 19,4 18 16,3 14,8 16,2 TM 21,4 22,4 23,9 23,3 23,7 24,3 27,4 29,5 29,2 26,9 25,4 23,2 31,9 Tm 10,8 10,7 10,4 11 12,6 15,1 16,6 16,8 17,4 15,4 12,8 12,1 9,7 2 Dada la inexistencia de datos pluviométricos en la estación Sauces-San Andrés Colegio Nacional, se ha optado por hacer una extrapolación con los valores de la estación Sauces-San Andrés la cual es bastante próxima a la anterior y consta de un registro pluviométrico completo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 124 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SAUCES-ESPIGÓN ATRAVESADO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC AÑO T 11,3 11,2 12,5 12,2 13,4 15,3 17,7 18,9 18,1 15,7 14,3 12,5 14,4 TmM 13,3 13,4 15,1 14,8 16,1 18,2 20,8 22,2 20,8 17,8 16,3 14,5 17 Tmm 9,4 9 9,9 9,6 10,7 12,5 14,5 15,7 15,4 13,5 12,2 10,5 11,9 TM 18,1 18,9 23,8 21,4 22,9 24,4 28,7 31,3 28,4 22,2 21,5 19,9 32,7 Tm 7,2 6,4 5,8 7,5 8,4 10,1 11,9 12,7 13 10,5 9,3 7,7 5,4 BARLOVENTO-CASA FORESTAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC AÑO T 13,1 13,4 14,2 14 15,5 16,9 18,6 19,7 19,7 17,9 16,2 14,5 16,3 TmM 15,4 15,9 16,9 16,7 18,5 19,7 21,3 22,7 22,7 20,7 18,5 16,9 18,9 Tmm 10,8 10,8 11,5 11,3 12,5 14,2 15,9 16,8 16,7 15,2 13,9 12,1 13,6 TM 20,8 22 24,4 22,5 24,7 24,3 28,4 30,4 30 25,3 24,1 22,3 32,9 Tm 8 8,3 8,2 9,2 9,9 12,1 14,1 14,7 14,4 12,4 10,9 9,8 7,4 De los datos expuestos se desprende que la media anual de las temperaturas es suave y se aproxima a los 18,4ºC en Los Sauces, 14,4ºC en el Espigón Atravesado y 16,3ºC en Barlovento-Casa Forestal. Agosto y septiembre suelen ser los meses más cálidos en las tres estaciones (Los Sauces, Tsep= 21,9ºC; Espigón Atravesado, Tago= 18,9 y BarloventoCasa Forestal, Tago,sep= 19,7 ºC), mientras que enero y febrero representan los meses más fríos (San Andrés, Tfeb= 15,1 ºC; Espigón Atravesado, Tfeb= 11,2ºC y Barlovento-Casa Forestal, Tene= 13,1 ºC). A tenor de lo anterior, la variación anual de temperatura alcanza el valor de 6,8 ºC en San Andrés, 7,2 ºC en el Espigón Atravesado y 6,6 ºC en BarloventoCasa Forestal. La temperatura media anual de las máximas se sitúa en 20,6 ºC en San Andrés, 17,0 ºC en el Espigón Atravesado y 18,9 ºC en Barlovento-Casa Forestal, registrándose el valor más bajo de dichas temperaturas en el mes de enero (TmMene= 17,4 ºC, 13,3ºC y 15,4 ºC respectivamente) y el más alto en agosto y septiembre (San Andrés, TmMsep= 24,4ºC; Espigón Atravesado, TmMago= 22,2 ºC y Barlovento-Casa Forestal TmM ago, sep= 22,7 ºC). Por otra parte, la temperatura media anual de las mínimas es 16,2 C en San Andrés, 11,9 ºC en el Espigón Atravesado y 13,6ºC en Barlovento-Casa Forestal. El valor más bajo corresponde al mes de febrero(Tmmfeb= 12,8 C, 9,0 ºC y 10,8 ºC respectivamente), mientras que los valores más altos se encuentran en agosto y septiembre Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 125 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial (San Andrés, Tmmsep= 19,4ºC, Espigón Atravesado, Tmmago= 15,7ºC y Barlovento-Casa Forestal, Tmmago= 16,8ºC). En la estación de San Andrés el año más caluroso corresponde a 1987, en el cual se registró una temperatura media anual de 19,6 ºC mientras que el año más frío es 1986, con una temperatura media anual de 17,0 ºC. Para la estación de el Espigón Atravesado el año más caluroso corresponde igualmente a 1987 con una temperatura media anual de 16,2ºC mientras que el año más frío fue 1993 con una temperatura media anual de 13,6ºC. Por último, en la estación Barlovento-Casa Forestal el año más caluroso corresponde a 1995 con una temperatura media anual de 17,0 ºC mientras que el año más frío es 1993 con un temperatura media anual de 15,4 ºC. Régimen hídrico Con los datos anteriormente calculados de evapotranspiración potencial (ETP) y de pluviometría (P) se puede confeccionar la ficha hídrica de las estaciones estudiadas. En ella vienen reflejados una serie de parámetros que dan una idea más o menos clara de la evolución del balance hídrico en el suelo a lo largo del año. En dicha ficha P-ETP indica el déficit o superávit de agua como la diferencia entre las precipitaciones y la evapotranspiración potencial. ∑d expresa el sumatorio del déficit y se corresponde con la suma acumulada de los valores negativos de P-ETP. RU es la reserva útil, suponiendo una reserva máxima posible de 100 mm. Por su parte VR expresa la variación de la reserva útil e indica la cantidad de la reserva que se evapora cuando ETP es mayor que P. ETR es la evapotranspiración real, calculada como ETR = ETP cuando P es mayor que ETP, mientras que cuando P es menor que ETP se calcula como la suma de la precipitación de ese mes y la reserva útil del mismo, siempre con un valor máximo no superior a ETP. D es el déficit hídrico, calculado para cada mes como la diferencia entre ETP y ETR. Por último S expresa el superávit, siendo este la diferencia entre las precipitaciones y la ETR, a la que hay que añadir la variación de la reserva útil cuando esta es negativa. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 126 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SAUCES-SAN ANDRÉS ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC AÑO ETP 43,8 41,3 52 55,3 69,5 82,9 97,3 103,7 96 79,3 61,8 51,6 834,7 P 108 66,2 60,2 35,9 13,8 7 2,1 5,5 21 79,6 105,9 90,9 595,3 P-ETP 64,2 24,9 8,9 -19,4 -55,7 -75,9 -95,2 -98,2 -7,5 0,3 44,1 39,3 -239 -19,4 -75,1 -151 -246 -344 -352 ∑d RU 100 100 100 83 47 22 9 3 3 3,3 47,4 86,7 VR 0 0 0 17 36 25 13 6 0 -0,3 -44,1 -39,3 ETR 43,8 41,3 52 52,9 49,8 32 15,1 11,5 21 79,3 61,8 51,6 512,1 D 0 0 0 2,9 19,7 50,9 82,2 92,2 75 0 0 0 322,9 S 64,2 24,9 8,9 0 0 0 0 0 0 0 0 0 98 SAUCES-ESPIGÓN ATRAVESADO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC AÑO ETP 35,9 34,2 46,9 47,1 58,4 70,7 88,7 93,4 79,2 62 49,8 41 707,5 P 124,4 181 127,3 63,3 26,8 12,1 3,9 13,9 49,2 167,3 170,6 222,4 1222,1 P-ETP 88,5 147 80,4 16,2 -31,6 -58,6 -84,8 -79,5 -30 105,3 120,8 181,4 514,6 -31,6 -90,2 -175 -254,5 -284,5 ∑d RU 100 100 100 100 80 41 17 8 6 100 100 100 VR 0 0 0 0 10 39 24 9 2 -98 0 0 ETR 35,9 34,2 46,9 47,1 58,4 51,1 27,9 22,9 51,2 62 49,8 41 528,4 D 0 0 0 0 0 19,6 60,8 70,5 28 0 0 0 178,9 S 88,5 147 80,4 16,2 11,6 0 0 0 0 7,3 120,8 181,4 652,6 BARLOVENTO-CASA FORESTAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC AÑO ETP 39 39,1 50,3 51,1 65,3 75,1 89,2 93,8 84,6 69,6 54,4 45,5 757 P 127 85,4 95,9 73 31,5 21,2 11,7 12,8 25,7 116,7 129,2 131,1 877,9 P-ETP 88,2 46,3 45,6 21,9 -33,8 -53,9 -77,5 -81 -58,9 47,1 74,8 85,6 120,9 -33,8 -87,7 -165,2 -246,2 -305,1 ∑d RU 100 100 100 100 79 41 19 9 5 52,1 100 100 VR 0 0 0 0 21 38 22 10 4 -47,1 -47,9 0 ETR 39 39,1 50,3 51,1 65,3 59,2 33,7 22,8 29,7 69,6 54,4 45,5 559,7 D 0 0 0 0 0 15,9 55,5 71 54,9 0 0 0 197,3 S 88,2 46,3 45,6 21,9 0 0 0 0 0 0 26,9 85,6 314,5 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 127 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El análisis de los datos procedentes de las tres estaciones estudiadas, pone de manifiesto, tal y como muestran los gráficos correspondientes, una situación de déficit en el sustrato (1) que se extiende por lo general desde abril hasta octubre, existiendo un gasto de la reserva (2) hasta el mes de agosto. Las precipitaciones de octubre y noviembre facilitan la recarga de la reserva (3) mientras que a partir de diciembre-enero y hasta abril existe superávit de agua en el suelo (4). Clasificación climática y bioclimática3 El agrupamiento sistemático de los elementos del clima en clases, según sus relaciones comunes, se puede fundamentar en gran número de parámetros, la dificultad consiste precisamente en establecer criterios generales partiendo de los componentes climáticos considerados como más representativos. Definir un esquema único y válido para todo el planeta es imposible, dada su complejidad, pero por su trascendencia en la formulación de hipótesis y en la orientación de las investigaciones, la clasificación es un paso necesario en toda ciencia. De las variadas propuestas existentes, en el presente estudio se incluyen las más extendidas y que se acoplan con mejor a los parámetros y propósitos que se barajan en el presente documento: · Índice y clasificación climática de LANG Denominado originalmente por su autor como Regen-Faktor, el índice de Lang es uno de los más simples dado que se obtiene simplemente calculando el cociente entre la precipitación total anual en mm y la temperatura media anual en ºC. Según los valores obtenidos se establece la siguiente clasificación: 0-20, desierto; 20-40 climas áridos; 40-60, climas húmedos de estepas y sabanas; 60-100, climas de zonas húmedas de bosque claro; 100160, climas de zonas húmedas de grandes bosques; >160, clima de zonas superhúmedas con prados y tundras. En la tabla adjunta se resumen los valores resultantes del análisis de los datos de las estaciones consideradas, estando todas englobadas dentro del tipo árido 3 En la elaboración de la diagnosis climática y bioclimática del territorio los valores de precipitación media anual utilizados se han obtenido a partir del promedio de los años que constan de un registro pluviométrico en todos los meses del año. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 128 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ESTACIÓN Rf TIPO DE CLIMA San Andrés 32,3 Árido Espigón Atravesado 84,8 Clima de zonas húmedas de bosque claro Barlovento-Casa Forestal 53,8 Clima húmedo de estepas y sabanas · Índice y clasificación climática de MARTONNE Denominado inicialmente como índice de aridez, presenta la ventaja frente al Regen-Faktor de eliminar los valores excesivamente altos cuando Tanual tiende a 0 ºC [Panual/(Tanual+10]. Según el valor que alcance Ia se establece la siguiente clasificación: ≥ 20, clima húmedo; 10-20, clima seco; 5-10, clima árido; ≤ 5, clima hiperárido. Para el caso que nos ocupa, las estaciones consideradas y por extrapolación el territorio de estudio se encuentran englobadas dentro del rango seco. ESTACIÓN Ia TIPO DE CLIMA San Andrés 21 Húmedo Espigón Atravesado 50 Húmedo Barlovento-Casa Forestal 33,4 Húmedo Este índice anual se puede completar con un índice mensual, tomando los valores de precipitación y temperatura media del mes y multiplicando por doce la precipitación [a = 12 P mensual/(tmensual+10)]: SAUCES-SAN ANDRÉS ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC 51,2 31,6 28,4 16,6 6,1 2,9 0,8 2,1 7,9 31,6 44,6 40,7 Húmedo Húme Húmedo Seco do Árido Hiperárido Hiperárido Hiperárido Árido Húmedo Húmedo Húmedo Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 129 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SAUCES-ESPIGÓN ATRAVESADO ENE FEB MAR 70,1 102,3 67,9 Húmedo Húme- Húmedo do ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC 34,2 13,7 5,7 1,7 5,8 21 78,1 84,2 118,6 Húmedo Seco Árido Hiperárido Árido Húmedo Húmedo Húmedo Húmedo BARLOVENTO-CASA FORESTAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC 66,1 43,8 47,5 36,5 14,8 9,4 4,9 5,1 10,4 50,2 59,1 64,2 Húmedo Húmedo Húmedo Húmedo Seco Árido Hiperárido Árido Seco Húmedo Húmedo Húmedo De las tablas anteriores se desprende que existe un mayor predominio de los tipos húmedo y seco en los meses octubre-abril, coincidiendo con la concentración de las precipitaciones. Por contra los meses de mayo a septiembre se caracterizan por l0s tipos climáticos árido e hiperárido. · Clasificación de THORNTHWAITE Se basa en el concepto de evapotranspiración potencial y en el balance de vapor de agua, y hace uso de cuatro índices básicos: el índice de humedad (Ih), el índice de aridez (Ia), el índice hídrico anual (Im) y la concentración estival de la eficacia térmica. En la siguiente tabla se exponen los valores para estos parámetros en las estaciones consideradas y por extensión el área de estudio: SAN ANDRÉS Parámetro Valor Índice de humedad (Ih) 11,34 Índice de aridez (Ia) 38,7 Índice hídrico anual (Im) -11,82 Concentración estival de la eficacia térmica 35,6 % Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 130 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial A partir de estos índices, y siguiendo la clasificación propuesta, el clima de la zona estudiada queda caracterizado como subhúmedo seco con exceso hídrico nulo o débil, mesotérmico de segundo grado, con una concentración estival de la eficacia térmica del 35,6%, (C1-d-B'2-a') ESPIGÓN ATRAVESADO Parámetro Valor Índice de humedad (Ih) 92,2 Índice de aridez (Ia) 25,3 Índice hídrico anual (Im) 77 Concentración estival de la eficacia térmica 39,9 % Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 131 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial A partir de estos índices, y siguiendo la clasificación propuesta, el clima de la zona estudiada queda caracterizado como húmedo de tercer grado, con déficit hídrico estival moderado mesotérmico de primer grado, con una concentración estival de la eficacia térmica del 39,9%, (B3-s-B'1-a'). BARLOVENTO-CASA FORESTAL Parámetro Valor Índice de humedad (Ih) 41,5 Índice de aridez (Ia) 26 Índice hídrico anual (Im) 25,9 Concentración estival de la eficacia térmica 35,3 % A partir de estos índices, y siguiendo la clasificación propuesta, el clima de la zona estudiada queda caracterizado como húmedo de primer grado, con déficit hídrico estival moderado, mesotérmico de segundo grado, con una concentración estival de la eficacia térmica del 35,3 %, (B1-s-B'2-a'). · Clasificación de KÖPPEN En este sistema de clasificación los climas son definidos por los valores medios anuales y mensuales de las temperaturas y las precipitaciones. Con estos criterios se diferencian varios grupos y subgrupos climáticos que se identifican mediante un código de letras. De esta manera las tres estaciones analizadas se encuentran dentro del clima Cs (Mediterráneo), es decir, climas templados/húmedos (el mes más frío tiene una temperatura media comprendida entre 18 y -3 ºC, y la media del mes más cálido supera los 10 ºC -C-) y presencia de estación seca en verano (s). · Clasificación de RIVAS MARTÍNEZ (1997) Este autor aporta una clasificación climática que pretende poner de manifiesto la relación existente entre los seres vivos y el clima. Entre los factores climáticos que han demostrado una mejor correlación con la distribución geográfica de los ecosistemas destacan la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 132 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial temperatura y la precipitación, por lo que han sido utilizados para establecer diferentes índices que revelan las referidas relaciones entre el clima y los seres vivos, en particular con la vegetación. En la siguiente tabla se muestra el resultado del cálculo de estos índices, que permitirán establecer un diagnosis bioclimática del territorio. ÍNDICE S.- San Andrés S.-Espigón Atravesado B.- Casa Forestal Indice de termicidad (It) 486 368 425 Indice de continentalidad (Ic) 6,8 7,7 6,6 Indice de termicidad compensado (Itc) 464 355 401 Índice ombrotérmico (Io) 2,7 7,1 4,5 Según estos datos en el territorio de estudio se reconocen tres pisos bioclimáticos: inframediterráneo superior pluviestacional oceánico seco superior, asociado a la estación de San Andrés; termomediterráneo superior pluviestacional oceánico húmedo inferior, asocidado a la estación de el Espigón Atravesado; y termomediterráneo inferior pluviestacional oceánico subhúmedo superior, asocidado a la estación de BarloventoCasa Forestal. Si junto a estos datos puntuales analizamos las mediciones obtenidas en otras estaciones ubicadas fuera del territorio municipal, podemos caracterizar mejor la variación altitudinal del clima. Como resultado de este análisis podemos distinguir ocho pisos bioclimáticos que a modo de franjas recorren el municipio de San Andrés y Sauces, y que mencionamos a modo de unidades relacionadas con el uso del suelo: 1. Inframediterráneo xérico semiárido superior: dominio climácico de los sabinares; es una franja que se extiende desde el nivel del mar hasta aproximadamente los 160 m de altitud, actualmente dedicada al cultivo de la platanera. Interés agrícola. 2. Inframediterráneo pluviestacional seco: dominio climácico del monteverde termófilo; actualmente se encuentra dedicado al cultivo de la platanera y al asentamiento urbano con matorrales de sustitución (vinagreras e higuerillas) en cultivos abandonados y laderas de barrancos. Interés agrícola. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 133 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3. Inframediterráneo pluviestacional subhúmedo: dominio climácico del monteverde excelso; se encuentra situado entre los 330-510 m de altura se encuentra actualmente dedicado a cultivos de secano (vid y papa principalmente) y asentamientos urbanos, con matorrales de sustitución asociados. 4. Termomediterráneo pluviestacional subhúmedo: dominio climácico del monteverde excelso; a modo de franja se extiende hasta los 650 m de altitud. La vegetación actual está dominada por un monteverde excelso degradado, monteverde termófilo en laderas escarpadas y cultivos de secano intercalados. Presenta en la actualidad uso agrícola y forestal 5. Termomediterráneo pluviestacional húmedo: dominio climácico del monteverde excelso; alberga una de las mejores representaciones del monteverde excelso de Canarias, ubicado principalmente en laderas y vaguadas, mientras que en los lomos se sitúa un fayal brezal consecuencia del uso tradicional forestal y agrícola. Interés natural, agrícola y forestal. 6. Mesomediterráneo pluviestacional inferior húmedo: dominio climácico del monteverde excelso; franja situada entre los 770-1450 m de altitud, con monteverde excelso en laderas y vaguadas, y fayal brezal en los lomos. En su parte superior podemos observar la introgresión de pinos. Interés natural y forestal. 7. Mesomediterráneo pluviestacional superior húmedo: dominio climácico del pinar; influenciado en su parte inferior por el mar de nubes alberga en la actualidad un pinar canario húmedo. Interés natural y forestal. 8. Supramediterráneo pluviestacional húmedo: dominio climácico del codesar de cumbre; Se sitúa por encima de los 2100 m de altitud. En la actualidad se desarrolla en este área un codesar denso de interés natural. INCIDENCIA EN LA ASIGNACIÓN DE USOS AL SUELO. Como conclusión de los datos expuestos anteriormente se deduce, en primer lugar, que por encima de la cota +300 m., donde se inicia el dominio del monte verde, en convivencia con algunos cultivos de secano, no se deben situar asentamientos poblacionales, y así ha ocurrido históricamente. En segundo lugar, se destaca la franja costera hasta los 160 metros como el área municipal adecuada para la residencia, si bien, dada su coincidencia Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 134 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial con el cultivo intensivo del plátano, se presentan problemas de incompatibilidad. En tercer lugar, hay que destacar el microclima que se produce en el enclave de San Andrés por sus condiciones de abrigo, aireación marina, soleamiento, etc… 1.8.4.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL FUNCIONAMIENTO DEL CICLO HIDROLÓGICO. El ciclo hidrológico explica la circulación ambiental del agua, con sus cambios de lugar y estado físico. En un momento dado el agua presente en la atmósfera en forma de vapor de agua se condensa y cae. Una parte de esta precipitación vuelve a evaporarse durante la caída. Del agua que llega a la superficie parte vuelve a evaporarse, se trata del agua en los charcos, sobre las hojas de las plantas, etc. Una porción del resto del agua corre por la superficie de la tierra en dirección al mar, esta cantidad de la precipitación se llama escorrentía. Por último el resto del agua se infiltra en el suelo. Una parte del agua infiltrada es tomada por las plantas para realizar sus funciones fisiológicas, siendo evaporada posteriormente; también la parte superficial húmeda del suelo pierde agua por evaporación. Estos dos últimos procesos están englobados en la evapotranspiración. El agua infiltrada en el subsuelo se incorpora al acuífero, que va deslizándose hacia el mar con una velocidad condicionada por la naturaleza y pendiente del substrato. Por razones de topografía, o porque las capas geológicas dirijan el agua en una dirección particular, el agua del acuífero brota a la superficie produciendo fuentes y nacientes. Al margen de los nacientes o fuentes naturales, en el Municipio son de interés los pozos y galerías que, tal como ya se explicó en la introducción, han jugado un papel importante en la historia agrícola y económica de la comarca. En La Palma se considera que la evapotranspiración supone un 46% de la precipitación. La evapotranspiración de San Andrés y Sauces va ha estar por encima de esta media palmera pues se estima que la laurisilva llega a tener evapotraspiraciones sobre los 500 mm, por la fuerte transpiración vegetal. La infiltración en la isla y también especialmente en este municipio es muy alta, en parte debido a la extensa cubierta vegetal de su zona alta, lo que disminuye la escorrentía al aumentar la porción del agua que se infiltra. La circulación del agua superficial en San Andrés y Sauces viene definida por una red de drenaje los que separan los tres interfluvios que conforman el territorio municipal: Barranco de La Galga-La Fuente, Barranco de San Juan-Alén, Barranco del Agua y Barranco de La Herradura. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 135 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.5. CARACTERÍSTICAS EDÁFICAS. ÁREAS CON INTERÉS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU PROTECCIÓN. LOS SUELOS Determinados fundamentalmente por la diferenciación bioclimática altitudinal, presentan una notable potencialidad agrícola y una elevada calidad ambiental. Constituyen una importante fuente de riqueza para el municipio. Intensamente explotados bajo regadío en la zona baja (en muchos casos a través del sistema de sorribas) y medianías (cultivos de secano), en los dos tercios superiores del municipio soportan una frondosa vegetación natural o seminatural. Las características y distribución de los suelos del municipio de San Andrés y Sauces, vienen determinadas fundamentalmente por la diferenciación bioclimática altitudinal y en menor medida por la topografía que condiciona la mayor o menor incidencia de los procesos erosivos. El material de origen (basaltos pliocénicos) es homogéneo en toda la zona y sólo condiciona la mayor evolución de los suelos, de tal modo que la secuencia edáfica altitudinal observada, es la característica de los materiales geológicos antiguos en todas las zonas a barlovento de las islas de mayor altitud. Así hasta los 200 m. de altitud predominan los procesos de vertisolización (suelos vérticos), entre 200 y 500-600 m. los suelos predominantes son los suelos pardos y suelos fersialíticos (cambisoles y luvisoles), mientras que por encima de los 600-800 m. los procesos predominantes llevan hacia la andosolización. Entre estas franjas o pisos bioclimáticos existen zonas de transición más o menos amplias, caracterizadas por suelos pardos ándicos y suelos pardos vérticos. En las zonas de cumbre por encima de los 2000 m. aparecen los suelos pardos ándicos de altitud o cambisoles ándicos, ligados a un tipo particular de vegetación y a una dinámica de termoclastia y gelifluxión que frena la evolución de los suelos, predominando los procesos geomorfológicos sobre los edafogenéticos. Esta distribución altitudinal de los suelos, corresponde también a una diferenciación de usos, ligada a las características climáticas: plataneras en los suelos vérticos, a veces sorribados de las zonas bajas, cultivos de medianías en los suelos pardos y luvisoles y zonas de monte en los andosoles. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 136 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Como suelos "azonales" podríamos considerar los leptosoles y umbrisoles ligados a zonas de fuerte pendiente con una intensa dinámica erosiva y los fluvisoles asociados a derrubios y coluvios de pie de vertiente y zonas aluviales de fondo de barranco. En cuanto a la potencialidad cabe distinguir: Suelos con potencialidad agrícola *Muy alta.- Sorribas de San Andrés (I-a). *Moderada.- Cambisoles vérticos de la costa (El Fondo, La Cruz Chiquita, El Cardal) (II-b). Suelos con alta calidad ambiental *Aprovechamiento de la vegetación natural -Luvisoles del entorno de la Balsa de Adeyahamen (VI-e). -Andosoles úmbricos del Llano de San José (XI-e). *Conservación de suelos -Andosoles úmbricos del Lomo Piñero-parte alta de Los Galguitos (XI-h), Lomo del Madroñero-Lomo del Tabacal y Lomo del Valle Grande-La Petisca (XII-h). En la planificación integral del territorio y en cualquier planeamiento sectorial, el suelo es el soporte físico de las actividades humanas y objeto en sí mismo de la planificación y ordenación. Pero además el suelo es la base de funcionamiento de todos los ecosistemas terrestres, factor fundamental de la productividad biológica de un territorio y un recurso natural no renovable que es necesario conservar, adecuando los usos a sus cualidades y capacidades. En esta línea el Decreto Legislativo 1/2000 por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias (Ley del Territorio) y de Espacios Naturales de Canarias, considera en su Art. 3g del Título Preliminar que uno de los criterios de actuación de los poderes públicos será "la utilización del suelo de acuerdo con su aptitud natural, su productividad potencial y en congruencia con la función social de la propiedad" y en la definición del suelo rústico (Art. 54e, Título II, Capítulo II) incluye "ser procedente su preservación por tener valor agrícola, forestal, ganadero, cinegético o contar con riquezas naturales". Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 137 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Por todo ello, los suelos como recurso ambiental importante, han de constituir uno de los primeros factores a evaluar u ordenar en cualquier planeamiento territorial, con el objeto de que éste minimice los impactos sobre el suelo, protegiéndoles de la erosión, la contaminación y la pérdida de biodiversidad y en definitiva realizar un planeamiento acorde con las exigencias ambientales y la conservación de los recursos naturales, frenando los riesgos y la amenaza de desertificación que se cierne sobre las islas. DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES CARTOGRÁFICAS Y DE LEYENDA I.- CAMBISOLES VÉRTICOS Y ANTROSOLES (SUELOS PARDOS VÉRTICOS Y SORRIBAS).- Los cambisoles vérticos se incluyen entre los suelos conocidos como suelos pardos, que tienen en común el ser suelos aún con un bajo grado de evolución genética y que vienen definidos por la presencia de un horizonte cámbico de alteración y por un epipedón (horizonte superficial) ócrico. El horizonte cámbico es un horizonte subsuperficial de alteración, que presenta además las siguientes características: - Bajo contenido en materia orgánica - Espesor superior a 25 cms. - Textura franco arenosa o más fina y, como mínimo un 8% de arcilla en la fracción tierra fina. - Evidencias de alteración que se reflejan en colores más rojizos o más oscuros que la roca madre. - La estructura de la roca no supera la mitad del volumen del horizonte. Como hemos dicho, la particularidad más definitoria de los suelos pardos es el de considerarlos como suelos poco evolucionados, pero en muchos de ellos ya se identifican los rasgos que marcarán su evolución posterior (características fluvénticas, ándicas, vérticas etc.). En este caso, se trata de suelos con un marcado carácter vértico que señala su transición hacia los vertisoles. Este carácter viene dado por su textura arcillosa y estructura poliédrica, el color gris claro y la presencia de algunas grietas de retracción (fotos 1 y 2). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 138 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Muchos de estos suelos ante sus desfavorables características físicas y su escaso espesor útil se han sorribado para el cultivo y se han transformado así en Antrosoles. Estos suelos se definen como "suelos originados por las actividades humanas y en los que se observan fragmentos de horizontes de diagnóstico de otros suelos, mezclados al azar". Estos son las sorribas o suelos artificiales, construidos por el hombre, mediante la explanación de un terreno rocoso o de suelos improductivos, la colocación de un sistema de drenaje (picón, escombros, etc.) y la adición de una capa de espesor variable (40-90 cms) de "tierra vegetal", procedente de suelos de buena calidad agrícola, por lo general de las medianías o cumbres. I-a) Cambisoles vérticos y antrosoles con altas potencialidades agrícolas y muy baja calidad ambiental. Como hemos dicho, en esta unidad alternan áreas de suelos mejorados por la sorriba, con otras de suelos vérticos con propiedades físicas que imponen ciertas limitaciones al cultivo. En cualquier caso constituyen las zonas con mayores posibilidades agrícolas del municipio y una de las áreas de plataneras de mayor productividad de la isla de La Palma. Se ha valorado en esta unidad un único recinto situado en la costa del término municipal entre los barrancos de San Juan y del Agua, en la zona de San Andrés y Llano del Pino, con pendientes suaves (10-20%) y terrazas amplias en su mayoría sorribadas, que minimizan los riesgos de erosión (foto 3). La calidad ambiental de los suelos de esta unidad es muy baja, por su bajo valor ecológico, al tratarse de una zona antropizada, muy transformada y por tanto no natural. II.- CAMBISOLES VÉRTICOS (SUELOS PARDOS VÉRTICOS).- Esta unidad está constituida exclusivamente por suelos pardos vérticos no sorribados, al situarse en una zona con condiciones topográficas más desfavorables para el cultivo de la platanera. Sus características son similares a las de los cambisoles vérticos descritos en la unidad anterior. II-b) Cambisoles vérticos con moderadas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. En esta unidad se han valorado aquellas zonas costeras que presentan mayor pendiente que las de la unidad I-a, por lo que el tamaño de las terrazas es menor y las posibilidades de utilización agrícola son más bajas, acentuadas por limitaciones edáficas de tipo físico, al no haberse mejorado los suelos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 139 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Ocupan tres recintos en la costa del municipio, entre los barrancos de La Fuente y San Juan (El Fondo), entre el barranco del Agua y Quinta Zoca (La Cruz Chiquita) y entre Quinta Zoca y el barranco La Herradura (El Cardal). Son áreas cultivadas con platanera y también con buenas potencialidades agrícolas, aunque lógicamente menores que en los suelos sorribados. La calidad ambiental de los suelos es baja ya que como hemos dicho, los cambisoles vérticos representan fases intermedias en la evolución genética hacia las fases maduras de vertisoles (foto 4). II-c) Cambisoles vérticos con bajas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. En esta unidad se ha valorado una franja situada por debajo de la carretera general, entre los barrancos del Agua y La Herradura, en una zona con altas pendientes (20-30%), donde los riesgos de erosión son elevados. En la actualidad se encuentra la zona completamente abancalada, por lo que estos riesgos han disminuido, aunque el pequeño tamaño de las terrazas y la marginalidad de las plataneras, no permiten una mejor valoración de estas áreas. III.- CAMBISOLES Y LUVISOLES (SUELOS PARDOS Y SUELOS FERSIALÍTICOS).- En esta unidad coexisten los suelos pardos, con horizonte cámbico (Ver unidad I), sin otra propiedad o característica diferenciadora, con los luvisoles o suelos fersialíticos. Estos últimos son generalmente suelos profundos y evolucionados, arcillosos y con estructura poliédrica fina característica, color en tonos rojizos o pardo rojizos debido a la liberación más o menos intensa de oxihidróxidos de hierro y contenido medio en materia orgánica y nutrientes. Vienen caracterizados fundamentalmente por la existencia de un horizonte argílico situado a menos de un metro de profundidad. El horizonte argílico es un horizonte arcilloso, que se ha originado por la migración en profundidad de arcillas ligadas al hierro (proceso de iluviación) y viene definido por las siguientes propiedades: - Textura arcillosa - Mayor contenido en arcilla que los horizontes situados inmediatamente por encima - Ausencia de la estructura de la roca en más de la mitad del volumen del horizonte Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 140 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Es general en todo el municipio que sobre los materiales basálticos en altitudes de medianías, haya tenido lugar la formación de horizontes argílicos. Sin embargo, la incidencia de los procesos erosivos en el área ha sido tan intensa que la profundidad a la que se sitúa el horizonte argílico es muy variable y así en las zonas más llanas y más estables este horizonte se sitúa a más de 150 cms. de profundidad, de modo que el suelo útil superficial está conformado por un horizonte ócrico y un cámbico (Cambisoles) (fotos 5 y 6), mientras que en situaciones de topografía más accidentada, el horizonte argílico se sitúa a menor profundidad, e incluso en casos extremos aflora en superficie (Luvisoles). III-d) Cambisoles y luvisoles con muy bajas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. Se han evaluado en esta unidad tres recintos situados en la zona de medianías del término municipal: en la Fuentenueva-San Juan, Bermúdez-Llano del Pino y en Las Lomadas-El Tanque (foto 7). Como es general en todas las medianías del norte de las islas, se trata de áreas complejas, con una elevada incidencia de la erosión y donde coexisten áreas abancaladas con uso agrícola actual junto a zonas donde las actividades agrícolas se han abandonado, debido a las escasas posibilidades de mejora, o no han sido nunca cultivadas y están fuertemente erosionadas. A pesar de la pendiente y de los riesgos de erosión, constituyen zonas de fácil ordenación con una revegetación de plantas forrajeras adaptadas y mejora de pastizales, ya que los suelos presentan niveles altos de fertilidad natural, que al mismo tiempo que constituyen una protección efectiva contra la erosión, tengan un cierto interés ganadero, como fuente de forraje y piensos para el ganado estabulado, ya que no se recomienda el pastoreo extensivo, dados los riesgos de erosión de la zona. Actualmente tienen un uso intensivo para cultivos menores de autoabastecimiento, existiendo amplias zonas de transición con las zonas bajas, aún con plataneras en pequeños bancales y con las partes altas, donde coexisten áreas abancaladas, con fayalbrezal Aunque los suelos pardos y los suelos fersialíticos tienen un alto valor ecológico al constituir los suelos clímax de estas zonas sobre materiales geológicos antiguos (pliocénicos), la calidad ambiental es baja, dado el alto grado de antropización que en general presentan estos suelos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 141 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial IV.- CAMBISOLES (SUELOS PARDOS).- Esta unidad está constituida exclusivamente por suelos pardos, similares a los que forman parte de la unidad anterior. Se agrupan en esta unidad suelos de morfología muy variada, aunque todos tienen en común la existencia de un epipedón ócrico y un horizonte cámbico de alteración. El espesor de los suelos es muy variable, dependiendo de su posición topográfica y así encontramos suelos muy profundos (lomas) y otros esqueléticos y líticos que apenas superan los 30 cms. (barranqueras). Los más típicos presentan más de 90 cms. de profundidad, textura limo arcillosa y estructura grumosa media y son muy permeables y friables. Muchas veces presentan un horizonte más arcilloso en profundidad, pero sin llegar a formarse un horizonte argílico, lo que parece indicar que existe una transición gradual entre cambisoles y luvisoles, dependiendo de la estabilidad geomorfológica del área, que determina la mayor o menor profundidad a que se sitúa el horizonte argílico. De ahí que muchas veces haya que recurrir a la asociación de luvisoles y cambisoles (Unidad III). Generalmente el color es pardo o pardo-rojizo y textura franco limosa o franco arcillosa. Tienen pH neutro, contenido medio-altos en materia orgánica y niveles adecuados de fósforo y cationes, por lo que constituyen suelos de alta fertilidad físico-química. IV-c) Cambisoles con bajas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. Comprende esta unidad un único recinto situado por encima de la carretera general entre los barrancos del Agua y de La Herradura (Hoya Grande y casco urbano de Los Sauces), en un área con pendientes fuertes (20-30%), que limitan mucho sus posibilidades de uso agrícola, aunque actualmente se encuentran intensamente aterrazados y con cultivos de medianías, muchos de los cuales ya se han abandonado (foto 9). Son suelos que se sitúan ya en el límite de cualquier utilización agrícola con posibilidades de tecnificación y capitalización, debiendo limitarse a una agricultura ocasional, con métodos tradicionales y de autoabastecimiento y más con carácter de gestión conservacionista que de gestión meramente productiva. Son suelos con un moderado valor ecológico, al ser menos evolucionados que los luvisoles y no haber desarrollado aún el horizonte argílico o ser éste muy incipiente, por lo que unido al grado de antropización que presentan, les proporcionan una baja calidad ambiental. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 142 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial V.- LUVISOLES (SUELOS FERSIALÍTICOS).- Unidad constituida exclusivamente por luvisoles, similares a los que forman parte de la unidad III. Son suelos que se usan intensivamente para el cultivo, por lo que las áreas ocupadas por ellos se encuentran intensamente abancaladas. Generalmente presentan el horizonte argílico a unos 60 cms. de profundidad, encontrándose encima de él un horizonte cámbico y un epipedón ócrico. El color es pardo o pardo-rojizo y presentan textura franca, estructura grumosa gruesa o poliédrica y consistencia dura y ligeramente plástica (foto 10). Estos suelos presentan un moderado o alto riesgo de erosión hídrica por lo que en las zonas no abancaladas o donde se han abandonado los bancales y se han desmoronado las paredes, la erosión ha hecho que muchos horizontes argílicos afloren en superficie. Presentan un pH ligeramente alcalino, contenido bajos de materia orgánica y por tanto de nitrógeno asimilable y bajo nivel de fósforo disponible, así como una ligera desaturación en cationes en algunos casos. V-c) Luvisoles con bajas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. Son áreas similares a las descritas anteriormente con suelos pardos (IV-c) donde las fuertes pendientes constituyen la principal limitación para el uso agrícola de unos suelos que, por otra parte, presentan buenas condiciones de fertilidad natural. Se encuentran también intensamente abancalados y a diferencia de los suelos de la unidad anterior, una posición topográfica de mayor estabilidad ha permitido la génesis de potentes horizontes argílicos. Se ha incluido en esta unidad un solo recinto en la parte alta de Los Sauces, en la zona de Llano Clara (foto 11). VI.-LUVISOLES Y LEPTOSOLES (SUELOS FERSIALÍTICOS Y LITOSOLES).- Esta asociación de suelos ocupa las áreas más abruptas de la zona de suelos fersialíticos (luvisoles), donde los procesos de erosión son más intensos y alternan suelos bien desarrollados con otros esqueléticos y pedregosos (menos de 20 cms. de espesor). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 143 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial VI-e) Luvisoles y leptosoles con alta potencialidad para el aprovechamiento de la vegetación natural y moderada calidad ambiental. Comprende un único recinto en la parte alta de Los Sauces, en el entorno de la Balsa de Adeyahamen en un área de topografía muy irregular, con una elevada pedregosidad en los suelos y escasa profundidad útil en muchas ocasiones. Además, dada la posición topográfica en que aparecen, los elevados riesgos de erosión, así como la acusada erosión actual, hacen no recomendable su uso en pastoreo extensivo, aunque sí se recomienda la mejora de pastizales como medida de conservación de suelos y como aprovechamiento para la ganadería estabulada. La calidad ambiental se ha considerado moderada, ya que muchas áreas de luvisoles, con horizontes argílicos de mediano espesor, sustentan una vegetación climácica que les proporciona un cierto grado de calidad ambiental a los suelos. VII.-CAMBISOLES ÁNDICOS (SUELOS PARDOS ÁNDICOS).- Los cambisoles ándicos se incluyen entre los suelos pardos, cuyas características generales se han descrito en las unidades anteriores. Como se ha dicho, en muchos de estos suelos, aún poco evolucionados, se identifican ya los rasgos que marcarán su evolución posterior. En este caso se trata de suelos con características ándicas que señalan la transición hacia los andosoles de las zonas más altas. Estas características ándicas en los suelos pardos vienen definidas por una baja densidad aparente, una textura limosa y estructura de tendencia grumosa y una reacción positiva aunque débil y lenta al test del NaF, indicativo de la presencia de minerales con ordenación de corto alcance, aunque aún en pequeña proporción, puesto que predominan las arcillas cristalinas (foto 12). VII-i) Cambisoles ándicos con muy bajas potencialidades agrícolas y moderada calidad ambiental. Se ha cartografiado en esta unidad un recinto situado en la parte alta de Las Lomadas, entre 350 y 500 m. de altitud y entre los barrancos de Alen y del Agua, en un área topográficamente muy irregular y con fuertes pendientes (30-50%), que no aconsejan su uso agrícola, aunque algunas áreas, sobre todo en las proximidades de los caseríos, se han aterrazado en bancales de pequeño tamaño y se utilizan para producciones de autoabastecimiento, aunque lógicamente la potencialidad agrícola de estas zonas es muy baja. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 144 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La calidad ambiental es moderada, ya que los suelos pardos ándicos tienen un moderado valor ecológico al ser los suelos precursores de los andosoles y que ocupan un espacio, común a todas las medianías insulares, de transición entre los cultivos y el monte. VII-j) Cambisoles ándicos con buenas potencialidades para regeneración natural y muy baja calidad ambiental. Los suelos de esta unidad ocupan una extensión relativamente amplia en cuatro recintos situados en las cumbres del término municipal, en el límite con la Caldera de Taburiente (Lomo Morisco, Pico de La Cruz) y en límite norte con el municipio de Barlovento (Lomo del Cedro, Entrada de Los Charcos) Estos suelos tienen un horizonte cámbico poco expresado, son muy pedregosos y escoriáceos, ácidos y pobres en fósforo y por tanto con una baja fertilidad natural, que no les hacen aptos para ninguna actividad agropecuaria productiva, no recomendándose tampoco el pastoreo (actividad tradicional, hasta hace poco en estas áreas) por lo que supone de factor degradante de la estructura de la superficie del suelo, aumentando así su susceptibilidad a la erosión. El valor ecológico de estos suelos y su calidad ambiental es muy bajo y por lo tanto parecen ser suelos aptos sólo para la regeneración natural de la vegetación de la zona. VIII.- FLUVISOLES VÉRTICOS (SUELOS DE APORTE ALUVIAL/COLUVIAL).- Los suelos de aporte aluvial/coluvial se incluyen entre los suelos poco evolucionados, caracterizados por la ausencia de propiedades y horizontes de diagnóstico. En este caso los procesos de edafogénesis se encuentran ralentizados debido al continuo aporte y remoción del material que se ve continuamente rejuvenecido por la propia dinámica geomorfológica de los barrancos. Este hecho hace que en el suelo se observe siempre una neta estratificación del material, predominando las piedras y gravas (cantos rodados en muchas ocasiones), sobre el material fino. Los suelos de esta unidad vienen definidos además por presentar un contenido en carbono orgánico que decrece irregularmente con la profundidad y que permanece por encima del 0,25% a una profundidad de 125 cm. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 145 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han desarrollado sobre depósitos de barranco y derrubios de ladera procedentes de los suelos pardos vérticos situados en los lomos y partes altas de las laderas, por lo que han heredado de aquéllos su carácter vértico. Generalmente son profundos, aunque muy pedregosos y de baja fertilidad natural. VIII-b) Fluvisoles vérticos con moderadas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. Los suelos de esta unidad ocupan tres recintos situados en el cauce bajo de los barrancos de Alen y San Juan, que han sido abancalados para el cultivo de plataneras, dada la óptima situación climática, pero obviamente la potencialidad agrícola actual de estos suelos es sólo moderada y la calidad ambiental es baja, aunque estos suelos tienen un cierto (bajo) valor ecológico al constituir ecosistemas de fondo de barranco y de ladera con interés ambiental. VIII-f) Fluvisoles vérticos con muy bajas potencialidades agrícolas y muy baja calidad ambiental. Aparecen en un solo recinto situado en el cauce bajo del barranco del Agua, en laderas de fuerte pendiente, aterrazadas y cultivadas con platanera, pero de menor tamaño y menores posibilidades agrícolas que las áreas de la unidad anterior. Actualmente tienen más un interés paisajístico y etnográfico que agrícola. IX.- FLUVISOLES LÚVICOS (SUELOS DE APORTE ALUVIAL/COLUVIAL).- Las características generales de los suelos de esta unidad son similares a las de los suelos de aporte aluvial/coluvial descritas en la unidad VIII. En este caso, los suelos se han desarrollado a partir de los derrubios de luvisoles (suelos fersialíticos) situados en los lomos de las partes altas, por lo que han heredado de aquéllos una textura arcillosa, un color netamente rojizo y la presencia de fragmentos de horizontes argílicos distribuidos al azar en toda la profundidad del suelo. Son suelos generalmente profundos, sobre todo cuando están abancalados, y muy pedregosos y de baja fertilidad natural Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 146 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial IX-f) Fluvisoles lúvicos con muy bajas potencialidades agrícolas y muy baja calidad ambiental.- Esta unidad se ha cartografiado en un solo recinto situado en la parte media del barranco del Agua, en laderas de fuerte pendiente, abancaladas y cultivadas en algunos casos y en otros colonizado la vegetación natural. Las posibilidades agrícolas y la calidad ambiental de los suelos de estas laderas son siempre muy bajas IX-g) Fluvisoles lúvicos con bajas potencialidades agrícolas y muy baja calidad ambiental. Los suelos valorados en esta unidad ocupan un recinto situado en el fondo y laderas de una barranquera que aparece entre Las Lomadas y Lomo del Pino-Bermúdez-Orotava, en la zona de medianías del municipio. Las laderas son menos pendientes que las de la unidad anterior, por lo que las posibilidades de abancalamiento y utilización agrícola mejoran ligeramente, aunque siguen siendo muy bajas, al igual que la calidad X.-FLUVISOLES ÁNDICOS (SUELOS DE APORTE ALUVIAL/COLUVIAL).- Suelos similares a los de las unidades anteriores, sólo que en este caso los suelos presentan netas características ándicas al proceder de los derrubios de ladera originados en los andosoles y suelos ándicos de las partes altas de los barrancos. Estas características ándicas vienen definidas por los mismos parámetros que en los suelos pardos ándicos, es decir baja densidad aparente, textura limosa, estructura grumosa y reacción positiva al test del NaF. Los suelos son pedregosos, a veces con importantes limitaciones de espesor, aunque por lo general con una moderada fertilidad natural X-f) Fluvisoles ándicos con muy bajas potencialidades agrícolas y muy baja calidad ambiental. Aparecen en un solo recinto situado en la parte alta del barranco del Agua (Los Tilos), con algunos bancales con cultivos típicos de medianías, aunque lógicamente la potencialidad agrícola de estas laderas y la calidad ambiental de los derrubios es muy baja Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 147 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial XI.-ANDOSOLES ÚMBRICOS (ANDOSOLES).- Los andosoles son los suelos más característicos y exclusivos de los materiales geológicos de origen volcánico, con un alto contenido en vidrio (piroclastos y coladas escoriáceas) cuyas propiedades heredan los suelos en sus primeros estadíos de evolución. Son además los suelos que conforman el equilibrio climácico con las formaciones boscosas más características de las islas (laurisilva, fayal-brezal y pinar). Las principales propiedades definitorias de estos suelos son: - Elevada capacidad de retención de fósforo - Alto contenido en materia orgánica y nutrientes - Predominio de silicatos “amorfos” en la fracción fina coloidal - Color negro o pardo muy oscuro - Textura equilibrada con tendencia limosa y estructura grumosa muy fina, muy estable y con alta friabilidad - Elevada capacidad de retención de humedad - Baja densidad aparente - No salinos ni sódicos. Reacción ácida Además los andosoles úmbricos se caracterizan por la presencia de propiedades ándicas en al menos un espesor de 30 cms. Estas propiedades vienen definidas por: - Alo +1/2Feo = 2% - Retención de fosfato > 70% - Menos de un 10% de vidrio volcánico (cenizas) Frecuentemente presentan un horizonte superficial o epipedón de tipo úmbrico, que viene caracterizado por: - Espesor superior a 25 cms - Color muy oscuro, casi negro - Estructura grumosa bien desarrollada Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 148 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial - Desaturado en cationes básicos y generalmente con pH ácido - Usualmente más de un 2-5% de materia orgánica Constituyen los suelos más característicos de las zonas de fayal-brezal, laurisilva y pinar de las partes altas del término municipal. Suelos que presentan un equilibrio climácico muy inestable con las formaciones vegetales actuales y que tienen un elevado valor ambiental e interés para la conservación (fotos 19 y 20). XI-e) Andosoles úmbricos con altas potencialidades para el aprovechamiento de la vegetación natural y moderada calidad ambiental. La principal limitación para el uso agrícola de estas áreas es la fuerte pendiente de las zonas que ocupan, por lo que, al no estar abancaladas, no se recomienda ningún tipo de actividad agrícola, sino los aprovechamientos tradicionales de la vegetación natural (fayalbrezal) y ello siempre con las necesarias medidas de conservación, ante los elevados riesgos de erosión que presentan los suelos. Se ha valorado en esta unidad un recinto situado en la parte alta del casco de Los Sauces (Llano de San José-Lomo de la Crucita) XI-h) Andosoles úmbricos con alta potencialidad para la conservación de suelos y muy alta calidad ambiental. En esta unidad se han evaluado tres recintos repartidos por la zona alta del municipio (Lomo Piñero y parte alta de Los Galguitos al Sur y un área al oeste de Cruz Vera de La Fajana, en la zona norte del municipio). Se trata de zonas donde aparecen los andosoles más típicos y evolucionados, tanto del municipio como en general de la isla de La Palma. Son, pues, suelos con una elevada calidad ambiental por su alto valor ecológico, que están en equilibrio con la vegetación actual de laurisilva y fayal-brezal, por lo que son áreas importantes para la conservación de suelos, dadas las importantes funciones ambientales que ellos cumplen en las mismas, tanto en el mantenimiento de la vegetación boscosa, como en la regulación de los flujos hidrológicos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 149 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena XII.- ANDOSOLES ÚMBRICOS, UMBRISOLES Documento para Aprobación Inicial Y LEPTOSOLES (ANDOSOLES, RANQUERS Y LITOSOLES).- Esta asociación de suelos se ha hecho en las zonas altas de los barrancos, donde la irregularidad topográfica hace que aparezca una sucesión de lomos y laderas de pendiente variada, donde se produce una actuación diferencial de los procesos erosivos. En las áreas más estables y de menor pendiente aparecen andosoles úmbricos aunque de menor espesor que los de la unidad anterior, y en las zonas de mayor pendiente y por tanto más erosionadas los suelos son esqueléticos, incipientes y de menos de 20-25 cms. de espesor, aunque siguen conservando las características ándicas en la tierra fina. En las zonas de pendientes medias, los suelos predominantes son los ranquers (umbrisoles), donde un horizonte úmbrico (definido anteriormente) de color oscuro y muy orgánico, se sitúa directamente sobre los basaltos pliocénicos alterados. XII-h) Andosoles úmbricos, umbrisoles y leptosoles con altas potencialidades para la conservación de suelos y muy alta calidad ambiental. En esta unidad se han valorado dos recintos, uno que abarca Lomo del Madroñero, Hoya Amarga, Lomo Muerto y Lomo del Tabacal y otro en la parte alta de Las Lomadas (Lomo del Valle Grande-La Petisca). Las situaciones son similares a las descritas en la unidad XI-h, aunque como hemos dicho con mayor irregularidad topográfica y por tanto con mayores riesgos de erosión, en general (foto 22). XIII.- UMBRISOLES Y LEPTOSOLES (RANQUERS Y LITOSOLES). Esta asociación de suelos corresponde a las laderas de los barrancos y cabeceras más accidentadas de los mismos, donde las fuertes pendientes y la incidencia de los procesos erosivos frenan los procesos de edafogénesis, dando lugar a suelos minerales brutos (litosoles), o ranquers (umbrisoles) allí donde la presencia de un fayal-brezal denso ha permitido la formación de un horizonte úmbrico de acumulación de materia orgánica. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 150 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial XIII-j) Umbrisoles y leptosoles con buenas potencialidades para regeneración natural y muy baja calidad ambiental. En esta unidad se han evaluado la mayor parte de los cursos altos y cabeceras de los barrancos: Lomo del Cuarto y barrancos de La Galga y La Fuente, La Cruz de VázquezMontaña de Los Pasos y barrancos de San Juan, Alen y del Agua, Lomo del Cedro-Cruz Vera de La Fajana y barranco de La Herradura, etc. Son áreas improductivas desde cualquier punto de vista de aprovechamiento económico y su interés radica en que cumplen otras funciones ambientales y paisajísticas. XIV.-LEPTOSOLES Y FLUVISOLES (LITOSOLES Y SUELOS DE APORTE ALUVIAL/COLUVIAL).- Esta unidad corresponde a los cauces bajos de algunos barrancos donde junto a los derrubios de las laderas y lomos de las partes altas, existe una elevada proporción de afloramientos rocosos y suelos esqueléticos, consecuencia de la propia dinámica geomorfológica de los cursos bajos de los barrancos. XIV-d) Leptosoles y fluvisoles con muy bajas potencialidades agrícolas y baja calidad ambiental. Corresponde a dos recintos situados en barranqueras próximas a la Fuentenueva, en donde los derrubios se encuentran abancalados y permiten un cierto tipo de aprovechamiento agrícola. En general son áreas similares a las evaluadas en las unidades VIII, IX y X, aunque en este caso existe una importante superficie ocupada por suelos esqueléticos. XIV-j) Leptosoles y fluvisoles con buenas potencialidades para regeneración natural y muy baja calidad ambiental. En esta unidad se han evaluado los cauces bajos de los barrancos no aterrazados y que por lo tanto están sometidos a una fuerte dinámica aluvial y sobre todo coluvial, de modo que sólo son aptos para el sostenimiento de la vegetación natural espontánea Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 151 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.6. CARACTERÍSTICAS DE LA VEGETACION Y DE LA FLORA. HÁBITATS O ESPECIES INCLUIDAS EN ALGUNA CATEGORIA DE PROTECCIÓN. FLORA El municipio de San Andrés y Sauces pose una abundante y singular flora. En consecuencia son muchos los taxones protegidos, pertenecientes principalmente a formaciones de monteverde, pinar, matorral de cumbre y rupícolas. La mayoría de ellos quedan ubicados dentro de los límites del Parque Natural de Las Nieves (P-3), razón por la que su conservación quedará regulada por el correspondiente Plan Rector de Uso y Gestión. Sin embargo, no podemos dejar de mencionar especialmente a los taxones Sambucus palmensis y Lotus pyranthus, ambos actualmente considerados en peligro de extinción, al haber sido incorporadas en los Anexos I y II del Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, presentes en el municipio y con un altísimo interés ecológico y florístico. También merecen una consideración especial Cheirolophus arboreus, endemismo palmero y Euphorbia mellifera, taxon raro a nivel archipiélagico. Dado que las actuaciones propuestas en el instrumento de planeamiento, para el que se realiza el presente informe, quedan al margen del Parque, solamente incluiremos en el Catálogo adjunto, los taxones protegidos según la Orden de 20 de febrero de 1991 sobre protección de la flora vascular silvestre de la Comunidad Autónoma de Canarias, que correspondan a zonas ajenas al espacio natural, salvo algunos de especial interés por su rareza o grado de amenaza en el contexto insular o municipal. Además, al margen de las especies protegidas, también citaremos algunas cuya presencia hemos observado durante la realización del estudio y que, al menos en el ámbito municipal, deben ser nombradas, también por su rareza o grado de amenaza. El Catálogo incluye la posición sistemática, nombre científico y nombre vulgar (cuando es conocido), grado de endemicidad para las endémicas, (* endemismo macaronésico; ** endemismo canario; *** endemismo palmero) y categoría de protección, cuando proceda, según la mencionada orden, (I: incluida en el anexo I; II: incluida en el anexo II; III: incluida en el anexo III). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 152 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Para la autoría de los taxones, salvo contadas excepciones, seguimos a HANSEN & SUNDING (1993): Flora of Macaronesia. Checklist of vascular plants. 4 rev. ed. Sommerfeltia 17, 297 pp. PTERIDOPHYTA Adiantaceae * (II) Adiantum capillus-veneris…………………………………………………………………………………………………………………….CulantrCulantrillo negro (II) Ceterach aureum………………………………………………………………………………………………………………………………Doradilla Athyriaceae (II) Cystopteris diaphana (II) Woodwardia radicans………………………………………………………………………………………………………………………….Píjara (II) Davallia canariensis………………………………………………………………………………………………………………………….. Batatilla, cochinita Blechnaceae Davalliaceae Dryopteridaceae ** (II) Dryopteris oligodonta Equisetaceae (II) Equisetum ramossisimum……………………………………………………………………………………………………………………..Cola de caballo Polypodiaceae (II) Polypodium macaronesicum Pteridaceae (II) Pteris incompleta Selaginellaceae (II) Selaginella denticulata SPERMATOPHYTA GYMNOSPERMAE Cupressaceae * (II) Juniperus cedros………………………………………………………………………………………………………………………………… Cedro * (II) Juniperus turbinata ssp. Canariensis…………………………………………………………………………………………………………... Sabina ** (III) Pinus canariensis………………………………………………………………………………………………………………………Pino canario (III) Pinus radiata……………………………………………………………………………………………………………………………Pino de Monterrey, pino insigne Pinaceae ANGIOSPERMAE. DICOTYLEDONEAE Anacardiaceae (II) Pistacia atlantica……………………………………………………………………………………………………………………….Almácigo Apiaceae ** Ferula linkii……………………………………………………………………………………………………………………………..Cañaheja Aquifoliaceae * (III) *** (II) Ilex canariensis…………………………………………………………………………………………………………………………Acebiño Asclepiadaceae Ceropegia hians………………………………………………………………………………………………………………………..Cardoncillo Asteraceae *** *** Argyranthemum sp……………………………………………………………………………………………………………………..Magarza (II) Cheirolophus arboreus………………………………………………………………………………………………………………..Cabezón *** (II) Gonospermum canariense……………………………………………………………………………………………………………Fro *** (II) Lactucosonchus webbii………………………………………………………………………………………………………………..Cerraja (II) Sonchus bornmurelleri…………………………………………………………………………………………………………………Cerraja ** *** (II) *** Sonchus arboreus Sonchus pinnatus ssp. Palmensis……………………………………………………………………………………………………Cerraja Boraginaceae *** (II) Echium pininana………………………………………………………………………………………………………………………..Pininana Brassicaceae *** Crambe santosii Campanulaceae ** (II) Canarina canariensis……………………………………………………………………………………………………………………Bicácaro ** (I) Sambucus palmensis Caprifoliaceae Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 153 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena ** (III) Documento para Aprobación Inicial Viburnum tinus ssp. Rigidum..................................................................................................................................................Follao Caryophyllaceae ** (II) Polycarpaea smithii Celastraceae ** (II) Maytenus canariensis.............................................................................................................................................................Peralillo Cistaceae ** (II) Helianthemum broussonetii...................................................................................................................................................Jarilla *** (II) Aeonium davidbramwellii........................................................................................................................................................Bejeque. Crassulaceae *** (II) Aeonium goochiae..................................................................................................................................................................elera ** (II) Aeonium palmense……………………………………………………………………………………………………………………..Bejeque *** (II) Aeonium vestitum……………………………………………………………………………………………………………………….Bejeque *** (II) Aichryson palmense…………………………………………………………………………………………………………………….Orejita de ratón ** (II) Greenovia diplocycla……………………………………………………………………………………………………………………Bea, oreja de abad Ericaceae ** (II) Arbutus canariensis……………………………………………………………………………………………………………………..Madroño (III) Erica arborea……………………………………………………………………………………………………………………………..Brezo Euphorbiaceae ** (II) Euphorbia canariensis…………………………………………………………………………………………………………………..Cardón * (II) Euphorbia mellifera………………………………………………………………………………………………………………………Filga, adelfa de monte ** Euphorbia obtusifolia var. Wildpretii…………………………………………………………………………………………………….Higuerilla Fabaceae *** (III) Chamaecytisus proliferus var. Palmensis……………………………………………………………………………………………….Tagasaste ** (II) Dorycnium eriophthalmum…………………………………………………………………………………………………………………Trébol de risco *** (I) *** ** Genista benehoavensis Lotus pyranthus (II) Spartocytisus filipes…………………………………………………………………………………………………………………………scobón Fagaceae (III) Castanea sativa…………………………………………………………………………………………………………………………….Castaño Lamiaceae *** (III) Bystropogon origanifolius var. Palmensis…………………………………………………………………………………………………Orégano ** (II) Sideritis canariensis……………………………………………………………………………………………………………………………Chahorra * (II) * (III) Laurus azorica………………………………………………………………………………………………………………………………….Loro, laurel * (II) Ocotea foetens…………………………………………………………………………………………………………………………………Til, tilo * (III) Persea indica……………………………………………………………………………………………………………………………………Viñátigo Lauraceae Apollonias barbujana…………………………………………………………………………………………………………………………..Barbusano Myricaceae (III) Myrica faya…………………………………………………………………………………………………………………………………….Faya Myrsinaceae * (II) Heberdenia excelsa…………………………………………………………………………………………………………………………..Aderno (III) Eucalyptus globulus…………………………………………………………………………………………………………………………..Eucalipto ** (II) Olea europaea ssp. Cerasiformis……………………………………………………………………………………………………………Acebuche * (II) Picconia excelsa………………………………………………………………………………………………………………………………Palo blanco * (II) * (II) Bencomia caudata…………………………………………………………………………………………………………………………….Rosal de guanche * (II) Rubus bollei…………………………………………………………………………………………………………………………………….Zarza de monte Myrtaceae Oleaceae Rhamnaceae Rhamnus glandulosa………………………………………………………………………………………………………………………….Sanguino Rosaceae ** Rubus palmensis………………………………………………………………………………………………………………………………Zarza de monte Rutaceae ** (I) Ruta pinnata…………………………………………………………………………………………………………………………………….Ruda Salicaceae * (II) ** (II) Salix canariensis………………………………………………………………………………………………………………………………..Sauce Scrophulariaceae Isoplexis canariensis…………………………………………………………………………………………………………………………...Cresta de gallo Tamaricaceae Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 154 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena (II) Documento para Aprobación Inicial Tamarix canariensis……………………………………………………………………………………………………………………………..Tarajal Theaceae * (II) Visnea mocanera…………………………………………………………………………………………………………………………………Mocán Urticaceae ** (II) Gesnouinia arborea………………………………………………………………………………………………………………………………Estrelladera Violaceae *** (I) Viola palmensis………………………………………………………………………………………………………………………..Violeta, pensamiento de cumbre ANGIOSPERMAE. MONOCOTYLEDONEAE Agavaceae * (II) ** (II) Pancratium canariense……………………………………………………………………………………………………………………………Lágrimas de la Virgen ** (II) Phoenix canariensis……………………………………………………………………………………………………………………………….Palmera canaria * (II) Dracaena draco………………………………………………………………………………………………………………………………………Drago Amaryllidaceae Arecaceae Liliaceae Semele androgyna…………………………………………………………………………………………………………………………………Gibalbera VEGETACIÓN. Sin lugar a dudas, uno de los mayores signos de identidad del municipio es la frondosa vegetación que lo cubre en la mayor parte de su territorio. La zona baja, cubierta hasta límites insospechados por plataneras, que se asientan en las lomadas y se “derraman” por los barrancos en microhuertas escalonadas ocupando cualquier resquicio aprovechable de las laderas. Las medianías, aunque han estado sometidas a una secular deforestación están en la actualidad en una fase de regeneración de la vegetación natural, que paulatinamente coloniza las huertas de los cultivos de secano, a medida que estos van siendo abandonados. En general, por encima de los 500 m de cota, la cubierta vegetal, aunque con muy diferentes grados de naturalidad, es continua y se la reparten el monte-verde y los pinares, que en las cotas más altas del municipio se desvanece en un matorral de codesar. Con bastante detalle se exponen a continuación, desde el litoral hasta la cumbre, los tipos principales de vegetación que, con entidad cartográfica, se han reconocido para el municipio: Vegetación nitrohalófila de acantilados costeros (Artemisio thusculae-Rumicetu∑m lunariae con Frankenio ericifoliae-Astydamietum latifoliae). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 155 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El ámbito costero del municipio se ha visto reducido por los cultivo de plátanos a una estrecha franja de gran pendiente, formada por una línea continua de acantilados bajos, interrumpida únicamente por la desembocadura de los barrancos donde se forman pequeñas playas de escasa importancia. La vegetación de estos acantilados está condicionada por dos factores importantes: por un lado se encuentra la inestabilidad intrínseca del sustrato y nitrificación por filtraciones de aguas de riego; y por otro lado los efectos de la maresía, que permite el asentamiento de las comunidades halófilas propias de estas situaciones costeras. Ello ha favorecido el asentamiento de especies nitrófilas como la vinagrera (Rumex lunaria), el tabaco moro (Nicotiana glauca), el salado (Schizogyne sericea), la magarza (Argyranthemum sp.), el tomillo de mar (Frankenia ericifolia subsp. latifolia), la siempreviva (Limonium pectinatum var. solandri), la lechuga de mar (Astydamia latifolia), el perejil de mar (Crithmum maritimium), la cerraja (una forma crasa de Reichardia ligulata) y algunas otras. Por otro lado, tal como se dijo, en estos acantilados se dan unas condiciones de humedad favorable, debido a los aportes indirectos del riego de las plataneras que se asientan en su parte superior, por lo que se pueden observar con cierta frecuencia poblaciones de especies más exigentes en humedad e incluso comunidades higrofíticas asociadas a estos puntos húmedos. Como ejemplo de ello podemos citar las poblaciones de Pennisetum purpureum que se encuentran a lo largo de la costa, así como otras numerosas especies introducidas exigentes en humedad (Colocasia esculenta, Canna x generalis, Arundo donax, Ricinus communis, Tropaeolus majus, etc.). Por otro lado el aporte de abonos que lleva disuelto las aguas han favorecido en algunas zonas el desarrollo de herbazales eminentemente nitrófilos, en los que participa Aster squamatus, Tetragonia tetragonioides, Einadia nutans, Anredera cordifolia, Cardiospermum grandiflorum, Mirabilis jalapa, Lycopersicon esculentum, Impatiens balsamina, Commelina bengalensis, etc. Tarajales costeros (Atriplici ifniensis-Tamaricetum canariensis). La manifiesta resistencia de los tarajales a las condiciones aerohalinas de la costa les ha permitido no sólo su desarrollo en primera línea, sino que además se han visto favorecidos en muchos lugares por su empleo como cortavientos, obviamente en este caso contra la brisa marina cargada de sales, así como ornamental en algunos paseos marítimos (Charco Azul). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 156 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Es una comunidad dominada por el tarajal (Tamarix canariensis) y por lo general de una notoria pobreza florística, que sin embargo, en nuestra zona, se ve enriquecido por numerosas especies introducidas, tal y como veíamos en la anterior unidad. Los tarajales se hallan relegados principalmente en la mitad N del municipio, siempre a los pies de las plataneras, destacando por su magnitud el situado en los acantilados al sur del Barranco del Agua. Cardonales (Echio brevirramis-Euphorbietum canariensis) Comunidad caracterizada por el cardón (Euphorbia canariensis), el cornical (Periploca laevigata), el tasaigo (Rubia fruticosa), etc., y que lleva como elemento diferencial respecto a otros cardonales de otras islas, el arrebol palmero (Echium brevirrame). Como ha sucedido en el resto de la isla, la intensa acción antropozoógena sobre el territorio potencial de los cardones, ha hecho que estos se encuentren en el municipio de forma aislada, a veces relegados a riscos y, a excepción del situado en la Punta del Guincho, con escasa entidad cartográfica. En este Punta la proximidad al mar ha favorecido la introgresión de especies halófilas en el seno del cardonal. Al margen de los acantilados costeros aparecen cardones dispersos en los riscos y espolones edafoxerófilos del tramo inferior de los barrancos del municipio. Palmerales canarios (Periploco laevigatae-Phoenicetum canariensis) Los palmerales se ubican en nuestro territorio en situaciones edafohigrófilas, es decir, situaciones con una mayor humedad edáfica y con buen drenaje como ocurre en las vaguadas y cauces de barrancos, derrubios de ladera, etc. En la actualidad se encuentran muy antropizados y buen ejemplo de ello queda reflejado en el cortejo florístico que acompaña a la palmera (Phoenix canariensis) que está dominado por especies de apetencias nitrófilas, como la vinagrera (Rumex lunaria) y la higuerilla (Euphorbia obtusifolia). Los dos palmerales cartografiados se localizan, uno en San Andrés, casi en la desembocadura del Barranco del Agua y el otro en el Barranco de San Juan, aproximadamente a unos 150 m.s.m. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 157 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Matorral de vinagreras, higuerillas, etc. (Artemisio thusculae-Rumicetum lunariae) El uso del territorio por el hombre lleva consigo el establecimiento de comunidades vegetales agresivas que se introducen en los ambientes alterados por éste. Estas comunidades están caracterizadas por especies más o menos nitrófilas con una alta capacidad de colonización. Este es el caso de la vinagrera (Rumex lunaria), el incienso (Artemisia thuscula), el mato de risco (Lavandula canariensis). A este conjunto de especies cabe sumar la presencia del cerrajón endémico palmero (Sonchus palmensis). En el seno de este matorral y como testigo de la acción humana, es frecuente observar especies introducidas como las piteras y tuneras (Agave sisalana Furcraea gigantea, y Opuntia spp.), el pasto de elefante (Pennisetum purpureum), etc. En nuestro territorio su ubican preferentemente cerca de los caseríos, carreteras, pistas y caminos, cultivos, barrancos antropizados, etc. En laderas soleadas de los barrancos más alterados se puede observar un dominio del incienso. La presencia de higuerillas (Euphorbia obtusifolia) es en algunos casos tan importante, que en muchos casos el matorral adquiere fisionomía de tabaibal amargo, poniendo de manifiesto una cierta regeneración de la vegetación. Como ya hemos mencionado para los matorrales costeros, la presencia de puntos húmedos (debido a los cultivos de regadío) favorece la aparición de especies como Pennisetum purpureum y Colocasia esculenta, la ñamera. Relictos de bosques termófilos: sabinares y almacigares (Rhamno crenulataeJuniperetum canariensis). Los bosques termófilos tienen su área potencial en las medianías de la isla y están caracterizados por las sabina canaria (Juniperus turbinata subsp. canariensis), el acebuche (Olea europaea subsp. cersiformis) y el almácigo (Pistacia atlantica). Debido a su situación y al intenso aprovechamiento de esta zona por el hombre, en la actualidad han desparecido casi por completo como unidad paisajística. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 158 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Al igual como sucede con los cardonales, los sabinares del municipio se han visto relegados a espigones de los barrancos más meridionales, como por ejemplo en el Barranco de San Juan y en el Barranco de la Fuente, límite Sur del municipio. En esta última localidad se pueden observar algunos cardones (Euphorbia canariensis), encaramados en los escarpes más inclinados. Por otro lado, los almacigares (reducidos a su mínima expresión) se localizan en un único punto, al norte de Llano de Pino, abriéndose paso entre los densos cultivos de plataneras, con ejemplares de gran desarrollo. Como especies compañeras podemos destacar: Maytenus canariensis, Jasminum odoratissimum, Asparagus scoparius, Globularia salicina, Periploca laevigata, Rhamnus crenulata, Euphorbia obtusifolia, Kleinia nerifolia. En el seno de estos relictos y lomadas de las inmediaciones son frecuentes los cerrillares de Hyparrhenia hirta. Matorral de granadillo, lengua de pájaro, etc. (Rhamno crenulatae-Hypericetum canariensis) Es un matorral arbustivo, más o menos intrincado, caracterizado por el espino negro (Rhamnus crenulata) y el granadillo (Hypericum canariensis). En nuestro territorio es abundante la lengua de pájaro (Globularia salicina) y en ocasiones la higuerilla que transforma fisionómicamente el matorral en un tabaibal amargo. Otras especies que podemos observar en el seno de este matorral son el jazmín (Jasminum odoratissimum), la esparraguera (Asparagus scoparius), la retama (Spartocytisus filipes), el cerrajón (Sonchus palmensis), etc. En zonas de suelos descarnados aparecen algunos retazos de jaral sin entidad cartográfica (Cistus monspeliensis). Representa una etapa de sustitución dentro de la Serie del monte-verde termófilo, si bien también puede intervenir como etapa serial en las situaciones más favorables de los bosquetes termófilos. Es frecuente en el municipio observarlo formando mosaicos con otras comunidades, principalmente con el monte-verde termófilo (barbusanos) en las situaciones más nobles y con el matorral de vinagreras en las situaciones más nitrófilas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 159 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Monte-verde termófilo: barbusanos, mocanes, etc. (Visneo mocanerae-Arbutetum canariensis) Bosque siempreverde dominado por el barbusano (Apollonias barbujana), el mocán (Visnea mocanera) y el palo blanco (Picconia excelsa). Es una comunidad más térmica que el monte verde excelso, situándose en altitud por debajo de éste y justo por encima de los sabinares y alamacigares. En las situaciones menos elevadas se ubica en zonas con suelos desarrollados, principalmente en vaguadas, y cauces de barrancos donde obtiene la suficiente humedad para su desarrollo, mientras que en las situaciones más elevadas la comunidad prefiere las laderas más soleadas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 160 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Dentro de esta unidad y sin representación cartográfica se encuentra la comunidad rupícola de bejeques tabaqueros (Aeonietum palmensis) que puebla los cinglos y rocas inclinados orientados al norte. En las situaciones más umbrófilas e inclinadas se enriquecen e incluso son desplazados por la melera (Aeonium goochiae). Otras especies con afinidades rupícolas son los bejeques Aeonium david-bramwellii y Aeonium vestitum, Pancrathium canariense, Davallia canariensis, etc. Monte-verde excelso: viñátigos, laureles, tilos, etc. (Lauro azoricae-Perseetum indicae + Diplazio caudati-Ocoteetum foetentis) Es un monte-verde mesofítico caracterizado por laureles (Laurus azorica) y viñátigos (Persea indica), y ocupa gran parte de los montes del municipio. Fisionómicamente lo podemos caracterizar como un bosque húmedo, con una altura entre los 10-15 m, con sotobosque umbrófilo pobre en especies, viéndose dominado éste principalmente por helechos. Otras especies arbóreas son el palo blanco (Picconia excelsa), la faya (Myrica faya), el brezo (Erica arborea) y el acebiño (Ilex canariensis). Entre los arbustos, el follao (Viburnum tinus subsp. rigidum), Hypericum grandifolium y las zarzas (Rubus bollei y Rubus palmensis) son frecuentes. En las situaciones de vaguadas, donde el bosque es más sombrío y con mayor humedad edáfica el bosque se enriquece con el til (Ocotea foetens) caracterizando un bosque higrofítico (Diplazio caudati-Ocoteetum foetentis), tal y como podemos observar en los Barrancos del Agua (los Tilos) y Barranco de La Fuente (Los Galguitos). Entre las especies más características del monte-verde podemos destacar por su singularidad, el endemismo palmero Echium pininana. Otras especie frecuente en el seno de esta comunidad, particularmente en la orla escio-nitrófila de pistas forestales y cauces de barrancos son: Crambe santosii, Phyllis nobla, Gesnounia arborea, etc. A pesar de que la cota inferior de su área potencial se sitúa en torno a los 330 m.s.m., la explotación a la que ha sido sometido durante varios siglos, ha provocado que en la actualidad se encuentre relegado a una banda situada por encima de los 500 m de altitud, descendiendo algo más por las vaguadas de los barrancos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 161 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Como se puede intuir, debido a que nos encontramos dentro de un bosque de características mesofíticas, la vegetación rupícola está dominada por la melera (Aeonium goochiae) que se suma a otras especies más termófilas como Aeonium palmense, Lobularia canariensis subsp. palmensis, etc. Monte-verde degradado: fayal-brezal (Fayo-Ericetum arboreae) La acción humana sobre la vegetación no ha sido exclusiva de los bosques termófilos. También el monte-verde se ha visto afectado por la tala más o menos periódica de sus representantes, bien para la obtención de leña, varas, madera para la construcción, utensilios, etc., bien por la necesidad de nuevos terrenos para el cultivo. Esta incidencia en el territorio potencial del monteverde excelso ha favorecido el desarrollo de comunidades de sustitución como el fayal-brezal. Esta unidad se encuentra caracterizada por el brezo (Erica arborea), la faya (Myrica faya) y el acebiño (Ilex canariensis), principalmente asociada a lomas más o menos llanas antiguamente aprovechadas para el cultivo de papas, entresacado, etc. En crestas más o menos venteadas con degradación y pérdida de suelo puede establecerse como comunidad permanente. Es frecuente observar en esta comunidad ejemplares de castaños o castañeros (Castanea sativa) que fueron plantados en bordes de huertas, la mayor parte, hoy abandonadas y en proceso de recolonización por fayal-brezal y rodales de castañeros. Fisionómicamente podemos distinguir diferentes etapas según la edad o madurez de la misma. Así por ejemplo cuando es joven se encuentra dominado por el brezo, formando un brezal cerrado casi impenetrable. A medida que va madurando se observan otras especies como la faya, el acebiño e incluso el laurel adquiriendo el bosque un aspecto menos intrincado. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 162 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Vegetación higrófila de fondo de barranco: saucedas, tilos, etc. (Rubo ulmifoliiSalicetum canariensis + Diplazio caudati-Ocoteetum foetentis) Los sauzales se caracterizan por la presencia del sauce canario (Salix canariensis) y la zarza (Rubus ulmifolius). Se desarrollan principalmente en los cauces de barrancos con corrientes de agua más o menos duradera. A pesar de ser una comunidad de fondo de barranco, presenta una cierta apetencia por las zonas más abiertas del mismo con mayor incidencia de la luz del solar. Junto a esta comunidad hemos cartografiado la comunidad de tilos (Diplazio caudati-Ocoteetum foetentis), pues presenta también apetencias higrófilas de fondo de barranco, si bien, en corrientes de aguas superficiales cede paso a los sauzales. Matorral de degradación de monte-verde: zarzales con helecheras (Rubio periclymeniRubetum ulmifolii). Estos zarzales se encuentran dominados principalmente por distintas especies de zarza: Rubus ulmifolius en las zonas más antrópicas y las zarzas endémicas Rubus bollei y Rubus palmensis, más integradas en el bosque. Se desarrollan en zonas aclaradas del monteverde, fondos de barrancos, etc., aunque también participan activamente en la colonización de huertas abandonadas, derrubios, cunetas, etc. Es un matorral espinoso muy intrincado, y suele tener como especie acompañante más conspicua la helechera (Pteridium aquilinum). Castañeros (Castanea sativa) Los castaños han sido introducidos como cultivo en diversas partes de la isla, generalmente en el dominio potencial del monte-verde, habiéndose asilvestrado con profusión sobre todo en los montes de Breña Alta. En San Andrés y Los Sauces la proliferación actual es menor, sin embargo el caso de Breña Alta nos puede poner sobre aviso de la agresividad de la misma. Hemos cartografiado un sólo núcleo (Lomo Piñero) donde la especie es dominante, si bien, es frecuente observarla también en el seno de la unidad de fayal-brezal. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 163 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Plantaciones mixtas de pinos (Pinus spp.) con fayal-brezal En el seno del fayal brezal se han prodigado plantaciones de diversas especies de pinos (Pinus pinea, Pinus radiata), tal y como ocurre en la Hacienda de los Príncipes, haciendo gala de la tradición forestal de talar el monte-verde y respetar los pinos ("pinarización"). Pinar canario genuino (Loto hillebrandii-Pinetum canariensis) Pinar canario (Pinus canariensis) endémico de la isla de la Palma, cuya especie diferencial es el corazoncillo (Lotus hillebrandii). Los pinares ocupan una banda relativamente estrecha y homogénea entre los 1200 y 2000 m.s.m. Presentan un sotobosque pobre en especies, siendo la dominante el amagante (Cistus symphytifolius var. symphytifolius), o en menor medida el poleo de monte (Bystropogon origanifolius var. palmensis). La introgresión de especies características del monte verde en las cotas inferiores, así como, de los codesares en las superiores hace que en muchas ocasiones los pinares genuinos se vean eclipsados por los pinares mixtos (Loto-Pinetum canariensis ericetosum arboreae) y los pinares con codesos (Loto-Pinetum canariensis adenocarpetosum spartioidis). Al igual que en las otras unidades, las comunidades rupícolas en el seno del pinar se desarrollan en situaciones topográficas de gran pendiente, generalmente fragmentadas y con escasa superficie. Por todo ello, su reflejo en la cartografía no es siempre posible. Estas comunidades están caracterizadas por dos asociaciones de óptimo mesosupramediterráneo Greenovietum diplocyclae y Tolpidetum calderae. La primera se encuentra caracterizada por la bea (Greenovia diplocycla) principalmente en el dominio montano seco, mientras que la segunda se encuentra caracterizada por Tolpis calderae y se limita a los escarpes de las cumbres septentrionales. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 164 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Pinar canario con fayal-brezal (Loto hillebrandii-Pinetum canariensis ericetosum arboreae) En este municipio la pluviometría invernal es elevada y, durante el verano, el mar de nubes del alisio protege mucho a la masa forestal hasta cotas excepcionalmente altas, siendo frecuente el que los pinares mixtos, con sotobosque de monte verde (brezos, fayas y acebiños), superen los 1500 m de cota. Hemos cartografiado aquellos pinares mixtos de mayor entidad, ligados generalmente a laderas con exposición norte y vaguadas más umbrófilas. Pinar ralo con codesos (Loto hillebrandii-Pinetum canariensis facies de Adenocarpus viscosus subsp. spartioides) En las partes elevadas del municipio en la zona de contacto entre los pinares y los codesares, se observa una introgresión de codeso (Adenocarpus viscosus subsp. spartioides) en el sotobosque, observándose en algunos casos pinares de escasa cobertura con una alta densidad de codesos, pues esta última especie presenta una gran vitalidad en las zonas aclaradas por incendios o talas. Codesar de cumbre con retamones (Genisto beneohavensis-Adenocarpetum spartioidis) Matorral de genisteas característico del piso supramediterráneo que corona el municipio. Situado por encima de los 2000 m está dominado por el codeso (Adenocarpus viscosus subsp. spartioides) y el retamón (Genista benehoavensis). Otras especies que caracterizan este matorral son el alhelí (Erysimum scoparium), la retama (Spartocytisus supranubius), etc. La pobreza florística de la comunidad se encuentra parcialmente debida a la incidencia del hombre, y en particular del ganado, que relegaba a las especies de mejor palatabilidad a riscos inaccesibles, algunas de las cuales se situaron en peligro de extinción (e.g. retamón). En la actualidad, la disminución de la presión pastoril, así como, la puesta en marcha de planes de recuperación de especies vegetales en el ámbito del codesar de cumbre, ha permitido una sensible mejoría del matorral. Otras especies frecuentes en el seno de la comunidad son el tomillo (Micromeria lasiophylla subsp. palmensis) y el pensamiento de cumbre o violeta (Viola palmensis). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 165 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Hinojales y herbazales subnitrófilos de medianías (Piptathero miliacei-Foeniculetum vulgaris + Echio plantaginei-Galactition tomentosae) En las medianías es frecuente observar herbazales subnitrófilos, con aspecto de pastos terofíticos de gran biomasa propio de eriales y cultivos abandonados. Como especies más características de estos herbazales podemos destacar el cardo borriquero (Galacatites tomentosa), la viborina (Echium plantagineum), distintas especies del género Bromus, etc. Este herbazal suele formar mosaicos con los hinojales, comunidad vivaz subnitrófila de fenología estival, dominada por el hinojo (Foeniculum vulgare) y donde suele ser frecuente la gramínea Piptatherum miliaceum, frecuente en “manchones” que llevan más tiempo abandonados de cultivo. CULTIVOS. Cultivos de regadío, principalmente plátanos El peso de la economía en San Andrés y Los Sauces recae en gran parte en el sector agrícola. De hecho la zona baja del municipio (hasta los 500 m.s.m.) se encuentra principalmente dedicada a los cultivos, bien sea de regadío como de secano. En su mitad inferior (por debajo de los 300 m.s.m.) está dedicada principalmente al monocultivo del plátano. Entre las plataneras y aprovechando las necesidades higrófilas de las mismas, nos encontramos con otros cultivos tropicales como aguacates, papayas y mangos. Otros cultivos asociados son las ñameras. Cultivos de secano en medianías (papas, viñedos, etc.) Por encima de los 300 m.s.m. la platanera cede paso a los cultivos de secano, principalmente viñedos y papas. Asociado a estos cultivos podemos observar distintos herbazales más o menos nitrófilos pertenecientes a las clases Stellarietea mediae (Echio-Galactition tomentosae) y Artemisietea vulgaris (Piptathero-Foeniculetum vulgaris), así como, otros matorrales también nitrófilos incluidos en la asociación anteriormente descrita como ArtemisioRumicetum lunariae. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 166 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CONCLUSIONES Y VALORACIÓN En la vegetación del municipio podemos distinguir dos zonas claramente definidas. Una primera con un fuerte carácter antrópico donde la vegetación natural ha desaparecido casi por completo amén del desarrollo rural, en este caso agrícola, del municipio. Destacan entonces por su significado testimonial sabinares, almacigares y cardonales, que han quedado relegados principalmente a ambientes rupícolas. Dentro de esta zona que se extiende desde el nivel del mar hasta aproximadamente los 600 m de altura, se observa una fragmentación del espacio agrícola en dos unidades, una dedicada a cultivos de secano y otra en la parte inferior, dedicada a cultivos de regadíos, principalmente el plátano. La segunda zona está caracterizada principalmente por la vegetación natural, donde por un lado, la menor incidencia antrópica y por otro lado, la fuerte potencialidad del territorio, ha favorecido la permanencia de codesares, pinares y en especial del monte-verde, que cuenta aquí con una de las mejores representaciones de Canarias. Desde el punto de vista florístico, el municipio cuenta no sólo con un catálogo formado por un número considerable de especies, sino que entre ellas, destacan especies de gran valor científico y ornamental, como lo son la pininana (Echium pininana), el cabezón (Cheirolophus arboreus) y el raro Lotus pyranthus. Como hemos podido ver el municipio guarda unos valores naturales de gran importancia que no se verán alterados si las actuaciones siguen concentrándose en la zona baja del municipio. Por otro lado, el valor paisajístico y productivo de la zona agrícola es elevado, principalmente en el caso de los cultivos de plátanos que aún producen bajo el cielo. 1.8.7. CARACTERISTICAS DE LA FAUNA. AREAS DE ESPECIAL INTERES PARA LAS AVES. ESPECIES PROTEGIDAS Y DE INTERÉS PARA SU CONSERVACIÓN. El estudio faunístico de la zona afectada por el Proyecto merece unas consideraciones previas sobre las características generales del territorio, como son: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 167 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Presentar una extensión de 42,75 km2, con orientación nordeste. Limita al norte con el término de Barlovento, al sur con Puntallana y al oeste con El Paso. Las condiciones climáticas del municipio varían según su orientación y relieve. Los vientos dominantes son del NE. Especial protagonismo tiene el estar representadas todas las comunidades vegetales que existen en la Isla, esto hace que la diversidad botánica sea muy alta y por lo tanto la animal. El cultivo más importante, productivo y rentable económicamente es la platanera, que se cultiva desde los 375 metros hasta la costa. En el territorio de San Andrés y Sauces se encuentra parte del Parque Natural de Las Nieves. En total la superficie protegida del municipio es de 2543 has, lo cual representa aproximadamente el 6% de la superficie del municipio y el 0,36% de la isla. La riqueza faunística de estos parajes se describe a continuación, estando muy bien representada tanto la vertebrada como la invertebrada. Respecto a la invertebrada normalmente está ligada a cada comunidad vegetal y hay muchas especies que son específicas de determinadas plantas. También hay que tener en cuenta que las poblaciones de algunas especies presentan oscilaciones considerables a lo largo del año, con explosiones demográficas en determinadas épocas y prácticamente desaparecen durante otras; también hay especies que viven a lo largo de todo el año. Todo esto hace que la fauna invertebrada sea muy abundante al igual que sus posibles depredadores. La mayoría de los datos aquí presentados se han obtenidos de la base de datos de D. Rafael García Becerra. No obstante debemos dejar claro que a pesar de la riqueza comentada, en el estado actual de nuestros conocimientos, es aún un catálogo incompleto sin más utilidad que la de aportar información preliminar sobre la riqueza cualitativa de la zona y que sirva como documento básico para el proyecto. Asimismo, debemos aclarar que numerosos grupos, a pesar de estar presentes en el área a estudio, no se han añadido al catálogo como es el caso de nemátodos, oligoquetos, ácaros, socópteros, tisanópteros, diferentes familias de Isópteros, homópteros, dípteros y lepidópteros ya que nos ha sido imposible su determinación. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 168 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CATÁLOGOS DE ESPECIES En este informe consideraremos sólo las especies animales más representativas que hemos observado en el Término Municipal de San Andrés y Sauces. Es muy probable que en futuras prospecciones y estaciones aparezcan nuevas especies, pues hemos de tener en cuenta lo relativamente poco estudiada que está desde el punto de vista zoológico la isla de La Palma. Se presenta a continuación un listado de las especies más representativas que existen en la zona a estudio. Invertebrados Taxones Distribución Grado de Insular protección convenio Situación Observaciones y CL.- GASTEROPODA Ord. STYLOMMATOPHORA Caracollina lenticulata* P Ocasional Bajo piedras de medianías a pinar Hemicycla* vermiplicata* P Ocasional Bajo piedras de costa a pinar Insulivitrina sp. P Ocasional Bajo piedras en pinar y monteverde Pomatia palmensis* P Ocasional Bajo piedras de costa a medianías CL.-CRUSTÁCEA Ord. ISOPODA Agabiformius lentus G,P,C,F Ocasional Xerofítico Armadillidium vulgare H,G,P,T,C,F Frecuente Bajo piedras y troncos en medianías Porcellionides s. sexfasciatus TODAS Frecuente Cincunlitoral Dolichoiulus spp P Frecuente Bajo piedras y troncos Ommatoiulus moreleti TODAS Frecuente Bajo piedras P,G,T,C Ocasional Bajo piedras y troncos Geophilus carpophagus TODAS Frecuente Bajo piedras y troncos Lithobius forficatus H,G,P,T,C Ocasional Bajo piedras y troncos TODAS Ocasional Bajo piedras y troncos CL. DIPLOPODA Ord. JULIDA CL.-CHILOPODA Ord. SCOLOPENDROMORPHA Scolopendra valida Ord. LITHOBIOMORPHA Ord. SCUTIGEROMORPHA Scutigera coleoptrata Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 169 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CL.-ARACHNIDA Ord. ARANEAE Cyrthophora citricola P,T,C Frecuente En tuneras Loxosceles rufescens P,T Rara En grietas y oquedades Metargiope trifasciata TODAS Frecuente Entre las hierbas y gramíneas Misumena spinifera G,P,T,C Rara Florícola Spermophorides mamma* P,T Frecuente En grietas y oquedades Thomisus hilarulus P,T,C Ocasional Florícola Uloborus walckenaerius P,T,C Rara Entre las gramíneas H,G,P,T,C,F Frecuente Bajo piedras y troncos P,T Rara Hipogea Anax imperator TODAS Frecuente Volando de costa a cumbre Crocothemis erythraea G,P,T,C,F Frecuente Volando de costa a cumbre Orthetrum chrysostigma H,G,P,T,C,F Ocasional Volando de costa a pinar Sympetrum fonscolombei G,P,T,C,F,L Frecuente Volando de costa a pinar Acheta canariensis* P,T Ocasional De costa a medianías Acrotylus longipes H,G,P,T,C Frecuente De medianías a pinar Arminda brunneri* G,P,T,C Ocasional En medianías Calliphona palmensis* P Calliptamus plebeius* H,G,P,T,C,L Ord. OPILIONIDA Bunochelis spinifera Ord. PSEUDOESCORPIONIDA Chthonius machadoi canariensis* CL.-INSECTA Ord. ODONATA Ord. ORTHOPTERA I.E. Rara En pinos Frecuente De medianías a pinar Decticus albifrons H,G,P,T,C Frecuente Entre las hierbas Gryllomorpha longicauda H,P,T Ocasional En el suelo Oedipoda canariensis* H,G,P,T,C Ocasional En el suelo Phaneroptera nana sparsa H,G,P,T,C Frecuente Sobre arbustos Anisolabis maritima TODAS Ocasional Bajo piedras en la costa Guanchia palmensis* P Frecuente Bajo corteza de árboles Loboptera n. fotunata* P Frecuente Cavernícola Periplaneta americana TODAS Frecuente Sinantrópica Phyllodromica n. sp. P Rara Bajo corteza de árboles Ord. DERMAPTERA Ord. BLATTARIA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 170 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Ord. MANTODEA Ameles gracilis* P,T,C Ameles limbata* P,T,C Mantis religiosa H,P,T,C Pseudoyersinia canariensis* P Rara En pinos S.A.H. Rara En vegetación de barrancos Rara En arbustos I.E. Ocasional En pinos Ord. HEMIPTERA Acrosternum rubescens P,T,C Frecuente En tabaibas Aphanus rolandri H,G,P,T,C Ocasional Bajo piedras Bethylimorphus leucophaes* G,P,T Rara En poleo y cerrajas Canariocoris* pinicola* P Rara En pinar Compsidolon freyi* G,P,T,C Rara Bajo piedras Corizus nigridorsum H,G,P,T,C Ocasional En codesos y poleos Elatophilus pilosicornis* P,T,C Rara Bajo cortezas Eurydema lundbladi* P,T, Frecuente Sobre hierba pajonera y codesos Heterogaster canariensis* H,G,P,T,C Frecuente En flores de poleo Liorhyssus hyalinus H,G,P,T,C,F Ocasional Florícola Lyctocoris uyttenboogaarti* P,T,C,F,L Ocasional Bajo corteza Noualhieria pieltaini* H,G,P,T Rara Bajo cortezas y piedras Nysius latus* P,G,T,C,F Ocasional Florícola Orius limbatus* H,G,P,T,C,F Ocasional En flores de poleo y codeso Orsillus pinicanariensis* P,T Rara En pinos Pasira lewisi* P,T,C Rara Bajo corteza Piezodorus punctipes* H,P,T,C Ocasional En codesos y poleos Raglius alboacuminatus H,G,P,T,C Frecuente Bajo piedras y detritos Reduvius personatus H,P,T,C Ocasional Bajo corteza de pinos Sciocoris sideritidis* H,G,P,T,C Frecuente Bajo cortezas y hojarascas Anisochrysa carnea H,G,P,T,C Frecuente En codesos Distoleon canariensis* H,G,P,T,C Ocasional Larvas en el suelo Myrmeleon alternans* G,P,T,C Frecuente Larvas en el suelo Aglycyderes setifer* TODAS Ocasional Bajo cortezas de tabaibas Airaphilus nubigena* P,F Frecuente En codesos Anthaxia senilis palmensis* P Ocasional En codesos Acmaeodera cisti cisti* G,P,T,C Frecuente Codesos, vinagreras, tajinastes, etc. Alloxantha ochracea* H,G,P,T Ocasional Raíces putrefactas Anthicus guttifer* TODAS Frecuente Bajo detritos Aphanarthrum aeonii* H,G,P,T,C Frecuente En bejeques Aphanarthrum canariense neglectum* P Frecuente En tabaibas Aphanarthrum pygmaeum* H,G,P,T,C Frecuente En tabaibas Aphanarthrum subglabrum* P Frecuente En tabaibas Aphthona crassipes* G,H,P,T Frecuente En bejeques Ord. NEUROPTERA Ord. COLEOPTERA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 171 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Aphthona occidentalis* H,G,P,T Apteranopsis hephaestos* Attalus aenescens* Attalus ornatissimus* Atomaria laticollis* Documento para Aprobación Inicial Ocasional Tabaibas P Rara Cavernícola G,P,T,C Frecuente Margaritas, tajinastes G,P Frecuente Margaritas, tajinastes P,T Ocasional Bajo corteza de pino Auletobius convexifrons* G,P,T,C Ocasional En fayas Aulonium sulcicolle* H,P,T,C Rara En pinos Boromorphus parvus* H,P,T,C,F,L Rara Bajo piedras Calomicrus wollastoni* G,P,T Rara En vinagreras Canariclerus* paivae* TODAS Frecuente En tabaibas Caulonomus* rhizophagoides* TODAS Ocasional En tabaibas Cephaloncus palmensis* P Frecuente En poleo Chilocorus renipustulatus canariensis* TODAS Frecuente En tabaibas Chrysolina gemina* G,P,T Frecuente En poleo Chrysolina gypsophilae grossepunctata* TODAS Ocasional Bajo piedras Coccinella miranda* H,G,P,T,C, Frecuente En codesos Clambus complicans* G,P,T,C Creophilus maxillosus canariensis* H,G,P,T,C,F Crypticus navicularis punctatissimus* P Rara Bajo piedras Crypturgus concolor* H,P,T,C Rara En pinos Cryptocephalus palmensis* P Frecuente En codesos Criocephalus pinetorum* H,P,T,C Rara En pinos Criocephalus syriacus H,P,T,C, Ocasional En pinos Cybocephalus canariensis* G,P,T,C Ocasional Sobre plantas Dasytes subaenescens* H,G,P,T,C Ocasional En flores de codesos y poleo Deroplia albida* G,P,T,C,F,L Frecuente En tabaibas Deroplia annulicornis* H,G,P,T,C Frecuente En tabaibas, vinagreras, tajinastes Domene benahoarensis* P Rara Cavernícola Dromius angustus dissimilis* P Rara Bajo cortezas de pino y codeso Europs impressicollis palmensis* P Ocasional En tabaibas Echinodera hystrix* P Frecuente Bajo corteza de laureles Brachyderes r. rugatus* P Frecuente En pinos Bruchidius antennatus* H,G,P,T,C Frecuente En codesos Bruchidius wollastoni* P,T Buprestis bertheloti* H,G,P,T,C Ernobius mollis espanoli* Fortunatius* mencey mencey* V. Rara Florícola Frecuente En materia orgánica Frecuente En codesos Ocasional En pinos H,P,T,C Frecuente En pinos P Ocasional En gamona y tabaibas Gastrallus lyctoides* H,G,P,T,C Frecuente En retamas Hegeter glaber* P Frecuente Bajo piedras Hegeter tristis H,G,P,T,F,L Ocasional Bajo piedras Herpisticus* eremita* H,G,P,T,F Frecuente Bajo piedras Heterothops canariensis* TODAS Hesperorrhynchus dentipes* P I.E. S.A.H. Ocasional Bajo piedras Muy raro Sobre Aichryson Holoxantha concolor* P,T Ocasional En raíces putrefactas Hylastes lowei* P,T Ocasional En pinos Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 172 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Laparocerus sculptus* Documento para Aprobación Inicial P Rara Bajo piedras Laparocerus tibialis* P Rara Bajo piedras Lasioderma breve* P Rara En salado Leipaspis caulicola* P,C,F,L Ocasional En verodes, tabaibas y vinagreras Leipaspis pinicola* H,P,T,C, Ocasional En pinos y codesos Lepidapion curvipilosum* P,T Rara En retamas Lichenophagus sculptipennis* P Rara Bajo piedras Liparthrum artemisiae H,P,T Frecuente En incienso Liparthrum canum* H,G,P,T,C,L Frecuente En tajinastes Longitarsus kleiiniperda TODAS Frecuente En verodes Longitarsus persimilis* H,P,T,C Frecuente En herbáceas Malthinus mutabilis* H,G,P,T,C Frecuente En herbáceas Melyrosoma flavescens* P Frecuente En poleo Mordellistena teneriffensis* G,P,T,C Frecuente Florícola Mycetoporus adumbratus* P,T,C,F Ocasional En raíces putrefactas Ocydromus fortunatus* TODAS Frecuente En zonas con agua Ocypus affinis* G,P,T Frecuente Bajo piedras Olisthopus palmensis* P Ocasional Bajo piedras Oxypoda palmensis* P Rara Bajo piedras Paratorneuma lindrothi* P Rara Subsuelo Phyllotreta procera H,P,T Frecuente Sobre hierba pajonera y poleo Pimelia laevigata laevigata* P Frecuente Bajo piedras Pselactus capitulatus* P Ocasional En tabaibas putrefactas Pseudocypus subaenescens* H,G,P,T,C Frecuente Bajo piedras Rhopalomesites complanatus* P Frecuente Bajo corteza de laureles Rhopalomesites euphorbiae P Muy rara Bajo corteza de adelfa de monte Quedius megalops* H,G,P,T,C Ocasional Bajo piedras Scymnus canariensis* TODAS Frecuente En cualquier planta Scobicia barbifrons* TODAS Frecuente En vinagreras y tajinastes Sitoma latipennis palmensis* P Frecuente Florícola Stenichnus palmensis* P Rara En mantillo Stenus palmaensis* P Frecuente Bajo piedras Syntomus inaequalis* H,G,P,T,C Ocasional Bajo piedras Tarphius supranubius* P Rara Bajo piedras y cortezas de codeso Temnochila coerulea pini* H,G,P,T,C, Frecuente En pinos Rara En hormigueros Rara Cavernícola P.E. I.E. Thorictus canariensis* TODAS Trechus benahoaritus* P Trechus flavocircumdatus* P Frecuente Bajo piedras Tropinota squalida canariensis* TODAS Ocasional En flores de tajinastes I.E. Ord. DIPTERA Calliphora vicina TODAS Frecuente De costa a pinar Chrysotoxum triarcuatum* G,P,T,C Ocasional Florícola Eristalodes taeniops canariensis* H,G,P,T,C Frecuente En detritos de costa a medianías Exhyalanthrax canarionae* H,P,T,C,F,L Ocasional Florícola Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 173 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Hylemyia latevittata* Documento para Aprobación Inicial G,P,T,C Frecuente En pinar Geron hibridus* P,G,T Frecuente De medianías a pinar Gonia cilipeda* P,T Ocasional De medianías a pinar Irwiniella frontata* H,G,P,T,C Ocasional En detritos en medianías Mochlosoma simonyi* P,T Ocasional Florícola de medianías a pinar Myatropa florea P,T,C Frecuente Florícola de costa a pinar Physocephala canariensis* P,T Frecuente En medianías Promachus palmensis* P Frecuente Cazadora de costa a pinar Pseudogonia fasciata G,P,T,C Frecuente Parásita de insectos Scaeva albomaculatus H,G,P,T,C Frecuente Florícola de costa a pinar Sphaerophoria scripta TODAS Frecuente Florícola de costa apinar Tachina canariensis* H,G,P,T,C Frecuente Parásita de orugas Thereva oculta* H,P,T Ocasional En detritos de pinar Tryridanthrax indigenus* P,T,C Ocasional Florícola Villa nigriceps* P,T,C Ocasional Florícola de costa a pinar Argynnis pandora H,G,P,T Rara En zonas de laurisilva Acherontia atropos TODAS Frecuente En anuel Mniotype usurpatrix TODAS Ocasional En vinagreras Colias crocea TODAS Ocasional En leguminosas Cyclyrius webbianus* H,G,P,T,C Frecuente En codesos Ord. LEPIDOPTERA Vanessa cardui TODAS Danaus chrysippus G,P,T,C,F Danaus plexippus H,G,P,T,C,F Gonepteryx cleobule palmae* P Hyles euphorbiae H,G,P,T,C Hypparchia wyssii* P,T,C S.A.H. S.A.H. V. Frecuente En cardo y ortigas Ocasional En cardoncillo Ocasional Sobre Asclepiaceas Ocasional En zonas montanas Frecuente En tabaibas Ocasional En gramíneas Lampides boeticus* TODAS Ocasional En corazoncillos Calliteara fortunata* H,G,P,T,C Frecuente En pinos Maniola jurtina fortunata* H,G,P,T,C Ocasional En gramíneas Pararge xiphioides* G,P,T,C Frecuente En herbáceas Pieris cheiranthi benchoavensis* P Rara En capuchinas Polyommatus icarus H,P,T,C Rara En pinar Scopula guancharia ilustris* P Rara En vinagrera Spodoptera littoralis G,P,T,C,F,L Ocasional Polífaga Uresiphita polygonalis* G,P,T,C Frecuente Sobre retama Vanessa vulcania H,G,P,T,C,F Frecuente En ortigas Amegilla canifrons* G,P,T,C Frecuente En hinojos y tajinastes Amegilla quadrifasciata TODAS Frecuente En tajinastes Ancistrocerus fortunatus* P,T Frecuente En hinojo y retama Andrena chalcogastra palmensis* P Rara En margaritas Andrena savignyi TODAS Frecuente En margaritas y tajinastes Ord. HYMENOPTERA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 174 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Andrena wollastoni acuta* P,T Anthophora alluaudi* G,P,T,C Bombus terrestris canariensis* H,G,P,T,C Camponotus atlantis hesperius* H,G,P,T,F Ocasional Bajo piedras Chalicodoma canescens* H,G,P,T,C Rara En tabaibas y tajinastes Chrysis magnidens* H,P,T,C Ocasional En troncos de pino Colletes dimidiatus* P,T Rara En hinojo y tajinastes Eucera gracilipes* H,G,P,T,C Frecuente En tajinastes Hylaeus ater* H,P,G,T Ocasional En tajinastes Lasius niger TODAS Frecuente De costa a pinar Lasioglossum viride palmae* P Frecuente Florícola Leptochilus eatoni* P Rara En tajinastes Micromeriella hyalina H,G,P,T,C Ocasional En tabaibas y margaritas Melecta curvispina* G,P,T,C Ocasional En tajinastes Tachyagetes aemulans tenerifensis* H,G,P,T Ocasional En corazoncillos I.E. Rara En tajinastes Frecuente En tajinastes Ocasional En tajinastes y codesos SIMBOLOGÍA: * = endémica; H = Hierro; G = Gomera; P = La Palma; T = Tenerife; C = Gran Canaria, F = Fuerteventura; L = Lanzarote; P.E.1= Peligro de Extinción; I. E.1= Interés Especial.; S.A.H.1= Sensibles a la Alteración del Hábitat; V1.= Vulnerable. 1= (Datos obtenidos del Catálogo Preliminar de Fauna Invertebrada Amenazada de Canarias). Vertebrados Taxones Distribución insular Grado de protección y convenio Situación Observaciones CL. AMPHIBIA Hyla meridionalis TODAS Frecuente En zonas con agua Rana perezi TODAS Ocasional En zonas con agua CL.- REPTILIA Ord. SQUAMATA P a,c,e Frecuente De costa a cumbre P a,c,e Frecuente De costa a cumbre Apus unicolor TODAS a,c Frecuente De costa a cumbre Fringilla coelebs palmae* P a,c Frecuente En pinar Gallotia galloti palmae* Ord. GEKKONIDAE Tarentola delalandii delalandi* CL.- AVES Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 175 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena a,c,d Documento para Aprobación Inicial Erithacus rubecula microrrhyncus* H,P,G Muy rara En pinar Parus caeruleus palmensis* P Streptopelia turtur turtur TODAS a,c Rara En pinar b,c,d Ocasional De costa a pinar Columba livia canariensis* TODAS a,c Frecuente De costa a pinar Columba junoniae* H,G,P,T a,b,c Rara En zonas de laurisilva Numenius phaeopus TODAS b,c,d Rara En zonas costeras Columba bollii* H,G,P,T a,b,c Rara En pinar Scolopax rusticola rusticola G,P,T b,c,d Rara En pinar Regulus regulus teneriffae* H,G,P,T a,b Muy rara En pinar Serinus canarius canarius* H,G,P,T,C B Frecuente De medianías a pinar Acanthis cannabina meadewaldoi* H,G,P,T,C B Rara De medianías a pinar Accipiter nissus granti* H,G,P,T,C a,c,d Muy rara En pinar Asio otus canariensis* H,G,P,T,C a,c Ocasional De costa a pinar Falco tinnunculus canariensis* H,G,P,T,C a,c,d Frecuente De costa a pinar Buteo buteo insularum* TODAS a,c,d Ocasional De costa a pinar Motacilla cinerea canariensis* G,P,T,C a,b,c Ocasional En las fuentes Pyrrhocorax pyrrhocorax barbarus P a,b,c, Frecuente De costa a pinar Phylloscopus collybita canariensis* H,G,P,T,C a,c,d Frecuente De costa a medianías Puffinus puffinus TODAS a,c,d Frecuente De costa a zonas montanas Turdus merula cabrerae* H,G,P,T,C b,c,d Frecuente De costa a medianías Anthus berthetotii bertehlotii* TODAS a,c Rara De costa a pinar Sylvia conspicillata orbitalis TODAS a,c,d Frecuente De costa a medianías Charadrius a. alexandrinus TODAS a,c,d Ocasional Zona costera Pandion haliaetus haliaetus H,G,T,C,F,L a,b,c,d Rarísima Zona costera Calonectris diomedea borealis TODAS a,c,d Frecuente Marina Larus cacchinans TODAS b Frecuente Zona costera Sterna h. hirundo H,G,P,T a,c,d Ocasional Zona costera CL.- MAMIFERA Mus musculus TODAS Frecuente De costa a pinar Rattus rattus TODAS Frecuente De costa a pinar Felis catus TODAS Frecuente De costa a pinar Canis familiaris TODAS Frecuente De costa a pinar Oryctolagus cuniculus TODAS Frecuente De costa a pinar Capra hircus TODAS Frecuente De costa a pinar Nyctalus leisleri P,T a,c,d,e Rara De costa a pinar Pipistrellus maderensis H,G,P,T a,c,d,e Frecuente De medianías a pinar Plecotus teneriffae* H,P,T a,c,d,e Ocasional De costa a pinar Tadarida teniotis H,G,P,T,C a,c,e Rara De costa a pinar SIMBOLOGÍA: * = endémica; H = Hierro; G = Gomera; P = La Palma; T = Tenerife; C = Gran Canaria, F = Fuerteventura; L = Lanzarote; a) R.D. 439/1990: Real Decreto 439/1990; b) D. Aves: Directiva de Conservación de las aves; c) C. Berna: Convenio de Berna; d) C. Bonn: Convenio de Bonn; e) D. Hábitat: Convenio sobre Diversidad de Hábitats. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 176 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CONCLUSIONES Y VALORACIÓN 1. Los reptiles constituyen un grupo poco diverso pero con poblaciones abundantes sobre todo en la zona costera, destacando los lagartos sobre las salamanquesas, y aparentemente no se encuentran amenazadas sus poblaciones. 2. Dentro del grupo de las aves, y fuera de las áreas protegidas, hemos de señalar que personalmente he realizado continuos avistamientos en toda la zona costera de Numenius phaeopus y Sterna h. hirundo dada su rareza y singularidad creemos conveniente comunicarlo en esta Memoria para que se realice una observación más detallada. Las 27 aves restantes presentan poblaciones estables y ampliamente distribuidas por todo el Municipio (siempre dentro de sus hábitats). 3. Los mamíferos están representados principalmente por 10 especies, la mayoría introducidas (6 spp.) por el hombre y que en muchos casos forman poblaciones asilvestradas. Respecto a especies autóctonas sólo pueden considerarse como tales a los murciélagos, que encontramos representados por las 4 especies indicadas en la tabla. 4. En total, se han catalogado 221 especies de invertebrados, de las cuales 161 (73 %) son endemismos canarios y dentro de estos, 50 (31 %) son endemismos insulares. Según el Borrador del “Catálogo Preliminar de Fauna Invertebrada Amenazada de Canarias”, 13 de las 221 especies están propuestas para ser amparadas por algún grado de protección. En el Término Municipal de San Andrés y Sauces, el número de endemismos locales es escaso. Se conocen 4 especies singulares, e importantes desde el punto de vista de la conservación, por su condición de endemismos locales, estando todos ellos localizados dentro del Parque Natural de Las Nieves: Hesperorrhynchus dentipes* (Coleoptera, Curculionide), especie ligada a los Aichryson, hasta ahora sólo se le ha encontrado en las zonas de monteverde de este municipio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 177 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Rhopalomesites euphorbiae (Coleoptera, Curculionidae), endemismo macaronésico pero debido a su rareza esta considerada en Peligro de extinción, vive ligada a la también rarísima "adelfa de monte". Tarphius supranubius* (Coleoptera, Colydiidae), especie descrita para las cumbres de este municipio, a falta de más datos podemos considerarlo como un endemismo local. Stenichnus palmensis* (Coleoptera, Scydmaenidae), especie descrita para las zonas boscosas de este municipio, a falta de más datos podemos considerarlo como un endemismo local. El 38,5 % de la fauna invertebrada está vinculada a las siguientes especies vegetales: a.- El tajinaste o arrebol (Echium brevirame), con 18 especies de invertebrados encontrados, durante este estudio, en esta planta. b.- La tabaiba (Euphorbia balsamifera) y la higuerilla (E. obtusifolia), con 18 especies de invertebrados capturados sobre ellas. c.- El pino canario (Pinus canariensis), con 21 especies de invertebrados relacionados con esta planta. d.- El codeso (Adenocarpus viscosus), con 18 especies de insectos que viven en esta planta. e.- El poleo (Bystropogon canariensis), con 10 especies de insectos observados en esta planta. Todas, excepto la tabaiba, están ampliamente distribuidas en la zona a estudio y por la isla en general. 4. Para la fauna, las amenazas más serias son las producidas por la especulación urbanística que traerían consigo la deforestación, el movimiento de tierras y la contaminación del subsuelo. La antropización del medio acarrea además la presencia de especies más competitivas, que desplazarían y atacarían a las autóctonas. Por tanto, es necesario establecer medidas correctoras destinadas a paliar los efectos de los agentes causantes. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 178 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 5. Los puntos relevantes de máxima sensibilidad están relacionados con la existencia de los tubos volcánicos conocidos como Cueva de los Murciélagos I, Cueva de los Murciélagos II y Cueva de Los Milagros. 1.8.8. DETERMINACION DE LA CALIDAD VISUAL DEL PAISAJE. UNIDADES DE PAISAJE. GENERALIDADES En este capítulo nos ocupamos fundamentalmente del estudio del paisaje visual, atendiendo fundamentalmente a criterios estéticos, basados en las componentes “espacial” y “visual”. Le dedicamos especial atención por entender que el paisaje es uno de los valores que irremediablemente se verían alterados caso de llevarse a cabo actuaciones que impliquen cambios sustanciales respecto a los usos actuales del territorio. A pesar de la carga subjetiva inherente a la percepción o interpretación de un paisaje, existen métodos, basados en el análisis de los «elementos» [forma, línea, color, textura, escala y espacio -s. Smardon, 1979-] y «componentes» [factores físicos y bióticos], que permiten interpretar el paisaje, caracterizando unidades diferenciales en función de su homogeneidad visual y capacidad para la absorción de posibles impactos. La armonía de un paisaje viene definida por un cierto equilibrio entre los factores físicos y bióticos. Entre los primeros destaca el relieve y forma del terreno; entre los segundos es determinante la cubierta vegetal. Desde una óptica general, el municipio de San Andrés y Sauces presenta una fisionomía muy característica y bastante afín a la que nos ofrecen los tres municipios del sector Noreste insular, conjuntamente con Puntallana y Barlovento, definida por una intensa ocupación de la zona baja para el cultivo del plátano; unas medianías con asentamientos rurales difusos mezclados con cultivos de secano en un proceso de estancamiento o clara regresión; y una abundante corona forestal que, aunque secularmente explotada, se Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 179 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial mantiene en un estado de conservación más que aceptable, debido a la potencialidad del territorio, al cambio cultural de las dos últimas décadas y a las medidas de protección legal que le afectan. A pesar del notable tapiz vegetal que cubre al municipio, que disimula la microtopografía, dándole un aspecto relativamente homogéneo, la geomorfología accidentada del mismo cobra un notable protagonismo a través de los grandes barrancos que lo surcan de cumbre a mar. Esta circunstancia condiciona la amplitud de las cuencas visuales y nos lleva a distinguir, al menos en la parte baja del municipio donde los barrancos adquieren mayor desarrollo, dos unidades paisajísticas bien diferenciadas, el cauce y las lomas entre los barrancos. Ubicados en determinados sitios la planicie de las lomas se funden unas con otras dando una falsa apariencia de continuidad, que en nada se corresponde con la realidad, siempre condicionada por la profundidad de los grandes barrancos. En este sentido debe tenerse en cuenta que cualquier actuación que se lleve a cabo en las lomas siempre tendrá un mayor impacto paisajístico que cuando se realiza en la cuenca de los barrancos, donde su percepción siempre será más local, aunque también más focalizada. En el caso del municipio de San Andrés y Sauces concurren una serie de circunstancias naturales y culturales, que en el momento actual permiten pensar en una cierta estabilidad paisajística al menos a corto o medio plazo para la parte alta y medianías de su territorio. El control de las explotaciones forestales en la parte alta y el equilibrio entre desarrollo rural y abandono de los cultivos de medianías altas, con la consiguiente regeneración de la vegetación, así parecen indicarlo. No ocurre lo mismo en la zona baja del municipio, donde a pesar de la elevada ocupación territorial que ha sufrido el mismo que, pudiera llevar a pensar en una estabilización de la situación paisajística, los factores de amenaza derivan del cambio de uso o modo de explotación tradicional de un territorio ya fuertemente antropizado. En este sentido los principales factores de amenaza que intuimos para el paisaje son: - Abandono de los cultivos marginales de plataneras, sobre todo los que ocupan las empinadas laderas de los barrancos y que constituyen unos de los elementos más singulares del municipio saucero. Este fenómeno ya se observa en algunas localidades del barranco de Los Tilos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 180 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Posible sustitución del cultivo al aire libre por invernaderos de plástico o malla. Aunque tímidamente el proceso ya ha comenzado y resulta difícil de detener si no se arbitran medidas compensatorias que corrijan el déficit de producción al aire libre. Tal vez sea ésta la peor amenaza que pesa para el paisaje en un futuro inmediato. - Rectificación y ensanche del trazado de la carretera comarcal C-830, que debido a la violenta orografía por la que discurre necesita de obras de infraestructura de gran envergadura, que inevitablemente van a generar un importante impacto paisajístico. Los desmontes en unos casos y los puentes en otros van con toda seguridad a cambiar la fisionomía tradicional. Cuidar el trazado y arbitrar medidas correctoras serias y eficaces para esta obra es absolutamente necesario si queremos preservar una de las rutas con mayor encanto paisajístico de la Isla. - Incremento paulatino de los núcleos urbanos de San Andrés y Sauces y caseríos de los Asentamientos Rurales más consolidados, lo que se traduce en una “progresiva urbanización” del territorio. Este es un fenómeno bastante restringido y que en principio no parece desbordar las previsiones lógicas de un crecimiento razonable e inevitable en los tiempos que vivimos. Es verdad que desde el punto de vista paisajístico algunas edificaciones situadas al margen de barrancos en sitios muy visibles son francamente mejorables. En algunos casos son fruto de las limitaciones económicas o culturales del autoconstructor-propietario, pero en otras -y esto es más penoso- obedecen a falta de sensibilidad o afán especulativo de quienes las diseñan o dirigen su construcción. DESCRIPCIÓN DE PANORÁMICAS Las panorámicas que se incluyen a continuación cubren buena parte del municipio, particularmente de la zonas donde previsiblemente va a tener una mayor incidencia directa o indirectamente en la elaboración del P.G.M.O. y donde esas actuaciones tendrían un mayor impacto paisajístico al quedar situadas dentro de la zona baja del municipio, que tal como hemos señalado presenta una mayor fragilidad visual. Las panorámicas nos ofrecen una visión del estado actual y grado de ocupación del territorio. Todas van precedidas de una pequeña descripción donde se resaltan los aspectos que, subjetivamente, nos parecieron más interesantes, pero que por su detalle Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 181 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial posibilita a diferentes observadores sacar sus propias conclusiones. El valor didáctico de las mismas se incrementa con la ubicación geográfica del observador potencial y la cuenca visual aproximada que domina el mismo. 1.8.9. CARACTERÍSTICAS DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO. CONJUNTOS Y EDIFICIOS DE VALOR HISTÓRICO. CONJUNTOS Los dos conjuntos de mayor valor histórico y arquitectónico del Municipio de San Andrés y Sauces, son los de la Plaza de Montserrat y Parque Antonio Herrera, en el centro institucional y ciudadano de Los Sauces, y el núcleo fundacional de San Andrés, en su totalidad. El primero se recoge en el presente PGO como suelo urbano de interés cultural, cuya ordenación se remite a un Plan Especial de Protección y Ordenación, independientemente de la catalogación operada por este Plan. Comprende los edificios que envuelven el conjunto de las dos plazas, incorporando las edificaciones de la Iglesia Nuestra Señora de Montserrat, las Casas Consistoriales y la Casa del Quinto. El segundo, actualmente en trámite de declaración “BIC”, independientemente de la numerosa inclusión de edificaciones en el catálogo arquitectónico anejado al presente Plan General, incluye la categorización del Conjunto estructurado en torno a la plaza e iglesia de San Andrés Apóstol como suelo urbano de interés cultural, cuya ordenación se remite a un Plan Especial de Protección y Ordenación. Por último se recoge una amplia área del núcleo histórico de Los Sauces, que comprende el tejido urbano histórico con una alta degradación urbanística y ambiental, como suelo urbano de rehabilitación, cuya ordenación se remite a un Plan Especial de Rehabilitación Integral. Se corresponde con la parte alta del núcleo de Los Sauces estructurada en torno al antiguo camino del monte, hoy Calles de “La Calle” y “Los Molinos”, y las zonas del Barranquito y las Toscas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 182 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena FICHA Nº ELEMENTO CATALOGADO Documento para Aprobación Inicial TIPO EDIFICATORIO NUCLEO DE LOS SAUCES 1. 1.1 1.1.1. 1.2. 1.2.1. 1.2.2. 1.2.3. 1.2.4. 1.3. 1.3.1. 1.3.2. 1.3.3. 1.4. 1.4.1. 1.5. 1.5.1. 1.6. 1.6.1. 1.6.2. 1.6.3. 1.7. 1.7.1. 1.7.2. 1.7.3. 1.7.4. 1.7.5. 1.7.6. 1.7.7. 1.7.8. 1.7.9. 1.7.10. 1.7.11 1.7.12 1.7.13. 1.7.14. 1.8. 1.8.1. 1.9. 1.9.1. 1.9.2 1.9.3 1.9.4 1.9.5. 1.9.6. 1.9.7. 1.9.8. 1.9.9. 1.9.10. 1.9.11. 1.9.12. 1.9.13. 1.9.14. 1.9.15. 1.9.16. 1.9.17. 1.9.18. 1.9.19. 1.10. 1.10.1. CALLE ADEYAHAMEN Casa de Don Antonio Martín CALLE RAMÓN Y CAJAL Casa “La Serrana” Casa “El Quinto” Casa “Abuelitos” Casa de Dña Zaida Marante CALLE ALONSO PÉREZ DÍAZ Casa “El Caribe” Casa “María de la Fonda” Casa de la “Familia Sentis-Paz CALLE JOSÉ PÉREZ VIDAL Casa de Don Julián Marante CALLE PRINCIPE FELIPE Casa de Dña. Manuela Martín CALLE EL TOPO Casa de Don Ceciliano Martín Casa de D. Gerardo “El Médico” Casa de Dña. Antonia Herrera CALLE LOMITOS DE ARRIBA Conjunto Lomitos de Arriba 1 Casa de Dña. Teresa Rodríguez Casa de Don Antonio Rodríguez Casa de Don Marcos Hernández Casa de Dña. Lourdes Govantes Casa de Don Pedro José y otro Casa de Don Bernardo Pérez Casa de Don Alejandro Batista Casa de Don Adolfo Rodríguez Casa de Don Carlos A. Peña Casa de Dña. Felisa Expósito Casa de Don Antonio Pérez Casa de Don José Luis Abreu Conjunto Lomitos de Arriba 2 CALLE NAVARRA Casa de Acerída y otro CALLE “LA CALLE” Casa de D. José Manuel Rodríguez Casa de “Las Tenientas” Casa de Dña. María Luisa Hernández Casa de Don Zoilo Casa de Dña. Ana Celsa Expósito Casa de Don José M. Vargas Casa de Dña. Teresa Medina Casa de Don José Medina y otro Casa Ayuntamiento Casa de Anselmito Casa de Don Ángel Guerra Casa de Dña. Isabel Perdigón Casa de Don Norberto Rodríguez Casa de Don Federico López Casa de Don Santiago y otro Casa de Don Manuel Hernández y otro Portada Casa de Dña. Amelia Pérez Casa de Dña. Nieves M. Rodríguez Casa de Dña. Inocencia A. Morales CALLE TRASERA Casa de Dña. Denia Brito Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura civil Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica 183 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 1.10.2. 1.10.3. 1.10.4. 1.10.5 1.11. 1.11.1. 1.11.2. 1.11.3. 1.11.4. 1.11.5. 1.11.6. 1.11.7. 1.11.8 1.11.9. 1.12. 1.12.1 1.12.2. 1.12.3 1.12.4. 1.12.5. 1.12.6. 1.12.7. 1.13. 1.13.1. 1.13.2. 1.14. 1.14.1. 1.14.2. 1.14.3. 1.14.4. 1.14.5. 1.14.6. 1.14.7 1.14.8. 1.14.9. 1.15. 1.15.1. 1.15.2. 1.15.3. 1.15.4. 1.15.5. 1.15.6. 1.16. 1.16.1. 1.16.2. 1.16.3. 1.16.4. 1.16.5. 1.16.6. 1.16.7. 1.16.8. 1.17. 1.17.1. 1.17.2. 1.17.3. 1.17.4. 1.17.5. 1.18. 1.18.1. 1.19. 1.19.1. 1.19.2. 1.20. 1.20.1. 1.20.2. 1.21. 1.21.1. 1.22. 1.22.1. 1.22.2. 1.22.3. 1.22.4. 1.23. 1.23.1. Casa de Dña. María Batista y otros Casa de D. Aniceto Pérez Casa de Dña. Carmen Hernández Casa de Dña. Carmen Hernández CALLE BEDIESTA Casa de Don Luis Bruno Hernández Casa de Don Francisco Pérez Casa de Don Amado Herrera Casa de Don Pedro Rocha y otro Casa de Don Dalmacio Castro Casa de Dña. Cira Rodríguez Casa de Don Eugenio Rodríguez Casa de Don Francisco Rodríguez Casa de don Evelio Hernández CALLE LOS MOLINOS Casa de Dña. Carmen Expósito y otro “Molino El Regente Casa de Don Eulogio Jaime Casa de Don Antonio Lorenzo Casa de Don Antón y otro Casa de Don Manuel Hernández Casa de Dña. Carmen Rosa pérez CALLE PAJARES Casa de Dña. Rosa Rodríguez Casa de D. Arcides Hernández CALLE CIRO GONZÁLEZ Conjunto “El Polvorín” Casa de Don Corado Martín Casa de Dña. Antonia Martín Casa de Sarita y otros Casa de Dña. Milagros Arranz Concepción Casa de Dña. Pilar G. Martín Casa de Crisi Casa de Don Gregorio Martín Casa de Dña. Esther Navarro CALLE LAS TOSCAS Casa de Dña. Carmen Martín Casa de Don António Rodríguez Casa de la familia “Martín Toledo” Casa de D. Manuel Martín Casa de D. Manuel Fernández Casa de D. Santiago “ El Médico” CALLE ABRAHAM MARTIN Casa de Dña. Argensola Martín Casa de Don Gregorio Medina Casa de “ Telégrafos” Casa de Dña. Nieves Feliciano Casa de Dña. Rosario Martín Casa de Dña. Rosa Rodríguez Casa de Don Manuel Lorente Conjunto Abraham Martín CALLE MONTAÑETA Casa de Don Benito Leal Casa de Don Manuel Rodríguez Casa de Dña. Ana I. Rodríguez Villa Perestelo Casa de Dña. Julia Pérez CALLE EL POISO Casa de Dña. Nieves Rodríguez y otro CAMINO EL POISO Casa de Don Ramón M. García Casa de d. Pedro López CAMINO LOMO LOPEZ ABAJO Casa de Don Valentín Rodríguez y otro Casa de Dña. Alejandra Jerónimo CALLE HOYA GRANDE Casa de Dña. María N. Rodríguez CAMINO EL MORRO Casa de Dña. Nieves y otro Casa de Dña. Asunción Hernández Casa de Dña. Sentida Pérez Casa de D. Antonio Martín CARRETERA LP-1 Puente Barrando “La Puente” Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura industrial Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura civil 184 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 1.23.2. 1.23.3. 1.23.4. 1.23.5. 1.23.6. 1.23.7. 1.23.8. 1.24. 1.24.1. 1.24.2. 1.24.3. 1.25. 1.25.1. 1.25.2. 1.26. 1.26.1. 1.26.2. 1.27. 1.27.1. 1.27.2. 1.27.3. 1.27.4. 1.27.5. 1.27.6. 1.27.7. 1.27.8. 1.27.9. 1.27.10. 1.27.11. 1.28. 1.28.1. 1.28.2. 1.29. 1.29.1. 1.29.2. 1.29.3. 1.29.4. 1.30. 1.30.1. 1.30.2. 1.30.3. 1.31. 1.31.3. 1.32. 1.32.1. 1.33. 1.33.1. 1.33.2. 1.33.3. 1.33.4. 1.33.5. 1.34. 1.34.1. 1.34.2. 1.34.3. 1.35. 1.35.1. 1.35.2. 1.36. 1.36.1. 1.36.2. 1.37. 1.37.1. 1.37.2. 1.37.3. 1.37.4. 1.38. 1.38.1. 1.38.2. 1.38.3. Carretera LP-1 tramo entre las Veradas de Las Lomadas y Los Sauces Puente de Los Tilos Iglesia de Montserrat Casa de Dña. Nieves Rodríguez Casa de Don Pedro Avilio Camino Real a Barlovento Puente de La Herradura CAMINO HOYA GRANDE Casa Herederos de Dña. Medarda Casa de Don Manuel Batista Casa de Don Tomás Rodríguez CALLE RAMIREZ Casa de Dña. Amelia Pérez Casa de D. Ricardo Montesino CALLE VERADA BAJAMAR Casa de Don Manuel Rodríguez Casa de Dña. Argelia Rodríguez y otros CALLE MANOS DE ORO Casa de Angel Guerra Casa de Dña. María Edelia López Casa de Dña. Nieves Rodríguez Casa de Dña. Victoria Martín Casa de Dña. Rosario Rodríguez Casa de Don Pedro Fernández Casa de Don José María Rodríguez Casa de Don Ulrike Surma Casa de Don Pedro Calero Casa de Don Pedro Calero y otro Casa de D. Adolf Wagner CAMINO PAVONES Casa de Dña. María Esther Concepción y otro Casa de D. Miguel Pérez CAMINO PUERTO ESPÍNDOLA Casa “Sindicato de Cosecheros” Casa “Pensión Puerto Espíndola” Casa “Mesón del Mar” Antiguo Embarcadero y refugio pesquero CAMINO EL MELONAR Casa de D. Luis F. Concepción Casa “ Trapiche” Horno de la Cal del Charco Azul CALLE LOS TILOS Casa de Dña. María Onelia Rodríguez CAMINO LOMITOS DE ABAJO Casa de Don Manuel B. Marante CALLE LA CALZADA Casa de Dña. Paulina y D. Carlos el “ Cartero “ Casa de Dña. Hermenegildo Conde Conjunto La Calzada Casa de Dña. Leonila Rodríguez Casa de Don Aniceto J. Sangil CAMINO CALZADA VIEJA Conjunto “Calzada Vieja” Casa de Dña. María Salomé Hernández Casa de Dña. Isabel Perdigón CAMINO EL VALLE Casa de Don Isidro Valencia Casa de Dña. María Rodríguez CAMINO EL CARDAL Casa de Dña. Dolores Concepción Casa de Dña. Ifara Conde CAMINO CRUZ GRANDE Casa de Don Moisés Marante Casa de Don Norberto Marante y otro Casa de Don Ángel M. Hernández Casa “ Trapiche de Jacinto” CAMINO EL CONVENTO Convento de La Piedad Casa de Dña. Hermenegildo Hernández Horno de La Cal Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial Arquitectura civil Arquitectura civil Arquitectura religiosa Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura civil Arquitectura civil Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura industrial Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura civil Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura doméstica Arquitectura religiosa Arquitectura doméstica Arquitectura industrial 185 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.10. CARACTERÍSTICAS DEL PATRIMONO ARQUEOLOGICO. YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS. CONSIDERACIONES GENERALES Los límites del actual municipio de San Andrés y Sauces, en el nordeste de La Palma, serían prácticamente los mismos que tuvo el primitivo bando prehispánico de Adeyahamen. Las fuentes etnohistóricas nos hablan sobre este cantón, siendo las referencias más fiables las proporcionadas por el clérigo J. Abreu y Galindo, cuya crónica es de finales del siblo XVI. Según este autor: "El octavo señorío y término era Adeyahamen, que quiere decir "debajo del agua", porque sobre este término nacen las aguas de los ingenios de Los Sauces, que al presente se llama, hasta el término de Tagaragre; y de esta tierra era señor Bediesta" (Historia de la Conquista de las Siete Islas de Canaria, (Santa Cruz de Tenerife), 1977, Pp. 268). En esta cita textual no existe ningún tipo de referencias sobre los límites concretos de esta demarcación territorial. En nuestra opinión, su extensión sería prácticamente la misma que el actual municipio de San Andrés y Sauces. Quizás, una de las variaciones más significativas la encontraríamos en la cumbre, donde se extendería un poco más hacia el norte, englobando parte de la crestería que hoy pertenece a Barlovento. En concreto, nos referimos a los tablados que quedan entre El Morro de Las Cebollas (Barlovento) y El Pico de La Cruz (San Andrés y Sauces). San Andrés y Sauces es uno de los municipios palmeros que aún no cuenta con Carta Arqueológica. Por tanto, únicamente contamos con datos fiables de unas pocas zonas que abarcan sectores muy concretos de su territorio, como son los bordes de La Caldera de Taburiente y un pequeño tramo del curso medio del Barranco de San Juan. Los primeros datos sobre yacimientos arqueológicos sauceros nos fueron suministrados por el Dr. Mauro Hernández Pérez en su obra Contribución a la Carta Arqueológica de la isla de La Palma (Canarias), "Anuario de Estudios Atlánticos", XVIII, (Madrid-Las Palmas), 1972, Pps. 537-641. En este trabajo se hace referencia al hallazgo, por parte de D. Ramón Rodríguez Martín, de la única ara de sacrificios conocida en La Palma y ubicada en las montañas de Los Sauces. Esta estructura prehispánica tiene forma troncocónica y sobre ella se encontraron fragmentos cerámicos y cuchillos de basalto. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 186 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El propio Dr. Mauro Hernández Pérez, y en la misma obra científica reseñada anteriormente, nos habla de la existencia de un magnífico poblado de cuevas naturales de habitación en la desembocadura del Barranco del Agua. Según este investigador, la mayoría de los yacimientos estaban inexplorados y parecían contar con relleno arqueológico en el que aparecían fragmentos de cerámica y lascas de basalto. Desgraciadamente, hoy sabemos, que muchos de estos yacimientos han sido saqueados y los restos extraídos forman parte de la colección privada de un vecino de San Andrés y Sauces. A principios de la década de los 80 se inició uno de los Proyectos de Investigación más interesantes de la prehistoria canaria. Nos estamos refiriendo a los trabajos sobre Las Cuevas de San Juan, cuyos directores son los Dres. Juan Francisco Navarro Mederos y Ernesto Martín Rodríguez. El yacimiento principal de este conjunto es La Cueva del Tendal en la que, hasta el momento, se han realizado cinco campañas de excavación (1981, 1983, 1985 (dos campañas) y 1987-88). Los resultados de estos trabajos han sido absolutamente vitales para el mejor conocimiento de la etapa prehispánica palmera. Hasta la fecha, se han realizado nada menos que tres Tesis Doctorales sobre este yacimiento, que cuenta con una potencia estratigráfica superior a los 7 metros de espesor. CONJUNTOS ARQUEOLÓGICOS INVENTARIADOS Tal y como ya apuntamos anteriormente, en el municipio de San Andrés y Sauces sólo existen dos zonas en las cuales se conoce cuál es su riqueza en vestigios prehispánicos, como son los bordes de La Caldera de Taburiente en los que, por otro lado, sería conveniente realizar nuevas prospecciones ante la quema del codesar en 1994, de tal forma que quedaron parajes libres que, con anterioridad a esa fecha, eran intransitables. Otra zona que se conoce relativamente bien se sitúa en los alrededores de La Cueva del Tendal, en el tramo medio del Barranco de San Juan. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 187 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.- Las cumbres de San Andrés y Sauces La gran mayoría de los vestigios prehispánicos se concentran sobre el mismo borde de La Caldera de Taburiente. Comenzaremos la descripción por los conjuntos arqueológicos más próximos a Puntallana para irnos extendiendo en dirección a Barlovento. El primer gran conjunto arqueológico que nos encontramos se concentra en la cima de El Cotillón, que queda comprendido entre la mole de Piedra Llana (Puntallana) y Morro Negro. Esta zona de los bordes de La Caldera se caracteriza por ser muy estrecha y desde la cual parten enormes precipicios, tanto hacia el interior como el exterior del Parque Nacional. El relieve se caracteriza por la presencia de dos picachos separados por una suave vaguada. La crestería de El Cotillón fue sometida a una intensa explotación pastoril por parte de los benahoaritas, siendo una de las razones fundamentales de este comportamiento la presencia de un puto de agua permanente, conocido como Fuente del Topo de Juan Diego. Así, en el picacho que está más próximo a Piedra Llana se estableció un paradero pastoril que servía de puesto de vigilancia a los aborígenes para el control de sus rebaños. El terreno está recorrido por pequeños afloramientos rocosos, en torno a los cuales se concentran los vestigios prehispánicos, ya que los pastores buscaban la protección que le brindaban esas coladas. Los fragmentos de cerámica pertenecían a vasijas de las fases III y IV. La industria lítica se realizó en basalto gris, basalto vítreo y obsidiana. Otro paradero pastoril se estableció en medio de las laderas exteriores que parten del picacho anterior y se estableció en medio de una pequeña plataforma llana que interrumpe la pendiente. También se utilizó como puesto de vigilancia y control de las manadas. Los fragmentos de cerámica pertenecían a vasijas de las fases II, IIIa y IIIb. En torno a la cima del otro picacho, que está más próximo al Pico de La Cruz, existió un yacimiento pastoril más importante que los dos anteriores ya que, probablemente, se trataba de un campamento estacional. Esta apreciación se ve reforzada por la presencia de un amontonamiento de piedras y un gran abrigo pastoril que, en parte, ha sido reutilizado en la época histórica. El centro neurálgico del campamento se situó en la cara norte de un gigantesco resalte rocoso que, a modo de cresta, recorre toda la extensión del pico. Los fragmentos de cerámica nos indican que el campamento fue explotado durante las fases cerámicas II y III. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 188 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El amontonamiento de piedras o "pirámide" se sitúa sobre el mismo borde de La Caldera de Taburiente y se asienta sobre un pequeño saliente rocoso natural de 75 cms de altura. El perímetro externo se delimitó mediante la colocación de un muro de rocas de diferentes tamaños y el interior se rellenó con piedras más pequeñas. Tiene una planta oval, con un diámetro mayor de 1,98 metros y el menor es de 1,65 metros. El abrigo pastoril era de grandes dimensiones y para su construcción se aprovecharon de la existencia del gran resalte rocoso, que ocupa todo el frente oriental y con una longitud de 7,8 metros.. Se localiza sobre el borde de La Caldera. El resto del perímetro se completo con tramos de muros artificiales que unen otras grandes rocas que están en su posición. Por tanto, la planta es muy irregular, con una anchura variable entre 2,1 y 3,6 metros. Un pequeño sector de este abrigo prehispánico, en contacto con los precipicios de La Caldera, ha sido reacondicionado por los cabreros históricos y ha sido reutilizado hasta hace escasas fechas. A unos 100 metros al noroeste de la pirámide, y ya en contacto con la carretera que se dirige al Roque de Los Muchachos, nos encontramos con una especie de refugio natural, ya que se ubica en un recinto circular que se formó tras el desprendimiento de una serie de bloques laminares de un gran resalte rocoso que recorre la zona. Este espacio hueco, y bien protegido, fue aprovechado por los benahoaritas como refugio eventual. En la parte alta de las laderas norte de El Cotillón se abre una cueva natural que ha sido intensamente reutilizada en la época histórica, de tal forma que su estructura ha sido profundamente modificada, habiéndose protegido y delimitado como muros de piedra seca y empalizadas. La boca está expuesta al norte y, por ello, se vieron obligados a protegerla con un muro que también tenía la misión de nivelar el piso. La anchura en la entrada es de 8 metros y una profundidad de 6 metros. En la cabecera del Barranco de Rivero se forma un amplio tablado que queda comprendido entre los dos ramales que la forman. Estos parajes son bastante llanos, aunque están recorridos por pequeñas barranqueras y suaves hondonadas en las que abundan los afloramientos rocosos de diferentes tamaños. Y, precisamente, en torno al más sobresaliente de todos ellos se aglutina un interesante conjunto de abrigos pastoriles que, en algún caso, han sido intensamente reutilizados en la época histórica. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 189 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Este conjunto pastoril está formado por 3 abrigos prehispánicos y otro que ha sido reutilizado. Los abrigos se concentran en la cara occidental del dique al ser la más protegida contra las inclemencias del tiempo, puesto que puede superar los 5 metros de altura. El refugio más pequeño está a unos 2 metros de la base del dique y sólo se conserva la base de sus muros, que se realizaron mediante la alineación de los bloques desprendidos del dique. El diámetro mayor es de 2 metros y el menor es de 1,7 metros. Otro abrigo se encuentra a 3 metros del anterior y se apoya en el dique al abrirse una pequeña covacha natural de 70 cms de alto y un metro de profundidad. El resto del perímetro se completó con un muro artificial semicircular. Tiene una anchura máxima de 1,5 metros. El abrigo reutilizado se encuentra al sur del anterior y separado 3 metros del dique. Tiene una planta cuadrangular con una longitud de 4 metros, una anchura de 50 cms y una altura de 1,2 metros. Su estado de conservación es bastante aceptable. La cuarta construcción se sitúa en la parte superior del dique al formarse una superficie plana en medio de un rehundimiento de la colada. La planta es muy irregular, con un diámetro mayor de 10 metros y el menor es 3 metros. A unos 90 metros al suroeste del dique anterior y en el extremo final del tablado se estableció un paradero pastoril de escasa explotación por parte de los pastores benahoaritas. La zona es llana, aunque está atravesada por una pequeña barranquera y aparecen pequeños resaltes rocosos naturales El Roquito de La Fortaleza hace referencia a uno de los picachos interiores de La Caldera. Nosotros vamos a denominar con este topónimo la crestería que está comprendida entre El Cotillón y Morro Negro. El yacimiento que ahora nos ocupa está formado por una estación de grabados rupestres que cuenta con 5 paneles y un paradero pastoril. El centro neurálgico del yacimiento es un gigantesco dique que, a modo de cresta, recorre la crestería, tanto hacia el interior como el exterior del Parque Nacional. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 190 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El soporte de la estación de grabados rupestres es este gran dique de unos 60 metros de recorrido. Los paneles aparecen en la parte superior del mismo, así como por los paredones verticales. Los motivos son de tipo geométrico, destacando el grupo de las espirales y los meandriformes. La técnica de ejecución fue el picado de anchura y profundidad variables. Su estado de conservación es muy malo al estar muy desgastados por el lavado de las lluvias. El paradero pastoril se concentraba a ambos lados del dique que sirvió de soporte a los petroglifos. Los benahoaritas aprovecharon las zonas más altas para buscar un precario refugio contra las inclemencias del tiempo, siendo aprovechado en función de la hora del día y la dirección de los vientos dominantes. Con el topónimo Morro Negro se conoce un picacho que aparece en las faldas orientales del Pico de La Cruz y emplazado sobre el mismo borde superior de La Caldera de Taburiente. Esta elevación natural forma una estrecha vaguada que viene delimitada por dos grandes diques que corren paralelos y dejan en medio un espacio perfectamente protegido contra las inclemencias del tiempo. En esta depresión se estableció un magnífico asentamiento o campamento pastoril que fue asiduamente explotado por los pastores benahoaritas. Los fragmentos de cerámica pertenecían a vasijas de las fases II, III y IV, lo cual nos indica que fue habitado de forma continuada. La industria lítica se realizó en basalto gris y basalto vítreo. Justo en medio de la hondonada existió una preciosa estación de grabados rupestres que cuenta con un sólo panel. El soporte es una gran roca que está en su posición originaria. El motivo está expuesto al suroeste. Los motivos son unos círculos concéntricos que están muy próximos entre sí y llegan a unirse. La técnica de ejecución fue el picado muy fino y superficial. Su estado de conservación es malo porque está muy desgastado por el lavado de las lluvias. Además, en medio de los riscos interiores que caen hacia La Caldera existió otro pequeño paradero pastoril que, probablemente, sirvió como puesto de vigilancia de los rebaños de ovicápridos. A juzgar por la pobreza en restos superficiales, fue escasamente explotado por los pastores benahoaritas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 191 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En medio de los tablados que se abren a los pies del picacho de Morro Negro se estableció otro paradero pastoril, cuyo rastreo fue muy difícil debido a la frondosidad del codesar que lo cubría. Los materiales prehispánicos eran muy escasos y estaban muy desgastados debido a los procesos erosivos. El Pico de La Cruz (2351 metros) es el accidente más elevado de las cumbres de San Andrés y Sauces, y uno de los más llamativos de todo el reborde montañoso que contonea La Caldera de Taburiente. En torno a esta impresionante elevación montañosa se concentró uno de los campamentos pastoriles más interesantes de La Palma, si nos atenemos a la abundancia y variedad de los restos arqueológicos superficiales que la siembran. El Pico de La Cruz está recorrido por un gigantesco resalte rocoso natural que, a modo de cresta, recorre todas las estribaciones exteriores. Este dique se ha ido desmantelando por los procesos erosivos en forma de grandes bloques pétreos laminares que se han acumulado de forma caótica en la base del mismo. En muchos sectores se han formado una especie de abrigos naturales en los cuales se establecieron los pastores benahoaritas. Los fragmentos de cerámica decorados pertenecían a vasijas de las fases II, III y IV, es decir, que el campamento pastoril fue asiduamente explotado por los pastores benahoaritas de forma continuada. La industria lítica se realizó en basalto gris y basalto vítreo, aunque también aparecen piezas líticas y núcleos realizados en obsidiana. La vertiente occidental del Pico de La Cruz fue la preferida por los benahoaritas para establecerse. Además, en la cara occidental de este dique también se abren una serie de covachas y cejos que, igualmente, no fueron desaprovechadas. Por último, hemos de reseñar que en el Departamento de Prehistoria de la Universidad de La Laguna se conserva un pequeño grabado rupestre, que representa una espiral, y que fue sacado de este campamento pastoril. La técnica de ejecución fue el picado de anchura media y profundo y su estado de conservación es relativamente aceptable. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 192 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 2.- Barranco de San Juan La zona prospectada del Barranco de San Juan viene a coincidir con el denominado Cuchillete de San Juan, quedando comprendido entre la zona de confluencia entre el barranco homónimo y el de Alén y el lugar en que el interfluvio es cortado por la carretera general de Los Sauces-Santa Cruz de la Palma en el denominado Túnel Chico o del Risco de Las Grajas. En esta estrecha franja de terreno se ha localizado un interesantísimo conjunto arqueológico formado por varios poblados de cuevas naturales, 2 necrópolis, varios poblados de cabañas y hasta una pequeña estación de grabados rupestres que cuenta con 2 paneles. Sin duda, el yacimiento más importante de todo el conjunto es La Cueva del Tendal que se abre en la parte inferior de la margen izquierda del Barranco de San Juan, ocupando toda la extensión de un amplio meandro que forma el cauce, y a unos 10 metros por encima del mismo. Presenta unas condiciones de habitabilidad inmejorables, con una longitud de 57 metros, una profundidad máxima de 11 metros y la menor es de 6 metros. Se sitúa en la cota altitudinal de los 150 metros., en la zona de transición entre los bosques termófilos y la laurisilva. El yacimiento se puede dividir en tres sectores claramente definidos. El Área A ocupa el extremo derecho de la cueva y es un extenso escalón rocoso que, a priori, carece de relleno arqueológico. Esta zona ha sido intensamente reutilizada en la época histórica y se conservan los restos de numerosas construcciones artificiales. El Área B ocupa la zona intermedia y en ella se han centrado las intervenciones arqueológicas realizadas hasta el momento (1981, 1983, 1985 y 1987-88). La potencia estratigráfica oscila entre los 0,70 y 1,40 metros. El Área C se sitúa en el extremo izquierdo de la cueva y queda separada del espacio anterior por un escarpe rocoso. Su potencia arqueológica supera los 7 metros de espesor aunque, desgraciadamente, ha soportado notables destrozos que han implicado la desaparición de la mayor parte de su estratigrafia, que se ha utilizado como abono en los canteros de plátanos aledaños. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 193 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La importancia de La Cueva del Tendal ha sido realmente extraordinaria para la etapa prehispánica palmera por tres razones fundamentales: 1) Hasta el momento, se han realizado tres Tesis Doctorales sobre este yacimiento, a saber, una sobre ecología cultural (Ernesto Martín Rodríguez), otra sobre industria lítica (Amelia del Carmen Rodríguez Rodríguez) y otra sobre zooarqueología (Felipe Jorge Pais Pais). 2) Durante la excavación de 1987-88 quedó perfectamente claro que los benahoaritas practicaron la agricultura, en contra de los datos que apuntaban las fuentes etnohistóricas. 3) El estudio de los fragmentos de cerámica del Tendal, junto con los de otros yacimientos como El Rincón (El Paso), Belmaco (Villa de Mazo), Los Guinchos y El Humo (Breña Alta), etc. permitieron a los Dres. Juan Francisco Navarro Mederos y Ernesto Martín Rodríguez elaborar una clasificación sobre el poblamiento prehispánico insular. En Las Laderas de El Jurao, inmediatamente encima de La Cueva del Tendal, existió un interesantísimo poblado de cuevas naturales que se abren en la parte media y superior de la margen izquierda del Barranco de San Juan. Este topónimo obedece a la existencia de un gran tubo volcánico que comunica, de lado a lado, los barrancos de San Juan y Alén. No consideramos necesario realizar una descripción pormenorizada de cada uno de los yacimientos, por lo que solo nos vamos a detener en aquellos que juzgamos más interesantes. El conjunto está formado, al menos por 9 cuevas naturales de habitación y 2 necrópolis. La gran mayoría de los yacimientos se concentran a la altura de La Cueva del Tendal, aunque existen 2 cuevas de habitación y una cueva sepulcral que están desplazadas hacia la carretera general. A nuestro juicio, los yacimientos más interesantes son dos: el tubo volcánico denominado Cueva Honda y otra gran cavidad que aparece encima del extremo izquierdo de La Cueva del Tendal. La Cueva Honda es un gigantesco tubo volcánico que se abre inmediatamente encima de La Cueva del Tendal y que, a pesar de su humedad y oscuridad, fue habitado por los benahoaritas, especialmente en la zona más próxima a la entrada. Desgraciadamente, este yacimiento ha sido frecuentemente visitado por los expoliadores que han extraído varias vasijas enteras. No obstante, estamos convencidos de que aún conserva buena parte de su potencia estratrigráfica. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 194 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El otro yacimiento es una gigantesca cueva natural que se abre encima del extremo izquierdo de La Cueva del Tendal y en la parte alta de la margen izquierda del Barranco de San Juan. Este yacimiento es muy interesante porque se trata de una necrópolis, aunque también existen huellas claras de que también se utilizó como lugar de habitación. El yacimiento presenta huellas claras de haber sido visitado por expoliadores, aunque aún existen zonas aprovechables para la investigación arqueológica. Otro dato muy interesante es que algunos restos humanos parece que estuvieron expuestos al fuego. En la parte alta del Cuchillete de San Juan se forman dos extensas zonas llanas en las que, con toda probabilidad, en la etapa prehispánica debió existir un amplio poblado de cabañas. Las construcciones artificiales han desaparecido porque todos estos parajes han sido roturados y abancalados en la época histórica para sembrar cultivos de secano. Sin embargo, la abundante presencia de restos arqueológicos superficiales nos sugiere que nos encontramos ante fondos de cabañas. Los vestigios prehispánicos consistían en fragmentos de cerámica de diferentes fases y abundantes muestras de industria lítica. En el estado actual de la investigación nos resulta imposible saber si estos yacimientos aún conservan estratigrafía. Este extremo solo podrá verificarse cuando se realicen los oportunos sondeos. En la parte alta de la margen derecha del Barranco de Alén también estudiamos un pequeño grupo de 3 cuevas de habitación. Los yacimientos se sitúan en las inmediaciones de la zona que es atravesada por el tubo volcánico que atraviesa todo El Cuchillete de San Juan. En estos parajes existe otro gigantesco tubo volcánico conocido como La Cueva de Los Milagros debido a las formaciones rocosas que existen en su interior y por la abundancia de agua que rezumaba de sus paredes. Los yacimientos arqueológicos que nosotros estudiamos no parecen excesivamente interesantes, aunque este extremo no podrá verificarse hasta tanto no se llevan a cabo las excavaciones pertinentes. Pudiera ser que varias de las cuevas conserven aún la mayor parte de su estratrigrafía. En las laderas de La Corujera, al este de La Cueva del Tendal, y en el extremo final del Cuchillete de San Juan, existió otro conjunto arqueológico formado or un posible poblado de cabañas, 2 cuevas de habitación, en una de ellas apareció un resto humano, y una estación de grabados rupestres que cuenta con 3 paneles. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 195 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Las cuevas naturales de habitación han sido reutilizadas en la época histórica y expoliadas, de tal forma que su interés no es excesivo, a pesar de la presencia del hueso humano. Nos da la sensación de que carecen de relleno arqueológico. En cuanto al posible poblado de cabañas, no podemos descartar la posibilidad de que los materiales (fragmentos de cerámica e industria lítica) que aparecen en las laderas y las vetas de cultivo de la margen izquierda del barranco procedan del vaciado de las cuevas de habitación cercanas. Habría que realizar una serie de catas estratigráficas para salir de dudas. La estación de grabados rupestres se sitúa en la parte superior y en el extremo final del Cuchillete de San Juan. La estación cuenta con 3 paneles que ocupan la cara vertical de los grandes bloques pétreos que forman la cima del espigón rocoso. La temática es de tipo geométrico y la técnica de ejecución es el picado, si bien su acabado no es muy cuidado. Su estado de conservación es relativamente bueno, aunque están completamente cubiertos de líquenes. En la parte media-alta de las laderas de La Fuente de La Furna, en la margen derecha del Barranco de San Juan y desplazado hacia el este (desembocadura) respecto a La Cueva del Tendal existe otro interesantísimo poblado de 6 cuevas naturales de habitación, entre las que destacan 3 yacimientos por encima del resto, ya que cuenta con una gran abundancia en restos arqueológicos superficiales de todo tipo. Además, los agujeros practicados por los expoliadores dejan entrever que cuentan con una magnífica potencia estratigráfica recorrida por fuertes capas de cenizas. Todas las cuevas han sido intensamente reutilizadas en la época histórica como pajeros o corrales de cabras. VALORACIÓN GLOBAL Y ADVERTENCIAS ARQUEOLÓGICAS El municipio de San Andrés y Sauces, al igual que todos los demás de nuestra isla, cuenta con una riqueza arqueológica muy interesante que, en buena medida, aún está por descubrir y catalogar. Consideramos que una de las misiones esenciales de las instituciones insular y local debe ser el establecer una serie de soluciones encaminadas a subsanar esas deficiencias y que, por otro lado, uno de sus cometidos esenciales debiera ser la preocupación por la preservación de su legado arqueológico. En este sentido, vamos a proponer una serie de soluciones cuyo fin primoridial será la consecución de esos objetivos: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 196 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 1) Documento para Aprobación Inicial Se debe realizar, de una forma efectiva e inmediata, la Carta Arqueológica de San Andrés y Sauces. Únicamente cuando el municipio cuente con todos los datos sobre su patrimonio arqueológico será posible planificar, de una forma coherente, todo su desarrollo urbano, agrícola y turístico. Una vez que estos trabajos se elaboren, el ayuntamiento podrá contar con un documento de obligada consulta ante cualquier trabajo de remodelación que se quiera emprender dentro de su término municipal, de tal forma que no destruyamos el legado cultural que nos dejaron los benahoaritas. 2) A pesar de que la Carta Arqueológica de San Andrés y Sauces no está realizada, sabemos que existen una serie de zonas que, potencialmente, pueden contar con abundantes vestigios prehispánicos. En concreto, nos estamos refiriendo a las márgenes de todos los barrancos y barranqueras que recorren el relieve municipal. El hábitat preferido por los benahoaritas eran las innumerables cuevas que se abren en las laderas de los barrancos y en los riscos de los acantilados costeros. Además, en estos mismos parajes estaban ubicados sus yacimientos funerarios. En función de la experiencia acumulada en otros municipios del norte de La Palma, consideramos que cualquier cueva natural, por pequeña e incómoda que sea, y que aparezca entre el nivel del mar y la cota de los 500 metros, corresponde a un yacimiento arqueológico. En San Andrés y Sauces existen 6 grandes barrancos (La Galga, La Fuente, San Juan Alén, del Agua y La Herradura) en los cuales, sin duda, existieron interesantísimos poblados de cuevas, acompañados por necrópolis, estaciones de grabados rupestres, etc. Pero es que, además, el relieve saucero está recorrido por infinidad de pequeñas barranqueras en las que, con toda probabilidad, existieron igualmente numerosas cuevas de habitación. Por todo ello, consideramos que cualquier obra que se vaya a efectuar, o afecte de forma indirecta (vertido de escombros, basuras, etc) en las márgenes de los barrancos y barranqueras de San Andrés y Sauces, debe contar con estudios previos de Impacto Ecológico dentro de los que, de forma inexcusable, debe existir un estudio arqueológico previo al comienzo de los trabajos, tanto si se trata de obras particulares, como municipales, insulares o regionales. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 197 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 3) Documento para Aprobación Inicial La Cueva del Tendal es, sin duda, el yacimiento arqueológico más importante de La Palma, al menos hasta la fecha. Este interés ha sido reconocido por las autoridades mediante la elaboración de un Plan Especial de Protección que, actualmente, está en fase de ejecución, si bien los trabajos van muy lentos y por impulsos. Desde aquí abogamos para que el Ilustre Ayuntamiento de San Andrés y Sauces sea el verdadero promotor de este proyecto y tire de las demás instituciones. En caso contrario, podemos encontrarnos con un Parque Arqueológico que se eternice, tal y como sucedió con La Zarza-La Zarcita (Garafía) y Belmaco (Villa de Mazo) que tardaron 10 años en ejecutarse. Creemos que el Parque Arqueológico del Tendal puede ser un importante foco de desarrollo turístico para el municipio y, al mismo tiempo, permitirá la continuación de las excavaciones arqueológicas en una cueva de habitación que, a buen seguro, aún guarda muchas sorpresas en su potente estratigrafía.4) Consideramos de vital importancia para la preservación de los vestigios prehispánicos ya conocidos en las zonas arqueológicas de las cumbres de San Andrés y Sauces y El Barranco de San Juan el incremento de la vigilancia mediante el personal de las instituciones públicas. En esta labor de protección podría jugar un papel extraordinario los trabajadores de Medio Ambiente, especialmente en los bordes de La Caldera de Taburiente. Esta labor de vigilancia podría ser muy efectiva si los policías municipales, los agentes de Medio Ambiente y la Guardia Civil (SEPRONA) tuviesen algún mecanismo de coordinación entre ellos. Todas estas personas son absolutamente vitales para acabar, o cuando menos mitigar, los constantes expolios que se están cometiendo contra nuestro patrimonio arqueológico, siendo uno de los yacimientos más afectados de nuestra isla La Cueva del Tendal. 1.8.11. CATEGORÍAS DE PROTECCIÓN, RELATIVAS A ESPACIOS NATURALES PROTEGIDAS Y ÁREAS DE SENSIBILIDAD ECOLÓGICA. En el municipio de San Andrés y Sauces únicamente existe un Espacio Natural Protegido según la Ley 12/94: el Parque Natural de Las Nieves, de cuyas 5.094 hectáreas, de las que aproximadamente la mitad (2.543 ha) pertenecen a este municipio. Parte de este Parque Natural comparte su territorio con la Reserva de Biosfera de Los Tiles, a la que aludiremos posteriormente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 198 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El Parque Natural de Las Nieves presenta un gran interés paisajístico, ambiental y científico, con un conjunto de barrancos gigantescos modelados por la erosión continuada, y en cuyo tramo medio/alto afloran las aguas subterráneas, teniendo en Marcos y Cordero su representación más espectacular. Otro aspecto destacable es la existencia de una de las mejores representaciones del monteverde canario. En el seno de éste podemos encontrar numerosos endemismos locales de gran interés florístico, como la pininana (Echium pininana), el cabezón (Cheirolophus arboreus), el saúco (Sambucus palmensis), la adelfa de monte (Euphorbia mellifera) y (Lotus pyranthus), ya citados particularmente en el apartado de flora. Faunísticamente el Parque tiene también gran interés por la rica representación de fauna invertebrada, todavía parcialmente conocida. En el capítulo de los vertebrados cabe destacar la presencia de una de las principales poblaciones de paloma rabiche (Columba junoniae). En altura el monte-verde da paso a un pinar canario de carácter húmedo que rápidamente entra en contacto con los codesares de cumbre, que culminan la catena altitudinal. Principales hábitats: Lauro azoricae-Perseetum indicae, Loto hillebrandii-Pinetun canariensis, Genisto-Adenocarpetum spartiodis, Rubo-Salicetum canariensis, Tolpidetum calderae, entre otros. Mención aparte requiere la presencia en el Municipio de parte de la Reserva de Los Tiles, aprobada inicialmente en junio de 1997, e incluida en la Red Internacional de Reservas de la Biosfera promovidas por la UNESCO. En junio de 1983 esta Reserva fue llamada “Reserva de El Canal y Los Tiles”. Sin embargo ni por su extensión (contaba sólo con 511 hectáreas) ni por sus características generales se ajustaba a los criterios de delimitación para este tipo de Reservas, circunstancia que motivó su reclasificación en 1997 ampliando su superficie hasta las 13.931 hectáreas (casi un 20% del total de la superficie insular). Esta nueva concepción extiende la Reserva a los municipios colindantes de Barlovento, Puntallana y Santa Cruz de La Palma. No obstante, la superficie inicial de 511 hectáreas, que constituye actualmente el “Núcleo de la Reserva”, pertenece íntegramente al municipio de San Andrés y Sauces, de ahí el enorme protagonismo que tiene para este municipio y la gran importancia que supone para sus valores ecológicos y paisajísticos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 199 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial También se encuentran en esta categoría aquellos espacios que responden a alguno/os de los diferentes fundamentos de protección contemplados en la Directiva comunitaria, tanto respecto de hábitats como de especies de interés, que conforman la red ecológica europea denominada Natura 2000: ÁMBITO DENOMINACION LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA (LIC) LEGISLACION Parque Natural de Las Nieves (P-3) ES7020010 Sabinar de La Galga ES7020089 Monteverde de Lomo Grande ES7020092 Monte de Los Sauces, Puntallana y Pinar de ES0000114 Garafía ZONAS DE PROTECCIÓN ESPECIAL Montes de Los Sauces, Puntallana y Pinar de PARA ZEPA 114 Decisión de la Comisión 2002/11/CE, de 9 de enero LAS Garafía AVES (ZEPAs) 1.8.12. USOS ACTUALES DEL SUELO Los usos actuales del suelo municipal se recogen en el mapa temático correspondiente del “Planeamiento Municipal Vigente”, aprobado en el año 1992. De su estudio comparado con el Mapa de Espacios Naturales Protegidos se deduce que es muy significativo el porcentaje de suelo que goza en la actualidad de algún tipo de protección. El de mayor valor natural se concentra fundamentalmente en las 3/4 partes superiores de municipio, por encima de los 400 m de altitud. Por debajo de dicha cota, por el contrario, la explotación antrópica del territorio es máxima, salvándose únicamente las laderas más accidentadas de los barrancos y el acantilado costero, que también sufren los efectos indirectos de la elevada antropización del entorno. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 200 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La tipología de la clasificación vigente es la siguiente: SUELO URBANO Repartido en 6 núcleos o áreas disyuntas, además del Equipo General del campo de fútbol, situado en la cabecera del núcleo de Los Sauces: - Los Sauces: El principal núcleo urbano del municipio, se vertebra entorno a la carretera general C-830, a lo largo de todo el tramo comprendido entre los barrancos del Agua o Los Tilos y el de La Herradura. Desde sus márgenes se ha ensanchado tanto hacia la costa como hacia el monte, apoyándose en la red de caminos o pistas agrícolas que paulatinamente se han ido convirtiendo en calles. Esta circunstancia justifica su entramado intrincado, serpenteante y, en la mayoría de los casos, la elevada pendiente, también condicionadas por la topografía local. El intenso aprovechamiento agrícola del suelo del entorno ha llevado en algunos sitios a crecer en vertical, circunstancia que acentúa el carácter urbano de este núcleo. - San Andrés: Situado sobre el veril del acantilado costero, constituye un enclave singular de gran valor histórico y cultural. El núcleo principal situado entorno a la plaza e iglesia es muy reducido. Desde aquí ha ido creciendo a expensas de los cultivos de plátano que le rodean. Programar su crecimiento futuro estableciendo una tipología constructiva acorde con el interés cultural del núcleo es aquí especialmente aconsejable. - Puerto Espíndola: En él se concentran las infraestructuras propias de las actividades tradicionales de la pesca y embarcadero (en el pasado) de productos agrícolas: almacenes. A esto se suma hacia el sur la actividad recreativa del Charco Azul. La costa situada entre este núcleo y el anterior de San Andrés, es la que está llamada a ofrecer mayores posibilidades de apoyo urbano al desarrollo potencial de una infraestructura turístico-recreativa. Cualquier desarrollo en este sentido debemos admitir que debe hacerse a expensas de sacrificar suelo agrícola, actualmente dedicado al cultivo del plátano, que llega hasta la misma línea del acantilado. No obstante, creemos más razonable prever y planificar ese desarrollo que admitir acciones particulares, locales e inconexas, que normalmente acarrean problemas más difíciles de corregir a posteriori. En este sentido, la costa, relativamente abrigada y geomorfológicamente atractiva con pequeñas ensenadas y restingas o puntas, ofrece ciertas cualidades estéticas que deben ser salvadas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 201 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial El Cardal: En esta zona se ha ido consolidando progresivamente un núcleo urbano apoyado en la red de pistas agrícolas que dan servicio a las fincas de la zona. Este crecimiento típico y un tanto incontrolado en el seno de las fincas agrícolas constituye un problema que no es exclusivo del municipio. Primero se construye el cuarto de aperos-garaje, que posteriormente , casi siempre mediante la construcción de una segunda planta se transforma primero en vivienda esporádica y, posteriormente, en residencia habitual. Habilitar suelo urbano, mediante medidas compensatorias, que concentre esta tendencia es conveniente. - Las Lomadas y Los Galguitos o Garachico: Dos núcleos de características bastante similares, que nacieron como asentamiento rural de una población dedicada básicamente a la actividad agropecuaria y que progresivamente se han ido consolidando como núcleos urbanos a base de incorporar otras actividades complementarias: almacenes de empaquetado, restaurantes, pequeños talleres, etc. En los últimos años esta concepción, tal como reconocemos más adelante, es aplicable a otro tipo de núcleos dispersos en las medianías del municipio, tal como queda reflejado en el mapa de vegetación bajo el epígrafe de “asentamientos rurales más consolidados”. SUELO URBANIZABLE - Los Sauces: Solamente estaban contempladas dos pequeñas áreas (SAU) situadas una en el seno del núcleo y otra en la periferia del mismo. En ambos casos su situación parece lógica y razonable, con dimensiones acordes a las expectativas de crecimiento de este núcleo urbano. SUELO RÚSTICO - Suelo Rústico de Protección: Ocupa aproximadamente el 70% de la superficie del municipio. Se diferencian dos clases: Grado 1 y Grado 2. El Grado-1 correspondía prácticamente al ámbito de los antiguos Espacios Naturales Protegidos (Ley 12/87) del Parque Natural “Monte de Los Sauces y Puntallana” y el Paraje Natural “Lomo del Tabacal-Cuchilletes de San Juan”. El primero englobaba a la antigua Reserva de la biosfera del Canal y Los Tiles, que en esencia ha pasado a ser el núcleo de la actual Reserva de Los Tiles. El Grado-2 engloba los tramos medio y bajo de los barrancos de La Fuente-La Galga y La Herradura, además de la banda de los acantilados costeros. Aunque muy antropizados en algunos sectores, albergan todavía sitios de gran interés natural y. en conjunto, presentan gran valor paisajístico. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 202 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Suelo Rústico de Protección Forestal: Situado en las estribaciones más bajas del dominio potencial del monte verde, en la periferia del Parque Natural, representa el monte tradicionalmente más explotado a través del método de “mata-rasa” para la obtención de varas, estacones, rama, etc. Muchas parcelas de este monte eran también explotadas para el cultivo del tagasaste y, en las cotas más bajas papas u otros cultivos de secano. La inversión cultural y socioeconómica de los últimos años, que ha llevado al progresivo abandono de estas actividades ha jugado a favor de la regeneración de la masa forestal, que en esta zona de la Isla presenta gran potencialidad. - Suelo Rústico Potencialmente Productivo de Especial Protección: Engloba la cuenca baja del barranco del Agua o Los Tilos, mayormente ocupada por cultivos de plátanos en pequeños bancales de gran valor paisajístico por su singularidad. Constituyen un símbolo de identidad del municipio que deben ser conservados como valor cultural. Para ello es absolutamente necesario arbitrar incentivos económicos que primen la producción agrícola. De otra forma están condenados a desaparecer, como ya ha ocurrido en algunos lugares de la Isla o del Archipiélago (Hermigua y Agulo p.ej. en La Gomera). Además de este barranco, se contempla dentro de esta tipología, también por las mismas características, el barranquillo situado en las inmediaciones de Llano de Pino. - Suelo Rústico Residual: Distribuido en tres grandes áreas situadas en las medianías del municipio, separadas por los dos grandes barrancos que los surcan: San Juan y Los Tilos. Ofrecen similares características, con un territorio microparcelado, fundamentalmente dedicado a los cultivos de secano, en muchos casos abandonados y donde apoyándose en las numerosas pistas agro-forestales van surgiendo viviendas residenciales. Es un proceso paulatino y continuado que, en nuestra opinión, debe acotarse algo más de lo previsto en el planeamiento vigente. En la periferia inferior de dos de estas áreas, entorno a las casas de San Juan Descabezado y Llano de Pino se han diferenciado tres sub-áreas (R-1, R-2 y R-3), que progresivamente van abandonado su carácter de asentamiento rural para consolidarse como pequeños núcleos suburbanos, similares a Los Galguitos o Las Lomadas. Concebimos más razonable consolidar este tipo de sub-áreas concentrando en ellas la construcción, proporcionándoles servicios y medidas fiscales compensatorias, que alimentar las construcciones dispersas, amparándonos en una concepción laxa de los “cuartos de aperos”. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 203 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Suelo Rústico Potencialmente Productivo: Engloba los cultivos de regadío, en su práctica totalidad plataneras, de la zona baja del municipio. Se trata de cultivos intensivos con gran aprovechamiento del territorio, desde el borde del acantilado marítimo hasta el filo de los barrancos, aprovechando cualquier resquicio útil. A su interés agrícola suman su valor paisajístico, que comienza a deteriorarse con la instalación de mallas e invernaderos. Una vez más debemos advertir del interés ambiental que representa el introducir medidas compensatorias que permitan mantener estos cultivos a cielo abierto, circunstancia que de perdurar las actuales medidas de subsidio al plátano, es una práctica insostenible. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 204 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.13. TIPOLOGÍA Y LOCALIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES EXISTENTES EN LA ETAPA PREVIA A LA REDACCIÓN DEL PLAN. Cultivos de Plataneras. Todo el territorio municipal situado por debajo de la cota + 250 m. sobre el nivel del mar, con extensiones que ascienden puntualmente en las laderas mas soleadas de los Barrancos del Agua y de La Herradura, se encuentra tapizado por huertas de plataneras que trepan de forma escalonada por las laderas desde el mismisimo borde de los acantilados costeros, y hasta los mayores escarpes, conformando cultivos colgados casi imposibles, donde la superficie del muro de contención de piedra es mayor que la plataforma horizontal de cultivo. Tamién se extienden estos cultivos a unos niveles superiores, envolviendo superiormente al núcleo urbano de Los Sauces en terrenos de Los Salones, Lomitos de Arriba, La Lama, El Poiso y La Pedrera. En las Lomadas, por encima de la carretera LP-1, ocupan los terrenos libres situados entre los asentamientos lineales dispuestos de mar a cumbre, en los lomos de La Orotava y San Pedro. En Los Galguitos la presencia de estos cultivos por encima de la carretera es menor. La presencia del agua en el interfluvio de Los Sauces, procedentes de los Nacientes de Marcos y Cordero, hizo que este Municipio, fuese de los pioneros en la introducción del nuevo cultivo. No olvidemos que a principios de siglo, el único terreno de regadío del municipio era una pequeña parte del lomo de Los Sauces y los beneficiados de las fincas del Canal y de la Pileta, en San Andrés. Estos cultivos, papas, cebollas, viña, etc… se realizaban sobre el terreno natural simplemente acondicionado, es decir, se cultivaba en zonas donde existían unas características topográficas y edafológicas adecuadas, manteniéndose el territorio restante en sus condiciones naturales. Esta transformación absoluta del territorio, y por tanto, de sustitución de un medio natural por otro antrópico y totalmente artificial, se inició a principios de siglo por empresas inglesas y continuó hasta bien entrados los años 70. La transformación operada consistió en la total deforestación previa de los terrenos, posterior roturación del estrato rocoso superficial cuando fuese necesario, construcción de muros de contención de mampostería en seco y aportación de tierra vegetal procedente en general de los montes, previa formación de una capa drenante de cascajos (piedra machacada). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 205 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Su realización fue posible gracias a las ayudas económicas procedentes del antiguio Instituto de Colonización Agraria y posteriores líneas de subvención, y sobre todo por la reserva exclusiva del mercado peninsular a la comercialización del plátano canario, realizado por los gobiernos franquistas. Las subvenciones continuaron en los años siguientes, para la mejora de las redes de riego, la introducción de invernaderos, etc… y sobre todo surgieron para el mantenimiento de la rentabilidad de las explotaciones y del negocio, hasta transformarse en un cultivo totalmente subvencionado por la Comunidad Económica Europea, sin cuya ayuda, y en San Andrés y Sauces con más razón, no podría subsistir. La platanera, en palabras llanas, es una hierba grande, es decir, no es un arbol. Se trata de una planta con un sistema vascular muy desarrollado, que precisa de enormes cantidades de agua para su crecimiento y maduración de la fruta. Fue necesario realizar una ingente y costosa labor de apertura de galerías y pozos para la obtención del agua precisa que sostuviera este cultivo intensivo y que significó un sacrificio insuficientemente reconocido de toda una generación de agricultores. Con los años, los niveles de exigencia en la calidad de la fruta, y por otra parte, la posibilidad de obtener una mayor rentabilidad de las explotaciones, trajo la aparición de productos químicos de nutrientes, después pesticidas y venenos para erradicar las sucesivas nuevas plagas que aparecían y continúan apareciendo, y por último productos farmacológicos de nueva generación. En suma, el cultivo inicial, casi ecológico, alimentado con guano (amoniaco, cal y nitrato de Chile) y estiercol hecho con monte picado y excrementos de animales de corral domésticos, se ha convertido en un cultivo intensivo y altamente técnificado, donde la planta se somete a un “estrés” de crecimiento y optimización, que produce mayor “rentabilidad económica “, y también evidentes afecciones negativas al medio ambiente. En sintesis, podemos definir un bancal de platanos como un “estanque de tierra”, sobre el que se han plantado eficazmente plataneras, sometido a un riego abundante y frecuente, a la aportación de grandes cantidades de productos químicos (3,5 veces los que se aportan a la huerta murciana), con una fuerte contaminación del subsuelo y con una aportación a la atmósfera de productos pulverizados y cationes producidos por la fotosiíntesis que se liberan directamente al aire. Si a esto unimos el contacto directo de muchas viviendas rurales y urbanas con los cultivos de plataneras, hasta tal punto que las hojas de los plátanos casi entran por las ventanas, podemos hablar de afecciones directas a la salud humana. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 206 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Según fuentes del ISTAC del año 2000, el Municipio de San Andrés y Sauces contaba con una superficie territorial destinada al cultivo de plátanos de 354 Has. De estos terrenos, se han categorizado como Suelo Rústico de Protección Agraria Untensiva (RPA-2I) en este Plan General, unas 230,49 Has., concretamente las fincas situadas por debajo de la Carretera General LP-1, a excepción de los terrenos situad en la parte baja del lomo de El Tanque en Los Galguitos. Los restantes huertos cultivados con plataneras, concretamente el entorno inmediato al núcleo urbano de Los Sauces o de los Asentamientos Rurales de Las Lomadas y de Los Galguitos, de menor renta agraria al situarse en niveles climáticos forzados, se incluyen en la categoría de Protección Agraria Extensiva (RPA-1E) y en algunos casos constituyen propuestas de colmatación y extensión del suelo urbano. Esta categorización, responde claramente al reconocimiento de la incompatibilidad ambiental entre el cultivo intensivo del plátano y la residencia, tanto rural como urbana. La categorización de estos suelos como RPA-2I tiene por finalidad la ordenación del aprovechamiento agrario o el reconocimiento de su potencial para tal fin (Art. 55 TRLotcLenac), queda por tanto justificada la decisión antedicha de no recoger en tal categoría aquellos suelos ocupados por plataneras que se encuentran actualmente en convivencia directa con las viviendas. En las DOG 126 y 127 se establecen los criterios y objetivos de la intervención pública respecto a la atividad agraria, que sistéticamente se reproducen: - Consideración de los espacios agrarios en su doble papel de productores de bienes alimentarios y como mantenedores de los valores culturales, ecológicos y paisajísticos. - Habrá de estimular el papel de la agricultura como vertebradora del paisaje, así como soporte de valores culturales y de buenas prácticas de gestión de los recursos naturales. - Habrá de sostener la actividad agraria en el mundo rural para la preservación del medio ambiente y del paisaje. - Habrá de estimular los productos caracterizados por su interés ecológico y económico. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 207 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Habrá de velar por la adecuada gestión de los recursos naturales, agua y suelo, y de los paisajes agrícolas. - Habrá de velar por la reducción de la contaminación de los suelos y de las aguas por nutrientes, pesticidas y productos farmacológicos. En tanto se entiende que la formulación y a aprobación de este Plan General forma parte de la intervención pública sobre el territorio en general y en particular sobre el espacio agrario, que habrá de ordenar, claro está, en el ámbito del urbanismo, se adoptan las siguientes propuestas de ordenación: Reconocimiento del cultivo del plátano como generador de un paisaje cultural característico de muchas zonas de Canarias y de San Andrés y Sauces en particular, cuyo nivel de protección habrá de determinarse, máxime cuando este paisaje se transforma en un “paisaje plastificado”, por la presencia de invernaderos (subvencionados en su mayor parte). Reconocimiento del cultivo del plátano como soporte de una economía agraria de gran importancia para la isla de La Palma, y en particular para este municipio, hasta el punto de convertirse en economía monodependiente, que actúa a la vez como un excelente mecanísmo de reparto de la riqueza al operar sobre un territorio minifundista y enormemente repartido entre la población. Reconocimiento de los síntomas de agotamiento del modelo económico actual y de la necesidad de adoptar medidas urgentes para la diversificación económica. Reconocimiento e identificación del cultivo intensivo del plátano como generador de un impacto ambiental, con incidencia en la salud de las personas. Reconocimiento de la imcompatibilidad funcional entre los cultivos intensivos de plátanos y el uso residencial, tanto en situación urbana como en el medio rural, lo que motiva su no reconocimiento, en la ordenación de este Plan General, por encima del nivel + 250 metros aproximadamente, en San Andrés y Sauces. Reconocimiento de la contaminación del subsuelo y de las filtraciones en general, producidas por la aplicación de nutrientes, pesticidas y productos químicos para la “mejora” de las producciones. Reconocimiento de la contaminación de la atmósfera por la aplicación de productos pulverizados y de cationes procedentes de la fotosíntesis química de las plantas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 208 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Como resumen se estima que el impacto actual de los cultivos de plataneras es MUY SIGNIFICATIVO, cuya atenuación depende fundamentalmente de una política sectorial de clara incidencia socioeconómica. Los instrumentos de planificación territorial y urbanística, éstos últimos menos, poco pueden hacer para la atenuación de los efectos ambientales descritos, salvo la simple constatación y la adopción de medidas indirectas en el modelo de ordenación. Actuaciones en Puerto Espíndola En enclave de Puerto Espíndola constituia hasta los años 70 un lugar pintoresco que trasladaba al visitante a la época de la exportación por barco de los productos agrícolas y el tránsito de personas y mercancías con el Puerto de Santa Cruz de La Palma, a través del antiguo embarcadero que, por fortuna, aún permanece. El inicio de las obras de construcción de un refugio pesquero en 1971, y la continuada ejecución de obras improvisadas hasta hace pocos años, han producido una transformación casi absoluta de la zona que continúa aún sin finalizar, produciendo una sensación de obra inacabada y de espacio deteriorado, constitutivo de uno los impactos ambientales más patentes del Municipio. La superación de esta situación pasa por los proyectos de recualificación de la zona que incluyen la construcción de dos playas artificiales en las radas de Puerto Espíndola y Pavones, la terminación y cierre del actual puerto, y el acondicionamiento, rehabilitación, urbanización y dotación de aparcamientos del ámbito de suelo urbano delimitado SUCU-3. La tipificación de este impacto se estima SIGNIFICATIVA y su solución deviene de la ejecución y aplicación de las previsiones contenidas en el Plan General para su ordenación. Paisaje urbano del núcleo de Los Sauces. La estructura de este ámbito urbano, podemos definirla como mixta, resultado de la superposición histórica de dos sistemas de ocupación del territorio y conectividad, por una parte, la estructura antigua basada en dos ejes Oeste-Este, que cruzaban la centralidad instucional e industrial de la actual Plaza de Montserrat y Parque Antonio Herrera, y conectaban ésta con el área productiva de Los Sauces, en concreto la zona de medianías, así como con el centro administrativo de San Andrés y con la zona portuaria de Puerto Espíndola. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 209 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Y por otra parte, la estructura lineal Norte-Sur, que se produce inicialmente con el camino real a Barlovento, hoy calles Abraham Martín y El Poiso, y después, en el año 1941, con la implantación de la Carretera General del Norte, hoy LP-1. En los años 60, coincidente con una población municipal por encima de 7.000 habitantes, se produce un repunte económico derivado de la buena salud del negocio platanero, y de la entrada de rentas provenientes de la emigración venezolana. Este hecho, unido a la consolidación del transporte terrestre con el resto de la isla, genera un desarrollo edificatorio que se localiza fundamentalmente en el nuevo eje producido por la Carretera General y calles anexas. Los edificios implantados tienen mayor altura y se disponen de un modo compacto, en continuidad con los cultivos agrícolas, muchas veces sin las mínimas condiciones de urbanización y en situaciones topográficas que producen notables impactos paisajísticos. Las décadas siguientes, caracterizadas por la indisciplina urbanística y falta de control en la edificación, sigue produciendo un deterioro del medio urbano, surgido de la apropiación inadecuada del territorio agrícola ante la inexistencia de una labor urbanizadora municipal, continuándose con la implantación de edificaciones de volúmenes excesivos, sin los mínimos criterios de integración paisajística, generando muros medianeros y en general empleando un lenguaje arquitectónico inadecuado. La ausencia total de planificación municipal hasta el año 1.992, fecha en la que entran en vigor las Normas Subsidiarias de Planeamiento, cuya aparición tampoco cambio excesivamente el panorama, al menos, en los primeros años, contribuyó a poner un poco de orden en el crecimiento del Municipio. El descenso poblacional operado en el municipio los últimos 30 años, ha evitado que el deterioro urbanístico fuese mayor, sin enbargo, se puede observar que los crecimientos producidos en determinadas zonas de mayor exposición paisajística, son constitutivos de IMPACTOS SIGNIFICATIVOS, cuya atenuación constituye uno de los objetivos del presente Plan General, arbitrándose soluciones en la ordenación que contribuyan a paliar los efectos negativos, en términos de paisaje urbano, en la percepción lejana de este núcleo. Las situaciones urbanas en el núcleo de Los Sauces, que se entiende generan impactos paisajísticos son las siguientes: Fachada trasera Este de las edificaciones alineadas con la Carretera General entre La Verada y La Calzada. La visión de este conjunto edificado desde la costa del municipio se entiende NEGATIVA. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 210 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Fachada Sur de las edificaciones del Lomo de Los Sauces, sobre todo la trasera del edificio del “antiguo cine” y de los edificios que se disponen hasta el Topo de Los Silos. Esta fachada que debía de ser tratada como principal, se ha consebido como fachada posterior, ofreciéndose el mejor tratamiento a la estrecha calle Ramón y Cajal. La visión de este conjunto, tanto desde el litoral del municipio, como en la aproximación al centro urbano de La Plaza de Montserrat, se entiende que precisa de una operación de ordenación urbana. Fachada Norte de las edificaciones del Lomo de Los Sauces. Se conforma por la fachada posterior de La Iglesia, la del nuevo Pabellón Polideportivo Municipal, con un gran muro de contención en su base, sobre la vaguada del Mequinés, y las edificaciones alineadas a la calle Doctor Martín, incluyendo la pared medianera que ofrece el Edificio de Servicios Múltiples. Se percibe, desde la aproximación por el Norte a este núcleo a través de la Carretera LP-1, como un conjunto de piezas desarticuladas y un espacio urbano inconcluso. Se entiende que precisa de una operación de ordenación urbana. Fachada Norte y Sur de la calle La Pedrera. La implantación de edificaciones alineadas al camino de La Pedrera que discurre en la cresta del lomo del mismo nombre, genera fachadas traseras con alturas en muchos casos de hasta cuatro plantas, por ejemplo en la fachada Norte, de gran impacto paisajístico. Edificiación industrial en Bajamar. Las instalaciones industriales de prefabricados del hormigón y tratamientos de piedras naturales, situadas en el lugar denominado “El Morro”, producen un impacto visual muy importante, apreciable desde la zona de Oropesa en Barlovento y desde el litoral del municipio. Fachada Norte y Sur del Camino Ramirez. La implantación de edificaciones alineadas al camino de Ramirez que discurre en la cresta del lomo del mismo nombre, genera fachadas traseras con alturas en muchos casos de hasta cuatro plantas, sobre todo en la fachada Norte, apreciable desde la Carretera LP-1, cuando se accede a Los Sauces. Fachada Norte del Camino Verada-Bajamar. La implantación de edificaciones alineadas al camino de Verada-Bajamar que discurre en la cresta del lomo del mismo nombre, genera fachadas traseras con alturas en muchos casos de hasta tres plantas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 211 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Travesía Urbana del Núcleo de Los Sauces. Documento para Aprobación Inicial Comprende el tramo de la Carretera LP-1 entre el extremo Norte del Puente de Los Tilos y el Barranco de La Herradura. A ambos márgenes de la vía han ido surgiendo edificaciones diversas,de diferentes alturas y lenguaje arquitectónico, en cuyos bajos se han implantado usos, que van desde talleres de reparación de vehículos, ferreterías, venta de abonos y pesticidas, comercio en general, estaciones de servicio, bares, etc… que unido a la cantidad de calles transversales que la acometen, la desorganización del tránisto peatonal, así como la anárquica disposición de aparcamientos, generan un estado general, que se puede calificar de impactante. Su superación, ha de venir desde la propuesta de ordenación de este Plan General. Sistema viario. La principal característica de la mayor parte del sistema viario del núcleo de Los Sauces, cuyo origen se encuentra en la habilitación urbana de caminos agrícolas, fuertemente condicionados por la topografía, se encuentra constituida por la enorme disfuncionalidad viaria que se produce en la casi totalidad del sistema de accesibilidad del municipio, tanto por insuficiencia dimensional, estrangulamientos producidos por edificaciones, deficiente trazado, excesiva pendiente, y en general, un mal estado de conservación. Esta problemática tiene una difícil solución en las vías de mayor colmatación edificatoria, por lo que habrá de recurrirse a elementos viarios exteriores que funcionen como un colector perimetral de tráfico, recibiendo radialmente los tráficos de la trama urbana, que en una gran parte habrán de organizarse como vías de sentido único. Esta situación se considera como sumamente impactante y su solución reside en las previsiones de este Plan General. Equipamientos. San Andrés y Sauces es el municipio cabeza de la comarca Noreste de la isla, por lo que determinadas dotaciones y equipamientos se han establecido históricamente en el mismo. La de mayor importancia es el Recinto Docente, formado por un Colegio de Enseñanza Primaria, un Instituto de Enseñanza Secundaria y un Instituto de Formación Profesional, cuya ubicación se decidió en la década de los 70 en terrenos de la zona denominada “Los Salones”. Posteriormente, la ubicación del Pabellón Polideportivo se realiza en la trasera de la Iglesia de Montserrat; el Centro de Salud en la travesía urbana de la Carretera LP-1, en la zona de La Ladera; los Servicios de Bomberos y Extensión Agraria en la Calle Juan Carlos I; el Edificio de Servicios Múltiples en la calle Doctor Martín; el Cuartel de La Guardia Civil en La Montañeta; etc… Estas ubicaciones se realizaban en terrenos agrícolas disponibles, en ausencia total de planificación, y muchas veces en terrenos sin urbanizar e incluso sin tener el acceso Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 212 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial resuelto. Como consecuencia de lo cual se producen determinadas tensiones territoriales que han generado una desorganización general, cuya superación corresponde al presente Plan General. Paisaje rural en Los Galguitos. La introducción de tipologías edificatorias propias de suelo urbano, sobre todo la de salón en planta baja con una altura excesiva y la vivienda en planta superior, generando muros medianeros, con un lenguaje arquitectónico inadecuado, característica común a las edificaciones ilegales, localizadas en muchos casos en zonas preeminentes de la orografía, así como estrangulando el viario, supone la causa principal de los impactos paisajísticos de esta área territorial. En lo últimos años, han aparecido algunos invernaderos plásticos en el lomo de Garachico con un impacto paisajístico brutal, sin embargo, éstos tienen un carácter menos permanentes, si se ponen los medios adecuados. Paisaje rural en Las Lomadas. La introducción de tipologías edificatorias propias de suelo urbano, sobre todo la de salón en planta baja con una altura excesiva y la vivienda en planta superior, generando muros medianeros, con un lenguaje arquitectónico inadecuado, característica común a las edificaciones ilegales, localizadas en muchos casos en zonas preeminentes de la orografía, así como estrangulando el viario, supone la causa principal de los impactos paisajísticos de esta área territorial. Vertidos de basuras, escombros y vehículos. En los últimos años se ha puesto remedio a los puntos de vertidos incontrolados localizados fundamentalmente en los cauces de barrancos, laderas y escarpes. Por su importancia destacaba el localizado en el Barranco de San Juan, cuya clausura se ha realizado recientemente. Se entiende que aún sigue constituyendo un elemento impactante en el territorio. Invernaderos en Los Galguitos. En lo últimos años, han aparecido algunos invernaderos plásticos en el lomo de Garachico con un impacto paisajístico brutal, sin embargo, éstos tienen un carácter menos permanentes, si se ponen los medios adecuados. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 213 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Cortes a matarrasa de monte verde. Los cortes a matarrasa llevados a cabo en los montes de Los Sauces, en las fincas privadas “De Los Señores” y “De Los Príncipes”, desde tiempo inmemorial, que se han mantenido hasta la actualidad, realizadas en las zonas de topografía menos abrupta, ha generado la introducción de especies vegetales invasoras, con el consiguiente desplazamiento de las especies potenciales representativas del Monteverde. Esta situación produce directamente en la ordenación del suelo rústico de Protección Natural RPN, la creación de una subcategoría específica que hemos denominado “Suelo Rústico de Protección Natural. Interés Ecológico Monteverde Degradado (RPN-3IEM), cuya finalidad, independientemente del simple reconocimiento de esta realidad referenciada, es la recuperación de sus valores naturales potenciales. A pesar de tratarse de una actividad relacionada con la agricultura, supone un IMPACTO destacable en el medio. Embalses de Bediesta y Adeyahamen Estas obras públicas, pertenecientes al sistema hidráulico de aprovechamiento de los Nacientes de Marcos y Cordero, son de vital importancia para la agricultura del municipio, Su ejecución ha implicado grandes movimientos de tierra, tanto en excavación como en terraplenado, que han supuesto un impacto paisajístico relevante. Embalse de Las Lomadas Estas obras públicas, pertenecientes al sistema hidráulico de aprovechamiento de los Nacientes de Marcos y Cordero, son de vital importancia para la agricultura del municipio, Su ejecución ha implicado grandes movimientos de tierra, tanto en excavación como en terraplenado, que han supuesto un impacto paisajístico relevante. Embalse de Los Galguitos Estas obras públicas, pertenecientes al sistema hidráulico de aprovechamiento de las galerías de Tajadre, El Río y el Canto de Tilos, así como los excedentes de los Nacientes de Marcos y Cordero, son de vital importancia para la agricultura del municipio, Su ejecución ha implicado grandes movimientos de tierra, tanto en excavación como en terraplenado, que han supuesto un impacto paisajístico relevante. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 214 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Puente del Barranco de los Tilos Su ejecución ha significado una transformación del paisaje de la vaguada del Barranco del Agua, tanto si se percibe desde el litoral del municipio, en San Andrés, como desde la parte superior del Barranco del Agua. Viaducto de Las lomadas. Su ejecución ha significado una transformación del paisaje de la vaguada de la barranquera de La Orotava, si se percibe desde la Carretera de San Andrés LP-104 en la zona de Los Almácigos. Cultivos colgados en laderas de Barrancos. Las huertas de plataneras, ante las limitaciones del recurso edáfico, han trepado de forma escalonada por las laderas desde el mismisimo borde de los acantilados costeros, y hasta los mayores escarpes, conformando cultivos colgados casi imposibles, donde la superficie del muro de contención de piedra es mayor que la plataforma horizontal de cultivo. Esta transformación brutal del paisaje ha supuesto y supone un impacto considerable. Planta de machaqueo en el Barranco de La Galga. En la entrada Sur del Túnel de La Galga, márgen derecho, se ha situado una planta de machaqueo de áridos, con almacenamiento de importantes cantidades de material de desecho y de árido molido. Por la proximidad de la carretera, y el espacio natural que la envuelve, constituye un impacto relevante. Planta de prefabricados en Las Lomadas. En el margen Este de la carretera LP-104, casi en continuidad con el Parque Natural de Las Nieves P-3, existe una industria de producción de elementos prefabricados de hormigón, cuya reubicación sería deseable, por considerarse que constituye un impacto paisajístico. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 215 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Edificio de empaquetado de plátanos en Las Lomadas. En la carretera LP-104, márgen Este, existe una edificación vinculada a la recogida, manipulación y empaquetado de plátanos, cuya reubicación sería deseable, por considerarse que constituye un impacto paisajístico. Edificio de empaquetado de plátanos en El Melonar. En la calle El Melonar, en situación de “fuera de ordenación” en las NN.SS.92, existe una edificación vinculada a la recogida, manipulación y empaquetado de plátanos, cuya eliminación urgente sería deseable, por considerarse que constituye un impacto paisajístico considerable, independientemente de facilitar la solución viaria de la zona. Edificio de empaquetado de plátanos en Bajamar. En la carretera LP-104, márgen Norte, existe una edificación vinculada a la recogida, manipulación y empaquetado de plátanos, propiedad de Agricultores Guanches, S.Cop., por considerarse que constituye un impacto paisajístico y cuya superación vendrá dada por la ordenación prevista en este Plan General. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 216 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.14.- LA POBLACION En el quinquenio (2001-2005), la población Canaria ha intensificado su ritmo de crecimiento respecto al anterior. Sin embargo la Isla de La Palma ha sido la de menor crecimiento poblacional del período. Con una población de 84.319 habitantes en 2001, tan sólo aumenta un 3,4 % respecto a 1996, y de 85.252 habitantes en el 2005, que supone un crecimiento del 1,11 % respecto al año 2001, lo que en el marco de Canarias puede definirse como crecimiento ligero tendente al estancamiento. La vertiente Occidental de la Isla es la que más empuja el crecimiento: Tijarafe y Los Llanos de Aridane son los Municipios más dinámicos, con variaciones porcentuales de 22% y 11% respectivamente. En la franja oriental, los municipios limítrofes a la capital insular –esta última en situación de estancamiento- acometen la función de territorios de expansión residencial: Breña Baja, con una variación del 12%, y Breña Alta, con una del 13%, son los más activos desde el punto de vista de la población. Por otro lado, se observa claramente un proceso de inicio de despoblamiento en la zona Norte de la Isla, que comprende los municipios de Puntagorda, Garafía, Barlovento, San Andrés y Sauces y Puntallana, mientras el tronco central insular se convierte en la zona por excelencia del poblamiento. Esta tendencia se mantiene en el quinquenio 2000-2005. El municipio de San Andrés y Sauces posee en la actualidad 5.086 habitantes, según los datos del Padrón de habitantes de 2005, el último de los realizados hasta la fecha, lo que representa el 5,97 por ciento de la población insular, algo menos de lo que corresponde a su «peso» territorial (6,04 %), lo cual indica que su densidad demográfica es algo superior a la media insular, de unos 126 habitantes por km2. Sin embargo, ocupa el sexto lugar en el ranking de los municipios de La Palma, tanto por su población como por su densidad demográfica. Ello se debe a su estancamiento e incluso retroceso poblacional que experimenta el término a partir de los años cincuenta, a cuyo término alcanza su máximo histórico, unos 6.200 habitantes de hecho en 1960. Con posterioridad a esta última fecha y hasta el final de los años noventa, según los datos censales, el municipio pierde habitantes recuento tras recuento, especialmente en la década de 1961 a 1970, en la cual toda la comarca norteña se ve afectada por el mismo éxodo migratorio, aunque con diferente intensidad según las áreas. En el caso de San Andrés y Sauces, el fenómeno emigratorio se produce a pesar de la extensión de los nuevos regadíos de Las Lomadas y Los Galguitos, que se cultivan de plátanos en las áreas históricas del secano, como consecuencia de la llegada del agua procedente del alumbramiento de numerosas galerías que se construyen desde la década anterior. En estos ámbitos de la zona baja la población aumenta levemente en esa etapa y en los decenios siguientes, para estancarse después, pero en las medianías los núcleos pierden habitantes y, en algunos casos se despueblan, y los tradicionales cultivos de autoconsumo se abandonan. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 217 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Superficie, población y densidad demográfica de La Palma en 2005 Municipios Superficie en Km² Población año 2005 Densidad (hab/km2) %/población de La Palma Barlovento 44 2.507 56,98 2,94 Breña Alta 31 7.039 227,06 8,26 Breña Baja 14 4.355 311,07 5,11 Fuencaliente 56 1.913 34,16 2,24 Garafía 103 1.924 18,68 2,26 Los Llanos de Aridane 36 19.878 552,17 23,32 El Paso 136 7.404 54,44 8,68 Puntagorda 31 1.795 57,90 2,11 Puntallana 35 2.424 69,26 2,84 San Andrés y Sauces 43 5.086 118,28 5,97 Santa Cruz de La Palma 43 17.788 413,67 20,87 Tazacorte 11 5.835 530,45 6,84 Tijarafe 54 2.713 50,24 3,18 Villa de Mazo 71 4.591 64,66 5,39 Isla de La Palma 708 85.252 120,41 100,00 Fuente: ISTAC e INE Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 218 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sólo el casco de Los Sauces incrementa su peso demográfico en el contexto de la zona, merced a sus funciones de pequeña capital comarcal, de manera que en la actualidad posee unos 2.500 habitantes, lo que supone casi la mitad de la población del término municipal. Por otra parte, la modesta recuperación demográfica que señalan los datos del padrón de 1996 para el conjunto municipal en el quinquenio de 1991-1995, probablemente sea más ficticia que real, pues los resultados de este último padrón de habitantes han sido muy cuestionados, en términos generales, por los investigadores, a causa de las distorsiones que introducen en la mayoría de las series. Cuadro II Indicadores de la evolución de la población de San Andrés y Sauces Años Población de San Tasa de variación de la población Andrés y Sauces La Palma S. A. Sauces 1950 % / población de 5.990 100 La Palma Canarias 100 100 (67.250) (793.328) 8,9 1960 6.208 103,6 99,9 119,6 9,2 1970 5.399 90,1 97,1 139,3 8,2 1981 5.345 89,2 108,1 169,3 7,3 1991 4.978 83,1 112,4 184,9 6,6 1996 5.438 90,8 121,2 198,9 6,7 2000 5.229 87,3 122,65 216,34 6,34 2005 5.086 84,91 126,77 248,10 5,97 Fuente: INE e ISTAC. Salvo en esa leve y por otra parte dudosa etapa de recuperación poblacional en el quinquenio 1991-1996, la emigración ha sido una de las constantes en la evolución demográfica reciente de San Andrés y Sauces, en el periodo posterior a los años cincuenta, en el cual han debido abandonar el municipio en dirección a Venezuela o a Tenerife varios miles de sauceros, que sólo han regresado a la isla en pequeña medida, para acabar instalándose en muchos casos en Los Llanos de Aridane o en Santa Cruz de La Palma, en ámbitos más dinámicos desde el punto de vista económico que su terruño natal. Este éxodo continuado de los efectivos jóvenes y emprendedores de la pirámide de población ha tenido y tiene importantes consecuencias para el municipio, además de haber creado una auténtica «colonia» de sauceros en el exterior. Una de esas repercusiones es la pérdida de Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 219 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial hálito demográfico del término, por la vía directa de la salida de habitantes, y por la indirecta de la caída de las tasas de natalidad, que se sitúan por debajo de la media insular desde los años sesenta, y en la actualidad son inferiores incluso a las de mortalidad. Otra de las consecuencias es la del envejecimiento de la población, cuya tasa se eleva a 1,32 en 1996, a más del doble de la media regional para la misma fecha, lo que indica que el grupo de las personas de más de 65 años supera ya ampliamente al de los jóvenes menores de 15 años. Esta «inversión» demográfica de la pirámide de edades supone un serio inconveniente cara al futuro, en un municipio con una elevada dependencia del sector platanero. La mayor parte del poblamiento del término se localiza en la actualidad en una franja altitudinal que podríamos llamar el nivel alto de la zona de costa y el nivel bajo de las medianías, entre los 200 y los 400 m., en los interfluvios de los barrancos o lomos, que han sido en el pasado las mejores áreas cerealistas de la comarca. En ese ámbito se ubica la capital del municipio, el núcleo de Los Sauces, a unos 250 m. de altitud, que es la entidad de poblamiento más concentrado de todo el norte de La Palma. El principal núcleo de la zona baja es San Andrés, en el que se estableció el grupo social más rico del Antiguo Régimen, el de los propietarios de la tierra. Pero su decadencia económica y estancamiento demográfico desde el siglo pasado han favorecido el desarrollo de la entidad situada en el Lomo de Los Sauces, en la que residían los antiguos trabajadores de la tierra, sobre todo a raíz de que una sentencia favorable del Tribunal Supremo les confirmara los originarios derechos de uso del agua, que les disputaban los propietarios de San Andrés. El resto del poblamiento se dispersa en torno al trazado de la carretera general y siguiendo los principales caminos por el ámbito de Los Galguitos y Las Lomadas, que son áreas que poseen varias entidades de población según el nomenclátor. La economía del municipio de San Andrés y Sauces se basa fundamentalmente en la agricultura, sobre todo en el cultivo del plátano, que cubre en la actualidad una extensión de 350 has, lo que representa casi el 68 por ciento de la superficie cultivada en esta demarcación (517 has), según los datos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias para 1998. Esto supone una considerable reducción del espacio agrícola, en relación con el existente unas décadas atrás (unas 1.000 has a principios de los años setenta), cuando el policultivo de las medianías, la agricultura de autoabastecimiento, e incluso los cultivos forrajeros para la alimentación ganadera, tenían un importante peso y unos destacados rendimientos, a causa de la amplia utilización del regadío. La platanera se cultiva casi en su totalidad al aire libre, fuera de invernadero, según la misma fuente, lo que unido a la elevada inclinación del terrazgo, a la limitada dimensión de las parcelas y a las suaves condiciones térmicas del lugar, es sinónimo de bajos Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 220 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial rendimientos medios, en relación con los obtenidos en el Valle de Aridane, aunque probablemente la calidad del producto sea mayor, en cuanto a sabor y contenido en azúcares. Pero estos parámetros no forman parte de los criterios de valoración del producto. El resto de los cultivos se reparte entre las hortalizas y los árboles frutales, entre los que sobresalen las parcelas de papas y el maíz, destinadas sobre todo al autoconsumo. Uno de los principales problemas de la agricultura de San Andrés y Sauces, y de toda la comarca norteña de la isla, es sin lugar a dudas, el del acusado minifundismo que afecta a la estructura de al propiedad de la tierra, fruto histórico de una elevada presión demográfica sobre un terrazgo limitado desde el punto de vista geográfico. Sobre parcelas minúsculas que escalan las laderas más empinadas, y que en muchos casos salvan los desniveles del terreno mediante la construcción de muros más grandes que las propias áreas de cultivo, se han instalado explotaciones agrarias muy pequeñas, que se han mantenido a causa de la rentabilidad del plátano en un mercado protegido, y de la compatibilidad del trabajo agrícola con otras actividades complementarias, e incluso con la jubilación. La fragmentación parcelaria del municipio, configurada desde el punto de vista jurídico con la caída del Antiguo Régimen y el acceso a la propiedad plena por parte de los trabajadores de la tierra, se ha incrementado por la dinámica del mercado del suelo, en la que ha intervenido sin duda el ahorro de la emigración, y por el mecanismo de la herencia, lo que la hace prácticamente inviable en la economía actual. De esta intensa división parcelaria da idea el hecho de que más del 80 por ciento de las mismas tenga menos de media hectárea, y sólo un exiguo 4 por ciento tenga más de una, según los datos del censo agrario, lo que muestra uno de los perfiles más llamativos de la problemática agrícola del término y de la zona septentrional de La Palma. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 221 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.15.- ESTRUCTURA URBANA. La conformación primitiva del municipio de San Andrés y Sauces es consecuencia fundamentalmente de tres factores: las características topográficas del territorio, la aptitud agrícola del suelo y el sistema insular de accesibilidad. El sistema de barrancos y su subsistema de barranquillos determinan una morfología física que condiciona enormemente los asentamientos, estos discurren en sentido Oeste-Este apoyados en la trama viaria originaria, fundamentalmente en los caminos reales que comunicaban el territorio con Santa Cruz de La Palma y Barlovento y los transversales que conectaban el mar con la cumbre, en concreto el camino real que unía San Andrés con Santa Cruz de La Palma, los camino de conexión entre Los Sauces, Puerto Espíndola y San Andrés, el camino de El Monte en Los Sauces, el camino de San Pedro en Las Lomadas, el camino de Tajadre en Los Galguitos, los caminos de conexión con San Andrés desde Los Galguitos y Las Lomadas, y posteriormente, la Carretera General del Norte, antigua C-830, la carretera de acceso a Puerto Espíndola y la de acceso a San Andrés desde Las Lomadas. Las condiciones climáticas y la altitud de los terrenos, generalmente de cultivo de secano, condiciona a que surjan los asentamientos en la zona de medianías y costas. El Núcleo de Los Sauces pronto se convierte en el de mayor importancia, al disponer de mejores comunicaciones, abastecimiento de agua, así como mayor capacidad de abastecimiento a la población. La aparición del monocultivo del plátano, que ocupó prácticamente la totalidad del territorio municipal por debajo de la cota +250 m, excluyendo, los barrancos y las laderas, se constituyó en base de la economía municipal durante varias décadas, propiciado inicialmente por la abundancia de las aguas, mantenida actualmente en un delicado equilibrio de subsistencia. El alumbramiento de pozos y galerías sí significó un importante acicate a la economía municipal, al incorporarse además de los beneficiados de Los Sauces, los territorios de San Andrés, Las Lomadas y Los Galguitos. Los factores que tuvieron mayor importancia en la modificación de las tendencias territoriales del Municipio fueron: el trazado de la Carretera General del Norte, y las carreteras de acceso a San Andrés desde Bajamar y Las Lomadas, alterando la estructura urbana del Municipio, que se desplaza definitivamente hacia el núcleo de Los Sauces, a costa del núcleo histórico originario de San Andrés, que resulta totalmente abrigado por los cultivos intensivos de plataneras. Asimismo, el crecimiento histórico del núcleo de Los Sauces basado fundamentalmente en dos ejes, Este-Oeste, se ve alterado al incorporarse el eje transversal de la Carretera C-830, hoy LP-1. El desarrollo histórico se ha producido según la antedicha estructura y la edificación se desarrolla por asociación lineal a lo largo de dichos ejes. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 222 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El territorio del municipio se define por tres grandes interfluvios o lomadas irregulares, separados por barrancos, y una zona alta o de montes, de acuerdo con los criterios topográficos y de ocupación humana que se utilizan habitualmente. Estos espacios son Los Galguitos, Las Lomadas y Los Sauces. Los barrancos con frecuencia adoptan la forma de cañones y hacen muy difíciles las comunicaciones. En muchos casos, los interfluvios en los que se asienta la población y los cultivos son verdaderas ínsulas. El ámbito de Los Galguitos corresponde al tablado que se sitúa entre los barrancos de La Galga y San Juan, que está surcado por un conjunto de pequeñas barranqueras que accidentan el terreno, salvo en el caso del barranco de Alén, que incide más en el terreno y en su tramo bajo forma la estrecha y llamativa crestería de La Corujera, en combinación con el barranco de San Juan. Ha sido tradicionalmente un espacio de secano, ocupado por el viñedo y los cultivos de autoabastecimiento, que han desaparecido en gran medida como consecuencia de la llegada de regadío en los años sesenta y de la expansión de la platanera. Las viviendas tradicionales se escalonan a lo largo de las lomas, siguiendo los antiguos caminos, y en cambio, las de construcción más reciente se sitúan a ambos lados de la carretera general y vías adyacentes, en una posición transversal con respecto a los anteriores. El término Las Lomadas hace referencia a la zona media y alta comprendida entre los barrancos de San Juan y de El Agua, asignándose la parte baja al núcleo de San Andrés, que dio nombre inicial al municipio. La parte alta está formada por un conjunto de lomos casi paralelos, de formas suaves, pero de bastante pendiente, entre los que apenas profundizan las barranqueras. La toponimia local se distingue entre la lomada y el lomo, pues éste termina en arista, mientras que aquélla presenta un perfil en arco que facilita la ocupación humana. Los suelos de esta zona profundos, de tipo fersialítico, por su relación con la humedad ambiental y el mar de nubes, lo que los convierte en muy fértiles. Los cultivos tradicionales de las medianías, practicados sobre terrazas sin muros de piedra, como cereales, hortalizas y frutales han experimentado un considerable retroceso en la etapa reciente. La parte baja de Las Lomadas está cruzada por la carretera general del norte que ha atraído el poblamiento, sobre todo a raíz de la extensión del regadío y de la platanera a partir de los años sesenta. En la zona costera se encuentra el caserío de San Andrés, próximo a la desembocadura del barranco de El Agua y de poblamiento concentrado. En el resto de la zona domina el platanar, sembrado también en los años sesenta, salpicado por unas pocas casas a causa del precio del suelo y de la estructura concentrada de la propiedad de la tierra existente en el pasado. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 223 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El poblamiento inicial de la zona se produjo en San Andrés, donde residían las principales familias de propietarios del Antiguo Régimen, mientras el campesinado se asentaba en la parte alta del término, en el Lomo de Los Sauces. Cuando los campesinos se convirtieron en propietarios, con la liquidación jurídica de aquel Régimen, defendieron la vinculación del agua a la tierra, lo que provocó la decadencia de San Andrés, que fue abandonado por los descendientes de los antiguos propietarios. Pero en los siglos XVI y XVII, San Andrés fue un centro comercial que pronto adquirió el título de villa, aunque en la actualidad sólo quedan las casonas señoriales y su iglesia renacentista como restos de su pasado esplendor. Incluso su puerto llegó a ser el de mayor volumen de exportación de La Palma en esa etapa. El lomo de Los Sauces corresponde al interfluvio situado entre los barrancos de El Agua y de La Herradura, que se aproximan entre las cotas de 800 y 500 m. de altura, donde se encuentra el tablado de Llano Clara. A partir de éste lugar y en dirección a la costa, el interfluvio se ensancha y forma casi un triángulo, con un relieve irregular de lomas de piroclastos y hoyas, en el que se han asentado la población y los cultivos, dando lugar a uno de los emporios agrícolas de la isla, a causa del regadío. Desde la conquista se iniciaron las plantaciones de caña de azúcar, que fueron posteriormente sustituidas por viñedos, cereales y frutales. Con la crisis de la cochinilla se volvió nuevamente a la caña de azúcar y en este siglo se ha desarrollado el cultivo del plátano. Sin embargo, la zona regada y habitada del municipio posee una superficie de apenas 4 km2, cuya población se reparte entre varias entidades, entre las que sobresale el núcleo de Los Sauces, que con sus 2.500 habitantes ostenta la capitalidad comercial y administrativa del norte de La Palma, a pesar de lo cual su crecimiento demográfico es lento y el grado de envejecimiento de su población notable. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 224 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.16. NÚCLEOS URBANOS. 1.8.16.1.- LOS SAUCES (SUCU-1) La estructura: El núcleo de Los Sauces, principal núcleo urbano del municipio, se vertebra entorno a la carretera LP-1, a lo largo del tramo comprendido entre los barrancos del Agua o Los Tilos, en el extremo Norte del nuevo “Puente”, y el de La Herradura, en Bajamar. Desde sus márgenes se ha ensanchado fundamentalmente hacia el poniente, apoyándose en la red de caminos o pistas agrícolas que paulatinamente se han ido convirtiendo en calles. Esta circunstancia justifica su entramado intrincado, serpenteante y, en la mayoría de los casos, la elevada pendiente, también condicionadas por la topografía local. Este sistema de accesibilidad supone uno de los mayores problemas a resolver desde el presente Plan. El intenso aprovechamiento agrícola del suelo del entorno ha llevado en algunos sitios a crecer en vertical, de forma mas compacta, circunstancia que acentúa el carácter urbano de este núcleo, que si bien presenta determinados problemas de paisaje urbano, ofrece por otro lado, unas condiciones de complejidad funcional, proximidad y centralidad muy ventajosas respecto a los diseminados de otras partes de la isla. La estructura de este ámbito urbano, podemos definirla como mixta, resultado de la superposición histórica de dos sistemas de ocupación del territorio y conectividad, por una parte, la estructura antigua basada en dos ejes Oeste-Este, que cruzaban la centralidad instucional e in dustrial de la actual Plaza de Montserrat y Parque Antonio Herrera, y conectaban ésta con el área productiva de Los Sauces, en concreto la zona de medianías, así como con el centro administrativo de San Andrés y con la zona portuaria de Puerto Espíndola. Y por otra parte, la estructura lineal Norte-Sur, que se produce inicialmente con el camino real a Barlovento, hoy calles Abraham Martín y El Poiso y después, en el año 1941, con la implantación de la Carretera General del Norte, hoy LP-1. Posteriormente, en la década de los 70 determinadas decisiones administrativas, como la ubicación del Equipamiento Docente comarcal en la zona de Los Salones, produce determinadas tensiones territoriales que influyen igualmente en la conformación actual. Debido al descenso poblacional operado desde los años 60 hasta la actualidad, no se ha modificado notablemente la conformación urbana generada hasta la mitad del siglo pasado. La acción urbanizadora en estos últimos cincuenta años, se limita a la apertura de la actual calle Juan Carlos I y su continuación Calle Los Salones, construida para dar acceso al Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 225 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Equipamiento Docente; la reciente calle de conexión entre la Calle Abraham Martín y la Travesía Urbana de la Carretera LP-1; y por último, la Calle Doctor Martín, necesaria para acceder a la Casa de Cultura, al recientemente inaugurado Polideportivo y al Edificio de Servicios Múltiples, todos Equipamientos Municipales. En los últimos años se han construido una decena de edificios residenciales, de vivienda colectiva en edificación cerrada, que vienen a resolver el enorme déficit de viviendas propiciado por la casi inactividad histórica promocional. La principal característica del núcleo urbano de Los Sauces, reside en la potente centralidad generada por la plaza de Nuestra Señora de Montserrat y El Parque Antonio Herrera, sobre los que se sitúan los edificios principales de la Iglesia, el Ayuntamiento, y las edificaciones históricas de mayor relevancia que sustentan la actividad comercial: oficinas bancarias, farmacia, librerías, bares, restaurantes y comercio en general. Este gran centro, tanto por su dimensión y claridad tipológica, como por la calidad de las edificaciones que envuelven el espacio público, podría conceptuarse, sin lugar a dudas, como de los más importantes de Canarias. Genera en sí mismo un esquema radial de conexiones viarias que estructuran, conjuntamente con la orografía, la trama urbana de este núcleo. El trazado de la Carretera General del Norte, cuya construcción no llega a Los Sauces hasta el año 1941, se lleva hacia el centro institucional, fragmentando la gran explanada central en dos mitades, la inferior situada al naciente corresponde a la Plaza de Montserrat, y la superior, al oeste, perteneciente al Parque Antonio Herrera, conocida por “La Alameda” . Si bien, tal medida pudo tener una justificación en aquella época, en aras a conseguir un incremento de la actividad económica propiciada por el tráfico rodado de vehículos a través del centro del pueblo, hoy en día el notable incremento del tráfico rodado, unido al obligado paso de camiones de gran dimensión para el traslado de la producción platanera, así como la consolidación de la travesía de Los Sauces como tramo netamente urbano, obliga necesariamente a plantearnos la circunvalación de la carretera LP-1 en este núcleo, pudiéndose conseguir de este modo la unificación de las dos plazas, al excluirse el tráfico rodado que actualmente las divide, a la vez que se obtiene un espacio colectivo unitario de enorme calidad. Parcelación: El núcleo de Los Sauces constituye uno de los primeros, después de la colonización y reparto de la isla, donde la población trabajadora accede a la propiedad de la tierra, muy valiosa, en tanto se vinculaba a los derechos de agua de los Nacientes de Marcos y Cordero y a la propiedad del monte, para la obtención de productos para la agricultura y ganadería. Su Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 226 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial origen se basa pues, en una estructura agraría, ya desde sus inicios muy fragmentada, que ha evolucionado hacia un enorme minifundismo. Esta parcelación de muy escaso tamaño, genera una problemática de toda índole, que va desde la gestión urbanística hasta la propia edificación. Las características de “adaptación orgánica” al terreno en que se ubica, la preservación del suelo productivo, y el desarrollo del viario a partir de los ejes históricos de conexión EsteOeste, y posteriormente de la carretera insular LP-1, independientemente de los factores históricos antedichos, han condicionado notablemente la estructura parcelaria del núcleo de Los Sauces. Edificación: La no ocupación del terreno productivo y la inicial estructura central de producción económica (ingenios de la caña de azucar) e institucional (Iglesia y posteriormente Ayuntamiento), unido a la creación del gran espacio público, constituido por La Plaza de Montserrat y el Parque Antonio Herrera, aglutinante de la actividad comunitaria, así como al posterior trazado de la Carretera General del Norte atravesando dicho centro, han propiciado la creación de un núcleo urbano compacto, con unas densidades edificatorias superiores a la mayoría de los municipios de la isla, sólo superadas por Santa Cruz de La Palma, y en los últimos cuarenta años, Los Llanos de Aridane, con un crecimiento en altura y un ambiente netamente urbano. Las edificaciones de mayor antigüedad aparecían dispuestas originariamente (se emplea el pretérito puesto que no quedan muchas) en los lomos, siguiendo un desarrollo Oeste-Este, destacando sobre todo el eje comprendido entre los Molinos y el Templo de Montserrat, por una parte, y Los Molinos y La Lama, por otra, a partir de mediados del siglo XIX se asiste al desarrollo definitivo del eje Norte-Sur, que siguiendo el Camino Real hacia Barlovento, arrancará desde La Verada, pasando por la Plaza de Montserrat, Las Roseras, La Lama, para continuar hasta El Poiso. Reflejo de esa época son la mayoría de las edificaciones que hoy bordean la Plaza de Nuestra Señora de Montserrat y la Alameda de Antonio Herrera, asi como las viviendas de mayor valor arquitectónico de El Barranquito o La Lama, de las más ricas en formas y, en ocasiones, en materiales que se conservan. Como ejemplo, sirvan los siguientes datos, entre los años 1.907-1910, el Ayuntamiento de San Andrés y Sauces otorgó un total de 20 licencias, de las que 15 eran para edificar en Los Sauces; entre 1.929-1.931, se dieron 41, de las que 35 correspondían a dicho enclave. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 227 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los años inmediatamente posteriores a la Guerra Civil no fueron nada fructíferos para la construcción. No obstante, a partir de los años 60 y, sobre todo, en las décadas de los 70 y 80, debido, entre otros factores, a la llegada de divisas de la emigración, existimos a un nuevo impulso, basado en la edificación cerrada en altura, cuyos resultados, sin embargo, no fueron nada acertados desde el punto de vista de paisaje urbano, debido, sobre todo, a la ausencia de Planeamiento Municipal y a que las Normas Subsidiarias no se aprobarían hasta el 3 de marzo de 1.992. En la última década del pasado siglo y durante el lustro actual, se han implantado una decena de edificios construidos conforme a la normativa vigente, compuesto por las NN.SS. 92, cuyo resultado nos obliga a la reconsideración de derterminados preceptos de ordenación urbana. Estructura de La Propiedad El origen agrario de la parcelación y la sucesiva transformación urbana, unido a las condiciones de topografía y el particular sistema de accesibilidad, han producido una estructura de propiedad irregular, tanto en dimensiones como disposición, toda vez que no se han producido procesos reparcelatorios en este núcleo urbano. Equipamientos y Dotaciones. El núcleo de Los Sauces ha desempeñado tradicionalmente un rol predominante en la comarca Norte como cabecera comarcal. Por esta razón se han localizado en este núcleo dotaciones de incidencia supramunicipal, tales como: − Centro Comarcal de Salud. − Equipamiento Docente Comarcal (IES) − Centro Ocupacional y Especial de Empleo. − Pabellón Municipal de Deportes (inicialmente Comarcal). − Zona Portuaria en Puerto Espíndola (inicialmente refugio pesquero) − Cuartel de la Guardia Civil. − Guardería. − Centro Comarcal de Bomberos. − Centro Insular de Cámara Agraria y Oficinas Externas del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 228 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El núcleo de Los Sauces en los últimos años ha sido soporte estratégico de una notable actividad comercial localizada en las plantas bajas de las edificaciones de la trama urbana, sobre todo en el área central, entorno a la Plaza de Montserrat y Parque Antonio Herrera, y en la Travesía Urbana de la Carretera LP-1. Las dotaciones y equipamientos locales, situadas en el entorno inmediato de la Plaza de Montserrat, se encuentran constituidas por: − El Ayuntamiento y anexo administrativo. − La Iglesia de Montserrat. − La Casa de Cultura Municipal − El Centro Cultural “ Casa del Quinto” − El Centro de Servicios Múltiples − La Guardería Municipal − El Polideportivo Municipal. Podemos considerar al núcleo de Los Sauces, como un lugar suficientemente dotado de los equipamientos y servicios básicos, razonablemente bien comunicado con las infraestructuras insulares, puerto y aeropuerto, administraciones supramunicipales, equipamiento comercial, etc…, con un tamaño adecuado, entendiéndose por tal el espacio físico de implantación territorial, con una población razonable (3.000 habitantes), perfectamente arraigada en el Municipio, con unas características climáticas excelentes, dotado de unos recursos naturales incomparables, y con una amplia tradición cultural. Ha constituido y constituye el centro de la Comarca Noreste de la isla, si bien ha perdido un cierto peso por el acercamiento que la nueva carretera LP-1 representa para esta zona. Su economía se encuentra basada fundamentalmente en el monocultivo del plátano, con una pequeña aportación del sector comercial y servicios, hoy con un carácter testimonial. Podemos hablar de un Municipio que históricamente, tal como ha quedado esbozado, apuntaba un desarrollo importante, pero que a partir de la década de los 60 del pasado siglo, ha ido decayendo progresivamente, pasando de ser el tercer municipio de la isla en número de habitantes, a situarse en el sexto lugar. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 229 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Infraestructura. a) Red Viaria La principal característica de la mayor parte del sistema viario de este núcleo, cuyo origen se encuentra en la habilitación urbana de caminos agrícolas, fuertemente condicionados por la topografía, se encuentra constituida por la enorme disfuncionalidad viaria que se produce en la casi totalidad del sistema de accesibilidad del municipio, tanto por insuficiencia dimensional, estrangulamientos producidos por edificaciones, deficiente trazado, excesiva pendiente, y en general, un mal estado de conservación. Esta problemática tiene una difícil solución en las vías de mayor colmatación edificatoria, por lo que habrá de recurrirse a elementos viarios exteriores que funcionen como un colector perimetral de tráfico, recibiendo radialmente los tráficos de la trama urbana, que en una gran parte habrán de organizarse como vías de sentido único. Los problemas principales del sistema viario de este núcleo son los siguientes: Calle Lomitos de Arriba: Estrangulamiento y disfuncionalidad en general por inadecuada relación entre la edificación y la vía. El doble sentido de circulación genera problemas casi subrrealistas. Calle Marcos y Cordero: Insuficiente sección para doble sentido. Calle La Calle: Estrangulamiento. Alberga edificaciones de valor arquitectónico y ambiental. Insuficiente sección para doble sentido. Calle Trasera: Estrangulamiento. Alberga edificaciones de valor arquitectónico y ambiental. Insuficiente sección para doble sentido. Calle Bediesta: Insuficiencia para doble sentido Calle Los Molinos: Insuficiencia para doble sentido Calle Las Toscas: Insuficiencia para doble sentido Calle Los Salones: Insuficiencia para doble sentido. Constituye el acceso a un grupo de viviendas sociales y al Instituto de Formación Profesional Vicente Sanjuán. Calle La Montañeta: Ha de preverse peatonal con tráfico restringido. Calle Abraham Martín: Presenta estrangulamientos por edificaciones. Calle Juan Carlos I: Ha de resolverse su conexión con la Carretera General LP-1, dados los problemas que se generan diariamente en el acceso al área de Equipamiento Docente de Los Salones, sobre todo por los autobuses del servicio escolar. Calle Blas Moreno Zagala: Deberá conceptuarse como vía peatonal Calle Ciro González: Ha de preverse de sentido único. Calle El Topo: Ha de plantearse exclusivamente peatonal, dado los problemas funcionales que presenta. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 230 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Camino del Morro: Precisa la adopción de una sección suficiente para el tráfico en doble sentido, puesto que se trata de una calle cerrada en fondo de saco. Calle Hoya Grande: Precisa de un adecuado encintado de aceras y pavimentación, independientemente de resolver adecuadamente las intersecciones con el viario transversal. Camino Hoya Grande: Precisa de un adecuado encintado de aceras y pavimentación, independientemente de resolver adecuadamente las intersecciones con el viario transversal. Camino Ramirez: Precisa su adecuación para el funcionamiento en doble sentido, independientemente de una mínima dotación de aparcamientos, así como de encintado de aceras. Camino de Bajamar: Precisa su adecuación para el funcionamiento en doble sentido, independientemente de una mínima dotación de aparcamientos, así como de encintado de aceras. Calle La Pedrera: Su sección viaria obliga a un planteamiento de sentido único, o bien a excluir los aparcamientos de la vía. Camino del Poiso: Precisa de un adecuado encintado de aceras y pavimentación, independientemente de resolver adecuadamente las intersecciones con el viario transversal. b) Saneamiento Existe red municipal de alcantarillado, que cubre prácticamente el 90 % del ámbito urbano de Los Sauces. El Municipio dispone asimismo de una depuradora municpal situada en la zona de El Valle, en la costa del municipio. La normativa actual obliga a que los núcleos de población del tamaño de Los Sauces, dispongan de un sistema de evacuación y vertido moderno, lo que colleva a la necesidad de extender la red de alcantarillado a la totalidad del suelo urbano de este núcleo. c) Abastecimiento de agua El casco urbano de Los Sauces se encuentra dotado de una red pública municipal que discurre subterránea por todo el sistema viario. El abastecimiento se garantiza a través de un únido depósito regulador y de control sanitario. No existe red independiente contra incendios. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 231 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena d) Documento para Aprobación Inicial Electricidad La central térmica de la empresa UNELCO ENDESA que resuelve las necesidades de suministro eléctrico de toda la isla se ubica en la zona de Bajamar del Término Municipal de Breña Alta y la Central Eléctrica de El Mulato, ubicada en el Barranco del Agua de este Municipio, realiza una pequeña aportación energética, que se tiene previsto incrementar mediante su modernización. El suministro eléctrico del núcleo de Los Sauces se resuelve a través de un conjunto de estaciones transformadoras y líneas de distribución de media tensión, que mediante un sistema radial, garantiza el suministro a la totalidad del suelo urbano de este núcleo. e) Alumbrado público La totalidad de las redes de alumbrado público del núcleo de Los Sauces, salvo pequeñas excepciones, discurren aéreas, produciéndose efectos sumamente negativos desde el punto de vista de la estética urbana, actualmente se realizan algunas obras de soterramiento parcial en la zona central de este núcleo urbano. En su totalidad se encuentra adaptado a la normativa de protección del cielo de la Isla de La Palma. f) Telefonía La totalidad de las redes de telefonía del núcleo de Los Sauces, salvo pequeñas excepciones, discurren aéreas, produciéndose efectos sumamente negativos desde el punto de vista de la estética urbana, actualmente se realizan algunas obras de soterramiento parcial en la zona central de este núcleo urbano. Se encuentra dotado el núcleo de cabinas telefónicas en La Avda. de Los Sauces y en los bajos del Parque Antonio Herrera, en Plaza de La Cruz de La Lama y en Bajamar. g) Otros El servicio de correos se encuentra en la Calle Alonso Pérez Díaz, disponiendo de un edificio independiente. La red de riego, administrado por la influyente Comunidad de Regantes de Los Sauces, discurre por el subsuelo de muchas calles, así como la antigua red de atarjeas, canales y acequias, muchos de ellos en desuso. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 232 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.16.2.- SAN ANDRES (SUCU-2) La estructura: La actual conformación del núcleo urbano de San Andrés responde a dos impulsos en épocas distintas. El primero que abarcaría el Siglo XVI y principios del siglo XVII, en el transcurso del cual se generó la Calle de La Iglesia, en el lado Norte de la explanada que bordeaba la antigua fábrica del templo, la Calle de Abajo, siguiendo el Camino Real que subía a Los Sauces, y parte de la Calle de El Medio y de la Calle San Sebastián, si bien en estas últimas el número de viviendas fue reducido. Durante los Siglos XVII, XVIII y gran parte del XIX asistimos a un fuerte estancamiento en el desarrollo de La Villa, sobre todo si lo comparamos con el fuerte crecimiento en la primera mitad del siglo XVI, añadiéndose un número escaso de construcciones. Tras este periodo de escasa actividad constructiva, entre 1885 y 1934 conocemos la segunda etapa en el desarrollo de San Andrés asistiendo a la configuración de una nueva calle Relámpago, a la vez que a la construcción de nuevas viviendas. El edificio de la Iglesia se presenta como el elemento en torno al cual se genera la trama de San Andrés, y, es en torno a ella, también, donde se establece el hito que supone la plaza, elemento urbano que acabará arropando al propio templo, presentándosenos hoy en día como el elemento espacio director, alrededor del cual se establecen las relaciones urbanas. Este espacio público abierto surge, como la mayoría, de la antigua explanada que bordeaba el Templo. De hecho, todavía hoy, conservamos imágenes del final del siglo XIX que recoge este espacio aún sin urbanizar. El núcleo histórico de San Andrés ha de entenderse como el principal recurso del Municipio para la introducción de servicios turísticos cualificados, así como la gran oportunidad que representa para la recreación de un espacio urbano tradicional de gran atractivo, donde puedan coexistir los usos residenciales con las nuevas instalaciones. Si se analizan los enclaves urbanos históricos de Canarias, son pocos los que hayan mantenido las características iniciales, entendiéndose las que existían en el siglo XVII, tal como se ha dicho anteriormente, tal como ocurre en el núcleo de San Andrés. La elemental trama constituida por la Plaza de la Iglesia, y las calles de La Iglesia, de Abajo, del Medio, del Relámpago, Calle La Plaza y San Sebastián, así como el enclave de la ermita del mismo nombre, ha de ser colmatada con una recreación, casi escenificación, que nos permita tematizar este espacio, conformándose como un referente histórico y etnográfico de obligada visita. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 233 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Asimismo la modesta expansión que se ha de prever en este núcleo ha de mantener unas características ambientales, tanto de fachadas y cubiertas, como de urbanización, de modo que no entren en contradicción y deprecien al núcleo histórico tematizado. Para la ordenación, ha de entenderse este núcleo en tres ámbitos morfológicos perfectamente diferenciados. El primero se refiere al conjunto edificado que envuelve a la iglesia de San Andrés y a la propia plaza, que podemos denominar “ámbito de protección”. En segundo lugar, el constituido por el recinto formado por las calles de “La Iglesia”, “de Abajo”, “San Sebastián” y el mar, que podemos denominar como “la trama urbana histórica inconclusa”. Por último, el área de expansión, que necesariamente ha de situarse hacia el poniente y hacia el sur, y cuya ordenación habrá de conseguir la debida ordenación y articulación con la trama histórica, debiendo contribuir para su revalorización y adecuada explotación, evitandose cualquier actuación depreciatoria. Parcelación: San Andrés nace no como un enclave rural secundario, sino con una clara voluntad urbana. De hecho, el trazado ortogonal en torno a la plaza posee también una marcada influencia urbanística renacentista, que se desarrolla entre dos hitos: la iglesia como generadora y la ermita de San Sebastián como límite sur, a partir del cual surgen otros espacios típicos de extramuros como el cementerio. Por otro lado, además de recibir el título de villa a los pocos años de finalizada la conquista, su dotación de alcaldía pedánea, de dos escribanías y cárcel pública le otorgan cierta entidad administrativa que ningún otro enclave insular, a excepción de la capital, conoció en el siglo XVI siendo San Andrés el segundo núcleo de población en importancia de la isla tras su capital. De hecho, sólo existía otro pequeño enclave en Los Llanos. La parcelación por tanto, dentro de la elemental trama urbana, se estructura sobre el trazado viario, diferenciandose claramente de la parcelación rústica agrícola del entorno exterior. Edificación: Predominan las edificaciones antiguas, entendidas por tales, las construidas o iniciadas antes del siglo XVIII, que constrastan con las edificaciones posteriores, sobre todo las construidas a partir del año 50, localizadas fundamentalmente en la calle San Sebastián (Travesía Urbana Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 234 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial de la LP-104), en el tramo más al Sur de la Calles de El Medio y en la Calle Relámpago, hoy Calle Padre Juan González. La tipología edificatoria es de casas alineadas a las calles sobre las que ofrecen la fachada principal, con huerto posterior, adosadas o no entre sí. Dentro del Catálogo de Protección del Patrimonio anexado al presente Plan General, se incluyen las siguientes edificaciones: FICHA SITUACION ELEMENTO TIPOLOGÍA EDIFICATORIA GRADO DE CATALOGADO 2.1.1. 2.1.2. PROTECCIÓN Conjunto Calle Plaza Casa de Dña. Nieves Concepción 2.1.3. Casa de Don Sinecio Pérez 2.2.1. Iglesia de San Andrés 2.2.2. Casa “Guisla” 2.2.3. Casa de Don Francisco Edificación cerrada alineada a vía Ambiental Arquitectura religiosa Integral Edificación cerrada alineada a vía Ambiental Arquitectura religiosa Integral Ambiental Lorenzo 2.2.4. Ermita El Pilar 2.2.5. Casa de Don cayetano Ambiental José Hernández 2.2.6. Casa de Don Martín Ernesto Hernández 2.2.7. Calle Iglesia 2.2.8. Casa de Don Joaquín Hernánde Edificación cerrada alineada a vía Casa del Cura 2.2.9. Casa de Don Luis Tomás Lorenzo 2.2.10. Casa de Don Andrés Hernández 2.2.11. Casa de Don Elías Artemio 2.1.12. Casa de Don Elías Artemio Edificación cerrada retranqueada a Toledo vía 2.2.13. 2.3.1. Casa de Dña. Dolores Calle El Medio 2.3.2. Casa de Don Manuel Martín y otros Edificación cerrada alineada a vía Casa de Don Domingo Abreu 2.3.3. Casa de Dña. Nieves Hernández 2.3.4. Casa de Dña. Mª Luisa Salazar y otros 2.3.5. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Casa de Don José Pérez 235 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 2.3.6. Documento para Aprobación Inicial Casa de Dña. Cira Hernández 2.3.7. Casa de Don Sebastián Díaz 2.3.8. Casa de Dña. Milagros Cabrera 2.3.9. Casa de Dña. Mª C. Hernández 2.3.10. 2.4.1. Casa de Don David T. Brito Calle Padre Juan Casa de Dña. Josefa González Salazar Casa de Don Lucas 2.4.2. jimenez Casa de Don Germán 2.4.3. 2.5.1. Calle San Sebastián Casa de Dña. Ana Isabel Cabrera 2.5.2. Casa de Carmen Martín 2.5.3. Casa de Dña. Andrea Edificación cerrada alineada a vía Ambiental Concepción 2.5.4. Casa de Don Jorge Toledo 2.5.5. Casa de Dña. María Guadalupe Brito 2.5.6. Casa de Dña. Mª Pilar Lorenzo 2.5.7. Casa de la familia Salazar hernández 2.5.8. Pensión Las Lonjas 2.5.9. Ermita de San Sebastián Arquitectura religiosa Si bien, afortunadamente, no son numerosas las edificaciones construidas en las décadas de los años 60 y 70, si existen algunas edificaciones con mayor o menor grado de inadecuación, algunas con excesivo volumen, con plantas bajas excesivamente altas dotadas de amplias puertas de garaje, y con un lenguaje arquitectónico inadecuado. Estructura de La Propiedad El trazado urbano original produce una estructura de propiedad con un cierto orden, que contrasta con los suelos mas alejados de las calles, cuyo destino ha sido siempre agrícola. La división continuada de la parcelación primitiva, ha producido un tamaño de parcela predominante de pequeña dimensión. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 236 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Equipamientos y Dotaciones. Dentro de los Equipamientos públicos con que cuenta la Villa de San Andrés, destaca la Iglesia de San Andrés Apóstol, que se erige en elemento central estructurante de la trama urbana. Se encuentran asimismo los siguientes: Ermita de San Sebastián (Equipamiento Religioso) Casa Parroquial (Equipamiento Social) Antiguo Cementerio Nuevo Cementerio. Situado alejado del ámbito urbano. Polideportivo Municipal (Dotación Deportiva en ejecución). Equipamiento de ocio y recreativo del Horno de La Cal. Mensionar asimismo, los Restaurantes Existentes, en tanto constituyen servicios comerciales de hostelería muy a tener en cuenta en la reactivación de este núcleo. Infraestructura. a) Red Viaria La carretera LP-104 constituye el ramal de acceso, que partiendo desde la Carretera LP1 en El Llano de El Pino en Las Lomadas, resuelve la accesibilidad a este núcleo desde el Sur. Esta misma carretera, mediante el ramal que enlaza a la carretera de Puerto Espíndola LP-1042, con este núcleo por el Norte, completa su conexión territorial. Desde el punto de vista de su ordenación, sería deseable circunvalar el núcleo urbano, alejando el tráfico con dirección a El Melonar- Puerto Espíndola hacia el poniente, recualificando de este modo la antigua Calle de San Sebastián, hoy convertida en travesía urbana de la antedicha vía LP-104. Dicha variante viaria tiene una complicada solución. La totalidad de las calles que componen la trama histórica, es decir, Calle de la Iglesia, Calle de Abajo, Calle del Medio, Calle de El Relámpago, calle La Plaza, a excepción de la Calle de San Sebastián, se encuentran pavimentadas mediante “callados basálticos” sin aceras, solución pintoresca, pero que genera problemas de incomodidad para transitar por ellas. Todas estas calles se encuentran abiertas al tráfico rodado, resolviéndose la totalidad del aparcamiento vinculado a las mismas en superficie. La Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 237 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial reinterpretación histórica, u ordenación ambiental, que se propugna para este núcleo, conlleva la eliminación parcial del tráfico rodado b) Saneamiento No existe red municipal de alcantarillado. Gran parte las edificaciones evacúan hacia el Barranquito, hoy totalmente canalizado, que atraviesa en diagonal la plaza y que desemboca en el acantilado costero derramando sobre el callado y el mar, después de sufrir una elemental depuración orgánica que mas de una vez ha causado serios problemas de olores. En el resto del ámbito urbano, el sistema de evacuación empleado hasta la fecha consiste en depuración orgánica mediante fosa séptica y vertido a pozo absorbente. La solución definitiva para el saneamiento de este núcleo pasa por la instalación de una estación depuradora de aguas residuales y posterior vertido del efluente depurado a pozo absorvente. La situación de la misma, y dado que debe disponer de acceso rodado, habría de ser la zona final de la Calle de Abajo, al pie del acantilado. c) Abastecimiento de agua El casco urbano de San Andrés se encuentra dotado de una red pública municipal que discurre subterránea por todo el sistema viario. El abastecimiento se garantiza a través de un depósito regulador y de control sanitario ubicado en la parte alta de Las Lomadas. No existe red independiente contra incendios. d) Electricidad La central térmica de la empresa UNELCO ENDESA que resuelve las necesidades de suministro eléctrico de toda la isla se ubica en la zona de Bajamar del Término Municipal de Breña Alta y la Central Eléctrica de El Mulato, ubicada en el Barranco del Agua de este Municipio, realiza una pequeña aportación energética, que se tiene previsto incrementar mediante su modernización. El suministro eléctrico del núcleo de San Andrés se resuelve a través de una estación transformadora y líneas de distribución de media tensión, que mediante un sistema radial, garantiza el suministro a la totalidad del suelo urbano de este núcleo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 238 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena e) Documento para Aprobación Inicial Alumbrado público La mayoría de la red de alumbrado público del núcleo de San Andrés, discurre subterránea a lo largo de las diversas calles del núcleo, a excepcion de la travesía urbana de la Carretera LP-104. La totalidad se encuentra adaptada a la normativa de protección del cielo de la Isla de La Palma. f) Telefonía La totalidad de la red de telefonía del núcleo de San Andrés discurre subterranea, a excepción de la travesía urbana de la Carretera LP-104. En dicho núcleo se encuentra una cabina telefónica localizada en la Plaza. 1.8.16.3.- EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA (SUCU-3) La estructura: Este ámbito urbano, cuya delimitación coincide casi exactamente con la prevista en las NN.SS. 92, comprende el suelo urbano situado en la zona El Melonar-Charco Azul, estructurado sobre la única calle existente, que sirve de acceso entre otros, a las Piscinas Naturales de Charco Azul y a las Destilerías de Ron Aldea, y que conecta con la carretera LP-1042, sobre la que se organiza el restante suelo incluido en este ámbito, que denominamos Puerto Espíndola, en tanto gravita sobre dicha dotación portuaria. Se trata pues, de una estructura totalmente lineal, cuya ordenación, entre otros aspectos de carácter ambiental, ha de resolver ante todo la funcionalidad viaria y la dotación de aparcamientos. El enclave costero de El Melonar-Puerto Espíndola constituye, conjuntamente con el núcleo urbano de San Andrés, el recurso potencialmente turístico y de ocio más importante del Municipio. Por lo que su adecuado enfoque estratégico y de ordenación ha de constituir uno de los objetivos básicos de este Plan General. La Dirección General de Costas, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, tiene redactado el Proyecto de playa artificial en Puerto Espíndola y rada de Pavones, así como actuaciones de mejora en el entorno inmediato, cuya adjudicación es inminente. Asimismo se encuentra ejecutándose y avanzadas las obras del sendero de litoral que une el núcleo de San Andrés con Puerto Espíndola. Por otra parte, las obras realizadas para el refugio pesquero, Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 239 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ejecutadas en dos fases, finalizadas en el año 2002, independientemente de condenar definitivamente las potencialidades que tenía este puerto, no resuelve la protección de las embarcaciones, independientemente de los problemas de operatividad que presenta. En resumen, nos encontramos con un área estructurada en dos espacios: El de Puerto Espíndola, formado por dos playas artificiales, amplias explanadas de espacios públicos, los vestigios del antiguo embarcadero, y un pequeño puerto de reciente construcción con muchas limitaciones funcionales para la operatividad de las embarcaciones, flanqueados todos por el acantilado vertical del poniente. Además se sitúan, al Sur de estas infraestructuras, un edificio de restauración, y un grupo de una decena de edificaciones residenciales, con la excepción del antiguo edificio del sindicato agrícola, construido en el año 1927, hoy ocupado por la fábrica “Ron Aldea”. Todo ello enclavado en una zona muy interesante desde el punto de vista paisajístico, independientemente de los referentes históricos que lo acompañan. Y el de El Melonar-Charco Azul, que contiene las piscinas naturales de Charco Azul que han representado y actualmente representan la mayor oferta de ocio de este tramo de costas, complementado en menor medida por las pequeñas calas de Puerto Espíndola. Hace una década aproximadamente, se realizaron obras financiadas por la Dirección General de Costas, consistentes en la mejora de accesos y dotación de instalaciones, cuya insuficiencia se hace patente sobre todo en verano. La incorporación de las playas artificiales de Pavones y Puerto Espíndola, así como la introducción de diques sumergido de abrigo en “El Varadero” y “El Palito”, convertirían a esta zona en un Parque Marítimo envidiable, por su diversidad y atractivo, constituyendose en el necesario Equipamiento que precisa esta área de la isla para el complemento de la economía agrícola. Para la rehabilitación y puesta en valor del enclave de Puerto Espíndola, en primer lugar, se ha de establecer como objetivo principal, la definitva solución del Puerto mediante una actuación de ingeniería mucho más ambiciosa que las llevadas a cabo; en segundo lugar, de gran importancia, la ordenación del tráfico rodado y la dotación del número de aparcamientos necesarios; en tercer lugar, la previsión de una reserva de suelo para equipamientos complementarios; y por último, el establecimiento de una ordenación donde la variable ambiental en cierto modo “pintoresca” presida la actuación. Todo ello, en aras a la debida explotación racional y sostenible de este importante recurso, que ha de contribuir necesariamente a la diversificación de la economía local. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 240 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El modesto desarrollo que necesariamente ha de completar la ordenación de ámbito urbano, tiene que producirse en el espacio territorial contiguo, ocupado en El Melonar y Pavones por plataneras, y cuya sustitución parcial y compatibilización funcional con el uso residencial habrá de conseguirse. Los suelos incorporados al ámbito urbano son prácticamente los clasificados como tales en el Planeamiento Municipal vigente, debiendo preverse un pequeño desarrollo en suelo urbanizable de ensanche en los terrenos agrícolas contíguos por el poniente. La existencia en este enclave de un antiguo embarcadero, las Destilerías de Ron Aldea, el Sindicato Agrícola, la casa de servicios portuarios, hoy Restaurante Meson del Mar, las casas colgadas sobre el antiguo Camino Real, el Horno de La Cal, etc… proporcionan un entorno visual muy similar que debe ser respetado y potenciado, y que admite transformaciones de uso sin por ello acudir a destrucciones de este patrimonio que refuerza la identidad del lugar. La memoria de las viejas historias de cabotaje, singladuras clandestinas a América, destilado de ron y horneado de la cal, aún resuenan en los aledaños de la punta espíndola, y debe ser fijada ahora como punto de partida de una nueva etapa, cuidando su ordenación y construcción para que no determine la desaparición de la memoria histórica, verdadero elemento de arraigo de una población a su lugar, y única manera de mantener en armonía los habitantes con los sitios. No ha de ser otro el proposito de este Plan General. Parcelación: Es la parcelación histórica derivada fundamentalmente por el trazado de la carretera de acceso al Puerto Espíndola, hoy LP-1042, así como del antiguio camino real que conectaba este enclave con el núcleo de Los Sauces a través de los Caminos de Manos de Oro y Pavones y del camino de conexión con el núcleo de San Andrés, a través de “El Varadero” y “El Guindaste”. La parcelación del suelo circundante tiene su origen en las sucesivas explotaciones agrícolas y viene condicionada por la accidentada orografía de los terrenos. La sucesiva división del suelo ha generado una estructura minifundista. Edificación: En la zona de El Melonar, la única edificación digna de mención, es “El Trapiche del Ron Aldea”, actualmente funcionando, incluida en el Catálogo de Protección del Patrimonio (Ficha Nº 1.30.2). Hay que destacar, como elemento igualmente catalogado, el antiguo Horno de La Cal de Charco Azul, (Ficha Nº 1.30.3). Mediante la aplicación de las NN.SS. 92, se han Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 241 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial construido dos edificaciones de pequeña dimensión, una de uso turístico, tipología de apartamentos en bloque, y otra, residencial, igualmente en bloque. Por último, mencionar la existencia de una edificación agroindustrial, destinada a empaquetado de plátanos, prevista en situación de “fuera de ordenación” en las NN.SS. 92, y cuya demolición es vital, tanto para la correcta funcionalidad viaria, como para revalorización que precisa este ámbito urbano. En el enclave de Puerto Espíndola, la edificación más notable de este enclave marítimo, es la casa ocupada por el restaurante “Mesón del Mar” (antigua Casa Juan), hoy totalmente restaurada, se ha incluido en el catálogo de Protección del Patrimonio (Ficha Nº 1.29.3). Asimismo, hay que destacar el edificio del “Sindicato de Cosecheros”, construido en el año 1927 tal como reza en su fachada, igualmente catalogado (Ficha Nº 1.29.1), cuya rehabilitación parece aconsejable en aras a explotar adecuadamente este recurso, estratégicamente situado en el ámbito urbano. Por útlimo, dentro del conjunto de casas que se sitúan en el margen norte del antiguo camino real, destaca la destinada a “Pensión Puerto Espíndola”, edificación tradicional de alto y bajo, con una rehabilitación no excesivamente afortunada, pero que ha sido incluida en el Catálogo (Ficha Nº 1.19.2), con un grado de protección Ambiental. La aplicación de las NN.SS. 92 ha producido una única edificación, situada en la curva de entrada al Ámbito Urbano, cuyo destino es de planta baja comercial y vivienda colectiva en superiores. Estructura de La Propiedad La resultante de la parcelación histórica. Equipamientos y Dotaciones. Las Dotaciones Públicas de mayor importancia, son complejo de ocio de Charco Azul, el antiguo embarcadero, que se integrará en la futura playa artificial; el refugio pesquero y las reducidas zonas de baño anexas. Dentro del Sistema de Espacios Libres, destacar las áreas pavimentadas de plaza, mirador y escalinata, construida frente al Restaurante Mesón del Mar, cuya ampliación se prevé en las NN.SS. 92 vigentes; la pequeña plazuela de La Virgen y las explanadas posteriores al refugio pesquero. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 242 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El Equipamiento privado se concentra en el antedicho edificio ocupado por el “Restaurante Mesón del Mar”, originariamente de servicios portuarios. Infraestructura. a) Red Viaria La red viaria, en la zona de Puerto Espíndola, se reduce a la carretera de acceso LP1042, prolongada desde la explanada frontal de “Casa Juan” hasta el refugio pesquero y la cuesta del Camino Real, y en la zona de El Melonar, a la Calle del mismo nombre que arranca y termina en la antedicha LP-1042, entre “La Dulcería Royal” y “El Barranco de Pavones”, pasando por los accesos al Charco Azul. b) Saneamiento Existe un colector de saneamiento que discurre subterráneo por la Calle El Melonar y por el tramo inferior de la LP-1042, que resolverá los servicios de evacuación de aguas residuales fecales de este ámbito urbano. Actualmente, se encuentra en ejecución las obras de bombeo e impulsión del efluente de aguas fecales de este ámbito urbano hasta la depuradora municipal de El Valle. La normativa actual obliga a que los municipios con una población del tamaño de San Andrés y Sauces, dispongan de un sistema de evacuación, depuración y vertido moderno, acorde con la normativa vigente. c) Abastecimiento de agua El ámbito urbano de El Melonar-Puerto Espíndola se abastece del depósito regulador de Los Sauces. Se encuentra dotado de una red de distribución pública municipal que discurre subterránea por todo el sistema viario. No existe red independiente contra incendios. d) Electricidad La central térmica de la empresa UNELCO ENDESA que resuelve las necesidades de suministro eléctrico de toda la isla se ubica en la zona de Bajamar del Término Municipal de Breña Alta y la Central Eléctrica de El Mulato, ubicada en el Barranco del Agua de este Municipio, realiza una pequeña aportación energética, que se tiene previsto incrementar mediante su modernización. El suministro eléctrico de este ámbito urbano Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 243 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial se resuelve a través de una estación transformadora y línea de distribución de media tensión, que mediante un sistema radial, garantiza el suministro a la totalidad del suelo urbano de este núcleo. e) Alumbrado público La totalidad de las redes de alumbrado público de este ámbito urbano, salvo La Calle El Melonar, discurren aéreas, produciéndose efectos sumamente negativos desde el punto de vista de la estética urbana. En su totalidad se encuentra adaptado a la normativa de protección del cielo de la Isla de La Palma. f) Telefonía La totalidad de las redes de telefonía de este ámbito urbano, salvo salvo La Calle El Melonar, discurren aéreas, produciéndose efectos sumamente negativos desde el punto de vista de la estética urbana. g) Otros La red de riego, administrado por la influyente Comunidad de Regantes de Los Sauces, discurre por el subsuelo de muchas calles, así como la antigua red de atarjeas, canales y acequias, muchos de ellos en desuso. 1.8.16.4.- LAS LOMADAS (SUCU-4) La estructura: El ámbito urbano de Las Lomadas, recoge prácticamente la delimitación establecida en el Planeamiento Municipal vigente, con ligeras alteraciones, derivadas fundamentalmente de la recitificación del trazado operada en la Carretera LP-1. Precisamente esta carretera, divide el ámbito en dos partes, la inferior, correspondiente a la Atalaya, se reduce al reconocimiento de la realidad urbana existente, así como a la solución de entronque del sistema general viario de conexión del núcleo de San Andrés con dicha carretera LP-1; y el superior, de estructura lineal, se organiza a ambos márgenes de la Calle Verada Lomadas, con dos pequeños apéndices hacia el Norte, el primero sobre la Calle del Calderito, que constituye el acceso al Equipamiento Docente, y el segundo, sobre la Calle de La Verada Norte. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 244 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Parcelación: El núcleo de Las Lomadas constituye uno de los primeros de la comarca, donde la población trabajadora accede a la propiedad de la tierra, muy valiosa a raíz del alumbramiento de los pozos y galerías. Su origen se basa pues, en una estructura agraría, ya desde sus inicios muy fragmentada, que ha evolucionado hacia un enorme minifundismo. Esta parcelación de muy escaso tamaño, genera una problemática de toda índole, que va desde la gestión urbanística hasta la propia edificación. Las características de “adaptación orgánica” al terreno en que se ubica, la preservación del suelo productivo, y el desarrollo del viario a partir de los caminos agrícolas, y posteriormente de la carretera insular LP-1, han condicionado notablemente la estructura parcelaria del núcleo de Las Lomadas. Edificación: La edificación se alinea sobre los caminos, situando la fachada principal en la línea de manzana, límite entre el dominio público y el privado, sin retranqueo alguno. Las edificaciones construidas a partir de la década de los 60 incorporan el salón de planta baja con un gran portón, utilizado como almacenamiento agrícola y garaje, mientras las anteriores se limitan a los habitáculos de vivienda. Estructura de La Propiedad El origen agrario de la parcelación y la sucesiva transformación urbana, unido a las condiciones de topografía y el particular sistema de accesibilidad, han producido una estructura de propiedad irregular, tanto en dimensiones como disposición, toda vez que no se han producido procesos reparcelatorios en este núcleo urbano. Equipamientos y Dotaciones. Se reducen a la parcela vinculada al Equipamiento Docente, correspondiente a una edificación para educación infantil, hoy cerrada por falta de niños. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 245 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Infraestructura. a) Red Viaria La prevista en la ordenación pormenorizada, que se reduce a la Calle Verada Lomadas, la adecuación del camino de San Andrés como viario de conexión con dicho núcleo desde la LP-1 ( SGV-10) y el primer tramo de las Calles del Calderito y Verada Norte, independientemente del elemental viario interior de la Atalaya. b) Saneamiento No dispone de red de alcantarillado, resolviéndose actualmente la depuración y vertido mediante fosa séptica y pozo absorbente, respectivamente. c) Abastecimiento de agua El ámbito urbano de Las Lomadas se abastece del depósito regulador ubicado en la parte superior de dicho lomo. Se encuentra dotado de una red de distribución pública municipal que discurre subterránea por todo el sistema viario. No existe red independiente contra incendios d) Electricidad La central térmica de la empresa UNELCO ENDESA que resuelve las necesidades de suministro eléctrico de toda la isla se ubica en la zona de Bajamar del Término Municipal de Breña Alta y la Central Eléctrica de El Mulato, ubicada en el Barranco del Agua de este Municipio, realiza una pequeña aportación energética, que se tiene previsto incrementar mediante su modernización. El suministro eléctrico de este ámbito urbano se resuelve a través de dos estaciones transformadoras y línea de distribución de media tensión, que mediante un sistema radial, garantiza el suministro a la totalidad del suelo urbano de este núcleo. e) Alumbrado público La totalidad de las redes de alumbrado público de este ámbito urbano, discurren aéreas, produciéndose efectos sumamente negativos desde el punto de vista de la estética urbana. En su totalidad se encuentra adaptado a la normativa de protección del cielo de la Isla de La Palma. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 246 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena f) Documento para Aprobación Inicial Telefonía La totalidad de las redes de telefonía de este ámbito urbano, discurren aéreas, produciéndose efectos sumamente negativos desde el punto de vista de la estética urbana. g) Otros La red de riego, discurre paralela a la calzada de la Calle Verada Lomadas. 1.8.17. EQUIPAMIENTOS Si bien en el Municipio de San Andrés y Sauces, se considera suficientemente equipado en cuanto a Educación Infantil y Primaria, así como en los niveles superiores de Educación Secundaria y Bachiller, constituyendo el Equipamiento Docente Comarcal, se entiende que deben potenciarse los centros de Educación Infantil y Primaria en las áreas de asentamientos rurales de Las Lomadas y Los Galguitos, así como el núcleo de San Andrés, por motivos de proximidad y accesibilidad. Con respecto al equipamiento deportivo se considera medianamente resuelto en el núcleo de Los Sauces al incorporarse, conjuntamente con el Campo de Fútbol del Llano Clara, el Polideportivo Municipal, si bien, ha de completarse el sistema de dotaciones deportivas de este núcleo con canchas polideportivas situadas en los distintos barrios: La Calle, La Lama, Los Lomitos y Bajamar. Tanto Las Lomadas como Los Galguitos, disponen de canchas polideportivas 40x20 m. dotadas de vestuarios, la primera ubicada en el lomo de La Orotava, entre las dos veradas; y la segunda, ubicada en el Lomo de San Juan, por encima de la Carretera LP-1. Respecto a estos núcleos, se estima la conveniencia de ubicar sendas canchas en la Verada Sur y en la zona de Garachico. Respecto al núcleo de San Andrés, el Ayuntamiento ha adquirido los terrenos necesarios para la construcción de una cancha polideportiva abierta en la zona concocida como “La Huerta del Cura”, teniendose previsto otra en “El Horno de la Cal”. En lo que se refiere al equipamiento cultural, se entiende que el Municipio se encuentra adecuadamente dotado. En el núcleo de Los Sauces se resuelven las actividades socioculturales en “La Casa de La Cultura”, ubicada en la Calle Doctor Martín, en “La Casa del Quinto”, situada en la Calle Ramón y Cajal y en el Edificio de Servicios Múltiples, emplazado en la Calle Vicente Sanjuan. Dispone también el Ayuntamiento de un local situado en la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 247 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial planta superior del Edificio de Correos. La Villa de San Andrés, resuelve las necesidades socioculturales en un local alquilado en los bajos de un edificio situado en la Calle Padre Juan González, careciendo de un edificio exclusivo para tal fin. Tanto en Los Galguitos, como en Las Lomadas, se encuentran en ejecución sendos edificios para este uso, el primero, situado en la Travesía de La Carretera LP-1, a su paso por el núcleo de Garachico, mientras el segundo se ubica en el Asentamiento Rural de San Pedro. Se entiende que Los Asentamientos Rurales de San Juan en Los Galguitos, y Bermudez en Las Lomadas, deberían contar con reservas de suelo para pequeños centros socioculturales, incentivadores de las actividades comunitarias. En cuanto al equipamiento sanitario, se localiza en el núcleo de Los Sauces, el Centro de Comarcal de Salud, que constituye un servicio suficiente para las necesidades actuales de la población. El Hospital Insular se encuentra en el Municipio de Breña Alta, a unos 35 Km. El Equipamiento Administrativo se concentra en el núcleo de Los Sauces, centro de actividad comarcal, donde se sitúan El Ayuntamiento, el edificio de Correos, las oficinas descentralizadas del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, ubicadas conjuntamente en el edificio de Extensión Agraria y el Cuartel de la Guardia Civil. El Equipamiento Religioso, lo componen: La Iglesia de Nuestra Señora de Montserrat en el Núcleo de Los Sauces. La Iglesia de San Andrés Apóstol en San Andrés. La ermita de San Sebastián en San Andrés. La ermita de San Pedro en Las Lomadas. La ermita de San Juan Bautista en Los Galguitos. La ermita de Santa Rita en Bajamar. Los equipamientos existentes en el Municipio se clasifican pormenorizadamente del siguiente modo: - DEPORTIVO........................................................... - SOCIAL-CULTURAL.............................................. SOC - DOCENTE.............................................................. DOC - COMERCIAL.......................................................... COM - ASISTENCIAL........................................................ AS - ADMINISTRATIVO................................................ AD - SANITARIO............................................................ SA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. DEP 248 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial - CEMENTERIO....................................................... CM - PORTUARIO.......................................................... PO - RELIGIOSO............................................................. RE - OCIO-RECREATIVO............................................... OCR - CENTRO CÍVICO.................................................... CV - ESPACIOS LIBRES PUBLICOS............................. LP - EQUIPAMIENTO RURAL....................................... ER Inventario de Equipamientos Urbanos (E) , Rurales (ER) y Dotaciones (D) Se incluyen en este inventario los Equipamientos (E), entendiéndose por tales, los usos de índole colectivo o general, con el suelo, las edificaciones e instalaciones vinculadas, abiertos al público o de utilidad comunitaria, o círculos indeterminados de personas, bien de iniciativa y titularidad pública como privada, cuya gestión se produzca por cualquiera de las formas permitidas por la legislación reguladora de la administración titular, por tanto, susceptible de aprovechamiento lucrativo. Se incluyen asimismo las Dotaciones (D), entendiéndose por tales los usos y servicios con el suelo, las construcciones e instalaciones, de dominio público, cuya gestión corresponde siempre a la Administración, y que no son susceptibles de considerarse como Sistemas Generales de Equipamiento (SGE), es decir de índole municipal. También se incorporan a este inventario los Sistemas Generales de Equipamiento (SGE), en cuanto se superponen en algunos casos al uso dotacional sectorial, entendidos como aquellos bienes de dominio público, que incluyen el suelo, las infraestructuras, las construcciones e instalaciones, gestionados por la Administración Pública, donde se ejercen usos y servicios públicos básicos para la vida colectiva de índole supramunicipal. En el Término Municipal de San Andrés y Sauces se incluyen: El Centro de Salud Comarcal (SGE1), El Centro Ocupacional y Especial de Empleo ( SGE-2), el Cementerio (SGE-3), la zona portuaria “Puerto Espíndola” ( SGE-4), El Ayuntamiento (SGE-5), Correos (SGE-6), Bomberos (SGE-7), Campo de Fútbol (SGE-8.1), Pabellón Polideportivo Muncipal (SGE-8.2), la cancha polideportiva de San Andrés (SGE-8.3), la cancha polideportiva de Las Lomadas (SGE-8.4), la cancha polideportiva de Los Galguitos (SGE-8.5) , el recinto docente de Los Sauces (SGE-9), las oficinas descentralizadas del Excmo. Cabildo Insular de la Palma (SGE-10) y El Cuartel de La Guardia Civil (SGE-11). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 249 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han considerado como “Equipamientos” determinados bienes de titularidad pública, administrado por colectividades, instituciones o simplemente personas privadas, susceptibles mediante su gestión de producir aprovechamientos lucrativos. Se incluyen también en este sistema, los Equipamientos Estructurantes (EE), que comprende aquellos usos de carácter lucrativo y titularidad privada, con el suelo, las infraestructuras, las construcciones e instalaciones, necesarias para el desarrollo de una actividad de interés general y de índole supramunicipal. En el Término Municipal de San Andrés y Sauces se encuentra un solo Equipamiento Estructurante: el Centro de Interpretación de La Caña de Azúcar y del Ron (EE-1). CODIGO D-AD-1.1 SGE-5 D-AD-1.2 SGE-6 DENOMINACION AYUNTAMIENTO LOS SAUCES CORREOS LOS SAUCES D-AD-1.3 OFICINAS DESCENTRLIZADAS DEL EXCMO. CABILDO SGE-10 INSULAR DE LA PALMA D-AD-1.4. SGE-11 D-DOC-1.1 SGE-9 E-DOC-1.2 D-SOC-1.1 SGE-2 E-SOC-1.2 E-SOC-1.3 NÚCLEO LOS SAUCES CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL LOS SAUCES RECINTO DOCENTE DE LOS SAUCES LOS SAUCES GUARDERÍA INFANTIL LOS SAUCES CENTRO OCUPACIONAL Y ESPECIAL DE EMPLEO LOS SAUCES EDIFICIO DE SERVICIOS MULTIPLES LOS SAUCES CASA DE CULTURA MANUEL GUARDIA ROLDAN Y CASA DEL QUINTO LOS SAUCES E-SA-1.1 CENTRO COMARCAL DE SALUD E-AS-1.1 CENTRO ASISTENCIAL 3ª EDAD LOS SAUCES E-AS-1.2 CENTRO DE DÍA 3ª EDAD LOS SAUCES E-AS-1.3 SGE-7 LOS SAUCES BOMBEROS E-R-1.1. IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE MONTSERRAT LOS SAUCES D-DEP-1.1. RESERVA DE SUELO DEPORTIVO EN LA CALLE LOS SAUCES D-DEP-1.2. RESERVA DE SUELO DEPORTIVO MEQUINES 1 LOS SAUCES D-DEP-1.3. RESERVA DE SUELO DEPORTIVO MEQUINES 2 D-DEP-1.4. SGE-8.2 PABELLÓN POLIDEPORTIVO LOS SAUCES LOS SAUCES E-SOC-2.1 CASA PARROQUIAL E-R-2.1 IGLESIA DE SAN ANDRES APOSTOL SAN ANDRES AREA DE EQUIPAMIENTO DE OCIO Y RECREO DEL SAN ANDRES D-REC-2.1 SAN ANDRES HORNO DE LA CAL (PREVISTO) E-SOC-3.1 HORNO DE LA CAL CHARCO AZUL E-DOC-4.1 PRESCOLAR DE VERADA LOMADAS LAS LOMADAS Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 250 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial E-SOC-4.1 RESERVA DE SUELO CENTRO CULTURAL LAS LOMADAS ER-SOC-2.4.1 SOCIOCULTURAL DE SAN PEDRO LAS LOMADAS ER-RE-2.4.1. ERMITA DE SAN PEDRO LAS LOMADAS ER-DOC-2.4.1 COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA LAS LOMADAS ER-DEP-3.1.1 CANCHA POLIDEPORTIVA EN SAN JUAN LOS GALGUITOS ER-RE-3.1.1. ERMITA DE SAN JUAN BAUTISTA LOS GALGUITOS ER-SOC-2.4.1 SOCIOCULTURAL EN GARACHICO LOS GALGUITOS ER-DOC-2.4.1 COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA LOS GALGUITOS ER-DOC-2.4.2 ANTIGUO COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL LOS GALGUITOS SGE-3 (CM) CEMENTERIO SGE-4 (PO) ZONA PORTUARIA PUERTO ESPÍNDOLA PUERTO ESPÍNDOLA SGE-8.1 (DEP) CAMPO DE FUTBOL DE LLANO CLARA LOS SAUCES EE-1 CENTRO DE INTERPRETACION DE LA CAÑA DE AZUCAR Y DEL RON EL VALLE (LOS SAUCES) 1.8.18. ESPACIOS LIBRES PUBLICOS (LP) En el marco de la legislación urbanística se dan pautas y estándares que son de obligado cumplimiento y, por tanto, se han de tener en cuenta en la planificación. Entre las finalidades y atribuciones de la acción urbanística, la Ley del Suelo señala como principio general que deben establecerse espacios libres para parques y jardines en proporción adecuada a las necesidades colectivas. Respecto al sistema general de espacios libres, quedará constituido por aquellos elementos determinantes del desarrollo urbano destinados a parques urbanos y zonas verdes públicas, estableciendo que no deben ser inferiores en superficie a 5 m² de suelo por habitante, con relación al total de la población prevista por este Plan General de Ordenación, e imponiendo, como única restricción, que sólo se admitirán otros usos compatibles con su carácter principal que no supongan restricción alguna al uso público. Además formarán parte del sistema general, aunque no computarán a los efectos de cuantificar los 5m²/hab, las áreas públicas destinadas al ocio cultural o recreativo, como parques deportivos, zoológicos, ferias y otras instalaciones análogas, debiendo ser el Planeamiento quién las establezca, conjuntamente con los espacios libres en función del modelo de desarrollo urbano adoptado. En cuanto al suelo urbano la Ley del Suelo indica que se delimitarán los espacios libres y zonas verdes destinadas a parques y jardines públicos, zonas deportivas, de recreo y de expansión públicas y privadas. Las superficies que para estas dotaciones se delimiten, serán independientes de las establecidas para el sistema general de espacios libres y Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 251 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial añade, en sustitución de los habituales estándares, que se fijarán en proporción adecuada a las necesidades colectivas y a las características socioeconómicas de la población. Se debe diferenciar los parques y jardines públicos de las zonas deportivas, de recreo y expansión, puntualizando el carácter público o privado de cada una de ellas. En el suelo urbanizable, en cuanto a las reservas mínimas de espacios libres de uso público, se estará en lo previsto en el Art. 36.3 del TRLotc-Lenac, en el que la reserva mínima ha de ser de 40m2 de suelo destinado a espacios libres públicos, dotaciones y equipamientos por cada 100m2 de edificación; de esa reserva, al menos el 50% corresponderá a los espacios libres públicos, en todos aquellos sectores que se delimiten en el presente Plan General de Ordenación. Para el análisis de los espacios libres sería preciso establecer unos tipos o categorías de tales espacios a fin de establecer su adscripción, pero no existe ningún documento oficial o general que facilite una categorización, ni que defina las ideas genéricas. El vigente Planeamiento se limita a incluir los espacios existentes en el sistema local o general pero sin explicar cuales son los motivos, límites o previsiones para dicha inclusión. Espacios libres existentes y previstos en la ordenación. Para poder efectuar un diagnóstico de los espacios libres del municipio se ha realizado un estudio donde los espacios se han incluido en una serie de grupos que nos acercan a la situación actual, estando todos los ejecutados y los que aún sin estarlo tienen calificación como espacio libre y no serán alterados. Los grupos en que se incluyen los espacios libres son los antes mencionados de parques, plaza, zonas peatonales, jardines y ajardinamiento de protección, relacionados por sectores igual que los estudios realizados para los equipamientos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 252 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La relación de Espacios Libres existentes en el municipio es la siguiente: CODIGO DENOMINACION NÚCLEO AMBITO LOS SAUCES (SU-1) PREVISTO Y PROY. LP-1.1 PLAZA Y JARDIN LP-1.2. AREA DE JUEGOS PARA NIÑOS PREVISTO UA-1.3 PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO UA-1.1 LP-1.3. LP-1.4. PARC. SUBSUELO PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO UA-1.1 SUBSUELO LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES LP-1.5. PLAZA PREVISTO UA-1.3. LP-1.6. PLAZA PREVISTO UA-1.3. LOS SAUCES LP-1.7. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.8. JARDÍN LP-1.9. JARDIN PREVISTO PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO LP-1.10. LP-1.11. LP-1.14. LOS SAUCES LOS SAUCES SUBSUELO LOS SAUCES LOS SAUCES PLAZA EXISTENTE JARDIN Y AREA PEATONAL (PARTE SE AMPLIACION LOS SAUCES INCLUYE DENTRO DEL SUCUIC DE LOS PREVISTA LOS SAUCES SAUCES) LP-1.15. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.16. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.17. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES PLAZA CON APARCAMIENTOS EN PREVISTO LP-1.18. LP-1.19. LP-1.20. LP-1.21. LP-1.22. LP-1.23. LP-1.24. SUBSUELO PLAZA DE MONTSERRAT Y PARQUE DE EXISTENTE ANTONIO HERRERA UNIFICADO PLAZA Y AREAS AJARDINADAS PREVISTO PLAZA CON APARCAMIENTOS Y EXISTENTE ALMACEN EN SUBSUELO PLAZAS DE LA IGLESIA Y DEL AMPLIACIÓN AYUNTAMIENTO PREVISTA PLAZA DEL PABELLON POLIDEPORTIVO EXISTENTE MUNICIPAL AREA AJARDINADA PREVISTO LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES LOS SAUCES PLAZA Y ÁREA AJARDINADA. SE SITÚA LP-1.25. UNA ESTACIÓN DE SERVICIO EN LOS SAUCES SITUACIÓN DE FUERA DE ORDENACIÓN LP-1.26. LP-1.27. PLAZA Y AREA AJARDINADA UA-1.2 PREVISTO PLAZA (ACTUACION URBANISTICA PREVISTO AISLADA) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. LOS SAUCES LOS SAUCES 253 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial LP-1.28. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.29. PLAZA DE LA CRUZ DE LA LAMA EXISTENTE LOS SAUCES LP-1.30. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.31. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.32. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.33. AREA PEATONAL Y PLAZA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.34. PLAZA Y ÁREA AJARDINADA PREVISTO LOS SAUCES LP-1.35. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES EXISTENTE Y LP-1.36. PLAZUELA DE LA CRUZ DE BAJAMAR PREVISTA SU LOS SAUCES AMPLIACIÓN LP-1.37. PLAZA DE SANTA RITA EN BAJAMAR EXISTENTE LOS SAUCES LP-1.38. AREA AJARDINADA PREVISTA LOS SAUCES LP-1.39. PLAZA PREVISTA LOS SAUCES LP-1.40. PLAZA PREVISTA LP-1.41. AREA PEATONAL LOS SAUCES LP-1.42. JARDIN LOS SAUCES LP-1.43. JARDIN LOS SAUCES LP-1.44. AREA PEATONAL LOS SAUCES LP-1.45. AREA PEATONAL LOS SAUCES LP-1.46. JARDIN LOS SAUCES LP-1.47. JARDIN LOS SAUCES LP-1.48. JARDIN LOS SAUCES LP-1.49. JARDIN PLAZA LP-1.50. LOS SAUCES LOS SAUCES Y APARCAMIENTOS SUBSUELO Y AREA DE JUEGO EN PREVISTO DE LOS SAUCES RECREO PARA NIÑOS LP-1.51. PLAZA PREVISTO LOS SAUCES AMBITO DE SAN ANDRES (SU-2 Y SUSO-2.1) LP-2.1 PLAZA Y AREA AJARDINADA SUSO-2.1 PREVISTA SAN ANDRES LP-2.2. PLAZA Y JAREA AJARDINADA SUSO-2.1 PREVISTA SAN ANDRES LP-2.3. JARDIN PREVISTO SAN ANDRES LP-2.4. PLAZA Y JARDIN PREVISTO SAN ANDRES LP-2.5. AREA AJARDINADA (PALMERAL) PREVISTO SAN ANDRES LP-2.6. PARQUE Y JARDIN (PALMERAL) PREVISTO SAN ANDRES EXISTENTE Y LP-2.7. PLAZAS DE SAN ANDRES AMPLIACION SOBRE SOLAR OCUPADO POR SAN ANDRES EL COLEGIO LP-2.8. PLAZA DE SAN SEBASTIÁN Y ENTORNO DEL ANTIGUO CEMENTERIO Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. EXISTENTE Y AMPLIACION SAN ANDRES PREVISTA 254 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial AMBITO EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA S.U-3 LP-3.1 LP-3.2. LP-3.3. LP-3.4. LP-3.5. LP-3.6. LP-3.7. LP-3.8. JARDIN PREVISTO EL MELONAR-PUERTO PREVISTO EL MELONAR-PUERTO PREVISTO EL MELONAR-PUERTO PREVISTO EL MELONAR-PUERTO PREVISTO EL MELONAR-PUERTO PREVISTO EL MELONAR-PUERTO PREVISTO EL MELONAR-PUERTO EXISTENTE EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA PLAZA ESPÍNDOLA JARDIN ESPÍNDOLA PLAZA ESPÍNDOLA PLAZA Y APARCAMIENTOS EN SUBSUELO ESPÍNDOLA AREA AJARDINADA ESPÍNDOLA AREA AJARDINADA ESPÍNDOLA PLAZA ESPÍNDOLA AMBITO LAS LOMADAS (S.U-4) LP-4.1. PLAZA Y AREA AJARDINADA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.2. AREA PEATONAL PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.3. PLAZA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.4. AREA PEATONAL PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.5. AREA AJARDINADA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.6. AREA AJARDINADA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.7. PLAZA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.8. PLAZA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.9. PLAZA PREVISTO LAS LOMADAS LP-4.10. JARDIN PREVISTO LAS LOMADAS ER-LP-1.1.1. PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-1.1 EL POISO ER-LP-1.7.1. JARDIN PREVISTO RAR-1.7 EL CARDAL ER-LP-1.8.1 PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-1.8 LA CALZADA ER-LP-1.9.1. PLAZA EXISTENTE RAR-1.9 PAJARES ER-LP-1.9.2 PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-1.9 PAJARES ER-LP-10.1 PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-1.10. MANOS DE ORO ER-LP-10.2. PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-1.10. MANOS DE ORO ER-LP-2.3.1. PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-2.3. LA OROTAVA ER-LP-2.4.1. PLAZA DE SAN PEDRO ASENTAMIENTOS RURALES EXISTENTE Y AMPLIACION RAR-2.4. SAN PEDRO PREVISTA ER-LP-2.4.2. PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO SUBSUELO RAR-2.4. SAN PEDRO ER-LP-2.4.3. AREA AJARDINADA PREVISTO RAR-2.4. SAN PEDRO ER-LP-2.4.4. JARDIN PREVISTO RAR-2.4. SAN PEDRO Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 255 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ER-LP-2.4.5. JARDIN PREVISTO RAR-2.4. SAN PEDRO ER-LP-2.4.6. JARDIN PREVISTO RAR-2.4. SAN PEDRO PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO ER-LP-2.4.7. SUBSUELO RAR-2.4. SAN PEDRO ER-LP-2.5.1. JARDIN PREVISTO RAR-2.5. BERMUDEZ ER-LP-3.1.1 PLAZA DE SAN JUAN EXISTENTE RAR-3.1 SAN JUAN PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO ER-LP-3.1.2. SUBSUELO PREVISTO RAR-3.1 SAN JUAN ER-LP-3.2.1. PLAZA Y JARDIN RAR-3.2. EL ROQUE ER-LP-3.6.1 PLAZA Y JARDIN AMPLIACION ER-LP-3.6.2 PLAZA Y JARDIN PREVISTO ER-LP-3.6.3 PLAZA Y AREA DE JUEGO DE NIÑOS PREVISTO RAR-3.6. GARACHICO ER-LP-3.6.4 PLAZA Y JARDIN PREVISTO RAR-3.6. GARACHICO PLAZA Y APARCAMIENTOS EN PREVISTO EXISTENTE Y RAR-3.6. GARACHICO PREVISTA ER-LP-3.1 SUBSUELO ER-LP-3.2 PLAZA Y JARDIN ER-LP-3.3 PLAZA Y JARDIN RAR-3.6. GARACHICO RAR-3. LOS GALGUITOS PREVISTO RAR-3. LOS GALGUITOS PREVISTO RAR-3. LOS GALGUITOS SISTEMAS GENERALES PREVISTO ANTIGUA LP-1 ENTRE LAS SGLP-1 PARQUE LINEAL BARRANCO DEL AGUA SGLP-2 MIRADOR BARRANCO DE LA FUENTE EXISTENTE LOS GALGUITOS SGLP-3 MIRADOR LLANO CLARA EXISTENTE LOS SAUCES PARQUE SGLP-4 ENTORNO LITORAL LOMADAS Y LOS SAUCES (ADECUACION LITORAL PUERTO ESPÍNDOLA-ROMPECABOS-CHARCO TRAMO DEL LITORAL PREVISTO ENTRE PUERTO ESPÍNDOLA Y VARADERO AZUL-VARADERO PAQUE LITORAL (ADECUACIÓN SGLP-5 ENTORNO HORNO DE LA CAL – LA PREVISTO SAN ANDRES EN EJECUCIÓN LAS LOMADAS CUEVITA) SGLP-6 PARQUE RECREATIVO LAS CANCELAS SGLP-7 MIRADOR PUENTE DE LA FUENTE EXISTENTE MIRADOR NORTE PUENTE DE LOS EXISTENTE SGLP-8 SGLP-9 TILOS MIRADOR SUR PUENTE DE LOS TILOS Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. EXISTENTE LOS GALGUITOS LAS LOMADAS LOS SAUCES 256 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Reserva de suelo para Dotaciones • Reservas de suelo para el Equipamiento Docente (DOC) - Módulos de 20 m²/ plaza para escolar de infantil. - Módulos de 18 m²/ plaza para escolar de primaria. - Módulos de 15 m²/ plaza para escolar de secundaria. • Reservas de suelo para Equipamiento Sanitario (SA) Módulos superficie de 2.000 m²/construidos para Centros de Salud. - Edificación singular 3000 m² - Edificación Casco Histórico 1500 m² Módulos superficie de 300-700 m2/construidos para Consultorios. - En función de la población. • Reserva de suelo para Equipamiento de Centros Asistenciales (SAA) - Módulo de 60 m²/ plaza para déficit de camas para ancianos. - Módulo de 800 m²/ dotación para Centros de la Tercera Edad. - Módulo de 600 m²/ suelo para Centros Municipales de Centros Asistenciales • Reserva de suelo para Equipamiento Deportivo (DEP) - Módulo de 1’60m²/ hab. para Equipamiento Deportivo • Reserva de suelo para Equipamiento Sociocultural (SOC) - Módulo de 500 m²/ suelo para instalación de Biblioteca-Centro Cívico. - Módulo de 1 Biblioteca pública/10.000 hab. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 257 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.8.19.- SINTESIS DE LA PROBLEMATICA URBANISTICA La problemática actual del Municipio, como conjunto de aspectos que emanan de la relación dialéctica entre población y territorio, sirve de base en el proceso de acotación de las propuestas de ordenación, cuyo marco natural de resolución es el Planeamiento Urbanístico del mismo a través del instrumento más adecuado a la complejidad de los problemas que plantea el desarrollo urbanístico y a la capacidad de gestión del propio municipio, que en este caso lo constituye el Plan General de Ordenación, tal y como se ha definido en el apartado Capitulo 1 de esta Memoria. Dicha problemática se sintetiza en los siguientes aspectos: a) Un medio físico municipal que presenta importantes valores naturales, particularmente de carácter geológico, ecológico y paisajístico, con un considerable porcentaje del mismo protegido por la legislación específica vigente. b) Un medio rural caracterizado por un alto grado de antropización del suelo agrícola. c) Una posición estratégica en la comarca y en la isla que obliga a la definición clara del rol municipal en el contexto insular. d) Una ocupación del territorio con alto grado de distorsión y cierta anarquía, estructurada en base a la red viaria rural y al sistema de carreteras insulares, de carácter extensivo surgida sin un criterio de planificación establecido. e) Degradación del medio rural por la introducción de tipologías edificatorias, arquitectónicamente inadecuadas, de carácter suburbano, con volúmenes excesivos y ubicados de modo que queda estrangulado el sistema viario terciario y capilar. f) Problemas de accesibilidad como consecuencia del trazado y mal estado de determinadas vías, así como insuficiencia funcional, sobre todo en el sistema viario de tercer nivel. Conexiones inadecuadas entre la Red Municipal y los sistemas generales viarios. g) Déficit de viviendas. h) Inexistencia de suelo industrial habilitado, quedando sin resolver la demanda existente así la reubicación de usos incompatibles con la trama urbana residencial y con los valores a preservar del medio rural. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 258 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena i) Documento para Aprobación Inicial Alto porcentaje de suelo residencial de carácter suburbano o semirural en relación al suelo útil disponible. j) Déficit de equipamiento sociocultural en general. k) Degradación del Patrimonio Histórico Cultural y Medio Ambiente, así como de agresividad a los espacios naturales. l) Trama urbana irregular y desorganizada condicionada por la utilización rodada de los caminos agrícolas y la consolidación de los asentamientos en sus bordes con edificación anárquica en volumen y alineación. m) Problemática específica del núcleo de Los Sauces en cuanto a morfología urbana derivado del inicial crecimiento anárquico e intervención pública improvisada, que requiere la solución de bordes urbanos, la adecuada articulación entre las partes, la potenciación del centro urbano, el desahogo viario de las Travesías Urbanas de la Carretera LP-1, el enorme déficit de aparcamientos, la adecuada dotación de plazas públicas y parques, y por último la necesaria dotación de equipamientos perimetrales. n) Problemática específica del núcleo de San Andrés en cuanto a forma urbana y tendencias en las tipologías edificatorias introducidas en los últimos años, necesidad de arbitrar instrumentos de protección ambiental y arquitectónica, así como infradotación de equipamientos. o) Problemática específica del núcleo de El Melonar-Puerto Espíndola en cuanto a forma urbana y tendencias en las tipologías edificatorias introducidas en los últimos años, organización del tráfico, dotación de aparcamientos, articulación con El Puerto y la Playa, así como con el Parque de litoral Charco Azul, así como infradotación de equipamientos y espacios libres públicos. p) Problemática específica del núcleo de Las Lomadas en cuanto a forma urbana y tendencias en las tipologías edificatorias introducidas en los últimos años, así como infradotación de equipamientos y espacios libres públicos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 259 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial q) Problemática específica de los asentamientos rurales en general, por la introducción de edificaciones anárquicas, que rechazan la dinámica histórica de conformación de este núcleo rural, tanto en la concepción arquitectónica como en su relación con el viario. r) Falta de red de saneamiento y bajo nivel de los servicios e infraestructuras urbanas en todo el municipio a excepción del ámbito del ámbito urbano de Los Sauces. s) Problemática que se deriva de la articulación del área del litoral. t) Articulación funcional del ámbito de Las Lomadas con el resto del territorio Municipal. u) Se hace necesario la circunvalación de la carretera LP-1 en el núcleo de Los Sauces y en el Asentamiento de Garachico en Los Galguitos. Asimismo, sería deseable la rectificación de la Carretera LP-1 en el tramo de incorporación Sur al “Puente de Los Tilos”. 1.8.20. DECRETO 11/1997 DE EDIFICACIONES NO AMPARADAS POR LICENCIA El Gobierno de Canarias promulgó el Decreto 11/1997, de 31 de enero, por el que se regula la constitución de un Censo de edificaciones no amparadas por licencia y por el que se establecen los supuestos de suspensión de la ejecutoriedad de las órdenes de demolición que, en su caso, se hubiesen dictado. Este Decreto fue modificado parcialmente por el Decreto 94/1997, de 9 de junio y el Decreto 171/1998, de 8 de octubre. El artículo 1 del anterior Decreto establecía que la consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias procedería a la confección de un censo de edificaciones sin licencia municipal o sin ajustarse a sus determinaciones, que con anterioridad al 24 de mayo de 1996 estuvieran terminadas en su estructura y cubierta o se hubiese suspendido su ejecución por alguna de las administraciones competentes, en orden a la protección de la legalidad urbanística. Como consecuencia de este Decreto se establecía la posibilidad de que las Corporaciones Locales formularan, revisaran o modificaran el planeamiento general, en orden a atender la demanda social existente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 260 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El PGO de San Andrés y Sauces recoge un conjunto de edificaciones censadas dentro de su clasificación de suelo rústico de asentamientos rurales o agrícolas. Para el resto de las edificaciones, y para aquellas que aun estando en los supuestos anteriores quedaran disconforme con el planeamiento, se elabora un Catálogo de Edificaciones No Amparadas el Planeamiento según Decreto 11/1997, no incluido en este PGO, sin perjuicio de su remisión a la redacción de un Plan Especial, según la disposición adicional primera del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 261 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CAPITULO 2 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 262 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 2.1. OBJETIVOS Y CRITERIOS GENERALES DE PLANEAMIENTO. 2.1.1. GENERALIDADES. Con carácter general el Plan General de Ordenación ha de cumplir las finalidades que se le asignan en el TRLotc-Lenac y demás legislación urbanística aplicable. Son criterios básicos de la política urbanística contenida en este Plan General de Ordenación, los siguientes: Viabilidad, en cuanto a localizar las distintas actividades en función de sus posibilidades y de los objetivos propuestos, minimizando la afección a las edificaciones y simplificando la gestión administrativa. Flexibilidad, en cuanto el planeamiento ha de posibilitar su adaptación a los distintos estados de desarrollo y a diferentes alternativas que se pueden producir. Realidad, en cuanto se ha de adecuar el planeamiento a la capacidad económica, tanto de la administración pública como del sector privado, contemplando como condicionante la parcelación actual del suelo. Equidad, evitando la jerarquización del territorio en áreas de diferente nivel de calidad como consecuencia del planeamiento. Diseño, ofreciendo un importante nivel de atractivo urbanístico. Los objetivos de este Plan General de Ordenación, entendidos como aquellas metas o aspiraciones fijadas, son con carácter general los siguientes: Poblacionales, en cuanto se trata de localizar la población previsible, optimizando su condiciones de vida, mediante la obtención de un nivel suficiente de equipamiento comunitario, de la integración social de las distintas áreas, de posibilitar la elevación de su nivel de renta, y de optimizar las relaciones de la población y el empleo. Territoriales, en cuanto se trata de diseñar una estructura idónea para el desarrollo urbanístico favoreciendo la explotación de los recursos y protegiendo las áreas de interés general, logrando la progresiva incorporación de los desarrollos marginales al sistema urbano, optimizando los sistemas generales y mejorando la accesibilidad física como medio de integración. De gestión, determinando la organización adecuada para el desarrollo y control del planeamiento, potenciando la participación de la población, y previendo soluciones adecuadas a la capacidad de gestión y financiación del municipio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 263 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Independientemente de los criterios antedichos, con carácter general, este Planeamiento Municipal ha de formularse conforme a los siguientes principios generales, establecidos en el TRLotc-Lenac: Artículo 4. Principios generales de la ordenación. La actividad de ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística se rige por los principios rectores de la política social y económica establecidos en los artículos 45, 46 y 47 de la Constitución española. En desarrollo de lo dispuesto en el apartado anterior, los principios que informan y presiden toda la actuación pública y privada en relación con la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística, son los siguientes: - El de cooperación interadministrativa para alcanzar la coordinación de las diversas actuaciones sobre el territorio. - El de sometimiento de cualquier actuación pública a los diferentes planes e instrumentos de ordenación que han de conformar un sistema de planeamiento integrado. - El de la función social de la propiedad urbana. - El de la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística como función pública. - El de utilización del suelo con arreglo al interés general. - El de utilización racional de todos los recursos naturales. - El de utilización del suelo y la edificación conforme a la ordenación de los recursos naturales, territorial y - El de jerarquía del sistema de planeamiento. - El de especialidad en el sistema de planeamiento. - El de adecuada ponderación de la totalidad de los intereses implicados en la ejecución de la ordenación. - El de participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la actividad urbanística de los entes urbanística. públicos. - El de equidistribución de beneficios y cargas derivados de la ejecución del planeamiento. - El de proporcionalidad de beneficios y cargas derivados de la ejecución del planeamiento. - El de vigencia indefinida del planeamiento de ordenación. - El de publicidad de los instrumentos de planeamiento y ejecución de la ordenación. - El de participación pública en la formulación, tramitación y gestión del planeamiento y otras figuras - El de libre acceso a la consulta de los instrumentos de planeamiento y ejecución urbanísticos. - El de preservación del suelo rústico del proceso urbanizador. - El de restauración del ordenamiento jurídico urbanístico infringido. - El de ejecutividad y obligatoriedad del planeamiento. - El de no indemnizabilidad por la ordenación urbanística. - El de responsabilidad administrativa por cambios en el planeamiento. urbanísticas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 264 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 2.1.2. CRITERIOS DE PLANEAMIENTO. Criterios respecto a la sostenibilidad territorial y densidad urbana. La escasez de suelo como soporte de actividad económica, los especiales valores naturales y paisajísticos del territorio Municipal, la singular orografía, la fragilidad de los ecosistemas y el riesgo de pérdida de calidad de vida de quienes habitan y nos visitan, puesto de manifiesto en otras islas y en otras zonas de La Palma, obligan a plantearnos, desde las limitaciones lógicas de un Plan Urbanístico, a proponer acciones y previsiones, dirigidas al firme control del crecimiento, que tiendan a eludir la urbanización y la edificación dispersa o el consumo injustificado de nuevos suelos, orientando las actuaciones públicas y privadas hacia la recuperación, rehabilitación o reforma de urbanizaciones y edificaciones preexistentes y/o a la colmatación de los espacios vacíos en áreas ya antropizadas de asentamientos rurales y sectores urbanos. Tal previsión, que indudablemente conlleva un incremento de la densidad de los núcleos urbanos y los asentamientos rurales tradicionales, ha de ir acompañada, por un lado, de una Política de recalificación de los tejidos urbanos, "recreando" la ciudad como "hábitat" propio del hombre actual, en el que deben concentrarse la solución a todas sus necesidades, siempre tendiendo a la obtención de la mayor calidad de vida; y, de otra parte, de una política, igualmente decidida, de preservación del medio rural que debe potenciar su insustituible valor paisajístico y ecológico así como su correcta ocupación y utilización para los fines propios a su naturaleza (agropecuarios, naturales, forestales, cinegéticos, etc), independientemente del nuevo rol que la planificación territorial insular pretende darle como soporte de un turismo cualificado y respetuoso, así como soporte de otros usos y actividades innovadoras, dentro de lo que se entiende como “conservación activa del medio rural”. Todo ello, en aras a la diversificación funcional y recuperación de la economía agraria. Criterios respecto a los límites territoriales del crecimiento. Los suelos susceptibles de ser urbanizados son aquellos expresamente propuestos en este Plan General como urbanos, en tanto reúnen los requisitos establecidos legalmente (Art. 50 TRLotc-Lenac), o como urbanizables, por continuidad de los suelos urbanos preexistentes legalmente clasificados por el planeamiento con las excepciones previstas legalmente (Art. 52 TRLotc-Lenac). En ambos casos, en la propuesta de clasificación se han adoptado criterios restrictivos de crecimiento y en concreto por los siguientes: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 265 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial a) Si bien se es conciente que los crecimientos propuestos en suelos urbanos no consolidados por la urbanización y suelos urbanizables sectorizados habrán de ser proporcionales al crecimiento efectivo de la población del municipio en los últimos cuatro años, proyectando dicha tasa de crecimiento hasta los años de vigencia del Plan General, se ha de tener en cuenta, que en el caso de San Andrés y Sauces, la tasa de crecimiento en el último lustro, es negativa, en mas de un 2,5% y en los últimos 50 años en más de un 15 %, con tendencia al decrecimiento y en todo caso estancamiento, no habiéndose producido transformaciones significativas en la conformación urbana de los núcleos, salvo un ligero auge edificatorio experimentado en los últimos años en suelo urbano consolidado de Los Sauces. Sin embargo, los núcleos urbanos en general, requieren de operaciones de rehabilitación urbana, de “cocido de la trama” (colmatación), de tratamiento de bordes, en resumen labores de artesanía urbanística, en aras de convertir a estos pequeños núcleos en soporte atractivo de nueva población y de economías complementarias a la agrícola, cuyo dimensionamiento obedece por tanto, fundamentalmente, a factores urbanísticos. b) En línea con la argumentación anterior, se utilizarán instrumentalmente los suelos urbanos no consolidados, de pequeña superficie en las áreas intersticiales de la trama urbana, y sectores de suelo urbanizable de ensanche de la trama existente, estos últimos dimensionados al crecimiento previsible, por supuesto siempre garantizando las reservas legales de suelo y la viabilidad técnica y económica de la actuación. c) En general, no se plantean crecimientos por ocupación de suelo de nueva creación, es decir, no previstos en el Planeamiento vigente que se sustituye, ya que con este suelo y mediante la colmatación de los solares y parcelas vacantes existentes en suelos urbanos o de Asentamientos, se resuelven las necesidades. Tampoco se ha de plantear, con carácter general, mecanismos de renovación urbana con incremento de aprovechamiento o mediante modificaciones de ordenanzas que conlleven aumentos de densidad, si bien, dada la escasez del suelo útil que presenta este Municipio, se podría justificar el incremento de densidad en determinados núcleos, siempre dentro unos límites razonables. d) En ningún caso, se proponen suelos susceptible de ser soporte residencial (Urbano, Urbanizable o Asentamiento Rural), que se sitúen en las proximidades de cualquier Espacio Natural Protegido, o Espacios Catalogados como Lugar de Interés Comunitario (LIC), o de cualquier área recogida en este Plan como de Protección Ambiental. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 266 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Tampoco se propondrán suelos residenciales ocupando lomos, espigones, y formaciones orográficas de carácter hítico y susceptible de producir impacto paisajístico, así como de aquellos suelos de pendiente superior al 30 %, salvo que se trate de operaciones de colmatación en asentamientos de población tradicional. En este mismo sentido se alejan en lo posible las delimitaciones residenciales de los bordes de los barrancos, de la red de carreteras y vías locales principales. También se habrá de tener en cuenta, a la hora de delimitar las áreas residenciales, las potencialidades agrícolas, ganaderas o extractivas, o bien, los efectos incompatibles de su existencia. Criterios respecto a la regulación de los usos. Desde este Plan General, se han de establecer y se establecen las condiciones necesarias para dar cabida en suelo urbano y/o urbanizable a las edificaciones que demanden la implantación de nuevos usos y actividades de naturaleza urbana. Este Planeamiento Municipal utilizará criterios restrictivos en la limitación de la implantación de edificaciones en suelo rústico a los usos previstos en la legislación, cuando fueran incompatibles o no fuera posible implantarlos en suelo urbano. Criterios respecto a la parcela mínima en el suelo rústico. Este Plan, señalará las condiciones mínimas que han de cumplirse para que una fracción de suelo sea susceptible de segregación de la finca matriz para constituir una nueva unidad registral. Sin perjuicio de las condiciones particulares en cada caso, reflejadas en la ordenación pormenorizada correspondiente, se plantean los siguientes criterios: a) En asentamientos rurales: la regulación no podrá señalar un mínimo que sea superior a los mil metros cuadrados (1.000 m²). b) En asentamientos agrícolas: la regulación no podrá señalar un mínimo que sea superior a los tres mil metros cuadrados (3.000) m². c) En cualquier otro suelo con o sin aptitud agrícola reconocida: la regulación no podrá señalar un mínimo que sea superior a diez mil (10.000) m². Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 267 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Criterios de planeamiento respecto al tratamiento del medio rural - Condiciones generales de ocupación. Fuera de las áreas delimitadas por el planeamiento como asentamientos, solo se permitirán en este Plan General, en las condiciones que señale el mismo, las edificaciones relacionadas con la conservación y gestión del medio, actividades agropecuarias e industriales y de servicios incompatibles con los usos propios de asentamientos o no procedentes en los suelos urbanos, las instalaciones precisas para la extracción de minerales y el aprovechamiento de energías renovables, las actividades turísticas vinculadas al medio rural y natural, y las declaradas de interés general que precisen de emplazamientos singulares. Normativa Dada las características socioeconómicas de la población que ocupa el medio rural del Municipio, así como las características orográficas del territorio, se mantiene la estructura de ocupación del suelo actual, priorizando su localización en las áreas más antropizadas. En ningún caso se permitirá la edificación en los elementos relevantes del paisaje, cimas, vértices, cornisas, ni en los terrenos colindantes con los cauces públicos, infraestructuras y litoral. Este Plan General ha de establecer las características de la edificación en suelo rústico en función de la satisfacción mínima y suficiente de las necesidades propias de cada uso, y su compatibilidad con las características del territorio. Especialmente deberán establecerse sus condiciones de edificabilidad, altura, ocupación, distancia entre edificaciones, implantación topográfica y paisajística, con expresa referencia a los accesos y el entorno. Asimismo este Plan, en tanto habilita la localización de la edificación en suelo rústico, ha de controlar sus condiciones de implantación en el territorio y los impactos producidos, y establecerán las medidas correctoras y compensatorias que sean procedentes. Constituye un objetivo básico de este Plan favorecer la recuperación del patrimonio con valores arquitectónicos, históricos y culturales existentes. Una de las finalidades básicas de este Planeamiento es la protección y conservación de los grandes ámbitos de suelo agrícola, especialmente en las zonas peri urbanas del núcleo de Los Canarios, en tanto, constituye un elemento básico en la comprensión de este Municipio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 268 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Criterios respecto a los asentamientos rurales y agrícolas Los criterios para la delimitación de los asentamientos, serán: - El grado de colmatación edificatoria y antropización del suelo. - El carácter tradicional del asentamiento y su evolución histórica. - Las dotaciones infraestructurales que posee. - Su delimitación se ha habrá de realizar en términos de vinculación a un predio, por lo que habrá de tenerse en cuenta necesariamente la estructura de la propiedad en cada caso. El Plan General establecerá la capacidad máxima de cada asentamiento en términos de densidad y de edificabilidad. Asimismo, independientemente de las previsiones de crecimiento, se reservarán suelos para dotación de equipamientos y servicios y política de viviendas, en los términos establecidos en el TRLotc-Lenac. Criterios de planeamiento en el tratamiento del medio urbano. - Compacidad y renovación. Desde el Plan General se establecerán límites al crecimiento urbano por extensión, que tendrá carácter excepcional, fundamentalmente con destino turístico, industrial o terciario, revisándose las previsiones en suelo urbano o urbanizable no desarrolladas, reorientando la actividad urbanizadora y edificadora a la renovación urbana y el desarrollo de las áreas ya planificadas. El suelo del ámbito de Los Sauces, se reordenará con criterios de posibilitar el alcance o superación de la densidad y la edificabilidad existente. Los suelos urbanos, y los urbanizables con destino distinto al turístico, no desarrollados, con una densidad o una edificabilidad bruta inferiores a 50 viviendas/Ha o 0,60 m²/m², serán objeto de reordenación que posibilite el alcance o superación de la densidad y edificabilidad señaladas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 269 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial ordenación urbana. El Plan General establecerá su modelo territorial sobre el principio de la pluralidad y compatibilidad de usos en suelo urbano, principio que informará la ordenación urbanística que proponga. Sus determinaciones en relación a la edificación, darán respuesta a las necesidades que se deriven de los distintos usos posibles en función de las condiciones de compatibilidad que establezca. Normativa La ordenación urbanística analizará las condiciones climáticas de las distintas zonas del territorio que ordene, cuyos efectos tendrá en cuenta en la configuración de la estructura urbana que establezca. El diseño de los espacios públicos y la disposición y características de las edificaciones incluirán estos criterios. El planeamiento urbanístico incluirá entre sus determinaciones, de modo específico, la definición de previsiones de ordenación física, normativa y fórmulas de gestión en relación a las siguientes materias: - el equipamiento del suelo urbano. - el paisaje y el tratamiento de bordes. - rehabilitación del espacio público. - renovación de la sección transversal de las calles. - política de transportes colectivos y de aparcamientos (planeamiento físico y vinculación de suelo). - galerías transitables bajo las vías y otros espacios públicos para las ranalizaciones de distribución (o recogida) de suministros, energía y servicios. La definición geográfica de los límites de la urbanización (nueva o a renovar) se establecerá en relación con: la topografía, el paisaje, las infraestructuras (vías interurbanas), piezas territoriales singulares (costas, cauces) y sombras ambientales proyectadas (Aeropuertos, centrales térmicas, depuradoras, instalaciones ganaderas). Las operaciones de renovación urbana habrán de estar encaminada, ineludible y simultáneamente al esponjamiento de la trama y densificación media del área en modo tal que el porcentaje de incremento de la densidad no podrá superar al crecimiento porcentual del suelo libre público que se produzca. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 270 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Este Plan General Documento para Aprobación Inicial plantea parques y áreas recreativas en el entorno de los núcleos urbanos, con dotación amplia de aparcamientos, para atraer hacia ellas a la población, liberando de tal presión a los espacios naturales y rústicos del Municipio y de la isla. Criterios de planeamiento respecto al turismo. - Adecuación paisajística. La variable paisajística y su adecuación, constituyen un pilar básico del Planeamiento Municipal, exigiéndose de cualquier actuación edificatoria u otra índole, ha de adecuarse a las características del paisaje, los ecosistemas y otros rasgos de identidad o valores naturales de los lugares de implantación. Con carácter general, se plantea la protección de todas las formaciones orográficas singulares y los relieves definidores del paisaje en todo el territorio municipal, salvo en el Parque Natural de Las Nieves que no es competencia de este Plan. Se excluye del proceso edificatorio los bordes de acantilados, cornisas, con objeto de evitar la ruptura del perfil natural de dichas formaciones. También se excluyen con carácter general los suelos de barrancos y las cresterías que definen el horizonte escenográfico de dichos barrancos. - Equipamientos turísticos. Desde el Plan General se incentivarán las actividades empresariales que incrementen los equipamientos y las actividades de servicio y, a tal fin, se plantean las siguientes acciones: - Detectar y definir las oportunidades para su establecimiento. - Establecer previsiones para equipamiento común a la población local y a la visitante (auditorios de música, centros de espectáculo, deportivos o mixtos), que desarrollen la oferta de ocio, recreativa y cultural, aprovechando la economía de escala del conjunto de potenciales usuarios. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 271 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Criterios de planeamiento respecto al paisaje. - El paisaje como categoría en la planificación. El paisaje constituye en este Plan General un elemento básico en la planificación del territorio, cuya consideración y análisis producen decisiones directas en la ordenación, tales como preservación de áreas vacantes, corrección de dinámicas y tendencias, utilización como recurso, etc. En este sentido se plantean los siguientes aspectos y análisis: - Insolación y reflectividad. - Identificación y aportación de nuevos valores escénicos mediante el diseño. - Nuevos roles de elementos singulares del paisaje abandonado o deteriorado, como bancales, terraplenes, canteras y otros. - Escala y características de los proyectos necesarios para reservar, restaurar o rehacer el paisaje. - Criterios para actuaciones territoriales que destaquen el valor del paisaje. - Mejoras en el sistema de infraestructuras de accesibilidad, energéticas, hídricas y de residuos. - Identificación de puntos, recorridos panorámicos singulares e impactos percibidos desde las principales vías de comunicación. - Análisis y propuestas para la mejora de la percepción estática y dinámica desde las principales vías de comunicación. - Criterios relativos a los grandes objetos y los elementos repetitivos, como infraestructuras puntuales destacadas, publicidad y mobiliario, vallados y cierres, grandes dotaciones, gasolineras y otros. El Plan General establecerá áreas para su ordenación paisajística pormenorizada, mediante Planes Especiales de Ordenación. Dichos instrumentos de planeamiento contemplarán necesariamente las previsiones económicas para su gestión. Estos Planes se desarrollarán fundamentalmente en cada uno de las unidades de paisaje que conforman el Término Municipal de San Andrés y Sauces, las zonas superiores de Las Lomadas y Los Galguitos, y el entorno inmediato de la Carretera Insular LP-1. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 272 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena - Documento para Aprobación Inicial Elementos del paisaje. Las estructuras rurales existentes del Municipio de San Andrés y Sauces, desde las limitaciones de un Planeamiento Municipal, han de tener en este Plan General, las siguientes consideraciones: a) La mayor parte del conjunto de estructuras y elementos que aún conforman y caracterizan el extenso y antropizado paisaje agrícola tradicional, debe considerarse patrimonio de valor etnográfico, por ser testimonio y expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo canario. b) el conjunto de las estructuras rurales constituye la más apreciada caracterización del paisaje tradicional de Canarias, merecedor de una protección efectiva, integral, y general, sea cual sea su estado de conservación. c) en caso de ser justificado y autorizado su derribo, se adoptarán las medidas oportunas para reutilizar adecuadamente los materiales afectados, preferentemente en obras de restauración de naturaleza análoga. Principios similares a los señalados en el número precedente se aplicarán a la conservación de toda la arquitectura tradicional, tanto urbana como rural. Desde el Plan General se crearán las condiciones en lo posible para la aplicación de una política centrada en la adecuada ordenación del diseño vegetal y el arbolado, en especial el mantenimiento y recuperación del arbolado existente en el medio rural, mediante la conservación o rehabilitación de las características ecológicas y culturales de cada entorno. Se ha de prever en este Plan que los Proyectos de Obras y Urbanización y los instrumentos que establezcan la ordenación pormenorizada de que deriven, establecerán una detallada exposición y justificación de la gestión del movimiento de tierras o demoliciones que conlleven. Asimismo se tendrá en cuenta que en la ordenación, diseño y tratamiento de los diferentes espacios urbanos, rurales y naturales, deberán tener en cuenta las afecciones sonoras y plantear formas adecuadas para su protección, tratamiento y gestión. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 273 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El valor estratégico del patrimonio natural del municipio. La preservación de la biodiversidad se ha convertido en un objetivo fundamental de todas las políticas de conservación de la naturaleza, entendiendo por conservación el conjunto de medidas encaminadas al mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, la preservación de la diversidad genética y la utilización ordenada de los recursos naturales y culturales. En Canarias, este objetivo se constituye en prioritario atendiendo a la especial riqueza de nuestro Patrimonio Natural que nos sitúa como principal centro de biodiversidad de Europa y uno de los más importantes a nivel mundial. A su vez, la escasez de recursos, como el agua, y el alto consumo de los no renovables, como el suelo, requieren de especial atención con objeto de mejorar los procesos de gestión y aprovechamiento. Requisito previo y necesario de sustentabilidad del modelo es articular los mecanismos necesarios que propicien la conservación de la biodiversidad y el uso racional y eficiente de los recursos naturales, compatibilizándolo con un equilibrado desarrollo económico y social. La adecuada valoración de nuestro Patrimonio Natural no es, por tanto, uno más de los problemas que tenemos que afrontar, sino que es la base de nuestro crecimiento, cualquiera que sea el modelo definitivo; perderlo sería invertir el proceso. Criterios de planeamiento respecto al patrimonio natural del municipio. El Planeamiento Municipal, como instrumento de ordenación territorial, dentro de sus condicionantes, ha de establecer las bases de control sobre la gestión de los Recursos Naturales, de modo que permitan su aprovechamiento racional, eficiente y duradero para satisfacer las necesidades de desarrollo actual y futuro de su población. Desde el Plan General se establecerán normas de protección del Medio Ambiente y reguladoras de los recursos naturales, no incluidos en la Legislación Autonómica, para evitar actuaciones oportunista e insolidarias. Se ordenará la actividad industrial desde criterios de máxima concentración, evitando superar niveles de perjuicios para el entorno, y prestando especial atención a los efectos ambientales sinérgicos que se pudieran producir. Asimismo se crearán las condiciones en cuanto a planificación, para aplicar políticas tendentes a la erradicación de las pequeñas actividades industriales incompatibles con la residencia, de múltiples efectos negativos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 274 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Desde el Planeamiento se utilizarán criterios de concentración urbana y rural con el fin de facilitar la gestión de las infraestructuras, en particular las relacionadas con el agua: abastecimientos, depuración y vertidos. Desde el Plan General, se protegerá mediante la delimitación de zonas y categorías, el hábitat relacionado con las aguas interiores, específicamente los barrancos, los humedales y la costa, así como las áreas básicas que favorecen la recarga de los acuíferos. Desde el Plan General se propondrán las áreas de recursos mineros, desde la óptica de minimización del impacto medioambiental y territorial, que habrá de ser confirmada en el Plan Territorial Especial de Los Recursos Mineros, promovido por Cabildo Insular. Se establecerá la necesidad de formular un programa de restauración del paisaje que palie el fuerte impacto de esta actividad, buscando principalmente la rehabilitación del entorno, con el fin de habilitar estas zonas como zonas agrícolas o ambientales. Se establecerán las zonas donde se excluya la actividad minera. En todo caso, se prohíbe la actividad extractiva en las playas, barrancos, espacios naturales protegidos, fondos marinos, y en las zonas del Plan General incompatibles con la actividad extractiva. Este Planeamiento protegerá especialmente los recursos forestales del Municipio, no incluidos en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Desde el Plan General, se incluirán en áreas de especial protección, para la posterior regulación de su conservación, todos los componentes de la biodiversidad, tales como especies, subespecies y poblaciones autóctonas, cuya evaluación figura en la Memoria Ambiental del presente PGO. Desde el Planeamiento Municipal se tratará de impedir la fragmentación ecológica, es decir, los usos y actividades permitidos en el medio natural deberán evitar, en la medida de lo posible, afecciones a los hábitats naturales que impidan el libre movimiento de las especies o limiten la interrelación de los componentes de la biodiversidad dentro de un mismo hábitat. A tal fin, en este sentido, se controlan, con las limitaciones de este Plan, la introducción de infraestructuras para tráfico rodado, nuevos tendidos aéreos o subterráneos, canalizaciones y nuevos senderos que fragmentan los hábitat naturales mejor conservados en unidades de pequeño tamaño o de baja relación área/ perímetro. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 275 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En el Plan General, se delimitarán zonas susceptibles de aplicársele políticas de restauración ecológica, en especial, de restauración forestal por los innegables beneficios que reporta al mantenimiento de determinados procesos ecológicos esenciales. Fuera de los espacios incluidos en la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, se delimitan zonas que reúnen algunos de los requisitos establecidos en el Art. 48.2 del TRLotc-Lenac. Se delimitarán aquellas zonas susceptibles de albergar parques de energías alternativas renovables: eólicas, solar, etc..., así como aquellos equipamientos aislados para tratamiento y reciclaje de residuos. Territorio y actividad económica: hacia un modelo sustentable No podemos conseguir los objetivos sociales y, probablemente, tampoco los ambientales, sin articular un sistema económico que lo sustente. Canarias tienen condiciones inmejorables para basar su desarrollo económico en el sector turístico, que constituye la primera industria mundial, y gracias al que hemos adquirido los niveles de bienestar y riqueza de los que disfrutamos en la actualidad. Ahora bien, el empuje de este sector tiene que ser perceptible en el resto de los sectores económicos, básicamente el agrícola y el industrial, y en el resto de las variables del modelo; esto es, la ambiental y la social. El sector turístico debe ser el impulsor de la diversificación económica y de la potenciación de las labores de investigación, desarrollo e innovación tecnológica y científica; y debe servir para dotar a nuestra sociedad de una estructura sólida, estable, equilibrada y formada, mejorando nuestros niveles de riqueza, integración y empleo. 2.1.3. OBJETIVOS DEL PLAN GENERAL. Como objetivo fundamental de la revisión de este Plan General se entiende la ordenación física del territorio, dentro de las limitaciones que imponen las características del Municipio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 276 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La orientación en el Planeamiento estará en función de los criterios que se han considerado propios para fundamentar los objetivos concretos que posibiliten un sistema coherente de soluciones. Consecuentemente con lo expuesto se plantean en el Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces los siguientes objetivos: - Protección y conservación de los espacios y recursos naturales La protección de los espacios naturales de especial valor y la conservación integral de los de valor inestimable resulta imprescindible. Si bien el TRLotc-Lenac cubre esa necesidad, habría que complementarla con la aprobación de los instrumentos de ordenación de los distintos Espacios Naturales Protegidos pertenecientes a la red Canaria, que afectan a este Municipio. Desde este Plan General se plantea como objetivo de planeamiento la protección de los espacios naturales, entendiendo esta protección no como “congelación” de los mismos, ni con un espíritu conservacionista a ultranza, sino admitiendo la posibilidad de actuaciones con carácter puntual, previo estudio y evaluación de las mismas, y el modo en que se implantan en el medio, conforme a las condiciones para la introducción establecidas en el régimen de suelo rústico. - Protección y conservación del espacio agrícola Se plantea la protección y conservación del espacio agrícola desde su doble función productiva y paisajística-, y entendiendo que se trata de un espacio en el que cabrían modificaciones de cultivos, pero nunca transformaciones para su urbanización. Específicamente serán objeto de esta clasificación los territorios dedicados o susceptibles de dedicar hoy en día al cultivo intensivo del plátano, y aquellos destinados o potencialmente aptos para la agricultura extensiva de autoabastecimiento en las medianías. Se plantea asimismo la conceptuación del espacio agrícola como soporte de actividades innovadoras complementarias de las actividades agrarias y compatibles con los recursos agronómicos, con el objetivo de diversificar la actividad económica, mejorar la renta de los agricultores y posibilitar la fijación de población en las medianías. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 277 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La protección del suelo agrícola ha de entenderse no sólo como productor de los recursos económicos, sino como elemento fundamental del paisaje, preservándolo de las edificaciones y delimitándolo con criterios objetivos y de racionalidad respecto a la separación y/o articulación entre las zonas de cultivo y las áreas urbanas y asentamientos rurales, así como estudiando la interacción entre los Núcleos Rurales y los distintos tipos de suelo agrícola. - Preservación del borde costero Desde el Plan General de Ordenación se plantea como objetivo la protección de la costa del Municipio, de sus acantilados, calas y playas, favoreciendo su accesibilidad y evitando su ocupación, así como la transformación morfológica, tanto por la acción del proceso urbanizador como del proceso de ocupación agrícola. Para ello se aplicarán las disposiciones de la vigente Ley de Costas, y se establecerá la Normativa Complementaria específica. - Creación de la oferta turística Se plantea la potenciación de un modelo turístico de pequeña escala, de carácter fragmentado, que se sustente en el patrimonio natural y cultural del Municipio. Este modelo ha de representar una alternativa complementaria al sector agrícola, pero nunca como alternativa sustitutoria. Las características socioeconómicas del municipio, la geomorfología del territorio, y los recursos naturales con los que cuenta, hacen aconsejable el desarrollo de actuaciones turísticas de carácter puntual, y previa cualificación del tipo de actuación y el modo en que se implanta. Este Plan General de Ordenación ha de recoger la posibilidad de introducir el uso turístico en el medio rural, conforme a las limitaciones que se establecen en el régimen de ordenación del suelo rústico y en todo caso las que resulten del Plan Especial Territorial de la Actividad Turística de la Isla de La Palma. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 278 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se plantea la introducción de un gran equipamiento complementario turístico y de ocio, conformado como un gran parque litoral, entre Puerto Espíndola y El Varadero, incorporando las actuaciones previstas de playas artificiales, en la rada del antiguo embarcadero y en la cala de Rompecabos, las piscinas naturales de Charco Azul, el paseo del litoral en ejecución y las actuaciones en las zonas de El Palito y El Varadero, que ha de servir de soporte para algunas actuaciones turísticas de pequeño tamaño, y que contribuya a la necesaria diversificación económica del municipio. - Ordenación y regulación del suelo residencial Las características físicas del Municipio de San Andrés y Sauces, así como la red de transportes y comunicaciones insular y la planificación urbanística llevada a cabo en las últimas dos décadas, han originado una tipología de asentamientos residenciales con un alto grado de desestructuración. Este Plan General de Ordenación se marca como objetivo la ordenación y estructuración de estos núcleos residenciales (núcleos urbanos y asentamientos rurales), consolidando la oferta residencial en los mismos, y evitando la sistemática dispersión existente sobre el suelo rústico, ocasionada por la continuada presión de la demanda que sobre el mismo existe. En correspondencia con lo anterior, se han de potenciar los núcleos urbanos y rurales y asentamientos existentes, que por otra parte sus implantaciones han sido respetuosas con las áreas cultivables aún a pesar de ir en detrimento de su estructura organizativa y de accesibilidad. Se propone la potenciación de los asentamientos tradicionales desde un criterio favorecedor al crecimiento, y la dotación de infraestructuras y equipamientos. En este sentido se plantean los siguientes objetivos: Mantenimiento de la dinámica de crecimiento residencial del núcleo de Los Sauces, introduciendo unos contenidos urbanos de mayor claridad en la ordenación, introduciendo tipologías edificatorias de mayor aceptación por la población, y previendo reservas para suelo dotacional. Protección y ordenación del conjunto edificado que envuelve a la Iglesia de San Andrés y a la propia plaza. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 279 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Ordenación “ambiental” del recinto histórico de San Andrés constituido por las calles de “La Iglesia”, “de Abajo”, “San Sebastián” y el mar, recomponiendo y consolidando la trama urbana histórica inconclusa. Ensanche, remate y articulación con el suelo rústico circundante hacia el poniente y hacia al sur, de la trama urbana de San Andrés, introduciendo una ordenación basada en criterios ambientales, pero con un grado de “escenificación” interior. Potenciación urbana del núcleo de El Melonar-Puerto Espíndola, sobre el que graviten el sistema dotacional de ocio y turístico, así como otros servicios municipales, que actúe como elemento dinamizador del municipio, conjuntamente con el núcleo de San Andrés. Articulación de los sectores de Suelo Urbano de San Andrés, El Melonar-Puerto Espíndola y Las Lomadas, entre sí, y con el resto del territorio municipal. - Ordenación y regulación del suelo industrial y terciario. El rol de “municipio cabeza de comarca” de San Andrés y Sauces es evidente, por su posición central en el Noreste de la isla y su perfecta conexión viaria con el resto del territorio insular, independientemente de su mayor peso poblacional, concentración de equipamientos, dotaciones y servicios insulares, y una mayor actividad económica. Este hecho, obliga a considerar en la ordenación un papel diferenciado respecto a las actividades industriales y terciarias de carácter supramunicipal y por tanto, a la previsión de Suelo Industrial y terciario, donde se puedan concentrar todas las industrias ligadas al sector de producción y servicios (agricultura, logística, ocio, servicios generales, etc...), así como todas aquellas actividades de difícil encaje en la trama urbana residencial y en el medio rural, y que actualmente están produciendo distorsiones tanto a nivel medioambiental como legal. Como consecuencia de lo cual se plantean los siguientes objetivos inmediatos: ▪ Implantación de un área industrial y de servicios en Las Lomadas, concretamente en el Lomo de la Orotava, apoyada en la Carretera LP-1. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 280 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena ▪ Documento para Aprobación Inicial Ordenación del enclave urbano de Bajamar para uso comercial e industrial, recogiendo las industrias de Isromar, S.L., Agricultores Guanches y los talleres de vehículos existentes. - Ordenación y regulación del suelo Urbano Examinadas las consecuencias de la aplicación de las NN.SS. 92, cuyo grado de cumplimiento en cuanto a previsiones es muy bajo, se hace necesario la ordenación y estructuración de los distintos sectores de suelo urbano, así como su colmatación y encauzamiento de los futuros desarrollos. Fundamentalmente las áreas de Los Sauces, San Andrés y Puerto Espíndola-El Melonar, estas dos últimas, incorporadas a un modelo de ordenación del tramo litoral entre Puerto Espíndola y San Andrés, así como a resolver su estructuración con el restante territorio municipal, la Comarca y la Isla. La adopción de soluciones que no hipotequen el futuro constituye otro objetivo básico de la ordenación de las distintas áreas territoriales del Municipio. Independientemente de los objetivos generales anteriores, este Plan General, se plantea la reordenación interior de los núcleos urbanos, mediante la previsión de unidades de actuación en suelo urbano no consolidado de áreas intersticiales de la trama urbana y pequeños desarrollos perimetrales, de suelo urbanizable ordenado, para la solución de las zonas perimetrales y su articulación con el suelo rústico circundante. Todo ello dentro de los criterios antedichos respecto a los límites territoriales del crecimiento. En general, no se persigue un incremento excesivo de las densidades urbanas, si bien se reconoce el carácter de bien escaso que tiene el suelo urbano en nuestra isla, así como la necesidad de su racional utilización y la creación de tramas urbanas complejas que satisfagan las necesidades de nuestra sociedad, de forma tal que el modelo urbano adoptado en cada caso, dé una eficaz respuesta a los distintos usos permitidos, así como a su compatibilidad. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 281 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Se plantea asimismo, como objetivo Documento para Aprobación Inicial básico, dentro de tratamiento, ordenación y rehabilitación del medio urbano, la previsión de suelo para plazas, parques y espacios libres públicos en general, cuya localización y disposición, dentro de la trama urbana o en su área de influencia, responda fundamentalmente a los criterios de utilidad y funcionalidad. Por último, constituyen un objetivo fundamental de la ordenación urbana, la adecuada dotación de equipamientos y servicios públicos y privados, que independientemente de su correcto dimensionado respecto a las necesidades de la población, ha de localizarse estratégicamente en aras a la obtención de distintas centralidades que contribuyan a la adecuada estructuración de cada núcleo. En línea con lo anterior, se plantean como objetivos específicos: • Potenciación de la gran centralidad urbana, estructurada en torno a los espacios públicos de La Plaza de Montserrat y El Parque Antonio Herrera, que concentra el edificio del Ayuntamiento, la Iglesia de Montserrat, la Casa de la Cultura, el Centro Asistencial de la tercera edad y establecimientos comerciales diversos, cuya recualificación pasa por la unificación de este espacio, hoy fragmentado por la travesía urbana de la Carretera LP-1. • Creación de un gran parque deportivo en la vaguada del Mequinés, directamente relacionado con el actual pabellón polideportivo municipal. • Creación de un gran espacio libre lineal que envuelva el lomo de Los Sauces entre el Topo de Los Silos y la Plaza de Montserrat, contribuyendo a la solución de las fachadas urbanas Norte y Sur de dicha zona. • Articulación del Equipamiento Docente de Los Sauces dentro de la ordenación urbana prevista para el núcleo de Los Sauces, resolviendo sobre todo su adecuada accesibilidad viaria. • Creación de sendos parques públicos con amplias zonas ajardinadas en los dos extremos del Puente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 282 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Creación de un sistema de espacios libres públicos de pequeño tamaño, repartidos dentro de la trama urbana del núcleo de Los Sauces, que contribuyan a la rehabilitación de los tejidos urbanos degradados, así como a la recualificación de otros. • Creación de una reserva de suelo para equipamiento deportivo y docente en el núcleo de San Andrés. • Previsión de reservas de suelo para espacios libres públicos, que actúan como elementos de cualificación en la ordenación perimetral del ámbito urbano de San Andrés. • Creación del Parque Marítimo del Horno de La Cal y de El Guindaste. • Creación de un Parque Marítimo que englobe las actuaciones previstas entre Puerto Espíndola y El Varadero. • Potenciación del Puerto Pesquero y Deportivo de Espíndola. • Previsión de un sistema de espacios libres públicos de pequeño tamaño que contribuyan a la recualificación del ámbito urbano de El Melonar-Puerto Espíndola. - Protección y conservación del Patrimonio del Municipio Este Plan General, como objetivo fundamental, persigue la protección y conservación del patrimonio edificado, arqueológico y medioambiental del Municipio, mediante la delimitación de zonas, así como la inclusión de elementos puntuales, sometidos ambos a normativas especiales de protección. Independientemente de la protección intrínseca, es decir, la que deriva de unos valores concretos que se reconocen, se persigue la protección global, o protección del paisaje natural, rural y urbano y del Patrimonio Histórico, entendido este último, desde el mantenimiento de características ambientales. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 283 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial - El sistema de transporte y comunicaciones. La estratégica topología del municipio de San Andrés y Sauces en el territorio y estructura insular, obliga a una adecuada planificación del sistema viario, y en general de la red de accesibilidad territorial, a largo plazo, necesariamente articulada y condicionada por la planificación supramunicipal, insular, territorial y sectorial. Por otra parte, la especial coyuntura de la isla de La Palma obliga a la adopción de soluciones coordinadas con dicha planificación superior. Los objetivos concretos de este Plan General respecto a la red viaria son los siguientes: • Circunvalación de la Carretera LP-1 en el núcleo de Los Sauces, que discurre, al Este del ámbito urbano, entre el extremo norte del Puente de Los Tilos y la zona de La Pedrera. • Circunvalación de la LP-1 en el núcleo de Garachico, discurriendo al naciente del mismo. • Recualificación del viario de conexión entre los núcleos de El Melonar-Puerto Espíndola y San Andrés, que comprende la rectificación, ensanche, peatonalización lateral, urbanización y dotación de mobiliario urbano y arbolado, de los tramos correspondientes de las Carreteras LP-104 y LP-1042, así como la solución del enlace entre ambas en la Curva del Valle. • Rectificación, ensanche y mejora de la Carretera LP-104 entre Llano del Pino y San Andrés. • Rectificación, ensanche y mejora de la Carretera LP-104 entre Bajamar y la Curva del Valle. • Rectificación, ensanche y mejora de la Carretera LP-107 de acceso al Centro de Visitantes de Los Tilos desde la Carretera LP-1, antiguo tramo del Barranco del Agua. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 284 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Creación de vía colector de desahogo funcional de la parte superior del Lomo de Los Sauces (sobre la LP-1), entre intersecciones con la LP-1 en La Verada de El Drago a la Verada de Bajamar, pasando por Bebedero, Llano de Clara, Lomo Lirio, Lomo López y Verada Bajamar. • Creación de vía principal de acceso al Equipamiento General Docente desde SGV-6, sobre el Camino de La Higuerita y su prolongación. • Creación de vía estructural de la ordenación prevista para el área Norte del núcleo de Los Sauces, se inicia y termina en SGV-6 en Lomo López de Arriba y Bajamar respectivamente. • Creación de vía de acceso desde la LP-1 entre Verada Lomadas hasta el Parque Recreativo de Las Cancelas. • Creación de vía de acceso desde la LP-1 entre Verada Lomadas hasta San Andrés por Camino La Atalaya. • Implantación del sistema viario propuesto de 3º Nivel. - Alternativas a la demanda de vivienda pública. Independientemente de las exigencias legales que obligan a reservar un mínimo del 20 % del suelo residencial resultante de la ordenación de los suelos urbanos no consolidados y urbanizables con destino a viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, este Plan General se plantea como un objetivo básico, en aras a paliar la inactividad pública en la promoción de viviendas protegidas, la constitución de patrimonios públicos de suelo con esta finalidad. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 285 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 2.2. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN 2.2.1.- ESTRUCTURA GENERAL DEL MUNICIPIO. La estructura urbana, o mejor, la correspondiente al asentamiento poblacional en el territorio, del municipio de San Andrés y Sauces, es consecuencia fundamentalmente de tres factores: la abrupta topografía del territorio, la aptitud agrícola del suelo y el sistema insular de accesibilidad. El sistema de barrancos y su subsistema de barranquillos determinan una morfología física que condiciona enormemente los asentamientos, estos discurren en sentido Oeste-Este apoyados en la trama viaria originaria, fundamentalmente en los caminos reales que comunicaban el territorio con Santa Cruz de La Palma y Barlovento y los transversales que conectaban el mar con la cumbre, en concreto el camino real que unía San Andrés con Santa Cruz de La Palma, los camino de conexión entre Los Sauces, Puerto Espíndola y San Andrés, el camino de El Monte en Los Sauces, el camino de San Pedro en Las Lomadas, el camino de Tajadre en Los Galguitos, los caminos de conexión con San Andrés desde Los Galguitos y Las Lomadas, y posteriormente, la Carretera General del Norte, antigua C-830, la carretera de acceso a Puerto Espíndola y la de acceso a San Andrés desde Las Lomadas. Las condiciones climáticas y la altitud de los terrenos, generalmente de cultivo de secano, condiciona a que surjan los asentamientos en la zona de medianías y costas. El Núcleo de Los Sauces pronto se convierte en el de mayor importancia, al disponer de mejores comunicaciones, abastecimiento de agua, así como mayor capacidad de abastecimiento a la población. La aparición del monocultivo del plátano, que ocupó prácticamente la totalidad del territorio municipal por debajo de la cota +250 m, excluyendo, los barrancos y las laderas, se constituyó en base de la economía municipal durante varias décadas, expulsando toda posibilidad de implantación residencial, salvo excepciones puntuales localizadas en los asentamientos de Manos de Oro, La Calzada y El Cardal, dirigiéndose el limitado crecimiento de viviendas a cotas por encima de la Carretera General LP-1. Los factores que tuvieron mayor importancia en la modificación de las tendencias territoriales del Municipio fueron: el trazado de la Carretera General del Norte, y las carreteras de acceso a San Andrés desde Bajamar y Las Lomadas, alterando la estructura urbana del Municipio, que se desplaza definitivamente hacia el núcleo de Los Sauces, a costa del núcleo histórico originario de San Andrés, que resulta totalmente abrigado por los cultivos intensivos de plataneras. Asimismo, el crecimiento histórico del núcleo de Los Sauces basado Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 286 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial fundamentalmente en dos ejes, Este-Oeste, se ve alterado al incorporarse el eje transversal de la Carretera C-830, hoy LP-1. El desarrollo histórico se ha producido según la antedicha estructura y la edificación se desarrolla por asociación lineal a lo largo de dichos ejes. El territorio del municipio se define por tres grandes interfluvios o lomadas irregulares, de Sur a Norte, Los Galguitos, Las Lomadas y Los Sauces, separados por los barrancos de “La Galga-La Fuente”, límite intermunicipal con Puntallana, “San Juan-Alén”, “Del Agua” y de “La Herradura”, frontera con Barlovento, y una zona alta o de montes. El ámbito de Los Galguitos corresponde al tablado que se sitúa entre los barrancos de La Galga y San Juan, que está surcado por un conjunto de pequeñas barranqueras que accidentan el terreno. Ha sido tradicionalmente un espacio de secano, ocupado por el viñedo y los cultivos de autoabastecimiento, que han desaparecido en gran medida como consecuencia de la llegada de regadío en los años sesenta y de la expansión de la platanera. Las viviendas tradicionales se escalonan a lo largo de las lomas, siguiendo los antiguos caminos, y en cambio, las de construcción más reciente se sitúan a ambos lados de la carretera general LP-1 y vías adyacentes, en una posición transversal con respecto a los anteriores. El término “Las Lomadas” hace referencia a la zona media y alta comprendida entre los barrancos de San Juan y de El Agua, asignándose la parte baja al núcleo de San Andrés, que dio nombre inicial al municipio. La parte baja de Las Lomadas está cruzada por la carretera general del norte que ha atraído el poblamiento, sobre todo a raíz de la extensión del regadío y de la platanera a partir de los años sesenta. En la zona costera se encuentra el caserío de San Andrés, próximo a la desembocadura del barranco de El Agua y de poblamiento concentrado. En el resto de la zona domina el platanar, sembrado también en los años sesenta, salpicado por unas pocas casas a causa del precio del suelo y de la estructura concentrada de la propiedad de la tierra existente en el pasado. El lomo de Los Sauces corresponde al interfluvio situado entre los barrancos de El Agua y de La Herradura, que se aproximan entre las cotas de 800 y 500 m. de altura, donde se encuentra el tablado de Llano Clara. A partir de éste lugar y en dirección a la costa, el interfluvio se ensancha y forma casi un triángulo, con un relieve irregular de lomas de piroclastos y hoyas, en el que se han asentado la población y los cultivos, dando lugar a uno de los emporios agrícolas de la isla, a causa del regadío. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 287 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La estructura de los ámbitos urbanos, podemos definirla como mixta, resultado de la superposición histórica de dos sistemas de ocupación del territorio y conectividad, por una parte, la estructura antigua basada en dos ejes Oeste-Este, fuertemente condicionados por la topografía de lomos y barrancos. Y por otra parte, la estructura lineal Norte-Sur, que se produce inicialmente con los caminos reales a Barlovento y Santa Cruz de La Palma, y después, en el año 1941, con la implantación de la Carretera General del Norte, hoy LP-1. El municipio aporta al modelo insular un conjunto de recursos naturales estratégicos y equipamientos estructurantes entre los que cabe destacar los siguientes: • La finca del Canal y de Los Tilos, constitutiva del núcleo de la actual Reserva de La Biosfera de La Palma, inicialmente declarada como tal por la UNESCO en 1983, que alberga uno de los bosques de laurisilva más importantes del archipiélago canario, y que constituye uno de los lugares de mayor afluencia de visitantes de la Isla de La Palma. • Los Nacientes de Marcos y Cordero, que constituyen los manantiales de agua más importantes de la isla, representan otro recurso natural característico de La Palma. • El enclave de Puerto Espíndola, que se conforma como uno de los recursos turísticos y de ocio más importantes, aportando el Puerto del mismo nombre, zonas de baño, restaurantes, y la futura playa artificial. • El núcleo tradicional de San Andrés, que representa el enclave urbano tradicional con mayores valores históricos, ambientales y arquitectónicos de la isla, después del Casco Histórico de Santa Cruz de La Palma, y que constituye el principal recurso de la Comarca para la introducción de servicios turísticos cualificados, así como la gran oportunidad para la recreación de un espacio urbano tradicional de gran atractivo, completando, de un modo casi escénico, la trama urbana inconclusa que se detuvo en el siglo XVII. • El Centro de Interpretación de La Caña de Azúcar y del Ron, previsto sobre las antiguas destilerías del “Ron Valle”, podría convertirse en un recurso turístico de índole insular, cuya razón de ser se encuentra en la tematización de ese importante recurso agrícola de tanta importancia en la historia insular. • Las Piscinas Naturales de Charco Azul, que se han convertido, tras su adecuación, en un equipamiento de ocio a nivel insular. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 288 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial El centro urbano de Los Sauces, constituido por la Plaza de Montserrat y el Parque Antonio Herrera, así como la envolvente edificatoria que conforma este espacio de centralidad, constituye un enclave de gran significación insular. 2.2.2. PROYECCIÓN, DIMENSIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL DESARROLLO PREVISIBLE. - Proyección de la población. Una proyección de población consiste en determinar los efectivos demográficos que tendrá un territorio después de un periodo de tiempo. Dicha operación se realiza mediante la aplicación de una serie de cálculos basados en un conjunto de hipótesis formuladas con carácter previo, respecto a la evolución futura de las distintas variables demográficas que intervienen en la población. En principio, ha de disponerse de la población que se quiere proyectar en el momento de inicio de la proyección. El año correspondiente al inicio se denomina año de partida y a la población existente, población de partida. El año hasta el que se lleva la evolución de la población se denomina año horizonte. El intervalo entre ambos momentos es el periodo de proyección. A pesar de la inercia de los fenómenos demográficos, por razones de fiabilidad el periodo de proyección no debe ser superior a diez años, ya que las posibilidades de que se produzcan cambios en la evolución de los distintos componentes o variables que intervienen en el crecimiento o decrecimiento de una población y la incertidumbre acerca de su futuro aumenta con el tiempo. Además, a mayor periodo de proyección mayor es la probabilidad de que ocurran circunstancias imprevisibles que alterarían la evolución inicialmente prevista. El método adoptado por el equipo redactor para la determinación de la proyección municipal adoptando como horizontes de la misma los años 2006-2011 es el de “Crecimiento Natural”, corregido por factores derivados de las hipótesis adoptadas de carácter exógeno, es decir, se parte inicialmente de datos demográficos, que se corrigen en función de los supuestos de planificación. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 289 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los criterios adoptados son los siguientes: ▪ En los últimos años se ha producido un notable decrecimiento de población joven en el municipio, derivado directamente de la falta de expectativas profesionales que obligan a su establecimiento fuera del municipio y la isla. El efecto consiguiente ha sido la baja tasa de natalidad. ▪ Con respecto a la tasa de mortalidad, su evolución ha sido irregular en la última década, si bien se observa una tendencia en los últimos años a su incremento, precisamente por la disminución de población joven al municipio. ▪ Con respecto al saldo emigratorio, su tendencia es de crecimiento favorable a las entradas, que en los últimos cinco años ha duplicado el porcentaje de incorporaciones. Esta tendencia de carácter exógeno se materializa en tres corrientes migratorias: - Retorno de familias emigradas a Venezuela. - Incorporación de población trabajadora procedente fundamentalmente de Sudamérica. ▪ La tasa global de actividad se ha mantenido en los últimos diez años, con tendencia a la disminución, por lo que es lógico que va a mantener esta dinámica, si no se introducen las actuaciones estructurales previstas en este PGO, máxime si se tiene en cuenta la situación del municipio en la isla, así como las expectativas económicas basadas en la continuidad del monocultivo platanero. ▪ Las anunciadas medidas gubernamentales para la incentivación de la economía palmera, así como la puesta en marcha de los instrumentos de planificación insular en tramitación, habrán de tener forzosamente una cierta incidencia positiva en el desarrollo económico del municipio, y por ende se produciría un establecimiento de población foránea, independientemente de neutralizar la tasa de crecimiento vegetativo. Esta tendencia se ve favorecida por la mejora de las comunicaciones con el resto de la isla, fundamentalmente con Santa Cruz de La Palma. Actualmente no parece disparatado residir en San Andrés y Sauces y trabajar en los municipios de la comarca centro oriental de la isla. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 290 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena AÑOS Documento para Aprobación Inicial CRECIMIENTO VEGETATIVO SALDO MIGRATORIO POBLACION PROYECTADA % CRECIMIENTO NACIMIENTOS DEFUNCIONES 1994 35 42 -7 5.394 1995 30 50 -20 5.399 1996 29 57 -28 5.438 0,72 1997 35 61 -26 5.388 -0,92 1998 35 52 -17 5.339 -0,91 1999 34 57 -23 5.399 1,12 2000 29 48 -19 5.229 -3,15 2001 37 45 -8 5.263 0,65 2002 21 10 11 5.226 -0,70 2003 18 19 -1 5.102 -2,37 2004 19 26 -7 5.012 -1,76 2005 32 51 -19 5.086 1,48 2006 21 12 -20 40 5.100 0,28 2007 26 15 -10 30 5.120 0,39 2008 31 18 0 40 5.160 0,78 2009 36 21 10 50 5.220 1,16 2010 41 24 15 60 5.295 1,44 2011 46 27 20 70 5.385 1,70 2012 51 30 25 80 5.490 1,95 2013 56 33 30 90 5.610 2,19 2014 61 36 40 100 5.750 2,50 2015 66 39 50 110 5.910 2,78 2016 71 42 70 120 6.100 3,21 0,09 2.2.3. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL. En virtud del articulo 32.2.A) del TRLotc-Lenac constituye la ordenación estructural del conjunto de determinaciones que define el modelo de ocupación y utilización del territorio en el ámbito de la totalidad del término municipal, así como los elementos fundamentales de la organización y el funcionamiento urbano actual y su esquema de futuro. Los fines y objetivos, descritos en el capítulo anterior, acotan la diversidad de opciones y la adopción de alternativas. A nivel general se remite a la elección del modelo de utilización del suelo y a la definición de los elementos que integran la estructura general del territorio. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 291 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sistema de usos básicos. Los usos básicos del suelo que constituyen el modelo de utilización que formula el Plan General de Ordenación, son los siguientes: a) Uso residencial: Está constituido este uso por los alojamientos de carácter permanente para la población residente en el área y comprende los usos pormenorizados de la vivienda colectiva y la vivienda unifamiliar, en las tipologías de edificación intensiva, semiintensiva, abierta en bloques, semiextensiva y extensiva, así como la vivienda rural en los asentamientos. Se resuelve con la colmatación de los núcleos urbanos de Los Sauces (SU-1) y Las Lomadas (SU-4), manteniendo básicamente las previsiones de las NN.SS. 92 vigentes, y potenciando los ámbitos de San Andrés (SU-2) y El Melonar-Puerto Espíndola (SU-3), que representan la recuperación económica del municipio. En estos dos últimos núcleos se prevén, independientemente de la ordenación de la trama urbana existente, modestos desarrollos de ensanche en suelos urbanizables. El objetivo de este PGO respecto al uso residencial, consiste en la organización de la trama urbana, en especial el sistema de accesibilidad y circulación, y de la edificación, estableciendo asimismo unos adecuados niveles de dotaciones y equipamientos, e incorporando la ordenación de las áreas intersticiales no ocupadas, la solución de los bordes o articulación con el Suelo Rústico de contacto, así como algunas pequeñas extensiones de ensanche en suelo colindante. Básicamente, no se producen mayores crecimientos de los previstos en las NN.SS. 92, limitándose este PGO a la ordenación de los ámbitos urbanos en base a los nuevos criterios de emanan de la legislación autonómica, así como otros factores sobrevenidos, como la mejora producida en la carretera LP-1, la necesaria circunvalación del núcleo de Los Sauces, y la propuesta de recualificación y explotación del tramo litoral entre San Andrés y Puerto Espíndola. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 292 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial b) Uso turístico: Se basa en la demanda turística cualificada, excepcional, puntual y no masiva. Está constituido este uso por los alojamientos de carácter temporal y vacacional y comprende los usos pormenorizados recogidos en la legislación turística vigente, Decretos 149/1.986, 23/1.989, 18/1.998, y 10/2.001 de la Consejería de Turismo y Transporte del Gobierno de Canarias y Ley 19/2003, de 14 de abril de las Directrices de Ordenación General y de Ordenación del Turismo de Canarias. Este Plan General no califica ningún suelo para uso turístico específicamente, remitiéndose su posible introducción a lo que resulte del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de La Palma (PTE). Dentro del uso turístico, es preciso mencionar la propuesta de ordenación realizada para el tramo litoral entre Puerto Espíndola y San Andrés, que se materializa en un conjunto de dotaciones, equipamientos, servicios e infraestructuras, debidamente articuladas, que pueden conformar en su conjunto un potente equipamiento complementario de carácter insular. Se traduce en las siguientes actuaciones: • Terminación del Refugio Pesquero, introduciendo el dique de abrigo e incorporando atraques deportivos, que lo convertirían además en un pequeño Puerto. • Construcción del Proyecto de Playa Artificial en la Bahía de Puerto Espíndola y en la Rada de Pavones. • Actuaciones de mejora y urbanización en la totalidad del ámbito urbano Puerto Espíndola-El Melonar, incluyendo los aparcamientos previstos en el Barranco de Pavones. • Potenciación del núcleo histórico de San Andrés que ha de entenderse como el principal recurso del Municipio para la introducción de servicios turísticos cualificados, así como la gran oportunidad que representa para la recreación de un espacio urbano tradicional de gran atractivo, donde puedan coexistir los usos residenciales con las nuevas instalaciones. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 293 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena • Documento para Aprobación Inicial Introducción de diques sumergidos de rompeolas en El Varadero y El Palito, así como ejecución de las obras complementarias para el adecuado disfrute de esta zona de baño, conformando con el área de “Charco Azul” y “Playas de Puerto Espíndola”, un gran parque marítimo. • Actuación prevista en la desembocadura del Barranco del Agua, en San Andrés, que comporta la rehabilitación del Horno de la Cal, la rehabilitación de las edificaciones existentes para un restaurante y la ejecución de una piscina natural interior de agua salada, incorporándose además en este PGO la construcción de un dique de abrigo frontal sobre las bajas situadas frente a “El Palito”, antiguo “Puerto del Guindaste”, con objeto de habilitar otra pequeña zona de agua abrigada. • Terminación del sendero litoral que conecta San Andrés y Puerto Espíndola, actualmente en construcción, con los miradores y aparcamientos previstos. Sobre este sendero, se apoya las ruinas del antiguo Convento Franciscano de La Piedad, una antigua edificación industrial, con muchas posibilidades de rehabilitación para equipamiento complementario, y las zonas pertenecientes a la sociedad “Costa Neptuno”, de cuyo proyecto turístico solo se construyó la piscina y solarium y una pequeña cafetería, en estado de franco deterioro. Esta última zona está llamada a convertirse en una dotación pública. • El modesto desarrollo turístico que necesariamente ha de completar la ordenación tiene que producirse en el espacio territorial existente entre los dos núcleos: San Andrés y Puerto Espíndola-El Melonar, ocupado íntegramente en la actualidad por cultivos de plátanos, y cuya sustitución parcial y compatibilización funcional con el uso turístico habrá de conseguirse. Las actuaciones planteadas son de pequeña y mediana dimensión, debiendo adecuarse íntegramente a las características y exigencias derivadas del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la Isla de La Palma, actualmente en trámite de Aprobación Definitiva, y en todo caso, elevando los parámetros de calidad. • La propuesta de ordenación se completa con la mejora y recualificación como paseo de la carretera de conexión entre San Andrés y Puerto Espíndola (LP-104 y LP-1042), así como de los ramales transversales hasta el sendero de litoral, conformando el sistema de accesibilidad en que se apoyen las actuaciones turísticas de ocio previstas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 294 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El PTE prevé introducir en situación de compatibilidad el uso turístico hotelero en los ámbitos de San Andrés y Los Sauces. c) Uso de servicios terciario: Constituyen este uso los que tienen por finalidad la prestación de servicios al público, empresas u organismos, tales como el comercial, el de oficinas, administración, financiero, técnico, recreativo, relación, información, etc. En general se acepta este uso como complementario y compatible del uso residencial, ocupando partes o edificios completos en la trama residencial, o incorporándolo, en todo o en algunos de sus aspectos, al uso industrial. No se clasifica suelo específicamente para uso terciario, si bien, dentro de la estructura de ordenación propuesta, este uso se localizará preferentemente en el área de centralidad del ámbito urbano de Los Sauces (SU-1), es decir, entre el conjunto organizado en torno a las plazas de Montserrat y Parque Antonio Herrera y la entrada Sur desde la LP-1 (Travesía Urbana). Asimismo, se reconoce la compatibilidad del uso terciario dentro del Sector Urbanizable previsto en Las Lomadas (Lomo de La Orotava), para uso industrial, así como en la zona de Bajamar, apéndice del ámbito urbano de Los Sauces, estructurada sobre la carretera de Puerto Espíndola LP-1042. d) Uso industrial: El Municipio de San Andrés y Sauces no ha dispuesto nunca de un suelo industrial habilitado específicamente para uso industrial. El sector previsto, ubicado en la zona de La Lama, en las NNSS.92, no se llevó a desarrollar. La solución a este uso ha venido resolviendo de un modo irregular, en la mayoría de los casos al margen de la legalidad. Dada la economía agraria dependiente del plátano que sostiene a este municipio, las instalaciones industriales de mayor relevancia son los almacenes para la recepción, manipulación y empaquetado de este producto, cuya ubicación, en San Andrés y Sauces, se ha realizado tradicionalmente en suelo urbano (Empaquetado de Agricultores Guanches en Bajamar e instalaciones complementarias en Los Sauces, instalaciones de CUPALMA en Los Sauces, Empaquetado UNIPALMA en Los Galguitos y Empaquetado de “Cejas” en El Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 295 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Melonar). Otra actividad de cierta relevancia, por su impacto visual, son los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos, ubicados en el margen de las carreteras. Los talleres diversos de carpintería, cerrajería, cantería, chapa y pintura, etc…, así como los almacenes en general, se sitúan generalmente en suelo urbano, y cuando lo hacen en suelo rústico es los asentamientos rurales tradicionales. En resumen nos encontramos con una total mezcla de usos residenciales e industriales, con importantes problemas ambientales y de compatibilidad, en suma de calidad del tejido urbano, cuya solución constituye un objetivo de este PGO. En este caso, no se trata de resolver una fuerte demanda de suelo industrial, que no existe, puesto que el municipio no ocupa una situación estratégica insular para el establecimiento de industrias, sino de habilitar un pequeño sector capaz de absorber los limitados crecimientos de este uso, así como posibilitar el traslado de actividades incompatibles con la vivienda, y de este modo contribuir a la rehabilitación y mejora de los núcleos poblacionales. La ubicación establecida en las NNSS 92 no se considera adecuada por las siguientes razones: En primer lugar, no se relaciona directamente con la carretera general LP-1 y su conexión se realiza a través de una vía urbana, es decir, se introduce el tráfico pesado en la ciudad; en segundo lugar, ocupa los terrenos que históricamente conformaban la expansión natural del núcleo de Los Sauces, tanto por su topografía, como por su relación con los ejes principales de crecimiento; en tercer lugar, se mezclan con los usos residenciales del área de “La Lama”, con la consiguiente problemática de incompatibilidad funcional que se deriva. e) Uso de infraestructura: Comprende los usos y servicios públicos, a cargo de la Administración competente, que se consideran necesarios para el funcionamiento del modelo territorial adoptado por ser básicos para la vida colectiva. Fundamentalmente se encuentra constituido por la red viaria, cuyos elementos principales son: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 296 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SISTEMA GENERAL DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES (SGV) PRIMER NIVEL. CARRETERAS INSULARES CÓDIGO DENOMINACIÓN Carretera LP-1 USO Carretera TIPO y Travesía Urbana NÚCLEO O ÁMBITO CLASIFICACIÓN Y CATEGORÍA TERRITORIAL Tramo de Carretera entre límites Suelo municipales entre los Barrancos Infraestructuras (RPI). de La Galga y de La Herradura. Suelo Urbano (SUCU-1 Los Sauces) y (SUCU-4 SGV-1 Rústico Las Lomadas). Insular de Protección Económica EJECUCIÓN de Se superpone al ámbito de Constituye una unidad de zona compuesta por la banda de dominio público entre Proyecto de Obras con los los controles ambientales límites intermunicipales con Puntallana y Barlovento. Carretera LP-1 (**) Carretera SGV-2 Rústico preceptivos Circunvalación prevista desde la Suelo de rotonda Norte del Puente de Los Infraestructuras (RPI). Protección Económica de Tilos hasta enlazar con la LP-1 actual a la altura de La Pedrera. (**) Vía propuesta para su inclusión en la Red Regional de Carreteras dependientes del Gobierno de Canarias. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 297 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SISTEMA GENERAL DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES (SGV) SEGUNDO NIVEL. CARRETERAS COMARCALES O INTERMUNICIPALES COD. USO DENOMIN. LP-104 NÚCLEO O ÁMBITO TIPO Carretera y Travesía Urbana SGV-3 CLASIFICACIÓN Y CATEGORÍA TERRITORIAL EJECUCIÓN Entre la intersección con la LP-1 en Llano El Suelo Rústico de Protección Económica de Infraestructuras (RPI). Pino e intersección con la LP-1 en Bajamar. superpone al ámbito de Suelo Urbano (SUCU-2 San Andrés). Constituye una Se unidad de zona compuesta por la banda de dominio público entre la intersección con la Carretera LP-1 (SGV-1) y el antedicho ámbito urbano (SUCU-2) LP-1042 Carretera y Travesía Urbana Comarcal Ctra. entre intersección con la LP-104 (Curva Suelo Rústico de Protección Económica de Infraestructuras (RPI). del Valle) a Puerto Espindola superpone a los ámbitos de Suelo Urbano (SUCU-1 Los Sauces y SUCU-3 El SGV-4 Se Melonar-Puerto Espíndola). Constituye una unidad de zona compuesta por la banda de dominio público entre las intersecciones con los ámbitos antedichos ( SUCU-1) y (SUCU-3). SGV-5 SGV-6* LP-107 Carretera Ctra. de acceso a Los Tilos entre su Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP), Suelo Rústico de Protección intersección e inicio en la LP-1 Agraria Extensiva ( RPA-1E) y Suelo Rústico de Protección Natural ( RPN-1ENP). Vía de acceso al sistema hidráulico Vía colector de desahogo funcional de la parte Suelo urbano Bediesta-Adeyahamen, al Cementerio y superior del Lomo de Los Sauces (sobre la (SUSNO-1.3), Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras (RPI-3H), Suelo al Campo de Fútbol de Llano Clara, LP-1), entre intersecciones con la LP-1 en La Rústico de Protección Agrícola Extensiva (RPA-1E), independientemente del Equipamiento Verada de El Drago a la Verada de Bajamar, Docente Insular pasando por Bebedero, Llano de Clara, Lomo (SUCU-1), Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado Proyecto de Obras controles con preceptivos. Las obras de mejora en la información gráfica. Lirio, Lomo López y Verada Bajamar. SGV-7* Vía principal de acceso al Equipamiento Asentamiento Rural (RAR-1.3), Suelo Rústico Protección Agrícola Extensiva Docente Insular General Docente desde SGV-6, sobre el (RPA-1E), Suelo Urbano No consolidado (SUNCU-1.3) Camino de La Higuerita y su prolongación Vía SGV-8* urbana estructurante Grande-La Lama Carretera y Travesía Urbana SGV-9* de Hoya Vía estructural de la ordenación prevista para Suelo el área Norte del núcleo de Los Sauces, se Urbano(SUCU-1), Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO-1.4) , Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO-1.3), inicia y termina en SGV-6 en Lomo López de Suelo Rústico Protección Agrícola Extensiva (RPA-1E) y Suelo Rústico de Arriba y Bajamar respectivamente. Suelo Asentamiento Rural (RAR-1.2) Vía de acceso desde la LP-1 entre Verada Suelo Urbano (SUCU-4), Suelo Rústico Protección Agrícola Extensiva (RPA- Lomadas hasta el Parque Recreativo de Las 1E), Suelo Rústico de Protección Hidrológica Cancelas. asentamientos Agrícolas (RAR-2.3) y (RAR-2.4), suelo Rústico de Protección (RPH), Suelo Rústico de Natural (PN-3IEM). Carretera y Travesía Urbana SGV-10* Vía de acceso desde la LP-1 entre Verada Suelo Urbano (SUCU-4), Suelo Rústico de Protección Agrícola Intensiva (RPA- Lomadas hasta San Andrés por Camino La 2I) y Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido (SUNSD-2.1) Atalaya (*) Vías previstas cuya propuesta de jerarquización hace que se incorporen a la Red Insular de Carreteras dependiente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 299 NOVIEMBRE DE 2.006 y rectificación viaria se encuentran recogidas Ramal de Acceso al Equipamiento los ambientales Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Dentro de este uso las propuestas de ordenación que se incorporan al presente PGO son: El ramal de circunvalación de la carretera LP-1 del núcleo de Los Sauces, entre el extremo norte del puente de Los Tilos y la “Curva del Morro”, que incluye los viaductos de La Calzada y la vaguada del “Miquinés” (SGV-2). El ramal de circunvalación de la carretera LP-1 del núcleo de “Garachico” en Los Galguitos, entre El Tanque y El Llano de La Palma, que incluye un pequeño viaducto en la “Vaguada de Garachico” (SGV-1V). Vía colector desahogo funcional de la parte superior del “Lomo de Los Sauces” ( sobre la LP-1), entre las intersecciones con la LP-1 en la “Verada de El Drago”, a la “Verada de Bajamar” (SGV-6), pasando por “El Bebedero”, “Llano de Clara”, “Lomo Lirio”, “Lomo López” y “Verada de Bajamar”, y que resuelve el acceso al sistema hidráulico Bediesta-Adeyahamen, (SGIH -2 y SGIH -3), al Campo de Fútbol de Llano Clara (SGE-8.1), y fundamentalmente al Equipamiento Docente Insular (SGE-9). (SGV-7). Ramal de acceso desde SGV-6, que discurre por el camino de La Higuerita y su prolongación, hasta el Equipamiento Docente Insular (SGE-9). Vía urbana estructurante del área Hoya Grande-La Lama, que se inicia y termina en SGV-6, en Lomo López de Arriba y Bajamar, respectivamente (SGV-8). Vía de acceso desde la LP-1 al Parque Recreativo de Las Cancelas, constituyendo asimismo la vía estructurante de Verada Lomadas (SGV-9). Vía de acceso desde la LP-1, en Verada Lomadas, al núcleo de San Andrés, discurriendo por la Atalaya (SGV-10). También se incluyen el conjunto de camino municipales (viario rodado de tercer nivel), fundamentalmente rurales, y la red capilar de ramificación de éste, cuyo estado de disfuncionalidad e insuficiencia generalizada, obligará a un esfuerzo municipal para conseguir alcanzar los mínimos europeos de calidad de vida. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 300 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Pertenecen a este uso asimismo el conjunto de infraestructuras relacionadas con la red de suministro y transporte de energía eléctrica, los depósitos de almacenamiento y control de las aguas potables y de riego, así como sus conducciones, las estaciones depuradoras, y los elementos pertenecientes a la red de telecomunicaciones y telefonía. f) Uso de equipamiento: Usos de índole colectiva o general, cuya implantación requiere construcciones, con sus correspondientes instalaciones, de uso abierto al público o de utilidad comunitaria o círculos indeterminados de personas, y de iniciativa y titularidad tanto publica como privada. Responde a diversas y variadas modalidades tales como: escolar, religioso, administrativo, socio-cultural, deportivo, etc. y determinan el soporte físico de las actividades públicas y de relación de la población. Se destacan por su ámbito supramunicipal e interés general los siguientes: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 301 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO (SGE) CÓDIGO DENOMINACIÓN USO TIPO NÚCLEO O ÁMBITO CLASIFICACIÓN Y CATEGORÍA TERRITORIAL EJECUCIÓN SGE-1 Centro de Salud Comarcal Sanitario Autonómico Travesía urbana de la LP-1 Suelo Urbano (SUCU-1) Existente. La posible SGE-2 Centro Ocupacional y Especial de Empleo Asistencial Insular Los Sauces Suelo Urbano (SUCU-1) ampliación y mejora se SGE-3.1 Cementerio dE Los Sauces Cementerio Municipal Los Sauces Suelo Rústico de Protección Territorial (RPT-1) realizará mediante un SGE-3.2 Cementerio de San Andrés San Andrés Suelo Rústico de Protección Territorial (RPt-3) Puerto Espíndola Suelo Urbano (SUCU-3) Los Sauces Suelo Urbano (SUCU-1) proyecto de obras e SGE-4 Zona portuaria de Puerto Espíndola SGE-5.1 Ayuntamiento SGE-5.2 Oficinas descentralizadas del Excmo. Cabildo Insular de La Palma Refugio pesquero y deportivo Autonómico instalaciones Plan Especial de Ordenación de la infraestructura portuaria Municipal Administrativo Insular Existente. Dispone de Ordenación Pormenorizada. SGE-5.3 Cuartel de la Guardia Civil SGE-6 Correos Administrativo Comarcal Los Sauces Suelo Urbano (SUCU-1) SGE-7 Bomberos Asistencial Comarcal Los Sauces Suelo Urbano (AUCU-1) SGE-8.1 Campo de Fútbol de Llano Clara Llano Clara, Los Sauces SGE-8.2 Pabellón Polideportivo Municipal Los Sauces SGE-8.3 Cancha Polideportiva de San Andrés Deportivo San Andrés Insular Suelo Rustico de Protección Agraria Productivo La posible ampliación y mejora se realizará mediante un proyecto de obras e instalaciones Extensivo (RPA-1E) Suelo Urbano (SUCU-1) Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado ( SUSO- Plan Parcial de Ordenación y 1) Proyecto de Reparcelación Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado Existente. Dispone de (SUSNO-4.1) Ordenación Pormenorizada. La posible ampliación y SGE-8.4 Cancha Polideportiva de Las Lomadas Las Lomadas SGE-8.5 Cancha Polideportiva de Los Galguitos Los Galguitos Suelo Rustico de Asentamiento Rural (RAR-3.1) SGE-9 Recinto Docente Los Sauces Suelo Urbano (SUCU-1) mejora se realizará mediante Docente un proyecto de obras e instalaciones Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 302 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial g) Uso de Espacios Libres ajardinados y para recreo y esparcimiento. Comprende el conjunto de espacios bien de titularidad privada o pertenecientes al sistema de espacios libres de dominio y uso público, donde se incluyen tanto las áreas ajardinadas, los espacios libres inedificables, las plazas, los parques, las áreas peatonales, y los parques infantiles. Independientemente del conjunto de dotaciones previstas en la ordenación pormenorizada de los Sectores ordenados y los Asentamientos Rurales, se prevén los siguientes: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 303 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS (SGLP) CÓDIGO DENOMINACIÓN USO TIPO Parque y SGLP-1 Parque Lineal Barranco del Agua NÚCLEO O ÁMBITO TERRITORIAL Antigua LP-1 entre Las Lomadas Equipamiento y Los Sauces Complementario Mirador y area de SGLP-2 Mirador Barranco de la Fuente descanso de Los Galguitos carreteras CLASIFICACIÓN Y CATEGORÍA EJECUCIÓN Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP) Plan Especial de Ordenación Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP) y Proyecto Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras evaluación (RPI-1C) exhaustiva Las SGLP-3 Mirador Llano Clara Mirador Los Sauces de Obras con ambiental obras de reforma y Suelo Rústico de Protección Agrícola Extensiva mejora se llevarán a cabo (RPA-1E) mediante simples proyectos ordinarios SGLP-4 SGLP-5 Parque Litoral (Adecuación entorno litoral Puerto Espíndola-Rompecabos-Charco Azul-Varadero) Parque Litoral ( Adecuación entorno Horno de La Cal-La Cuevita) Parque Marítimo y Tramo litoral entre Puerto Equipamiento Espíndola y Varadero Complementario Plan Especial de Ordenación Parque y Equipamiento Complementario Suelo Rústico de Protección del Litoral ( RPL) San Andrés Suelo Rústico de Protección del Litoral ( RPL) y Suelo Urbano (SUC-2) Insular En ejecución. Precisa de un Plan Especial de Ordenación, que SGLP-6 Parque Recreativo Las Cancelas Las Lomadas Suelo Rústico de Protección Natural. Monteverde degradado (RPN-3IEM) incluya la necesaria articulación con el PUG del Parque de Las Nieves, y en concreto de lo relativo a los Nacientes de Marcos y Corderos y el tránsito hasta la finca del Canal y Los Tilos. Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras Mirador y area de SGLP-7 Mirador Puente de La Puente descanso de Los Galguitos carreteras SGLP-8 Mirador Sur Puente de Los Tilos SGLP-9 Mirador Norte Puente de Los Tilos Interés Ecológico, pinar canario y Monteverde excelso ( RPN-2 IEME) Las Lomadas Mirador y Plaza Los Sauces Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. (RPI-1C) y Suelo Rústico de Protección Natural. Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP) Las obras de reforma y mejora se llevarán a cabo mediante simples proyectos ordinarios Suelo Rústico de Protección Agrícola intensiva ( RPA-2I) 304 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial h) Uso residencial rural: Constituido por aquellas áreas con entidades de población, más o menos concentrada, cuyo origen y desarrollo están directamente vinculados a las actividades propias del medio rural, aunque sin vinculación actual con actividades primarias, en las que se confirma y permite, bajo determinadas condiciones, el uso residencial, así como otros compatibles con éste. Se localiza en los núcleos poblacionales tradicionales de: SUELO RUSTICO DE ASENTAMIENTO RURAL CÓDIGO DENOMINACIÓN LOS SAUCES (1) RAR-1.1 EL POISO RAR-1.2 LOMO LÓPEZ DE ABAJO RAR-1.3 LOMO GIL RAR-1.4 QUINTA ZOCA RAR-1.5 LA CALZADA VIEJA RAR-1.6 EL VALLE RAR-1.7 EL CARDAL RAR-1.8 LA CALZADA RAR-1.9 PAJARES RAR-1.10 MANOS DE ORO RAR-2.1 LOMO GRANDE RAR-2.2 LOMO CHICO RAR-2.3 LA OROTAVA RAR-2.4 SAN PEDRO RAR-2.5 BERMÚDEZ RAR-3.1 SAN JUAN RAR-3.2 EL ROQUE RAR-3.3 EL TANQUE PARTE ALTA RAR-3.4 EL TANQUE PARTE MEDIA RAR-3.5 EL TANQUE PARTE BAJA RAR-3.6 GARACHICO LAS LOMADAS (2) LOS GALGUITOS (3) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 305 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena i) Documento para Aprobación Inicial Uso residencial agrícola: Constituido por aquellas áreas de explotación agropecuaria, en las que se ha producido un proceso de edificación residencial relacionado con dicha explotación, y en las que se permite el uso residencial exclusivamente cuando se produzca una vinculación y proporcionalidad entre la edificación y la actividad agropecuaria correspondiente. Se localiza exclusivamente en la zona baja de Los Galguitos donde se ha producido un proceso de convivencia entre la actividad agrícola y la vivienda. Se ha reconocido el Asentamiento Agrícola de El Fondo (RAG-1), conformado como un conjunto de viviendas vinculadas a las explotaciones agrícolas de plataneras de la zona. j) Uso agrícola y ganadero: Constituye el uso de mayor implantación territorial del Municipio, El alto grado de antropización operado en los últimos 50 años en el Término Municipal se produce en transformaciones agrícolas, su extensión se mantiene en unas 454,18 Has., de los que 223,70 Has corresponden al Suelo Agrícola Productivo Extensivo (gran parte en situación de erial actualmente) y 230,49 Has, al Productivo Intensivo (totalmente en explotación), lo que supone mas del 10 % del territorio municipal. San Andrés y Sauces, por sus condiciones climáticas, abundancia de agua y aptitud edáfica de los suelos, tubo un desarrollo pionero en el cultivo del plátano, localizándose fundamentalmente en toda la franja baja del municipio, por debajo de la carretera LP-1, es decir, entre el nivel del mar y la cota + 250 metros. k) Uso hidrológico: Comprende los cauces de barrancos y barranqueras constituyentes de la estructura hidrográfica insular, es decir, aquellas áreas del territorio necesarias para la protección de las cuencas de barrancos, evitar los procesos erosivos, e incrementar y racionalizar el uso de los recursos hídricos, tanto en el suelo como en el subsuelo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 306 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Además de su preservación por su alto valor para la regulación de los recursos hídricos son, por lo general, de un altísimo interés los aspectos paisajísticos y ecológicos, cuya protección no constituye la finalidad básica, sino la primera. La estructura de escorrentías de San Andrés y Sauces, tal como queda reflejado en la Memoria Ambiental, adquiere una gran importancia. Se compone básicamente en cuatro grandes barrancos: Barranco de La Herradura, que separa los Municipios de San Andrés y Sauces y Barlovento. Barranco del Agua, que separa los interfluvios de Los Sauces y Las Lomadas. Barranco de San Juan-Alen, que separa los interfluvios de Las Lomadas y Los Galguitos. Barranco de La Galga-La Fuente, que separa los Municipios de San Andrés y Sauces y Puntallana. Además, una serie de barranqueras intermedias que discurren de Cumbre a Mar, de Norte a Sur: Barranquera de Lomo López (Los Sauces). Barranquera de Ramírez (Los Sauces). Barranquera de Verada Lomadas-La Orotava (Las Lomadas). Barranquera La Orotava-San Pedro (Las Lomadas). Barranquera Fuente Nueva- El Drago (Los Galguitos). Barranquera La Vica-La Calzadita (Los Galguitos). Barranquera La Gallega (Los Galguitos). Dentro de las áreas de Suelo Rustico de Protección Hidrológica, se encuentra el sistema territorial de drenaje superficial, cuyo régimen de usos es más restrictivo que el establecido, con carácter genérico, para los suelos adscritos a esta categoría. l) Uso medioambiental: Corresponde aquellas áreas en las que se encuentran presentes valores naturales o ecológicos que tienen entidad suficiente cómo para justificar la exclusión de cualesquiera actos o usos distintos de los dirigidos a la preservación de la integridad del, o de los correspondientes espacios o ecosistemas. Asimismo se incluyen las áreas con gran valor Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 307 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial escénico por albergar formas de relieve de carácter singular (escarpes, conos volcánicos), o paisajes naturales o antropizados de interés y determinados enclaves naturales, que han sobrevivido a la antropización agresora de periodos recientes. También se incluyen los suelos que en el entorno de determinados espacios naturales, precisan su protección para salvaguardar los valores de éstos. Por último, comprende aquellas zonas del territorio municipal que disponen de aportaciones humanas significativas, merecedoras de protección por su valor arqueológico, etnográfico o artístico y que justifica, a su vez, un régimen que garantice la preservación de los bienes en que dichos valores se concretan. m) Uso protección Territorial: El Suelo de Protección Territorial, conforme al Art. 55 d) y la DOG 65.1, comprende las áreas que, careciendo de valores ambientales e interés productivo, sea necesario preservar del proceso urbanizador para el mantenimiento del modelo territorial, sus peculiaridades esenciales y específicas, y el valor del medio rural no ocupado, así como la salvaguarda del ecosistema insular y su capacidad de sustentación de desarrollo urbanístico. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 308 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CAPITULO 3. REGIMEN DEL SUELO. Este Plan General de Ordenación tendrá por objeto lo preceptuado en el artículo 12 de la Ley del Suelo (T.R.L.S) R.D. 1346/1976, así como en el artículo 14 del Reglamento del Planeamiento (RP), con las determinaciones expresadas en el artículo 13.2 de la Ley del Suelo y el artículo 19.1 del RP; no obstante en virtud del TRLotc-Lenac, de acuerdo con lo expresado en su artículo 32, la totalidad del territorio de este Municipio se clasificará en: - SUELO URBANO - SUELO URBANIZABLE - SUELO RÚSTICO Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 309 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.1. SUELO URBANO. Constituyen el suelo urbano de este PGO los terrenos que se delimitan como tales por cumplir, de acuerdo con el Art. 50 del TRLotc-Lenac, con alguno de los siguientes criterios de clasificación: a) Los terrenos que el presente PGO incluye en esta clase de suelo mediante su clasificación, por estar integrados o ser susceptibles de integrarse en la trama urbana, por concurrir en él alguna de las condiciones siguientes: - Estar ya transformados por la urbanización al contar con acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales y suministro de energía eléctrica, en condiciones de pleno servicio, tanto a las edificaciones preexistentes como a las que se hayan de construir. - Sin perjuicio de lo dicho anteriormente, en el caso de que existan parcelas que no cumpliesen con algún servicio, éstas tendrán la consideración de suelo urbano consolidado por la previsión y programación de actuaciones públicas tendentes a completar la urbanización, de conformidad con lo determinado en el artículo 73.5 TRLotc-Lenac. - Estar ya consolidados por la edificación y que ocupe al menos dos terceras partes (2/3) de los espacios aptos para la misma, de acuerdo con la ordenación que se establece en el presente PGO. b) Los terrenos que en ejecución del planeamiento urbanístico anterior hayan sido efectivamente urbanizados de conformidad con sus determinaciones. 3.1.1.- DEFINICIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ÁREAS DELIMITADAS El presente Plan General, siguiendo los criterios establecidos en los artículos 50 y 51 del TRLotc-Lenac, establece las siguientes categorías y subcategorías: a) Suelo urbano consolidado por la urbanización (SUCU), integrado por aquellos terrenos que, además de los servicios previstos para su consideración como urbanos del apartado anterior, cuenten con los de pavimentación de calzada, encintado de aceras y alumbrado público, en los términos precisados por este Plan General. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 310 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Dentro de este suelo el PG considera dos subcategorías: Suelo de interés cultural (SUCU-IC), por contar con elementos de patrimonio arquitectónico o etnográfico, formen o no conjuntos y estén o no declarados bienes de interés cultural. Suelo de renovación o rehabilitación urbana (SUCU-R), por quedar sujeto a operaciones que impliquen su transformación integrada. b) Suelo urbano no consolidado por la urbanización (SUNCU), integrado por el restante suelo urbano. Dentro del área que engloban las zonas de Los Sauces, San Andrés, y Las Lomadas, se reconocen como urbanos consolidados por la urbanización los suelos ya clasificados por el Planeamiento anterior, muchos de ellos urbanizados mediante actuaciones asistemáticas (SUCU-1). Las áreas interiores no ocupadas, la mayoría incluidas en las NN.SS. 92, se ordenan pormenorizadamente completando la trama urbana, categorizándose como urbanos no consolidados por la urbanización. Se incluyen en esta categoría los siguientes ámbitos que se corresponden con otras tantas unidades de actuación delimitadas: LOS SAUCES: Ámbito Macho Durmiente (SUNCU-1.1) Ámbito El Barranquito (SUNCU-1.2) Ámbito Los Salones (SUNCU-1.3) Ámbito Bajamar (SUNCU-1.4) SAN ANDRES: Ámbito San Andrés-Norte (SUNCU-2.1) Ámbito San Andrés-Este (SUNCU-2.2) Ámbito San Andrés-Oeste (SUNCU-2.3) LAS LOMADAS Ámbito Verada Lomadas Parte Baja (SUNCU-4.1) Ámbito Verada Lomadas Parte Alta (SUNCU-4.2) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 311 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial A efectos de la aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio), se considera un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado de escasa entidad, aquel que tenga una superficie inferior a 2,5 Has. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 312 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.1.2. DELIMITACIÓN DEL SUELO URBANO RESIDENCIAL 1.- NUCLEO DE LOS SAUCES (SUCU-1): Este ámbito urbano se desarrolla en una franja intermedia del interfluvio de Los Sauces entre las Cotas +220 m y +320 m, estructurada sobre la travesía urbana de la Carretera LP-1 entre El Puente de Los Tilos y El Barranco de La Herradura, así como por el sistema transversal de accesibilidad, o red histórica de conexiones, formadas fundamentalmente por C/ La Calle y C/ Los Molinos, C/ Lomitos de Arriba, C/ La Calzada, Camino de El Poiso y la C/ Abrahán Martín, generándose un sistema “tentacular”, apoyado en el sistema de caminos agrícolas, y en la centralidad histórica formada por La Plaza de Montserrat y El Parque de Antonio Herrera. Frente a la tendencia diseminadora de la edificación experimentada en otras áreas de la isla, el núcleo de Los Sauces, ha experimentado en siempre un proceso de concentración, propiciado por una lenta pero constante acción urbanizadora de su Casco Urbano, así como la generación de servicios y equipamiento en el mismo. La potenciación de este hecho, valorado positivamente, se adopta como un objetivo de Planeamiento. La ordenación propuesta en este Plan General, no hace más que introducir determinadas correcciones y matizaciones a la existente, independientemente de completarla. Se mantiene básicamente la delimitación del suelo urbano contenido en las NN.SS. 92, adoptándose un conjunto de propuestas de ordenación que matizan el simple reconocimiento realizado en ese instrumento de planeamiento. Los elementos introducidos son los siguientes: Circunvalación de la carretera LP-1 entre “El Puente de Los Tilos “ y la “Curva del Morro”, que independientemente de producir dos pequeños viaductos, en Las Vaguadas del Mequinés y La Calzada, obliga a ordenar el suelo resultante entre el límite urbano y dicho Sistema General Viario (SGV-2) en la zona de “Lomitos de Abajo”, resolviéndose de este modo la fachada urbana del naciente de negativo impacto paisajístico. Se introduce una vía de desahogo funcional entre la Verada de El Drago y la Verada de Bajamar ( SGV-6), que discurre por la parte superior del lomo de Los Sauces y que recoge radialmente la C/ de Los Salones y C/ Juan Carlos I, la prolongación de la C/ Blas Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 313 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Moreno Zagala, el camino Lomitos de Arriba, la prolongación de la Calle José Pérez Vidal, la C/ La Calle y C/ Los Molinos, la prolongación de la C/ Bediesta, el camino del Lomo Gil, el ramal SGV-8 estructurante de Hoya Grande, la vía interior de SUSNO-1.3, el camino de El Poiso y la prolongación del camino de Hoya Grande, actuando como un Colector de distribución del tráfico rodado hacia la Carretera General LP-1, así como de distribución interior de los flujos de vehículos. Se recorta el Suelo Urbano superior estructurado sobre la C/ Los Molinos, que pasa a Asentamiento Rural, limitándose hasta (SGV-7). Se aporta una solución de acceso y dotación de aparcamientos al Recinto Docente Insular (SGE-9). Se prevé una reserva de suelo para equipamiento deportivo y espacio libre público en la Vaguada del Mequinés. Se incorpora el Suelo Urbano industrial estructurado sobre la Carretera de Puerto Espíndola LP-1042 ( SGV-3), entre el Cruce de “Bajamar” y la fábrica de granitos y mármoles ISROMAR, S.L. Se redelimitan y reordenan los suelos urbanos no consolidados, fundamentalmente el SUNCU-1.2 y el SUNCU-1.3, este último al introducirse la vía de acceso SGV-7 al recinto docente de Los Salones. El ámbito de Suelo Urbano remitido en las NN.SS. 92 a Plan Especial de Protección en el núcleo de Los Sauces, se reconsidera, categorizando una parte como Suelo Urbano de Interés Cultural (SUCUIC-1), correspondiente al conjunto de la Plaza de Montserrat y Parque Antonio Herrera, englobando la Casa de La Cultura y de “El Quinto”, cuyo desarrollo se remite a la formulación de un Plan Especial de Ordenación y Protección, y otra parte, se categoriza como Suelo Urbano de Rehabilitación (SUCUR-1), que comprende el Lomo de La Calle y Las Toscas, tejido antiguo del Núcleo de Los Sauces, que precisa de una operación que implique su transformación integrada, remitiéndose su desarrollo a un Plan Especial de Rehabilitación. Se establecen fundamentalmente tres tipologías edificatorias de implantación, por una parte la edificación cerrada con fachada alineada directamente a la acera, o a un jardín frontal de profundidad determinada; por otra, edificación abierta con alineación de fachada definida y retranqueada de la línea de manzana o de acera, o con alineación no definida, y por último la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 314 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial edificación en bloques, que constituye una tipología abierta donde se plantea la separación entre edificaciones como parámetro básico, así como el retranqueo mínimo perimetral. Es objetivo de este Plan potenciar la tendencia de concentración de la edificación, experimentada en los últimos años, para lo cual, se propiciará la acción urbanizadora y la generación de servicios y equipo urbano, a la vez que se ofrecen las tipologías edificatorias demandadas. La malla viaria de este Sector, queda perfectamente estructurada en la propuesta de Ordenación del modo siguiente: Sistema Viario Primario. Lo componen las siguientes vías: Travesía Urbana de la Carretera LP-1 por el núcleo urbano de Los Sauces (SGV-1) Propuesta de circunvalación de la carretera LP-1 en el núcleo de Los Sauces, desde la glorieta Norte del Puente de Los Tilos hasta “La Curva del Morro” (SGV-2). Vía colector de desahogo funcional entre la Verada de El Drago y la Verada de Bajamar ( SGV-6). Ramal de acceso al Equipamiento Docente Insular de Los Salones (SGE-9), de la vía SGV-6, previsto sobre el actual Camino de la Higuerita y su prolongación. Vía urbana estructurante de la ordenación prevista del área Hoya Grande-La Lama (SGV8). Travesía Urbana de la Carretera de Puerto Espíndola (SGV-3) en Bajamar. Sistema Viario secundario. Se compone este sistema de un conjunto de vías que estructuran el conjunto del área delimitada, uniendo de un modo directo puntos del sistema viario primario. Son vías que tienen un tratamiento específico en la ordenación propuesta, de forma tal, que adquieran un contenido urbano de mayor distinción. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 315 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se incluyen en este sistema, las siguientes: Calle Príncipe Felipe. Calle Lomitos de Arriba. Calle José Pérez Vidal y su prolongación hasta SGV-7. Calle La Calle y su prolongación Calle Los Molinos. Calle Ciro González y su prolongación Calle Abraham Martín. Calle Juan Carlos I. Calle Hoya Grande y la prolongación prevista. Calle El Poiso. Calle Ramírez. Calle Bajamar. Calle entre la Travesía Urbana de la Carretera LP-1 en la curva del Mequinés y la Calle Abraham Martín. Sistema Viario Terciario. Constituye la malla de vías rodadas que sirven para ordenar interiormente un determinado sector, cuya delimitación viene dada por el sistema primario y secundario. La cualificación de este sistema, se consigue en su íntima relación con el microsistema de espacios libres urbanos. Sistema Viario Peatonal. Al sistema viario rodado se le superpone una malla peatonal, que en relación con ésta y los espacios libres públicos, cualifican la estructura de funcionamiento desde la diversidad y la singularidad. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 316 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Características Numéricas del Ámbito de Los Sauces (SUCU-1) Superficie total S.U. Residencial S.U. Comercial-Servicios 408.779 m² - Edificación Intensiva (RI).............. 181.569 m² - Edificación Semintensiva (RSI)…. 19.397 m² - Edif. Abierta en bloque (RAB)........ 1.989 m² - Edificación Semiextensiva (RSE).. 8.022 m² - Abierta Industrial ( IA)…………….. 8.994 m² Se incorpora al uso residencial....... 0 m² - Ayuntamiento (AD)....................... 165 m² Espacios libres públicos Equipamientos 0 m² 36.105 m² - Correos (AD)................................ 309 m² - Colegios (DOC)………………….. 28.970 m² - Guardería infantil (DOC).............. 220 m² - Centro Ocupacional (SOC).......... 115 m² - Socio-cultural (SOC).................... 627 m² - Casa de la Cultura (SOC)............ 941 m² - Bomberos (SAA).......... 235 m² - Extensión Agraria (ADM).............. 149 m² - Iglesia de Montserrat (RE)........... 1.045 m² - Centro de Salud (SA)................... 1.380 m² - Centro Asistencial (AS)................ 486 m² - Centro de día (AS)………………. 531 m² - Cuartel de la Guardia Civil ( AD) 548 m² - Pabellón Polideportivo ( DEP)...... Viales 219.971 m² 4.509 m² - Deportivo ( DEP)……………….... 2.482 m² - Deportivo ( DEP)……………….... 10.049 m² - Deportivo (DEP)…………………. 968 m² 53.902 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 98.801 m² Densidad media estimada..................................................................................... 55 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 6.789 Habitantes Como criterio general para la asignación del aprovechamiento, se ha seguido el de mantener los tipos de ciudad existente, asignándoles una mayor densidad a la vez que dotándolos de un mayor esponjamiento, e introduciendo tipologías edificatorias de mayor claridad. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 317 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En este sentido se fija una densidad máxima tope de 90 viv/Has., sólo superada en la Travesía Urbana de la Carretera LP-1. Los módulos de equipamiento y áreas libres resultantes de la ordenación prevista superan ampliamente los establecidos para las actuaciones sistemáticas en suelo urbano no consolidado y urbanizable que para este tipo de actuaciones son los siguientes: Áreas libres ........................ 18 m²/vda. Cultural y docente .............. 12 m²/vda. Deportivo ............................ 6 m²/vda. Social.(aproximado) ........... 4 m²/vda. TOTAL............................. 40 m²/vda. Aquí deben añadirse los viales, que pueden estimarse en un 20% del suelo, situando los aparcamientos, que cabe cifrar en 10 m²/vda., la mitad en vías y la otra incorporada en el suelo de las parcelas. De donde resulta que por cada 90 viviendas que se construyan en 1 Ha. debe contarse con 6.000 m² de suelo mínimo apto para el alojamiento. Las tipologías edificatorias introducidas mediante la técnica de la zonificación, son las siguientes: − Edificación intensiva (RI), de 2, 3, 4, 5 y 6 plantas, con línea de fachada coincidente o no con la de manzana. − Edificación semiintensiva (RSI), de 2 plantas, con línea de fachada retranqueada de la de manzana. − Edificación abierta (RAB) en bloques. − Edificación semiextensiva (RSE), de dos plantas, con alineación de fachada definida o no. − Edificación extensiva (RE) de dos plantas, con alineación de fachada definida o no. Con respecto a la edificación cerrada de 3 o más plantas, que se corresponde con la zona intensiva, se parte de que la planta baja se utiliza para uso comercial y que la ocupación media se sitúa entre el 75 % y el 80 %., considerando que en gran parte de las manzanas se ha previsto jardín frontal, así como línea de fondo máximo edificable. La superficie construida Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 318 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial por vivienda se considera en 120 m². En los ámbitos intersticiales donde la propiedad del suelo se encuentra muy fragmentada, la ocupación real de la edificación puede llegar al 50%. La edificación cerrada de 2 plantas, se corresponde con las viviendas adosadas, con jardín frontal, o no, y patio trasero, considerándose una ocupación resultante, una vez deducidos los patios, sobre la superficie neta de parcela, entre el 60% y el 75%. La superficie media construida por vivienda se considera en 120 m². La edificación semicerrada, se corresponde con la edificación intensiva con retranqueos laterales, con una ocupación media se sitúa en el 70 %, considerando que en gran parte de las manzanas se ha previsto jardín frontal, así como línea de fondo máximo edificable. La superficie construida por vivienda se considera en 120 m². La edificación abierta en bloques, se considera una ocupación del 60 %. La superficie construida por vivienda se considera en 120 m². La edificación abierta de 2 plantas (zona residencial extensiva y semiextensiva), se corresponde con la vivienda unifamiliar aislada, pareada o agrupada, alineada o no a vía, con jardín frontal y perimetral, diferenciándose en la normativa, al asignárseles una ocupación máxima del 30 % y 40 % respectivamente. La superficie construida por vivienda se considera en 150 m². Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 319 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 2. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO MACHO DURMIENTE (SUNCU-1.1) Se corresponde con un ámbito de suelo intersticial de la trama urbana de Los Sauces, delimitada por el Norte y Poniente, por la Calle Juan Carlos I; por el Sur, por la Calle Salones, prevista como SGV-6 en este Plan General y vía peatonal prevista tanto en las NN.SS. 92, como en este PGO; y Este, por la Travesía Urbana de la Carretera LP-1, traseras de edificaciones existentes con fachada sobre dicha travesía y la Calle Macho Durmiente. La ordenación prevista coincide con la contenida en las NN.SS. 92, salvo pequeños reajustes, manteniéndose el Sistema Dotacional compuesto por dos unidades de zona destinadas a espacios libres públicos de plazas y áreas de juegos para niños, con aparcamientos en el subsuelo (LP-1.3 y LP-1.4), con una superficie total de 2.291 m². El sistema viario supone el 24 % del total del ámbito categorizado. La tipología edificatoria prevista es la residencial intensiva (RI) de 3 y 4 plantas de altura. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento a los aires libre........................................................... No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 320 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La gestión, ya iniciada, se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.1, por el sistema de ejecución pública de Cooperación. Características Numéricas del Sector Superficie total 18.471 m² S.U. Residencial - Edificación Intensiva.................... S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 12.115 m² 12.115 m² 0 m² Espacios libres públicos 0 m² 2.291 m² Equipamientos Viales 0 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 4.588 m² Densidad media estimada..................................................................................... 65 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 360 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 321 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO EL BARRANQUITO (SUNCU-1.2) Comprende un área de suelo no edificado, de carácter intersticial en la trama urbana de Los Sauces. Se corresponde básicamente con la Unidad de Ejecución delimitada UEP-3 de las NN.SS. 92, que se redelimita y reordena. El Sistema de Espacios Libres Públicos, lo compone un área de espacio libre público (LP1.26), destinada a plaza y jardines, con una superficie total de 1.337 m². El Equipamiento Privado Comercial se vincula a las plantas bajas de las edificaciones residenciales. La tipología edificatoria prevista, es la residencial intensiva (RI) de 3 y 4 plantas de altura. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.2, por el sistema de ejecución pública de Cooperación. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 322 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Características Numéricas del Sector Superficie total 8.090 m² S.U. Residencial - Edificación Intensiva..................... S.U. Comercial-Servicios Vinculados a la edificación 5.159 m² 5.159 m² 0 m² 0 m² residencial en planta baja Espacios libres públicos Viales 1.337 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 1.594 m² Densidad media estimada..................................................................................... 67 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 162 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 323 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO LOS SALONES (SUNCU-1.3) Se corresponde con un área no ocupada que remata el límite Oeste de la trama urbana en la zona conocida como Los Salones, así como rellena y articula el espacio intersticial que aparece entre el Recinto Docente Insular (SGE-9) y el Suelo Urbano de la Calle Lomitos de Arriba. La ordenación prevista permite resolver adecuadamente el acceso rodado y la dotación de aparcamientos a este Equipamiento Docente, que padece tales problemas desde su misma implantación. Coincide básicamente con la unidad de ejecución propuesta UEP-2 de las NN.SS. 92 que se redelimita y reordena en este PGO. El sistema de espacios libres lo componen tres áreas destinadas a áreas de juego para niños (LP-1.2), plaza (LP-1.5) y plaza y jardín (LP-1.6), con una superficie total de 2.082 m². La tipología edificatoria prevista es edificación abierta en bloque (RAB) con 3 y 4 plantas de altura. Se prevé una zona para la construcción de 42 viviendas de protección oficial. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 324 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sola Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.3, por el sistema de ejecución pública de Cooperación. Características Numéricas del Sector Superficie total 23.483 m² S.U. Residencial - Edificación Abierta en Bloque........ S.U. Comercial-Servicios Vinculados a la edificación 11.909 m² 11.909 m² 0 m² 0 m² residencial en planta baja Espacios libres públicos Viales 2.082 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 9.492 m² Densidad media estimada..................................................................................... 67 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 474 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 325 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 5. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO BAJAMAR (SUNCU-1.4) Se corresponde con un vacío urbano perimetral, rodeado por realidades urbanas, a excepción de su límite Este compuesto por plataneras. Coincide con la Unidad de Ejecución propuesta UEP-4 de las NN.SS. 92, cuya ordenación se mantiene prácticamente igual. El Sistema de Espacios Libres lo compone la plazuela existente en la Cruz de Bajamar, cuya ampliación se prevé (LP-1.36) y una pequeña plaza (LP-1.39), con una superficie total de 638 m². Las tipologías edificatorias previstas son la residencial intensiva (RI) y la residencial semintensiva (RSI), de 2 y 3 plantas de altura. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 326 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.4, por el sistema de ejecución pública de Cooperación. Características Numéricas del Sector Superficie total S.U. Residencial 11.090 m² - Edif. Residencial Intensiva............ 3.232 m² - Edif.. Residencial Semintensiva…. 4.321 m² 7.553 m² 0 m² 0 m² S.U. Comercial-Servicios Espacios libres públicos Viales 638 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 2.899 m² Densidad media estimada..................................................................................... 78 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 258 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 327 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 6.- SUELO URBANO SAN ANDRES (SUCU-2) Se mantiene básicamente la delimitación y ordenación prevista en las NN.SS. 92, introduciéndose exclusivamente determinados reajustes. El ámbito de Suelo Urbano remitido en las NN.SS. 92 a Plan Especial de Protección en el núcleo de San Andrés, se reconsidera, categorizando una parte como Suelo Urbano de Interés Cultural (SUCUIC-2), correspondiente al conjunto de la Plaza e Iglesia de San Andrés Apóstol, así como las edificaciones de las Calles Relámpago, del Medio, de La iglesia y de La Plaza, cuyo desarrollo se remite a la formulación de un Plan Especial de Ordenación y Protección. Para la ordenación, ha de entenderse este núcleo en tres ámbitos morfológicos perfectamente diferenciados. El primero se refiere al conjunto edificado que envuelve a la iglesia de San Andrés y a la propia plaza, así como las calles históricas anexas, que podemos denominar “ámbito de protección”, y que se corresponde básicamente con el ámbito de Suelo Urbano Consolidado (SUCU-2). En segundo lugar, el suelo no ocupado dentro del recinto formado por las calles de “La Iglesia”, “de Abajo”, “San Sebastián” y el mar, que podemos denominar como “la trama urbana histórica inconclusa”, que constituye el Suelo Urbano No Consolidado (SUNCU-2.1, SUNCU-2.2 y SUNCU-2.3). Por último, el área de expansión, que necesariamente ha de situarse hacia el poniente y hacia el sur, y cuya ordenación habrá de conseguir la debida ordenación y articulación con la trama histórica, debiendo contribuir para su revalorización y adecuada explotación, evitándose cualquier actuación depreciatoria. Se corresponde ésta última con el Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado SUSO-2.1, reconociéndose asimismo al suelo que queda entre la Carretera prevista La Atalaya-San Andrés (SGV-10) y el ordenado, así como el anexo al Sur hasta el Barranquero de La Orotava, su vocación urbana, clasificándose como Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido (SUNSD2.1). La ordenación viaria propuesta se limita al mantenimiento estricto de las alineaciones y rasantes históricas de las calles existentes. Se establecen una sóla tipología edificatoria, que se corresponde con la existente o histórica de edificación cerrada con fachada alineada directamente a la calle, sin acera, salvo en la calle San Sebastián. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 328 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El objetivo de este Plan en lo que respecta al ámbito consolidado de San Andrés, consiste en la protección del patrimonio arquitectónico y ambiental que posé, así como en el establecimiento de una normativa que impida la introducción de actuaciones inadecuadas en los solares que restan por edificar, en aras al mantenimiento casi “escénico” de este núcleo, que parece haberse detenido en el siglo XVII. La malla viaria de este ámbito, queda perfectamente estructurada en la propuesta de ordenación del modo siguiente: Sistema Viario primario. Se reduce a la carretera LP-104 ( SGV-3) que constituye el único acceso al núcleo desde la LP-1. Sistema Viario secundario. Lo conforman el conjunto de calles que componen la elemental trama urbana: Calle de La Iglesia. Calle del Medio. Calle de Abajo. Calle Relámpago, Hoy Calle Padre Juan González. Calle de La Plaza Tramo de la Calle de San Sebastián entre su intersección con la LP-104 y la ermita del mismo nombre. Camino de La Atalaya. Sistema Viario Peatonal. Se compone principalmente de dos importantes escalinatas. La primera, une la Calle San Sebastián con la confluencia de las calles Relámpago y de La Plaza; y la segunda, conecta la Calle del Medio con la Plaza. También se incorpora a este sistema el sendero litoral que remata la trama urbana por el naciente, discurriendo por la coronación del acantilado y cuatro ramales de conexión entre la Calle del Medio y dicho sendero, apoyados en barranqueras existentes o accesos a fincas de plataneras. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 329 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Características Numéricas del Ámbito de San Andrés (SUCU-2) Superficie total 51.173 m² S.U. Residencial - Edificación Intensiva (RI).............. 21.014 m² - Edificación Semiextensiva (RSE).. 3.681 m² 24.695 m² S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Espacios libres públicos Equipamientos 6.990 m² - Iglesia de San Andrés (RE).......... 470 m² - Casa Parroquial (SOC)................ 374 m² - Ermita del Pilar (RE)……………. 32 m² - Equipamiento de Ocio Recreativo Privado (REC)…………………… Viales 3.356 m² 2.480 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 13.904 m² Densidad media estimada..................................................................................... 28 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 414 Habitantes Como criterio general para la asignación del aprovechamiento, se ha seguido el de mantener los tipos de ciudad existente. En este sentido se fija una densidad máxima tope de 30 viv/Has. Los módulos de equipamiento y áreas libres resultantes de la ordenación prevista superan ampliamente los establecidos para las actuaciones sistemáticas en suelo urbano no consolidado y urbanizable que para este tipo de actuaciones son los siguientes: Áreas libres ........................ 18 m²/vda. Cultural y docente .............. 12 m²/vda. Deportivo ............................ 6 m²/vda. Social.(aproximado) ........... 4 m²/vda. TOTAL............................. 40 m²/vda. El sistema viario previsto supone el 27 % del ámbito consolidado, situándose la mayor parte de los aparcamientos en dicho viario dada la imposibilidad e inconveniencia de introducirlos en las edificaciones. El déficit de aparcamientos, y su adecuada solución dentro de los objetivos marcados para este núcleo, constituye uno de los retos urbanísticos a resolver. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 330 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La tipología predominante edificatoria introducida mediante la técnica de la zonificación, es la edificación intensiva (RI), de 2, plantas, con línea de fachada coincidente con la de manzana, con la única excepción de la zona situada al Norte del Camino de La Atalaya, entre éste y la carretera LP-104, zonificada residencial semiextensiva (RSE), de 2 plantas. Con respecto a la edificación cerrada de 2 plantas, correspondiente con la zona intensiva, se parte de que la planta baja se utiliza para uso comercial y que la ocupación media es del 80 %., considerando que en gran parte de las manzanas disponen de patio o jardín posterior. La superficie construida por vivienda se considera en 120 m². La edificación abierta de 2 plantas (zona residencial extensiva y semiextensiva), se corresponde con la vivienda unifamiliar aislada, pareada o agrupada, alineada o no a vía, con jardín frontal y perimetral, si bien a nivel de Ordenanza se les asigna una ocupación máxima del 40 % y 30 % respectivamente. La superficie construida por vivienda se considera en 150 m². Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 331 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 7. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO SAN ANDRES-NORTE (SUNCU-2.1) Se corresponde con una parte de la Unidad de Ejecución Delimitada UED-2, prevista en las NN.SS.92, que no llegó a ejecutarse por distintas razones, a pesar de haberse incluso encomendado los trabajos a un equipo técnico. Comprende el espacio interior, actualmente ocupado por plataneras, conformado por las traseras de las edificaciones que se alinean sobre las Calles del Medio, Relámpago y San Sebastián. Su ordenación, coincidente con la prevista en las NNSS 92, se limita a la prolongación de la Calle de La Plaza hasta la ermita de San Sebastián, así como la prolongación hacia el Este, en calle, del camino del Cercado o de La Capellanía. Dada su condición de espacio intersticial de la trama urbana, cuya ordenación persigue exclusivamente la colmatación de la misma con los criterios ambientales antedichos, no se establecen reservas para equipamiento y dotaciones, que se resuelven en otras partes del ámbito territorial. La única tipología edificatoria introducida mediante la técnica de la zonificación, es la edificación intensiva (RI), de 2 plantas, con línea de fachada coincidente con la de manzana. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 332 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.4, por el sistema de ejecución pública de Cooperación. Características Numéricas del Sector Superficie total 9.150 m² S.U. Residencial - Edif. Residencial Intensiva............ 6.446 m² 6.446 m² S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Espacios libres públicos 0 m² Equipamientos Viales 0 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 2.704 m² Densidad media estimada..................................................................................... 41 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 114 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 333 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 8. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO SAN ANDRES-ESTE (SUNCU-2.2) Se corresponde con la parte restante, es decir excluyendo el ámbito UA-2.1, de la Unidad de Ejecución Delimitada UED-2, previsto en las NN.SS.92, que no llegó a ejecutarse por distintas razones, a pesar de haberse incluso encomendado los trabajos a un equipo técnico. Comprende el área situada en el extremo Sureste del núcleo urbano, conformada por las Calles del Medio y San Sebastián, límite del poniente; el acantilado y el sendero litoral previsto lo limitan por el naciente; las fincas de plataneras por el Sur, y la trama urbana consolidada que lo hace por el Norte. Se organiza y estructura sobre la centralidad que genera la ermita de San Sebastián y la plaza del mismo nombre, así como el antiguo Cementerio y su camino de acceso desde la Calle del Medio. El Sistema de Espacios Libres lo compone una zona destinada a plaza, parque infantil y jardinería, con una superficie total de 4.561 m², mientras que el Sistema Dotacional lo constituyen la ermita de San Sebastián con una superficie de 62 m², y el antiguo cementerio que ocupa una superficie de 386 m². Las tipologías edificatorias previstas son: la residencial intensiva (RI) y la residencial semiextensiva (RSE). Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 334 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.4, por un sistema de ejecución privada. Características Numéricas del Sector Superficie total S.U. Residencial 15.526 m² - Edif. Residencial Intensiva............. 4.515 m² - Edif. Residencial Semiextensiva… 4.213 m² 8.728 m² Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Equipamientos - Ermita de San Sebastián (RE)...... 62 m² - Antiguo Cementerio (CEM)........... 386 m² Viales - Viario Rodado y Aparcam. S.U. Comercial-Servicios Espacios libres públicos 4.561 m² Y Peatonales................................ 448 m² 1.789 m² Densidad media estimada..................................................................................... 95 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 441 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 335 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 9. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO SAN ANDRES-OESTE (SUNCU-2.3) Se corresponde con una parte de la Unidad de Ejecución Propuesta UEP-5, prevista en las NN.SS.92, que no llegó a ejecutarse. La otra parte restante de dicha unidad se incorpora dentro del sector de Suelo Urbanizable Ordenado (SUSO-1) Comprende un espacio de forma triangular isocélica formado en la confluencia de las calles San Sebastián y la Travesía Urbana de la carretera LP-104. Actualmente se encuentra ocupado por cultivos de plátanos, perfectamente urbanizados. El Sistema de Espacios Libres lo compone una zona destinadas de plaza y jardín, situada en el vértice de confluencia de las dos calles con una superficie total de 1.883 m². La tipología edificatoria prevista es la residencial semiextensiva (RSE), en las dos parcelas lucrativas resultantes de la ordenación. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 336 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-1.4, por un sistema de ejecución privado. Características Numéricas del Sector Superficie total 9.096 m² S.U. Residencial - Edif. Residencial Semiextensiva.... S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 6.648 m² 6.648 m² 0 m² 0 m² Espacios libres públicos 1.883 m² Equipamientos Viales 0 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 565 m² Densidad media estimada..................................................................................... 58 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 159 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 337 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 10.- SUELO URBANO EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA (SUCU-3) Se mantienen básicamente las previsiones de las NN.SS. 92, incluyendo la banda de servidumbre de Costas. Las novedades introducidas en este ámbito constituyen simples reajustes, tales como el Espacio Libre Público LP-3.5 del Barranco de Pavones y la zona RSE-3.4, que recoge un conjunto de edificaciones existentes. Sin embargo, la potenciación de este enclave costero constituye un instrumento básico de este Plan General, constituyendo uno de los pilares para la consecución del objetivo de diversificación económica del Municipio. Por ello, la propuesta de ordenación global para la zona plantea, independientemente de la introducción de dos potentes sistemas generales, zona portuaria de Puerto Espíndola (SGE-4) y parque litoral Puerto Espíndola-Varadero (SGLP-4), dos pequeños sectores de expansión ( SUSNO-3.1 y SUSNO-3.2) y un área de reserva para equipamiento complementario (SUNSD-3.1). Este ámbito se conforma como una banda de disposición totalmente lineal, apoyada en la Calle el Melonar hasta que enlaza con la carretera insular LP-1042, y un pequeño apéndice apoyado en dicha carretera y la explanada del antiguo embarcadero. La ordenación viaria propuesta no hace más que introducir determinadas correcciones y matizaciones a la existente, independientemente de completarla, fundamentalmente en la previsión de bandas de aparcamientos en las calles. Se establecen fundamentalmente dos tipologías edificatorias de implantación, por una parte la edificación cerrada con fachada alineada directamente a la acera, o bien, retranqueada con un jardín frontal; y por otra, edificación abierta con alineación de fachada definida o no. El objetivo de este Plan no es otro sino la consolidación de este ámbito, que precisa la habilitación urbanística del suelo, que a su vez pasa por la modificación del actual deslinde de Costas. El sistema viario de este Sector, queda perfectamente estructurada en la propuesta de ordenación del modo siguiente: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 338 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sistema Viario Primario. Se encuentra compuesto por la carretera LP.1042 (SGV-4), que constituye el único acceso a este enclave, independientemente del antiguo Camino Real de El Puerto, hoy Camino de Pavones. Sistema Viario Secundario. Se reduce a la Calle de El Melonar, que empieza y acaba en dos puntos de confluencia con la LP-1042, y al tramo de dicha carretera entre la Curva de Pavones y la Explanada de El Puerto. Sistema Viario Peatonal. Tiene gran importancia el viario peatonal para este núcleo. La vía de mayor importancia es el sendero litoral que lo conecta con San Andrés. Los otros elementos que integran este sistema son: el tramo final del antiguo Camino Real, el sendero de El Melonar, la escalinata del Sindicato Agrícola y la prevista en el margen Norte de la Vaguada del Barranco de Pavones. Características Numéricas del Ámbito de El Melonar-Puerto Espíndola (SUCU-3) Superficie total S.U. Residencial S.U. Comercial-Servicios 37.786 m² - Edificación Intensiva (RI).............. 7.099 m² - Edificación Semiextensiva (RSE).. 12.710 m² 19.809 m² Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Espacios libres públicos 6.462 m² Equipamientos Horno de La Cal (SC)…………....... Viales - Viario Rodado y Aparcam. 19 m² Y Peatonales................................ 19 m² 11.496 m² Densidad media estimada..................................................................................... 31 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 354 Habitantes Como criterio general para la asignación del aprovechamiento, se ha seguido el de mantener los tipos de desarrollo existentes, corrigiendo determinadas tendencias inadecuadas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 339 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En este sentido se fija una densidad máxima tope de 30 viv/Has. Los módulos de equipamiento y áreas libres resultantes de la ordenación prevista superan ampliamente los establecidos para las actuaciones sistemáticas en suelo urbano no consolidado y urbanizable que para este tipo de actuaciones son los siguientes: Áreas libres ........................ 18 m²/vda. Cultural y docente .............. 12 m²/vda. Deportivo ............................ 6 m²/vda. Social.(aproximado) ........... 4 m²/vda. TOTAL............................. 40 m²/vda. El sistema viario previsto en la ordenación de este ámbito supone el 30 % de la superficie categorizada, incluyéndose una importante dotación de aparcamientos vinculados directamente al mismo. Las tipologías edificatorias introducidas mediante la técnica de la zonificación, son las siguientes: − Edificación intensiva (RI), de 2 y 3 plantas, con línea de fachada coincidente o no con la de manzana. − Edificación semiextensiva (RSE), de 2 plantas, con alineación de fachada definida o no. Con respecto a la edificación cerrada de 2 y 3 plantas, que se corresponde con la zona intensiva, se parte de que la planta baja se utiliza para uso comercial y que la ocupación media es del 80 %., considerando que en gran parte de las manzanas se ha previsto jardín frontal. La superficie construida por vivienda se considera en 120 m². La edificación abierta de 2 plantas (zona residencial extensiva y semiextensiva), se corresponde con la vivienda unifamiliar aislada, pareada o agrupada, alineada o no a vía, con jardín frontal y perimetral, si bien a nivel de Ordenanza se les asigna una ocupación máxima del 40 % y 30 % respectivamente. La superficie construida por vivienda se considera en 150 m². Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 340 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 11.- SUELO URBANO LAS LOMADAS (SUCU-4) Actualmente este sector del suelo urbano se recoge en el planeamiento vigente como una banda de disposición totalmente lineal, apoyada en el antiguo Camino Real de San Pedro. Con respecto a la delimitación y ordenación contenida en el mismo se introducen ligeras alteraciones derivadas fundamentalmente del nuevo trazado de la Carretera LP-1 y de la construcción del Puente de Los Tilos. Concretamente, se establece una amplia zona destinada a espacio libre público (LP-4.1) en el extremo Sur de dicho viaducto, a la vez que se plantea la rectificación de la denominada “Curva de La Verada” de la antigua carretera, constituyéndose esta área como uno de los vértices del Parque Lineal del Barranco del Agua (SGLP-1), a la vez que nueva centralidad de este ámbito urbano. Las otras alteraciones planteadas se refieren a la incorporación de un conjunto de edificaciones en la parte superior Norte del ámbito, organizada sobre una calle que conecta la Calle Verada Lomadas con el Camino del Taboco, así como la previsión de un Espacio Libre Público (LP-4.6) en la vaguada existente entre Las Calles El Calderito y La antedicha Verada Lomadas. Se establecen fundamentalmente dos tipologías edificatorias de implantación, por una parte la edificación cerrada con fachada alineada directamente a la acera, o a un jardín frontal de profundidad determinada; y por otra, edificación abierta sin alineación de fachada definida. El objetivo en la ordenación propuesta para este ámbito, es básicamente el simple reconocimiento y clasificación del suelo para su habilitación urbanística. También se plantea la corrección de determinadas tendencias en la conformación urbana y de carácter ambiental, así como la introducción de un sistema dotacional que independientemente de atender a las necesidades del ámbito, implique su articulación territorial. El sistema dotacional se compone de dos zonas, una destinada a uso docente, que comprende el edificio de la antigua escuela y una reserva de suelo aneja (DC-4.1), y otra reserva prevista para Equipamiento Sociocultural (SC-4.1), inserta en el espacio libre público situado en el extremo Sur del Puente de Los Tilos o del Parque Lineal del Barranco del Agua (LP-4.1), donde confluyen ambos. La ordenación viaria de este sector, queda perfectamente estructurada en la propuesta de ordenación del modo siguiente: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 341 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sistema Viario primario. Se compone por la Travesía Urbana de La Carretera LP-1 que atraviesa el ámbito, incluyendo la solución de glorieta de enlace prevista en la ordenación, así como por la Carretera de la Atalaya (SGV-10), que conecta este núcleo con el de San Andrés. Sistema Viario secundario. Se compone este sistema de un conjunto de vías que estructuran el conjunto del área delimitada, uniendo de un modo directo puntos del sistema viario primario. Son vías que tienen un tratamiento específico en la ordenación propuesta, de forma tal, que adquieran un contenido urbano de mayor distinción. Compuesto por la Calle Verada Lomadas que parte de la LP-1 y, apoyada en el antiguo Camino Real, estructura linealmente el ámbito delimitado. Sistema Viario Terciario. Constituye la malla de vías rodadas que sirven para ordenar interiormente un determinado sector, cuya delimitación viene dada por el sistema primario y secundario. La cualificación de este sistema, se consigue en su íntima relación con el microsistema de espacios libres urbanos. Se compone de La Calle del Calderito, las calles interiores ciegas de la zona de La Atalaya, las Calles previstas en la parte superior del ámbito, que discurren transversalmente al viario secundario (Calle de Verada Lomadas), y la calle que conecta la vía antedicha con el Camino del Taboco. Sistema Viario Peatonal. Se compone de un conjunto de vías transversales a la Calle Verada Lomadas, que fragmentan las bandas lineales de Suelo Urbano dispuestas a ambos márgenes de la misma, garantizando su conexión con el Suelo Rústico circundante. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 342 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Características Numéricas del Ámbito Las Lomadas (SUCU-3) Superficie total 63.485 m² S.U. Residencial - Edificación Intensiva (RI).............. 30.246 m² - Edificación Semiextensiva (RSE).. 5.370 m² 35.616 m² S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Espacios libres públicos Equipamientos Viales 10.076 m² - Docente (DOC)………................... 928 m² - Sociocultural (SC)………………… 290 m² 1.218 m² - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 16.575 m² Densidad media estimada..................................................................................... 28 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 540 Habitantes Como criterio general para la asignación del aprovechamiento, se ha seguido el de mantener las tipologías edificatorias existentes, introduciendo medidas correctoras de carácter ambiental. En este sentido se fija una densidad máxima tope de 30 viv/Has. Los módulos de equipamiento y áreas libres resultantes de la ordenación prevista superan ampliamente los establecidos para las actuaciones sistemáticas en suelo urbano no consolidado y urbanizable que para este tipo de actuaciones son los siguientes: Áreas libres ........................ 18 m²/vda. Cultural y docente .............. 12 m²/vda. Deportivo ............................ 6 m²/vda. Social.(aproximado) ........... 4 m²/vda. TOTAL............................. 40 m²/vda. El sistema viario previsto supone el 26 % de la superficie del ámbito delimitado. La mayor dotación de aparcamientos se prevé vinculada a las zonas previstas de Espacios Libres Públicos LP-4.1 y LP-4.6, así como a las edificaciones. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 343 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Las tipologías edificatorias introducidas mediante la técnica de la zonificación, son las siguientes: − Edificación intensiva (RI), de 2 plantas, con línea de fachada coincidente con la de manzana. − Edificación semiextensiva (RSE), de 2 plantas, sin alineación de fachada definida. Con respecto a la edificación cerrada de 2 plantas, que se corresponde con la zona intensiva, se parte de que la planta baja se utiliza para uso comercial y que la ocupación media es del 80 %., considerando que en gran parte de las manzanas se ha previsto jardín frontal. La superficie construida por vivienda se considera en 120 m². La edificación abierta de 2 plantas (zona residencial extensiva y semiextensiva), se corresponde con la vivienda unifamiliar aislada, pareada o agrupada, alineada o no a vía, con jardín frontal y perimetral, si bien a nivel de Ordenanza se les asigna una ocupación máxima del 40 % y 30 % respectivamente. La superficie construida por vivienda se considera en 150 m². Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 344 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 12. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO VERADA LOMADAS PARTE BAJA (SUNCU4.1) Su clasificación y categorización deviene de la solución adoptada en la ordenación para articular adecuadamente el sistema general de espacio libre público “Parque Lineal del Barranco del Agua” (SGLP-1), con el nuevo trazado de la Carretera LP-1, y concretamente su conexión con el Puente de Los Tilos, así como con la estructura urbana lineal del núcleo urbano. Su escasa entidad, 3.860 m², responde a la simple rectificación de la denominada “Curva de La Verada”, introduciendo un nuevo tramo vial, de 851 m², que conecta directamente con el Parque Lineal SGLP-1, incorporándose parte del suelo al espacio libre público (LP-4.1) y el resto a un único suelo edificable RI-1.4p, de 1.840 m². Queda pues delimitado por el espacio libre público ( LP-4.1), límites Norte y Este, y por el Suelo Rústico circundante. La tipología edificatoria prevista es la residencial intensiva (RI), en la única parcela lucrativa resultante de la ordenación. Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 345 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-4.1, por un sistema de ejecución privado. Características Numéricas del Sector Superficie total 3.860 m² S.U. Residencial - Edif. Residencial intensiva............. 1.840 m² 1.840 m² S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Espacios libres públicos 1.169 m² Equipamientos 0 m² Viales - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 851 m² Densidad media estimada..................................................................................... 61 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 69 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 346 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 13. ÁMBITO NO CONSOLIDADO. ÁMBITO VERADA LOMADAS PARTE ALTA (SUNCU4.2) Su clasificación deviene directamente de la propuesta de ordenación prevista en el remate de la parte superior del ámbito, o articulación con los Asentamientos Rurales de Lomo Grande (RAR-2.1) y Lomo Chico (RAR-2.2). Su escasa entidad, 5.161 m², responde a la simple introducción de una calle de remate de la trama urbana, separándola de los Asentamientos Rurales antedichos, conformándose como una estrecha franja, delimitada por el ámbito urbano SUCU-4, límite Este; y por los Asentamientos Rurales RAR-4.1 y RAR-4.2, por el poniente. El Sistema de Espacios Libres lo componen dos zonas destinadas a plazuelas y jardín, con una superficie total de 496 m². La tipología edificatoria prevista en las parcelas lucrativas resultantes de la ordenación, es la residencial intensiva (RI). Los requerimientos dotacionales, de Equipamientos y Espacios Libres Públicos, en los Planeamientos de desarrollo y ordenación pormenorizada, de ámbitos y sectores residenciales, son los previstos en el Art. 36, apartado a3) del TRLotc-Lenac, es decir, 40 m² de suelo por cada 100 m² de edificación, de los que al menos el 50 % habrá de corresponder a los Espacios Libres Públicos. También son de aplicación las exigencias del Reglamento Estatal de Planeamiento (Decreto 2159/1978 de 23 de junio), en concreto, que para actuaciones inferiores a 250 viviendas son las siguientes: - Modulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres Públicos........... 18 m²/Vda. - Modulo mínimo para Equipamiento Docente (*)............................................... 10 m²/Vda. - Módulo mínimo de servicios de interés público y social: Parque Deportivo, Comercial y Social (*).......................................................... 2 m²E/Vda. - Plazas de aparcamiento..................................................................................... 1/100 m² E. - Plazas de aparcamiento al aires libre................................................................ No más del 50% del Total (*) El Plan General propone el uso concreto de estas reservas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 347 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se considera como un ámbito de Suelo Urbano No Consolidado que delimita una sóla Unidad de Actuación de escasa entidad, a efectos de aplicación de la Disposición Adicional Primera, apartado 5, de la Ley 1/2006 de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y de este modo justificar el incumplimiento de las exigencias del Art. 36 TRLotc-Lenac, así como el Anexo al R.P. (Decreto 2159/1978, de 23 de junio) La gestión se ha previsto mediante la ejecución de una única Unidad de Actuación UA-4.2, por un sistema de ejecución público por Cooperación. Características Numéricas del Sector Superficie total 5.161 m² S.U. Residencial - Edif. Residencial Intensiva............. 2.631 m² 2.631 m² S.U. Comercial-Servicios Se incorpora al uso residencial....... 0 m² 0 m² Espacios libres públicos 496 m² Equipamientos 0 m² Viales - Viario Rodado y Aparcam. Y Peatonales................................ 2.034 m² Densidad media estimada..................................................................................... 57 Vdas/Ha. Población Potencial................................................................................................. 90 Habitantes Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 348 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.1.3. EDIFICACIÓN EN AREAS RESERVADAS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA. El ámbito de aplicación será el indicado en los planos de ordenación pormenorizada correspondiente, destinadas a cubrir el programa público de viviendas de promoción pública. Las tipologías edificatorias y aprovechamientos serán los resultantes de la ordenación pormenorizada correspondiente, independientemente de las condiciones que devengan de la normativa sectorial de aplicación. A continuación se adjunta un cuadro sintético de las reservas de suelo, que en la ordenación pormenorizada de los ámbitos de suelos urbanos, sectores urbanizables y áreas de asentamientos rurales, se adscriben a la promoción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública o con precio final de venta limitado. Esta adscripción supera el 20 % del aprovechamiento residencial correspondiente a los ámbitos de suelo urbano no consolidado y de urbanizable, residencial, no superando el 33 % del mismo. PLANO ÁMBITO/SECTOR SITUACION Nº DE VDAS. EJECUCION TIPOLOGÍA Y CODIGO SUELO URBANO CONSOLIDADO SUCU OP-SU-1A-1 SUCU-1 Los Sauces-Los Silos 12 OP-SU-1A-1 SUCU-1 Los Sauces-Los Silos 18 TOTAL Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. RESERVA DE SUELO RAB-1.5 RAB-1.6 30 349 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena PLANO ÁMBITO / Documento para Aprobación Inicial Nº DE SITUACIÓN SECTOR VDAS. EJECUCIÓN TIPOLOGÍA Y CÓDIGO SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNCU) Y URBANIZABLE (SUSO Y SUSNO) Los Sauces- Macho Durmiente Los Sauces-El 18 OP-SU-1A-1 SUNCU-1.2 OP-SU-1A-1 SUNCU-1.3 OP-SU-1B-1 SUNCU-1.4 Los Sauces-Bajamar 20 OP-SU-2.1 SUNCU-2.1 San Andrés 0 OP-SU-2.1 SUNCU-2.2 San Andrés 0 OP-SU-2.1 SUNCU-2.3 San Andrés 0 OP-SU-4.1 SUNCU-4.2 Las Lomadas 17 OP-SU-2.1 SUSO-2.1 San Andrés 89 Barranquito Los Sauces- Los Salones SUBTOTAL OP-SU-1A-1 19 RESERVA DE SUELO RI RAB RSI RI RSE 182 SUSNO-1.1 Los Sauces-Lomitos de Abajo OP-SU-1A-1 19 RI RESERVA DE APROVECHAMIENTO SUNCU-1.1 SUSNO-1.2 Los Sauces-Lomo La Calle OP-SU-1B-1 SUSNO-1.3 Los Sauces-La Lama OP-SU-1B-1 SUSNO-1.4 Los Sauces-Hoya Grande 30 25 72 62 OP-SU-3.1 SUSNO-3.1 Puerto Espíndola 0 OP-SU-3.1 SUSNO-3.2 Puerto Espíndola 0 SUBTOTAL 189 TOTAL................................................................................ 371 RESERVA DE APROVECHAMIENTO OP-SU-1A-1 RAB RAB RAB RAB JUSTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO Para la justificación del cumplimiento de la reserva mínima de suelo urbano o urbanizable adscrita a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, se parte de la determinación total del aprovechamiento lucrativo total de los ámbitos y sectores residenciales de suelo urbano no consolidado por la urbanización y los urbanizables sectorizados igualmente residenciales. Dicho aprovechamiento se ha de considerar necesariamente homogenizado. La superficie construida homogenizada de vivienda tipo se ha considerado de 120 Uda. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 350 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena ÁMBITO-SECTOR SUP. EDIF..RES. (m²Const. Documento para Aprobación Inicial APROV. GLOBAL RES.(Uda) Nº DE VDAS. SUNCU-1.1 14.415,52 18.513,42 154 SUNCU-1.2 6.474,68 30.001,23 250 SUNCU-1.3 18.937,80 24.584,16 204 SUNCU-1.4 10.359,90 12.525,17 104 SUNCU-2.1 4.512,20 10.210,46 85 SUNCU-2.2 10.308,25 16.670,38 138 SUNCU-2.3 7.977,60 9.652,90 80 SUNCU-4.1 2.815,20 3.983,84 33 SUNCU-4.2 SUSO-2.1 SUSNO-1.1 (*) 3.551,85 5.274,50 43 23.147,20 29.355,44 244 9.752,40 9.362,30 78 SUSNO-1.2 (*) 7.873,60 7.558,65 62 SUSNO-1.3 (*) 25.849,60 24.815,61 206 SUSNO-1.4 (*) 14.297,02 21.445,53 178 SUSNO-3.1 (*) 10.095,75 11.104,94 92 SUSNO-3.2 (*) 6.423,48 7.065,52 176.792,05 242.124,06 TOTAL 58 2.009,00 (*) Se considera el 70 % del aprovechamiento total para uso residencial. De dicho cuadro se deduce que el número mínimo de viviendas protegidas para el cumplimiento legal, asciende a la cantidad de: 20 % x 2.009 vdas. = 401 Vdas. Las promociones de vivienda pública ejecutadas o en ejecución en el Término Municipal de San Andrés y Sauces son las que se reflejan en el siguiente cuadro: PLANO ÁMBITO/SECTOR SITUACION Nº DE VDAS. EJECUCION TIPOLOGÍA Y CODIGO SUELO URBANO CONSOLIDADO SUCU SUCU-1 OP-SU-1A-1 SUCU-1 Los Sauces-Los Salones 20 OP-SU-1A-1 SUCU-1 Los Sauces-Los Salones 12 OP-SU-2.1 SUCU-2 San Andrés 2 Los Sauces-Los Salones TOTAL……………………………………………………………………. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 4 RI1.1 EJECUTADAS OP-SU-1A-1 RI-1.2 RI-1.3 RI-2.19P 38 351 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.2. SUELO URBANIZABLE 3.2.1. DEFINICIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ÁREAS DELIMITADAS Integran el suelo urbanizable los terrenos que el PGO adscribe mediante su clasificación a esta clase de suelo, de conformidad con lo preceptuado en el Art. 52 del TRLotc-Lenac, por ser susceptible de transformación mediante su urbanización, y capaz de acoger los futuros desarrollos urbanos que cubran las necesidades y demandas previsibles, según los criterios expresados para definir el modelo territorial, atendiendo a su integración con los elementos estructurales del mismo, y atendiendo al principio de preservación de los elementos esenciales del territorio. 3.2.2. DELIMITACIÓN DEL SUELO URBANIZABLE El Suelo Urbanizable clasificado por el presente PGO se divide a su vez en Sectorizado y No Sectorizado, según se haya o no producido la delimitación de sectores. 3.2.2.1. El Suelo Urbanizable Sectorizado se divide a su vez en las siguientes categorías: - Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado (SUSO): Toda vez que no se ha formulado ningún Plan Parcial de los previstos en las NN.SS. 92, esta categoría se corresponde con los sectores de suelo urbanizable ordenado, cuya ordenación pormenorizada se prevé en este Plan General. En el PGO de San Andrés y Sauces, se clasifican con esta categoría el siguiente sector: CODIGO SUSO-2.1 DENOMINACIÓN Sector San Andrés SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA - SUPERFICIE (m²) SUPERFICIE (Has) 27.335 2,73 27.335 2,73 Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO): Esta categoría se corresponde con los sectores de suelo urbanizable cuando no se haya producido ordenación pormenorizada que legitime la actividad de ejecución de los usos de carácter residencial no turísticos, industrial o terciario no estratégicos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 352 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial En el PGO de San Andrés y Sauces, se clasifican con esta categoría los siguientes sectores: CODIGO SUPERFICIE DENOMINACIÓN (m²) SUSNO-1.1 Los Sauces. Sector Lomitos de Abajo 13.932 SUSNO-1.2 Los Sauces. Sector Zona interior entre C/ Ciro González, C/ Las Toscas, C/ Trasera y C/ La Calle 11.248 Los Sauces. Sector Zona interior comprendida entre la C/ Abraham Martín, Camino el Poiso y Camino Lomo López de Arriba. SUSNO-1.4 Los Sauces. Sector Hoya Grande SUSNO-3.1 Sector El Puerto SUSNO-3.2 Sector El Puerto SUSNO-4.1 Sector Las Lomadas SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA SUPERFICIE (Has) 1,39 1,12 3,69 SUSNO-1.3 36.928 31.913 16.025 10.196 66.106 186.348 3,19 1,60 1,02 6,61 18,63 Para su ordenación y ejecución se estará a lo dispuesto en el Art. 70 del TRLotc-Lenac. 3.2.2.2. Suelo Urbanizable No Sectorizado, se divide a su vez en las siguientes categorías: - Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido (SUNSD) La categoría de Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido, se corresponde con aquellas áreas de suelo que el PGO localiza por ser susceptibles de transformación. De conformidad con el artículo 69 del TR Lotc-Lenac, esta categoría de Suelo Urbanizable Diferido no habilita por sí sola la transformación mediante la urbanización, cuya legitimación requerirá ser acreditada por nueva apreciación de la sostenibilidad del desarrollo urbanístico municipal. La recalificación del suelo a uso residencial, industrial o terciario no estratégico, deberá producirse por modificación del PGO si ya estuviera aprobada la totalidad de los Planes Parciales que se determinan por este PGO, con uso característico el que se pretenda implantar, o Revisión en el resto de los casos. Además, requerirá la tramitación simultánea del Plan Parcial que establezca la ordenación pormenorizada. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 353 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los suelos urbanizables no sectorizados Diferidos son los denominados: CODIGO SUNSD-2.1 SUSND-3.1 DENOMINACIÓN San Andrés El Puerto SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. SUPERFICIE (m²) 65.414 12.518 77.932 SUPERFICIE (Has) 6,54 1,25 7,79 354 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.3. SUELO RÚSTICO 3.3.1. DEFINICIÓN Y CRITERIOS Se define como suelo rústico aquella parte del territorio municipal que se destina a proteger y potenciar los singulares valores ecológicos, ambientales, naturales, paisajísticos, culturales, históricos y productivos que actualmente contiene, así como ser el soporte de un conjunto de usos y actividades de difícil encaje en el suelo urbano, y en cualquier caso, de acuerdo con los criterios expuestos en el artículo 54 del TRLotc-Lenac. Es criterio básico de este Plan General de Ordenación el tratamiento positivo y detallado del Suelo Rústico, en tanto el medio rural y natural representa y ha representado el soporte donde se han desarrollado, de un modo más o menos armónico, la totalidad de las actividades humanas, y que en estas dos últimas décadas se ha comenzado a distorsionar. A nivel insular, y en mayor medida si cabe en un municipio eminentemente agrícola y rural como San Andrés y Sauces, tanto el Suelo Urbano como el Suelo Urbanizable no son los espacios adecuados para el desarrollo de numerosas actividades, lo que propicia que el Suelo Rústico esté sirviendo de soporte a usos centrifugados desde aquellas clases de suelo. Si bien es verdad que, en el caso de San Andrés y Sauces, la presión sobre el Suelo Rústico no ha alcanzado las magnitudes del Oeste y centro de la isla, sí existen signos patentes de un deterioro, que se hace necesario controlar. El medio rural del Municipio de San Andrés y Sauces, ha sufrido paulatinamente la introducción de usos y construcciones, que han producido un ostensible deterioro del paisaje agrario tradicional, la razón fundamental estriba, a nuestro modo de entender, en la falta de reconocimiento legal a la implantación de determinados usos que, por razones de adecuación, racionalidad, culturales y específicas de un municipio o comarca, deben de emplazarse en el medio rural. Nos referimos no sólo al conjunto de usos excepcionales de difícil cabida en el planeamiento, dentro del marco legal, como pueden ser hoteles de montaña, instalaciones turísticas y de ocio específicas, merenderos y casas de comidas, instalaciones deportivas, etc.; sino también a las actividades industriales de menor nivel y de escasa adaptación al suelo urbano, los conjuntos de viviendas rurales, tanto de promoción pública como privada, el denominado turismo rural, etc. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 355 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Desde un principio es preferible controlar las tendencias que frenarlas radicalmente, y desde el convencimiento del protagonismo que el suelo rústico tendrá que desempeñar en ámbitos rurales como el que nos ocupa, se propone una ordenación renovadora del medio rural de San Andrés y Sauces, moviéndonos en esos límites legales de múltiple interpretación. Del análisis de los usos y edificaciones existentes en el municipio se deduce, como elemento primordial causante del deterioro existente en determinados enclaves de San Andrés y Sauces, la implantación, en lugares inadecuados, de tipologías impropias del medio rural, con una altura excesiva y un tratamiento arquitectónico inadecuado. Este proceso se localiza históricamente en un momento de auge económico, que no contó con la suficiente comprensión administrativa, y que generó la “ilegalidad admitida" como denominador común del mayor crecimiento edificatorio del municipio de San Andrés y Sauces. 3.3.2. CATEGORÍAS El Suelo Rústico se concibe en este Plan General como aquella parte del territorio municipal que se destina a proteger y potenciar los singulares valores ecológicos, ambientales, naturales, paisajísticos, culturales, históricos y productivos que actualmente contiene, pero también se reconoce su aptitud como soporte de un conjunto de usos y actividades que tradicionalmente han conformado el medio rural, como son los derivados de las nuevas actividades turístico-recreativas, que se plantean sobre el territorio insular y municipal, y las que proceden de la nueva filosofía con que se trata dicho suelo en este Plan General de Ordenación. Por todo ello, se hace precisa su regulación exhaustiva. A los efectos de la regulación específica de los usos, actividades y tipos de protecciones que se establecen sobre cada uno de los ámbitos del suelo rústico y de su adaptación al vigente TRLotc-Lenac, se establecen las siguientes categorías y zonas: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 356 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUELO RÚSTICO TERMINO MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS Y SAUCES PROTECCIÓN DE VALORES ECONÓMICOS (Art. 55.b) TRLotc-Lenac PROTECCIÓN AMBIENTAL ( Art. 55. a) TRLotc-Lenac CATEGORÍAS PROTECCIÓN NATURAL PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA PROTECCIÓN CULTURAL PROTECCIÓN DE ENTORNOS PROTECCIÓN COSTERA PROTECCIÓN AGRARIA PROTECCIÓN HIDROLÓGICA PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS ASENTAMIENTOS (Art. 55 c) TRLotc-Lenac ASENTAMIENTO RURAL ASENTAMIENTO AGRÍCOLA PROTECCIÓN TERRITORIAL (Art. 55 d) TRLotc-Lenac PROTECCIÓN TERRITORIAL SUBCATEGORÍA Espacios Naturales Protegidos RPN-1ENP Interés Ecológico. Pinar canario y RPN-2IEME Monteverde excelso Interés Ecológico. Monteverde RPN-3IEM degradado Reservas de bosque natural RPN-4RBN Reservas Paisajísticas RPP Reservas Histórico-culturales RPC RPE RPL Productivo Extensivo RPA-1E Productivo Intensivo RPA-2I Protección agrícola costera RPA3C Barrancos y ramblas RPH Carreteras RPI-1C Telecomunicaciones RPI-2T Red hidráulica RPI-3 H Electricidad RPI-4E Saneamiento RPI-5S RAR RAG RPT Esta clasificación produce el establecimiento de un régimen jurídico y urbanístico particularizado, correspondiéndose con la establecida en el Art. 55 del TRLotc-Lenac. La ordenación del suelo rústico en sus condiciones de uso y protección se ha reflejado en los correspondientes planos generales de Clasificación del Suelo. El vigente Texto Refundido establece unas delimitaciones no siempre coincidentes con esa realidad funcional. En general, esta categoría de suelo rústico se ha delimitado según los criterios definidos en dicha Ley. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 357 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUELO RÚSTICO De acuerdo con el artículo 54 del TR Lotc–Lenac, constituirán el Suelo Rústico los terrenos que el Plan General adscriba a esta clase de suelo por estar sujetos a algún régimen de protección, por sus valores naturales, paisajístico, histórico o culturales, ser procedente su preservación por tener valor agrícola, forestal, ganadero, etc.., por resultar inadecuado para servir de soporte a los aprovechamientos urbanos, o para salvaguardar el ecosistema insular o para mantener el modelo territorial. El objetivo del Plan General en este tipo de suelo es evitar su degradación, siendo expresamente excluido del proceso urbanizador. De conformidad con las disposiciones de la legislación urbanística, y en ejecución de las facultades que en las mismas se otorga a los instrumentos de planeamiento, se determinan las siguientes categorías de suelo rústico: 3.3.2.1. Categorías de Protección Ambiental, en el que se incluyen: a) Suelo Rústico de Protección Natural (RPN), se incluyen en esta categoría los terrenos que por sus valores naturales y ecológicos que es necesario conservar y proteger y que han sido declarados “ex lege” como Espacios Naturales Protegidos por el TRLotc-Lenac, concretamente aquellos pertenecientes al Parque Natural de Las Nieves (P-3), cuya ordenación corresponde al Plan Rector de Uso y Gestión de dicho espacio, aprobado definitivamente mediante Acuerdo de la COTMAC de 22 de junio de 2006, publicado en el BOC Nº 2006/141 de 21 de julio. Constituye una subcategoría dentro del Suelo Rustico de Protección Natural que hemos denominado (RPN-1ENP). Asimismo, constituyendo una subcategoría de Protección Natural que hemos denominado “Suelo de Interés Ecológico. Pinar Canario y Monteverde Excelso (RPN2IEME), se incluye en el Suelo Rústico de Protección Natural los terrenos que conforman una unidad ambiental denominada “Monte-Verde-Excelso”, concretamente el suelo perteneciente a dicha unidad no incluido dentro de la delimitación del Parque Natural de Las Nieves (P-3), que comprende la parte superior de la Ladera Sur del Barranco de La Herradura por encima de la Cota + 200 metros, parte superior de la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 358 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial cuenca del Barranco del Agua, ladera Norte del Barranco de La Galga y Cuchillete del mismo nombre, y terrenos abruptos del Monte de Las Lomadas. También se incluyen con la denominación “Interés Ecológico. Monteverde Degradado (RPN-3IEM), parte de los terrenos pertenecientes a la unidad ambiental denominada “monte-verde degradado”, en concreto, la parte de la misma situada fuera del Parque Natural de Las Nieves, excluyéndose también algunas zonas agrícolas del Lomo de Los Sauces, por encima de la presa de Bediesta. En la zona correspondiente al monte de Las Lomadas, se reconocen áreas de topografía accidentada, en su mayor parte inexploradas forestalmente, que se incorporan a la subcategoría anterior RPN-2 IEME. Por último, se incluyen dentro del Suelo Rústico de Protección Natural, como subcategoría, denominada “ Reservas de Bosque Natural (RPN-4RBN), se incluyen cuatro recintos boscosos, caracterizados por su carácter de enclave aislado con predominio de las especies de porte arbóreo. El primero se corresponde con una plantación mixta de pinos (pinus spp.) y fayal brezal, realizada hace mas de 50 años en el primer tramo más bajo del Camino del Monte que discurre entre El Pico de La Cruz y Los Sauces, organizada sobre el lomo del Romeral a ambos márgenes del camino(1). El segundo se corresponde con un bosquete de castañeros situado en la zona de “La Lomada”, especie de meseta triangular que se forma en la confluencia de Los Barrancos de La Galga y de La Fuente (2); el tercero, el enclave relíctico de bosque termófilo de almácigos, localizado al Norte de Llano del Pino, abriéndose paso entre los densos cultivos de plataneras, con ejemplares de gran desarrollo (3). Y por último, un enclave de pinar canario de alto valor ecológico, situado en la ladera Sur del Barranco de La Herradura, entre las cotas +930 m y + 1.020 m, fuera del Parque Natural de Las Nieves (4). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 359 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CÓDIGO SUBCATEGORÍA UZ. SUPERFICIE DENOMINACION SUPERFICIE (Has) (m²) ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Parque Natural de Las Nieves (P-3) 25.477.695 2.547,77 SUMA PARCIAL................................................................................................................................................................. 25.477.695 2.547,77 1 Ladera Sur Barranco de La Herradura parte superior ( fuera del P-3) 349.191 34,92 2 Ladra Norte parte superior Barranco del Agua (fuera del P3) 117.523 11,75 3 Ladera sur, parte superior Barranco del Agua (fuera del P-3) 795.742 79,57 4 Ladera Norte Barranco de La Galga (fuera del P-3) y cuchillete (sobre túnel de La Galga) 943.421 94,34 5 Parte Superior Lomo de Las Lomadas 1.877.442 187,74 6 Parte Superior Monte de Los Sauces, ladera Sur Barranco de La Herradura 805.325 80,53 SUMA PARCIAL................................................................................................................................................................... RPN-1ENP INTERES ECOLOGICO. PINAR CANARIO Y MONTEVERDE EXCELSO RPN-2IEME INTERES ECOLÓGICO. MONTEVERDE DEGRADADO RPN-3IEM 1 4.888.644 488,86 1 Parte Superior Lomo de Las Lomadas 1.982.340 198,23 2 Parte Superior Lomo de Los Galguitos 238.493 23,85 2.220.833 222,08 SUMA PARCIAL................................................................................................................................................................ RPN-4RBN RESERVA DE BOSQUE NATURAL 1 Plantación mixta de pinos 34.099 3,41 2 Bosque de castañeros 12.990 1,30 3 Relicto de Bosque termofilo sabinares y almacigares 22.772 2,28 4 Pinar ladera Sur Barranco de la Herradura 877.240 87,72 947.101 6,99 33.534.273 3.353,43 SUMA PARCIAL................................................................................................................................................................ SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA………………………………………………………………………………………… b) Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP), se incluyen en esta categoría los terrenos constituidos por la unidad ambiental denominada “zona baja de la cuenca de los principales barrancos”, localizada en la ladera Sur de la vaguada del Barranco de La Herradura (1 y 2), en la cuenca del Barranco del Agua fuera del Parque Natural de Las Nieves P-3 (3) y en la Ladera Norte del Barranco de La Galga (4), caracterizados por su espectacular morfología, vegetación arbustiva rica en endemismos en las partes de topografía mas abrupta menos alterada, cultivos en terrazas colgadas, abundancia de cuevas con interés arqueológico comprobado potencial, presencia de infraestructuras históricas, etc..., cuya inclusión en esta categoría persigue, además de la protección del valor paisajístico, una protección global, que comprende además los valores naturales y los antrópicos, así como las características fisiográficas que presentan. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 360 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La conjunción de valores naturales, culturales y paisajísticos que presentan estos barrancos es importante mereciendo por tanto, una protección global y por ello una consideración restringida o moderada en cuanto a su uso. Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CODIGO SUBCATEGORIA UZ. DENOMINACION SUPERFICIE RPP-1 RPP-2 RPP-3 RPP-4 RESERVAS PAISAJISTICAS (m²) 1 Ladera Sur de la Vaguada del Barranco de La Herradura zona intermedia 101.105 10,11 2 Ladera Sur de la Vaguada del Barranco de La Herradura zona baja 93.733 9,37 3 Barranco del Agua (fuera del P-3) 827.633 82,76 4 Ladera Norte Barranco de La Galga parte baja 438.391 43,84 1.460.862 146,09 SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA................................................................ c) SUPERFICIE (Has) Suelo Rústico Reservas Histórico-Culturales (RPC), se incluyen en esta categoría los terrenos que albergan valores histórico-culturales que es preciso preservar. Independientemente de los elementos arquitectónicos y etnográficos incluidos en el Catálogo de Protección del Patrimonio, incorporado a este PGO, así como el suelo incluido en tal categoría mediante el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Las Nieves en la Zona de Uso Tradicional Barranco de San Juan, correspondiente al conjunto histórico de Cuevas de El Tendal, con una serie de yacimientos como la Cueva de La Cañada, la Cueva del Polvo y El Jurado, se incluyen dos enclaves dentro de la categoría de Protección Cultural en la zona de San Andrés. Convento Franciscano y su entorno de protección. El Calvario y su entorno de protección. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 361 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CODIGO SUBCATEGORIA UZ DENOMINACION SUPERFICIE (m²) RPC PROTECCION DE ENTORNOS 1 Convento Franciscano 2 El Calvario SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA................................................................ d) SUPERFICIE (Has) 639 0,06 1.431 0,14 2.070 0,21 Suelo Rústico de Protección de Entornos (RPE), se incluyen en esta categoría los terrenos para la preservación de perspectivas o procesos ecológicos. Las zonas incluidas en esta categoría, se realizan con dos finalidades, por una parte para la protección de la coronación de la vaguada o cuenca de los Barrancos de Alén y San Juan en la inflexión con los interfluvios de Las Lomadas y Los Galguitos, así como para proteger la banda de transición entre el monte verde de Las Lomadas y la zona de cultivos de las medianías altas. En el primer caso se trata de la protección del espacio Parque Natural de Las Nieves (P-3), y en segundo lugar, para la conservación de la perspectiva de la parte alta de Las Lomadas. Los entornos de los bordes de cuatro grandes barrancos del municipio se encuentran suficientemente salvaguardados con las categorías de Suelo Rústico previsto. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 362 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CÓDIGO SUBCATEGORÍA UZ DENOMINACIÓN SUPERFICIE (m²) 1 PROTECCION DE ENTORNOS RPE Zona de transición entre el monteverde y los cultivos de secano en las Lomadas, así como el borde superior de la ladera Norte de la vaguada del Barranco de Alén (parte superior) 76.380 7,64 2 Borde Superior de la ladera Norte de la vaguada del Barranco de Alén ( parte inferior) 26.831 2,68 3 Borde Superior de la ladera Sur de la vaguada del Barranco de San Juan (parte superior) 52.293 5,23 20.073 2,01 175.577 17,56 4 Borde inferior de la ladera Norte de la vaguada del Barranco de San Juan (parte inferior) SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA.................................................................................... e) SUPERFICIE (Has) Suelo Rústico de Protección Costera (RPL). En esta categoría de suelo se incluye la banda litoral que discurre entre los límites intermunicipales en los Barrancos de La Herradura y La Galga, la línea de servidumbre de Costas y el mar. De esta franja, existe una parte superior que se superpone a la categoría de suelo que corresponda, fundamentalmente Protección Agraria Intensiva (RPA-2I) y Protección Hidráulica (RPH) en la desembocadura de los Barrancos. La banda inferior de contacto con el mar, compuesto por los acantilados y playa, se categoriza exclusivamente para la protección del litoral, independientemente de su indudable valor paisajístico. Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CODIGO SUBCATEGORIA UZ DENOMINACION SUPERFICIE (m²) SUPERFICIE (Has) Litoral Costera entre el límite intermunicipal con Barlovento y desembocadura del Barranco de San Juan (P-3 Parque Natural de Las Nieves) (Borde entre línea de deslinde marítimo terrestre y el mar) 135.633 13,56 2 Litoral costero entre la desembocadura del Barranco de San Juan (Parque Natural de Las Nieves (P-3) y el límite intermunicipal con Puntallana (Banda entre línea de deslinde marítimo-terrestre y el mar) 95.383 9,54 SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA................................................................................. 231.016 23,10 RPL PROTECCION COSTERA 1 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 363 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.3.2.2. Categorías de protección económica, en el que se incluyen: a) Suelo Rústico de Protección Agraria (RPA), se incluyen en esta categoría los terrenos destinados fundamentalmente al uso y explotaciones agrícolas y ganaderas de carácter intensivo o extensivo y que tradicionalmente se ha caracterizado por los cultivos de exportación, para la ordenación del aprovechamiento agrícola. En este Suelo Rústico de Protección Agraria se diferencian dos ámbitos de conformidad con lo siguiente: Suelo Rústico de Protección Agraria Extensiva (RPA-1E), se incluyen en esta categoría de suelo la unidad ambiental denominada “cultivos de secano, matorrales y herbazales asociados”, incorporando asimismo suelos de agricultura de regadío no intensiva. Su localización territorial se corresponde con las denominadas “medianías” situadas entre las cotas + 250 y +500 metros, por encima de la carretera LP-1 y la zona media de “El Tanque”, en el interfluvio de Los Galguitos, único enclave ubicado por debajo de la LP-1, excluyendo las delimitaciones de los asentamientos rurales. Su fisonomía y características naturales y culturales encajan bastante bien con la tradicional concepción del “suelo rústico palmero“, caracterizado por la presencia de huertas con cultivos, frutales marginales, matorrales dispersos en las zonas más accidentadas, herbazales en las parcelas abandonadas, casas rústicas tradicionales o de nueva construcción dispersas. La inclusión en esta categoría de suelo, persigue, independientemente de la preservación de sus potencialidades edafológicas y agrícolas, la protección, de carácter estratégica, de los valores paisajísticos y socioculturales, en relación con la población y los usos, y estructuras agrarias tradicionales, además de responder a los criterios generales de este Plan respecto al medio rural no ocupado. Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva (RPA-2I), se corresponde fundamentalmente con el suelo ocupado por cultivos de plataneras, situados por debajo de la Carretera LP-1 hasta la Costa. Comprende los terrenos situados por debajo de la cota + 250 metros, excluyendo las cuencas y laderas de los barrancos y los ámbitos de San Andrés, El Melonar-Puerto Espíndola y Asentamientos Rurales y Agrícolas. Algunos cultivos colgados se incorporan a recintos de protección paisajística. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 364 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han incluido dentro de esta subcategoría las unidades de zona que figuran en el cuadro siguiente: CODIGO SUBCATEGORIA UZ DENOMINACION SUPERFICIE (m²) 1 Lomo Lirio 296.133 29,61 2 Lomo Machado 129.478 12,95 3 La Pinta 61.559 6,16 4 Llano El molino 30.443 3,04 5 La Ruma 36.864 3,69 6 Los Salones 4.304 0,43 7 Lomo Gil 7.213 0,72 8 Lomo López de Arriba 34.512 3,45 9.429 0,94 10 Lomo López de Abajo 38.897 3,89 11 Lomo López de Abajo 10.512 1,05 12 Hoya Grande 12.820 1,28 13 Hoya Grande 6.279 0,63 9 El Poiso 14 Lomo López de Abajo PROTECCION AGRARIA EXTENSIVA 15 Lomo Grande RPA-1E 0,41 10,51 23.573 2,36 17 La Lomada 56.966 5,70 18 La Orotava 42.625 4,26 19 Lomada Chica 13.225 1,32 20 La Lomada Grande 44.482 4,45 270.468 27,05 21 Las Cancelas 22 San Pedro 23 Llano El Rey 16.160 1,62 107.212 10,72 24 Llano El Cedro 67.687 6,77 25 Lomo El Pino 58.606 5,86 26 San Juan 1.998 0,20 27 San Juan 78.574 7,86 28 Llano La Palma 51.856 5,19 29 Llano La Palma 88.105 8,81 30 La Lomadita 37.697 3,77 31 La Lomadita 14.732 1,47 32 Garachico 15.380 1,54 33 Garachico 8.463 0,85 34 Garachico 4.399 0,44 35 Garachico 9.215 0,92 36 Garachico 12.292 1,23 37 Garachico 5.826 0,58 38 Garachico 11.317 1,13 39 Garachico 23.718 2,37 40 El Tanque 46.368 4,64 41 La Gallega 49.784 4,98 42 La Calzadita 6.275 0,63 43 El Tanque Alto 7.172 0,72 68.656 6,87 153.059 15,31 46 Ciudad Vieja 11.936 1,19 47 El Palomar 24.399 2,44 48 Los Establos 17.129 1,71 2.237.015 223,70 45 Lomo Redondo SUMA PARCIAL................................................... JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 4.141 105.077 16 El Calderito 44 El Tanque Memoria de Ordenación SUPERFICIE (Has) 365 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena PROTECCION AGRARIA INTENSIVA 1 Verada-Bajamar RPA-2I Documento para Aprobación Inicial 88.794 8,88 2 Ramírez 311.402 31,14 3 Manos de Oro 108.430 10,84 4 la Pedrera 22.105 2,21 5 La Ladera 8.966 0,90 6 La Caldereta 8.928 0,89 7 Zocorrás 133.682 13,37 8 Pavones 49.691 4,97 9 Quinta Zoca 74.300 7,43 10 El Cardal 4.218 0,42 11 El Cardal 10.438 1,04 12 Nueve Almudez 60.378 6,04 13 Los Lomitos de Abajo 14 El Valle 7.139 0,71 132.604 13,26 15 El Drago 30.234 3,02 16 La Pileta Alta 13.379 1,34 17 La Verada de Los Sauces 41.350 4,14 18 La Hoya 79.708 7,97 19 la Hoya 181.709 18,17 20 El Cercado 6.639 0,66 21 El Calvario 32.367 3,24 22 El Calvario 7.516 0,75 23 El Cercado 28.716 2,87 24 Los Almácigos 39.105 3,91 25 Los Almácigos 28.941 2,89 159.403 15,94 27 La Crucita 17.183 1,72 28 La Crucita 10.853 1,09 277.127 27,71 26 El Llano 29 El Cercado Grande 30 Llano La Palma 5.034 0,50 31 Garachico 6.076 0,61 32 El Cercado Chico SUMA PARCIAL..................................................... SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA 318.481 31,85 2.304.896 230,49 4.541.911 454,19 Suelo Rústico de Protección Agrícola Costera (RPA-3C), dentro de la Protección Agraria Intensiva se diferencia la zona costera que discurre entre el núcleo de San Andrés y El Melonar, por debajo de la carretera LP-1042, donde se reconoce su aptitud para albergar actuaciones turísticas cualificadas conforme al PTE, así como equipamientos complementarios. Comprende cuatro áreas localizadas: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 366 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena CÓDIGO SUBCATEGORÍA Uz DENOMINACIÓN Documento para Aprobación Inicial SUPERFICIE (m²) RPA-3C PROTECCION AGRÍCOLA COSTERA 1 Cueva Jurada 40.051 4,01 2 Cueva Jurada 26.450 2,65 3 El Convento 34.085 3,41 4 La Pileta SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA................................................................ b) SUPERFICIE (Has) 38.625 3,86 139.211 13,92 Suelo Rústico de Protección Hidrológica (RPH), se incluyen en esta categoría los barrancos y cauces más significativos del municipio, para la protección de sus cuencas y garantizar el correcto drenaje superficial, en el que se incluye el drenaje de las aguas superficiales y la evacuación de materiales procedentes de la erosión natural, así como racionalizar el uso de los recursos hídricos del suelo. Los terrenos pertenecientes a las vaguadas de los cuatro grandes barrancos, de Norte a Sur, La Herradura, El Agua, San Juan-Alen y La Galga-La Fuente, que conforman los tres interfluvios del antiguo “Cantón de Adeyahamen”, se incluyen dentro de categorías de Protección Natural y Paisajística, en tanto, sobresalen tales valores sobre los hidrológicos (sistema de drenaje superficial), quedando totalmente salvaguardadas las cuencas de los mismos. Se incluyen en esta categoría el sistema menor de escorrentías que surcan de mar a cumbre cada uno de los tres interfluvios: Los Sauces ( Barranquera de Lomo López (1) y Barranquera de Ramírez (2)), Las Lomadas (Barranqueras de Verada Lomadas-La Orotava (de 3 a 9) y La Orotava-San Pedro (de 10 a 12)) y Los Galguitos (Barranqueras de Fuentenueva-El Drago (de 13 a 16), La Vica-La Calzadita ( de 17 a 20) y La Gallega (21 y 22)). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 367 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CÓDIGO SUBCATEGORÍA UD DENOMINACIÓN SUPERFICIE (m²) 1 Barranquera de Lomo López 46.436 4,64 2 Barranquera de Ramírez 17.913 1,79 35.498 3,55 27.471 2,75 3 4 5 25.848 2,58 5.878 0,59 7 5.947 0,59 8 1.749 0,17 9 8.142 0,81 10 68.456 6,85 PROTECCION HIDROLÓGICA 6 RPH 11 Barranquera de Verada Lomadas-La Orotava Barranquera La Orotava-San Pedro 29.407 2,94 12 8.655 0,87 13 28.757 2,88 14 11.531 1,15 16.475 1,65 15 Barranquero Fuente Nueva-El Drago 16 14.783 1,48 17 14.022 1,40 54.836 5,48 11.531 1,15 18 19 Barranquero La Vica- La Calzadita 20 18.694 1,87 21 57.079 5,71 22 Barranquero La Gallega SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA............................................... c) SUPERFICIE (Has) 24.229 2,42 533.337 53,33 Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras (RPI), se incluyen en esta categoría los terrenos destinados a las infraestructuras y sus zonas de protección y de reserva, para garantizar la funcionalidad de las infraestructuras viarias (RPI-1C). Sin perjuicio de lo dicho anteriormente y dada la compatibilidad de esta categoría con otras de Suelo Rústico, se han delimitado ámbitos de Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras compatible con el Resto de Categorías de Suelo Rústico, a excepción de: El Suelo Rústico de Protección Natural (Espacios Naturales Protegidos) RPN-1ENP y con el Suelo Urbano Consolidado (SUCU); y el Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado (SUSO). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 368 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Como criterio general se categoriza la infraestructura en sí, es decir, en el caso de las carreteras la banda entre las líneas de dominio público y en el sistema hidráulico y de telecomunicaciones, la ocupación física de la infraestructura, con la categoría exclusiva de Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras, clasificándose igualmente, pero superpuesta a otra categoría o clase de suelo, el perteneciente a las bandas laterales de servidumbre, en el caso de las carreteras, o área perimetral de protección en el caso de las infraestructuras puntuales. Se incluyen dentro de esta categoría las Carreteras y sus variantes, en las que se incluye la zona de servidumbre, afección y la línea de edificación en cada una de ellas, además se incluye en esta categoría la zona prevista en este Plan General para la colocación de antenas de telecomunicaciones (RPI-2T) y la Red Hidráulica (RPI-3H) que figuran en el siguiente cuadro: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 369 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena CODIGO SUBCATEGORIA Documento para Aprobación Inicial SUPERFICIE DENOMINACION CARRETERAS (m²) RPI-1 C SGV-1 Tramo de Carretera LP-1 entre límites municipales entre los Barrancos de La Galga y de La Herradura SGV-2 Vía de Circunvalación Sauces SGV-3 SGV-4 SUPERFICIE (Has) 79.920 LP-1(*) Núcleo de Los 7,992 0,9845 9.845 Carretera LP-104 (Tramo de Carretera entre intersección con la LP-1 en Llano El Pino e intersección con la LP-1 en Bajamar 3,5124 35.124 Ctra. LP-1042 Entre la intersección con la LP104 ( Curva de El Valle ) a Puerto Espíndola 0,5626 5.626 SGV-5 Ctra. LP-107 De acceso a Los Tilos entre su intersección e inicio en la antígua LP-1 SUMA PARCIAL...................................... TELECOMUNICACIONES PROTECCION DE INFRAESTRUCTURAS RPI-2 T Mástil en la parte alta del Lomo de Los Sauces, junto al embalse Bediesta 416 2 Mástil previsto en la parte alta de Las Lomadas Lomo San Pedro 416 3 Mástil previsto en la parte alta del Embalse de Los Galguitos 416 RPI-5S RED HIDRAULICA 14,1207 1.248 0,12 7.030 0,703 1 Depósito regulador de agua potable de Los Sauces 2 Embalse Adeyahamen 55.222 5,5222 3 Embalse de Bediesta 40.278 4,0278 4 Depósito regulador de riego de Los Señores 1.477 0,1477 5 Depósito regulador de riego de Los Quintos 0 0 6 Depósito regulador de riego de El Poiso 126 0,0126 7 Depósito regulador de riego de La Caldereta 475 0,0475 8 Depósito regulador de riego Quinta Zoca 142 0,0142 9 Depósito regulador de riego El Drago 91 0,0091 10 Depósito regulador de agua potable de Las Lomadas 1.467 0,1467 11 Embalse de Las Lomadas 41.719 4,1719 12 Depósito regulador de riego de San Pedro 921 0,0921 13 Depósito regulador de riego de La Orotava 400 0,04 14 Depósito regulador de agua potable de Los Galguitos 1.054 0,1054 15 Embalse de Los Galguitos 16 Depósito regulador de riego del Hoyo SUMA PARCIAL...................................... RPI-4E 141.207 1 SUMA PARCIAL....................................... RPI-3H 1,0692 10.692 69.708 6,9708 1.319 0,1319 221.429 22,1429 1.894 0,1894 1.894 0,1894 365.778 36,58 ELECTRICIDAD SANEAMIENTO 1 Depuradora El Valle SUMA PARCIAL……………………………………… SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 370 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.3.2.3. Categorías donde existan formas tradicionales de poblamiento. a) Suelo Rústico de Asentamiento Agrícola (RAG), se incluye en esta categoría las áreas de explotación agropecuaria en las que haya tenido lugar un proceso de edificación residencial relacionado con dicha explotación, para la ordenación, con la debida proporción, entre la edificación y la actividad agropecuaria correspondiente. Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: SUPERFICIE CODIGO SUBCATEGORIA UZ DENOMINACION (m²) 1 RAG-1 ASENTAMIENTO AGRICOLA 2 El Fondo (Los Galguitos) 3 SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA........................................................................ b) SUPERFICIE (Has) 12.875 1,29 3.356 0,34 3.295 0,33 19.526 1,95 Suelo Rústico de Asentamiento Rural (RAR), se corresponden con entidades de población existentes con mayor o menor grado de concentración, generalmente sin vinculación actual con actividades primarias, cuyas características no justifiquen su clasificación y tratamiento como suelo urbano, de acuerdo con los criterios que establezcan las Normas Técnicas del Planeamiento Urbanístico. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 371 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CODIGO SUBCATEGORIA UZ DENOMINACION SUPERFICIE ASENTAMIENTO RURAL RAR-2. LAS LOMADAS RAR-1. LOS SAUCES (m²) 1.1 El Poiso 1.2 Lomo López de Abajo 13.797 1,38 1.3 Lomo Gil 20.741 2,07 1.4 Quinta Zoca 15.130 1,51 1.5 La Calzada Vieja 16.406 1,64 1.6 El valle 23.835 2,38 1.7 El Cardal 15.373 1,54 1.8 La Calzada Vieja 24.157 2,42 1.9 Pajares 48.891 4,89 1.10 Manos de Oro 38.568 3,86 222.824 22,28 35.485 3,55 TOTAL PARCIAL................................................. RAR-3 LOS GALGUITOS Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 5.926 0,59 2.1 Lomo Grande 2.2 Lomo Chico 5.968 0,60 2.3 La Orotava 45.022 4,50 2.4 San Pedro 165.869 16,59 2.5 Bermúdez 30.893 3,09 283.237 28,32 65.165 6,52 TOTAL PARCIAL................................................. SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORIA SUPERFICIE (Has) 3.1 San Juan 3.2 El Roque 18.706 1,87 3.3 El Tanque (/Parte Alta) 13.923 1,39 3.4 El Tanque (Parte Centro) 20.588 2,06 3.5 El Tanque (Parte Baja) 16.313 1,63 3.6 Garachico 124.869 12,49 259.564 25,96 765.625 76,56 TOTAL PARCIAL................................................. 372 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.3.2.4. Suelo Rústico de Protección Territorial (RPT), se incluyen en esta categoría las áreas para la preservación del modelo territorial, sus peculiaridades esenciales y específicas y el valor del medio rural no ocupado, así como la salvaguarda del ecosistema insular y su capacidad de sustentación de desarrollo urbanístico. Se han incluido dentro de esta categoría los ámbitos que figuran en el cuadro siguiente: CODIGO SUBCATEGORIA RPT-1 RPT-2 UZ 1 PROTECCION TERRITORIAL RPT-3 SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 2 3 DENOMINACION Cementerio de Los Sauces Área de Servicio de Carreteras en Las Lomadas Cementerio de San Andrés SUPERFICIE (m²) SUPERFICIE (Has) 8.203 0,82 10.423 1,04 7.731 0,77 26.357 2,64 373 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial EXISTENTE SUP. ASENT. (Ha) CATEGORÍA DENOMINACIÓN Asentamiento Rural Asentamiento Agrícola 3.1 El Fondo 1.1 El Poiso 1.2 1.3 Lomo López Abajo Lomo Gil 1.4 Quinta Zoca 1.5 1.6 DENSIDAD VDA/HAS Nº VDAS Nº HAB. Nº PL (*) (1) HAB+PL/Has Nº MÁX. VDAS MAX. (HAB +PL)/Has Nº MAX. HAB. Nº MAX PL (*) (1) 5,64 0,59 18,56 11 1,38 8,70 12 2,07 9,16 19 27,48 57 1 12,54 26 37,61 78 2 1,51 11,90 18 35,69 54 1 13,88 21 41,64 63 1 La Calzada Vieja 1,64 13,41 22 40,23 66 1 15,85 26 47,54 78 2 El valle 2,38 7,13 17 21,40 51 1 10,49 25 31,47 75 2 1.7 El Cardal 1,54 16,26 25 48,79 75 2 19,51 30 58,54 90 2 1.8 La Calzada Vieja 2,42 6,21 15 18,63 45 1 9,94 24 29,81 72 2 1.9 Pajares 4,89 11,86 58 35,59 174 4 14,11 69 42,34 207 5 1.10 Manos de Oro 3,86 10,63 41 31,89 123 3 12,96 50 38,89 150 4 2.1 Lomo Grande 3,55 15,50 55 46,50 165 4 18,32 65 54,95 195 5 2.2 Lomo Chico 0,60 18,43 11 55,29 33 0 21,78 13 65,35 39 1 2.3 La Orotava 4,50 9,55 43 28,65 129 3 11,99 54 35,98 162 4 2.4 San Pedro 16,59 5,55 92 16,64 276 7 8,56 142 25,68 426 12 2.5 Bermúdez 3,09 7,45 23 22,34 69 1 9,71 30 29,13 90 2 3.1 San Juan 6,52 4,91 32 14,73 96 2 9,05 59 27,16 177 5 3.2 El Roque 1,87 8,02 15 24,06 45 1 11,23 21 33,68 63 1 3.3 El Tanque Parte Alta 1,39 7,18 10 21,55 30 0 10,06 14 30,17 42 1 3.4 2,06 10,20 21 30,60 63 1 11,66 24 34,97 72 2 3.5 El Tanque Parte Media El Tanque Parte Baja 1,63 7,36 12 22,07 36 1 11,03 18 33,10 54 1 3.6 Garachico 12,49 7,85 98 23,54 294 8 11,85 148 35,56 444 12 1.983 43 2.703 69 TOTAL 78,51 661 16,92 DENSIDAD MÁXIMA VDAS/HAS 1,95 de 11 TECHO LIMITE ESTABLECIDO 33 0 6,67 13 20,00 39 1 55,69 33 0 21,94 13 65,81 39 1 26,09 36 1 11,60 16 34,79 48 1 901 PL. Plaza Alojativa Turística (*) Se ha estimado 3 habitantes por vivienda (1) Dada la exigua presencia de actividad turística en los Asentamientos Rurales y Agrícolas, se ha considerado la misma dentro de la cuantificación residencial, a razón de dos plazas alojativas equivalentes a una vivienda, o lo que es lo mismo, 1,5 habitantes equivaldrían a un alojamiento. Del mismo modo la columna correspondiente a nº máximo de plazas alojativas admisibles, se entiende incorporada la de nº máximo de viviendas. En otras palabras, la carga turística que se incorpore reduce el techo límite de crecimiento residencial. La carga turística asignada a los asentamientos deviene de los criterios y objetivos del Plan Especial Territorial de Ordenación de la Actividad Turística de La Palma actualmente en trámite de Aprobación Definitiva. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 374 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CUADRO RESUMEN DE DATOS NUMÉRICOS. Cuadro resumen de las Clases y Categorías del suelo del municipio CLASES DE SUELO % SUPERFICIE m² SUPERFICIE Ha Suelo Urbano 1,55 662.922 66,29 Suelo Urbanizable 0,68 291.615 29,16 Suelo Rústico 97,44 41.654.336 4.165,43 Sistema Viario 0,33 141.207 14,12 42.750.080 4.275,00 TOTAL 100 % CATEGORIAS DE SUELO Suelo Urbano Consolidado (SUCU) Suelo Urbano No Consolidado (SUNCU) % SUPERFICIE m² SUPERFICIE Ha 1,31 558.995 55,90 10,39 0,24 103.927 Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado (SUSO) 0,06 27.335 2,73 Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO) 0,44 186.348 18,63 Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido (SUNSD) 0,18 77.932 7,79 Sistema Viario 0,33 141.207 14,12 Suelo Rústico de Protección Territorial (RPT) 0,06 26.357 2,64 1,95 Suelo Rústico Asentamiento Agrícola (RAG) 0,05 19.526 Suelo Rústico Asentamiento Rural (RAR) 1,79 765.625 76,56 Suelo Rústico Protección de Infraestructuras (RPI) 0,53 224.571 22,46 53,33 Suelo Rústico de Protección Hidrológica (RPH) 1,25 533.337 Suelo Rústico de Protección Agraria (RPA) 10,95 4.681.122 468,11 Suelo Rústico de Protección Costera (RPL) 0,54 231.016 23,10 17,56 Suelo Rústico de Protección de Entornos (RPE) 0,41 175.577 Suelo Rústico de Protección Cultural (RPC) 0,00 2.070 0,21 Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP) 3,42 1.460.862 146,09 78,44 100,00 33.534.273 3.353,43 4.275,01 Suelo Rústico de Protección Natural (RPN) TOTAL Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 42.750.080 375 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.4. MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN Y CORRECCIÓN DE CARÁCTER AMBIENTAL 3.4.1. DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO El Plan General contiene en el Plano Nº PHA (PATRIMONIO HISTORICOS Y ÁMBITOS ARQUEOLÓGICOS. ELEMENTOS CULTURALES SOMETIDOS A ESPECIAL PROTECCIÓN) las edificaciones a proteger incluidas en el Catálogo Arquitectónico del Municipio de San Andrés y Sauces. El objeto fundamental de este Catálogo, incorporado como parte integrante del PGO, ha sido recoger todos aquellos bienes tales como monumentos, inmuebles o espacios de interés histórico, artístico, arquitectónico o etnográfico, que por sus características singulares deben ser objeto de preservación, tal como establece el artículo 39.1 del TR Lotc-Lenac, y de conformidad con el artículo 2 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, en el que se define lo que constituye el Patrimonio Histórico de Canarias. Los elementos incluidos en el Catálogo se han seleccionado por su antigüedad y contribución a la definición de determinado ambiente urbano y rural, así como por la singularidad de las edificaciones de valor etnográfico y los elementos naturales del Municipio de San Andrés y Sauces. Se han diseñado una serie de fichas individualizadas con un plano de localización, estableciéndose para cada uno de los bienes inmuebles un grado específico de protección, las intervenciones factibles y los usos característicos que se pueden implantar, en función de su posición, valor y fragilidad. Por otro lado, este PGO considera que en la protección del patrimonio se inserta de una forma evidente la protección del ambiente urbano, considerado como un patrimonio más de la sociedad que lo habita. En tal sentido, en la normativa del PGO se desarrollan una serie de preceptos tendentes a lograr la mejora y cualificación del medio ambiente urbano. Tales aspectos normativos se basan en las siguientes directrices de carácter general: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 376 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial a) Creación de espacios libres óptimos para la estancia y el esparcimiento. b) Recualificación de dotaciones públicas. c) Aumento de las dotaciones públicas socio-culturales. d) Formulación de condiciones estéticas específicas para las edificaciones no protegidas, por ámbitos urbanísticos, que ayuden a mejorar el paisaje urbano y a realzar el patrimonio arquitectónico. e) Reducción del impacto que producen las instalaciones publicitarias o informativas en el espacio urbano, convirtiendo su necesaria existencia en un factor positivo de valoración. f) Protección de los espacios y elementos urbanos. Este PGO utilizará los mecanismos que tiene a su alcance para lograr que los espacios urbanos del municipio resulten cómodos y agradables para las personas que la utilicen. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 377 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.5. DESARROLLO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN El PGO divide los suelos clasificados como urbanos, urbanizable y algunas partes concretas del suelo rústico, en diferentes ámbitos y sectores, en los que se determina la ordenación del suelo, bien de forma directa, mediante la definición de una normativa específica incluida en este Plan General de Ordenación, con asignación de usos y definición de alineaciones y rasantes; o bien, mediante su posterior desarrollo y concreción a través de los pertinentes instrumentos de planeamiento urbanístico de desarrollo: Planes Especiales de Ordenación y Planes Parciales de Ordenación. Los ámbitos cuya ordenación pormenorizada queda remitida a planes de desarrollo se diferencian a su vez en aquellos donde se haya iniciado la tramitación del instrumento de desarrollo, aceptándose por parte de este PGO, las determinaciones de la ordenación pormenorizada definida en los citados planes; y ámbitos donde el PGO remite expresamente su ordenación pormenorizada a planes de desarrollo. En el caso de San Andrés y Sauces, como se ha indicado anteriormente, no se ha iniciado la tramitación de ningún instrumento de ordenación pormenorizada. Así pues este PGO diferencia los siguientes ámbitos de ordenación: • Ordenación directa: en los que se determina la ordenación detallada de forma directa y pormenorizada, habilitando la realización de las actuaciones precisas para materializar el aprovechamiento edificatorio, sin requerir otro instrumento de ordenación urbanística que desarrolle ni concrete la citada ordenación. • Ordenación incorporada: en los que la ordenación pormenorizada queda remitida a las determinaciones contenidas en el correspondiente Planeamiento de desarrollo vigente y en curso de ejecución o tramitación (Planes Especiales o Planes Parciales) que expresamente se declaran vigentes. Este Plan General no realiza incorporaciones del planeamiento pormenorizado, puesto que no se ha iniciado ninguno de los previstos en las NN.SS.92. • Ordenación remitida: en los que se establece su ordenación pormenorizada a través de los planeamientos de desarrollo pertinentes (Plan Parcial o Plan Especial según proceda), formulándose en los plazos indicados y según las determinaciones, instrucciones y recomendaciones establecidas, en su caso, por este PGO. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 378 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.5.1. SUELO URBANO Todo el suelo urbano del término municipal de San Andrés y Sauces está incluido en ámbitos de ordenación directa, habilitando de este modo a la realización de las actuaciones precisas para que los terrenos adquieran la condición de solar y, cuando la tengan, al uso o edificación permitidos por el presente PGO. El suelo urbano se ha dividido en distintos ámbitos urbanísticos de Ordenación Directa, dependiendo de las características homogéneas de la edificación, de la trama urbana que configuren, y de la trama urbana que posean. Así pues se han diferenciado los siguientes ámbitos urbanísticos de Ordenación Directa: Ámbitos urbanísticos de Ordenación Directa en Suelo Urbano Consolidado (SUCU) ÁMBITOS DENOMINACION NÚCLEO SUCU-1 Ámbito de Los Sauces Los Sauces SUCU-2 Ámbito de San Andrés San Andrés SUCU-3 Ámbito El Melonar-Puerto Espíndola El Melonar-Puerto Espíndola SUCU-4 Ámbito Las Lomadas Las Lomadas Ámbitos Urbanísticos de Ordenación Directa en Suelo Urbano No Consolidado (SUNCU) Aunque en estos ámbitos las actuaciones precisas para materializar el aprovechamiento edificatorio no requieren de otro instrumento de ordenación urbanística que desarrolle ni concrete la ordenación, sí es necesaria la delimitación de Unidades de Actuación para el desarrollo de la actividad de ejecución, que garantice el cumplimiento de los deberes establecidos en el artículo 72.2. del TRLotc-Lenac. Los ámbitos urbanísticos de ordenación directa en Suelo Urbano No Consolidado son: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 379 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena ÁMBITOS DENOMINACIÓN Documento para Aprobación Inicial NÚCLEO SUNCU-1.1 Ámbito Macho Durmiente Los Sauces SUNCU-1.2 Ámbito El Barranquito Los Sauces SUNCU-1.3 Ámbito Los Salones Los Sauces SUNCU-1.4 Ámbito Bajamar Los Sauces SUNCU-2.1 Ámbito San Andrés Norte San Andrés SUNCU-2.2. Ámbito San Andrés Este San Andrés SUNCU-2.3 Ámbito San Andrés Oeste San Andrés SUNCU-4.1 Ámbito Verada Lomadas Parte Baja Las Lomadas SUNCU-4.2 Ámbito Verada Lomadas Parte Alta Las lomadas Los ámbitos ( SUNCU) ubicados en el término municipal de San Andrés y Sauces, se encuentran vinculados a la trama existente, por lo que la ordenación pormenorizada propuesta consiste en la integración de estos fragmentos de ciudad con el actual tejido viario y la edificación, con las densidades adecuadas para asegurar la relación tipologíamorfología del ámbito en cuestión. Las tipologías edificatorias en estos ámbitos se ajustarán a las de su entorno urbano inmediato, y su articulación, en su caso, con los suelos rústicos perimetrales. Ámbitos de Ordenación remitida en Suelo Urbano Consolidado de Interés Cultural. (SUCUIC) Conjunto de la iglesia de Montserrat, Casa del Quinto, Casa de La Cultura y edificaciones en torno a las plazas de Nuestra Señora de Montserrat y Parque Antonio Herrera. Comprende un ámbito de Suelo Urbano Consolidado por la Urbanización de Interés Cultural, situado en el núcleo urbano de Los Sauces, constitutivo del centro histórico y representativo del Municipio. Su ordenación se remite a la elaboración de un Plan Especial de Protección y Ordenación, cuya finalidad, es la articulación de esta área delimitada dentro de la nueva propuesta de ordenación contenida en este Plan General. Conjunto de la iglesia de San Andrés Apóstol y la plaza del mismo nombre y edificaciones en torno a las calles “ De La Iglesia”, “De La Plaza”, “ De Medio”, “Del Relámpago” y parte de “La Calle San Sebastián”. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 380 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Comprende un ámbito de Suelo Urbano Consolidado por la Urbanización de Interés Cultural, situado en el núcleo urbano de San Andrés, constituye el centro histórico y representativo de este enclave tradicional. Su ordenación se remite a la elaboración de un Plan Especial de Protección y Ordenación, cuya finalidad, es la articulación de esta área delimitada dentro de la nueva propuesta de ordenación contenida en este Plan General. Ámbitos de Ordenación remitida en Suelo Urbano Consolidado de Rehabilitación. (SUCUR) Comprende el Lomo de La Calle y Las Toscas, tejido antiguo del Núcleo de Los Sauces, que precisa de una operación que implique su transformación integrada, remitiéndose su desarrollo a un Plan Especial de Rehabilitación. 3.5.2. SUELO URBANIZABLE Cada uno de los sectores de suelo urbanizable delimitados se considera ámbito de ordenación, tanto los ya ordenados como los no ordenados sujetos a planeamiento de desarrollo. Su delimitación se expresa gráficamente en los correspondientes Planos de Ordenación Pormenorizada. Sus usos característicos se establecen en el Fichero correspondiente de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión. Sectores de Ordenación Incorporada en Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado (SUSO) CODIGO SUSO-1 DENOMINACIÓN Sector San Andrés Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. NUCLEO San Andrés 381 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sectores de Ordenación Incorporada en Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado. (SUSNO) SECTOR DENOMINACIÓN NÚCLEO SUSNO-1.1 Sector Lomitos de Abajo (RES) SUSNO-1.2 Sector Zona interior entre C/ Ciro González, C/ las Toscas, C/ (RES) Trasera y C/ la Calle SUSNO-1.3 Sector zona interior comprendida entre la C/ Abraham Martín, (RES) Los Sauces Camino El Poiso y Camino Lomo López de Arriba - SUSNO-1.4 Sector Hoya Grande (RES) SUSNO-3.1 Sector El Puerto 1 (RES) SUSNO-3.2 Sector El Puerto 2 (RES) SUSNO-4.1 Sector Las Lomadas (IND) Puerto Espíndola Las Lomadas Sectores de Ordenación Incorporada en Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido (SUNSD) SECTOR DENOMINACIÓN NUCLEO SUNSD-2.1 San Andrés San Andrés SUNSD-3.1 El Puerto Puerto Espíndola 3.5.3. SUELO RÚSTICO La regulación y ordenación de los terrenos clasificados como Suelo Rústico se realiza según las diferentes categorías definidas para esta clase de suelo. A estos efectos, se diferenciará de forma clara y precisa los terrenos sujetos a algún régimen de protección sectorial, ambiental y territorial, en cuyo caso su ordenación será la que establezcan los pertinentes instrumentos ambientales, sectoriales o territoriales, de aquellos otros terrenos incluidos en las categorías para las que este PGO determina de forma directa o remitida el régimen urbanístico aplicable y, en su caso, la ordenación pormenorizada de ámbitos concretos. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 382 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los suelos rústicos de protección natural, delimitados como Espacios Naturales Protegidos por el TRLotc-Lenac (RPN-1ENP), se ordenarán mediante los siguientes Planes de Ordenación: PLANES Y NORMAS ESPACIO NATURAL PROTEGIDO Parque Natural De Las Nieves (P-3) Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) Aprobado definitivamente mediante Acuerdo de la COTMAC de 22 de junio de 2006, publicado en el BOC Nº 2006/141 de 21 de julio. En el resto del suelo rústico se determinan los siguientes ámbitos: - Ámbitos de Ordenación Directa en Asentamientos (RAR y RAG). El PGO determina la ordenación detallada para los ámbitos de suelo rústico en asentamientos rurales y agrícolas, de forma directa y pormenorizada, estableciendo las condiciones de la unidad apta para la edificación. Se ordenan mediante el establecimiento de una normativa específica de aplicación, asignación de usos y la definición del viario. Su ordenación se representa en los Planos de Ordenación Pormenorizada, y la normativa específica de aplicación se desarrolla en la Normas Urbanísticas de la Ordenación Pormenorizada. - Ámbitos de Sistemas y Equipamientos (SG, D, E y EE) Se ordenan de forma directa y detallada los Sistemas Generales (SG), Dotaciones (D) y Equipamientos Municipales (E) y Estructurales (EE), situados en suelo rústico, que no se remiten expresamente a Planes Especiales de ordenación, estableciendo las determinaciones específicas en la Normativa Urbanística de Ordenación Pormenorizada, y en casos concretos -como son: El Centro de Salud Comarcal (SGE-1), El Centro Ocupacional y Especial de Empleo ( SGE-2), el Cementerio (SGE-3), la zona portuaria “Puerto Espíndola” ( SGE-4), El Ayuntamiento (SGE-5), Correos (SGE-6), Bomberos (SGE-7), Campo de Fútbol (SGE-8.1), Pabellón Polideportivo Municipal (SGE-8.2), la cancha polideportiva de San Andrés (SGE-8.3), la cancha polideportiva de Las Lomadas (SGE-8.4), la cancha polideportiva de Los Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 383 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Galguitos (SGE-8.5) , el recinto docente de Los Sauces (SGE-9), las oficinas descentralizadas del Excmo. Cabildo Insular de la Palma (SGE-10) y El Cuartel de La Guardia Civil (SGE-11). En algunos casos determinados equipamientos y sistemas de carácter general, se incorporan a la ordenación pormenorizada de los ámbitos, sectores urbanizables y áreas de asentamiento rural, como equipamientos y dotaciones sectoriales, asumiendo un doble papel, al prestar servicios de carácter local de forma simultánea con los de carácter general. Considérese por ejemplo el Ayuntamiento, en su doble rol de Administración Municipal (DADM-1.1) y formando parte de la Administración Insular y Autonómica (SGE-5.1 ADM), o el recinto polideportivo que ejerce igualmente una doble función municipal (D-DEP-1.4), e insular (SGE-8.2 DEP), o el Centro de Salud que resuelve las necesidades locales (D-SA1.1) ,así como las comarcales (SGE-1 SA), etc.... - Ámbitos de Ordenación Remitida Son aquellos ámbitos para los que el PGO contiene la ordenación básica, con remisión a ulterior desarrollo por medio de planeamiento de desarrollo tales como Planes Especiales (PE) para la ordenación de Sistemas Generales, para la ordenación de determinados usos en Suelo Rústico, o para otras finalidades tales como el Plan Especial de Ordenación de edificaciones censadas según Decreto 11/1997. Los Planes Especiales de Ordenación delimitados son los que a continuación se especifican: Planes Especiales delimitados: a) PEPO-1. Plan Especial de Protección y Ordenación del ámbito de Suelo Urbano Consolidado de Interés Cultural del ámbito de Los Sauces (SUCUIC-1) . b) PEPO-2. Plan Especial de Protección y Ordenación del ámbito de Suelo Urbano Consolidado de Interés Cultural del ámbito de San Andrés (SUCUIC-2). c) PER-1. Plan Especial de Rehabilitación del ámbito de Suelo Urbano Consolidado de Rehabilitación del ámbito de Los Sauces (SUCUR-1). d) PEO-1. Plan Especial de Ordenación de la Zona Portuaria de Puerto Espíndola (SGE-4). e) PEO-2. Plan Especial de Ordenación del Parque Lineal del Barranco del Agua f) (SGLP-1). PEO-3. Plan Especial de Ordenación del Parque Marítimo y Equipamiento Complementario Puerto Espíndola-Varadero (SGLP-4). Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 384 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial g) PEO-4. Plan Especial de Ordenación para el Parque Litoral de La Cuevita y la Adecuación del Entorno del Horno de La Cal (SGLP-5). h) PEO-5. Plan Especial de Ordenación del Parque Recreativo de Las Cancelas (SGLP-6). i) PEO-6. Plan Especial de Ordenación del área de Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva Costera (RPA-3IC) Planes Especiales sin delimitar a) Plan Especial de las Áreas de Interés Ecológico. Pinar Canario y Monteverde Excelso ( RPN-2IEME) b) Plan Especial de las Áreas de Interés Ecológico. Monteverde Degradado ( RPN-3IEM) c) Plan Especial del Área de Reservas de Bosque Natural (RPN-4RBN) d) Planes Especiales de Reservas Paisajísticas ( RPP) e) Planes Especiales de Protección de Entornos (RPE) f) Planes Especiales de Ordenación del litoral (RPL) g) Plan Especial de protección de caminos rurales h) Planes Especiales de restauración ambiental (terrenos afectados por extracciones incontroladas, vertederos de residuos incontrolados, etc.) i) Planes Especiales de protección de perspectivas j) Planes Especiales de infraestructuras de telecomunicaciones y similares k) Plan Especial para la ordenación del uso de invernaderos (Apartado B-4 del capítulo 4 del título 6º de estas Normas) l) Planes Especiales de Ordenación y Protección de áreas de valor histórico, etnográfico y/o arquitectónico, en Suelo Urbano o Rústico. m) Plan Especial de Ordenación de edificaciones censadas según Decreto 11/1997. En el resto del suelo rústico se establecerá un régimen de usos para cada una de las categorías de suelo, sin que ello signifique su ordenación directa, ya que de conformidad con el artículo 27 del TRLotc-Lenac, la citada ordenación se ultimará por medio de los instrumentos de ordenación para el suelo rústico, tales como las Calificaciones Territoriales y Proyecto de Actuación Territorial. Este régimen será de aplicación a los ámbitos de ordenación remitida una vez aprobado el instrumento de desarrollo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 385 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.5.4. SISTEMAS, DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS EN SUELO URBANO Y SUELO RÚSTICO Los Sistemas Generales, las Dotaciones y los Equipamientos, bien de carácter sectorial, como estructural, destinados a Espacio Libre Público, Equipamiento e Infraestructuras existentes y propuestos, son aquellos señalados en los Planos de Ordenación Pormenorizada con las siglas “D” para las dotaciones, y la “E” para los equipamientos, así como en los de Ordenación Estructural con los códigos “SG” y “EE”, Sistemas Generales y Equipamientos Estructurantes, respectivamente. La ordenación pormenorizada de las dotaciones y equipamientos, ubicados en ámbitos de Suelo Urbano y de Asentamiento Rural, se establece directamente en la Normativa Urbanística de Ordenación Pormenorizada, donde se definen los parámetros relativos a la ocupación, edificabilidad, volumen, etc. Los situados en el restante suelo rústico pueden tener ordenación directa y pormenorizada, o aquellos existentes cuyas ampliaciones y mejoras se realizan mediante proyectos de obras conformes a las condiciones urbanísticas establecidas en particular para cada caso. Para los restantes equipos y sistemas, ubicados en suelo rústico, se remite su ordenación pormenorizada a la formulación de Planes Especiales. Existen equipamientos duales, en tanto tienen carácter de Dotación en la Ordenación Pormenorizada, prestando servicios de carácter puramente local, pero a la vez desempeñan funciones de carácter supramunicipal. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 386 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Sistema Dotacional y de Equipamientos. - CÓDIGO D-AD-1.1 SGE-5 D-AD-1.2 SGE-6 DENOMINACIÓN AYUNTAMIENTO LOS SAUCES CORREOS LOS SAUCES D-AD-1.3 OFICINAS DESCENTRLIZADAS DEL EXCMO. CABILDO SGE-10 INSULAR DE LA PALMA D-AD-1.4. SGE-11 D-DOC-1.1 SGE-9 E-DOC-1.2 D-SOC-1.1 SGE-2 E-SOC-1.2 E-SOC-1.3 NÚCLEO LOS SAUCES CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL LOS SAUCES RECINTO DOCENTE DE LOS SAUCES LOS SAUCES GUARDERÍA INFANTIL LOS SAUCES CENTRO OCUPACIONAL Y ESPECIAL DE EMPLEO LOS SAUCES EDIFICIO DE SERVICIOS MULTIPLES LOS SAUCES CASA DE CULTURA MANUEL GUARDIA ROLDAN Y CASA DEL QUINTO LOS SAUCES E-SA-1.1 CENTRO COMARCAL DE SALUD E-AS-1.1 CENTRO ASISTENCIAL 3ª EDAD LOS SAUCES E-AS-1.2 CENTRO DE DÍA 3ª EDAD LOS SAUCES E-AS-1.3 SGE-7 LOS SAUCES BOMBEROS E-R-1.1. IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE MONTSERRAT LOS SAUCES D-DEP-1.1. RESERVA DE SUELO DEPORTIVO EN LA CALLE LOS SAUCES D-DEP-1.2. RESERVA DE SUELO DEPORTIVO MEQUINES 1 LOS SAUCES D-DEP-1.3. RESERVA DE SUELO DEPORTIVO MEQUINES 2 D-DEP-1.4. SGE-8.2 PABELLÓN POLIDEPORTIVO LOS SAUCES LOS SAUCES E-SOC-2.1 CASA PARROQUIAL E-R-2.1 IGLESIA DE SAN ANDRES APOSTOL SAN ANDRES AREA DE EQUIPAMIENTO DE OCIO Y RECREO DEL SAN ANDRES D-REC-2.1 SAN ANDRES HORNO DE LA CAL (PREVISTO) E-SOC-3.1 HORNO DE LA CAL CHARCO AZUL E-DOC-4.1 PRESCOLAR DE VERADA LOMADAS LAS LOMADAS E-SOC-4.1 RESERVA DE SUELO CENTRO CULTURAL LAS LOMADAS ER-SOC-2.4.1 SOCIOCULTURAL DE SAN PEDRO LAS LOMADAS ER-RE-2.4.1. ERMITA DE SAN PEDRO LAS LOMADAS ER-DOC-2.4.1 COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA LAS LOMADAS ER-DEP-3.1.1 CANCHA POLIDEPORTIVA EN SAN JUAN LOS GALGUITOS ER-RE-3.1.1. ERMITA DE SAN JUAN BAUTISTA LOS GALGUITOS ER-SOC-2.4.1 SOCIOCULTURAL EN GARACHICO LOS GALGUITOS ER-DOC-2.4.1 COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA LOS GALGUITOS Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 387 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena ER-DOC-2.4.2 ANTIGUO COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL SGE-3 (CM) CEMENTERIO SGE-4 (PO) ZONA PORTUARIA PUERTO ESPÍNDOLA SGE-8.1 (DEP) CAMPO DE FUTBOL DE LLANO CLARA CENTRO DE INTERPRETACION DE LA CAÑA DE AZUCAR EE-1 Y DEL RON OP Ordenación Pormenorizada PAT Proyecto de Actuación Territorial PE Plan Especial Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. Documento para Aprobación Inicial LOS GALGUITOS PUERTO ESPÍNDOLA LOS SAUCES EL VALLE (LOS SAUCES) POI Proyecto de Obras e Instalaciones 388 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.6.- APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO EN LOS ÁMBITOS Y SECTORES 3.6.1. COEFICIENTES DE PONDERACIÓN Tal como se establece en el Art. 60.1 del TRLotc-Lenac, el PGO establecerá el aprovechamiento urbanístico global y medio en función de los usos, intensidades, tipologías edificatorias asignadas, y demás circunstancias urbanísticas de los terrenos que no están destinados a viario, zonas verdes y demás dotaciones. Para la obtención del valor del aprovechamiento del sector se han de establecer una serie de conceptos y parámetros, como son los siguientes: 1.1. Índices o coeficientes de edificabilidad bruta de sectores y ámbitos, especificados en el Fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión. 1.2. Los Coeficientes de Uso (Cu), calculados para cada uno de los usos edificatorios asignadas a cada parcela en relación con las demás. - Uso Residencial...................... 1,0 - Terciario-Comercial................ 1,0 - Industrial................................. 0,8 1.3. Los Coeficientes de Tipologías edificatorias (Ct), calculados para cada uno de los usos edificatorios asignadas a cada parcela en relación con las demás. - USO RESIDENCIAL: El coeficiente que se le asigna a cada una de las tipologías edificatorias de uso residencial se hace diferenciando entre viviendas colectivas y viviendas unifamiliares, graduando las distintas tipologías empleadas en este Plan General, y se ha calculado a partir del coste de ejecución por metro cuadrado construido de edificación, tomando como referencia el módulo utilizado para el cálculo del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) que establece el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias (COAC), en los “Baremos orientativos para la estimación de honorarios de los Arquitectos en el ejercicio de su profesión 2006”, adecuados al mercado local. Por tanto, y una vez aplicados los diferentes parámetros tipológicos utilizados, obtenemos el siguiente resultado: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 389 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena TIPOLOGÍA EDIFICATORIA - Documento para Aprobación Inicial Euro/m²C Ct. - Edificación Residencial Intensiva (RI) 513,00 0,9 - Edificación Residencial Semi-intensiva (RSI) 513,00 0,9 - Edificación Residencial Abierta en Bloque (RAB) 570,00 1,0 - Edificación Residencial Semiextensiva (RSE) 627,00 1,1 - Edificación Residencial Extensiva (RE) 684,00 1,2 USO INDUSTRIAL: El coeficiente que se le asigna a las tipologías edificatorias de uso industrial (Naves de almacenamiento y servicios con luces de pórticos mayores de 10 metros) se ha calculado a partir del coste de ejecución por metro cuadrado construido de edificación, tomando como referencia el módulo utilizado para el cálculo del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) que establece el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias (COAC), en los “Baremos orientativos para la estimación de honorarios de los Arquitectos en el ejercicio de su profesión 2006”, adecuados al mercado local. Por tanto, y una vez aplicados los diferentes parámetros tipológicos utilizados, obtenemos el siguiente resultado: USO CARACTERÍSTICO Y TIPOLOGÍA EDIFICATORIA - Abierta Industrial y de Servicios (AI) Euro/m²C Ct. 399,00 0,7 - DOTACIONES Y SISTEMAS GENERALES (Usos Comunitarios y Espacios Libres) …. 0 No posee aprovechamiento lucrativo. - INFRAESTRUCTURAS PÚBLICAS …. 0 No posee aprovechamiento lucrativo. 1.4. Los Coeficientes por altura edificatoria (Ch), establecidos en función a la altura edificatoria asignada, ya que se ha probado estadísticamente que a mayor altura el precio de la vivienda disminuye: ALTURA EDIFICATORIA Ch. - Una Planta 1,2 - Dos Plantas 1,1 - Tres Plantas 1,0 - Cuatro Plantas 0,9 - Mas de cuatro Plantas 0,8 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 390 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 1.5. Los Coeficientes de Régimen de Protección (Crp), calculados en función de la adscripción o no de las edificaciones de uso residencial a algún Régimen de Protección Pública: - Viviendas sometidas a Regímenes de Protección Pública........................................ 0,80 - Viviendas No sometidas a Regímenes de Protección Pública.................................. 1,00 1.6. Los Coeficientes de Situación (Cs), establecidos en función de la posición que ocupa dentro de la estructura territorial. Se han valorado las distintas áreas territoriales, en función de un conjunto de variables tales como: accesibilidad, dotaciones y servicios, clima, proximidad al núcleo de Los Sauces y Santa Cruz de La Palma, presencia de edificaciones VPP, etc... ÁREA TERRITORIAL Cs - Los Sauces 1,0 - San Andrés 1,1 - El Melonar-Puerto Espíndola 1,1 - Las Lomadas 0,9 1.6. El Coeficiente de Homogeneización (CH) se determinará por ponderación de los distintos coeficientes anteriormente establecidos: CH= Cu x Ct x Ch x Cs 3.6.2. CÁLCULO DEL APROVECHAMIENTO MEDIO DE LOS ÁMBITOS Y SECTORES Una vez se han fijado los índices y coeficientes de ponderación, se calcula el aprovechamiento urbanístico asignable a cada sector y ámbito: 1. La superficie edificable total (SE) del sector o ámbito se calcula como el producto de la superficie del mismo (St) por el coeficiente de edificabilidad bruta (E m2/m2) asignada. SE= ST x E m2/m2 2. Para cada uso y tipología edificatoria (áreas diferenciadas) se le asigna un porcentaje de esta superficie edificable total, obteniendo varias superficies edificables (SE1, SE2,....) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 391 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3. Se obtienen los aprovechamientos correspondientes a cada área diferenciada multiplicando la superficie edificable asignada a cada una de ellas (SE1, SE2,....) por el coeficiente de homogeneización (CH), expresándose el resultado en unidades de aprovechamiento (Uda). Ap1= SE1 x CH1= Uda 4. El aprovechamiento urbanístico (AU) global de los sectores de suelo urbanizable y de los ámbitos de suelo urbano no consolidado lo constituirá la suma de los aprovechamientos (Ap) que correspondan a todas las áreas diferenciadas en él incluidas, expresándose el resultado en unidades de aprovechamiento (Uda). AU= Ap1+Ap2+Ap3+Ap4...= Uda Según aparece en los artículos 70, 71 y 72 del TRLotc-Lenac, será de cesión obligatoria y gratuita al ayuntamiento la superficie de suelo precisa para la materialización del 10% del aprovechamiento del sector o ámbito. No obstante esta cesión podrá sustituirse por el abono al ayuntamiento de una cantidad económica en dinero que, en ningún caso, debe ser inferior al valor de mercado. Por último el aprovechamiento urbanístico medio de cada sector o ámbito se obtendrá dividiendo su aprovechamiento urbanístico por su superficie total, incluso la de los sistemas generales incluidos o adscritos al mismo. El resultado se expresará en unidades de aprovechamiento por metro cuadrado (Uda/m²). Para el caso de los sectores en suelo urbanizable, el aprovechamiento urbanístico medio no podrá diferir entre ellos en más del 15%. En el fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión se especifica el Aprovechamiento Urbanístico Global o Total y Medio para cada una de los ámbitos y sectores. 3.6.3. CUADRO RESUMEN DEL APROVECHAMIENTO GLOBAL Y MEDIO DE LOS ÁMBITOS Y SECTORES A continuación se establecen los cuadros resúmenes de los cálculos para los aprovechamientos globales y medios de los ámbitos de Suelo Urbano No Consolidado, y Sectores de Suelo Urbanizable. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 392 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ÁMBITOS DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNCU) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 393 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SUNCU-1.1 AMBITO MACHO DURMIENTE SAN ANDRÉS Y SAUCES CODIGO MANZANA Documento para Aprobación Inicial UA-1.1 UNIDAD DE ACTUACION 1-1 Nº PLANTAS USOS SUP. NETA MANZANA EDIFIC. NETA SUP. EDIFICABLE (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) SISTEMA RI-1.8 RI-1.9 RI-1.10 RI-1.11 RI-1.13p1 RI-1.13p3 3 P.BAJA COM. + RES. 4 P.BAJA COM. + RES. 3 P.BAJA COM. + RES. 4 P.BAJA COM. + RES. 3 P.BAJA COM. + RES. 3 P.BAJA COM. + RES. TOTAL PARCIAL 2.630,00 3.268,00 1.464,00 2.088,00 1.517,00 1.148,00 12.115,00 SISTEMA PLAZA Y APARCA. EN SUBSUELO PLAZA Y APARCA. EN SUBSUELO. LP-1.3 LP-1.4 TOTAL PARCIAL SG. VIARIO TOTAL SISTEMA VIARIO ( m² const.) ( m² const.) APROV. GLOBAL (Uda) Nº VDAS. DENSIDAD (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) LUCRATIVO 4.102,80 6.797,44 2.283,84 4.343,04 2.366,52 1.790,88 21.684,52 DOTACIONAL 1.092,00 1.199,00 2.291,00 4.588,00 18.471,00 COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACION TERRITORIAL: 1,56 2,08 1,56 2,08 1,56 1,56 1,79 APROVECHAMIENTO E-COM. RESID. Y 1.578,00 2.524,80 1.960,80 4.836,64 878,40 1.405,44 1.252,80 3.090,24 910,20 1.456,32 688,80 1.102,08 7.269,00 14.415,52 DE 3.692,52 5.505,93 2.055,46 3.517,86 2.129,87 1.611,79 18.513,42 21 40 12 26 12 9 120 EQUIPAMIENTO 0,00 0,00 1,17 21.684,52 0,00 7.269,00 14.415,52 18.513,42 65 LOS SAUCES (1) RESIDENCIAL ( 1,0) RI (0,9) 3 P. (1,0) COMERICIAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO: (1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA: COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA: 4 P (0,9) EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Públicos 40 m²s/100 m²c - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) 10 % Sector - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Mínimo para Servicios de Interés Público y Social (parque deportivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. - Numero de Aparcamientos Mínimos. - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 8.673,81 4.336,90 1 Plaza/vda 18 M²/Vda. Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c A efectos de la determinación del aprovechamiento edificatorio, se estima que la ocupación real del uso residencial edificatorio, considerando los retranqueos establecidos en la ordenación de las fachadas respecto a las líneas de manzana, así como la repercusión de patios de iluminación y ventilación, es del 52 %. La ocupación del uso comercial se considera del 60% SE TRATA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN DELIMITADA UED-1 EN LAS NN.SS.92, ACTUALMENTE EN REDACCION. PARA LA JUSTIFICACION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SÓLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 395 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SUNCU-1.2 ÁMBITO EL BARRANQUITO SAN ANDRÉS Y SAUCES CODIGO MANZANA Documento para Aprobación Inicial UA-1.2 UNIDAD DE ACTUACIÓN 1-2 Nº PLANTAS USOS SUP. NETA MANZANA EDIFIC. NETA SUP. EDIFICABLE (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) SISTEMA RI-1.77p RI-78 RI-1.79p 3 RESIDENCIAL VPO. 4 P.BAJA COM. + RES. 4 P.BAJA COM. + RES. TOTAL PARCIAL 2.232,00 1.203,00 1.724,00 5.159,00 SISTEMA PLAZA Y AREA AJARDINADA LP-1.26 TOTAL PARCIAL SV. TOTAL SISTEMA VIARIO ( m² const.) ( m² const.) 1,56 2,08 2,08 1,86 3.481,92 2.502,24 3.585,92 9.570,08 Y 1.339,20 721,80 1.034,40 3.095,40 DE 2.142,72 1.780,44 2.551,52 6.474,68 COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACIÓN TERRITORIAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Públicos Nº VDAS. DENSIDAD (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) 18 15 21 54 0,00 9.570,08 LOS SAUCES (1,0) RESIDENCIAL ( 1,0) RI (0,9) 3 P. (1) 3.133,73 2.026,81 2.904,60 8.065,14 EQUIPAMIENTO 0,00 1,18 APROV. GLOBAL (Uda) LUCRATIVO DOTACIONAL 1.337,00 1.337,00 1.594,00 8.090,00 APROVECHAMIENTO E-COM. RESID. 3.095,40 6.474,68 8.065,14 67 COMERCIAL (1,0) 4 P. (0,9) 100 Vdas/Ha 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 40 m²/100 M²c 3.828,03 - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior 1.914,02 - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria 1 Plaza/vda EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes 10 % Sector 18 m²/Vda Justif. Global - Módulo Mínimo para Servicios de Interés Público y Social (parque deportivo, equipamiento comercial y social ) Justif. Global - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. 50 % del total - Numero de Aparcamientos Mínimos. 1c/100 M²c - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. A efectos de la determinación del aprovechamiento edificatorio, se estima que la ocupación real del uso residencial edificatorio, considerando los retranqueos establecidos en la ordenación de las fachadas respecto a las líneas de manzana, así como la repercusión de patios de iluminación y ventilación, es del 52 %. La ocupación del uso comercial se considera del 60% SE TRATA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN PROPUESTA UEP-3 EN LAS NN.SS.92, QUE SE REDELIMITA Y REORDENA. PARA LA JUSTIFICACION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SÓLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 396 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUNCU-1.3 ÁMBITO LOS SALONES SAN ANDRÉS Y SAUCES UA-1.3 UNIDAD DE ACTUACIÓN 1.3 CÓDIGO Nº MANZANA PLANTAS USOS SUP. NETA MANZANA EDIFIC. NETA (m²Suelo) (m²const./m² suelo) SUP. APROVECHAMIENTO EDIFICABLE E-COM. RESID. ( m² const.) SISTEMA RAB1.1(VPP) RAB-1.2 RAB-1.3 RAB-1.4 3 RESIDENCIAL 4 RESIDENCIAL 4 RESIDENCIAL 4 RESIDENCIAL TOTAL PARCIAL SISTEMA LP-1.2 LP-1.5 LP-1.6 AREA DE JUEGO PARA NIÑOS PLAZA PLAZA TOTAL PARCIAL SV. TOTAL SISTEMA VIARIO 4.164,00 4.746,00 2.740,00 259,00 11.909,00 ( m² const.) 1,80 2,40 2,40 2,40 2,19 7.495,20 11.390,40 6.576,00 621,60 26.083,20 Y 2.498,40 2.847,60 1.644,00 155,40 7.145,40 DE 4.996,80 8.542,80 4.932,00 466,20 18.937,80 5.996,16 11.390,40 6.576,00 621,60 24.584,16 DENSIDAD (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) 0,00 26.083,20 COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACIÓN TERRITORIAL LOS SAUCES (1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO RESIDENCIAL ( 1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA RAB (1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA 3 P. (1,0) 42 71 41 4 158 EQUIPAMIENTO 0,00 1,11 Nº VDAS. LUCRATIVO DOTACIONAL 769,00 445,00 868,00 2.082,00 9.492,00 23.483,00 ( m² const.) APROV. GLOBAL (Uda) 18.937,80 24.584,16 67 VPO: 0,8 EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha 400 Hab/Ha. - Edificabilidad bruta máxima 1,20 m²/m² - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos 40 m²/100 m²C 10.433,28 - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior 5.216,64 - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria 1 Plaza/vda - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) 10 % Sector 18 m²/Vda - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes Justif. Global - Módulo Mínimo para Servicios de Interés Público y Social (parque deportivo, equipamiento comercial y social ) Justif. Global - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. 50 % del total 50 % del total - Numero de Aparcamientos Mínimos. 1c/100 M²c - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. SE TRATA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN PROPUESTA UEP-2 EN LAS NN.SS.92, QUE SE REDELIMITA Y REORDENA. PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SOLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 397 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUNCU-1.4 ÁMBITO BAJAMAR SAN ANDRÉS Y SAUCES CÓDIGO MANZANA UA-1.4 UNIDAD DE ACTUACIÓN 1-4 Nº PLANTAS USOS SUP. NETA MANZANA EDIFIC. NETA SUP. EDIFICABLE (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) SISTEMA RI-1.124p RSI-1.6 RSI-1.7 RSI-1.8p RSI-1.9p 3 P.BAJA COM. + RES. 2 RESIDENCIAL 2 RESIDENCIAL 2 RESIDENCIAL 2 RESIDENCIAL TOTAL PARCIAL 3.232,00 888,00 1.467,00 1.610,00 356,00 7.553,00 SISTEMA LP-1.36 LP-1.39 SV. TOTAL PLAZUELA CRUZ DE BAJAMAR PLAZA TOTAL PARCIAL SISTEMA VIARIO ( m² const.) ( m² const.) 2,10 1,50 1,50 1,50 1,50 1,76 6.787,20 1.332,00 2.200,50 2.415,00 534,00 13.268,70 Y 2.908,80 0,00 0,00 0,00 0,00 2.908,80 DE 3.878,40 1.332,00 2.200,50 2.415,00 534,00 10.359,90 Nº VDAS. DENSIDAD (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) 13.268,70 32 11 18 20 4 86 0,00 2.908,80 COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACIÓN TERRITORIAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO LOS SAUCES (1,0) RESIDENCIAL ( 1,0) COMERCIAL (1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Públicos - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. RSI (0,9) 3 P. (1) RI (0,9) 2 P. (1,1) 40 m²/100 m²c - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Mínimo para Servicios de Interés Público y Social (parque deportivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. - Numero de Aparcamientos Mínimos. - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. 6.108,48 1.318,68 2.178,50 2.390,85 528,66 12.525,17 EQUIPAMIENTO 0,00 1,20 APROV. GLOBAL (Uda) LUCRATIVO DOTACIONAL 414,00 224,00 638,00 2.899,00 11.090,00 APROVECHAMIENTO E-COM. RESID. 10 % Sector 50 % del total 10.359,90 12.525,17 78 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 5.307,48 2.653,74 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c A efectos de la determinación del aprovechamiento edificatorio, se estima que la ocupación real del uso residencial edificatorio, considerando los retranqueos establecidos en la ordenación de las fachadas respecto a las líneas de manzana, así como la repercusión de patios de iluminación y ventilación, es del 60 %. La ocupación del uso comercial en RSI se considera igualmente del 60% SE TRATA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN DELIMITADA UEP-4 PREVISTA EN LAS NN.SS.92, QUE SE MANTIENE PRÁCTICAMENTE IGUAL. PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SOLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 398 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SUNCU-2.1 ÁMBITO SAN ANDRÉS NORTE SAN ANDRÉS Y SAUCES CÓDIGO MANZANA Documento para Aprobación Inicial UA-2.1 UNIDAD DE ACTUACIÓN 2.1 SUP. NETA Nº PLANTAS USOS EDIFIC. SUP. MANZANA NETA EDIFICABLE E-COM. RESID. (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) ( m² const.) ( m² const.) SISTEMA RI-2.18p RI-2.19p RI-2.20p 2 2 2 P.BAJA COM. + RES. P.BAJA COM. + RES. P.BAJA COM. + RES. TOTAL PARCIAL APROVECHAMIENTO APROV. GLOBAL (Uda) Nº VDAS. (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) LUCRATIVO 1.731,00 2.077,00 2.638,00 1,60 1,60 1,60 2.769,60 3.323,20 4.220,80 1.557,90 1.869,30 2.374,20 1.211,70 1.453,90 1.846,60 2.741,90 3.289,97 4.178,59 10 12 15 6.446,00 1,60 10.313,60 5.801,40 4.512,20 10.210,46 38 SISTEMA DENSIDAD DOTACIONAL Y DE EQUIPAMIENTO TOTAL PARCIAL SV. SISTEMA VIARIO TOTAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACIÓN TERRITORIAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO 2.704,00 9.150,00 1,13 10.313,60 5.801,40 4.512,20 10.210,46 41 SAN ANDRÉS ( 1,0) Se trata de un espacio intersticial de la trama urbana en situación interior RESIDENCIAL ( 1,0) COMERCIAL (1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA RI (0,9) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA 2P. (1,1) EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. 40 m²/100 m²c - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Mínimo para Servicios de Interés Público y Social (parque deportivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. - Numero de Aparcamientos Mínimos. - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. 10 % Sector 50 % del total 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 4.125,44 2.062,72 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c A efectos de la determinación del aprovechamiento edificatorio, se estima que la ocupación real del uso residencial edificatorio, considerando los retranqueos establecidos en la ordenación de las fachadas respecto a las líneas de manzana, así como la repercusión de patios de iluminación y ventilación, es del 80 %. La ocupación del uso comercial en RSI se considera del 90% SE TRATA DE PARTE DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN DELIMITADA UED-2 PREVISTA EN LAS NN.SS.92, QUE SE MANTIENE PRÁCTICAMENTE IGUAL. PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SOLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 399 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUNCU-2.2 AMBITO SAN ANDRES ESTE SAN ANDRÉS Y SAUCES CODIGO MANZANA UA-2.2 UNIDAD DE ACTUACION 2.2 Nº PLANTAS USOS SUP. NETA EDIFIC. SUP. MANZANA NETA EDIFICABLE E-COM. RESID. (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) ( m² const.) ( m² const.) SISTEMA RI-2.23 RSE-2.5 2,5 2,5 P.BAJA COM. + RES. RESIDENCIAL TOTAL PARCIAL 4.515,00 4.213,00 8.728,00 SISTEMA E-RE-2.2 E-CEM-2.1 1 ERMITA DE SAN SEBASTIAN ANTIGUO CEMENTERIO PLAZA DE SAN SEBASTIAN Y ENTORNO ANTIGUO CEMENTERIO LP-2.8 TOTAL PARCIAL SV. APROVECHAMIENTO APROV. GLOBAL (Uda) Nº DENSIDAD VDAS. (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) LUCRATIVO 2,25 1,00 10.158,75 4.213,00 1,65 14.371,75 DOTACIONAL Y DE 4.063,50 0,00 6.095,25 4.213,00 11.062,88 5.607,50 87 60 4.063,50 10.308,25 16.670,38 147 EQUIPAMIENTO 62,00 386,00 4.561,00 5.009,00 SISTEMA VIARIO TOTAL 1.789,00 15.526,00 0,93 14.371,75 4.063,50 10.308,25 16.670,38 95 (*) SE ADMITE ÁTICO CON EL 50 % DE OCUPACION COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACION TERRITORIAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima SAN ANDRES ( 1,1) RESIDENCIAL ( 1,0) RI (0,9) 2P. (1,1) COMERCIAL (1,0) RSE ( 1,1 ) 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Minimo para Servicios de Interes Público y Social (parque depotivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. - Numero de Aparcamientos Mínimos. - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 40 m²/100 m²c 10 % Sector 50 % del total 400 NOVIEMBRE DE 2.006 5.748,70 2.874,35 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUNCU-2.3 AMBITO SAN ANDRES OESTE SAN ANDRÉS Y SAUCES CODIGO MANZANA UA-2.3 UNIDAD DE ACTUACION 2.3 Nº PLANTAS USOS SUP. NETA EDIFIC. SUP. MANZANA NETA EDIFICABLE E-COM. RESID. (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) ( m² const.) ( m² const.) SISTEMA RSE-2.3 RSE-2.4 3 3 RESIDENCIAL RESIDENCIAL TOTAL PARCIAL PLAZA Y JARDIN TOTAL PARCIAL SV. TOTAL SISTEMA VIARIO APROV. GLOBAL (Uda) Nº (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) LUCRATIVO 1,20 1,20 2.958,00 5.019,60 0,00 0,00 2.958,00 5.019,60 3.579,18 6.073,72 20 33 6.648,00 1,20 7.977,60 0,00 7.977,60 9.652,90 53 DOTACIONAL DENSIDAD VDAS. 2.465,00 4.183,00 SISTEMA LP-2.4 APROVECHAMIENTO Y DE EQUIPAMIENTO 1.883,00 1.883,00 565,00 9.096,00 0,88 7.977,60 0,00 COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACION TERRITORIAL SAN ANDRES ( 1,1) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO RESIDENCIAL ( 1,0) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA RSE (1,1) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA 3P. (1) EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos 40 m²/100 m²c - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) 10 % Sector - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Minimo para Servicios de Interes Público y Social (parque depotivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. 50 % del total - Numero de Aparcamientos Mínimos. 7.977,60 9.652,90 58 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 3.191,04 1.595,52 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. SE TRATA DE PARTE DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN PROPUESTA UEP-5 EN LAS NN.SS.92, QUE SE MANTIENE PRACTICAMENTE IGUAL. PARA LA JUSTIFICACION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SÓLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 401 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUNCU-4.1 AMBITO VERADA LOMADAS PARTE BAJA SAN ANDRÉS Y SAUCES UA-4.1 UNIDAD DE ACTUACION 4.1 SUP. NETA CODIGO MANZANA Nº PLANTAS MANZANA USOS (m²Suelo) EDIFIC. NETA SUP. EDIFICABLE (m²const./m² suelo) ( m² const.) SISTEMA RI-4.4p (*) 2,7 P.BAJA COM. + RES. TOTAL PARCIAL PLAZA Y AREA AJARDINADA TOTAL PARCIAL SV. SISTEMA VIARIO TOTAL E-COM. RESID. ( m² const.) ( m² const.) Nº APROV. GLOBAL (Uda) DENSIDAD VDAS. (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) LUCRATIVO 1.840,00 2,43 4.471,20 1.656,00 2.815,20 3.983,84 23 1.840,00 2,43 4.471,20 1.656,00 2.815,20 3.983,84 23 SISTEMA LP-4.1p APROVECHAMIENTO DOTACIONAL Y DE EQUIPAMIENTO 1.169,00 1.169,00 851,00 3.860,00 1,16 4.471,20 1.656,00 LAS LOMADAS (0,9) RESIDENCIAL ( 1,0) COMERCIAL (1,0) 2.815,20 3.983,84 61 (*) SE ADMITE ATICO CON EL 70% DE OCUPACION COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACION TERRITORIAL COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA RI (0,9) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA 2 P. (1,1) EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. 40 m²/100 m²c - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Minimo para Servicios de Interes Público y Social (parque depotivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. - Numero de Aparcamientos Mínimos. - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. 10 % Sector 50 % del total 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 1.788,48 894,24 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c PARA LA JUSTIFICACION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SÓLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY S/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 402 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SUNCU-4.2 AMBITO VERADA LOMADAS PARTE ALTA SAN ANDRÉS Y SAUCES CODIGO MANZANA Documento para Aprobación Inicial UA-4.2 UNIDAD DE ACTUACION 4.2 SUP. NETA Nº PLANTAS USOS EDIFIC. SUP. MANZANA NETA EDIFICABLE E-COM. RESID. (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) ( m² const.) ( m² const.) SISTEMA RI-4.12p (*) RI-4.13p (*) RI-4.14p (*) 2,5 2,5 2,5 P.BAJA COM. + RES. P.BAJA COM. + RES. P.BAJA COM. + RES. TOTAL PARCIAL 1.198,00 600,00 833,00 2.631,00 SISTEMA LP-4.8 LP-4.9 PLAZA PLAZA TOTAL PARCIAL SV. 2,25 2,25 2,25 2,25 APROVECHAMIENTO APROV. GLOBAL (Uda) Nº DENSIDAD VDAS. (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) LUCRATIVO 2.695,50 1.350,00 1.874,25 1.078,20 540,00 749,70 1.617,30 810,00 1.124,55 2.401,69 1.202,85 1.669,96 13 7 9 5.919,75 2.367,90 3.551,85 5.274,50 30 DOTACIONAL Y DE EQUIPAMIENTO 267,00 229,00 496,00 SISTEMA VIARIO TOTAL 2.034,00 5.161,00 1,15 5.919,75 2.367,90 3.551,85 5.274,50 57 (*) SE ADMITE ATICO CON EL 50% DE OCUPACION COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACION TERRITORIAL LAS LOMADAS (0,9) RESIDENCIAL ( 1,0) COMERCIAL (1,0) RI (0,9) 2 P. (1,1) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL TRLotc-Lenac - Densidad máxima 100 Vdas/Ha - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Mínimo para Servicios de Interés Público y Social (parque deportivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. - Numero de Aparcamientos Mínimos. - (p) Se incluye parcialmente en la U.A. La superficie de manzana de referencia. 40 m²/100 m²c 10 % Sector 50 % del total 400 Hab/Ha. 1,20 m²/m² 2.367,90 1.183,95 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c PARA LA JUSTIFICACION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESERVAS DE SUELO PREVISTAS EN EL ART. 36 DEL TRLOTC-LENAC, HABRÁ DE CONSIDERARSE COMO UN ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO QUE DELIMITA UNA SÓLA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE ESCASA ENTIDAD (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA, APARTADO 5, DE LA LEY 1/2006, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY S/2003, DE 30 DE ENERO, DE VIVIENDA DE CANARIAS. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 403 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CUADRO RESUMEN DE LOS ÁMBITOS DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO POR LA URBANIZACIÓN (SUNCU) AMBITO SUNCU-1.1 SUPERFICIE m² SUPERFICIE EDIFICABLE m²C APROVECHAMENTO GLOBAL VDA. APROVECHAMENTO MEDIO Uda/m² 18.471 21.684,52 18.513,42 1,00 SUNCU-1.2 8.090 9.570,08 8.065,144 1,00 SUNCU-1.3 23.483 26.083,20 24.584,16 1,05 SUNCU-1.4 11.090 13.268,70 12.525,17 1,13 SUNCU-2.1 9.590 10.313,60 10.210,46 1,11 SUNCU-2.2 15.526 14.371,75 16.670,38 1,07 SUNCU-2.3 9.096 7.977,60 9.652,90 1,06 SUNCU-4.1 3.860 4.471,20 3.983,84 1,03 SUNCU-4.2 5.161 5.919,75 5.274,50 1,02 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 404 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SECTORES DE SUELO URBANIZABLE (SUS) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 405 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SECTORES DE SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO ORDENADO (SUSO) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 406 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SUSO-1 SECTOR ENSANCHE SAN ANDRES SUSO-1 SAN ANDRES Y SAUCES PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 1 CODIGO MANZANA SUP. NETA Nº PLANTAS USOS EDIFIC. SUP. MANZANA NETA EDIFICABLE (m²Suelo) (m²const./m² suelo) ( m² const.) SISTEMA RI-2.2 RI-2.3 RI-2.4p RI-2.5 RI-2.6 RSI-2.1 VPP RSI-2.2 VPP RSI-2.3 VPP 3 3 3 3 3 3 3 3 TOTAL PARCIAL RESIDENCIAL+COM RESIDENCIAL+COM RESIDENCIAL+COM RESIDENCIAL+COM RESIDENCIAL+COM RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL SISTEMA E-DOC-2.1 E-DEP-2.1 LP-2.1 LP-2.2 LP-2.3 2 DOCENTE DEPORTIVO JARDIN PLAZA +JARDIN AREA PEATONAL TOTAL PARCIAL SV. TOTAL SISTEMA VIARIO COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE SITUACION TERRITORIAL 389,00 1.854,00 1.403,00 1.751,00 1.883,00 1.142,00 908,00 2.174,00 11.504,00 E-COM. RESID. ( m² const.) ( m² const.) 2,55 2,55 2,55 2,55 2,55 2,55 2,55 2,55 2,55 991,95 4.727,70 3.577,65 4.465,05 4.801,65 2.912,10 2.315,40 5.543,70 29.335,20 Y DE 330,65 1.575,90 1.192,55 1.488,35 1.600,55 0,00 0,00 0,00 6.188,00 661,30 3.151,80 2.385,10 2.976,70 3.201,10 2.912,10 2.315,40 5.543,70 23.147,20 JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. DENSIDAD VDAS. (módulo/vda) (Nº vdas/Ha) 1.071,31 5.105,92 3.863,86 4.822,25 5.185,78 2.516,05 2.000,51 4.789,76 29.355,44 6 26 20 25 27 24 19 46 193 0,00 0,00 0,00 29.335,20 29.355,44 71 ENSANCHE SAN ANDRES ( 1,2) RESIDENCIAL ( COMERCIAL 1,0) (1,0) RI (0,9) RSI (0,9) 3 P. (1) COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE USO VPO: 0,8 COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA COEFICIENTE DE HOMOGENIZACIÓN DE ALTURA EDIFICATORIA EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 36 DEL D.L. 1/2000, POR EL QUE SE APRUEBA EL TR Lotc-Lenac: - Densidad máxima - Edificabilidad bruta máxima - Superficie de Suelo mínimo para Equipamiento, Dotaciones y Espacios Libres Publicos 40 m²s/100 m²c - La Superficie de Espacios Libres Públicos ha de ser superior al 50 % de la superficie anterior - Numero de Aparcamientos Mínimo fuera de la Red Viaria EXIGENCIAS DEL ANEXO AL REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. DECRETO 2159/1978, DE 23 DE JUNIO. - Módulo mínimo de reserva para Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público (jardines y áreas de juego y recreo para niños) 10 % Sector - Módulo mínimo para Dotaciones Culturales y Docentes - Módulo Minimo para Servicios de Interes Público y Social (parque depotivo, equipamiento comercial y social ) - Numero de Aparcamientos Máximos al aire libre anexos a la red viaria. 50 % del total - Numero de Aparcamientos Mínimos. Memoria de Ordenación Nº EQUIPAMIENTOS 0,00 1,07 APROV. GLOBAL (Uda) LUCRATIVO DOTACIONAL 854,00 2.954,00 746,00 1.621,00 206,00 6.381,00 9.450,00 27.335,00 APROVECHAMIENTO 407 NOVIEMBRE DE 2.006 60 vdas/Ha. 0,80 m²/m² 11.734,08 5.867,04 1 Plaza/vda 18 m²/Vda Justif. Global Justif. Global 50 % del total 1c/100 M²c Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SECTORES DE SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO NO ORDENADO (SUSNO) Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 408 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SAN ANDRES Y SAUCES Documento para Aprobación Inicial SUSNO-1.1 SECTOR LOMITOS DE ABAJO. PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 1.1 Clasificación /Categoría del Suelo: SUSNO-1.1 Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-1.1: 13.932,00 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita. 0,00 Superficie Sistema General Parque Urbano adscrito. 0,00 Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector. 0,00 SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 13.932,00 m²S Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 1,00 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 13.932,00 m²C. Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,96 Uda/m²S Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 13.374,72 Uda. Usos característicos: Residencial Usos Compatibles: Comercial Densidad de Viviendas/Hectarias: 90 Vdas/Ha Número Máximo de Viviendas: 125 Vdas. Tipología Edificatoria Admisible: RAB Altura máxima de la edificación: 3 Plantas Coeficiente de Uso: 1,0 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 1,0 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,0 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: 0,8 (20 % superficie edificable) Coeficiente de Situación: 1,0 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General SISTEMA DE EJECUCIÓN PRIVADO PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 409 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SAN ANDRES Y SAUCES Documento para Aprobación Inicial SECTOR ZONA INTERIOR ENTRE C/ CIRO GONZÁLEZ, C/ LAS TOSCAS, C/ TRASERA Y C/ LA CALLE PLAN PARCIAL 1.2 SUSNO-1.2 Clasificación /Categoría del Suelo: Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-1.2: 11.248,00 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita: 0,00 Superficie Sistema General Parque Urbano adscrito: 0,00 Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector: 0,00 SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 11.248,00 m²S Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 1,00 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 11.248,00 m²C Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,96 Uda/m² Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 10.798,08 Uda. Usos característicos: Residencial Usos Compatibles: Comercial Densidad de Viviendas/Hectarias: 90 Vdas/Ha Número Máximo de Viviendas: 101 Tipología Edificatoria Admisible: RAB Altura máxima de la edificación: 3 Plantas Coeficiente de Uso: 1,0 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 1,0 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,0 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: 0,8 Coeficiente de Situación: 1,0 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General SISTEMA DE EJECUCIÓN PRIVADO PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 410 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial SECTOR ZONA INTERIOR COMPRENDIDA ENTRE LA C/ ABRAHAM MARTÍN, CAMINO EL POISO Y CAMINO LOMO LÓPEZ SAN ANDRÉS Y DE ARRIBA SAUCES PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 1.3 SUSNO-1.3 Clasificación /Categoría del Suelo: Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-1.3: 36.928,00 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita: SG-V-8(Tramo Se incluye en SUSNO-1.3 incluido dentro del sector) (4.640 m²S) Superficie SG de Espacios Libres. Parque adscrito. 0,00 m²S Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector: 4.640,00 m² SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 36.928,00 m² Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 1,0 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 36.928,00 m²C Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,96 Uda/m²S Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 35.450,88 Uda Usos característicos: Residencial Usos Compatibles: Comercial Densidad de Viviendas/Hectarias: 90 Vdas/Has Número Máximo de Viviendas: 332 Tipología Edificatoria Admisible: RAB Altura máxima de la edificación: 3 Plantas Coeficiente de Uso: 1,0 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 1,0 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,0 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: 0,8 Coeficiente de Situación: 1,0 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General (*) Le corresponde la cesión gratuita del suelo del sector afectado por el proyecto de enlace de El Molino (**) Le corresponde la cesión gratuita del suelo y el encauzamiento del tramo del Barranco de Los Álamos que conforma el Sector por el Norte, así como el terraplenado y acondicionamiento superficial previo a la ejecución del Parque Público. Se estará a lo dispuesto por el Consejo Insular de Aguas dependiente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma y por el Ayuntamiento de SAN ANDRES Y SAUCES. SISTEMA DE EJECUCIÓN PRIVADO PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 411 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena TERMINO MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS Y SAUCES Documento para Aprobación Inicial SUSNO-4 SECTOR HOYA GRANDE PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 1.4 SUSNO-1.4 Clasificación /Categoría del Suelo: Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-1.4: 31.913 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita: SGV-8 3.250 m² Superficie Sistema General Parque Urbano adscrito: 0,00 Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector: 3.250 m² SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 31.913,00 m²S Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 1,00 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 31.913,00 m²C Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,96 Uda/m²S Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 30.636,48 Uda/m²S Usos característicos: Residencial Usos Compatibles: Comercial Densidad de Viviendas/Hectarias: 90 Vas/Ha. Número Máximo de Viviendas: 287 Vdas. Tipología Edificatoria Admisible: RAB Altura máxima de la edificación: 3 plantas Coeficiente de Uso: 1,0 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 1,0 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,0 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: 0,8 Coeficiente de Situación: 1,0 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General SISTEMA DE EJECUCIÓN PRIVADO PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 412 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SAN ANDRES Y SAUCES Documento para Aprobación Inicial SUSNO-3.1 SECTOR EL PUERTO 1 PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 3.1 SUSNO-3.1 Clasificación /Categoría del Suelo: Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-3.1: 16.025,00 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita: 0,00 Superficie Sistema General Parque Urbano adscrito: 0,00 Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector: 0,00 SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 16.025,00 m²S Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 0,90 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 14.422,50 m²C Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,98 Uda/m²S Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 15.864,20 Uda/m²S Usos característicos: Residencial Usos Compatibles: Comercial Densidad de Viviendas/Hectarias: 80 Vas/Ha. Número Máximo de Viviendas: 128 Vdas. Tipología Edificatoria Admisible: RAB Altura máxima de la edificación: 3 PLANTAS ESCALONADAS Coeficiente de Uso: 1,0 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 1,0 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,0 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: --------- (*) Coeficiente de Situación: 1,1 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General (*) No se prevé suelo para VPO, resolviéndose las exigencias legales de forma global. SISTEMA DE EJECUCIÓN PRIVADO PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 413 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena TERMINO MUNICIPAL DE SAN ANDRES Y SAUCES Documento para Aprobación Inicial SUSNO-3.2 SECTOR EL PUERTO 2 PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 3.2 SUSNO-3.2 Clasificación /Categoría del Suelo: Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-3.2: 10.196,00 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita: 0,00 Superficie Sistema General Parque Urbano adscrito: 0,00 Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector: 0,00 SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 10.196,00 m²S Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 0,90 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 9.176,40 m²C Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,98 Uda/m²S Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 10.093,60 Uda/m²S Usos característicos: Residencial Usos Compatibles: Comercial Densidad de Viviendas/Hectarias: 80 Vas/Ha. Número Máximo de Viviendas: 81 Vdas. Tipología Edificatoria Admisible: RAB Altura máxima de la edificación: 3 PLANTAS ESCALONADAS Coeficiente de Uso: 1,0 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 1,0 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,0 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: 0,00 (*) Coeficiente de Situación: 0,9 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General (*) No se prevé suelo para VPO, resolviéndose las exigencias legales de forma global. SISTEMA DE EJECUCIÓN PRIVADO PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 414 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SAN ANDRES Y SAUCES Documento para Aprobación Inicial SUSNO-4.1 SECTOR LAS LOMADAS PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN 4.1 SUSNO-4.1 Clasificación /Categoría del Suelo: Urbanizable Sectorizado No Ordenado Superficie SUSNO-4.1: 66.106,00 m²S Superficie de Sistema General de infraestructura viaria adscrita (Acceso desde 2.250 m² LP-1) Superficie Sistema General Parque Urbano adscrito: 0,00 Superficie total de los Sistemas Generales Adscritos a Sector: 2.250 m² SUPERFICIE TOTAL A EFECTOS DEL CALCULO DEL AM (1) 66.106,00 m²S Coeficiente de Edificabilidad Bruta: 0,75 m²C/m²S Superficie Edificable Total: 49.579,50 m²C Aprovechamiento Urbanístico Medio del Sector: 0,41 Uda/m²S Aprovechamiento Urbanístico Global del Sector: 27.486,87 Uda/m²S Usos característicos: Industrial Usos Compatibles: Comercial y servicios Densidad de Viviendas/Hectarias: 0,00 Número Máximo de Viviendas: 0,00 Tipología Edificatoria Admisible: IA (INDUSTRIAL) Altura máxima de la edificación: 2 plantas Coeficiente de Uso: 0,8 Coeficiente de Tipología Edificatoria: 0,7 Coeficiente de Altura de Edificación: 1,1 Coeficiente de Régimen de Protección Pública: --------- Coeficiente de Situación: 0,9 AM: Aprovechamiento Medio Uda: Unidades de Aprovechamiento SG: Sistema General SISTEMA DE EJECUCIÓN PUBLICO- COOPERACION. PLAZOS SEGUNDO CUATRIENIO. Como máximo para la presentación del instrumento de gestión urbanística, a partir de la aprobación definitiva del P.G.O. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 415 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CUADRO RESUMEN DE LOS SECTORES DE SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO ORDENADO (SUSO) Y NO ORDENADO ( SUSNO) SUPERFICIE m² SUPERFICIE EDIFICABLE m²C APROVECHAMENTO GLOBAL VDA. APROVECHAMENTO MEDIO Uda/m² SUSO-2.1 27.335 29.335,20 29.335,44 1,07 SUSNO-1.1 13.932 13.932,00 13.374,72 0,96 SUSNO-1.2 11.248 11.248,00 10.798,08 0,96 SUSNO-1.3 36.928 36.928,00 35.450,88 0,96 SUSNO-1.4 31.913 31.913,00 30.636,48 0,96 SUSNO-3.1 16.025 14.422,50 15.864,20 0,98 SUSNO-3.2 10.196 9.176,40 10.093,60 0,98 SUSNO-4.1 66.106 49.579,50 27.486,87 0,41 AMBITO Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 416 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.7.- POBLACIÓN Y NÚMERO DE VIVIENDAS ESTIMADAS POR EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN. JUSTIFICACIÓN. 3.7.1. NÚMERO DE HABITANTES Y VIVIENDAS ESTIMADAS SEGÚN LA CLASE Y CATEGORÍA DEL SUELO El número de habitantes está constituido por la población residente en el término municipal de San Andrés y Sauces. Para establecer el cómputo de habitantes se ha considerado como cantidad fija la de tres habitantes por cada vivienda estimada. Dicha estimación se ha realizado a partir del último dato del ISTAC para La Palma, del año 2.001, que establece una proporción de 3,38 habitantes por vivienda, que se matiza (3 hab./Vda) al considerar los datos del Padrón Municipal de viviendas de San Andrés y Sauces. En este Plan General no se califica ningún ámbito o sector de uso turístico. Con respecto al Planeamiento Municipal vigente, constituido por unas Normas Subsidiarias, aprobadas definitivamente en el año 92, no se ha introducido ningún ámbito urbano nuevo, que en todo caso se reducen, ni tampoco ningún sector urbanizable, salvo dos pequeños en la zona de Puerto Espíndola que suman 2,6 Has. Suelo Urbano Casi la totalidad del suelo urbano clasificado por este PGO está destinado al uso residencial, ya que el único enclave industrial es el situado en la zona de Bajamar del ámbito de Los Sauces (SUSU-1), correspondientes a las unidades de zona IA-1.1 e IA-1.2.. El número máximo de viviendas totales estimadas, es decir, en el supuesto de que en los próximos diez años se desarrolle y edifique la totalidad de suelo urbano disponible, considerando las existentes, es de 3.408, se insiste, para una consolidación del 100% de la edificación. Dicho cálculo se ha efectuado a partir de los datos numéricos de aprovechamiento residencial contenidos en las fichas de ámbitos urbanísticos y de gestión, para los que se han considerado los módulos siguientes: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 417 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial TIPOLOGÍA EDIFICATORIA M²C/Vda. - Edificación Residencial Intensiva (RI) 120 - Edificación Residencial Semiintensiva (RSI) 120 - Edificación Residencial Abierta en Bloque (RAB) 120 - Edificación Residencial Semiextensiva (RSE) 150 - Edificación Residencial Extensiva (RE) 200 Las condiciones de consolidación y ratio de superficie adoptada por vivienda en este Plan General, no siempre se cumplen. La excesiva fragmentación del suelo, la falta de acreditación legal de la propiedad, el apego a la tierra de determinada población que impide la venta, y la capacidad de gestión municipal, imposibilitan la ocupación del suelo urbano consolidado, y dificultan notablemente la ejecución del no consolidado. Por estas razones, se puede asegurar que la cabida real del suelo urbano, entendiéndose por tal el grado de consolidación en la próxima década, es notablemente inferior a la densidad propuesta, en general, se puede estimar un 50 % menos de la prevista teóricamente. NUCLEO SUCU-1 SUCU-2 SUNCU-3 SUNCU-4 SUNCU-1.1 SUNCU-1.2 SUNCU-1.3 SUNCU-1.4 SUNCU-2.1 SUNCU-2.2 SUNCU-2.3 SUNCU-4.1 SUNCU-4.2 AMBITOS DE SUELO URBANO LOS SAUCES SAN ANDRES EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA LAS LOMADAS LOS SAUCES-MACHO DURMIENTE LOS SAUCES-EL BARRANQUITO LOS SAUCES-LOS SALONES LOS SAUCES-BAJAMAR SAN ANDRES-NORTE SAN ANDRES-ESTE SAN ANDRES-OESTE LAS LOMADAS PARTE BAJA LAS LOMADAS PARTE ALTA SUELO URBANO TOTAL Suelo Urbano Res. SUPERFICIE TOTAL Ha. 40,88 4,89 3,78 6,35 1,85 0,81 2,35 1,11 0,91 1,55 0,91 0,38 0,52 DENSIDAD VDA/Ha. 55,00 2,28 31,00 28,00 65,00 67,00 67,00 78,00 41,00 95,00 58,00 61,00 57,00 66,29 65,39 Nº TOTAL DE VDAS. 2.263 138 118 180 120 54 158 86 38 147 53 23 30 Nº DE HABIT. TOTALES 6.789 414 354 540 360 162 474 258 114 441 159 69 90 3.408 10.224 52,12 Suelo Urbanizable Sectorizado. Para suelo urbanizable sectorizado ordenado, se adoptan a efectos del cómputo del número de viviendas los mismos ratios que para el suelo urbano: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 418 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial TIPOLOGÍA EDIFICATORIA M²C/Vda. - Edificación Residencial Intensiva (RI) 120 - Edificación Residencial Semiintensiva (RSI) 120 - Edificación Residencial Abierta en Bloque (RAB) 120 Para la ordenación del suelo urbanizable no se consideran las tipologías edificatorias de edificación abierta extensiva (RE) y semiextensiva (RSE), que se entienden excesivamente consumidoras de suelo, independientemente de que tradicionalmente no se han implantado en este Municipio. NUCLEO SUPERFICIE DENSIDAD ÁMBITOS DE SUELO URBANO TOTAL Ha. VDA/Ha. URBANIZABLE SECTORIZADO Nº TOTAL DE VDAS. Nº DE HABIT. TOTALES SUSO-1 Ensanche San Andrés 2,73 70,70 193 579 SUNSO-1.1 Los Sauces-Lomitos de Abajo 1,39 89,93 125 375 SUNSO-1.2 Los Sauces-La Calle 1,12 90,18 101 303 SUNSO-1.3 Los Sauces-La Lama 3,69 89,97 332 996 SUNSO-1.4 Los Sauces-Hoya Grande 3,19 89,97 287 861 SUSNO-3.1 Puerto Espíndola 1 1,6 80,00 128 384 SUSNO-3.2 Puerto Espíndola 2 1,02 79,41 81 243 SUSNO-4.1 Las Lomadas TOTAL 6,61 0,00 0 0 21,35 58,41 1.247 3.741 Suelo Rústico de Asentamientos Rurales y Agrícolas Las condiciones de consolidación y ratio de superficie por viviendas previstas, sobre todo en los Asentamientos Rurales, no siempre se cumple. Una de las causas de este incumplimiento se debe a la vinculación del predio a la vivienda, así como el especial apego que la población rural tiene a la tierra, impidiendo la venta de la misma, lo que imposibilita el cumplimiento de las hipótesis de ocupación del suelo. Dicha consideración se ve ratificada por los efectos de la aplicación de las NN.SS.92. Por todo lo cual, se puede asegurar que la cabida real del suelo ordenado propuesto y por tanto la densidad de viviendas va a ser, en general, un 50% menor de las previstas teóricamente. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 419 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena NÚCLEO ÁMBITOS DE ASENTAMIENTOS Documento para Aprobación Inicial SUPERFICIE DENSIDAD TOTAL Ha. VDA/Ha. ASENTAMIENTOS RURALES Nº TOTAL DE VDAS. Nº DE HABIT. TOTALES El Poiso 0,59 21,94 13 39 RAR-1.2 Lomo López de Abajo 1,38 11,60 16 48 RAR-1.3 Lomo Gil 2,07 12,54 26 78 RAR-1.4 Quinta Zoca 1,51 13,88 21 63 RAR-1.5 La Calzada Vieja 1,64 15,85 26 78 RAR-1.6 El Valle 2,38 10,49 25 75 RAR-1.7 El Cardal 1,54 19,51 30 90 RAR-1.8 La Calzada 2,42 9,94 24 72 RAR-1.9 Pajares 4,89 14,11 69 207 RAR-1.10 Manos de Oro 3,86 12,96 50 150 RAR-2.1 Lomo Grande 3,55 18,32 65 195 RAR-2.2 Lomo Chico 0,60 21,78 13 39 RAR-2.3 La Orotava 4,50 11,99 54 162 RAR-2.4 San Pedro 16,59 8,56 142 426 RAR-2.5 Bermúdez 3,09 9,71 30 90 RAR-3.1 San Juan 6,52 9,05 59 177 RAR-3.2 El Roque 1,87 11,23 21 63 RAR-3.3 El Tanque Parte Alta 1,39 10,06 14 42 RAR-3.4 El Tanque Parte Media 2,06 11,66 24 72 RAR-3.5 El Tanque Parte Baja 1,63 11,03 18 54 Garachico 12,49 11,85 148 444 76,56 11,60 888 2.664 RAR-1.1 RAR-3.6 SUMA PARCIAL ASENTAMIENTO AGRÍCOLA 1,95 6,67 13 39 SUMA PARCIAL 1,95 6,67 13 39 SENTAMIENTOS RURALES Y AGRÍCOLAS 78,51 11,48 901 2.703 RAG-1 El Fondo. Los Galguitos Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 420 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.7.2. CUADRO RESUMEN DE LA POBLACIÓN ESTIMADA POR EL PGO La población estimada para el término municipal de San Andrés y Sauces está constituida por los habitantes o población residente más las plazas alojativas turísticas previstas para todo el ámbito municipal. Este cuadro se ha hecho distinguiendo el número de habitantes y plazas alojativas por ámbitos, sectores y áreas de asentamiento. En los ámbitos de suelo urbano y sectores urbanizables, no se ha estimado el uso turístico, que en todo caso sólo podría surgir, de confirmarse las previsiones del Plan Especial Territorial de Ordenación de la actividad turística de La Palma, en parte de los Núcleos de Los Sauces y San Andrés, en la modalidad de “hoteles urbanos”. En las áreas de asentamientos, la capacidad turística máxima fijada para cada uno, se encuentra incluida en la cuantificación de la capacidad máxima residencial, es decir, no se añade el número de plazas alojativas al de la población residencial. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 421 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CUADRO RESUMEN DE LA POBLACIÓN ESTIMADA POR EL PGO. CAPACIDAD MÁX. DE LA ORDENACION NÚCLEOS Y ÁREAS TERRITORIALES SUELO URBANO NO CONSOLIDADO SUELO URBANO CONSOLIDADO ASENTAMIENTOS RURALES (1) S. URBAN. SECT. NO ORDENADO S. URBAN. SECTOR. ORDENADO ASENTAMIENTOS AGRICOLAS SUPER. (Ha) Nº DE VDAS. Nº HABIT. O POBLAC.RESID. CAPACIDAD REAL ESTIMADA Nº DE PLAZAS ALOJA. POBL. TOTAL ESTIMADA DENS. POB. ESTIMADA/Ha SUCU-1 Los Sauces 40,88 2.263 6.789 3.395 83,04 SUCU-2 San Andrés 4,89 138 414 207 42,33 SUCU-3 El Melonar-Puerto Espíndola 3,78 118 354 177 46,83 SUCU-4 SUNCU-1.1 Las Lomadas 6,35 180 540 270 42,52 Ámbito Macho Durmiente 1,85 120 360 180 97,30 SUNCU-1.2 Ámbito El Barranquito 0,81 54 162 81 100,00 SUNCU-1.3 Ámbito Los Salones 2,35 158 474 237 100,85 SUNCU-1.4 Ámbito Bajamar 1,11 86 258 129 116,22 SUNCU-2.1 Ámbito San Andrés-Norte 0,91 38 114 57 62,64 SUNCU-2.2 Ámbito San Andrés-Este 1,55 147 441 220,5 142,26 SUNCU-2.3 Ámbito San Andrés-Oeste 0,91 53 159 79,5 87,36 SUNCU-4.1 Ámbito Las Lomadas Parte Baja 0,38 23 69 34,5 90,79 SUNCU-4.2 Ámbito Las Lomadas Parte Alta 0,52 30 90 45 86,54 SUSO-2.1 Sector Ensanche San Andrés 2,73 193 579 289,5 106,04 SUNSO-1.1 1,39 125 375 187,5 134,89 SUNSO-1.2 Los Sauces. Sector Lomitos de Abajo Los Sauces. Sector La Calle 1,12 101 303 151,5 135,27 SUNSO-1.3 Los Sauces. Sector La Lama 3,69 332 996 498 134,96 SUNSO-1.4 Los Sauces. Sector Hoya Grande 3,19 287 861 430,5 134,95 SUNSO-3.1 Sector El Puerto 1 1,6 128 384 192 120,00 SUNSO-3.2 Sector El Puerto 2 1,02 81 243 121,5 119,12 SUNSO-4.1 Sector Las Lomadas. 6,61 0 0 0 0,00 RAR-1.1 RAR-1.2 RAR-1.3 RAR-1.4 RAR-1.5 RAR-1.6 RAR-1.7 RAR-1.8 RAR-1.9 RAR-1.10 RAR-2.1 RAR-2.2 RAR-2.3 RAR-2.4 RAR-2.5 RAR-3.1 RAR-3.2 RAR-3.3 RAR-3.4 RAR-3.5 RAR-3.6 El Poiso Lomo López de Abajo Lomo Gil Quinta Zoca La Calzada Vieja El Valle El Cardal La Calzada Pajares Manos de Oro Lomo Grande Lomo Chico La Orotava San Pedro Bermudez San Juan El Roque El Tanque Parte Alta El Tanque Parte Media El Tanque Parte Baja Garachico 0,59 1,38 2,07 1,51 1,64 2,38 1,54 2,42 4,89 3,86 3,55 0,60 4,50 16,59 3,09 6,52 1,87 1,39 2,06 1,63 12,49 13 16 26 21 26 25 30 24 69 50 65 13 54 142 30 59 21 14 24 18 148 39 48 78 63 78 75 90 72 207 150 195 39 162 426 90 177 63 42 72 54 444 19,5 24 39 31,5 39 37,5 45 36 103,5 75 97,5 19,5 81 213 45 88,5 31,5 21 36 27 222 32,91 17,40 18,80 20,82 23,77 15,73 29,27 14,90 21,17 19,45 27,48 32,67 17,99 12,84 14,57 13,58 16,84 15,08 17,49 16,55 17,78 RAG-3.1 El Fondo. Los Galguitos 1,95 13 39 19,5 10,00 166,153 5.556 8.334 50,16 TOTAL................................................................................................. 16.668 3 4 6 5 6 6 7 6 17 12 16 3 13 36 7 15 5 3 6 4 37 217 PL. Plaza Alojativa Turística (*) Se ha estimado 3 habitantes por vivienda (1) Dada la exigua presencia de actividad turística en los Asentamientos Rurales y Agrícolas, se ha considerado la misma dentro de la cuantificación residencial, a razón de dos plazas alojativas equivalentes a una vivienda, o lo que es lo mismo, 1,5 habitantes equivaldrían a un alojamiento. Del mismo modo la columna correspondiente a nº máximo de plazas alojativas admisibles, se entiende incorporada la de nº máximo de viviendas. En otras palabras, la carga turística que se incorpore reduce el techo límite de crecimiento residencial. La carga turística asignada a los asentamientos deviene de los criterios y objetivos del Plan Especial Territorial de Ordenación de la Actividad Turística de La Palma actualmente en trámite de Aprobación Definitiva. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 422 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.7.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA LEY 19/2003 DE 14 DE ABRIL, DE LAS DIRECTRICES DE ORDENACIÓN GENERAL Y DE ORDENACIÓN DEL TURISMO DE CANARIAS. CONSIDERACIONES PREVIAS. La población de San Andrés y Sauces, en el último decenio 1996-2005 ha pasado de 5.339 habitantes a 5.086 habitantes, lo que supone un descenso del 4,73%, que se ve acompañado por un alto índice de envejecimiento, y una continua expulsión de población joven cualificada, formada fundamentalmente con las rentas agrarias del plátano. Siguiendo la tónica insular, pero con una mayor agudización de la problemática, este municipio se encuentra en una encrucijada estratégica, entre una casi inexistente estructura industrial y la incertidumbre sobre el futuro del sector agrario dependiente exclusivamente del plátano. El sector servicios tiene un pequeño peso específico, que junto con el industrial no llegan al 15% de la economía municipal, destacando la agricultura con un peso superior al 70%, casi cuatro veces superior al promedio de Canarias, pero que sin embargo sólo significa el 25% de la renta municipal. El sector turístico municipal, prácticamente no existe, limitándose a dos pensiones y tres casas de turismo rural. Las rentas provenientes de pensiones del Estado, sueldos de funcionarios, subvenciones al plátano, y ayudas diversas, suponen el 70% de los ingresos brutos de la población municipal. La renta per cápita de este municipio ha descendido vertiginosamente en los últimos años motivado por la desaparición de algunas empresas, la emigración de población activa, así como la disminución del negocio platanero. Frente a esta situación, que afecta también a la totalidad del arco norte insular, se han anunciado medidas gubernamentales para la incentivación de la economía palmera, y de la comarca Norte en particular, así como la puesta en marcha de los instrumentos de planificación insular, algunos en tramitación, que habrán de tener forzosamente una cierta incidencia positiva en el desarrollo económico del municipio, y por ende en el establecimiento de población foránea, crecimiento vegetativo. independientemente de neutralizar la tasa de Esta tendencia se ha de ver favorecida por la mejora de las comunicaciones con el resto de la isla, fundamentalmente con Santa Cruz de La Palma. Actualmente no parece disparatado residir en San Andrés y Sauces y trabajar en los municipios de la comarca centro oriental de la isla. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 423 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La proyección de población realizada se basa en alcanzar los 6.100 habitantes en el año 2.016, que supone un crecimiento neto de 1.000 habitantes en la próxima década, alcanzándose el padrón de habitantes del año 1985, y estando por debajo de los padrones de los años 60 y 70 que fueron superiores a 7.000 habitantes. Esta proyección basada en la neutralización del crecimiento vegetativo, así como en el establecimiento de medidas estructurales, habilitadas desde este Plan General, para el incremento de la tasa global de actividad, se basa en la capacidad de captación de población foránea. La habilitación de suelo urbano, urbanizable y de asentamientos en el medio rural para una población de 8.334 habitantes, es decir, el 36 % más de la proyección de población estimada, queda justificado por dos razones básicas. En primer lugar, porque se ha de crear un escenario favorecedor de la inversión exógena, por lo que se han de crear ámbitos de oportunidad sin limitar excesivamente las oportunidades de expansión. No se trata de un modelo extensivo y consumidor de territorio, sino de una operación global de ordenación, así como de articulación territorial. En segundo lugar, porque no se introduce nuevo suelo para la actuación urbanística en general con respecto a las previsiones del Planeamiento Municipal vigente. EL MODELO TERRITORIAL BÁSICO DOG. 48 La propuesta de ordenación y desarrollo socioeconómico de este Plan General, atendiendo a lo preceptuado en la DOG 48, se ha basado en los siguientes criterios básicos: Contención de la extensión urbana, que en todo caso se reduce, manteniendo solamente cuatro ámbitos (Los Sauces, San Andrés, El Melonar-Puerto Espíndola y Las Lomadas) de los seis clasificados como Urbanos en las NN.SS.92. Se suprimen “Manos de Oro” y “Garachico” que pasan a Asentamientos Rurales. Para el desarrollo de núcleos de población mas compactos, complejos y atractivos, en los que se use más eficientemente el suelo, produciendo tramas urbanas más densas, y se impulse la integración social y funcional, evitando la práctica extensiva de la zonificación urbana y reduciendo las demandas de movilidad urbana, se plantean operaciones de relleno intersticial y articulación funcional de la trama urbana existente, así como de introducción de tipologías edificatorias que propicien un mejor y mas eficiente aprovechamiento del suelo urbanizado, y una mayor calidad de vida individual y Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 424 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial colectiva. Se prevén exactamente los mismos ámbitos de suelo urbano no consolidado contenidos en las NN.SS. 92 para los ámbitos de Los Sauces y San Andrés, redelimitándose y reordenándose en base a los fines antedichos. El fortalecimiento de la gestión urbanística y la intervención pública del mercado del suelo, han constituido dos objetivos básicos en la formulación del presente PGO. De los nueve ámbitos de suelo urbano no consolidado (SUNCU), cuya ejecución se prevé mediante el desarrollo de otras tantas unidades de actuación, seis son de ejecución pública por el sistema de Cooperación. Asimismo, los cuatro sectores de suelo urbanizable previstos en el núcleo de Los Sauces, así como el Sector industrial de Las Lomadas y el de ensanche residencial de San Andrés, se prevén igualmente mediante sistemas públicos de ejecución. De la gestión de todo este suelo, el Ayuntamiento obtendrá gratuitamente un importante patrimonio de suelo urbanizado, que destinado preferentemente a la vivienda protegida, le permitirá intervenir en el mercado municipal del suelo, así como atender a la demanda social de vivienda. ANALISIS COMPARATIVO ENTRE LAS NN.SS. 92 Y EL PRESENTE PLAN GENERAL CUADRO COMPARATIVO NN.SS. 92 NUCLEOS SU. CONSOLIDADO SUP. BRUTA m²S PGO. SU. NO CONSOLIDADO SUP. EDIF. m²C SUP. BRUTA m²S SU. URBANIZABLE SUP. EDIF. m²C SU. CONSOLIDADO SUP. BRUTA m²S SUP. EDIF. UDA SUP. BRUTA m²S SU. NO CONSOLIDADO SUP. EDIF. UDA SUP. BRUTA m²S SUP. EDIF. UDA SU. URBANIZABLE SUP. BRUTA m²S SUP. EDIF. UDA LOS SAUCES 374.540,00 524.356,00 75.240,00 75.240,00 66.850,00 42.227,98 408.779,00 572.500,10 61.134,00 63.687,89 94.021,00 90.260,16 SAN ANDRES 37.840,00 28.380,00 50.170,00 37.627,50 0,00 0,00 48.945,00 39.552,10 34.212,00 36.533,74 27.335,00 29.355,44 MANOS DE ORO 14.400,00 8.640,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA 29.060,00 21.795,00 6.340,00 4.755,00 0,00 0,00 37.786,00 27.003,45 0,00 0,00 26.221,00 25.957,80 LAS LOMADAS 36.600,00 21.960,00 14.140,00 8.484,00 0,00 0,00 63.485,00 45.102,12 9.021,00 9.258,34 66.106,00 27.486,87 GARACHICO 27.240,00 16.344,00 11.160,00 6.696,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 519.680,00 621.475,00 157.050,00 132.802,50 66.850,00 42.227,98 558.995,00 684.157,77 104.367,00 109.479,97 213.683,00 173.060,27 TOTALES SUP. TOTAL 743.580,00 877.045,00 SUP. EDIF. TOTAL 796.505,48 966.698,01 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 425 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Del análisis comparativo realizado se extraen las siguientes conclusiones: Se produce un 17 % de incremento de la superficie clasificada como suelo urbano y urbanizable con respecto a la prevista en las NN.SS. 92., que analizada pormenorizadamente tiene la siguiente motivación: - En el núcleo de Los Sauces, se ha incorporado un suelo urbano consolidado en Bajamar de uso industrial, se ha incluido la reserva de suelo dotacional deportivo del Mequinés, se ha recogido la reserva de suelo de ampliación del recinto docente insular de Los Salones, así como se ha incluido el suelo de remate de la trama urbana con la vía prevista de circunvalación de la LP-1 en el núcleo de Los Sauces. Todo ello supone un incremento del 9 %, pasando de 516.630 m² clasificados como suelo urbano y urbanizable en las NN.SS. 92, a 563.934 m² en el presente PGO. - En el núcleo de San Andrés se produce una reducción del suelo urbano no consolidado, que pasa a urbanizable, si bien globalmente se produce un incremento del suelo urbano y urbanizable clasificado del 25%, que pasa de 88.010 m² a 110.492 m². La potenciación de los núcleos de San Andrés y El Melonar-Puerto Espíndola, constituyen uno de los pilares básicos para la consecución de los objetivos de diversificación económica fijados en el presente Plan General. - En el núcleo de El Melonar-Puerto Espíndola, se mantiene básicamente la superficie de suelo urbano consolidado previsto en las NNSS.92, introduciéndose dos pequeños sectores de Suelo Urbanizable que suman 26.221 m². - El incremento de suelo urbano de Las Lomadas, se debe fundamentalmente a la necesaria ordenación del espacio resultante entre la delimitación prevista en las NNSS.92 y el nuevo trazado de la travesía urbana de la carretera LP-2, así como a la introducción de dos zonas de espacio libre público LP-4.1 y LP-4.6, la primera situada en la confluencia del Puente de Los Tilos y el Parque Lineal del Barranco del Agua, y la segunda, junto al equipamiento docente, entre las Calles Verada Lomadas y El Calderito. Se produce un incremento de la superficie edificable prevista en los ámbitos de suelo urbano y sectores urbanizables del 17 %, que nos indica el mantenimiento de la edificabilidad media, a pesar de aumentar notablemente las reservas de suelo para espacios libres públicos y dotaciones. Todo ello como consecuencia de la introducción de tipologías edificatorias que esponjan el tejido urbano, tales como la edificación abierta Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 426 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial en bloque (RAB), que producen un uso más eficiente y racional del suelo urbanizado, y que mejoran la vida individual y colectiva de la población. Se plantean pues, crecimientos moderados en los núcleos de San Andrés y El MelonarPuerto Espíndola, cuya justificación y finalidad deriva del proyecto de recualificación del tramo litoral San Andrés-Puerto Espíndola, y un ligero crecimiento poblacional en el núcleo de Los Sauces, para lo que es necesario incorporar operaciones de ordenación y rehabilitación, tendentes a resolver los problemas crónicos que padece este núcleo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 427 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.8. GESTION Y EJECUCIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN. La gestión urbanística para el desarrollo del planeamiento, considerando las condiciones particulares de este Municipio (minifundismo patológico, ausencia mayoritaria de acreditación legal de la propiedad, inexistencia de cultura urbanística, etc.), se realizará fundamentalmente desde la Administración Municipal, si bien, se potenciará la máxima participación posible de la iniciativa privada, bajo la tutela de las administraciones públicas, utilizando preferentemente la gestión concertada mediante convenios urbanísticos. 3.8.1. SUELO URBANO Suelo Urbano Consolidado. En suelos urbanos consolidados se actuará mediante la edificación directa de los solares, materializando el aprovechamiento urbanístico que le corresponda, de acuerdo con el planeamiento y en las condiciones fijadas por éste. La ejecución de las obras de urbanización pendientes o las que correspondan a las actuaciones aisladas en la ordenación pormenorizada y la ejecución de las dotaciones locales previstas, se realizarán, por la administración o los particulares como obras ordinarias. La obtención del suelo, tanto para el viario como para las dotaciones, se podrá incluir dentro de los costes de la actuación. La mayor parte de estas actuaciones, se encuentran recogidas en la ordenación pormenorizada en los distintos ámbitos e incluidas en el Programa de Actuación del presente PGO. Conforme al Art. 206 RG la ejecución de la edificación en suelo urbano, o adquisición y ejecución del derecho a edificar, se realizará cuando la parcela tenga la condición de solar o se asegure la ejecución simultánea de la urbanización y la edificación. En este último caso, cuando se encuentre pendiente de ultimar la urbanización, debiendo cumplirse los requisitos establecidos en el Art. 207 RG. a) Que en la solicitud de licencia, el interesado se comprometa a la edificación y urbanización simultánea y a no utilizar la construcción hasta que esté concluida la obra de urbanización, estableciéndose tal condición en los asientos registrales que afecten a la finca mediante nota marginal, conforme se establece en el artículo 74 de las Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 428 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley hipotecaria sobre inscripción en el registro de la propiedad de actos de naturaleza urbanística y en las cesiones del derecho de propiedad que se lleven a efecto. b) Que se preste fianza, en cualquiera de las formas admitidas en derecho que debe ser suficiente para cubrir el coste de ejecución de las obras de urbanización en la parte que corresponda. Quedan exentas de prestar fianza las Administraciones Públicas y las sociedades con capital público, cuyo objeto social sea la actividad urbanística. Conforme al Art. 207.3 RG, las obras de urbanización no sólo serán las que afecten al frente de fachada o fachadas de la parcela, sino a todas las infraestructuras necesarias para que puedan prestarse los servicios públicos precisos, hasta el punto de enlace con las redes generales que estén en funcionamiento. El incumplimiento del deber de urbanizar simultáneo a la edificación comportará la pérdida de la fianza referida anteriormente y la caducidad de la licencia, mediante su declaración formal, con audiencia del interesado, sin derecho a indemnización, impidiendo el uso de lo edificado (Art. 207.4RG). En suelo urbano consolidado por la urbanización, conforma al Art. 4 RG la actividad de gestión y ejecución para el desarrollo efectivo de la ordenación establecida en este Plan General, se desarrollará mediante actuaciones de carácter individualizado, para la ejecución de Sistemas Generales no adscritos a suelo urbanizable, para la obtención del suelo y la ejecución de las dotaciones locales previstas y, en su caso, para completar las obras de urbanización del viario. Las intervenciones aisladas en suelo urbano consolidado, previstas en la ordenación pormenorizada de los distintos ámbitos de este Plan General, conforme a lo establecido en el Art. 88.2 del TRLotc-Lenac, incumbe a los particulares, sean propietarios o no del suelo. Dichas actuaciones urbanísticas, caracterizadas por no precisar ni ser conveniente su inclusión en una unidad de actuación, se ejecutarán mediante obras públicas ordinarias, de acuerdo con la legislación que sea aplicable por razón de la Administración Publica actuante (Art. 145.1 TRLotc-Lenac). El suelo preciso para las dotaciones previstas se obtendrá bien por cesión gratuita en virtud de convenio urbanístico, bien por expropiación, o bien por ocupación directa. Para las obras de urbanización de las actuaciones urbanísticas aisladas previstas en este PGO, se impondrán contribuciones especiales a los titulares del suelo beneficiado especialmente por las mismas. El Ayuntamiento, cuando entienda que la actuación supone un beneficio de carácter general, podrá asimismo ejecutar dichas obras sin la aplicación de contribuciones. Conforme al Art. 148.2 RG, la obtención del suelo para los sistemas locales de los ámbitos de suelo urbano consolidado se llevará a cabo por cualquiera de los siguientes sistemas: Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 429 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Cesión gratuita en virtud de convenio urbanístico, expropiación u ocupación directa. La ejecución se realizará conforme a las determinaciones sustantivas, temporales y de gestión del presente Plan General, mediante la realización de las obras correspondientes. La administración podrá aplicar contribuciones especiales a los titulares de suelo beneficiados especialmente por dichas obras, solamente cuando se trate de obras públicas de urbanización (Art. 149 RG). A continuación se enumeran la relación de actuaciones urbanísticas aisladas previstas en los ámbitos de suelo urbano consolidado, así como las recomendaciones para su ejecución. Tres de dichas actuaciones tienen un carácter integral, es decir, afectan a una zona concreta (AUA-1.1 La Montañeta; AUA-1.2 La Verada-Lomitos de Abajo y AUA-1.3 Topo de Los Silos), por lo cual incluyen un conjunto de actuaciones interrelacionadas. RELACIÓN DE ACTUACIONES URBANÍSTICAS AISLADAS PREVISTAS EN LOS ÁMBITOS DE SUELO URBANO CONSOLIDADO POR LA URBANIZACIÓN. (SUCU) PRIMER CUATRIENIO UNIDAD DE SEGUNDO CUATRIENIO DESCRIPCIÓN ZONA SUP. VALORACION (m²s) (€) RECOMENDACIONES AMBITO DE LOS SAUCES SUCU-1 Adquisición parcial de suelo y ejecución. Plaza y áreas ajardinadas, previstas al Sur y Este del grupo de viviendas sociales de Los Salones, incluye una dotación LP-1.1 de 20 aparcamientos en superficie. Aparece recogida 3.506 736.260,00 Obtención de Suelo por expropiación. Obras en las NN.SS. 92. Existe un proyecto municipal para públicas una plaza. ordinarias sin contribuciones especiales. Ejecución. Plazuela prevista en la confluencia de las calles Juan Carlos I y Las Toscas. Su ejecución va LP-1.7 unida a la actuación aislada prevista de rectificación de 187 43.945,00 la Calle Las Toscas en ese tramo. LP-1.8 Adquisición de suelo y ejecución. Pequeño jardín 74 resultante de la única Modificación Puntual a las LP-1.9 NN.SS.92 tramitada y aprobada. Obtención AUA-1.2 59 de Suelo por expropiación. Ejecución de la actuación urbanística aislada AUA-1.2 (La Verada-Lomitos de Abajo). Contribuciones especiales. Adquisición de suelo y ejecución. Plaza y Se propone realizar la ejecución mediante la aparcamientos en subsuelo prevista en “La Verada”, extremo norte, margen del poniente, del Puente de Los LP-1.10 Tilos, entre éste y la travesía urbana de la carretera suscripción de un Convenio Urbanístico, 1.254 150.480,00 preferentemente con el propietario del suelo, Suelo por el cual se ejecutan las obras a cambio general LP-1 de la explotación económica de los aparcamientos durante un plazo convenido. Adquisición de suelo y ejecución. LP-1.11 plazuela-mirador de La Verada Ampliación de la Obtención de Suelo por expropiación. Obras 105 24.675,00 públicas ordinarias sin contribuciones especiales. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 430 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Adquisición de suelo y ejecución. Documento para Aprobación Inicial Parque lineal, con Obtención de Suelo por expropiación. Obras predominio de la jardinería y el arbolado, solución públicas adoptada para la fachada urbana Sur del Lomo de Los especiales. Sauces. públicas Incluye la plaza situada sobre “El Mirador”, cubierta de la edificación propiedad de Herederos de LP-1.14 “Don Pancho Bagañete”, el otro edificio situado al Oeste ordinarias sin Ejecución contribuciones mediante ordinarias, obras financiándose parcialmente mediante la ejecución de la 3.580 662.300,00 actuación urbanística aislada AUA-1.3 (Topo y los espacios laterales que resultan del soterramiento de de la actual carretera LP-1, bajo la Plaza de Montserrat. Urbanístico suscrito con los promotores de Los Silos) y mediante Convenio las unidades de zona RI-1.51P y RI-1.127, en la parte no edificada ( remate Sur del SU Lomo de Los Sauces) Adquisición de suelo y ejecución. Plaza prevista en la confluencia de las calles de Los Molinos y prolongación LP-1.15 de José Fernández Vidal con la vía prevista de acceso al recinto docente SGV-7. 976 229.360,00 Pertenece al ámbito delimitado como Suelo de Rehabilitación SUCUR-1. Obtención de Suelo por expropiación. Obras Adquisición de suelo y ejecución. Plazuela prevista en la “proa” de manzana que se forma entre las calles LP-1.16 Bediesta y “La Calle”. Se encuentra parcialmente 204 47.940,00 213 50.055,00 públicas ordinarias sin contribuciones especiales. recogida en las NN.SS.92 Adquisición de suelo y ejecución. Plazuela prevista en el espacio intersticial formado por las calles Bediesta, LP-1.17 Las Toscas y Trasera. Se encuentra recogida en las NN.SS.92 Obtención de suelo. Plaza con aparcamientos Se subterraneos en el subsuelo. Se encuentra recogida en las NN.SS.92. Constituye una de las actuaciones LP-1.18 previstas para paliar el grave problema de propone su ejecución mediante la suscripción de un Convenio Urbanístico, 616 0,00 preferentemente con el propietario del suelo, por el cual se ejecutan las obras a cambio aparcamientos que padece el núcleo de Los Sauces. de Capacidad prevista de 60 plazas de aparcamientos. aparcamientos durante un plazo convenido. Adquisición de suelo y ejecución. la explotación económica de los Espacio libre con predominio de la jardinería y el arbolado, con alguna Obtención de Suelo por expropiación. superficie de plaza. Constituye la solución de remate ejecución queda incorporada a la actuación LP-1.20 Este del suelo del Lomo de Los Sauces, así como la 1.946 359.455,00 Su urbanística aislada AUA-1.3 Topo de Los Silos. solución de articulación entre la vía de circunvalación prevista SGV-2 y dicho ámbito. Plaza prevista sobre la actual calle Ciro González, cuya Se encuentra actualmente en ejecución la rectificación se prevé en la ordenación, así como sobre LP-1.21 la cubierta de un edificio municipal destinado a fase de estructuras, restando las obras de 665 Mobiliario urbano almacenes y aparcamientos. Se está ejecutando en la LP-1.24 120.000,00 impermeabilización y urbanización de la calle Ciro González rectificada y del Espacio Libre actualidad. Se encuentra recogida en las NN.SS.92 Público LP-1.21. Obtención parcial de suelo y ejecución. Área ajardinada Obtención de Suelo por expropiación. Obras lineal situada en el pie del gran muro de contención de públicas la vía de acceso al Pabellón Polideportivo Municipal. especiales. Su ejecución habrá de vincularse Constituye la solución adoptada para la integración 2.882 533.170,00 ordinarias sin contribuciones al complejo deportivo del Mequinés, (D-DEP- paisajística de dicho muro, así como la adecuada 1.2 y D-DEP-1.3) cuya financiación ha de articulación entre el futuro “Complejo Deportivo del venir subvencionada en un 75 % por Mequinés” y el “Pabellón Polideportivo Municipal”. administraciones supramunicipales. Adquisición de Suelo y ejecución. Pequeña plazuela LP-1.28 prevista al final del primer callejón trasversal a la calle 143 33.605,00 371 87.185,00 La Montañeta. Adquisición de suelo y ejecución. Pequeña plazuela situada en la confluencia de las calles Hoya Grande y El LP-1.30 Morro, incluye una dotación de 8 plazas de aparcamiento. Se encuentra parcialmente recogida en Adquisición de suelo y ejecución. públicas ordinarias sin contribuciones especiales. las NN.SS.92 LP-1.31 Obtención de Suelo por expropiación. Obras Pequeña plazuela situada en la calle La Pedrera, incluye una dotación de 5 plazas de aparcamiento. Se encuentra recogida en las 250 58.750,00 NN.SS.92 Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 431 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena LP-1.32 contribucio de suelo y contribuc. Documento para Aprobación Inicial Pequeña plazuela situada en la calle de El Morro, en el margen Sur, incluye una dotación de 8 plazas de aparcamiento. Se 315 74.025,00 2.675 387.625,00 encuentra prevista en las NN.SS.92 LP-1.33 contribucio de una pequeña superficie de suelo y contribuc. Rambla prevista en el margen Oeste de la Travesía Urbana de la Carretera LP-1 en la zona de contrib. La contribuc consiste en la contribucion de la banda contri resultante entre SGV-1 y la línea de contribuc de Suelo por contribucion. fachada de las contribucione. Se prevé la contribucion públicas ordinarias con Obras contribuciones especiales. de parterres ajardinados, contribucion de contrib, mobiliario urbano y un área de juego y recreo para niños. LP-34 Plaza-Mirador vinculada al proyecto de mejora y contribuc de Suelo por contribucion. contribucione de la carretera LP-1 entre Los Sauces y públicas Cruz Castillo. Se trata de un espacio conformado entre 431 101.285,00 la Carretera actual y la nueva traza rectificada. LP-1.35 sin Obras contribuciones especiales, financiadas por el Gobierno de Canarias. contribucio de suelo y contribuc. Plaza situada en el margen Sur de la calle de Hoya Grande, incluye una dotación de 12 plazas de aparcamiento. Se encuentra LP-1.36 ordinarias 672 157.920,00 prevista en las NN.SS.92 contribuc de Suelo por contribucion. contribucio de contribucione situadas fuera de contribuci, públicas sin Obras contribuciones especiales así como contribuci de la plazuela existente, situada en la confluencia de la Carretera a Puerto contribuc SGV-3 ordinarias 414 97.290,00 y Camino contrib con la travesía urbana de la Carretera LP-1. Se encuentra prevista en las NN.SS.92 LP-1.38 contribucio de suelo y contribuc. Área ajardinada contribuc prevista en la confluencia de la travesía urbana de la carretera LP-1 con la nueva vía de Sistema General de Suelo por contribucion. contribuc de Suelo por contribucion. 446 82.510,00 SGV-6 en Bajamar Se vincula a la contribuc del Sistema General Viario SGV-6, cuya financiación corresponde al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. LP-1.40 contribucio de suelo y contribuc. Plazuela situada en el margen Sur de la calle Verada de contrib, con una dotación de 7 plazas de aparcamiento situadas al otro contribuc de Suelo por contribucion. Obras 307 72.145,00 lado de la calle. Se encuentra prevista en las NN.SS.92 Se dispone del suelo precisando su contribuc. Jardines 115 LP-1.42 vinculados a la nueva solución de glorieta dada al 68 LP-1.43 enlace entre la travesía urbana de la carretera LP-1 y la 867 LP-1.44 vía de contribuciones prevista SGV-2. Su contribuc va 293 LP-1.45 vinculada a las obras de dicho Sistema General Viario. LP-1.46 La contribuc del suelo y contribuc deviene del proyecto 433 LP-1.47 de mejora y contribucione de la Carretera LP-1 entre Los 94 LP-1.48 Sauces y Cruz Castillo. Áreas ajardinadas vinculadas al 57 LP-1.49 enlace entre la travesía urbana de la carretera LP-1 y la LP-1.50 contribucio de suelo y contribuc. 253.820,00 Se vincula a la contribuc del Sistema General Viario SGV-2, cuya financiación corresponde al Gobierno de Canarias contribuc de Suelo por contribucion. vincula a la contribuc 115.995,00 Se de las obras de contribucione y mejora del Sistema General Viario SGV-1, cuya financiación corresponde al Gobierno de Canarias contribuc de Suelo por contribucion. aparcamientos situados en la denominada “Curva del Su contribuc se prevé mediante el Sistema de Mequinés” de la travesía urbana (carretera LP-1), con acceso directo desde dicha travesía. contribuciones 29 de dotado de una plaza y un parque contribu en la cubierta, sin contribuc de Suelo por contribucion. 43 Edificio ordinarias especiales LP-1.41 calle de acceso al barrio de La Lama. públicas 3.528 423.360,00 Suelo Concierto, es Convenio Urbanístico beneficiario decir, de la suscripción de un por el cual contribucion el se compromete a la contribuc de las obras y a la explotación de los aparcamientos por un plazo de tiempo convenido. LP-1.51 Se dispone del suelo. Plaza con arbolado y una dotación de 15 plazas de aparcamientos vinculados. contribuc de Suelo por contribucion. 488 AUA-1.2 públicas ordinarias sin Obras contribuciones especiales Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 432 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SGE-9 Documento para Aprobación Inicial Recinto Docente Insular de Los Salones. Regularización Ejecución del lindero Norte de la parcela, que conlleva una promovidas por el Ayuntamiento de San operación de permuta con otros propietarios colindantes mediante negociaciones Andrés y Sauces. 18.000,00 Se podrá recurrir al sistema de expropiación y regularización de fincas por razones de ordenación urbanística. D-DEP-1.2 Obtención de suelo y ejecución. Complejo Deportivo de El Mequinés D-DEP-1.3 Obtención 2.482 de Suelo por expropiación. Ejecución mediante obras públicas ordinarias financiadas al 33 % por el Ayuntamiento de Obtención de suelo y ejecución. Complejo Deportivo de 12.531.000,00 El Mequinés San Andrés y Sauces, el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el Gobierno de 10.049 Canarias. La adquisición del suelo corresponde al Ayuntamiento. D-DEP-1.4 Obtención de suelo y ejecución. Dotación deportiva sobre la reutilización del estanque de agua de riego de Obras públicas ordinarias sin contribuciones 968 116.160,00 “Los Quintos”. E-SOC-1.1 de Servicios Múltiples, con objeto de Obtención del suelo por expropiación y 152 747.200,00 adecuarlo a la Normativa de Accesibilidad. SVU-1.1 ejecución de obras públicas ordinarias sin contribuciones especiales. Adquisición de suelo y ejecución. Calle ciega en fondo de saco, en La Verada, entre RI-1.35 y LP-1.10. SVU-1.2 Se habrá de convenir con la Comunidad de Regantes de Los Sauces Obtención de suelo y ejecución. Ampliación del Edificio Municipal especiales. 440 96.800,00 620 136.400,00 630 138.600,00 Adquisición de suelo y ejecución. Ensanche de la calle Juan Carlos I, en el margen Este del tramo comprendido entre el Edificio de la Imprenta Iriarte y la confluencia con la calle Los Salones. Incluye la obtención de una edificación situada fuera de ordenación. SVU-1.3 Adquisición de suelo y ejecución. Ramal de conexión entre la calle Salones y SGV-6 SVU-1.4 Mejora y complemento de la urbanización de la calle 50.000,00 Blas Moreno Zagala. SVU-1.5 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y 100.000,00 dotación de aparcamientos en la calle Lomitos de Arriba. SVU-1.6 Prolongación de la Calle Marcos y Corderos hasta la Calle Lomitos de Arriba. SVU-1.7 350 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y 60.000,00 dotación de aparcamientos en la calle La Calle. SVU-1.8 77.000,00 Adquisición de suelo por expropiación. Obras públicas ordinarias con contribuciones especiales. Ramal de conexión entre las calles Lomitos de Arriba y “La Calle”, así como con la vía prevista de prolongación 1.620 356.400,00 845 185.900,00 de la calle José Pérez Vidal. SVU-1.9 Prolongación de la calle José Pérez Vidal, dentro del ámbito urbano. Incluye una dotación de 18 aparcamientos en superficie. Se dispone del suelo. SVU-1.10 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y 50.000,00 dotación de aparcamientos en la calle Los Molinos. SVU-1.11 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y 25.000,00 dotación de aparcamientos en la calle Las Toscas. SVU-1.12 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y 20.000,00 dotación de aparcamientos en la calle Abraham Martín. SVU-1.13 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y 60.000,00 dotación de aparcamientos en la calle Ciro González. SVU-1.14 Ejecución de escalinata peatonal entre las unidades de zona RI-1.60 y RI-1.72. Se dispone del suelo. SVU-1.15 Ejecución de escalinata peatonal entre las unidades de zona RI-1.71 y RI-1.72. Se dispone del suelo. SVU-1.16 Ejecución de vía entre las unidades de zona RI-1.59 y RI-1.80. Se dispone del suelo. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 200 0,00 210 22.050,00 Actuación convenida con el promotor de la unidad de zona RI-1.72 Adquisición de suelo por expropiación. Obras públicas ordinarias con contribuciones 120 12.600,00 especiales. 433 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena SVU-1.17 Documento para Aprobación Inicial Rectificación, mejora y complemento de la urbanización de la calle El Poiso, incluyendo los ramales transversales previstos en la ordenación pormenorizada 3.680 220.800,00 2.320 139.200,00 1.760 105.600,00 440 46.200,00 710 74.550,00 1980 118.800,00 305 32.025,00 900 94.500,00 2.380 142.800,00 920 55.200,00 1.210 72.600,00 2.820 169.200,00 390 39.000,00 3.520 211.200,00 ( Plano OP-SU-1A1) SVU-1.18 Rectificación, mejora y complemento de la urbanización de la calle Hoya Grande, incluyendo los ramales transversales previstos en la ordenación pormenorizada ( Plano OP-SU-1A1) SVU-1.19 Rectificación, mejora, complemento de urbanización y dotación de aparcamientos en la calle El Morro SVU-1.20 Urbanización de peatonales transversales al Camino del Morro, entre las unidades de zona RI-1.106, RI-1.107, RI-1.108 y RI-1.109 SVU-1.21 Urbanización de peatonales transversales a la Travesía Urbana de la Carretera LP-1 entre las unidades de zona RI-1.109, RI-1.111, RI-1.112, RI-1.113 y RI-1.116. SVU-1.22 Rectificación, mejora y complemento de la urbanización de la calle Hoya Grande, incluyendo el ramal de conexión con SGV-6 SVU-1.23 Urbanización de viario peatonal en Bajamar, entre las unidades de zona RI-1.117, RI-1.1118 y el Camino de Hoya Grande SVU-1.24 Urbanización de viario peatonal en Bajamar, entre las unidades de zona RI-1.119, RI-1.120, RI-1.21, LP.1.38 y la Travesía Urbana de la Carretera LP-1 SVU-1.25 Rectificación, mejora y complemento de la urbanización de la calle de La Calzada SVU-1.26 Mejora y complemento de la urbanización de la calle de La Pedrera SVU-1.27 Rectificación, mejora y complemento de urbanización de la vía que conecta la unidad de zona LP-3.4 con la carretera LP-1042 (SGV-3), resolviendo el acceso a las unidades de zona IA-1.1 y RSI-1.5 SVU-1.28 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y dotación de aparcamientos en la calle Ramírez de Bajamar, dentro del ámbito urbano consolidado SUCU1, incluido las vías peatonales que transversalmente discurren en el margen Sur de dicha vía. SVU-1.29 Urbanización del Camino de La Peña en Bajamar, tramo SUCU-1 SVU-1.30 Rectificación, mejora, complemento de la urbanización y dotación de aparcamientos en la calle Verada de Bajamar, dentro del ámbito urbano consolidado SUCU1, incluido las vías peatonales que transversalmente discurren en el margen Sur de dicha vía. AUA-1.1 Actuación urbanística aislada de La Montañeta, que comprende las siguientes intervenciones: - Obtención de suelo y urbanización de un tramo, con una superficie de 3.084 m², del sistema general viario previsto SGV-8, situado en La Montañeta. - Obtención de suelo y ejecución de la plaza LP-1.27, de 620 m², situada frente al Cuartel de la Guardia Civil ( SGE-AD-1.3), con una dotación de 8 aparcamientos en superficie. Adquisición 1.184.480,00 de suelo por expropiación. Obras públicas ordinarias con contribuciones especiales. - Obtención de suelo y urbanización de la calle prevista de conexión entre la calle La Montañeta y SGV-8 de 540 m². - Obtención de suelo y urbanización del conjunto de vías peatonales previstas referenciadas en el plano de ordenación pormenorizada OP-SU-1A-1 de 1.140 m². Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 434 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena AUA-1.2 Documento para Aprobación Inicial contribuc urbanística aislada de La Verada-Lomitos de Abajo, que comprende las siguientes contribuciones: - contribuc de la unidad de zona LP-1.51, descrita anteriormente. - contribuc de las contribu de zona LP-1.8 y LP-1.9, descritas anteriormente. - El 50 % de los costes de contribuc del suelo y contribución contribución de la vía prevista como límite Oeste del 368.645,00 ámbito SUSNO-1.1 y que conecta la calle La Calzada y de suelo por contribución. Obras públicas ordinarias con contribuciones especiales. la glorieta Norte del Puente de Los Tilos, con una superficie de 420 m². Conjunto de vías peatonales que conectan contribuciones e la vía antedicha con la travesía urbana de la carretera LP-1, que aparece referenciado en el plano de contribuci pormenorizado OP-SU-1ª-1 con una superficie de 2.010 m². AUA-1.3 contribuc urbanística aislada del Topo de los Silos, que comprende las siguientes contribuciones: - contribucio de suelo y contribucion de la contribucion, cierre del anillo y contribu transversal, de las calles Ramón y Cajal y Doctor Martín González, así como el peatonal transversal. contribucio de suelo por contribucion. Obras 3.300 105.100,00 públicas ordinarias con contribuciones especiales. - contribuc de suelo y contribucion de la unidad de zona LP-1.20 anteriormente referenciada. contribucio de suelo y contribucion de una superficie de 500 m² perteneciente a la unidad de zona LP-1.14 AMBITO DE SAN ANDRES SUCU-2 LP-2.5 contribuc de suelo y contribuc. Parque y ajardinamiento previsto en la fachada urbana Norte del núcleo de San Andrés. Comprende la contribuciones de los palmerales existente, así como la contribuci del conjunto 3.278 393.360,00 contribuc del suelo por contribucion. Obras de contribucione auxiliares existentes que deterioran la públicas imagen de este núcleo histórico. LP-2.6 ordinarias sin contribuciones especiales contribuc de suelo y contribuc. Plazuela situada en el inicio de la calle de abajo entre las contribu de zona RI2.9 y RI-2.12, contribuci panorámicas directas sobre el 304 60.800,00 701 140.200,00 mar. Aparece recogida en las NN.SS. 92 LP-2.7 contribuc. contribucione del suelo ocupado contribucio por las escuelas a la plaza de San Andrés como contribuci. Comprende la contribuci de las contribucione escolares existentes D-REC-2.1 Se dispone del suelo, precisando contribuciones su contribuc. Equipamiento recreativo previsto en los terrenos situados al Sur del horno de la cal en el margen Obras públicas ordinarias sin contribuciones Norte especiales Existe de la desembocadura del Barranco del Agua. un proyecto contribuc que incluye la contribuciones del Horno de La Cal y de la contribucio 2.480 1.488.000,00 2.200 888.000,00 anexa, ésta última con destino a restaurante, así como unas piscinas con agua de mar e instalaciones complementarias. En las NN.SS. 92 se reservaba este suelo para equipamiento deportivo. SVU-2.1 contribuc del suelo y contribuc. Sendero litoral entre RI2.22 y el Horno de La Cal. contribuc del suelo por contribucion. públicas ordinarias sin Obras contribuciones especiales Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 435 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial ÁMBITO DE EL MELONAR-PUERTO ESPÍNDOLA LP-3.1 Obtención del suelo y ejecución. Plazuela y jardín situado en el inicio del camino que une El Melonar con LP-3.2 74.260,00 sin contribuciones Obtención del suelo y ejecución. Plaza mirador situada Obtención de suelo por expropiación. Obras en el margen Este de la Calle El Melonar, sobre El públicas Charco especiales. Azul y el mar, en terrenos ocupados 721 420.000,00 Excmo. ordinarias sin contribuciones La financiación se asigna al Cabildo Insular de La Palma, plátanos de “Betancort”, cuya expropiación y demolición institución que está ejecutando las obras de se prevé urbanización de la Calle de El Melonar. Obtención del suelo y ejecución. Pequeño jardín situado Obtención de suelo por expropiación. Obras 100 23.500,00 Cardal y la calle. públicas ordinarias sin contribuciones especiales. Obtención del suelo y ejecución. Plaza en la esquina formada por las unidades de zona RI-3.2 y RI-3.3 La financiación de esta plaza se encuentra 243 0,00 enfrentado al edificio de las destilerías de Ron Aldea LP-3.5 ordinarias especiales. en la confluencia del camino que une El Melonar con El LP-3.4 públicas El Cardal junto a la unidad de zona RI-3.1 parcialmente por la edificación de empaquetado de LP-3.3 Obtención de suelo por expropiación. Obras 316 colindantes Obtención del suelo y ejecución. Plaza y aparcamientos en el subsuelo. En las NN.SS.92 se previó una reserva para uso docente en esta unidad de zona. La capacidad Obtención de suelo por expropiación. Obras 817 1.307.200,00 públicas ordinarias sin contribuciones especiales. estimada es de 50 plazas de aparcamiento. LP-3.6 Obtención del suelo y ejecución. Conjunto de Espacios 538 LP-3.7 libres vinculados al Sistema General de Parque Litoral 2.110 LP-3.8 SGLP-4. Ya se recogían en las NN.SS.92. Comprende Obtención de suelo por expropiación. Obras públicas la explanada y edificaciones situadas en el margen Sur Ver SGLP-4 del antiguo embarcadero de Puerto Espíndola, así como los terrenos situados por debajo de la carretera SGV-4., convenida con el propietario de los solares se 1.616 ordinarias sin contribuciones especiales. La financiación de estas obras asigna a administraciones supramunicipales. entre ésta y la antedicha explanada. En la unidad de zona LP-3.8 se han ejecutado obras que permanecen inconclusas desde hace mas de 4 años. E-SC-3.1 Comprende las obras de rehabilitación del antiguo “Horno de cocción de Teja” situado en el inicio de la 19 24.000,00 480 65.800,00 escalinata de acceso al Charco Azul. SVU-3.1 Ensanche y mejora del camino peatonal que une las unidades de zona LP-3.1 y LP-3.3., limitando por el Mejora públicas ordinarias sin contribuciones especiales. del tramo final del antiguo Camino Real de acceso a Puerto Espíndola que une SGV-4 con la especiales. Obtención de suelo por expropiación. Obras Norte las unidades de zona RI-3.1 y RSE-3.3 SVU-3.2 Obras públicas ordinarias sin contribuciones 200 40.000,00 explanada del puerto. Obras públicas ordinarias sin contribuciones especiales. ÁMBITO LAS LOMADAS LP-4.1 Ejecución. Parque situado en la confluencia del nuevo trazado de la Carretera LP-1 ( extremo Norte del Puente de Los Tilos) y el antiguo trazado de esta carretera, propuesta en este PGO como Parque Lineal del Barranco del Agua (SGLP-1). La actuación comprende la generación de una plaza, enfrentada al Equipamiento Sociocultural previsto (SC-4.4), ajardinadas y arbolado. con amplias zonas Obtención de suelo por expropiación. Obras 6.704 1.250.000,00 Pate del suelo previsto para públicas ordinarias sin contribuciones especiales. La financiación se asigna al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. este espacio corresponde a la cesión obligatoria y gratuita de la Unidad de Actuación UA-4.1, y otra parte al ocupado por la traza de la antigua carretera en la curva de Verada Lomadas, cuya rectificación se plantea. LP-4.2 Ejecución. Banda peatonal, situada en el margen Este de la Carretera LP-1. Comprende la introducción de una barrera vegetal que proteja a los viandantes del tráfico 245 14.700,00 rodado. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 436 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena LP-4.3 Documento para Aprobación Inicial Adquisición de suelo y ejecución. Plazuela situada en parte de la reserva de suelo para Equipamiento 204 47.940,00 490 29.400,00 301 70.735,00 2.780 400.000,00 207 47.940,00 314 SGV-10 410 49.200,00 Sociocultural prevista en las NN.SS.92. LP-4.4 Ejecución. Banda peatonal, situada en el margen Este de la Carretera LP-1. Comprende la introducción de una barrera vegetal que proteja a los viandantes del tráfico rodado. LP-4.5 Plazuela con jardines situada en la proa de manzana de la Unidad de Zona RI-4.4, confluencia del Parque Lineal SGLP-1 y la Calle Verada Lomadas. LP-4.6 Adquisición de suelo y ejecución. Plaza con amplias zonas ajardinadas y arbolado situada en la pequeña vaguada que se forma entre las calles Verada Lomadas y Calderito, junto a la unidad de zona de Equipamiento Docente DC-4.1. Su ejecución comprende la canalización del Barranquillo y el relleno posterior hasta el nivel de ambas calles frente al colegio. LP-4.7 Plazuela situada en la proa de manzana formada por la confluencia de las vías Calle Verada Lomadas y Camino del Taboco. LP-4.10 Jardín asociado a la glorieta de enlace con la LP-1 de los sistemas viarios SGV-10 ( Carretera de La Atalaya), SGV-9 (Carretera de acceso al Parque de Las Cancelas y Nacientes de Marcos y Cordero) y vía de acceso al Sector Urbanizable Industrial SUSNO-4.1 D-DOC-4.1 Obtención del suelo anexo por el Oeste al actual solar ocupado por el Colegio (410 m²) Obtención de suelo por expropiación. La edificación corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias. E-SC-4.1 Obtención de suelo y ejecución. Corresponde a un enclave situado en el interior del espacio libre público LP-4.1, destinado a la edificación de un centro cívico de Obtención de suelo por expropiación. Obras 290 840.000,00 ordinarias sin contribuciones especiales unos 600 m² construidos en dos plantas. SVU-4.1 públicas Obtención de suelo y ejecución. Ensanche, mejora y complemento de la urbanización de la calle de El 520 39.000,00 1.920 345.600,00 1.403 168.360,00 Calderito, acceso al colegio público DC-4.1 SVU-4.2 Obtención de suelo y ejecución. Urbanización de viario rodado y peatonal en la parte superior del ámbito. SVU-4.3 Obtención de suelo y ejecución. Urbanización de viario rodado y peatonal en la zona de la Atalaya. SVU-4.4 Obtención de suelo y ejecución. Urbanización del tramo viario que da frente y acceso a la unidad de zona RI-4.2 SVU-4.5 Obtención de suelo y ejecución. Obtención de suelo por expropiación. Obras públicas ordinarias con contribuciones especiales 800 96.000,00 640 74.400,00 Urbanización del conjunto de vías peatonales previstas transversalmente previstas en la Calle Verada Lomadas en ambos márgenes. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 437 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Suelo Urbano No Consolidado. Los suelos urbanos no consolidados y ordenados se ejecutarán mediante las siguientes Unidades de Actuación delimitadas en este PGO y por los siguientes sistemas: SUNCU-1.1 SUNCU-1.2 SUNCU-1.3 CODIGO UA-1.1 UA-1.2 UA-1.3 AMBITO Ámbito Macho Durmiente Ámbito El Barranquito Ámbito Los Salones SUNCU-1.4 SUNCU-2.1 SUNCU-2.2 SUNCU-2.3 SUNCU-4.1 SUNCU-4.2 UA-1.4 UA-2.1 UA-2.2 UA-2.3 UA-4.1 UA-4.2 Ámbito Bajamar Ámbito San Andrés Norte Ámbito San Andrés Este Ámbito San Andrés Oeste Ámbito Verada Lomadas Parte Baja Ámbito Verada Lomadas Parte Alta SISTEMA DE EJECUCION COOPERACIÓN COOPERACIÓN COOPERACIÓN COOPERACIÓN COOPERACIÓN PRIVADO PRIVADO COOPERACIÓN COOPERACIÓN. La ejecución de la urbanización y la edificación en suelo urbano no consolidado, se realizará conforme al Art. 208 RG. 3.8.2. SUELO URBANIZABLE La gestión y ejecución de los distintos sectores de suelo urbanizable, se realizarán conforme al Decreto 183/2004 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias (RG). Los sectores delimitado y ordenados por este PGO se ejecutarán mediante la delimitación de Unidades de Actuación, conforme a las condiciones establecidas en el Art. 24 RG. Los sectores delimitados y no ordenados directamente por el PGO se desarrollarán mediante el correspondiente Plan Parcial, tal como se especificaba en el punto anterior relativo al desarrollo del Suelo Urbanizable. Los Planes Parciales delimitarán las unidades de actuación precisas para la ejecución del correspondiente Suelo Urbanizable. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 438 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial El sistema de ejecución establecido para cada sector urbanizable es como sigue: CODIGO SUSO-1 AMBITO Sector Ensanche San Andrés SISTEMA DE EJECUCION PRIVADO SUSNO-1.1 Sector Lomitos de Abajo SUSNO-1.2 Sector La Calle. PRIVADO SUSNO-1.3 Sector La Lama PRIVADO SUSNO-1.4 Sector Hoya Grande PRIVADO SUSNO-3.1 Sector El Puerto 1 PRIVADO SUSNO-3.2 Sector El Puerto 2 SUSNO-4.1 Sector Las Lomadas PRIVADO PRIVADO PUBLICO-COOPERACIÓN Los sistemas generales situados en sectores de suelo urbanizable, concretamente los tramos de SGV-8 incluidos dentro de SUSNO-1.3 y SUSNO-1.4, conforme al Art. 146 RG, podrán ejecutarse directamente, realizándose las obras, es decir las previstas en el proyecto de ejecución del sistema viario autorizado, sin necesidad de que esté aprobada la ordenación completa del sector, es decir, sin que se haya aprobado el correspondiente Plan Parcial. 3.8.3. SUELO RÚSTICO Los usos, actividades, construcciones e instalaciones que pueden materializarse en el Suelo Rústico se ajustarán a las determinaciones del TRLotc-Lenac, así como a lo establecido en los siguientes apartados. Estas determinaciones se agruparán según los siguientes criterios: A Determinaciones aplicables a los aprovechamientos característicos del suelo rústico y asumidos por el presente PGO, entre los que se encuentran los aprovechamientos primarios del suelo tales como el agrícola, ganadero e hidrológico. B Determinaciones aplicables a los aprovechamientos que deberán preverse expresamente en la categoría de suelo donde se pretendan implantar, que se determinarán como usos, construcciones e instalaciones permitidos o autorizables, como aquellos directamente relacionados con los usos ajustados a la naturaleza de la Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 439 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial categoría de suelo, que expresamente se autoricen por ser compatibles con la categoría de suelo donde se pretendan implantar. Los usos permitidos y autorizables requerirán de manifestación expresa en este sentido por medio de su Calificación Territorial, aplicada al correspondiente proyecto de edificación y uso del suelo, de conformidad con el artículo 27 del TRLotc-Lenac, con la excepción establecida en el artículo 27.6 del TRLotc-Lenac para uso residencial en suelo rústico asentamiento rural o agrícola que cuenten con ordenación pormenorizada. C Determinaciones aplicables a las actividades de interés general que quiebran con las reglas generales del régimen aplicable al Suelo Rústico, y suponen aprovechamientos excepcionales por Ley, tales como usos industriales, turísticos, comunitarios, recreativos, etc., establecidos en el Artículo 67 del TRLotc-Lenac; y la reconstrucción de edificios en situación de fuera de ordenación que resulten afectados por una obra pública, que se permitirá expresamente en el régimen de la categoría de suelo donde pretendan implantarse, a excepción del suelo protegido por sus valores ambientales. Las actuaciones citadas requerirán expresamente de un Proyecto de Actuación Territorial, salvo que se contenga en el PGO la ordenación pormenorizada del sistema general o equipamiento estructurante, así como la excepción establecida en el artículo 63.6 del TRLotc-Lenac para los suelos de protección económica y de poblamiento rural, por la que se podrá autorizar la ejecución de sistemas generales y de los proyectos de obras o servicios públicos. De conformidad con el TRLotc-Lenac los usos siguientes sólo requerirán Calificación Territorial, siempre que esté previsto en el presente PGO y en la categoría de suelo rústico dónde se pretenda implantar: 1. Instalaciones para el uso y dominio público destinadas al desarrollo de actividades científicas, docentes y divulgativas relacionadas con los espacios naturales protegidos, compatibles con los valores que se preservan, incluyendo el alojamiento temporal, cuando fuere preciso. 2. Instalaciones vinculadas a la agricultura y a la ganadería de escasa dimensión. 3. Establecimientos comerciales, industriales y de servicios, de escasa dimensión. 4. Instalaciones de deporte al aire libre y acampada, con edificaciones fijas, desmontables, permanentes o temporales, de escasa entidad o sin ellas. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 440 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena 5. Documento para Aprobación Inicial Establecimientos de Turismo Rural que ocupen edificaciones tradicionales rurales rehabilitadas, dentro de los límites superficiales y de capacidad que determine la normativa sectorial. 6. Establecimientos turísticos de Pequeña Dimensión, dentro de los límites establecidos por la legislación específica que los define y los determinados para el uso turístico en esta Normativa del PGO. Con carácter general, y para todo tipo de uso, se entenderán incluidos los usos, actividades y construcciones accesorias, complementarias y necesarias para la materialización de los mismos, además de aquellos establecidos en la legislación sectorial que le sea de aplicación. 3.8.4. SISTEMAS GENERALES Y DOTACIONES PÚBLICAS El suelo necesario para los Sistemas Generales previstos en el presente PGO, conforme al Art. 141 RG, se obtendrá de la siguiente forma: 1. Adscripción o inclusión de los mismos a los distintos ámbitos de suelo urbano no consolidado o sectores de suelo urbanizable, según las determinaciones del presente PGO, con cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento (Art. 141.2 RG). La inclusión o la adscripción se especifica en el Anexo del Fichero de ámbitos urbanísticos y de gestión de esta Normativa Urbanística de Ordenación Pormenorizada para los distintos ámbitos y sectores. 2. Para el caso en que el suelo de referencia no haya sido adscrito o incluido de conformidad con el punto anterior, se obtendrá mediante expropiación u ocupación directa (Art. 141.1 RG). Las obras correspondientes a estos sistemas generales se realizarán conforme a las determinaciones sustantivas, temporales y de gestión del planeamiento de ordenación, tales como las obras públicas ordinarias, así como las establecidas en el Art. 146 RG para las distintas clases de suelo. El plazo para la expropiación u ocupación directa del suelo necesario para la ejecución de los sistemas generales será de cinco años subsiguientes a la aprobación del presente PGO, y su incumplimiento producirá a los efectos establecidos en los apartados 2 y 3 del Art. 143 RG. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 441 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial La ejecución material de los sistemas generales se llevará a cabo mediante proyectos de ejecución de sistemas, salvo cuando basten al efecto proyectos de obra pública ordinarios. Los proyectos de ejecución de Sistemas Generales son igualmente proyectos de obra, normalmente de edificación, desarrollando en tal sentido las determinaciones de los Planes Especiales de ordenación que los ordenan y definen; o las de este PGO cuando, por las características de los sistemas generales afectados, se determine su directa ejecución mediante proyecto. El suelo necesario para las dotaciones previstas se obtendrá mediante su cesión obligatoria y gratuita en suelos urbanos no consolidados, y en suelos urbanizables sectorizados ordenados. En los restantes casos, cuando no esté prevista en el planeamiento urbanístico, ni sea precisa ni conveniente la delimitación de unidades de actuación, el suelo necesario para las dotaciones se obtendrá mediante cesión gratuita en virtud de convenio urbanístico, expropiación u ocupación directa, ejecutándose mediante obras ordinarias. Cuando las obras públicas se consideren obras de urbanización en suelo urbano consolidado, el Ayuntamiento podrá imponer contribuciones especiales a los titulares de suelo beneficiados especialmente por las citadas obras. La ordenación de los Sistemas Generales se establecerá bien directamente por este PGO, o bien mediante su remisión a un Plan Especial de Ordenación. La ordenación de las Dotaciones se establecerá directamente por este PGO. En el Anexo “Fichero de Ámbitos Urbanísticos y de Gestión”, y en las “Condiciones Particulares de la edificación con usos de Hostelería y Restauración, comunitarios, Espacio Libre, y Ocio-Recreativo” de la Normativa Urbanística de Ordenación Pormenorizada se establecen las condiciones para la ordenación de los distintos Sistemas Generales y Dotaciones, bien mediante Plan Especial de ordenación, o bien mediante la definición de las determinaciones relativas al uso, edificabilidad y disposición de volúmenes para su ordenación directa. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 442 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 3.8.5.- EQUIPAMIENTOS ESTRUCTURANTES. El suelo necesario para los Equipamientos Estructurantes, previstos en el presente PGO, en tanto constituyen actuaciones de interés general de iniciativa privada o pública con aprovechamiento lucrativo, se obtendrá de la siguiente manera: 1. Cuando los propietarios del suelo decidan realizar la actuación de “motu propio” y conforme a las condiciones y limitaciones establecidas en este Plan General contenidas en el anexo del fichero de ámbitos urbanísticos y de gestión de la normativa urbanística pormenorizada para los distintos ámbitos y sectores, previa ordenación detallada del suelo por el instrumento específico previsto, se ejecutará mediante un proyecto de obras e instalaciones. Si la ordenación del equipamiento estructurante se encuentra contenida en el presente Plan General se ejecutará directamente, sin perjuicio de la necesidad o no de evaluación ambiental. 2. Cuando el Ayuntamiento, en cumplimiento de las previsiones de programación establecidas en este Plan General, y ante la inactividad de los propietarios, decida ejecutar la actuación, se formulará concurso público para seleccionar la mejor alternativa de ordenación y edificación, así como el mayor beneficio público, obteniéndose el suelo por el sistema de EXPROPIACIÓN, costeado por la iniciativa que resulte adjudicataria del concurso y beneficiaria del suelo. 3. Cuando el 50 % de los propietarios del suelo incluidos dentro del área delimitada para equipamiento estructurante en este Plan General manifieste su voluntad de ejecutar el mismo conforme a las condiciones y limitaciones establecidas, el Ayuntamiento deberá igualmente formular concurso público para seleccionar la mejor alternativa de ordenación y edificación, así como el mayor beneficio público, obteniéndose el suelo por el sistema de EXPROPIACIÓN, costeado por la iniciativa que resulte adjudicataria del concurso y beneficiaria del suelo. La ejecución material de los equipamientos estructurantes se llevará a cabo mediante proyectos de ejecución de sistemas, salvo cuando basten al efecto proyectos de obras o instalaciones ordinarias. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 443 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial Los proyectos de ejecución de Sistemas son igualmente proyectos de obra, normalmente de edificación y urbanización, desarrollando en tal sentido las determinaciones de los Planes Especiales de ordenación que los ordenan y definen; o las de este PGO, cuando se contenga en el mismo su ordenación pormenorizada, o bien, por las características de los equipamientos estructurantes afectados, se determine su directa ejecución mediante proyectos de obras e instalaciones. Cuando de la ordenación pormenorizada del equipamiento estructurante resultasen suelos de uso dotacional, se obtendrá mediante cesión gratuita en virtud de convenio urbanístico, expropiación u ocupación directa, ejecutándose mediante obras ordinarias. La ordenación de los Equipamientos Estructurantes se establecerá bien directamente por este PGO, o bien mediante su remisión a un Plan Especial de Ordenación. La ejecución se realiza normalmente mediante proyectos de obras e instalaciones. Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 444 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial CAPITULO 4. CARACTERÍSTICAS NUMÉRICAS DE LA ORDENACIÓN Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 445 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4.1. DESGLOSE DE SUPERFICIE EN LOS ÁMBITOS DE SUELO URBANO (SUC) 4.1.1. SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUCU) SUCU-1 Ámbito Los Sauces SUPERFICIE (m²) 408.779 SUCU-2 Ámbito San Andrés 48.945 SUCU-3 Ámbito El Melonar-Puerto Espíndola 37.786 CODIGO DENOMINACIÓN SUCU-4 Ámbito Las Lomadas SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA 63.485 558.995 SUPERFICIE (Has) 40,88 4,89 3,78 6,35 55,90 4.1.2. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNCU) CODIGO DENOMINACIÓN SUPERFICIE (m²) SUNCU-1.1 Ámbito Macho Durmiente SUNCU-1.2 Ámbito El Barranquito SUNCU-1.3 Ámbito Los Salones 23.483 SUNCU-1.4 Ámbito Bajamar 11.090 SUNCU-2.1 Ámbito San Andrés-Norte 9.150 SUNCU-2.2 Ámbtito San Andrés-Este 15.526 SUNCU-2.3 Ámbito San Andrés-Oeste 9.096 SUNCU-4.1 Ámbito Verada Lomadas Parte Baja 3.860 SUNCU-4.2 Ámbito Verada Lomadas Parte Alta 5.161 103.927 SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 18.471 8.090 SUPERFICIE (Has) 1,85 0,81 2,35 1,11 0,92 1,55 0,91 0,39 0,52 10,39 446 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4.2. DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LOS SECTORES DE SUELO URBANIZABLE (SUS) 4.2.1. SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO ORDENADO (SUSO) CODIGO SUSO-2.1 DENOMINACIÓN SUPERFICIE SUPERFICIE (Has) (m²) Sector San Andrés SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA 27.335 2,73 27.335 2,73 4.2.2. SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO NO ORDENADO (SUSNO) CODIGO DENOMINACIÓN SUPERFICIE (m²) SUSNO-1.1 Los Sauces. Sector Lomitos de Abajo 13.932 SUSNO-1.2 Los Sauces. Sector Zona interior entre C/ Ciro González, C/ Las Toscas, C/ Trasera y C/ La Calle 11.248 SUPERFICIE (Has) 1,39 1,12 3,69 Los Sauces. Sector Zona interior comprendida SUSNO-1.3 entre la C/ Abraham Martín, Camino el Poiso y Camino Lomo López de Arriba. SUSNO-1.4 Los Sauces. Sector Hoya Grande SUSNO-3.1 Sector El Puerto SUSNO-3.2 Sector El Puerto SUSNO-4.1 Sector Las Lomadas SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA 36.928 31.913 16.025 10.196 66.106 186.348 3,19 1,60 1,02 6,61 18,63 4.2.3. SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO DIFERIDO (SUNSD) CODIGO SUNSD-2.1 SUSND-3.1 DENOMINACIÓN San Andrés El Puerto SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. SUPERFICIE (m²) 65.414 12.518 77.932 SUPERFICIE (Has) 6,54 1,25 7,79 447 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4.3. DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LAS ÁREAS DE ASENTAMIENTOS RURALES (RAR) SUBCATEGORIA ASENTAMIENTO RURAL RAR-2. LAS LOMADAS RAR-1. LOS SAUCES CODIGO UZ DENOMINACION RAR-3 LOS GALGUITOS SUPERFICIE (Has) El Poiso 5.926 0,59 1.2 Lomo López de Abajo 13.797 1,38 1.3 Lomo Gil 20.741 2,07 1.4 Quinta Zoca 15.130 1,51 1.5 La Calzada Vieja 16.406 1,64 1.6 El valle 23.835 2,38 1.7 El Cardal 15.373 1,54 1.8 La Calzada Vieja 24.157 2,42 1.9 Pajares 48.891 4,89 1.10 Manos de Oro 38.568 3,86 222.824 22,28 TOTAL PARCIAL................................................. 2.1 Lomo Grande 35.485 3,55 2.2 Lomo Chico 5.968 0,60 2.3 La Orotava 45.022 4,50 2.4 San Pedro 165.869 16,59 2.5 Bermudez 30.893 3,09 283.237 28,32 65.165 6,52 3.2 El Roque 18.706 1,87 3.3 El Tanque (/Parte Alta) 13.923 1,39 3.4 El Tanque (Parte Centro) 20.588 2,06 3.5 El Tanque (Parte Baja) 3.6 Garachico TOTAL PARCIAL................................................. SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORIA JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. (m²) 1.1 TOTAL PARCIAL................................................. San Juan 3.1 Memoria de Ordenación SUPERFICIE 16.313 1,63 124.869 12,49 259.564 25,96 765.625 76,56 448 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4.4. DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LAS AREAS DE ASENTAMIENTOS AGRÍCOLAS (RAG) CODIGO SUBCATEGORIA UZ RAG-1 ASENTAMIENTO AGRICOLA 1 2 3 DENOMINACION El Fondo SUPERFICIE TOTAL DE LA CATEGORÍA...................................................................... Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. SUPERFICIE (m²) SUPERFICIE (Has) 12.875 1,29 3.356 0,34 3.295 0,33 19.526 1,95 449 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4.5.- DESGLOSE DE SUPERFICIES EN LAS ÁREAS DE SUELO RUSTICO CATEGORIAS DE SUELO % SUPERFICIE m² SUPERFICIE Ha Suelo Urbano Consolidado (SUCU) 1,38 588.995 58,90 Suelo Urbano No Consolidado (SUNCU) 0,24 103.927 10,39 2,73 Suelo Urbanizable Sectorizado Ordenado (SUSO) 0,06 27.335 Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado (SUSNO) 0,44 186.348 18,63 Suelo Urbanizable No Sectorizado Diferido (SUNSD) 0,18 77.932 7,79 Sistema Viario 0,33 141.207 14,12 Suelo Rústico de Protección Territorial (RPT) 0,06 26.357 2,64 1,95 Suelo Rústico Asentamiento Agrícola (RAG) 0,05 19.526 Suelo Rústico Asentamiento Rural (RAR) 1,79 765.625 76,56 Suelo Rústico Protección de Infraestructuras (RPI) 0,52 224.571 22,46 53,33 Suelo Rústico de Protección Hidrológica (RPH) 1,25 533.337 Suelo Rústico de Protección Agraria (RPA) 10,94 4.681.122 468,11 Suelo Rústico de Protección Costera (RPL) 0,54 231.016 23,10 17,56 Suelo Rústico de Protección de Entornos (RPE) 0,41 175.577 Suelo Rústico de Protección Cultural (RPC) 0,00 2.070 0,21 Suelo Rústico de Protección Paisajística (RPP) 3,41 1.460.862 146,09 78,39 100,00 33.534.273 3.353,43 4.278,01 Suelo Rústico de Protección Natural (RPN) TOTAL Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 42.780.080 450 NOVIEMBRE DE 2.006 Plan General de Ordenación de San Andrés y Sauces. Adaptación Plena Documento para Aprobación Inicial 4.6. RESUMEN TOTAL DE SUPERFICIES CLASES DE SUELO % Suelo Urbano Suelo Urbanizable Suelo Rústico Sistema Viario TOTAL…………………………………………… SUPERFICIE m² 1,55 0,68 97,44 0,33 100,00 662.922 291.615 41.654.336 141.207 42.750.080 SUPERFICIE Ha 66,29 29,16 4.165,43 14,12 4.275,01 En San Andrés y Sauces a noviembre de 2006 Fdo.: Justo Fernández Duque Arquitecto Redactor Memoria de Ordenación JUSTO FERNÁNDEZ DUQUE, S.L. 451 NOVIEMBRE DE 2.006