plan general de ordenación urbana de catarroja (valencia) índice
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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 2 1.1.- ANÁLISIS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ............................................................................6 1.2.- APLICACIÓN DEL ALCANCE ESTABLECIDO POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA ...................... 17 1.3.- VALORACIÓN DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD Y DE SU CALIDAD......................................... 23 1.3.1.- Valoración del contenido del informe de sostenibilidad ambiental ............................ 23 1.3.1.1.- Aspectos ambientales y objetivos ambientales relevantes ...................................................... 23 1.3.1.2.- Valoración de la información utilizada...................................................................................... 29 1.3.1.3.- Conclusiones de la valoración: puntos fuertes y débiles del informe de sostenibilidad ambiental ................................................................................................................................................ 30 1.3.2.- Síntesis de la evaluación ambiental del informe de sostenibilidad ambiental............. 31 1.3.2.1.- Evaluación general de alternativas .......................................................................................... 31 1.3.2.2.- Análisis de la alternativa adoptada .......................................................................................... 32 1.4.- EVALUACIÓN DEL RESULTADO DE LA FASE DE CONSULTAS .................................................. 33 1.4.1.- Origen de las consultas y grado de consideración................................................... 34 1.5.- CONCLUSIONES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ................................................................ 41 1.5.1.- Análisis de la previsión de los efectos significativos del plan.................................... 41 1.5.1.1.- Efectos derivados de la aplicación del plan ............................................................................. 41 1.5.1.2.- Medidas protectoras, correctoras y compensatorias ............................................................... 48 1.5.2.- Concreción del seguimiento del plan ...................................................................... 53 1.5.2.1.- Indicadores ambientales de seguimiento ................................................................................. 55 1.5.2.2.- Modalidades de seguimiento ................................................................................................... 59 2861 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez 2.- CONCLUSIONES ....................................................................................................... 61 -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 1 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.- INTRODUCCIÓN Con fecha 30 de abril de 2006 (B.O.E. de 29 de abril de 2006), entró en vigor la Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta norma supone la transposición de la Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. La Ley 9/2006 en su artículo 2 define la Memoria ambiental como el documento que valora la integración de los aspectos ambientales realizada durante el proceso de evaluación, así como el informe de sostenibilidad ambiental y su calidad, el resultado de las consultas y cómo éstas se han tomado en consideración, además de la previsión sobre los impactos significativos de la aplicación del plan o programa, y establece las determinaciones finales. En consecuencia, se ha procedido a incluir en la presente Memoria Ambiental del Plan General de Catarroja los siguientes aspectos: - Análisis del proceso de evaluación ambiental. - Análisis del informe de sostenibilidad ambiental y su calidad. - Análisis de la previsión de impactos significativos de la aplicación del Plan General de Catarroja. La presente Memoria Ambiental se redacta de acuerdo con lo previsto por el artículo 12 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. 2862 Los datos básicos identificativos del instrumento de planeamiento urbanístico son los siguientes: El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez - Evaluación del resultado de consultas y su consideración en las determinaciones del Plan General de Catarroja y del Informe de Sostenibilidad Ambiental. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 2 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Tabla 1. Datos identificativos del instrumento de planeamiento urbanístico Denominación planeamiento del instrumento de PLAN GENERAL DE CATARROJA (VALENCIA) Órgano promotor AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Órgano que aprueba definitivamente el plan CONSELLERIA DE MEDIO URBANISMO Y VIVIENDA Superficie del ámbito del plan 1.315,93 Ha AMBIENTE, AGUA, • Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial sobre Prevención de Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA) • Inventario Forestal de la Comunidad Valenciana • Plan de Acción territorial Comunidad Valenciana del Litoral de la • Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia • Red Natura 2000 • Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque de la Albufera (PORN) Directrices y planes territoriales y/o urbanísticos aprobados de rango superior que afectan el ámbito del plan, incluyendo en su caso al que desarrollen • Plan Rector de Usos y Gestión del Parque Natural de La Albufera (PRUG) • Estudio para el Desarrollo Sostenible de la Albufera • Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana • Hábitats de Biodiversidad • Plan de Recuperación de Fauna 2863 • Vías Pecuarias El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez • Parques Naturales -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 3 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA El objetivo del Plan General es elaborar el modelo territorial del municipio, para garantizar su adecuación con el contexto supramunicipal, con los Planes de Acción Territorial aplicables y con la política urbanística y territorial de la Generalitat, basándose en cuatro fundamentos: • Protección, conservación y disfrute ordenado y uso sostenible de los valores ambientales y culturales del Parque Natural de La Albufera, en el extremo Este del término municipal. Adaptando el planeamiento municipal a las previsiones del Plan de Ordenación de los Recursos naturales de la Cuenca Hidrográfica de La Albufera y al Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de La Albufera. • Mejora del nivel de servicios y del paisaje urbano existente incrementando las condiciones de accesibilidad peatonal y de transporte público y adecuando las zonas colindantes con el ferrocarril en la ciudad existente así como perfeccionando el sistema de dotaciones y servicios existentes a través de la implantación de nuevos equipamientos en la zona de expansión propuesta. • Refuerzo de la posición de Catarroja dentro del área metropolitana de Valencia y en el sistema de ciudades de l´Horta Sud a través de un crecimiento urbano residencial intensivo hacia la zona de huerta situada al oeste del término municipal ligado a la previsión de viviendas de protección publica que sirvan tanto para satisfacer las necesidades municipales como las supracomarcales. 2864 Principales decisiones del instrumento Fijar la estrategia de evolución urbanística del municipio y los procesos de ocupación del suelo, en relación con el consumo de otros recursos y emisión de contaminantes. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Objetivos del plan • Preservación de los terrenos agrícolas situados al oeste de la expansión Nou Mil.lenni. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 4 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Clasificación y calificación según el Plan General Clasificación Calificación % Término Municipal 11,61 4,87 2,32 18,79 12,82 12,82 9,70 772,35 58,69 899,96 1.315,93 68,39 100,00 2865 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Residencial Industrial Suelo Urbano (SU) Terciario Total SU Residencial (Nou Mil.lenni) Suelo Urbanizable (SUZ) Total SUZ Común Protección de Infraestructuras Protección de Cauces Suelo No Urbanizable Protección de Vías (SNU) Pecuarias Protección Ecológica 1 Protección Ecológica 2 Total SNU Total Catarroja Superficie (Ha) 152,73 64,02 30,48 247,23 168,74 168,74 127,61 -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 5 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.1.- ANÁLISIS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN El Ayuntamiento de Catarroja, en fecha 23 de Enero de 2.009, mediante acuerdo plenario inicia publicidad del instrumento de planeamiento referido y su correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental, habiéndose realizado conforme a lo establecido en el artículo 10 de la ley 9/2006, de 28 de abril, mediante la publicación del mismo, en el DOCV nº 5.948, en fecha 5 de febrero de 2.009, además de su publicación en el Diario Levante. 2866 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Se adjunta a continuación el citado acuerdo plenario, así como la publicación del DOCV, del sometimiento a información pública. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 6 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2867 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez memoria ambiental -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 7 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2868 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez memoria ambiental -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 8 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2869 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez memoria ambiental -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 9 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2870 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez memoria ambiental -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 10 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA En esta fase de información pública se han presentado alegaciones por parte de diferentes interesados que han sido consideradas en la elaboración de la propuesta de Memoria Ambiental por el órgano promotor: Tabla 2. Resultado de la información pública D. WILSON FERRÚS, Grupo municipal PSOE del Ayuntamiento de Catarroja (Re Nº 4004, de 27 de marzo de 2009). - ASOCIACIÓN SALVEM CATARROJA (Re Nº 4020, de 30 de marzo de 2009) D. VICENTE JOSÉ GARCÍA DIEGO Y D. PABLO FERRER PUCHALT (Re Nº 4135, de 31 de marzo de 2009). - Dª ROSA MARTÍNEZ FERRER (Re Nº 4143, de 31 de marzo de 2009). - - Intención de ubicar un área de servicio en unas parcelas adquiridas por los alegantes en la Partida Bellver o Bony, sobre la que manifiestan su intención de ubicar un área de servicio. 2871 D. JOSÉ FERNANDO CARMONA MARINA, D. JUAN IGNACIO CARMONA MARINA, D. HIGINIO PERALTA LÓPEZ Y D. ALBERTO MARTÍNEZ MINUESA SALAMERO (Re Nº 4150, de 31 de marzo de 2009). Finalidad de la revisión del Plan General. Estudio de Impacto Ambiental. Recursos hídricos. Cesión prevista en el art. 13,6 de la Ley 4/2004, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. Participación de la sociedad en la definición del modelo de crecimiento. Plan de Participación Pública. Sobre la arbitrariedad del Plan General por falta de motivación. Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y ocupación del territorio. Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos Participación pública sobre el Nou Mil.lenni Resolución del Parlamento Europeo en contra de Nou Mil.lenni Posibilidad de obtener licencia para construir dos naves agrícolas de 200 m2 y 100 m2, respectivamente, dentro del Parque Natural de la Albufera, entre la Pista de Silla y el Cami del Rei, en la zona de los arrozales. Tener a la alegante como parte interesada en el expediente de revisión del Plan General. Se incluya en el nuevo PG la normativa urbanística relativa a la reserva de aparcamientos para supermercados que se encuentra vigente en la actualidad Subsanar las alturas de la Calle Colon n° 58 y 60 pasando a las 4 existentes Información sobre la fecha de publicación en los periódicos oficiales de Nou Mil.lenni El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Resumen de la alegación planteada Persona física o jurídica alegante -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 11 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Asimismo el Ayuntamiento certifica que tanto el Informe de Sostenibilidad Ambiental como el instrumento de planeamiento urbanístico han sido puestos a disposición de las Administraciones Públicas afectadas y del público interesado, de acuerdo con lo determinado por el órgano ambiental en el Documento de Referencia, y según las exigencias de la ley 9/2006, habiéndose recibido respuesta de los siguientes organismos: Tabla 3. Resultado de la puesta a disposición de las Administraciones Públicas afectadas y del público interesado. Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada Resumen de la respuesta recibida -Dirección General de Prevención, extinción de incendios y emergencias de la Consellería de Gobernación. Se emitió informe en fecha 27 de Marzo de 2.009 en el que se hacía referencia a las cuestiones siguientes: -Respecto al riesgo de inundación se afirma que según el nuevo estudio de inundabilidad se ha reducido el riesgo inicial previsto en el PATRICOVA, y además este riesgo no afecta a ningún sector urbanizable planteado. -Respecto a riesgos de deslizamiento, no hay riesgo alguno de este tipo según la Cartografía Temática. -Respecto a riesgo sísmico se deberán asumir todas las medidas establecidas en la NCSR-02. -Respecto a riesgo forestal, según la información del Inventario Forestal no hay riesgo en este sentido. -Respecto a riesgo por accidentes en el transporte de mercancías peligrosas, según el Plan Especial de la CV contra el riesgo de este tipo de accidentes, la línea de FFCC Valencia-La Encina genera una franja de 500 m a su alrededor de alto riesgo, si bien no se ha localiza ningún Sector de Suelo Urbanizable en ella. -Respecto a Riesgo químico, existe una empresa afectada en este sentido, por lo que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 12 del RD 1254/1999. -Consellería de Sanidad. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación. -Consellería de Turismo. -Servicio de Planificación de la Diputación Provincial de Valencia. -Cámara Oficial de Comercio, Navegación de Valencia. Industria y En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 19 de Septiembre de 2.006, de carácter favorable, condicionado a que en el Plan General se regule de acuerdo con la legislación agraria vigente y en materia de segregaciones, y se incluya en el mismo una directriz definitoria de la estrategia de evolución urbana que recoja la imposibilidad de actuaciones en suelos afectados o pendientes de serlo por actuaciones de modernización de las estructuras agrarias, salvo que se reintegre a la Administración Autonómica la cantidades invertidas más el interés legal. Se emitió informe en fecha 30 de Marzo de 2.009 en el que se comunica que el Servicio que suscribe (Infraestructuras Turísticas), emite informes en esta materia, a petición de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, instando a que el Ayuntamiento se dirija a ésta en aras a la coordinación administrativa. En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 10 de Julio de 2.006, en el que se instaba a tener en cuenta el Plan de Espacios Turísticos de la Comunidad Valenciana, en elaboración, y a incentivar la implantación de establecimientos hoteleros de cuatro y cinco estrellas. Se emitió informe en fecha 9 de Marzo de 2.009 en el que se comunica que debido a que el PGOU no afecta a carreteras de titularidad provincial, no procede la emisión del informe en cuestión. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 31 de Mayo de 2.006, donde se comunicaba que no existían previsiones, proyectos o directrices que pudieran tener incidencia sobre la ordenación urbanística del Término Municipal de Catarroja. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 12 de 62 2872 -Área de Patrimonio cultural de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Dirección General de Agua. Se emitió informe en fecha 7 de Julio de 2.009, en el que se hace referencia a la necesidad de solicitar informes a la empresa encargada del Abastecimiento en la zona (Egevasa) y al Organismo de Cuenca (CHJ) por lo que respecta al abastecimiento de agua, y a la EPSAR, respecto al Saneamiento. Se informa que existe suelo de diversos riesgos de inundabilidad según el PATRICOVA, por lo que cualquier actuación en estas zonas deberá ser acorde a lo indicado en el mismo y contar con la preceptiva autorización del Organismo de Cuenca. Por último, se informa que el término municipal de Catarroja no se encuentra afectado por el Plan de Acción Territorial de Corredores de Infraestructuras. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada -Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Resumen de la respuesta recibida Se emitió informe en fecha 7 de Julio de 2.009 en el que se propone el grafiado en los planos de la zona de protección y de la línea de edificación, con objeto de facilitar la aplicación de la legislación sectorial ferroviaria en la posterior gestión del Planeamiento. Además se debe considerar el recinto de la estación (edificio viajeros, aparcamiento, zona verde y accesos) como dominio público ferroviario afecto a su destino, formando parte de la Red Ferroviaria de Interés General. -Confederación Hidrográfica del Júcar. -Dirección Urbanos. General de Vivienda y Proyectos En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 20 de Junio de 2.007, en el que se hacía referencia a la obligación de incluir en la memoria justificativa un estudio sobre la previsión de las necesidades de vivienda protegida en el término municipal. -Área de Planeamiento de la Dirección General de Ordenación del Territorio. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Oficina del Plan de Carreteras de la Dirección General de Obras Públicas. Se emitió informe en fecha 9 de Marzo de 2.009 en el que se solicitaba la realización de un Estudio de Tráfico, un Estudio Acústico, la indicación de las medidas viarias necesarias para minimizar el empeoramiento de los niveles de servicio por el tráfico generado (a asumir por los Sectores Urbanizables), la propuesta de accesos viarios a los sectores urbanizables y el grafiado de las zonas de protección de las carreteras y su calificación como Espacio Libre de Reserva Viaria destinado a ajardinamiento. En fecha 8 de Julio de 2.009 se aporta por parte del Ayuntamiento la documentación solicitada. En fecha 21 de Julio de 2.009 se emite informe por parte de la Oficina del Plan de Carreteras, en el que se hace constar que la información aportada no incluye el Estudio de Tráfico, no pudiendo emitirse, por tanto, informe concluyente al respecto. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 13 de 62 2873 Recientemente se ha recibido en el Ayuntamiento un informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar de fecha 7 de Enero de 2.010, en el que se analizan los siguientes aspectos: Afección del planeamiento al dominio público hidráulico e incidencia en el régimen de corrientes, Disponibilidad de recursos hídricos, y Afección del planeamiento a proyectos, obras e infraestructuras hidráulicas de interés general. Respecto a la afección al dominio público hidráulico, se indica que según la documentación presentada, todos los tramos de cauces situados dentro del ámbito del Plan han sido clasificados como Suelo No Urbanizable de Especial Protección. En relación con la posible incidencia en el régimen de corrientes, el Plan General deberá incorporar este análisis para los sectores para los que el plan establezca la ordenación pormenorizada, mientras que en sectores no pormenorizados por el Plan, el análisis en cuestión se llevará a cabo cuando se redacte el planeamiento de desarrollo. Se deberá incluir en el Plan General una previsión sobre el sistema de evacuación de aguas pluviales y su destino final. Se recuerda que las zonas inundables deben ser clasificadas como suelo no urbanizable, y que el PATRICOVA no recoge los cambios efectuados por el proyecto de encauzamiento. En referencia a la disponibilidad de Recursos hídricos, se indica que la masa de agua subterránea en la que se incluye el término municipal (080.141-Plana de Valencia Norte) se encuentra en un buen estado cuantitativo, presentando contaminación por nitratos, por lo que su uso para abastecimiento requeriría de tratamiento previos específicos. Por otra parte, se afirma que el municipio de Catarroja se abastece actualmente de aguas superficiales procedentes del canal Júcar-Turia (planta potabilizadora de Picassent). Además, se realiza una estimación de la demanda hídrica para el año horizonte 2.027 que resulta ser de 3 3.352.409 m para una población total equivalente de 39.539 habitantes (en el Plan General se prevén 53.983 habitantes). Según estudios de la CHJ la demanda futura estimada para el 3 año 2.027 para la ciudad de Valencia y su área metropolitana es de 175,5 Hm /año, por lo que 3 el volumen establecido en el plan de cuenca (220,75 Hm /año) cubriría las necesidades actuales y futuras, y además permitiría el planteamiento de crecimientos urbanísticos futuros. No obstante, si a pesar de esto el municipio de Catarroja prevé un crecimiento urbanístico que implique unas necesidades hídricas por encima de este volumen, el incremento de volumen solicitado deberá provenir de origen subterráneo, el cual sería compatible con la planificación hidrológica. A pesar de todo lo argumentado, y al no contar con más que una 3 concesión de 757.200 m /año (ya que la de la EMSHI se encuentra en trámite y no cuenta con informe de compatibilidad hidrológica) no queda acreditada la disponibilidad de recursos hídricos. Por último, respecto a la afección a proyectos, obras e infraestructuras hidráulicas de interés general, se informa que el Plan General es compatible con las actuaciones llevadas a cabo por la CHJ y no existe ninguna actuación en curso, ni se tiene previsión de proyectos o ejecución de obras que afecten al territorio para el que se plantea la consulta. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Se emitió informe en fecha 21 de Abril de 2.009 en el que hace constar que el Ayuntamiento de Catarroja posee un aprovechamiento inscrito en el Registro de Aguas para Abastecimiento de 22.000 habitantes, con un Volumen Máximo Anual de 757.000 m3. Por otra parte, se informa que la EMSHI posee en trámite inicial un expediente de concesión de aguas, en el que se incluye el municipio de Catarroja, si bien éste no dispone de informe de Compatibilidad de la solicitud formulada con el Plan Hidrológico de Cuenca. En conclusión, se manifiesta la 3 insuficiencia de recursos propios (757.000 m /año) para atender siquiera la demanda actual (2,7 Hm3/año, según el propio Ayuntamiento). PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada del Gobierno en la Comunidad -Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento. Resumen de la respuesta recibida Se emitió informe en fecha 10 de Julio de 2.009 en el que se comunica que se han remitido los dos oficios remitidos por el Ayuntamiento, al Área funcional de Fomento de la Subdelegación del Gobierno, a la Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, a la Gerencia Regional de Catastro y a la Delegación especial de Economía y hacienda, adjuntando la documentación del Plan General Anexada. Además, se advierte que el citado envío no exime al Ayuntamiento de solicitar los informes a los distintos departamentos y órganos exigidos en su legislación reguladora. Se emitió informe en fecha 20 de Marzo de 2.009 en el que se pide que se incluya en el PGOU un capitulo en que se defina el Sistema General Ferroviario. Se pide que se cumplan las restricciones derivadas de las distintas zonas establecidas en la Ley y Reglamento del Sector Ferroviario. Además se afirma que la escasa escala de los planos impide apreciar la anchura de las distintas zonas. Por último, se pide que se solicite informe a ADIF. -Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento. Se emitió informe en fecha 4 de Agosto de 2.009 en el que se informa sobre el desarrollo del Estudio Informativo de Integración de la línea ferroviaria La Encina-Valencia entre los Términos Municipales de Silla y Valencia, cuya zona de afección incluye el término municipal de Catarroja, si bien se encuentra una fase previa de su desarrollo, aconsejando en este sentido la conveniencia de ser especialmente escrupuloso en el cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a protecciones de los terrenos inmediatos al ferrocarril. Se da por buena la calificación urbanística otorgada a los terrenos ocupados por el Ferrocarril (SNUPI). Se pide que se defina, tanto en el texto como en los planos, la totalidad de protecciones a terrenos inmediatos al ferrocarril según la Ley del Sector Ferroviario. -Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia. Se emitió informe en fecha 15 de Abril de 2.009 en sentido favorable. -Dirección General de Industria e Innovación. -Área de Educación de la Consellería de Educación. -Área de Infraestructuras Autonómica de Deporte. de la Secretaría Se emitió informe en fecha 21 de Abril de 2.009 en el que se hace constar que cualquier prohibición contenida en los documentos de ordenación sobre actividades incluidas en la Ley de Minas deberá ser motivada y no podrá ser de carácter genérico. Además, se indica que en SNUC se delimitarán zonas en que sea posible la explotación de canteras, extracción de áridos o tierras, o con recursos geológicos o hidrológicos. Se emitió informe en fecha 1 de Junio de 2.009 en el que se solicita la reserva de una parcela de uso Educativo para centro de Educación Secundaria en la zona de ampliación de núcleo 2 urbano (12.500-13.000 m ), y se pide que en la ficha de planeamiento del Sector Nou Mil.lenni conste como condición de desarrollo la reserva de las parcelas de suelo educativo. En caso de que el PGOU asumiese la Homologación y Plan Parcial del Sector Nou Mil.lenni informado, se deberá presentar el correspondiente plano de ordenación pormenorizada. Se deberá incorporar la a Ficha de Planeamiento de Sector Nou Mil.lenni la condición de desarrollo de reservar las parcelas de suelo educativo necesarias, o bien se deberá presentar el correspondiente plano de ordenación pormenorizada. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo no le fue solicitado informe alguno. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. -Servicio de Vías Pecuarias de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. En la fase de Concierto Previo no le fue solicitado informe alguno. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo se emitió informe favorable, en fecha 20 de Febrero de 2.007. Se emitió informe en fecha 23 de Marzo de 2.009 en el que se hace constar la necesidad de que el Plan General incluya un Estudio Acústico, el cual deberá remitirse a los Servicios Territoriales de Ordenación del Territorio o al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental según sea el caso. En fecha 10 de Julio de 2.009 se comunica por parte de la Dirección General para el Cambio Climático que se ha remitido el informe elaborado al respecto de la documentación aportada a la Dirección Territorial de esta Consellería por ser el órgano competente en el procedimiento. 2874 -Servicio de Protección del Ambiente Atmosférico de la Dirección General para el Cambio Climático. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Delegación Valenciana. M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 14 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Resumen de la respuesta recibida A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Dirección General de Gestión del Medio Natural. Expide el Documento de Referencia en el que se establecen la amplitud, el nivel de detalle y el grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental. -Ayuntamiento de Torrente. Se emitió Dictamen en fecha 28 de Mayo de 2.009, en el que se establecían las apreciaciones siguientes: el límite entre los términos municipales de Torrente y Picaña grafiado en los planos no se corresponde con la realidad actual, y se debería adecuar la descripción realizada en el punto 9.3 a lo previsto en los planos de ordenación estructural, respecto a las previsiones de clasificación. -Ayuntamiento de Picaña. Se emitió Dictamen en fecha 1 de Octubre de 2.009, en el que se realizan las apreciaciones siguientes: el Plan General de Catarroja provoca una afección negativa en referencia al Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia (actualmente en trámite) por falta de continuidad de la unidad paisajística de huerta entre los términos de Catarroja, Picaña y Paiporta; se duplica la población de Catarroja y su incidencia sobre los municipios colindantes no se ha tenido en cuenta; la memoria del PGOU resulta vaga y poco concreta respecto a su justificación. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Ayuntamiento de Paiporta. Ya se le dio audiencia en la fase de Concierto Previo y no hubo contestación alguna por su parte. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Ayuntamiento de Massanassa. Ya se le dio audiencia en la fase de Concierto Previo y no hubo contestación alguna por su parte. -Ayuntamiento de Silla. Se emitió Dictamen Desfavorable en fecha 27 de mayo de 2.009, por no contemplar en el Plan General la nueva conexión entre la V-31 y la CV-400. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Ya se le dio audiencia en la fase de Concierto Previo y no hubo contestación alguna por su parte. 2875 -Ayuntamiento de Albal. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Dirección General de Territorio y Paisaje. En la fase de Concierto Previo se emitió informe en fecha 30 de Enero de 2.008, en el que realizaban las observaciones siguientes: -En la zona del Parque Natural de la Albufera habrá que distinguir al menos dos unidades de paisaje: arrozal y huerta. -Se deberá estudiar la creación de una infraestructura verde o Sistema de espacios abiertos, que conecte la Albufera y la huerta (al Oeste del municipio) con las zonas verdes y espacios públicos del suelo urbano y urbanizable. -Respecto al Sector Nou Mil.lenni, dado que por la fecha de información pública del mismo no debía contener Estudio de Integración Paisajística, no cabe realizar observación alguna respecto de la delimitación y clasificación del mismo. No obstante, se deberá incorporar en su ficha de planeamiento, la necesidad de proteger y conservar el numeroso patrimonio vinculado a la Huerta existente, como la de integrar las zonas verdes en el Sistema de Espacios Abiertos. -Se deberá estudiar pormenorizadamente la imagen urbana que se percibe desde la autovía V-31, estableciendo una normativa que permita unificar y ordenar la zona industrial y mantener la imagen tradicional del núcleo. -Se deberá garantizar la integración del núcleo urbano con el espacio agrícola colindante y el Barranco del Poyo. -Se deberá analizar y establecer la delimitación de Programas de Imagen Urbana y de Restauración Paisajística. -Se deberá fomentar y justificar una más efectiva y eficaz participación ciudadana. -El Plan General deberá contener un Estudio de Paisaje. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 15 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Resumen de la respuesta recibida -Ayuntamiento de Beniparrell. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Ayuntamiento de Sedaví. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Ayuntamiento de Benetússer. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Ayuntamiento de Alfafar. Se remite escrito de fecha 10 de Julio de 2.009, en el que se decide no emitir el dictamen solicitado, por cuanto no existe colindancia entre ambos municipios. -Iberdrola, SAU, Delegación Comunidad Valenciana. Se emitió informe en fecha 16 de Abril de 2.009 en el que se solicitaba que la alegación presentada fuera considerada como informe sectorial preceptivo, dado el carácter esencial del suministro de energía eléctrica equiparable a un servicio público aunque de titularidad privada. Además, se exige la determinación de los pasillos eléctricos que garanticen el establecimiento de las instalaciones eléctricas asociadas a los sectores previstos en el Plan General. Por otra parte, se exige prever la dotación del suelo necesario en cada unidad de ejecución para la ubicación de los centros de transformación necesarios, bien en ordenación pormenorizada, bien en ficha de gestión, según el caso. Por último, se pide que se tengan en cuenta las modificaciones de trazado de instalaciones existentes, integrándolas en el diseño urbanístico de la actuación en cuestión, y si no fuera posible, que se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 154 del RD 1955/2000. Se emitió informe en fecha 28 de Julio de 2.009 en el que se afirmaba la no afección por parte del Plan General, a ninguna instalación propiedad de Red Eléctrica. -Entidad Metropolitana de Tratamiento de Residuos. Se emitió informe en fecha 24 de Noviembre de 2.008 en el que se hace referencia a la suficiente capacidad de tratamiento de las instalaciones metropolitanas previstas para asumir la gestión de los residuos urbanos e inertes que puedan producirse en el municipio de Catarroja una vez terminado el PAI “Nou Mil.lenni”. -Egevasa. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Entidad Pública de Residuales (EPSAR). Se emitió informe en fecha 9 de Septiembre de 2.009 en el que se realizaban las consideraciones siguientes: -El sistema de saneamiento de la EDAR de Pinedo II es insuficiente para la admisión de los nuevos caudales generados por el Plan General. -Se deberá prever una reserva de suelo para futuras ampliaciones, o nueva ejecución, de la EBAR de Catarroja, del Colector General de Catarroja y del Colector Oeste. -Se deberá plasmar en el Plan General la zonificación y ordenación del ámbito afectado por las infraestructuras de saneamiento (área de reserva, contigua a la instalación, y zona de servidumbre de protección, para minimizar afecciones de ruidos olores e integración paisajística) -Si el urbanizador del Sector “Nou Mil.lenni” decide resolver el saneamiento y depuración mediante la construcción de una nueva EDAR, y decidan ceder su gestión a la EPSAR, se deberán tener en cuenta una serie de consideraciones. En este supuesto, se deberá modificar el Plan General de Catarroja, recogiendo la nueva ubicación de la futura EDAR, así como su ámbito de afección, reservando una zona contigua para futuras ampliaciones y una zona de servidumbre. de Aguas 2876 Saneamiento El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Red Eléctrica de España. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 16 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.2.- APLICACIÓN DEL ALCANCE ESTABLECIDO POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA El Órgano Promotor del plan presentó al órgano ambiental el Documento de Inicio, solicitando la emisión del Documento de Referencia. Sobre la base del Documento de Inicio, el órgano ambiental emitió el Documento de referencia, determinando el alcance del informe de sostenibilidad ambiental y los criterios, objetivos y principios ambientales aplicables, e identificando las administraciones públicas afectadas y el público interesado. 2877 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez A continuación se resumen las determinaciones principales del documento de referencia, recogiendo la incorporación de las determinaciones del mismo en el ISA, tal y como demuestra la siguiente tabla: -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 17 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Tabla 4. Incorporación de las determinaciones de los documentos de referencia -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) ■ Respecto a la prevención de riesgos naturales o inducidos: QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN EL APARTADO 5.1.4 Y EL ANEJO 7 DEL ISA. ■ Respecto a los recursos hídricos: QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN EL ANEJO 5 DEL ISA. ■ Respecto al patrimonio rural: QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.4.3 Y EL ANEJO 3 DEL ISA. ■ Respecto a la protección del medio natural: QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.4.3 Y EL ANEJO 7 DEL ISA. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 18 de 62 2878 ■ Respecto al patrimonio rural: Se deberán establecer medidas adecuadas con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento del sistema hidrológico existente en el término municipal, cuya agua para el riego se distribuye mediante sus acequias, con el fin de proteger y preservar la actividad agrícola característica de este término municipal, de conformidad con el art. 45 y 46 del ROGTU. Se deberá valorar las distintas edificaciones rurales localizadas en la zona de huerta, con el fin de establecer su adecuado valor etnológico y en consecuencia, establecer las medidas de protección adecuadas, tanto para la protección de las edificaciones ya existentes, como para evitar la formación de núcleos dispersos en esta zona. En suelo no urbanizable protegido bajo la influencia del PORN de La Albufera, serán de aplicación sus normas específicas. ■ Respecto a la protección del medio natural: Se deberán clasificar como suelo no urbanizable protegido aquel que está incluido en el ámbito del Parque Natural de la Albufera y su zona de amortiguación de impactos, siéndole de aplicación los objetivos de protección e Integración de su normativa. Se deberán clasificar como suelo no urbanizable de protección especial por previsión o afección de infraestructuras aquel suelo destinado a la futura implantación de infraestructuras de comunicación y transporte y, en su caso, sus zonas de servidumbre y afección. Se clasificará como suelo no urbanizable especial protección especial el suelo afectado por riesgos territoriales, destacando las afecciones derivadas del PATRICOVA en relación a las zonas inundables. Dichos suelos deberán admitir exclusivamente usos compatibles con las condiciones naturales del territorio y las exigencias normativas del PATRICOVA. ■ Respecto a la utilización racional del suelo: QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.3 Y 5.1.4 DEL ISA. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Determinación de los requerimientos ambientales significativos ■ Respecto a la utilización racional del suelo: La primera actuación debería ser la colmatación de los suelos clasificados como urbanos Cualquier reclasificación de suelo no urbanizable a urbanizable o urbano requerirá la Revisión del Plan General a través de la formalización del Concierto Previo. Se deberá establecer, de conformidad al art. 18 del ROGTU, el porcentaje de suelo efectivamente ocupado y el susceptible de ocupación con el nuevo planeamiento vigente, as í como la intensidad de usos previstos. La superación de dichos porcentajes e intensidades dará lugar a la necesaria revisión del planeamiento general. ■ Respecto a la prevención de riesgos naturales o inducidos: Se deberá recoger adecuadamente el riesgo de inundación existente en el municipio y así mismo, se establecerá que los futuros desarrollos deberán orientarse hacia las zonas no inundables, de conformidad con el art, 34 del ROGTU. ■ Respecto a los recursos hídricos: Se establece un límite potencial de suministro de agua potable en el municipio de 500 l/día/vivienda, procurando que la gestión del agua para uso humano tenga una tendencia dirigida a minimizar y reducir su consumo hasta un umbral Inferior o Igual n 150 l/habitante. Se establecerán, las limitaciones a las clasificaciones del suelo cuando so carezca do suministro de los recursos hídricos necesarias can garantía de potabilidad. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Hidrología Otros Hidrología Identificación y evaluación de los probables efectos significativos Y Medidas previstas Medio Natural -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) VER APARTADO 4.6.3 DEL ISA. VER APARTADO 4.5.1 DEL ISA. VER APARTADOS 4.3.13 Y 5.1.4.3 DEL ISA. QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.4.3 Y EL ANEJO 7 DEL ISA. QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS DEL ISA: • 4.6.1 • 4.6.2 • 4.6.3 • 4.6.4 • 4.6.5 • 4.6.7 • 4.6.8 • 4.6.9 • 4.6.10 • 4.6.11 • 4.6.12 • 4.7.2 • 5.1.4.3 SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 19 de 62 2879 Aspectos relevantes de la situación actual La totalidad del Plan General de Catarroja se encuentra en el ámbito de aplicación del Decreto 96/1995, de 16 de mayo, del Gobierno valenciano, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Cuenca Hidrográfica de l’AIbufera. El ámbito de la zona de estudio se encuentra afectado parcialmente (aproximadamente 2,62 Ha) con riesgo de Inundación 1 y 6 provocados por el desbordamiento del Barranco del Poyo, según el Plan de Acción Territorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA). Respecto a las vías pecuarias, se deberá recoger los trazados íntegros de cada una de las vías que discurran por el término municipal, As í mismo, se establecerá en fas fichas de planeamiento de los sectores que afectan a alguna de las vías pecuarias que se deberá solicitar informe a la Unidad de Vías Pecuarias previo al desarrollo del Plan Parcial correspondiente. Se excluyen las zonas afectadas por los niveles de riesgo 1 y 6 del PATRICOVA del límite del sector "Catarroja Nou Mil.lenni", clasificando la zona de riesgo 1 como Suelo No Urbanizable de Especial Protección y la zona de riesgo 6 como Suelo No Urbanizable Parque Público Natural. Durante la tramitación del este informe ambiental del Concierto Previo al Plan General de Ordenación Urbana de Catarroja, el 27 de noviembre de 2.006, se solicita informe al Servicio de Ordenación Territorial respecto del riesgo de inundabilidad existente, tras las obras de encauzamiento ya realizadas, y la compatibilidad con el planeamiento propuesto. En fecha 23 de enero de 2.007, se recibe el mismo, especificando que las actuaciones llevadas a cabo en el barranco del Poyo han modificado el riesgo de inundación pero no lo han eliminado totalmente. Por ello, es necesario la realización de un estudio de inundabilidad que recogiendo el "Proyecto de Restitución y Adaptación de los cauces naturales de los barranco del Poyo, Torrente, Chiva y Pozalet (Valencia)”', delimite las nuevas zonas de riesgo resultantes tras el encauzamiento. La totalidad del Plan General de Catarroja se encuentra en el ámbito de aplicación del Decreto 96/1995, de 16 de mayo, del Gobierno valenciano, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) da la Cuenca Hidrográfica da L'Albufera. En él podemos encontrar zonas de prioridad 1, como el marjal y el lago, y zonas de prioridad 2 como los cultivos de huerta y cítricos y el núcleo urbano. RED NATURA 2000. Los límites de las zonas LIC y ZEPA se corresponden con la delimitación del Parque Natural de la Albufera, por lo que la zonificación de estas áreas se corresponderá con la que se ha establecido anteriormente para el apartado correspondiente al PRUG. Es decir existirá una zona considerada como Suelo No Urbanizable de Especial Protección 1, que alcanzará hasta el límite de la Perelloná y otra zona catalogada como Suelo No Urbanizable de Especial Protección 2, que incluirá la superficie comprendida entre el límite de la Perelloná y el del LIC o ZEPA, La zona situada dentro del Parque Natural está incluida en el Catálogo de Zonas Húmedas con la denominación "L’Albufera", desarrollado de acuerdo al artículo 15 de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de Espacios Naturales Protegidos, aprobado por el Acuerdo de 10 de septiembre de 2002. Esta zona presenta importantes valores bióticos, así como paisajísticos, culturales y etnológicos, reconocidos internacionalmente. Durante la tramitación del este informe ambiental del Concierto Previo al Plan General de Ordenación Urbana de Catarroja, el 27 de noviembre de 2.006, se solicita informe al Servicio de Ordenación Sostenible del Medio respecto a la afección del proyecto al Parque Natural de La Albufera. En fecha 12 de diciembre de 2.006, se recibe el mismo, el cual propone que se cite expresamente la inclusión y afección de la totalidad del término al ámbito de aplicación del Decreto 96/1995, por el que se aprueba el PORN. Además, propone que el Plan General deberá tener en cuenta todas las disposiciones incluidas en el PORN y en el PRUG de L’Albufera, especialmente en lo referente a residuos, uso y gestión del agua, conservación de aguas subterráneas y calidad y depuración de las aguas. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Medio Natural PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA de y Se deberá aportar los certificados que justifiquen la capacidad de admisión y gestión de las aguas residuales, según las previsiones del PGOU y la previsión de ejecución de nuevas Infraestructuras en cada desarrollo urbanístico. La nueva EDAR que se deberá construir para asimilar los nuevos caudales de aguas residuales generadas se ubicará fuera de la zona inundable. Se establecerá una red de saneamiento de tipo separativo, identificándose todos y cada uno de los puntos de vertido. Saneamiento depuración Gestión de residuos Se deberán aportar los certificados que justifiquen la capacidad de gestión de los residuos sólidos, tanto urbanos como inertes, así como el destino final de los mismos teniendo en cuenta el Plan Zonal de las Zonas Ill y VIII del PIR que establece la gestión a llevar a cabo para este tipo de residuos. Se establecerá una reserva de suelo para la implantación de un Ecoparque, con las dimensiones y características que establece dicho Plan Zonal y con las previsiones poblacionales del PGOU, -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.4.4 Y EL ANEJO 5 DEL ISA. QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.4.5, 5.6.2.5, 5.6.2.7, 5.7.1.6 DEL ISA. QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 4.4.5, 5.1.4.6 Y 5.6 DEL ISA. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 20 de 62 2880 Abastecimiento agua Se deberá presentar documentación que recoja: el origen del agua con la que se atiende la demanda existente y la nueva demanda generada, así como su calidad y cantidad, tanto para los usos existentes como para los previstos. El Plan General se deberá acompañar de un estudio de recursos hídricos según establece el art. 38.3 del ROGTU. Durante la tramitación del expediente de aprobación definitiva se solicitará el informe del Organismo de Cuenca, adjuntándole una copia de este estudio. Se deberá remitir, junto con el resto de documentación técnica para su evaluación ambiental, el informe definitorio, en el sentido que resulte, del organismo de cuenca competente de la existencia de agua potable en cantidad y calidad suficiente para los usos previstos en la ordenación del Plan Parcial, según las previsiones de los planes hidrológicos, as í como de la no afección o menoscabo a otros usos existentes legalmente implantados, regulado por el art, 19.2 de la Ley 4/2004, LOTPP. Las captaciones de agua destinada a consumo urbano situadas dentro del Término Municipal, se deberán clasificar como Suelo No Urbanizable de Protección, estableciendo los perímetros de protección adecuados (con carácter general se establecerá 300 metros contados desde el límite exterior del punto de captación). QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.6, 5.7 Y EL ANEJO 2 DEL ISA. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Confort sonoro En el término municipal de Catarroja se detecta la existencia de focos sonoros relevantes; la línea ferroviaria "Valencia-La Encina", el proyecto del Tranvía Horta-Sud Línea T-8, el nuevo trazado del AVE, el trazado de la N-332 (N-340), reconvertida en autovía (A7), la CV-33, la CV-400 y el polígono industrial ya existente, los cuales deberán ser convenientemente estudiados mediante una adecuado Estudio Acústico. Asimismo, se deberán estudiar los niveles sonoros que se producirán con la nueva situación, sumando sus efectos a los anteriores, con el fin de obtener un mapa acústico adecuado del Término Municipal. Los niveles sonoros se medirán tanto en actividad diurna como nocturna. Se establecerán las medidas acústicas adecuadas, tanto preventivas como correctoras, con el fin de garantizar unos niveles sonoros adecuados para cada uso. Todo lo anterior se hará de acuerdo al Decreto 286/2004, de 3 de diciembre, del Consell de la Generalltat, por el que se establecen las normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.3 Y 5.1.4 DEL ISA. Respecto al Suelo Terciario: Los usos terciarios, salvo los establecimientos hoteleros, serán justificados adecuadamente, concretando los usos permitidos. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 21 de 62 2881 Clasificación propuesta Respecto al Suelo Industrial: El PGOU plantea en total, más cantidad de suelo industrial que residencial, 112,5 Ha frente a las 72,73 Ha de suelo residencial. Por tanto se considera necesario la adecuada valoración ambiental de esta elección, puesto que el desarrollo de dicha industria supondrá un incremento importante en la demanda de recursos hídricos, así como de producción de residuos y un incremento notable de la contaminación acústica y de la calidad del aire, que habrá que detallar adecuadamente. Se establecerán los tipos de industria permitidos en cada sector, de conformidad con la clasificación del Decreto 54/1990, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Nomenclátor de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, con el fin de compatibilizar y armonizar las actividades, tanto con el tipo do suelo en el que se disponen, como con los usos de los sectores urbanizabas colindantes. Se prohibirán, explícitamente, las Industrias contempladas en el Anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Se establecerán medidas de diseño que garanticen una transición que elimine las molestias que pudieran generarse, por la colindancia entre el uso Industrial y el uso residencial, de conformidad con el art. 9 del ROGTU. QUEDAN RECOGIDAS TODAS LAS DETERMINACIONES EXIGIDAS POR EL DOCUMENTO DE REFERENCIA EN LOS APARTADOS 5.1.4.3 Y EL ANEJO 3 DEL ISA. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Patrimonio Cultural Se debería valorar ambientalmente las acequias y canales de riego existentes en el término, estableciendo, si fuese necesario, una protección especial, siempre pensando que el sistema hídrico forma parte del Parque Natural de L'Albufera. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Y OTRAS CONSIDERACIONES PARA LA TRAMITACIÓN • • • • • La tramitación del Plan General se realizará conforme a lo establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determ inados planes y programas en el medio ambiente y por tanto se deberán aportar los documentos allí descritos. En tanto no se establezca un procedimiento especifico, la tramitación a seguir será la especificada en el Titulo III "Evaluación ambiental de planes y programas estatales" da la Ley 9/2006. Se efectuará Consulta a la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, con el fin de obtener el informe favorable regulado en el artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. El estudio ambiental, una vez obtenido el Informe, será remitido para su evaluación ambiental debiendo estar visado por el correspondiente sello de conformidad de lo Conselleria de Cultura, Educación y Deporte en todas y cada una de las páginas del documento. Serán remitidos junto al Estudio de Impacto Ambiental los Informes preceptivos del Organismo de Cuenca relativo a: la disponibilidad de recursos hídricos (de acuerdo a lo expuesto en el apartado 5 de este informe ambiental), el informe favorable acerca de los usos proyectados en el Plan que se encuentran en la zona de polic ía de 100 metros del cauce público y la autorización para el vertido a cauce público de la red do aguas residuales y la de pluviales que se generarán con los nuevos desarrollos planteados en este Plan General. Se solicitará informe, emitido por el Servicio de Protección del Ambiente Atmosférico de la Dirección General de Calidad Ambiental, sobre el Estudio Acústico regulado por el art. 36 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la contaminación acústica, Se obtendrá Informe de la unidad de Vías Pecuarias. Dicho informe se solicitará a la correspondiente Dirección Territorial de Territorio y Vivienda. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 22 de 62 2882 RESUMEN DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA 1. Se deberá cumplir con los condicionantes establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental emitida por este servicio en fecha 18 de abril de 2007, con número de expediente 401/2006-AIA, relativa al Programa de Actuación Integrada Sector "Nou Mil lenni" de Catarroja. 2. Dado que uno de los objetivos del PORN de L’Albufera es la regulación del ciclo hidrológico en la cuenca hidrográfica del lago, y que ésta deberá prever las necesidades y requisitos para la conservación y restauración de los espacios naturales contenidos en ella, es por lo que deberá justificarse adecuadamente la procedencia del agua potable con la que se pretende abastecer a las nuevas zonas urbanas previstas en el Plan General proyectado. 3. Se deberá justificar adecuadamente que las aguas residuales a verter en el ámbito del Parque Natural tendrán como mínimo las condiciones de calidad requeridas para "zonas sensibles" por el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de aguas residuales urbanas, modificado por Real Decreto 2116/1998, todo ello como normativa de transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 91/271/CEE, de 21 de mayo, Sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. 4. El crecimiento deberá ser orientado hacia las zonas que no presenten riesgo de Inundación, de conformidad con el art, 35 del ROGTU, por lo que se deberá estudiar la posibilidad de desplazar los sectores previstos sobre suelos inundables a los que no lo son, o justificar ambientalmente, la necesidad de esta localización. 5. Se deberá realizar un estudio de inundabilidad que, recogiendo el "Proyecto de Restitución y Adaptación de los cauces naturales de los barrancos del Poyo, Torrente, Chiva y Pozalet (Valencia)", delimite las nuevas zonas de riesgo resultantes tras el encauzamiento. 6. Se deberá remitir, junto con la documentación técnica del Plan General, los Informes preceptivos establecidos en el punto 6 de este Informe Ambiental. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.3.- VALORACIÓN DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD Y DE SU CALIDAD 1.3.1.- Valoración del contenido del informe de sostenibilidad ambiental Este apartado identifica los puntos fuertes y débiles del informe de sostenibilidad ambiental, y evalúa la incorporación de las determinaciones del documento de referencia, el alcance del informe en cuanto a contenidos y la valoración de la información utilizada. 1.3.1.1.- Aspectos ambientales y objetivos ambientales relevantes 2883 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez La evaluación ambiental del informe de sostenibilidad ambiental se basa en los aspectos ambientales relevantes y significativos del plan, que se exponen a continuación: -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 23 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Tabla 5. Aspectos ambientales relevantes y objetivos ambientales considerados. Cabe destacar que, dentro del casco urbano de Catarroja, se localiza la acequia de Favara de Albal, al lado Este de la CV-400, discurriendo paralelamente a la carretera. Esta acequia es el brazo derecho de la acequia de Favara, una de las ocho acequias de la Vega de Valencia, que están bajo la jurisdicción del Tribunal de las Aguas. El Plan General modificará el modelo territorial del municipio, adaptándolo a las últimas reclasificaciones acontecidas (Sector Nou Mil.lenni) y logrando una mejor conexión con el área metropolitana de Valencia, actuando sobre el propio casco urbano, mediante tratamiento de bordes, mejora de conexiones con la zona industrial y zonas naturales, creando recorridos peatonales… En caso de no desarrollarse el Plan General la problemática actual existente sobre el casco urbano se mantendrá, perdiéndose la oportunidad de desarrollar un modelo territorial para el municipio acorde a sus necesidades actuales y futuras. o El Plan General muestra evidentes síntomas de agotamiento, puesto que ha sido modificado mediante modificaciones puntuales y planes parciales en varias ocasiones. Se puede considerar que el Plan General de Catarroja se encuentra completamente desarrollado, tanto los suelos urbanizables previstos en el PGOU como los sectores procedentes de reclasificaciones realizadas mediante modificaciones del citado Plan o Actualmente el casco urbano se encuentra totalmente consolidado y agotado, de manera que se hace necesario la ampliación del suelo urbanizable para abarcar la demanda demográfica actual y en los años horizonte. Sobre él actualmente no existe opción de construcción de nuevas viviendas o nuevos equipamientos (zonas verdes, zonas de esparcimiento…) o Déficit municipal de instalaciones dotacionales que hacen necesaria una actuación que recoja la ampliación de instalaciones deportivas, servicios sanitarios, equipamientos educativos (incluido preescolar), etc. o Sobre la dimensión del número de viviendas de protección proyectadas, existe una demanda potencial en nuestro entorno comarcal, evidenciada en los Estudios de Necesidades realizados por la Consellería de Territorio y Vivienda. o El transporte urbano existente en el mismo es bastante reducido o Las conexiones entre el propio casco urbano y el polígono industrial son escasas y están deterioradas. Los accesos a la zona de huerta ubicada al oeste del término y al Parque Natural de La Albufera son prácticamente inexistentes. o El paisaje periurbano del casco se encuentra en mal estado: abundancia de carteles publicitarios, entradas al municipio de calidad reducida, fachada urbana deteriorada… o Respecto al tráfico, el número de vehículos por habitante es elevado y el modelo urbano existente genera mucho tráfico. La demanda de movilidad motorizada aumenta continuamente, provocando atascos que empeoran las condiciones de calidad de vida. Aumenta el ruido, la contaminación u el consumo de energía. La demanda de mayor movilidad aumenta las emisiones de gases de efecto invernadero. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL o Protección de los paisajes, que se entenderá como las actuaciones encaminadas a conservar y mantener los aspectos significativos o característicos de un paisaje, justificados por su valor patrimonial derivado de su configuración natural y/o la acción del hombre. o Mantener el patrimonio arquitectónico tradicional del casco urbano mediante la restauración y rehabilitación de las estructuras de mayor valor cultural y paisajístico. o Ordenación de los paisajes: que se entenderá como las actuaciones que presenten un carácter prospectivo particularmente acentuado con vistas a mejorar, restaurar o crear paisajes. o Potenciar los recorridos peatonales y ciclistas del entramado urbano, mediante la correcta gestión de los existentes y/o introducción de nuevos trazados, que permitan acercar a los ciudadanos los recursos paisajísticos identificados y los paisajes de alto valor. o Ordenar los espacios de transición entre los usos urbanos y la huerta así como los espacios intersticiales entre núcleos urbanos. o Velar por la integración paisajística de las infraestructuras existentes y previstas. o Mantenimiento adecuado de las zonas verdes para garantizar su valor paisajístico. o Cuidar los bordes urbanos, ya que con ello se revaloriza la calidad perceptual de la unidad. o Limitar las alturas de las edificaciones de modo que las afecciones visuales de las mismas queden minimizadas o amortiguadas por los viales y zonas ajardinadas contiguas. o Fomentar un crecimiento que busque la consolidación de los espacios urbanos existentes, con el fin de homogeneizar la forma del casco urbano (desarrollos próximos al actual casco urbano). o Descongestión y eficiencia en el transporte. Fomento del transporte público, ampliación de la red, renovación de infraestructuras existentes, desarrollo de nuevas rutas… o Creación de un carril bici. Fomento del uso de la bicicleta. Difusión del servicio de transporte público individualizado “Catarroda”. o Mejora del tráfico en el municipio, reordenación del mismo, adaptación de secciones viarias, cambios del sentido de circulación en los casos necesarios, creación de garajes subterráneos… o Creación de itinerarios culturales, ambientales… para la puesta en valor de los principales recursos del municipio de Catarroja. o Integración urbana del metro ligero. o Construcción de aparcamientos disuasorios junto a la estación ferroviaria. Integración del frente ferroviario. o Adecuación de la Ronda Norte como acceso principal al municipio desde la Autovía V-31, acondicionando la sección viaria mediante ampliación de los arcenes y mejora del firme, tratamiento de los márgenes de los taludes del barranco que lindan con la calzada mediante su revegetación, mejora de la estética y señalización en las rotondas y disposición de un hito identificativo del municipio a su inicio. o Creación de nuevos puntos verdes. o Fomento de la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 24 de 62 2884 - El casco urbano residencial: En la actualidad el casco urbano se encuentra totalmente consolidado y agotado, de manera que se hace necesaria la ampliación de suelo urbanizable para abarcar la demanda demográfica actual y en los años horizonte. También se observa un claro déficit municipal de instalaciones que hace necesaria una actuación que recoja la ampliación de instalaciones deportivas, servicios sanitarios, equipamientos educativos (incluidos preescolar), etc. PROBLEMAS AMBI ENTALES EXISTENTES El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez ASPECTOS RELEVANTES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL o Gestión de los paisajes o Degeneración de la imagen desde el principal eje de comunicación del municipio (V-31). o Impacto visual desde el núcleo residencial por la excesiva cantidad de carteles publicitarios existentes. o Ordenación de los paisajes o Reconversión del frente industrial a la autovía V-31, mejorando la imagen de la fachada urbana desde este eje de comunicación. o Únicamente se permitirán los tipos de industria señalados en el Decreto 54/1990 por el que se aprueba el Nomenclátor de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, con el fin de compatibilidad y armonizar las actividades, tanto con el tipo de suelo en el que se disponen como con los usos de los sectores colindantes. o Prohibición de las industrias contempladas en el Anejo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. o Se integrará adecuadamente el frente ferroviario, que actúa como borde entre el casco urbano y el polígono industrial, de modo que se garantice una transición que elimine las molestias que pudieran generarse por la colindancia. Para ello el Estudio de Paisaje contempla un programa de paisaje que persigue dicho fin. o Introducción de elementos paisajísticos que rompan la homogeneidad del paisaje industrial y actúen como nexos de conexión con las otras unidades de paisaje (pequeñas zonas verdes, carril bici, mobiliario urbano, etc.) o Eliminación de las áreas degradadas o con elementos negativos derivados de un mal uso de las infraestructuras o un mal mantenimiento de las mismas, como zonas de basura, aceras en mal estado, etc. o Mejora de la fachada industrial del municipio a la entrada desde la Pista de Silla mediante la eliminación total o parcial de los paneles publicitarios, mejora de la señalización vertical, iluminación e introducción de elementos con valor paisajístico, como arbolado. o Mejora de las conexiones existentes entre el polígono industrial, el casco urbano y el Parque Natural de La Albufera. o Fomento de la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 25 de 62 2885 - El polígono industrial: El polígono industrial de Catarroja se basa en un fuerte tejido empresarial localizado al este del casco urbano entre la línea de ferrocarril y la carretera V-31, cuyo desarrollo se acometido tras la aprobación del Plan General del 88. La formación de dicho polígono ha sido muy ordenada con calles amplias y distribuciones regulares. Las industrias implantadas responden a la normativa vigente. La principal problemática del mismo radica en la imagen que genera dicho polígono del municipio desde la autovía. El Plan General prevé su reconversión, de modo que se vayan sustituyendo las industrias ubicadas en las manzanas que dan al frente de la autovía, creándose un frente terciario comercial y hotelero que mejore la imagen del municipio desde el principal eje de comunicación del mismo. En caso de no desarrollarse el Plan General, el municipio de Catarroja continuará mostrando una imagen deteriorada e inapropiada desde la autovía V-3. PROBLEMAS AMBI ENTALES EXISTENTES El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez ASPECTOS RELEVANTES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL o Mantener fuera del proceso urbanístico y edificatorio los suelos no urbanizables de protección especial: agrícola, medioambiental, paisajísticos, arqueológicos e hidrológicos que son las que se dan en el término municipal de Catarroja. o El principal riesgo de inundación en el municipio se produce como consecuencia de la existencia del barranco del Chiva, afectando principalmente al casco urbano y a la zona de arrozal de La Albufera y parcialmente al norte del Polígono Industrial y al norte de la zona de huerta del Parque Natural de La Albufera. o Desfase de la cartografía del PATRICOVA con el estado actual de la zona después de haberse realizado las obras de encauzamiento del barranco del Poyo. o Mantener fuera del proceso urbanístico y edificatorio las zonas de protección de carreteras, de ferrocarril, de cauces, los barrancos y las vías pecuarias. o Fomento de la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 26 de 62 2886 - Las zonas de inundación del municipio: Al término municipal de Catarroja le afecta el Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA). El principal causante del riesgo de inundación en Catarroja es el barranco del Poyo. Los datos que muestra el PATRICOVA resultan obsoletos, ya que el pasado año 2005 se finalizaron y entregaron las obras de encauzamiento del barranco del Poyo en el tramo comprendido entre Catarroja y La Albufera. Esta actuación se engloba en la actuación estructural EVC19+ contemplada en el PA TRICOVA. Tras estas obras se redujo el riesgo de inundación para el municipio, determinación que se obtuvo tras realizar un nuevo estudio de inundaciones que actualiza las zonas establecidas en el PATRICOVA. El Plan General adecuará el planeamiento vigente a este nuevo estado de inundabilidad del municipio, clasificando las zonas de riesgo 1 como suelo no urbanizable de protección de cauces y advirtiendo del riesgo existente en el actual casco urbano consolidado, que actualmente aparece clasificado como suelo urbano. Además viene acompañado por un estudio de inundabilidad, en el cual se muestran las zonas de inundación y los riesgos asociados actuales en el municipio de Catarroja. Dicho estudio concluye que mientras no se ejecuten las obras incluidas en el Proyecto “Adecuación ambiental y drenaje de la cuenca del Poyo vertiente a La Albufera”, descritas en el susodicho estudio de inundabilidad, el riesgo real de inundación del municipio oscila entre los valores de 5 (frecuencia mayor de 500 años y calados mayores de 80cm) y 6 (frecuencia mayor de 500 años y calados menores de 80cm).Una vez ejecutadas las obras previstas en dicho proyecto, el riesgo de periodo de retorno menor de 500 años, desaparecerá. En caso de no desarrollarse el Plan General, el estado de inundabilidad del municipio de Catarroja quedará desfasado de acuerdo a su estado real en la actualidad. PROBLEMAS AMBI ENTALES EXISTENTES El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez ASPECTOS RELEVANTES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA o Menor rentabilidad económica de la huerta frente a otras actividades urbanísticas. o Adquisición de suelo por no agricultores cuya finalidad es su posicionamiento ante futuras reclasificaciones urbanísticas. o Incremento del valor del suelo por expectativas urbanísticas que imposibilitan la adquisición del mismo por los agricultores que solo pueden pagar precios acordes con la rentabilidad económica real de la agricultura. o Disminución del relevo generacional en la agricultura ante la baja rentabilidad de la misma por unidad de superficie, lo que ocasiona que con la superficie de las actuales explotaciones agrícolas no permita la subsistencia de una familia. o Compartimentación de los espacios de huerta por infraestructuras y desarrollos urbanos. o Poca eficiencia hídrica del sistema de riego, derivada de su carácter histórico y de la existencia de derechos de usos no actualizados a las necesidades de sostenibilidad hídrica actuales. o Contaminación agrícola de los suelos y las aguas. o Fragmentación debida a nuevas infraestructuras, las pocas bolsas de huerta productiva que quedan son cada vez de menor tamaño y están completamente aisladas entre sí. Esta situación reduce a cero la viabilidad productiva de la huerta. o En las últimas décadas la sostenibilidad económica de las producciones agrícolas de la comarca se ha reducido debido a numerosas causas, principalmente a la competencia de productos importados, la excesiva parcelación de la tierra que minimiza su rentabilidad y el envejecimiento de la población dedicada a este sector económico. o La ocupación de manera ciertamente caótica por urbanizaciones de viviendas unifamiliares, viviendas dispersas, actuaciones terciarias e industriales y plantaciones agrícolas, muchas ellas en desuso y estado de progresivo abandono, dada la dimensión de dichas explotaciones, caracterizadas por el minifundio de escaso. o La huerta de Catarroja, así como La Albufera son elementos principales de la matriz ecológica que conforma el término municipal de Catarroja, cuyas piezas quedan inconexas, existiendo la posibilidad de entrelazarlas mediante el principal barranco del municipio que puede jugar un papel importante para poder conectar estos espacios entre sí. o La huerta de Catarroja contiene diversos recursos culturales de distinta naturales que responden a una lógica territorial, generada a partir de la ocupación del medio físico por sucesivas generaciones a lo largo de diferentes etapas cronológicas. Entre ellos podemos diferenciar los elementos patrimoniales hidráulicos, ligados a la estructura hidráulica de riego, que presenta un valor patrimonial, las acequias y los caminos históricos que conectan y estructuran el paisaje de huerta. Estos elementos aparecen diseminados por el territorio. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL o Protección de los paisajes o Ordenación de los paisajes o Protección de la bolsa de huerta de Catarroja ubicada al oeste del término municipal, según las directrices establecidas por el Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia. o Potenciar las actividades socioeconómicas relacionadas con este paisaje para garantizar así su mantenimiento. o Mantener el patrimonio tradicional de la huerta mediante la restauración y rehabilitación de las estructuras de mayor valor cultural y paisajístico. (Acequias madre, Casa Groc, Casa de la Marquesa, Casa del Mestre, Villa Consuelo, Hort d´Estela, Hort de Don Paco y motor de San Andrés, Hort de ferrís, Hort de Fadrí, pozos, motores de interés, vías pecuarias…) o Protección de los espacios de valor natural y/o cultural especial, mediante la preservación de corredores ecológicos, que constituirán un elemento de conexión biológica entre los espacios naturales de mayor valor. o Se garantizará el adecuado funcionamiento del sistema hidrológico existente en el término municipal, cuya agua para riego se distribuye mediante sus acequias, con el fin de proteger y preservar la actividad agrícola característica del municipio o Rehabilitar los recursos con alto valor paisajístico (arquitectura rural, sistemas de riego tradicional…) buscando fórmulas que permitan el mantenimiento económico y social de las actividades agrícolas tradicionales. o Definir una nueva relación entre a huerta y la población no rural, fomentando los usos públicos y recreativos compatibles con la protección de la huerta. o Introducir elementos que conecten las zonas agrícolas con el casco urbano como carril bici, paseos peatonales, áreas verdes, etc. para mejorar el paisaje periurbano o de transición entre ambos. o Búsqueda del modo más adecuado para potenciar el uso y desfrute de la huerta acondicionando recorridos y espacios públicos, creando una nueva oferta turística… o Mantener fuera del proceso urbanístico y edificatorio los suelos no urbanizables de protección especial: agrícola, medioambiental, paisajísticos, arqueológicos e hidrológicos que son las que se dan en el término municipal de Catarroja. o Fomento de la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 27 de 62 2887 - La Huerta: La huerta de Catarroja se caracteriza por tener un relieve regular que se extiende de norte a sur por la zona oeste del término municipal. Se puede afirmar que toda la zona se constituye de terreno agrícola, ocupado por cultivos de cítricos y hortícolas. Este terreno se ve interrumpido por la existencia de acequias de canalización de agua, que se utilizan para el riego de la zona. Los terrenos cultivados introducen una homogeneidad en el paisaje, puesto que al ser todos ellos de regadío presentan las mismas tonalidades. El territorio se estructura en forma matricial debido a la configuración de las diferentes parcelas de cultivo, las cuales introducen un orden espacial en el área, cuya percepción se diluye a escala visual, quedando a este nivel un paisaje que denota en mayor medida la innegable intervención del hombre en el entorno –instalaciones de riego por goteo, acequias, caminos, edificaciones... El Plan General pondrá en valor la huerta existente en el municipio, mediante mecanismos de gestión adecuados, mejorado la accesibilidad y protegiendo el carácter agrícola de la zona, clasificando adecuadamente este suelo acorde a la legislación vigente y considerando las directrices establecidas en el Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia. En caso de no desarrollarse el Plan General, se perderá la oportunidad de poner en valor la huerta de Catarroja. PROBLEMAS AMBI ENTALES EXISTENTES El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez ASPECTOS RELEVANTES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) o Presiones sobre ecosistemas frágiles. o Contaminación de acuíferos. o Colmatación del lago de La Albufera por el deteriorado estado de las acequias y canales que vierten al mismo, que al carecer de vegetación, en épocas de avenida arrastran grandes volúmenes de tierra que colmatan el lago de La Albufera, produciendo el deterioro del mismo. El lago está sufriendo el aterramiento provocado principalmente por los sedimentos aportados por las avenidas de los barrancos del Poyo o de Massanassa, Beniparrell, Hortola y Tramusser, entre otros. o Contaminación de las aguas, como consecuencia de los residuos domésticos de las poblaciones cercanas y las descargas de sistemas unitarios de saneamiento que se unen a los vertidos procedentes de distintos polígonos industriales y a los restos de los plaguicidas y abonos empleados en los arrozales. o Contaminación de suelos del Parque Natural de La Albufera por el vertido descontrolado de residuos sólidos y líquidos en el mismo. o Impacto visual producido por los tendidos eléctricos que recorren el Parque Natural de La Albufera próximos al lago. o Alteraciones y ocupaciones físicas del territorio, la expansión urbanística y el intenso tráfico de vehículos hacen peligrar el entorno del Parque Natural. OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL o Protección de los paisajes o Ordenación de los paisajes. o Preservar el paisaje de La Albufera, manteniendo y rehabilitando, cuando sea necesario, la estructura del puerto así como las edificaciones tradicionales asociadas a éste con un alto valor paisajístico y cultural (itinerarios existentes, vías pecuarias, puerto…). o Protección de los espacios de valor natural y/o cultural especial, mediante la preservación de corredores ecológicos, que constituirán un elemento de conexión biológica entre los espacios naturales de mayor valor. o Cumplimiento de las directrices establecidas por el PORN y el PRUG de modo que se consiga: o Asegurar un aporte de agua adecuado, en calidad y cantidad, a la conservación de dicho ecosistema. o Conservación de los recursos hídricos subterráneos, basada en una explotación racional de los mismos. o Conservación de las aguas subterráneas. o Conservación de los cauces y riberas. o Conservación del suelo y la cubierta vegetal. o Conservación de la flora y la fauna. o Conservación de la fachada litoral. o Conservación de las vías pecuarias. o Atender a la conservación de los ecosistemas naturales y sus valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos, además de promover la enseñanza y disfrute del parque en razón de su interés patrimonial y cultural, así como el mantenimiento de las actividades económicas tradicionales, compatibilizándolas con el grado de protección recogido en este decreto. o Regenerar y conservar los ecosistemas de alto valor: malladas, vegetación perilagunar... o Controlar el acceso a las distintas áreas del paraje, con especial referencia a las de cría de aves nidificantes. o Controlar los accesos de vehículos y limitar su paso en zonas sensibles. o Evitar las talas del arbolado autóctono y recolección de especies características del parque. o Eliminar progresivamente las especies exóticas de carácter invasor y repoblación con especies autóctonas. o Recuperación paisajística con vistas a eliminar los múltiples impactos visuales en la periferia y dentro del parque. o Adecuar la conservación de los recursos naturales con el necesario uso recreativo, científico y cultural del espacio natural. o Fomentar las actividades socioeconómicas existentes o alternativas, compatibles con la protección de los valores culturales y paisajísticos, que puedan contribuir al mantenimiento de este paisaje. o Potenciar un uso público que permita a la población conocer y valorar el paisaje, mediante la creación de recorridos paisajísticos, áreas de recreo y miradores coincidiendo con puntos desde los que se puedan observar recursos o vistas con alto valor paisajístico. o Crear itinerarios y rutas de paisaje, miradores y áreas de recreo aprovechando la estructura agrícola existente, caminos, acequias de riego, pozos y motores, etc. o Limpieza de vertidos dentro del parque, mejorando la calidad ambiental y el paisaje, contribuyendo a mantener su valor medioambiental, cultural y paisajístico. o Tener en cuenta la existencia de una Zona Húmeda como La Albufera de Valencia, clasificando el suelo en función de las características a proteger, de manera que se detecten las áreas más antropizadas dándoles una clasificación apropiada y aquellas áreas que alberguen condiciones naturales o valores a proteger se incluyan dentro del suelo no urbanizable protegido. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P. pág. 28 de 62 2888 - El Parque Natural de La Albufera: Este espacio natural se extiende sobre una superficie de 21.120 ha y alberga una gran variedad de hábitats que permiten la existencia de una gran diversidad de fauna y flora. Desde el año 1990 La Albufera está incluida en la lista de humedales de importancia internacional para las aves, desde 1991 es considerada como Zona de Especial Protección para Aves y desde 1993 es declarado Parque Natural, estableciéndose así su régimen jurídico especial. El sistema formado por el lago de La Albufera, su entorno húmedo y la barra litoral adyacente a ambos constituye uno de los espacios naturales de mayor importancia en la Comunidad Valenciana. La circunstancia de proximidad al área metropolitana de Valencia le confiere especiales características ambientales, a la vez que le añade una importante función social como espacio natural. Asimismo, la presencia en la zona de importantes usos y aprovechamientos de tipo tradicional que, en interacción con las biocenosis naturales, han determinado las características ambientales actualmente existentes como rasgos distintivos del espacio, determina la necesidad de establecer una regulación de actividades que haga compatible el uso ordenado del espacio con el mantenimiento de los valores ecológicos. El conjunto de los hábitats del parque en sus distintos ambientes lagunar, de marjal, dunar y de monte mediterráneo, todos ellos con su importante fauna y flora características, se considera un bien de interés prioritario por su interés ecológico, científico y educativo. No menos importante es el patrimonio etnográfico, tanto material como intangible, expresión de la estrategia vital desarrollada durante siglos por las poblaciones locales como adaptación muy lograda al difícil entorno de una zona húmeda. El uso agrario del marjal define o condiciona una parte importante de los valores ambientales del parque. La acequia del puerto es uno de los elementos más relevantes dentro de este ámbito. La actividad cinegética tradicional, practicada según el régimen histórico característico de la zona, es una actividad de gran arraigo considerada compatible en su conjunto con la conservación de los valores ecológicos. La actividad pesquera profesional, practicada tradicionalmente en La Albufera mediante un régimen histórico de usos que, en sí mismo, constituye parte del patrimonio cultural del parque, es también un ejemplo de uso sostenible de los recursos naturales. El uso público del parque natural, incluyendo las actividades relacionadas con el disfrute ordenado, la enseñanza y el estudio de los valores ambientales y culturales, se considera una de las funciones prioritarias del espacio protegido, en el contexto territorial de la intensa actividad social y económica del entorno metropolitano de Valencia. Pero junto a estas actividades sostenibles y compatibles con el entorno en el que se desarrollan, existen otras perturbadoras que pueden alterar irreversiblemente los valores naturales de este espacio protegido: - Aterramiento y desaparición del marjal. - Presión urbanística sobre el sistema dunar. - Perturbación del régimen hídrico con perjuicio irreversible para el lago y los ullals. - Presión industrial. - Presión cinegética desmesurada. - Disfunciones en zonas periféricas. El Plan General protegerá expresamente y respetará las normas establecidas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Usos y Gestión del Parque Natural de La Albufera. En caso de no desarrollarse el Plan General, el Parque Natural de La Albufera seguirá siendo el gran desconocido para los habitantes del municipio, perdiéndose la opción de disfrutar de forma sostenible de este espacio natural. PROBLEMAS AMBI ENTALES EXISTENTES El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez ASPECTOS RELEVANTES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.3.1.2.- Valoración de la información utilizada El Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan General de Catarroja ha basado su análisis y evaluación ambiental en diversos inventarios y estudios de campo realizados por técnicos especializados. Además, para la elaboración del diagnóstico y la evaluación del plan se ha utilizado información de base procedente de fuentes fiables: - Bibliografía específica referenciada en cada caso. - Guías para la elaboración de estudios ambientales de proyectos con incidencia en el medio natural - Guía metodológica para la Evaluación del Impacto Ambiental, V Conesa Fdez. - Legislación básica. Como herramienta de trabajo fundamental se destaca el empleo de un Sistema de Información Geográfica para la elaboración de la cartografía. Este instrumento permitió además una evaluación del impacto mediante la superposición de la cartografía de ordenación propuesta y la de unidades ambientales. Además del análisis de las características del medio que pueden verse afectadas, se anexan al ISA una serie de estudios específicos que constituyen la información ambiental de base para el análisis y la evaluación de la actuación. Esta información ha sido elaborada por técnicos competentes en diferentes ámbitos que avalan la calidad de la información aportada y del análisis realizado, siendo éstos: El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez 1. Masas vegetales de interés. 2. Estudio acústico. 3. Estudio de patrimonio. 4. Estudio hídrico. 2889 5. Estudio de inundabilidad -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 29 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.3.1.3.- Conclusiones de la valoración: puntos fuertes y débiles del informe de sostenibilidad ambiental A modo de conclusión, se exponen a continuación los puntos fuertes y débiles del informe de sostenibilidad ambiental. Puntos fuertes: La elaboración de una amplia documentación previamente a la definición del Plan General de Catarroja fue determinante para la adecuación ambiental del proyecto desde las primeras fases de diseño. La redacción de los condicionantes ambientales para los elementos más conflictivos de la ordenación fue el primer paso para definir zonas de exclusión y zonas sensibles, las cuales fueron más adelante integradas en el Documento de Concierto Previo. Es importante asimismo destacar el capítulo de medidas preventivas y correctoras. En él se detallan todas aquellas medidas derivadas de otros planes (Sector “Catarroja Nou Mil.lenni”) y que afectan directamente al proceso de evaluación ambiental. La protección del paisaje y la regeneración paisajística constituyen asimismo dos aspectos importantes incluidos en el ISA. Presentándose como documento independiente anexo a éste, correspondiéndose con el documento Estudio de Paisaje. De manera general, la información de carácter ambiental disponible para la elaboración de estudios ambientales se encuentra a una escala que en muchos casos excede el detalle adecuado. En algunos casos, la disponibilidad de información es escasa y es necesario recurrir a datos que no están actualizados. 2890 Por otro lado se considera insuficiente la evaluación ambiental de alternativas viables, si bien el Plan General no reclasifica nuevos terrenos, sino que por el contrario ratifica el modelo territorial vigente llevado a cabo por las diferentes figuras de planeamiento aprobadas desde el original Plan General de 1988. Situación que nos conduce a la única posibilidad de evaluación de la alternativa cero y la alternativa analizada. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Puntos débiles: -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 30 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.3.2.- Síntesis de la evaluación ambiental del informe de sostenibilidad ambiental 1.3.2.1.- Evaluación general de alternativas Alternativa 0: No proceder a la revisión del planeamiento vigente en Catarroja, permitiendo que el modelo territorial del mismo continúe desfasado de acuerdo a las necesidades reales del municipio. Este escenario consiste en mantener en vigor, adaptándolo a la actual legislación el vigente planeamiento urbanístico del municipio. Si no se adapta y actualiza el PG de Catarroja, se prevé que continúen las tendencias actuales, manteniendo situaciones problemáticas no resueltas en los ámbitos social y medioambiental. • Alternativa 1: Redacción del Plan General como herramienta básica para la definición del modelo territorial municipal de Catarroja y el modelo de gestión urbana que se ha de aplicar. Sus funciones básicas son las de determinar los usos generales y específicos del suelo, las dotaciones locales apropiadas, los servicios y las infraestructuras necesarias para garantizar una buena calidad de vida y de posibilitar el desarrollo local mediante: - La planificación del desarrollo y crecimiento urbano, definiendo sus relaciones con otras localidades y con su entorno natural. - La estructura y organización del territorio, diseñando sistemas generales. - La delimitación de los espacios públicos y privados dentro de las áreas construidas y la definición de sistemas de espacios públicos. - La definición de usos generales y específicos de cada zona. El modelo territorial propuesto combina la necesidad de mantener el importante patrimonio cultural de la población, la conservación, recuperación y mejora del parque Natural de La Albufera, la remodelación de elementos deteriorados en el casco urbano consolidado y un crecimiento urbano acorde con las necesidades del municipio de Catarroja y su enclave dentro del área metropolitana y de L’Horta Sud, integrando los preceptos de los distintos Planes de Acción Territorial. El nuevo Plan General modificará el modelo territorial existente, adaptándolo a la reclasificación producida como consecuencia de la aprobación del Programa de Actuación Integrada “Nou Mil.lenni”, de modo que este sector tenga cabida. La revisión del planeamiento vigente se considera conveniente y oportuna dado el largo tiempo transcurrido desde la aprobación del planeamiento vigente y las consecutivas modificaciones que se han producido sobre este, además durante los últimos años transcurridos se ha promulgado abundante legislación con repercusión urbanística, -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 31 de 62 2891 • El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez A continuación se exponen las dos alternativas consideradas en el informe de sostenibilidad ambiental: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA además el municipio ha sufrido cambios importantes, planteándose nuevos objetivos de política urbanística municipal. El objetivo del Plan General no es otro que proponer y determinar los objetivos de desarrollo de Catarroja, tratando de compatibilizar por un lado el necesario progreso y expansión del mismo, al tiempo que se garantice la preservación, mejora e impulso a los valores y espacios medioambientales, que existen en el término municipal de Catarroja. 1.3.2.2.- Análisis de la alternativa adoptada El ISA concluye que la alternativa de ordenación adoptada representa globalmente una mejora ambiental respecto de la situación de partida, y cumple satisfactoriamente los principales objetivos ambientales establecidos. Por lo tanto, la adopción de los diversos objetivos ambientales se juzga mejorable, y consecuentemente se proponen medidas concretas para incrementar el grado de cumplimiento de estos objetivos. 2892 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Citar que en la evaluación de la alternativa adoptada se ha valorado también las propuestas del plan dirigidas a la integración de los aspectos ambientales en los planes y programas derivados (sector “Catarroja Nou Mil.lenni”), y se han propuesto medidas de mejora en este sentido. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 32 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.4.- EVALUACIÓN DEL RESULTADO DE LA FASE DE CONSULTAS Las consultas al público y a las administraciones interesadas se han realizado en las fases siguientes: Concierto Previo: - Información pública del avance del plan durante 30 días Aprobación inicial: Información pública del borrador o versión preliminar del plan durante 45 días 2893 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez - -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 33 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.4.1.- Origen de las consultas y grado de consideración En este apartado se detalla el origen de las aportaciones recibidas, especificando los procesos de consulta que han originado. Tabla 6 .Consideraciones derivadas de la información pública - ASOCIACIÓN SALVEM CATARROJA (Re Nº 4020, de 30 de marzo de 2009) D. VICENTE JOSÉ GARCÍA DIEGO Y D. PABLO FERRER PUCHALT (Re Nº 4135, de 31 de marzo de 2009). - Dª ROSA MARTÍNEZ FERRER (Re Nº 4143, de 31 de marzo de 2009). - D. JOSÉ FERNANDO CARMONA MARINA, D. JUAN IGNACIO CARMONA MARINA, D. HIGINIO PERALTA LÓPEZ Y D. ALBERTO MARTÍNEZ MINUESA SALAMERO (Re Nº 4150, de 31 de marzo de 2009). - Finalidad de la revisión del Plan General. Estudio de Impacto Ambiental. Recursos hídricos. Cesión prevista en el art. 13,6 de la Ley 4/2004, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. Participación de la sociedad en la definición del modelo de crecimiento. Plan de Participación Pública. Sobre la arbitrariedad del Plan General por falta de motivación. Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y ocupación del territorio. Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos Participación pública sobre el Nou Mil.lenni Resolución del Parlamento Europeo en contra de Nou Mil.lenni Posibilidad de obtener licencia para construir dos naves agrícolas de 200 m2 y 100 m2, respectivamente, dentro del Parque Natural de la Albufera, entre la Pista de Silla y el Cami del Rei, en la zona de los arrozales. Tener a la alegante como parte interesada en el expediente de revisión del Plan General. Se incluya en el nuevo PG la normativa urbanística relativa a la reserva de aparcamientos para supermercados que se encuentra vigente en la actualidad Subsanar las alturas de la Calle Colon n° 58 y 60 pasando a las 4 existentes Información sobre la fecha de publicación en los periódicos oficiales de Nou Mil.lenni Intención de ubicar un área de servicio en unas parcelas adquiridas por los alegantes en la Partida Bellver o Bony, sobre la que manifiestan su intención de ubicar un área de servicio. Habiendo sido todas ellas consideradas, formulando la pertinente propuesta de resolución de las mismas. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 34 de 62 2894 D. WILSON FERRÚS, Grupo municipal PSOE del Ayuntamiento de Catarroja (Re Nº 4004, de 27 de marzo de 2009). - El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Resumen de la alegación planteada Persona física o jurídica alegante PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Tabla 7. Consultas a las administraciones afectadas Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada General de -Área de Patrimonio cultural de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano. -Dirección General de Prevención, extinción de incendios y emergencias de la Consellería de Gobernación. -Consellería de Sanidad. Grado de consideración Se emitió informe en fecha 7 de Julio de 2.009, en el que se hace referencia a la necesidad de solicitar informes a la empresa encargada del Abastecimiento en la zona (Egevasa) y al Organismo de Cuenca (CHJ) por lo que respecta al abastecimiento de agua, y a la EPSAR, respecto al Saneamiento. Se informa que existe suelo de diversos riesgos de inundabilidad según el PATRICOVA, por lo que cualquier actuación en estas zonas deberá ser acorde a lo indicado en el mismo y contar con la preceptiva autorización del Organismo de Cuenca. Por último, se informe que el término municipal de Catarroja no se encuentra afectado por el Plan de Acción Territorial de Corredores de Infraestructuras. Se deben dar por cumplidos los condicionantes derivados del presente informe, por cuanto se han pedido los informes exigidos en el mismo y además no se afecta con el Plan General al Plan de Acción Territorial de Corredores de Infraestructuras. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Se emitió informe en fecha 27 de Marzo de 2.009 en el que se hacía referencia a las cuestiones siguientes: -Respecto al riesgo de inundación se afirma que según el nuevo estudio de inundabilidad se ha reducido el riesgo inicial previsto en el PATRICOVA, y además este riesgo no afecta a ningún sector urbanizable planteado. -Respecto a riesgos de deslizamiento, no hay riesgo alguno de este tipo según la Cartografía Temática. -Respecto a riesgo sísmico se deberán asumir todas las medidas establecidas en la NCSR-02. -Respecto a riesgo forestal, según la información del Inventario Forestal no hay riesgo en este sentido. -Respecto a riesgo por accidentes en el transporte de mercancías peligrosas, según el Plan Especial de la CV contra el riesgo de este tipo de accidentes, la línea de FFCC Valencia-La Encina genera una franja de 500 m a su alrededor de alto riesgo, si bien no se ha localiza ningún Sector de Suelo Urbanizable en ella. -Respecto a Riesgo químico, existe una empresa afectada en este sentido, por lo que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 12 del RD 1254/1999. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Consellería Agricultura, Pesca Alimentación. de y En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 19 de Septiembre de 2.006, de carácter favorable, condicionado a que el Plan General se regule de acuerdo con la legislación agraria vigente y en materia de segregaciones, y se incluya en el mismo una directriz definitoria de la estrategia de evolución urbana que recoja la imposibilidad de actuaciones en suelos afectados o pendientes de serlo por actuaciones de modernización de las estructuras agrarias, salvo que se reintegre a la Administración Autonómica la cantidades invertidas más el interés legal. Se deben dar por cumplidos los condicionantes derivados del presente informe, dado que el Plan General es coherente con los mismos. En el Plan General se ha establecido, en las Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y de ocupación del territorio, en referencia a las estructuras agrarias, la siguiente determinación: “Conforme al Informe de la Consellería de Agricultura, Pesca y alimentación de fecha 19/9/06, se incluye en las Normas Urbanísticas una referencia expresa al art. 45 de la Ley 8/2002 de Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana”. A su vez, en el artículo 26.5 de las Normas Urbanísticas, establece la siguiente limitación: “En el supuesto de concesión de ayudas y subvenciones previstas en el Título II de la citada Ley 8/2002, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias, la Consellería podrá exigir el reembolso de las mismas cuando se autoricen modificaciones del planeamiento urbanístico no previstas o no informadas suficientemente e en el proceso de tramitación de dichas ayudas cuando se altere sustancialmente o se frustre el destino o función agraria perseguido, con el consiguiente perjuicio de la inversión realizada, siempre y cuando las ayudas recibidas hayan repercutido en el incremento de la indemnización percibida por los beneficiarios de la misma y no hayan transcurrido cinco años desde la autorización o concesión de tales ayudas”. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Dirección Agua. Resumen de la respuesta recibida -Consellería de Turismo. Se emitió informe en fecha 30 de Marzo de 2.009 en el que se comunica que el Servicio que suscribe (Infraestructuras Turísticas), emite informes en esta materia, a petición de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, instando a que el Ayuntamiento se dirija a ésta en aras a la coordinación administrativa. En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 10 de Julio de 2.006, en el que se instaba a tener en cuenta el Plan de Espacios Turísticos de la Comunidad Valenciana, en elaboración, y a incentivar la implantación de establecimientos hoteleros de cuatro y cinco estrellas. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) Se deben dar por cumplidos los condicionantes derivados del presente informe, dado que el Plan General es coherente con los mismos, al haber previsto una zona terciaria donde el uso hotelero es exclusivo para hoteles de cuatro y 5 estrellas. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 35 de 62 2895 En atención a lo previsto en el Plan General, se deben dar por cumplidas las determinaciones establecidas en el informe emitido en la fase de Concierto Previo, por parte de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Resumen de la respuesta recibida -Servicio de Planificación de la Diputación Provincial de Valencia. Se emitió informe en fecha 9 de Marzo de 2.009 en el que se comunica que debido a que el PGOU no afecta a carreteras de titularidad provincial, no procede la emisión del informe en cuestión. -Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Valencia. -Administrador Infraestructuras Ferroviarias. Recientemente se ha recibido en el Ayuntamiento un informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar de fecha 7 de Enero de 2.010, en el que se analizan los siguientes aspectos: Afección del planeamiento al dominio público hidráulico e incidencia en el régimen de corrientes, Disponibilidad de recursos hídricos, y Afección del planeamiento a proyectos, obras e infraestructuras hidráulicas de interés general. Respecto a la afección al dominio público hidráulico, se indica que según la documentación presentada, todos los tramos de cauces situados dentro del ámbito del Plan han sido clasificados como Suelo No Urbanizable de Especial Protección. En relación con la posible incidencia en el régimen de corrientes, el Plan General deberá incorporar esta análisis para los sectores parar los que el plan establezca la ordenación pormenorizada, mientras que en sectores no pormenorizados por el Plan, el análisis en cuestión se llevará a cabo cuando se redacte el planeamiento de desarrollo. Se deberá incluir en el Plan General una previsión sobre el sistema de evacuación de aguas pluviales y su destino final. Se recuerda que las zonas inundables deben ser clasificadas como suelo no urbanizable, y que el PATRICOVA no recoge los cambios efectuados por el proyecto de encauzamiento. En referencia a la disponibilidad de Recursos hídricos, se indica que la masa de agua subterránea en la que se incluye el término municipal (080.141-Plana de Valencia Norte) se encuentra en un buen estado cuantitativo, presentando contaminación por nitratos, por lo que su uso para abastecimiento requeriría de tratamiento previos específicos. Por otra parte, se afirma que el municipio de Catarroja se abastece actualmente de aguas superficiales procedentes del canal Júcar-Turia (planta potabilizadora de Picassent). Además, se realiza una estimación de la demanda hídrica para el año horizonte 2.027 que resulta ser de 3.352.409 m3 para una población total equivalente de 39.539 habitantes (en el Plan General se prevén 53.983 habitantes). Según estudios de la CHJ la demanda futura estimada para el año 2.027 para la ciudad de Valencia y su área metropolitana es de 175,5 Hm3/año, por lo que el volumen establecido en el plan de cuenca (220,75 Hm3/año) cubriría las necesidades actuales y futuras, y además permitiría el planteamiento de crecimientos urbanísticos futuros. No obstante, si a pesar de esto el municipio de Catarroja prevé un crecimiento urbanístico que implique unas necesidades hídricas por encima de este volumen, el incremento de volumen solicitado deberá provenir de origen subterráneo, el cual sería compatible con la planificación hidrológica. A pesar de todo lo argumentado, y al no contar con más que una concesión de 757.200 m3/año (ya que la de la EMSHI se encuentra en trámite y no cuenta con informe de compatibilidad hidrológica) no queda acreditada la disponibilidad de recursos hídricos. Por último, respecto a la afección a proyectos, obras e infraestructuras hidráulicas de interés general, se informa que el Plan General es compatible con las actuaciones llevadas a cabo por la CHJ y no existe ninguna actuación en curso, ni se tiene previsión de proyectos o ejecución de obras que afecten al territorio para el que se plantea la consulta. Con objeto de dar cumplimiento a lo exigido en el informe en cuestión, se grafía en los planos todas las afecciones derivadas de las infraestructuras ferroviarias, y además se define el recinto de la estación como dominio público ferroviario afecto a su destino, formando parte de la Red Ferroviaria de Interés General. A la vista de las diversas cuestiones abordadas por parte de la CHJ en sus informes, no cabe hacer modificación alguna en el Plan General informado al público, dado que es coherente con las limitaciones fijadas por la CHJ, habiéndose incluido en las fichas de planeamiento y gestión las determinaciones exigidas. La única salvedad a hacer, es la relativa a la ausencia de concesión administrativa por parte de la EMSHI en cuanto al volumen que tiene comprometido con el municipio de Catarroja (situación actual y previsión desarrollo Plan General), y que para la CHJ impide la acreditación de la suficiencia de recursos hídricos. No obstante, según se deriva de la abundante jurisprudencia, la inexistencia de título habilitante sobre el recurso hídrico, no es óbice para acreditar la disponibilidad del mismo, y en este sentido, y dado que el caudal en cuestión procede de una reserva establecida en el plan Hidrológico de Cuenca del Júcar, no procede realizar aclaración o modificación alguna en el documento expuesto al público. 2896 -Confederación Hidrográfica del Júcar. de A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 31 de Mayo de 2.006, donde se comunicaba que no existían previsiones, proyectos o directrices que pudieran tener incidencia sobre la ordenación urbanística del Término Municipal de Catarroja. Se emitió informe en fecha 7 de Julio de 2.009 en el que se propone el grafiado en los planos de la zona de protección y de la línea de edificación, con objeto de facilitar la aplicación de la legislación sectorial ferroviaria en la posterior gestión del Planeamiento. Además se debe considerar el recinto de la estación (edificio viajeros, aparcamiento, zona verde y accesos) como dominio público ferroviario afecto a su destino, formando parte de la Red Ferroviaria de Interés General. Se emitió informe en fecha 21 de Abril de 2.009 en el que hace constar que el Ayuntamiento de Catarroja posee un aprovechamiento inscrito en el Registro de Aguas para Abastecimiento de 22.000 habitantes, con un Volumen Máximo Anual de 757.000 m3. Por otra parte, se informa que la EMSHI posee en trámite inicial un expediente de concesión de aguas, en el que se incluye el municipio de Catarroja, si bien éste no dispone de informe de Compatibilidad de la solicitud formulada con el Plan Hidrológico de Cuenca. En conclusión, se manifiesto la insuficiencia de recursos propios (757.000 m3/año) para atender siquiera la demanda actual (2,7 Hm3/año, según el propio Ayuntamiento). Grado de consideración El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 36 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Resumen de la respuesta recibida A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos. En la fase de Concierto Previo, se emitió informe, en fecha 20 de Junio de 2.007, en el que se hacía referencia a la obligación de incluir en la memoria justificativa un estudio sobre la previsión de las necesidades de vivienda protegida en el término municipal. -Área de Planeamiento de la Dirección General de Ordenación del Territorio. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Oficina del Plan de Carreteras de la Dirección General de Obras Públicas. Se emitió informe en fecha 9 de Marzo de 2.009 en el que se solicitaba la realización de un Estudio de Tráfico, un Estudio Acústico, la indicación de las medidas viarias necesarias para minimizar el empeoramiento de los niveles de servicio por el tráfico generado (a asumir por los Sectores Urbanizables), la propuesta de accesos viarios a los sectores urbanizables y el grafiado de las zonas de protección de protección de las carreteras y su calificación como Espacio Libre de Reserva Viaria destinado a ajardinamiento. En fecha 8 de Julio de 2.009 se aporta por parte del Ayuntamiento la documentación solicitada. En fecha 21 de Julio de 2.009 se emite informe por parte de la Oficina del Plan de Carreteras, en el que se hace constar que la información aportada no incluye el Estudio de Tráfico, no pudiendo emitirse, por tanto, informe concluyente al respecto. -Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana. -Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento. -Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento. -Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia. Se debe apuntar, que el estudio de vivienda en cuestión se basa en su gran mayoría, como no podía ser de otra manera, en el estudio de demanda de vivienda realizada para el Sector Nou Mil.lenni, el cual fue informado favorablemente por parte de la Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos en su momento. Por otra parte, tal y como queda demostrado en el estudio se supera ampliamente la reserva resultante de la aplicación del sistema de indicadores territoriales de demanda de vivienda con protección pública, y la establecida en el art. 10.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. No obstante, y dado que la única actuación que puede generar un impacto apreciable en los niveles de servicio de las distintas carreteras, requiriendo además de unos accesos propios, resulta ser el Sector “Catarroja Nou Mil.lenni”, y éste ya incorporó en su momento un estudio de tráfico (que en gran medida se ve reflejado en el estudio de tráfico del Plan General) y estudio acústico, que obtuvieron informe favorable por parte de la Oficina del Plan de Carreteras de la Dirección General de Obras Públicas, no cabe esperar condicionantes importantes a resultas de la emisión del informe en cuestión. Además cabe matizar, que se incorpora una mejora del acceso al Municipio desde la V-31, que va a tener un impacto favorable sobre la red viaria municipal y supramunicipal. Por lo que respecta a este informe, dando cumplimiento a la preceptuado en el informe emitido por ADIF, tal y como se pretende, se dan por resueltas las cuestiones en planteadas en este informe. Por lo que respecta a este informe, dando cumplimiento a la preceptuado en el informe emitido por ADIF, tal y como se pretende, se dan por resueltas las cuestiones en planteadas en este informe, al haberse incluido tanto en planos como en las normas urbanísticas las exigencias derivadas. Se emitió informe en fecha 15 de Abril de 2.009 en sentido favorable. Se emitió informe en fecha 21 de Abril de 2.009 en el que se hace constar que cualquier prohibición contenida en los documentos de ordenación sobre actividades incluidas en la Ley de Minas deberá ser motivada y no podrá ser de carácter genérico. Además, se indica que en SNUC se delimitarán zonas en que sea posible la explotación de canteras, extracción de áridos o tierras, o con recursos geológicos o hidrológicos. En el Plan General sometido a información pública, por lo que respecta al Suelo No Urbanizable Común, se prohíben carácter general, todos aquellos usos que impliquen transformación de su destino o naturaleza agrícola, y entre ellos obviamente también se prohíben cualquier actividad incluida en la Ley de Minas. No obstante, esta prohibición queda justificada por la intención de no “hipotecar” el único suelo que futuro podría albergar actuaciones de interés general para el municipio. 2897 -Dirección General de Industria e Innovación. Se emitió informe en fecha 10 de Julio de 2.009 en el que se comunica que se han remitido los dos oficios remitidos por el Ayuntamiento, al Área funcional de Fomento de la Subdelegación del Gobierno, a la Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, a la Gerencia Regional de Catastro y a la Delegación especial de Economía y hacienda, adjuntando la documentación del Plan General Anexada. Además, se advierte que el citado envío no exime al Ayuntamiento de solicitar los informes a los distintos departamentos y órganos exigidos en su legislación reguladora. Se emitió informe en fecha 20 de Marzo de 2.009 en el que se pide que se incluya en el PGOU un capitulo en que se defina el Sistema General Ferroviario. Se pide que se cumplan las restricciones derivadas de las distintas zonas establecidas en la Ley y Reglamento del Sector Ferroviario. Además se afirma que la escasa escala de los planos impide apreciar la anchura de las distintas zonas. Por último, se pide que se solicite informe a ADIF. Se emitió informe en fecha 4 de Agosto de 2.009 en el que se informa sobre el desarrollo del Estudio Informativo de Integración de la línea ferroviaria La Encina-Valencia entre los Términos Municipales de Silla y Valencia, cuya zona de afección incluye el término municipal de Catarroja, si bien se encuentra una fase previa de su desarrollo, aconsejando en este sentido la conveniencia de ser especialmente escrupuloso en el cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a protecciones de los terrenos inmediatos al ferrocarril. Se da por buena la calificación urbanística otorgada a los terrenos ocupados por el Ferrocarril (SNUPI). Se pide que se defina, tanto en el texto como en los planos, la totalidad de protecciones a terrenos inmediatos al ferrocarril según la Ley del Sector Ferroviario. Grado de consideración El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 37 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Resumen de la respuesta recibida -Área de Educación de la Consellería de Educación. Se emitió informe en fecha 1 de Junio de 2.009 en el que se solicita la reserva de una parcela de uso Educativo para centro de Educación Secundaria en la zona de ampliación de núcleo urbano (12.500-13.000 m2), y se pide que en la ficha de planeamiento del Sector Nou Mil.lenni conste como condición de desarrollo la reserva de las parcelas de suelo educativo. En caso de que el PGOU asumiese la Homologación y Plan Parcial del Sector Nou Mil.lenni informado, se deberá presentar el correspondiente plano de ordenación pormenorizada. Se deberá incorporar la a Ficha de Planeamiento de Sector Nou Mil.lenni la condición de desarrollo de reservar las parcelas de suelo educativo necesarias, o bien se deberá presentar el correspondiente plano de ordenación pormenorizada. -Área de Infraestructuras de la Secretaría Autonómica de Deporte. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo no le fue solicitado informe alguno. -Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo no le fue solicitado informe alguno. -Servicio de Vías Pecuarias de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. En la fase de Concierto Previo se emitió informe favorable, en fecha 20 de Febrero de 2.007. -Servicio de Protección del Ambiente Atmosférico de la Dirección General para el Cambio Climático. Se emitió informe en fecha 23 de Marzo de 2.009 en el que se hace constar la necesidad de que el Plan General incluya un Estudio Acústico, el cual deberá remitirse a los Servicios Territoriales de Ordenación del Territorio o al Servicio de E valuación de Impacto Ambiental según sea el caso. En fecha 10 de Julio de 2.009 se comunica por parte de la Dirección General para el Cambio Climático que se ha remitido el informe elaborado al respecto de la documentación aportada a la Dirección Territorial de esta Consellería por ser el órgano competente en el procedimiento. Grado de consideración Por lo que respecta a este informe, se da cumplimiento a las exigencias emannadas del informe mediante la ampliación de la parcela SED-10. En referencia a la exigencia de hacer constar en la ficha de Planeamiento del Sector “Catarroja Nou Mil.lenni”, como condición para su desarrollo, la reserva de las parcelas educativas previstas para el mismo, esta condición se incorpora en el texto refundido del Plan General , por lo que se dan por resueltas las cuestiones planteadas en este informe. En fecha 22 de Junio de 2.009 se remite escrito por parte del Ayuntamiento, en el que se indica que ya se envió copia digital del PGOU en el que se incluía el Estudio Acústico, y se solicita que en tal sentido se emita el informe en cuestión, acompañándose una copia del Estudio Acústico. No obstante, y dado que la única actuación prevista en el Plan General, susceptible de provocar una variación significativa en las situación acústica actual, es el Sector “Catarroja Nou Mil.lenni”, y éste ya ha sido informado favorablemente por parte del Servicio de Protección del Ambiente Atmosférico, no cabe esperar condicionantes de importancia derivados de la emisión de este informe. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. de -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) Dado que todas las observaciones realizadas por la Dirección General de Territorio y Paisaje han sido incorporadas al Plan General, a través de su consideración en el Estudio de Paisaje, no cabe esperar condicionantes de importancia derivados de la emisión de este informe. 2898 -Dirección General Territorio y Paisaje. En la fase de Concierto Previo se emitió informe en fecha 30 de Enero de 2.008, en el que realizaban las observaciones siguientes: -En la zona del Parque Natural de la Albufera habrá que distinguir al menos dos unidades de paisaje: arrozal y huerta. -Se deberá estudiar la creación de una infraestructura verde o Sistema de espacios abiertos, que conecte la Albufera y la huerta (al Oeste del municipio) con las zonas verdes y espacios públicos del suelo urbano y urbanizable. -Respecto al Sector Nou Mil.lenni, dado que por la fecha de información pública del mismo no debía contener Estudio de Integración Paisajística, no cabe realizar observación alguna respecto de la delimitación y clasificación del mismo. No obstante, se deberá incorporar en su ficha de planeamiento, la necesidad de proteger y conservar el numeroso patrimonio vinculado a la Huerta existente, como la de integrar las zonas verdes en el Sistema de Espacios Abiertos. -Se deberá estudiar pormenorizadamente la imagen urbana que se percibe desde la autovía V-31, estableciendo una normativa que permita unificar y ordenar la zona industrial y mantener la imagen tradicional del núcleo. -Se deberá garantizar la integración del núcleo urbano con el espacio agrícola colindante y el Barranco del Poyo. -Se deberá analizar y establecer la delimitación de Programas de Imagen Urbana y de Restauración Paisajística. -Se deberá fomentar y justificar una más efectiva y eficaz participación ciudadana. -El Plan General deberá contener un Estudio de Paisaje. SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 38 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada -Dirección General de Gestión del Medio Natural. Resumen de la respuesta recibida Se emitió informe en fecha 14 de Mayo de 2.009, en el que se comentan algunas cuestiones a tener en cuenta en fases posteriores, y que son las siguientes: -Se debe clarificar si se han cumplido los condicionantes, relativos a la aprobación y desarrollo del instrumento de planeamiento, establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental referida al sector “Nou Mil.lenni”. También se debe indicar el grado de cumplimiento y desarrollo de la ejecución de la EDAR (SID-3). También se debe aclarar el origen de los recursos hídricos. -Se deben recoger las consideraciones del punto 6 del informe emitido por el órgano ambiental el 10 de Enero de 2.008. -Se hace referencia a que sólo se presenta una alternativa relativa a la nueva Ronda. -Se debe incorporar un resumen de las razones de selección de las alternativas previstas y forma en que re realizó la evaluación de las mismas. -En el informe de viabilidad económica se deberá tener en cuenta la viabilidad económica del sector Nou Mil.lenni. -Se debe incorporar un Estudio de Inundabilidad. -Se debe incorporar un Estudio de recursos hídricos. Posteriormente y en contestación a este informe, el Ayuntamiento de Catarroja remite escrito en el que hace constar: que las consideraciones ambientales y otras indicaciones han sido consideradas y que la nueva Ronda responde al informe emitido por la Dirección General de Ordenación del Territorio. En este sentido, se solicita que se emita un informe aclaratorio del de fecha 14 de Mayo de 2.009 y se especifiquen los trámites y documentos subsiguientes en referencia al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica. M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Grado de consideración Los condicionantes establecidos en estos informes han sido incorporados al Documento de Plan General expuesto al público. Por tanto, el documento de Plan General Refundido incorpora la presente Propuesta de Memoria Ambiental para su remisión simultánea al Órgano ambiental y a la Consellería Competente en Materia de Urbanismo para su aprobación definitiva. En respuesta a este informe, la Dirección General de Gestión del Medio Natural (Servicio de Evaluación Ambiental Estratégica) emite un informe en fecha 31 de Julio de 2.009 en el que se aclaran las cuestiones solicitadas por el Ayuntamiento y se establecen las fases subsiguientes relativas a la Evaluación Ambiental Estratégica. -Ayuntamiento de Picaña. -Ayuntamiento Paiporta. de -Ayuntamiento Massanassa. de Se emitió Dictamen en fecha 28 de Mayo de 2.009, en el que se establecían las apreciaciones siguientes: el límite entre los términos municipales de Torrente y Picaña grafiado en los planos no se corresponde con la realidad actual, y se debería adecuar la descripción realizada en el punto 9.3 a lo previsto en los planos de ordenación estructural, respecto a las previsiones de clasificación. Se emitió Dictamen en fecha 1 de Octubre de 2.009, en el que se realizan las apreciaciones siguientes: el Plan General de Catarroja provoca una afección negativa en referencia al Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia (actualmente en trámite) por falta de continuidad de la unidad paisajística de huerta entre los términos de Catarroja, Picaña y Paiporta; se duplica la población de Catarroja y su incidencia sobre los municipios colindantes no se ha tenido en cuenta; la memoria del PGOU resulta vaga y poco concreta respecto a su justificación. Se emitió Dictamen Desfavorable en fecha 27 de mayo de 2.009, por no contemplar en el Plan General la nueva conexión entre la V-31 y la CV400. -Ayuntamiento de Albal. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Ya se le dio audiencia en la fase de Concierto Previo y no hubo contestación alguna por su parte. de -Ayuntamiento de Sedaví. Dado que en la versión actual del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia se considera la zona prevista para la implantación del Sector “Catarroja Nou Mil.lenni” como suelo urbanizable, tal y como es su realidad urbanística a día de hoy, no existe contradicción alguna entre el PATH y el Plan General. Por lo que respecta a la incidencia sobre los municipios colindantes, se debe afirmar que el Plan General ha realizado un estudio de su afección sobre los territorios y municipios colindantes, siguiendo las determinaciones establecidas legalmente al respecto. Por último, indicar que no se puede aceptar la calificación de vaga y poco concreta para la memoria del Plan General, dado que ésta aborda y justificada cada una de las cuestiones relevantes que contempla el Plan General, incluyendo toda la documentación exigida legalmente. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Ya se le dio audiencia en la fase de Concierto Previo y no hubo contestación alguna por su parte. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Ya se le dio audiencia en la fase de Concierto Previo y no hubo contestación alguna por su parte. -Ayuntamiento de Silla. -Ayuntamiento Beniparrell. En referencia a este Dictamen se ajusta el límite entre los términos municipales de Torrente y Picaña a la realidad administrativa actual. En este sentido, afirmar que el trazado de la nueva conexión entre la VC-31 y la CV-400 está perfectamente definido en los planos del Plan General, y además se hace referencia a ella, cuando resulta oportuno, en la parte escrita del mismo. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. 2899 de El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Ayuntamiento Torrente. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 39 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Departamento, Unidad de la Administraciones Públicas afectadas o entidad interesada de -Ayuntamiento de Alfafar. -Iberdrola, Delegación Valenciana. SAU, Comunidad -Red Eléctrica de España. -Entidad Metropolitana de Tratamiento de Residuos. -Egevasa. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Se remite escrito de fecha 10 de Julio de 2.009, en el que se decide no emitir el dictamen solicitado, por cuanto no existe colindancia entre ambos municipios. Se emitió informe en fecha 16 de Abril de 2.009 en el que se solicitaba que la alegación presentada fuera considerada como informe sectorial preceptivo, dado el carácter esencial del suministro de energía eléctrica equiparable a un servicio público aunque de titularidad privada. Además, se exige la determinación de los pasillos eléctricos que garanticen el establecimiento de las instalaciones eléctricas asociadas a los sectores previstos en el Plan General. Por otra parte, se exige prever la dotación del suelo necesario en cada unidad de ejecución para la ubicación de los centros de transformación necesarios, bien en ordenación pormenorizada, bien en ficha de gestión, según el caso. Por último, se pide que se tengan en cuenta las modificaciones de trazado de instalaciones existentes, integrándolas en el diseño urbanístico de la actuación en cuestión, y si no fuera posible, que se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 154 del RD 1955/2000. Se emitió informe en fecha 28 de Julio de 2.009 en el que se afirmaba la no afección por parte del Plan General, a ninguna instalación propiedad de Red Eléctrica. Se emitió informe en fecha 24 de Noviembre de 2.008 en el que se hace referencia a la suficiente capacidad de tratamiento de las instalaciones metropolitanas previstas para asumir la gestión de los residuos urbanos e inertes que puedan producirse en el municipio de Catarroja una vez terminado el PAI “Nou Mil.lenni”. A fecha de hoy todavía no se ha recibido este informe. Se emitió informe en fecha 9 de Septiembre de 2.009 en el que se realizaban las consideraciones siguientes: -El sistema de saneamiento de la EDAR de Pinedo II es insuficiente para la admisión de los nuevos caudales generados por el Plan General. -Se deberá prever una reserva de suelo para futuras ampliaciones, o nueva ejecución, de la EBAR de Catarroja, del Colector General de Catarroja y del Colector Oeste. -Se deberá plasmar en el Plan General la zonificación y ordenación del ámbito afectado por las infraestructuras de saneamiento (área de reserva, contigua a la instalación, y zona de servidumbre de protección, para minimizar afecciones de ruidos olores e integración paisajística) -Si el urbanizador del Sector “Nou Mil.lenni” decide resolver el saneamiento y depuración mediante la construcción de una nueva EDAR, y decidan ceder su gestión a la EPSAR, se deberán tener en cuenta una serie de consideraciones. En este supuesto, se deberá modificar el Plan General de Catarroja, recogiendo la nueva ubicación de la futura EDAR, así como su ámbito de afección, reservando una zona contigua para futuras ampliaciones y una zona de servidumbre. En el Plan General no se ha considerado necesario establecer pasillos eléctricos para las instalaciones eléctricas asociadas al Sector “Catarroja Nou Mil.lenni”, dado que el trazado discurre por caminos públicos y además de forma soterrada, no presentándose de este modo problemas para su implantación a futuro. Se incorpora a la ficha de planeamiento y gestión del Sector “Catarroja Nou Mil.lenni” la exigencia de prever la ubicación de los centros de transformación necesarios con motivo de la redacción del Proyecto de Urbanización. No resulta posible prever una reserva de suelo para ampliaciones o nueva ejecución de las infraestructuras de la EPSAR (EBAR de Catarroja, del Colector General y de Colector Oeste), ni un área de reserva y zona de servidumbre de protección, dado que no se han definido por parte de ésta las previsiones de ampliación de las mismas, con objeto de reflejarlas en el documento de Plan General. No obstante, debido a la situación de las distintas infraestructuras y a las previsiones de incremento de caudales recayentes a las mismas (prácticamente nulos), no se considera necesario prever reserva ni servidumbre alguna para las mismas, a excepción del Colector Oeste, dado que su ampliación podría venir condicionada por el aporte de caudales provenientes de otros municipios. 2900 -Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (EPSAR). Grado de consideración El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Ayuntamiento Benetússer. Resumen de la respuesta recibida M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 40 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.5.- CONCLUSIONES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN 1.5.1.- Análisis de la previsión de los efectos significativos del plan 1.5.1.1.- Efectos derivados de la aplicación del plan El objetivo del Plan General no es otro que proponer y determinar los objetivos de desarrollo de Catarroja, tratando de compatibilizar por un lado el necesario progreso y expansión del mismo, al tiempo que se garantice la preservación, mejora e impulso a los valores y espacios medioambientales, que existen en el término municipal de Catarroja. Se establece como criterio principal la secuencia lógica del desarrollo territorial mediante el establecimiento de las condiciones objetivas que han de cumplirse para que sea posible la incorporación de cada tramo de urbanización al contexto global del territorio, diagnosticando los principales problemas y formulando los objetivos prioritarios de la ordenación urbanística y territorial, teniendo como finalidad la consecución de la sostenibilidad del municipio y, en concreto, la ocupación del suelo de forma racional empleando un modelo de ocupación disperso del territorio. - Protección, conservación y disfrute ordenado y uso sostenible de los valores ambientales y culturales del Parque Natural de La Albufera, en el extremo Este del término municipal. Adaptando el planeamiento municipal a las previsiones del Plan de Ordenación de los Recursos naturales de la Cuenca Hidrográfica de La Albufera y al Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de La Albufera. - Preservación de los terrenos agrícolas situados al oeste de la expansión Nou Mil.lenni. - Mejora del nivel de servicios y del paisaje urbano existente incrementando las condiciones de accesibilidad peatonal y de transporte público y adecuando las zonas colindantes con el ferrocarril en la ciudad existente así como perfeccionando el sistema de dotaciones y servicios existentes a través de la implantación de nuevos equipamientos en la zona de expansión propuesta. - Refuerzo de la posición de Catarroja dentro del área metropolitana de Valencia y en el sistema de ciudades de l´Horta Sud a través de un crecimiento urbano residencial intensivo hacia la zona de huerta situada al oeste del término municipal ligado a la -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 41 de 62 2901 El objetivo del Plan General es elaborar el modelo territorial del municipio, para garantizar su adecuación con el concreto supramunicipal, con los Planes de Acción Territorial aplicables y con la política urbanística y territorial de la Generalitat, basándose en cuatro fundamentos: El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Las estrategias de desarrollo vienen expresadas en los objetivos y criterios de ordenación que giran en torno a la calidad de vida de los ciudadanos y el desarrollo sostenible. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA previsión de viviendas de protección pública que sirvan tanto para satisfacer las necesidades municipales como las supracomarcales. Los efectos significativos que se prevén del desarrollo del Plan General son los asociados a la ejecución del Sector “Catarroja Nou Mil·lenni”, única reclasificación que se va a producir en el municipio de Catarroja y por la cual se procede a la revisión del modelo territorial, mediante la tramitación de este nuevo Plan General. Acciones del Plan susceptibles de impactar al medio ambiente: A continuación se identifican las acciones de Plan que pueden causar impacto en el medio ambiente del entorno, en las diferentes fases de desarrollo: - Fase de construcción: engloba todas las operaciones necesarias para la ubicación material de las instalaciones de que consta la actuación. Suelen ser todas aquellas acciones que tienen relación con la obra civil. En definitiva, son todas las actuaciones previas a la puesta en marcha del Plan. - Fase de Funcionamiento: Comprende las acciones y operaciones de la actividad de la instalación que se va a construir. - Fase de Abandono: Engloba las operaciones necesarias, si las hay, para que tras la vida de las instalaciones, el área de ubicación quede en condiciones similares a las que existían cuando dio comienzo la construcción del proyecto, o en consonancia con la estética paisajística del momento del abandono. - Fase de construcción: desbroce del terreno y movimiento de tierras, transporte de materiales, vertido de tierras sobrantes, consumo de recursos, tránsito de maquinaria, redes subterráneas, asfaltado de superficies, vertidos accidentales, residuos sólidos y restos de obra, aguas residuales, ajardinamiento, aumento de la presencia humana y edificación. - Fase de funcionamiento: presencia de infraestructuras, incremento del tráfico rodado, consumo de agua, emisiones gaseosas, residuos sólidos urbanos, vertido de líquidos, jardinería, edificación, aumento de la presencia humana y generación de empleo. Factores del medio susceptibles de recibir impacto: 2902 Se consideran como factores del medio susceptibles de recibir impacto, los siguientes: El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Las acciones de la actuación propuesta susceptibles de producir impacto ambiental son las siguientes: -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 42 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA MEDIO FÍSICO Atmósfera: - contaminación química: emisiones gaseosas, humos y olores - contaminación física: niveles de ruido y vibraciones Suelo: - destrucción del suelo: material geológico superficial y relieve y características topográficas - ocupación irreversible Aguas: subterráneas y superficiales - contaminación química: carga de efluentes - consumo - desviación de cauces MEDIO BIÓTICO Vegetación: destrucción de especies raras y en peligro, diversidad Cultivos: degradación de áreas destinadas a la producción agrícola - perjuicios y dificultades para las operaciones agrícolas al aislar o dividir espacios cultivados - pérdida de suelo con mejores condiciones para la agricultura El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez - Fauna MEDIO PERCEPTUAL Paisaje: - calidad visual y paisajística - cuenca visual - contaminación visual por emisiones visibles - armonía, rupturas, integración Personas: Población residente Empleo: estructura - posibilidad - diversidad: agrícola, construcción e industria, y servicios -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) 2903 MEDIO SOCIOECONÓMICO SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 43 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Nivel de vida Seguridad M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Los posibles impactos ambientales negativos sobre el medio ambiente derivados de las propuestas del plan, antes de aplicar las medidas correctoras son los recogidos en las tablas siguientes, donde se analiza: 5.PROYECCIÓN EN EL ESPACIO Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto considerado: (P) Puntual: la acción produce un efecto localizable dentro del ámbito espacial (E) Extensa: el efecto tiene una influencia generalizada en todo el entorno del proyecto (M) Media: situaciones intermedias 7.REVERSIBILIDAD Referida a la posibilidad de reconstruir las condiciones iniciales una vez producido el efecto (R) Reversibilidad espontánea (A) Reversibilidad asistida (I) Irreversibilidad 2. EFECTO: (D) Directo (I) Indirecto 4. DURACIÓN O PERSISTENCIA Tiempo supuesto de permanencia del efecto a partir del inicio de la acción. (S) Simultáneo a la acción (T) Temporal (P) Permanente 6.SINGULARIDAD Si afecta a algún componente singular del medio 2904 8.CONTROL/CORRECIÓN Posibilidad de control / corrección mediante la introducción de medidas correctoras (M) Medio: las medidas correctoras aminoran significativamente los efectos negativos (B) Bajo: las medidas correctoras suponen una mejora marginal de las condiciones ambientales, o bien su eficacia depende de factores externos incontrolables (N) No es posible introducir medidas correctoras, éstas no existen o son económicamente inviables 9. VALOR DE SÍNTESIS de los atributos definidos estimando la importancia relativa de los impactos Muy alta: 1-0,9; Alta: 0,8-0,7; Media: 0,6-,05; Baja: 0,4-0,3; -Muy baja: 0,2-0,1 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez 1. INTENSIDAD: (A) Alta: destrucción del factor o de su valor ambiental (M) Media: afección sensible al factor o reducción patente de su valor (B) Baja: escaso efecto sobre el factor o su valor ambiental 3. SINERGIA: (S) Simple (A) Acumulativo (Si) Sinérgico -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 44 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Así cada impacto considerado se define como: (C) IA Compatible: impacto reducido, poco significativo, aquel cuya recuperación es inmediata tras el cese de la actividad, y no precisa prácticas protectoras o correctoras, aunque si cuidados, vigilancia o prácticas simples. (M) IA Moderado: impacto medio que no afecta a componentes singulares, cuya recuperación no precisa prácticas protectoras o correctoras, o estas son sencillas, y en el que la consecución de las condiciones ambientales iniciales requiere cierto tiempo. (S) IA Severo: aquel en el que la recuperación de las condiciones del medio exige la adecuación de medidas protectoras o correctoras, y en el que, aún con esas medidas, aquella recuperación precisa un periodo de tiempo dilatado. 2905 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez (Cr) IA Crítico: aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se produce una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 45 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2906 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez memoria ambiental -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 46 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2907 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez memoria ambiental -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 47 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.5.1.2.- Medidas protectoras, correctoras y compensatorias Las medidas correctoras son actuaciones destinadas a prevenir, minimizar, eliminar o, en su caso, corregir los impactos que se produzcan por el desarrollo del Plan General. Como se ha comentado, solo se prevén impactos derivados de la ejecución del Sector “Catarroja Nou Mil·lenni” y por tanto, las medidas que se proponen en este apartado se establecen para el correcto desarrollo de este PDAI. Las medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas para incluir en el Plan son: - Se controlará la correcta delimitación de los límites de ocupación de las obras. - Los préstamos y vertederos que se utilicen estarán debidamente autorizados. - Vigilancia de la ejecución de las obras incluidas en el proyecto. - Las actuaciones se realizarán durante los períodos en los que se minimice el impacto sobre el ecosistema y sus componentes. - Control exhaustivo de vertidos y materiales sobrantes. - Se evitarán los vertidos al terreno de aceites y combustibles, gestionándose los residuos de este tipo por empresas autorizadas. - Control de las emisiones de polvo. - Se cumplirá la orden de 9 de junio de 2004, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004 de 5 de marzo, en materia de accesibilidad en el medio urbano. - Medidas reguladoras del tráfico rodado y maquinaria pesada. Fase de construcción Movimiento de tierras y transporte de materiales/ Redes subterráneas. La ordenación propuesta respetará la topografía existente en la zona. - Si existieran acopios de residuos incontrolados la constructora encargada de la ejecución del proyecto se hará responsable de la limpieza de dichos vertidos. - Se diseñarán actuaciones de control de la erosión y sedimentos en los trabajos. - Adecuar el calendario de ejecución a las épocas de mayor y menor riesgo de impacto sobre el ecosistema. - Control de los depósitos temporales de áridos y otros materiales pulverulentos. - Conservación de los ejemplares arbóreos de interés especial. 2908 - El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Fase previa a la ejecución -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 48 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA - Desvío y soterramiento de las diversas Líneas Aéreas de Media Tensión que atraviesan el sector. - Todas las conducciones e instalaciones de los distintos servicios urbanos se ejecutarán simultáneamente. - Durante la ejecución de las obras se cumplirá la orden de 9 de junio de 2004, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004 de 5 de marzo, en materia de accesibilidad en el medio urbano. Tránsito de maquinaria. - Medidas destinadas a reducir la contaminación acústica. - Medidas destinadas a evitar o reducir el impacto sobre la calidad del aire. - Medidas destinadas a minimizar los efectos del aumento del tráfico sobre la seguridad vial. Vertido de Tierras. - Reutilización de la tierra vegetal retirada para las revegetaciones de taludes y zonas verdes. - Si hay tierras sobrantes deberán llevarse a un vertedero controlado de residuos sólidos. - Evitar el acopio de materiales en lugares en donde se vea afectada la red de drenaje. - Asfaltado de superficies. Control del vertido de productos bituminosos durante la aplicación en el viario. Vertidos accidentales. - Control de las condiciones del transporte de materiales granulares para evitar posibles pérdidas en los trayectos. - Control de depósitos de productos potencialmente contaminantes habilitando para ello zonas alejadas de los cursos de agua. También se delimitarán zonas específicas para la limpieza y mantenimiento de la maquinaria de obra. - A la finalización de las obras, retirada y limpieza de los posibles vertidos y acopios de materiales potencialmente contaminantes. Instalación de contenedores específicos en zonas seguras, alejados de redes de drenaje o áreas sensibles a la infiltración, para su recogida y traslado a vertederos autorizados. 2909 - Residuos sólidos urbanos. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 49 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental - Aguas Residuales. Realizar una planificación de los saneamientos y recogidas de agua para su máximo aprovechamiento durante la fase de construcción. - M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Edificación. Medidas destinadas a evitar la emisión de contaminantes a la atmósfera, al suelo y a reducir la contaminación acústica. Se aplicarán las medidas propuestas para el movimiento de tierras y el tránsito de maquinaria. Patrimonio arqueológico, etnológico y paleontológico. - Cualquier hallazgo durante los movimientos de tierra supondrá la paralización indefinida de las obras y será comunicado a la Dirección de las Obras, que pondrá en conocimiento de la administración competente este hecho. - Se tendrá en cuenta la cercanía del yacimiento arqueológico de L’Hort de Pepica y la posibilidad de que aparezcan restos arqueológicos asociados a éste, se propone la realización de un estudio previo mediante geo-radar para determinar la extensión real de este yacimiento. - Los elementos incluidos en el catálogo de bienes y espacios protegidos durante la ejecución de las obras se deben proteger con vallas u otros elementos similares para evitar cualquier impacto sobre ellos. Fase de funcionamiento Presencia de Infraestructuras. - Continuidad de las vías ya existentes a través de su consolidación y mejora. - Plantaciones de vegetación autóctona en taludes y márgenes - Remodelación de taludes y terraplenes - Adecuación de las rasantes a los niveles del terreno. - Todos los elementos de depuración y drenaje se integrarán convenientemente en el entorno con zonas ajardinadas y densas barreras vegetales. - Señalización adecuada, para facilitar un tráfico fluido y garantizar la seguridad vial en la zona. Consumo de Recursos. Para reducir el consumo de agua, el reaprovechamiento de la misma en el proceso de producción, es uno de los mecanismos más efectivos para minimizar su consumo. 2910 - Incremento del Tráfico rodado. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 50 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA - Se prohíbe la instalación de cualquier nueva actividad, fuera de las establecidas en las normas urbanísticas del municipio que suponga un aumento en los bombeos de agua. - En el riego de zonas verdes se empleará el agua residual depurada tras pasar por un tratamiento terciario. - Se recomienda también reutilizar las aguas pluviales. Mantenimiento de Zonas Ajardinadas. - Todos los elementos de depuración y drenaje se integrarán convenientemente en el entorno con zonas ajardinadas y densas barreras vegetales. - Los Servicios Técnicos Municipales redactaran una Normativa de paisaje y jardinería para el desarrollo de las zonas ajardinadas del ámbito de actuación del presente programa. - Optimizar las aplicaciones de fertilizantes. - Optimizar el uso del agua mediante una planificación y gestión del riego. - La gestión de fitosanitarios se engloba dentro de un Plan Integrado Plagas (IPM). Aguas Residuales Urbanas. - Con carácter general no están permitidos los vertidos superficiales o subterráneos de aguas residuales al subsuelo o a los cauces de agua. - Los vertidos líquidos deberán cumplir las especificaciones establecidas por las ordenanzas municipales, y las establecidas en las normas urbanísticas. - Se asegurará en todo momento el uso de las aguas depuradas para riego de zonas verdes y baldeo y limpieza de viarios. Se considera imprescindible prever un vertido al Barranco del Poyo. - La EDAR dispondrá de varios puntos de evacuación de las aguas tratadas. - Debido a que el efluente de la EDAR tiene como uno de sus puntos evacuación el Barranco del Poyo, el cual desemboca directamente en Albufera de Valencia las condiciones de depuración del efluente estarán acuerdo con la Directiva 91/ 271/CEE. En todo caso las concentraciones fósforo deberán ajustarse a las restricciones impuestas por el Plan Director Saneamiento Integral del lago de La Albufera. de La de de de Residuos sólidos. - Se prevé que el sistema de recogida de residuos sólidos se realice por parte del Municipio. - Se recomienda la recogida selectiva de residuos urbanos o asimilables, habilitando puntos verdes para facilitar la separación en origen. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 51 de 62 2911 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Vertidos líquidos. - Se diseña una red de pluviales independiente de la red de aguas residuales. - Los vertidos líquidos deberán cumplir las exigencias de calidad establecidas por la propia estación depuradora, y en cualquier caso, deberán cumplir las especificaciones establecidas por las ordenanzas municipales de vertido. - Se establecen medidas de integración visual de las edificaciones. Control acústico y ambiental. En la fase de funcionamiento se registrarán los niveles reales acústicos, adoptándose las medidas correctoras que sean necesarias, de este modo se continuará trabajando en materia acústica, atendiendo a la ley 7/2002 de 3 de diciembre de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la contaminación acústica y el decreto 104/2006 de 14 de julio, de planificación y gestión en materia de contaminación acústica. 2912 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez - Edificación. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 52 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.5.2.- Concreción del seguimiento del plan Los principales objetivos generales de las medidas de seguimiento mediante la utilización de indicadores de sostenibilidad son: - Proporcionar un instrumento de análisis y diagnóstico, de fácil comprensión y aplicación, a los Organismos Gestores. - Ofrecer a los Grupos implicados, a las Administraciones Públicas y a los Agentes Sociales, una visión documentada de la situación de los procesos de sostenibilidad, sus efectos y las posibles disfunciones generadas. El sistema de seguimiento previsto tiene por objeto la comprobación del cumplimiento de las determinaciones, previsiones y objetivos del PG, así como la valoración de las desviaciones producidas – magnitud, causas, reversibilidad – y las propuestas para ajustar las medidas y determinaciones del Plan o, en su caso, la propuesta de revisión del mismo. Los controles que deberán llevarse a cabo son: En la fase de construcción: 1. Control del cumplimiento de las medidas correctoras. 2. Control de la aparición de procesos erosivos y de la existencia de zonas con laderas inestables. Control de los niveles sonoros, mediante sonómetro, en un radio de 500 m. alrededor de la zona de actuación 5. Control de la emisión de partículas de polvo, y su depósito sobre la vegetación en un radio de 250 m. en el perímetro de las obras. Esta medida se desarrollará de forma rigurosa ya que la vegetación más afectada por la construcción son los cultivos. En estos la presencia de polvo sobre las hojas puede resultar en reducción de la producción, y de forma importante en la proliferación de plagas como la araña roja, que encuentra en los depósitos de polvo sobre las hojas las condiciones de temperatura y sequedad adecuadas para su albergue y desarrollo. 6. Control de las emisiones de gases por parte de la maquinaria. 7. Se controlaran los niveles de las acequias próximas y se producen encharcamientos ó inundaciones en los terrenos próximos, estén ó no urbanizados. 8. Control del cumplimiento de las ordenanzas municipales y urbanísticas. 9. Control del cumplimiento de la normativa sobre Seguridad y Salud. 10. Control de las aguas superficiales y subterráneas: dinámica y calidad, ejecución de sondeos, vigilancia de captaciones de abastecimiento de poblaciones cercanas... -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 53 de 62 2913 4. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez 3. Control de los vertidos de inertes que se generen durante el proceso de obra. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 11. Se comprobará que se respetan las alturas de la edificación fijadas por el planeamiento. 12. Se comprobará la saturación del arbolado en el espacio libre de borde de la red estructural. 13. Se controlará periódicamente la calidad y potabilidad del agua abastecida al servicio 14. Se controlaran los niveles de las acequias próximas y se producen encharcamientos ó inundaciones en los terrenos próximos, estén ó no urbanizados. 15. Control de la protección del patrimonio arqueológico, para detectar la presencia de yacimientos no conocidos. En la fase de funcionamiento: 1. Control de la correcta implantación de zonas verdes. 2. Validez y correcto funcionamiento de las instalaciones proyectadas 3. Validez y correcto funcionamiento de las instalaciones proyectadas 4. Control de los vertidos de residuos sólidos urbanos. 5. Control de los vertidos de aguas residuales. 6. Control de las intensidades de tráfico y mantenimiento de las señalizaciones de tráfico. 7. Control del funcionamiento de la estación depuradora. Control las actuaciones encaminadas a conservar y mantener los aspectos significativos o característicos de un paisaje, justificados por su valor patrimonial derivado de su configuración natural y/o la acción del hombre. 9. Control las actuaciones que presenten un carácter prospectivo particularmente acentuado con vistas a mejorar, restaurar o crear paisajes, y garantizar su disfrute por parte de la población 10. Control de la mejora calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos. 11. Control de molestias derivadas por la colindancia del poligono industrial con el casco urbano y con el suelo no urbanizable 12. Control de la calidad de los espacios urbanos 13. Control de los suelos no urbanizables de protección especial: agrícola, medioambiental, paisajísticos, arqueológicos e hidrológicos que son los que se dan en el término municipal de Catarroja. 14. Control las zonas de protección de carreteras, de ferrocarril, de cauces, los barrancos y las vías pecuarias. 2914 15. Accesibilidad de la población a las zonas de huerta El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez 8. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 54 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 1.5.2.1.- Indicadores ambientales de seguimiento La comprobación del cumplimiento de determinaciones y objetivos se efectúa a través del sistema de indicadores de seguimiento. Los indicadores ambientales que el plan considera son los siguientes: Tabla 27. Indicadores ambientales de seguimiento del plan. Aspectos Prioridades Ambientales Ambientales Biodiversidad Naturaleza y Flora biodiversidad: Fauna Proteger un Suelo recurso único Paisaje Indicadores de estado • Valor absoluto y relativo, respecto al suelo urbano+urbanizable, de la superficie de áreas protegidas (Espacios naturales protegidos+ SNUP) (en m2 y %). • Presupuesto anual destinado a la gestión de áreas protegidas (en miles de €). • Superficie total y relativa del municipio ocupada infraestructuras de transporte (en m2 y %). por • Valor absoluto y relativo de la superficie de vías pecuarias, zonas de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre y zonas de policía del dominio público hidráulico. Id. para respectivas superficies efectivamente deslindadas (en m2 y %). • Tamaño medio de los parches de huerta que quedan entre infraestructuras lineales de transporte (en m2). • Superficie urbanizada (en %). 2915 • Inversiones (en miles de €) en regeneración y conservación los ecosistemas de alto valor. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez • Valor absoluto y relativo de la superficie de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable (en m2 y %). -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 55 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Aspectos Prioridades Ambientales Ambientales Factores Resolver el Climáticos problema del M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Indicadores de estado • Análisis de la tendencia de la temperatura media anual (incremento/decremento en ºC). Energía limpia. • Comparación de la temperatura media de la ciudad con respecto a las afueras para valoración “efecto isla de calor” (incremento/decremento en ºC). Transporte sostenible. • Habitantes en edificios con certificado de eficiencia energética (RD 47/2007) (en nº de habitantes). Confort climático • Valor absoluto y relativo del parque de vehículos del municipio según tipo, potencia y año de matriculación (en unidades y %). cambio climático, de la ciudad • Valor relativo del nº de pasajeros que utiliza transportes públicos con respecto al total de la población del municipio (en %). • Valor absoluto y relativo del volumen total de pasajeros transportados por modalidad de transporte (en nº de pasajeros y %). • Intensidad media diaria, en tramos con mayor intensidad. Variación con respecto al año anterior (en vehículos/día). • Estimación de la contribución absoluta y relativa de cada modalidad de transporte a la emisión total de GEI (MM t CO2Eq/año y %). • Valor absoluto y relativo (con respecto a la población) del consumo anual de energía eléctrica, según sector de consumo (en kWh y %). • Metros lineales de recorridos peatonales de nueva creación, que permitan acercar a los ciudadanos los recursos paisajísticos identificados y los paisajes de alto valor. • Inversiones (en miles de €) en gestión y mantenimiento de recorridos ciclistas y peatonales. • Número de licencias otorgadas para la ejecución de nuevas viviendas o rehabilitación de viviendas existentes dentro del casco urbano actual. • Inversiones (en miles de €) en mejora y reordenación del tráfico en el municipio. • Número de bicicletas nuevas puestas en servicio para préstamo gratuito (Catarroda). • Inversiones (en miles de €) en mejora de los pasos existentes entre el polígono industrial - casco urbano – Albufera. 2916 • Numero de nuevas plazas de aparcamiento ejecutadas sobre o bajo suelo publico. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez • Metros lineales de recorridos ciclistas de nueva creación, que permitan acercar a los ciudadanos los recursos paisajísticos identificados y los paisajes de alto valor. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 56 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Aspectos Prioridades Ambientales Ambientales Población Medio ambiente Aire y salud Humana: Agua Obtener una Salud Humana calidad del medio ambiente tal que los niveles de contaminantes antropogénicos no presenten riesgos significativos para la salud de las personas y para los ecosistemas M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Indicadores de estado • Valor absoluto del agua potabilizada, y relativa con respecto al agua facturada (en miles de m3 y %). • Estado ecológico de las aguas continentales evaluado de acuerdo a la Directiva Marco del Agua: Nº de estaciones y % de estaciones con estado ecológico; muy bueno/ bueno/ aceptable /deficiente/ malo. • Superficie absoluta y relativa de unidades hidrogeológicas consideradas sobreexplotadas, con riesgo de sobreexplotación, con problemas de intrusión marina o de contaminación por nitratos o plaguicidas. • Niveles medios anuales de inmisión de contaminantes atmosféricos: NO2, SO2, PM10 y Ozono y % días de situación no admisible (en los 5 años anteriores a la aprobación del Plan). • Valor absoluto y relativo de la población residente sometida a un nivel de ruido superior a los objetivos establecidos en la legislación vigente para zonas residenciales, hospitales y centros educativos. • Valor absoluto y relativo de la superficie sometida a riesgo de inundación (se entiende que esta variará en función de la superficie sellada y las obras de corrección del riesgo que se ejecuten) (en m2 y %). • Dotación de zonas verdes ajardinadas; valor de superficie total y relativa con respecto al total de la población censada (en m2 y m2/habitante). • Superficie en m² de nuevas zonas verdes ejecutadas. • Superficie en m² de suelo público destinado a huerta. 2917 • Volumen de agua depurada vertida al barranco del Poyo (en m3). El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez • Cumplimiento de la normativa de calidad del agua de abastecimiento. Superación de los límites fijados para los distintos parámetros en la normativa en vigor (según unidades fijadas en la normativa). -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 57 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Aspectos Prioridades Ambientales Ambientales Población Uso sostenible Aire de los recursos Agua naturales Salud Humana (Suelo…) Gestión de residuos. M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Indicadores de estado • Valor absoluto y relativo del consumo de agua potable facturada según usos (en miles de m3 y %). • Eficiencia en la distribución de agua potable (% de pérdidas en la red). • Precio medio del agua: €/ m3 de agua por tipo de uso. los • Producción total y relativa de residuos urbanos (en kg/año y Kg/hab/día). • Valor absoluto y relativo de residuos recogidos selectivamente, según tipo de residuos (en kg/año). • Destino de los distintos residuos recogidos según tipo de tratamiento (compostaje, vertedero controlado, reciclado, etc) (en kg/año y %). • Residuos recuperados o valorizados (en kg/año y %). • Valor absoluto y relativo de la población que cuenta con sistemas en funcionamiento y eficaces de depuración primaria y secundaria de aguas residuales. • Valor absoluto del agua depurada, y relativa con respecto al agua facturada (en miles de m3 y %). • Volumen de agua depurada reutilizada (en m3). • Inversiones efectuadas en limpieza de vertidos y recogida selectiva de residuos sólidos urbanos y residuos especiales. Patrimonio cultural Bienes materiales • Número de elementos del patrimonio inventariados y elementos protegidos, para los ámbitos: - arquitectónico. - arqueológico. - etnográfico. • Inversión en conservación de patrimonio: - arquitectónico. - arqueológico. 2918 - etnográfico. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez • Inversiones (en miles de €) en limpieza de vertidos dentro del parque natural de la Albufera. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 58 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental Aspectos Prioridades Ambientales Ambientales Paisaje Mejora, conservación y mantenimiento del paisaje M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA Indicadores de estado • Número de programas de paisaje especificados en el Estudio de Paisaje que se hayan ejecutado. • Inversiones (en miles de €) destinadas al mantenimiento de zonas verdes. • Inversiones (en miles de €) destinadas a la integración urbana del metro ligero. • Inversiones (en miles de €) en la mejora del paisaje periurbano. • Inversiones (en miles de €) para la integración del frente ferroviario. • Inversiones (en miles de €) destinadas a potenciar las actividades socioeconómicas relacionadas con la huerta para garantizar así su mantenimiento. • Inversiones (en miles de €) en actividades socioeconómicas compatibles con la protección de los valores culturales y paisajísticos que puedan contribuir al mantenimiento del Paisaje de la Albufera. Se considera una revisión del PG la introducción de cambios significativos en su organización o medidas de actuación. Debe procederse a la revisión en el caso de desviación sustancial en la consecución de los objetivos planteados por el PG. Se considera una actualización del PG la adaptación de aspectos muy concretos a las circunstancias de cada momento o la introducción de pequeños retoques que no afecten a los objetivos básicos. Debe procederse a la actualización del PG de manera continua y a la luz de los resultados obtenidos por el sistema de seguimiento del mismo y, al menos, en las circunstancias siguientes: · Cambios no significativos en el sistema de organización y seguimiento · Cambios no significativos en el sistema de indicadores, umbrales y medidas · Correcciones de errores o mejoras muy concretas del propio PG Los dos objetivos básicos del seguimiento del plan son por una parte la comprobación del cumplimiento de las determinaciones, previsiones y objetivos y, por otra, -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 59 de 62 2919 La valoración de desviaciones y las propuestas de ajuste (actualización) y revisión se efectúan a través de un Informe de seguimiento. Por lo que la modalidad propuesta para el seguimiento se basa en la realización de informes de seguimiento con periodicidad anual, en el que se compruebe el cumplimiento de las determinaciones, previsiones y objetivos del PG en base a los datos que aporta el sistema de indicadores, se valoren las desviaciones y se elaboren las propuestas correspondientes para resolverlos, que pueden derivar, en su caso, en una modificación o revisión del propio PG. El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez 1.5.2.2.- Modalidades de seguimiento PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA la valoración de las desviaciones en su caso producidas y la elaboración de las propuestas de ajuste pertinentes. Al primer objetivo responde el sistema de indicadores, que permiten disponer de información relevante sobre el cumplimiento y efectos del PG, así como alertar sobre los principales incumplimientos. Al segundo objetivo responden el Informe de Seguimiento, en el que se valoran desviaciones –magnitud, causas, reversibilidad, relevancia – y se elaboran propuestas para su corrección, y las condiciones fijadas para la actualización y revisión del Plan, mediante las cuales se formaliza la validez de dichas propuestas. La coherencia del sistema de seguimiento está asegurada en tanto en cuanto éste se deriva directamente de las directrices de protección ambiental, así como de las prioridades y problemas del territorio (diagnóstico), y dado que ya se ha valorado positivamente la coherencia de las medidas con el diagnóstico y con los objetivos, y de éstos con las directrices de protección. 2920 El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Estos Informes de Seguimiento serán remitidos al órgano ambiental para su conocimiento. -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 60 de 62 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA 2.- CONCLUSIONES La Versión Preliminar de la Revisión del Plan General de Catarroja se redacta al amparo de la LUV teniendo como ámbito territorial el del Municipio de Catarroja y como objetivo general la Ordenación adecuada y proporcionada de los usos del suelo del municipio. El Plan se ha sometido a un proceso de evaluación ambiental estratégica de acuerdo con la Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Los Planes Generales de Ordenación Urbana se caracterizan por ser planes de ordenación territorial, que no conllevan la construcción de ninguna infraestructura, sino que se basan en establecer prioridades en la ocupación de suelo para usos urbanísticos y planificar el territorio en función de las necesidades planteadas. El Plan y su evaluación ambiental se han sometido al proceso de consulta y participación establecido en la citada Ley 9/2006. El análisis de alternativas justifica el planteamiento de dos alternativas de ordenación de suelo, una tendencial o alternativa 0, sin desarrollo del Plan y una con desarrollo del plan (alternativa 1). Asimismo han quedado integradas en el plan las de consideraciones y determinaciones procedentes del proceso de consulta pública. Para prevenir, reducir y, en la medida de la posible, contrarrestar los potenciales efectos negativos se ha previsto, como mecanismo básico, la inclusión de medidas e indicadores de seguimiento. Como conclusión, cabe destacar que el Informe de Sostenibilidad Ambiental promueve el desarrollo sostenible, persigue un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuye a la integración de los aspectos ambientales, mediante la realización -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 61 de 62 2921 Asimismo el ISA efectúa la evaluación ambiental de todo el contenido del Plan analizando la presencia y consideración de elementos ambientales, la coherencia externa con los principios y directrices de protección ambiental y desarrollo sostenible, la coherencia con la situación ambiental identificada en el diagnóstico y la coherencia interna entre objetivos, diagnóstico, medidas, indicadores y programa de seguimiento El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez El Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) es el documento que refleja el modo en que la perspectiva ambiental ha sido tenida en cuenta en la elaboración del Plan. El contenido del ISA se adecua a lo prescrito en la Ley 9/2006 y al Documento de Referencia redactado por la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en calidad de órgano ambiental. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CATARROJA (VALENCIA) memoria ambiental M.I. AYUNTAMIENTO DE CATARROJA de una evaluación ambiental de aquellos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente. El contenido y nivel de detalle del Informe de Sostenibilidad Ambiental es acorde con la concreción del documento evaluado, y atiende a las observaciones realizadas en el Documento de Referencia emitido por el órgano ambiental. Por todo lo anterior, se concluye la viabilidad ambiental del documento evaluado sin perjuicio de la aplicación de las medidas previstas en dicho documento, así como la comprobación de las previsiones del mismo mediante la ejecución de las medidas de seguimiento. JAVIER SEGURA BONO Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Nº Col.:16.765 2922 Nº Col.:15.428 RAFAEL ROLDÁN ORTEGA El presente Documento ha sido aprobado por R.A. de 21 de marzo de 2011. La Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Catarroja, Mª Remedios Pérez Ibáñez Catarroja, Junio de 2010 -Texto Refundido Adaptado al Acuerdo de la CTU de 26 de Enero de 2011100-PG-MA-02(junio 2010) SEGURA&ROLDÁN INGENIEROS S.L.P pág. 62 de 62