Informe - Archivo Nacional de Costa Rica
Transcripción
Informe - Archivo Nacional de Costa Rica
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL INFORME FINAL DE GESTIÓN PERIÓDO 2010-2015 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CONTENIDO EL INICIO ............................................................................................................................................................. 4 LA FUNCIÓN NOTARIAL ........................................................................................................................... 7 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA .................................................................................................. 8 ANTECEDENTES....................................................................................................................................... 8 I Etapa: ......................................................................................................................................................... 8 II Etapa:........................................................................................................................................................ 9 III Etapa: ................................................................................................................................................... 10 IV Etapa:................................................................................................................................................... 12 OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES: ........................................................ 13 V Etapa: .................................................................................................................................................... 14 VI Etapa y actual: ................................................................................................................................ 15 FISCALIZACIÓN NOTARIAL ................................................................................................................. 20 El nuevo paradigma en la Visión y Misión Institucional. .................................................... 20 Fiscalización Notarial en la nueva Dirección Nacional de Notariado. ....................... 22 AUDITORIA ...................................................................................................................................................... 29 Estudios realizados por la Auditoria Interna ............................................................................. 31 Elaboración de Manuales y reglamentos de la Auditoría Interna ................................ 32 TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN .................................................. 33 Antecedentes.............................................................................................................................................. 33 1. Definición de acciones a seguir para la modernización tecnológica en la DNN. 34 2. Acciones ejecutadas y tendientes al logro de la modernización tecnológica en la DNN. .................................................................................................................... 35 LAS INSTALACIONES FÍSICAS DE LA DNN ............................................................................. 37 Problemática ............................................................................................................................................... 38 Justificación para la adquisición de planta física propia.................................................... 39 Descripción del primer proyecto ...................................................................................................... 39 Por qué comprar un edificio construido?.................................................................................... 40 El primer intento para comprar un edificio................................................................................. 41 El segundo intento: la alternativa del alquiler con opción de compra ....................... 43 SITUACIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA................................................................... 46 2 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Fundamento Legal: ................................................................................................................................. 46 A) Presupuesto Ordinario Año 2010 ...................................................................................... 46 B) Presupuesto Ordinario Año 2011 ...................................................................................... 47 C) Presupuesto Ordinario Año 2012 ...................................................................................... 48 D) Presupuesto Ordinario Año 2013 ...................................................................................... 49 E) Presupuesto Ordinario Año 2014 ...................................................................................... 50 LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO Y CONTROL DE LA FUNCIÓN NOTARIAL ........................................................................................................................................................ 55 I. Antecedentes..................................................................................................................................... 55 II. Estudios y consultas previas................................................................................................ 55 III. Elaboración de borradores y promulgación de los nuevos lineamientos... 56 IV. Reformas posteriores y normas paralelas ................................................................... 57 LAS AMENAZAS AL NOTARIADO COSTARRICENSE ........................................................ 58 REFORMAS AL CÓDIGO NOTARIAL: ............................................................................................ 62 I. Reformas aprobadas y vigentes: ........................................................................................... 62 II. Elaboración de otras reformas: .......................................................................................... 63 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: .............................................................................. 66 Aspectos Notariales: .............................................................................................................................. 66 Administrativas: ......................................................................................................................................... 66 Fiscalización: .............................................................................................................................................. 67 Tecnología: .................................................................................................................................................. 68 Fondo de Garantía Notarial: .............................................................................................................. 69 ANEXOS ............................................................................................................................................................ 70 3 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO EL INICIO La Dirección Nacional de Notariado nace a la vida jurídica con la promulgación del Código Notarial, ley 7764 del 17 de abril de 1998, publicada en el Alcance a La Gaceta #98 el viernes 22 de mayo de 1998. Hasta ese momento formaba parte del Poder Judicial, que le proporcionó todos los medios necesarios para su normal funcionamiento: funcionarios, local, muebles, utensilios, etc. La Sala Constitucional mediante Voto #7965-2006 emitido el 31 de mayo del 2006, al resolver la acción de inconstitucionalidad tramitada bajo el expediente #02010070-0007-CO, declaró inconstitucional el otrora artículo 21 del Código Notarial, norma que estipulaba que la DNN era una dependencia del Poder Judicial. La Sala Constitucional estimó que en dicha norma resultaba contrario a la Carta Magna que la DNN fuera una dependencia del Poder Judicial, consideró que la ubicación de la Dirección Nacional de Notariado, por la naturaleza de los servicios prestados, no estaba acorde con las funciones que la Constitución Política asigna al Poder Judicial, razón por la cual ordenó a la Asamblea Legislativa promulgar una reforma legal para ubicarla dentro del Poder Ejecutivo. Así se promulga la reforma al Código Notarial, ley 7764, introducida por ley 8795 del 4 de enero de 2010, en donde se estipula que la Dirección Nacional de Notariado es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, con autonomía administrativa, presupuestaria y funcional, la cual cuenta con personalidad jurídica instrumental para realizar actividad contractual y administrar sus recursos y patrimonio. De la misma manera se constituye a la Dirección Nacional de Notariado como el órgano rector de la actividad notarial con competencia exclusiva para regular a todos los notarios públicos activos. Para que la Dirección Nacional de Notariado pudiera ejercer sus funciones de dirección y emisión de políticas y directrices, además de las nuevas funciones y ubicación, se la dotó de una nueva estructura administrativa basada en un concepto de mando colegiado; así se crea el Consejo Superior Notarial como 4 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO órgano director máximo, el cual se encuentra conformado por cinco miembros propietarios, y sus respectivos suplentes, que poseen título de abogado y notario y que representan distintos aspectos relacionados con el ejercicio de la función notarial: sendos representantes del Ministro de Justicia y Paz, Archivo Nacional, Registro Nacional, Colegio de Abogados y del Consejo Nacional de Rectores. Su designación y nombramiento corresponde al Consejo de Gobierno. Con las indicadas reformas de la Ley 8975 al Código Notarial la estructura de la DNN establece como jerarca al Consejo Superior Notarial y el campo puramente administrativo a la Dirección Ejecutiva. El 18 de diciembre del 2009, la Dirección Nacional de Notariado como dependencia del Poder Judicial cerró sus puertas, evento coincidente con la salida a vacaciones de fin de año de sus funcionarios. Pese al plazo de 3 años dispuesto con suficiente antelación y prudente dimensionamiento por parte de la Sala Constitucional en el mencionado voto, no es sino hasta última hora, al filo del cumplimiento de esos 3 años, que se produce el marco legal requerido, con las inevitables consecuencias: el país se quedaba sin el órgano rector de la función notarial mientras se preparaba el reinicio. El 20 de enero del 2010, dos días después al que entró en vigencia la referida reforma legal, el Consejo de Gobierno nombró el primer Consejo Superior Notarial. En esta misma fecha se realizó la primera Sesión del Consejo Superior Notarial, en las instalaciones del Colegio de Abogados. Los primeros Directores nombrados por el Consejo de Gobierno fueron: Miembros titulares: Rogelio Fernández Moreno, representante del Registro Nacional (Primer Presidente); Ana Lucía Jiménez Monge, Jefa del Archivo Notarial, representante del Archivo Nacional; Jaime Weisleder Weisleder, representante del Ministerio de Justicia y Paz; 5 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Ligia Roxana Sánchez Boza, representante del Colegio de Abogados; y, William Bolaños Gamboa, representante del Consejo Nacional de Rectores CONARE. Miembros suplentes: Andreína Vincenzi Guilá, representante suplente del Registro Nacional. Marco Antonio Jiménez Carmiol, representante suplente del Colegio de Abogados Edgar Gutiérrez López, representante suplente del Archivo Nacional y, Edgar Chamberlain Trejos (hoy por Carlos Eduardo Quesada Hernández) representante suplente del Ministerio de Justicia y Paz. El 8 de febrero del 2010, la Dirección Nacional de Notariado reabrió sus puertas bajo la nueva ordenanza legal, en las mismas instalaciones físicas que ocupaba anteriormente como anexo a otros aposentos del Poder Judicial. Paulatinamente se fueron creando las distintas áreas de la nueva institución. El 8 de febrero del 2010, se creó lo que otrora se denominó la Coordinación de Gestión y Fiscalización, actualmente para este último cuatrimestre del año 2014 con la nueva reorganización en proceso y desarrollo, dividida en 3 Unidades: Unidad Legal Notarial, Unidad de Fiscalización Notarial y Unidad de Servicios Notariales. El 10 de enero del 2011, la DNN se trasladó al edificio ubicado en Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías del Este. El 1 de diciembre del 2014, la DNN se traslada nuevamente de edificio, a instalaciones más amplias y modernas, diseñadas para dar cabida a la nueva estructura administrativa y al aumento de personal que esta conlleva. 6 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO LA FUNCIÓN NOTARIAL El Notariado Público costarricense es parte de la Unión Internacional de Notariado claramente fundamentado en el Sistema Notarial Latino, al cual corresponde asesorar, controlar, dirigir y calificar la legalidad de la voluntad de las partes, la que plasma en documentos públicos, sean escrituras o actas notariales y cuando es necesario colabora con la Administración Pública emitiendo certificaciones notariales También cumple con una excelente función de mediador y contribuye a lograr la Paz Social con el desarrollo de muchas competencias que originalmente habían sido ejecutadas únicamente por jueces de los tribunales de la República. Por disposición legal, temas relacionados con procesos sucesorios en sede notarial, adopción de mayores, matrimonios, separaciones y divorcios han sido asumidos por los Notarios Públicos con gran beneficio para los usuarios porque los plazos procesales han sido reducidos considerablemente para satisfacción del cliente. Además con esta labor en la conocida competencia notarial no contenciosa, el Notariado costarricense cumple con su función social al colaborar en la disminución de la mora judicial, pues de no existir la autorización legal para realizar tales procesos, serían los tribunales los encargados únicamente de su trámite. La Dirección Nacional de Notariado ha asumido la política pública del Estado en cuanto a materia notarial, su organización y con la emisión de directrices que guían la función notarial. Colabora con la Comisión interinstitucional que controla la comisión de fraudes, da seguimiento a la conducta de notarios que causan descrédito al Notariado costarricense y ofrece un importante servicio a los Notarios. 7 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA ANTECEDENTES Al darse la separación del Poder Judicial, en sus inicios la Dirección Nacional de Notariado no contaba con una estructura administrativa de carácter formal, que permitiera en principio, visualizar con mayor claridad las relaciones que deben existir entre las funciones de los diferentes niveles administrativos y operativos y las actividades que se debían desarrollar con el fin de alcanzar los objetivos propuestos. En la misma línea descriptiva, cabe señalar que en ese momento tampoco se contaba con un Plan Estratégico que definiera los macro objetivos y estrategias generales necesarias para alcanzarlos, es decir, no se contaba con un Plan Estratégico Institucional. Desde el punto de vista de su organización la Dirección Nacional de Notariado ha pasado por diferentes etapas o estadios de desarrollo, las cuales se describen a continuación. I Etapa: La institución se sitúa en un proceso de conformación, caracterizada por una gran incertidumbre acerca de los propósitos, la estructura y el liderazgo de la organización, durante este periodo se contó con poco personal, todos en calidad de préstamo por parte del Poder Judicial así como de otras instituciones, tales como, el Colegio de Abogados, el Registro Nacional, Archivo Nacional y de organizaciones, en este caso la Asociación de Empleados del Registro Nacional (ASOREN). Para enero del 2010 la Dirección Nacional de Notariado, abrió sus puertas de manera formal con siete funcionarios incluyendo al Director Ejecutivo y al encargado Administrativo, posteriormente y ya para el mes de mayo del 2010, se contaba con diecinueve colaboradores en total (nueve a cuenta del presupuesto propio de la DNN y diez en la modalidad de préstamo). 8 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO II Etapa: Se caracteriza por un momento de cohesión institucional, en ella tiene lugar la formalización de la primera estructura organizativa, la cual es aprobada por MIDEPLAN el día 19 de mayo del 2010. Durante este periodo se empieza a manifestar con mayor fuerza un sentido de identidad y pertenencia en el personal hacia la institución, por lo que se manifiestan una serie de expectativas a futuro de lo que se espera como grupo y de la misma institución. Al contarse con escaso recurso humano, este se asignaba a las tareas urgentes, independientemente de las funciones para las cuales fueron contratados, lo cual demuestra la calidad y compromiso de las personas que laboraban en esta etapa. 9 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Con la aprobación de la estructura organizativa se expresa con claridad la cadena formal de autoridad, la segregación del trabajo en la organización de conformidad con los niveles jerárquicos, las distintas unidades administrativas y operativas, evidenciando a la vez, la forma en que se interrelacionan los órganos que la integran. Esta primera estructura formal se componía de los niveles básicos con que se contaba en un principio, por lo que el diagrama de organización se caracterizaba por su simplicidad y rigidez, lo que impedía obtener una lectura completa de las diferentes relaciones de trabajo, las responsabilidades en cada proceso y en términos generales visualizar a futuro una mayor expansión de la organización. III Etapa: Se caracteriza por un incremento en el personal, para enero del año 2011 el número de colaboradores asciende a veinticuatro personas. En este momento la estructura organizativa es completamente funcional y asimilada por los funcionarios, en donde cada uno de ellos se dedica a ejecutar las tareas asignadas por la administración. En esta etapa se aprueba por primera vez el Plan Operativo Institucional 2012 conjuntamente con el marco estratégico institucional, (acuerdo, 2011-019-002 del 07 de setiembre del año 2011) como resultado de un análisis de las funciones realizadas en los años anteriores y en cumplimiento de los requerimientos solicitados por la Contraloría General de la República en aquel momento. Así tenemos un primer intento por desarrollar un proceso de planificación estratégico, que aunque de manera incipiente, dio como resultado las primeras definiciones: MISIÓN: Órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, rector del notariado costarricense para garantizar la seguridad jurídica preventiva, mediante la validez y la eficacia de la función notarial para el fortalecimiento de la paz social. 10 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO VISIÓN: Desarrollar la Dirección Nacional de Notariado como una institución ejemplar, mediante el fortalecimiento de los principios éticos y del sistema notarial latino, con recursos humanos, tecnológicos y materiales idóneos. Se definieron las primeras políticas institucionales: 1) Servicio oportuno y eficiente al notariado costarricense y al público en general. 2) Principio de información. 3) Principio de eficiencia. 4) Principio de rogación. 5) Principio de imparcialidad y objetividad. 6) Principio de legalidad 7) Juicio de valoración ética. Se establecieron los objetivos generales o estratégicos de la Institución, que fueron: 1) Alcanzar el perfeccionamiento en la prestación de sus servicios, tanto en cantidad como en calidad, de tal forma, que el usuario final satisfaga al máximo sus necesidades. 2) Lograr la máxima capacitación de sus servidores, no solo en las áreas procesal y sustantiva de la ciencia jurídica y notarial, sino también en lo concerniente a modales, decencia y buen trato al usuario, relaciones públicas e interpersonales. 3) Implementar métodos, estrategias y estructuras que permitan la optimización para obtener el mayor provecho de sus recursos, ya sean estos monetarios, humanos o físicos. 4) Adquirir la última tecnología en equipo a efecto de brindar un excelente servicio y que a su vez, el personal cuente con las herramientas más recientes que le permitan llevar a cabo su labor de manera más rápida y eficiente posible. 11 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 5) Lograr el reconocimiento nacional e internacional, a través de la debida sustentación de sus resoluciones y la participación en eventos tanto fuera como dentro del país. 6) Garantizar la seguridad y veracidad de sus registros, de tal forma que la información que se inscriba, publicite, se certifique, autentique y archive, sea un fiel reflejo de la realidad física y jurídica. 7) Establecer los métodos necesarios a efectos de garantizar la seguridad informática en el desarrollo de toda la actividad de la DNN. IV Etapa: Se caracteriza por la búsqueda de una mejora continua en el servicio institucional, lo que se evidencia en la contratación de más personal calificado en las diferentes áreas. Para el mes de enero del año 2012 la institución cuenta con una planilla de treinta y cinco funcionarios, y es durante este periodo que tiene lugar la elaboración del segundo Plan Estratégico Institucional, en el se redefinen y actualiza la misión, la visión, los valores y los objetivos estratégicos institucionales con un horizonte de ejecución a cuatro años (2012 – 2016) Misión: “La Dirección Nacional de Notariado es la institución rectora que, mediante talento humano y recursos idóneos, regula la función notarial costarricense en procura de la seguridad jurídica.” Visión: “La Dirección Nacional de Notariado garantizará la organización y fiscalización eficaces y oportunas de la función notarial costarricense.” 12 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES: 1-Ejecutar integralmente la fiscalización para la consecución de la seguridad jurídica y dignificación de la función notarial. 2-Fortalecer las áreas de atención del público y tramitación de procesos para mejorar la calidad de los servicios prestados. 3-Fortalecer el proceso de gestión del talento humano para garantizar un servicio oportuno y de calidad. 4-Posicionar las tecnologías de información como un mecanismo de apoyo, para mejorar los servicios internos y externos. 5-Contar con instalaciones idóneas para brindar servicios con comodidad y conveniencia para usuarios y funcionarios. 6-Fortalecer la gestión administrativa para apoyar oportuna y eficientemente los servicios institucionales. Políticas Institucionales - Fortalecimiento del sistema de control interno institucional. - Depuración y modernización del Registro Nacional de Notarios y servicios asociados. - Potenciar el talento humano de la Dirección Nacional de Notariado. - Posicionamiento de la Dirección Nacional de Notariado en el ámbito nacional. - Seguridad informática institucional. - Extender el rango de cobertura de la fiscalización notarial. - Proveer a la institución de instalaciones idóneas. 13 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO En esta etapa también se define la estructura programática, con el fin de lograr un mayor control, orientación y ejecución presupuestaria, mediante la formulación del Plan Operativo Institucional (POI). Este se refiere al establecimiento de objetivos (líneas de trabajo operativas) y metas en el corto plazo, que permitan realizar los planteamientos de la planificación estratégica es decir, llevar al quehacer diario las condiciones que permiten implementar la misión y dirigir los esfuerzos para alcanzar la visión institucional. Estos planes se elaboran por cada una de las unidades de trabajo que tiene la organización. V Etapa: Se caracteriza por un periodo de análisis y revisión de los procesos y procedimientos internos y de evaluación de la funcionalidad de la estructura organizativa y programática interna. Al respecto se inicia con el mapeo (levantamiento) de procesos en las diferentes unidades funcionales, lo cual significó la formalización de la manera en que se realizaban las actividades, ejecutadas antes de manera empírica, al mismo tiempo, esta actividad condujo tanto a la definición, como a la redefinición de procedimientos ejecutados a lo interno de cada Unidad funcional y por lo tanto, al establecimiento de manuales de procedimientos, en donde se plasmaban de manera homogénea, la forma que se deberían ejecutar cada uno de los procedimiento o actividades para lograr las metas y objetivos trazados en las distintas unidades funcionales. Se procedió a efectuar una evaluación de la estructura organizativa, aprobada en el 2010, al presentar inconsistencias relacionadas con: el crecimiento vertiginoso experimentado en los últimos años en cuanto al personal, (ya para enero del 2013 se contaba con treinta y ocho funcionarios), complejidad y volumen de los servicios brindados a los usuarios Lo anterior por cuanto, la estructura ya no estaba respondiendo a las necesidades y a la realidad objetiva por la cual estaba atravesando la institución, producto de este análisis se procede a someter a la institución a 14 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO un proceso de reorganización administrativa, con la participación de todo el personal. Los procesos descritos (elaboración de manuales de procedimientos y reorganización institucional) culminan en el periodo 2014, momento en que da inicio a la última etapa del proceso de desarrollo de la DNN. VI Etapa y actual: Tiene lugar el proceso de reorganización institucional, el cual culmina con la aprobación formal de la nueva estructura organizativa, según oficio DM-211-14 del 30 de abril del 2014. La implementación total del nuevo modelo organizativo en todos sus extremos, se realizarán una serie de esfuerzos y mejoras que van desde la adquisición de nuevas instalaciones, equipo de trasporte, insumos, contratación de personal, hasta mejoras en equipo tecnológico, para ello y de conformidad con los “Lineamientos Generales para la Reorganización Administrativa”, dictados por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. El nuevo organigrama institucional es 15 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Para efectos estructurales y funcionales, con la aprobación de la nueva estructura organizativa, la Dirección Nacional de Notariado se compone de cinco unidades sustantivas y operativas: la Unidad de Servicios Notariales; la Unidad Legal Notarial; la Unidad de Fiscalización Notarial, como niveles sustantivos; también se procedió a separar la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación de la Unidad Administrativa (estas dos, como unidades de apoyo a la labor sustantiva) con el fin de brindar una mayor autonomía y fortalecimiento a esta área. Todas las unidades mencionadas dirigen su esfuerzo al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Código Notarial, el marco estratégico institucional y los procesos esenciales de apoyo a las labores sustantivas desarrolladas por la institución. La DNN cuenta con cuarenta y siete funcionarios (a setiembre del 2014) y se espera que en el primer trimestre del 2015 se tengan contratadas alrededor de setenta y cuatro personas, la mayoría formarán parte de la Unidad de Fiscalización Notarial, destinado a la inspección notarial, por ser esta una de las unidades sustantivas de la Institución y en aras del mejoramiento del ejercicio de la función notarial. Durante esta etapa se inicia la revisión y actualización de los primeros manuales de procedimientos de las diferentes unidades operativas de la institución, con el fin de proceder a oficializarlos lo que se encuentra pendiente. En la siguiente gráfica se observa la forma en que se ha venido incrementando la cantidad de funcionarios a lo largo de las seis etapas de desarrollo de la Dirección Nacional de Notariado. 16 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Fuente: elaboración propia con datos RRHH-DNN Además de lo anterior, se implementan medidas de Control Interno, lo cual se logra con el fortalecimiento de la Unidad de Planificación, entre las cuales podemos mencionar las siguientes: - Aplicación de la Guía de Autoevaluación a todas las Unidades Funcionales que conforman la DNN, según minuta DNN-CICI-01-2014, de la reunión de la CICI del 03 de abril del 2014. - Conformación de la Comisión Institucional de Control Interno (CICI), según oficio de la Dirección Ejecutiva DE-DNN-0175-2014, del 27 de marzo de 2014. - Elaboración y aprobación de los Lineamientos Generales de Control Interno, según acuerdo del Consejo Superior Notarial 2014-010-005 tomado en la sesión ordinaria No. 010-2014 del 02 de junio del 2014. - Elaboración y aprobación de la Guía Metodológica Interna para la aplicación del SEVRI, según acuerdo del Consejo Superior Notarial 2014010-004 tomado en la sesión ordinaria No. 010-2014 del 02 de junio del 2014. - Capacitación al personal en el tema de Control Interno, según minuta DNNCICI-02-2014, de la reunión de la CICI del 24 de abril del 2014. 17 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO - Información al personal en temas relacionados con el Control Interno por medio de pizarras informativas y correo electrónico, según minuta DNNCICI-01-2014, de la reunión de la CICI del 03 de abril del 2014. - Aplicación de la herramienta Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI) a las diferentes Unidades Funcionales y dependencias de la Coordinación Administrativa, según minuta DNN-CICI-01-2014, de la reunión de la CICI del 03 de abril del 2014. - Presentación y aprobación del Plan de Acción de Mejoras de Control Interno (PAM), según acuerdo del Consejo Superior Notarial 2014-014-011 tomado en la sesión ordinaria No. 014-2014 del 30 de julio del 2014. - Presentación y aprobación del Plan de Administración de Riesgos Institucional (PARI), según acuerdo del Consejo Superior Notarial 2014014-011 tomado en la sesión ordinaria No. 014-2014 del 30 de julio del 2014. - Introducción de las Acciones de Mejora tanto del PAM como del PARI en la programación operativa institucional, según acuerdo del Consejo Superior Notarial 2014-014-011 tomado en la sesión ordinaria No. 014-2014 del 30 de julio del 2014. - Revisión por parte de la CICI, en las Unidades Funcionales y dependencias de la Coordinación Administrativa de la Guía de Autoevaluación y SEVRI, según minuta DNN-CICI-08-2014, de la reunión de la CICI del 10 de julio del 2014. Cabe destacar que la DNN cuenta con las siguientes comisiones de trabajo: 1) Comisión Institucional de Control Interno. CICI 2) Comisión de Salud Ocupacional. 3) Comisión de Tecnologías Información y Comunicación. TIC`S 4) Comité de Selección y Eliminación de Documentos. 5) Comisión Institucional de Gestión Ambiental 18 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Finalmente, resaltar la existencia de la Asociación Solidarista de Empleados de la DNN, ASODNN, aprobada por el Consejo Superior Notarial en el acuerdos 2011019-005 del acta número 19 del 07 de setiembre del 2011, 2011-026-003 acta número 26 del 30 de noviembre del 2011. 19 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO FISCALIZACIÓN NOTARIAL El nuevo paradigma en la Visión y Misión Institucional. La nueva Dirección Nacional de Notariado había nacido, pero carecía formalmente de una Visión y de una Misión. Aunque ello estaba cimentado e interiorizado en las mentes de los jerarcas, y a su vez estaba puesto en práctica por los funcionarios de la nueva DNN, no fue sino hasta 8 de agosto del 2012 que el Consejo Superior Notarial mediante Acuerdo 2012-017-004, y previa reunión con funcionarios activos de la DNN quienes aportaron y redactaron su contenido como actores directos e inmediatos del quehacer cotidiano de la institución, que se le dio contenido formal y se aprobó la Visión y Misión de la Dirección Nacional de Notariado, quedando definidos éstos componentes del Plan Estratégico Institucional de la siguiente manera: VISIÓN: La Dirección Nacional de Notariado garantizará la organización y fiscalización eficaces y oportunas de la función notarial costarricense MISIÓN: La Dirección Nacional de Notariado es la institución rectora que, mediante talento humano y recursos idóneos, regula la función notarial costarricense en procura de la seguridad jurídica. En la antigua Dirección Nacional de Notariado existía y se desarrollaba la Fiscalización Notarial bajo un esquema judicializado. No es sino hasta aquel 8 de febrero del 2010 que se ponen la base y la semilla para empezar a idear y crear un modelo de Fiscalización Notarial diferente, bajo el nuevo paradigma de las nuevas ideas postuladas en la mente y espíritu de sus nuevos mentores. Se estimó que el esquema, estructura e imagen judicializado que durante 11 años había perdurado en el Poder Judicial, debía cambiar, debía quedar atrás, debía generar una nueva y completa imagen bajo el nuevo marco legal de naturaleza administrativa. 20 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Pero en ese nuevo rumbo y camino que empezaba, sin menguar en el rigor que implica la Fiscalización Notarial, había que cambiar una imagen nada positiva que existía arraigada y generalizada en la comunidad de los Notarios Públicos de parte de la antigua DNN, la cual aún hoy día continúa en la mente de algunos Notarios quienes tienen interiorizado una actuación fiscalizadora de la antigua DNN, que equivocadamente la comparan con los operativos policiales. Los Notarios Públicos hoy día resienten aquel esquema, tanto así que cuando reciben la visita de nuestros Fiscales Notariales no dudan ni escatiman en comentarlo y hacer la comparación con el esquema actual de una DNN muy rigurosa sí, pero con un trato muy diferente hacia ese servidor público artífice de la seguridad jurídica y de la paz social: el Notario Público. De ahí que, con sustento en esta nueva visión, se hable hoy en día de una inspección más que de una fiscalización a los notarios, pues su connotación es la de colaboración y mejora de la función, más que de supervisión y vigilancia. Un lustro apenas es suficiente para saber que falta mucho por hacer y que el marco legal ideado por el legislador es insuficiente, poco ágil, y no es del todo efectivo, eficiente y eficaz para la función fiscalizadora a cargo de un órgano de naturaleza administrativa regido por un cuerpo normativo colmado de trabas y tramitologías sustantivas y procesales, el cual ha permitido a lo largo de la antigua y de la presente DNN una sobreabundancia de interpretaciones e integraciones al extremo que los Jueces de la República se inclinan por disponer que la DNN debe mantener ACTIVO a un Notario Público, es decir, que continúe autorizando y legitimando actos o contratos y dando fe pública, en el tanto se definen los procedimientos judiciales; siendo evidente, público y manifiesto que ese Notario no es Abogado activo, o no tiene cubierto el mínimo de garantía económica legalmente prevista, o se encuentra condenado penalmente por delitos que afectan o inciden indefectiblemente en la fe pública notarial, es decir carece del requisito de “buena conducta”, sine qua non, para ejercer como Notario Público. 21 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Sobre este esquema y marco global normativo y filosófico es que se fue creando y se ha ido desarrollando la nueva estructura, postura e imagen fiscalizadora de la DNN. Una postura muy rigurosa, sustanciada en el fin último de la función notarial y en la Misión misma de la DNN, cual es brindar seguridad jurídica y paz social a la colectividad como valores supremos con arraigo en un interés público colectivo o social superior al del individuo mismo, pero eso sí ponderando y no dejando de lado un importante grado de tolerancia y consideración para con el Notario. Fiscalización Notarial en la nueva Dirección Nacional de Notariado. La Organización, el Personal, los criterios seguidos, la actitud y percepción de los notarios: Con la nueva estructura legal derivada de las referidas reformas, producto primero del indicado Voto de la Sala Constitucional y luego de la reforma legislativa, y del texto y contexto de los nuevos artículos 21 y 22 del Código Notarial, está claramente definido y establecido que la Dirección Nacional de Notariado es el órgano rector de la actividad notarial y que su finalidad y funciones derivados de los mismos verbos usados por el legislador, son: regular, administrar, organizar, fiscalizar, supervisar, controlar, ordenar y adecuar el notariado costarricense. Además de los artículos 21 y 21 del Código Notarial, la competencia y potestad fiscalizadora está comprendida en el artículo 23 inciso g) ibídem, en el cual se estipula que corresponde al Director Ejecutivo de la DNN realizar la inspecciones en las oficinas de los Notarios Públicos, a efecto de fiscalizar que tengan oficina abierta al público y cumplan la ley, las disposiciones, las directrices y los lineamentos. La cantidad de Fiscales a cargo de la Fiscalización Notarial ha sido muy escasa e inestable; ha rotado entre 1 y como máximo 3 Fiscales, para fiscalizar una población notarial activa que oscila entre los 7750 y 8000 Notarios Públicos. El promedio estándar más estable de Fiscales ha sido de 2 Fiscales Notariales. 22 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Actualmente se cuenta con 2 Fiscales y 2 auxiliares, sin que sea posible aspirar a más funcionario por las limitaciones de espacio físico; no obstante con la nueva reorganización institucional recientemente aprobada por el Ministerio de Planificación, está proyectado un equipo total de fiscalización conformado por 10 Fiscales y 10 Auxiliares, lo cual se espera concretar en el nuevo espacio físico institucional. La Fiscalización Notarial de la nueva DNN comenzó de la nada, porque como se comentó líneas atrás, los tres años de plazo dados por la Sala Constitucional fueron insuficientes para preparar la transición. A partir del mes de enero del 2010 había que estructurar la nueva dinámica operativa y funcional de la Fiscalización Notarial, y en forma paralela al equipamiento de los recursos humanos y materiales, se fueron creando los modelos estandarizados para la ejecución y materialización de la actuación fiscalizadora. Se crearon entonces los formularios oficiales al efecto, junto con toda la documentación asociada tales como actas de notificación, de recuperación de tomos de Protocolo, de verificación de existencia de oficina notarial, se idearon los modelos de desarrollo de la actividad fiscalizadora, y los Fiscales Notariales de entonces y sus superiores fueron prácticamente autodidácticos y autosuficientes en la tarea del levantamiento del nuevo paradigma integral en la Fiscalización Notarial. Debe mencionarse que el esquema, estructura y documentación que otrora utilizó la Institución cuando funcionó al amparo del Poder Judicial fueron un importante soporte y guía del que siempre se echó mano para idear el porvenir en aquellos primeros pasos. Nuestros primeros Fiscales Notariales y durante mucho tiempo, desempeñaban y ejecutaban sus funciones en cualquier parte del país, a pie, en autobús y excepcionalmente en taxi, porque la transición relámpago no dio tiempo para equipar a la DNN con vehículos propios. 23 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Los primeros Fiscales Notariales laboraban en parejas o solos si fuera absolutamente necesario. Hoy día nuestros Fiscales Notariales tienen la asistencia, colaboración y ayuda de un Auxiliar idóneo. Salvo algunas funciones no propiamente de Fiscalización Ordinaria que las pueden desempeñar individualmente, los Fiscales Notariales siempre actúan en parejas, pero ahora conformadas por un Fiscal y su respectivo Auxiliar. Como criterio elemental de selección y reclutamiento de nuestros Fiscales Notariales, entre otros requisitos además de los descritos en el Manual de Puestos correspondiente, se observa y se requiere que los aspirantes a este puesto hayan sido Notarios Públicos inscritos y activos, con una trayectoria limpia, transparente, sin mácula en ninguno de los deberes funcionales notariales, de buena conducta, y con una experiencia de al menos 3 años de ejercicio real y práctico en la función pública notarial. No se puede pretender que un Notario Público sea fiscalizado por un Fiscal que poco o nada de experiencia real posea en el ejercicio de esta función pública delegada por el Estado. Actualmente en la Dirección Nacional de Notariado y por ende al servicio de los Fiscales Notariales, contamos con 5 vehículos oficiales: 2 automóviles, 2 vehículos doble tracción y una motocicleta. Todos adquiridos completamente nuevos, 3 de los vehículos para uso primordial en Fiscalización Notarial. Se proyecta para Fiscalización Notarial una flotilla de 8 vehículos en total, actualmente en proceso de compra. En todo este desarrollo, acomodo y crecimiento institucional de una nueva Dirección Nacional de Notariado, faltaba un esquema jurídico básico que respaldara la actuación de nuestros Fiscales Notariales, de modo que se minimice el riesgo de una intervención discrecional y subjetiva, y por ende que la actuación de los Fiscales resulte siempre transparente y uniforme. Es en este orden el Consejo Superior Notarial mediante acuerdo 2013-003-010 del 13 de febrero del 2013 aprobó el Manual de Procedimientos de Fiscalización Notarial de la Dirección 24 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Nacional de Notariado, publicados en el Alcance #50 del Diario Oficial La Gaceta #53 del 15 de marzo del 2013. La Dirección Nacional de Notariado ha comprendido muy bien que en el marco de la seguridad jurídica y paz social como fin último de la función pública del Notario Público como delegatario y licenciatario de una potestad pública del Estado, la función fiscalizadora no puede circunscribirse a la inspección y fiscalización que de la literalidad del Código Notarial se desprende, valga decir, únicamente en las oficinas de los Notarios Públicos. Grave lesión a la fe pública, a la seguridad jurídica y a la paz social se produciría si la DNN se circunscribiera solo a fiscalizar mediante la inspección de oficinas notariales. Ni la DNN ni el Consejo Superior Notarial pueden ser partícipes ni cómplices de la impunidad de abundantes irregularidades notariales que nunca serían detectadas porque se producen fuera de las oficinas notariales. Es por ello que la Dirección Nacional de Notariado, desde el Consejo Superior Notarial, no ha escatimado recursos en apoyar una amplia gama de modalidades fiscalizadoras que se han ido implementando bajo la rectoría de la Dirección Ejecutiva. Es en este orden que en la DNN, además de la Fiscalización Ordinaria que realizan directamente Fiscales especializados en la oficina del Notario Público, se produce siempre una fiscalización natural que realizan todos los funcionarios quienes alertan cuando detectan alguna irregularidad derivada activa o pasivamente de la actuación notarial. La función de fiscalización notarial de la DNN no se circunscribe actualmente a la fiscalización propiamente, sino que cubre y abarca una gama muy amplia de tareas y funciones intrínsecamente asociadas y estrechamente vinculadas; algunas de estas tareas y funciones son: Fiscalización Ordinaria: en las oficinas notariales. Fiscalización en Archivo Nacional: inspección de tomos de Protocolo y/o índices de instrumentos públicos. Verificación de existencia de oficina notarial. 25 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Recuperación de tomos de Protocolo por inactivación de los notarios derivada de fallecimiento, inhabilitación o suspensión. Notificaciones a los Notarios de procedimientos que se tramitan en las distintas Unidades de la DNN. Asistencia o colaboración técnica notarial a las autoridades judiciales o policiales en los operativos o diligencias en los que resulte relevante advertir vicisitudes notariales especializadas. Inducción a funcionarios de la DNN y a funcionarios judiciales tales como Fiscales, Jueces, Investigadores, Policía Judicial, sobre aspectos de seguridad notarial o vicisitudes diversas derivados del quehacer notarial. Fiscalización en el Registro Nacional: próximamente a implementarse para inspeccionar entre otras cosas que las razones notariales “con vista en la matriz” posean realmente el contenido matricial que bajo la fe pública afirma el Notario. No autorización de papel de seguridad ni trámites en la DNN a Notarios que no están al día en todos sus deberes funcionales. Anulación de las boletas de seguridad registral a los notarios inhabilitados o inactivos. Facilitación de boletas de seguridad y de papel de seguridad de la DNN a casos y situaciones de excepción ya regladas y reglamentadas por el Consejo Superior Notarial. Visitas informativas a entidades públicas y privadas. Alianzas estratégicas de cooperación interinstitucional con el Poder Judicial, Ministerio Público, Fiscalías Electrónicas, Fiscalía General de la República y Registro Nacional, en procura de un aporte eficaz y efectivo para la seguridad jurídica y paz social que debe siempre derivar de la función del Notario Público. 26 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO La cantidad de diligencias totales realizadas por los Fiscales Notariales, estimando el número de ellos estándar o promedio de 2 Fiscales, durante estos 5 años, ha sido de aproximadamente 250 diligencias anuales por cada Fiscal; comprendidas en éstas todas las modalidades de su actuación sin que se circunscriba estrictamente a las visitas de inspección o fiscalización ordinaria a los oficinas notariales. Este promedio se considera y estima de muy bueno a excelente considerando que los recursos siempre son limitados y que la diversidad de funciones y tareas hace que la distribución del tiempo efectivo se vea también afectada. Como criterio general para encausar el aparato administrativo y la inversión de los recursos públicos de la Dirección Nacional de Notariado hacia la función fiscalizadora, el Consejo Superior Notarial ha estimado que se debe partir fundamentalmente del texto y contexto del párrafo final del artículo 139 del Código Notarial. Es decir, la Dirección Ejecutiva de la DNN como única entidad con potestad legal para ordenar la actuación fiscalizadora, debe tener extrema cautela y mesura y circunscribirse a ejecutar este deber legal en los casos, situaciones o circunstancias que se deriven directa o indirectamente de conductas activas o pasivas de Notarios Públicos que adviertan preliminarmente al menos que pudiera existir perjuicio o lesión a las partes, terceros o la fe pública, así como cuando los Notarios incumplan requisitos, condiciones o deberes propios del ejercicio del notariado, contemplados en las leyes o resultantes de las disposiciones emanadas de las autoridades públicas, en el ejercicio de competencias legales. En este mismo orden el Consejo Superior Notarial advierte que dentro de los distintos regímenes sancionatorios previstos por el Código Notarial, este cuerpo normativo enumera al menos 41 faltas notariales sancionables, dentro de las cuales al menos 12 son catalogadas como faltas graves. Esto provee un marco más que suficiente para encausar la determinación de cada orden de fiscalización. Justamente sobre la base de ese marco Legal fue que este Consejo Superior Notarial, emitió y aprobó los actuales Lineamientos para el Ejercicio y Control del 27 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Servicio Notarial, mediante Acuerdo 2013-006-004 del 13 de marzo del 2013, publicados en el Alcance #93 de La Gaceta # 97 del 22 de mayo del 2013, vigentes desde el 5 de junio del 2013, en los cuales se incorporó el TITULO VI, FISCALIZACIÓN, conformado por los artículos 81 al 85 de dichos Lineamientos. El Consejo Superior Notarial ha instruido y supervisa para que la Dirección Ejecutiva proceda con prudencia, mesura y cautela en la función fiscalizadora y se circunscriba dentro de este marco normativo, deontológico, filosófico y de política institucional. Así entonces, con regocijo y complacencia podemos decir que en este lustro la Dirección Nacional de Notariado ha logrado desarrollar y desempeñar una actividad fiscalizadora muy estricta para quienes el rigor les asiste por no encontrarse dentro del marco de legalidad que deben atender, pero a la vez muy noble, colaboradora y asistencial para con los Notarios Públicos que respetan y acatan el ordenamiento jurídico notarial vigente, Notarios fiscalizados quienes en no pocas ocasiones han comentado a los Fiscales Notariales y a los funcionarios de la DNN su complacencia por la visita fiscalizadora, expresando sin reservas que imaginaban y esperaban otra cosa según resabios que aún se recuerdan y resienten en la población notarial. Así las cosas estimamos que entregamos una Dirección Nacional de Notariado, en crecimiento constante, con una función fiscalizadora también en pleno desarrollo, pero en todo caso bastante bien robustecida y con una proyección a no muy largo plazo de poder proyectarse como un órgano rector de la función notarial destacado a nivel latinoamericano. 28 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO AUDITORIA A finales del año 2011 la DNN inició el proceso para contar con los servicios de un Auditor Interno. El proceso para el nombramiento interino de ese importante puesto se inició con la publicación del aviso respectivo el 24 de octubre del 2011. Luego de prorrogar el plazo para la recepción de ofertas, se inició el proceso de selección y entrevistas de los candidatos mejor calificados. En la sesión Nº 142012 celebrada el 27 de junio se escogió a la persona, cuyo nombre debía ser sometido a consideración de la Contraloría General de la República. La División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la Contraloría General de la República, mediante oficio Nº 8375 (DFOE-PG-321 de 16 de agosto de 2012, aprobó el nombramiento por un año del Auditor Interno de la DNN. En oficio CSN-DE-DNN-0176 de 16 de agosto de 2013 se solicita a la Contraloría General de la República el nombramiento del Auditor Interno por tiempo indefinido de la persona que había fungido en forma interina ese cargo por el año anterior. Mediante oficio DFOE-282 del 04 de setiembre de 2013 se recibe oficio de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa en donde se aprueba el proceso de nombramiento por tiempo indefinido del Auditor Interno, por lo que el Consejo Superior Notarial mediante acuerdo 2013-020-003 tomado en la sesión 20-2013 del 11 de setiembre de 2013 procedió al respectivo nombramiento del Auditor Interno por tiempo indefinido. Por considerar que hubo errores en el procedimiento de nombramiento, pues de acuerdo con los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y sub auditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y 29 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público”, el 03 de junio de 2014, mediante oficio DFOE-PG-0247, la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, considera que debió de realizarse un nuevo proceso de selección, señalando que el nombramiento hecho adolecía de ese defecto. Visto lo anterior el Consejo Superior Notarial en sesión 012-2014 celebrada el 02 de julio ordena el cese de la funcionaria que venía desempeñando el cargo de auditora interna y simultáneamente se acuerda el inicio de un nuevo concurso para llenar dicha plaza en forma indefinida. Se presentaron múltiples solicitudes de aspirantes al cargo de auditor interno, las cuales se calificaron de conformidad con los parámetros publicados. Se realizaron las entrevistas a aquellos postulantes que obtuvieron la máxima calificación y luego se escogió a los tres mejores, para integrar la terna que se envió a la Contraloría General de la República, según lo dispuesto en los Lineamientos que rigen dicho nombramiento. Durante el año de funcionamiento interino la auditoría interna se ha consolidado como un órgano independiente, objetivo y asesor; brindando un aporte efectivo al logro de los objetivos de fiscalización y control superiores de la Dirección Nacional de Notariado. Ha fiscalizado sus procesos de control, riesgos, dirección y el fortalecimiento de su rendición de cuentas Cabe destacar el involucramiento de la auditoría en el quehacer de la Institución para conocer el universo auditable y los aportes realizados, entre los cuales podemos citar: estudios contables, atención de consultas específicas por parte del CSN, labores de asesoría contable y gestión administrativa, elaboración de manuales y reglamentos internos de la Auditoría interna, coordinación con la auditoría externa, autorización de los libros legales del Consejo Superior Notarial, elaboración de los planes anuales de trabajo. 30 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Estudios realizados por la Auditoria Interna 1.- Análisis de los Estados de Resultados al cierre de los períodos 2010-2011 y con corte al 31 de agosto del 2012. Presentado con el oficio-AI-DNN-0072012, del 12 de octubre del 2012. Objetivos Específicos Verificar los ingresos y egresos de los Estados de Resultados en los períodos terminados al 31 de diciembre por los años 2010, 2011 y al 31 de agosto del 2012 y detallarlos por servicios. Realizar un comparativo de los ingresos y egresos de los Estados de Resultados en los períodos terminados al 31 de diciembre por los años 2010, 2011 y al 31 de agosto del 2012 y graficar el análisis de crecimiento. Verificar el monto registrado en el Superávit acumulado al 31 de agosto del 2012 y confrontarlo contra las partidas que conforman el Balance de Situación, de conformidad con el origen y la aplicación de los recursos. 2.- Evaluación del diseño, implementación y eficacia operativa de Control interno de la Caja Chica. 3.- Arqueo de caja chica y verificación de controles internos en los procesos de pago. 4.- Evaluación y comprobación de la calidad del servicio al cliente externo que brinda la Institución. 5.- Evaluación de los procedimientos y los requisitos de los diferentes procesos que tramita el Área de Gestión Notarial, así como la duración de dichos procesos, causales por las que se atrasan, número total de expedientes en circulación y la 31 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO cantidad de profesionales que los tramitan y notifican y si dicho personal tramitador tiene que atender al público y realizar otras labores. 6.- Verificación que la Administración realiza un adecuado control interno sobre los ingresos provenientes de timbres, servicios y pagos del papel de seguridad en los periodos 2011-2012 y primer trimestre 2013. 7.- Comparación y verificación de los equipos de computo existentes y sus programas, con los inventarios de licencias autorizadas. 8.- Estudio de control Interno sobre el Inventario de Materiales y Suministros, en el período de noviembre del 2013. Elaboración de Manuales y reglamentos de la Auditoría Interna 1. Manual de procedimientos para la autorización de libros contables, de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia y otros libros a criterio del auditor. 2. Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna. 3. Pendiente de revisión por el jerarca Institucional y su aval, para posteriormente ser trasladado a la Contraloría General de la República para su respectiva aprobación, ,luego deberá publicarse en el diario oficial y divulgar en el ámbito institucional. 4. Definición del universo Auditable de la Institución. 5. Identificación de los riesgos de la auditoría interna. 6. Implementación de la metodología de riesgos en el plan de trabajo de la Auditoría Interna para el año 2013. 32 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Antecedentes Anterior al año 2010, la Dirección Nacional de Notariado (DNN), operaba y soportaba sus sistemas de trabajo y actividades bajo la plataforma tecnológica del Poder judicial, entidad a la perteneció hasta finales de 2009. A partir del año 2010, la DNN se independiza del Poder Judicial y se convierte en institución adscrita al Ministerio de Justicia y Paz, y conforma su primera plataforma tecnológica de trabajo con equipos servidores, microcomputadores y software donados por el Poder judicial. Dentro de su estructura orgánica original, la DNN no contaba con un área para la administración de tecnologías ni con personal, por lo que se contrata a un profesional en informática para hacerse cargo de estas labores. Este funcionario, junto con otro ingeniero contratado, quien participó en el desarrollo del Sistema de Notarios, se encargaron de adaptar el sistema a la nueva modalidad de trabajo de la DNN, así como el desempeño de funciones de soporte y asistencia técnica a los usuarios de tecnologías. Para el año 2012, se hacen los estudios requeridos para la elaboración del Plan Estratégico Institucional para los años 2012 al 2016 (PEI 2012-2016). En dicho plan, se considera la necesidad de una modernización tecnológica institucional en procura de un mejor servicio a los usuarios. Se define como uno de los objetivos estratégicos: “Posicionar las tecnologías de información como un mecanismo de apoyo, para mejorar los servicios internos y externos.” Dicho objetivo tiene como líneas de trabajo operativo: Elaborar un estudio sobre deberes y funciones en TI. Diseñar un sistema informático administrativo-financiero Rediseñar el sistema informático de notarios 33 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Rediseño de la página web Dotar de equipo tecnológico adecuado Dada la importancia de llevar a cabo el proceso de modernización tecnológica, se le da especial atención a este objetivo y de inmediato se procede con los estudios requeridos para este proceso y trabajar en la preparación de un plan de desarrollo que permita su logro. 1. Definición de acciones a seguir para la modernización tecnológica en la DNN. En el año 2013 se efectúan estudios del estado actual de la plataforma tecnológica conformada por la infraestructura de hardware, software y bases de datos, se evalúan los hallazgos y se definen las acciones a seguir, orientadas al proceso de modernización, a la luz de las posibilidades y oportunidades tecnológicas que el mercado actual ofrece. a) Se establece la premisa que para lograr las mejoras en el servicio a los usuarios de información de la DNN, se requiere del uso de una plataforma tecnológica que ofrezca y garantice seguridad en las operaciones y garantía de continuidad, de manera que dichos servicios se den sin interrupciones. b) Se considera también de suma importancia, que la nueva plataforma tecnológica permita brindar servicios virtuales y en línea a sus usuarios, para evitar que éstos deban trasladarse a las oficinas de la DNN a efectuar sus trámites. Para lograr estos objetivos, se ven las posibilidades que ofrece el mercado tecnológico y se considera que lo más efectivo y seguro es desarrollar una plataforma tecnológica de trabajo que se base en los servicios en la nube, dadas las garantías que este ambiente ofrece en materia de seguridad de la información, continuidad del servicio y comodidad para el usuario en materia de aseguramiento de la información que produce, la estandarización de sus herramientas de oficina, etc. 34 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 2. Acciones ejecutadas y tendientes al logro de la modernización tecnológica en la DNN. Con las acciones definidas para lograr un proceso adecuado de modernización en materia de tecnologías se ejecutaron las siguientes acciones: En el año 2013: I. Se hace un análisis de los sistemas de trabajo del área Administrativa de la DNN. II. Se hace un estudio de cuáles pueden ser las herramientas tecnológicas que pueden ayudar a mejorar de manera sustancial la forma en que se desarrollan dichos sistemas de trabajo. III. Se adquiere una herramienta de software para los procesos administrativos, contables, de presupuesto y recursos humanos. IV. Se contrata una plataforma tecnológica virtual en las instalaciones del DataCenter de Racsa, compuesta por 5 servidores virtuales (Servidor de administración de recursos en la red, servidor de aplicaciones, servidor de base de datos, servidor de servicios de almacenamiento y archivo y servidor para procesos de propósito general) V. Se contratan dos enlaces de alta velocidad basados en fibra óptica: un enlace punto a punto de 10 Mbps, para comunicar los equipos de usuarios con los sistemas en la nube y un enlace de Internet de 10 Mbps para servicios relacionados. VI. Se contrata el servicio de aseguramiento de la información, mediante el servicio de respaldos de información a disco y a cinta magnética, garantizando su acceso y minimizando el riesgo de pérdida. VII. Una vez configurada la plataforma contratada, se hizo el pase de los sistemas de información a los servidores en la nube, garantizando de esta forma la continuidad del servicio, al evitar las interrupciones que 35 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO anteriormente se daban, por fallas físicas de los equipos en donde dichas aplicaciones estaban instaladas. VIII. Se da acceso a los usuarios productores de documentos electrónicos para que tengan la posibilidad de almacenar la información que producen en el servidor de archivo de la nube, de tal manera que ya no tengan que elaborar respaldos de su información porque ya está asegurada en la nube. IX. Se creó dentro de la estructura orgánica institucional la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación. En el año 2014: I. Se contrató y desarrolló el análisis y diseño del nuevo Sistema de Información de Notarios y su base de datos, que en el mediano plazo vendrá a sustituir el sistema actual, con una serie de mejoras que permitirán modernizar grandemente los servicios. II. Se consolida y estabiliza el uso de la plataforma tecnológica virtual de hardware y se extiende el uso de esta para todos los usuarios de equipos de cómputo en la Institución. III. Está en proceso la contratación de la construcción de los programas del nuevo Sistema de notarios, sus pruebas e implementación, con proyección futura para brindarle a sus usuarios servicios en línea. Se espera que este nuevo sistema entre a operar en el cuarto trimestre del 2015 y se pueda programar el establecimiento de servicio en línea a partir del año 2016. 36 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO LAS INSTALACIONES FÍSICAS DE LA DNN El funcionario público tiene el derecho a tener un espacio y un lugar de trabajo digno y apropiado en dónde desempeñar sus funciones y de manera colateral, el usuario tiene derecho a ser servido en un espacio igualmente apropiado. Eso cuesta dinero. Antonio Solera Víquez A partir de la vigencia de la reforma al Código Notarial del año 2010, a la nueva DNN que en ese momento no contaba con recurso económico alguno, se le asignó el mismo pequeño espacio (a manera de préstamo gratuito) que ocupaba en las instalaciones del Poder Judicial en San José, concretamente en el Anexo B del Primer Circuito Judicial, espacio que no reunía las condiciones de uso y servicio, tanto para el personal de la institución como para los usuarios. Posteriormente las oficinas de la DNN fueron trasladas a un edificio ubicado en Curridabat contratado bajo la modalidad de alquiler, con área aproximada a los 520 m². Con el traslado a ese nuevo local se terminó en forma definitiva la relación que nos unía con el Poder Judicial, institución con la que se está muy agradecida por toda su colaboración. A las nuevas instalaciones en Curridabat se le hicieron una serie de mejoras, así como un acondicionamiento total para poder habilitarlas para oficinas de atención al público y espacios para el personal administrativo y sustantivo. Con el pasar del tiempo y el incremento en la demanda de servicios, dichas oficinas se volvieron cada vez más estrechas e incomodas debido, tanto al crecimiento de la cantidad de usuarios que lo visitan como por el volumen de expedientes que se generan, además del incremento en el personal de la DNN. 37 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Es así como en el año 2012 al formularse el Plan Estratégico 2012-2016 establecido y aprobado por el máximo jerarca institucional, el Consejo Superior Notarial, se plantea un objetivo estratégico específico para satisfacer esta necesidad: “Contar con instalaciones idóneas para brindar servicios con comodidad y conveniencia para usuarios y funcionarios.” Bajo ese contexto, es que se elabora el Plan Operativo y el presupuesto institucional, en donde se establece una línea de trabajo específica para materializar el proyecto en el año 2013, teniéndose a la vez como una prioridad a nivel institucional. Todo lo anterior, justifica la razón por la cual, el Consejo Superior Notarial toma la decisión de proveer a la DNN en el menor tiempo posible, de nuevas instalaciones; procurando que las mismas sean de carácter propias, permanentes y con una proyección a futuro. Problemática El edificio en que se encontraban ubicadas las instalaciones de la DNN, impedía la posibilidad de un necesario crecimiento tanto actual como a futuro, limitaba la ampliación de la cobertura y accesibilidad de los usuarios ya que los espacios de atención estaban ubicados en diferentes lugares dentro del mismo edificio (primer y segundo piso, locales 8, 9, 17 y 22), además de lo estrecho de las oficinas y las áreas de atención al público, generada en parte porque la demanda superó a la capacidad instalada en todos los sectores. Desde el punto de vista de la seguridad ante un siniestro, la posibilidad de una rápida evacuación era nula y ciertamente un riesgo inminente para el personal de la institución. 38 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO La limitante del espacio físico constituyó en un obstáculo para la ubicación de nuevo personal contratado para lograr un mejor cumplimiento de la función fiscalizadora y rectora del notariado que debe cumplir la DNN, pues no obstante haber realizado diferentes gestiones para ampliar el espacio físico fue imposible ubicar nuevo personal no obstante tener plazas aprobadas. Justificación para la adquisición de planta física propia Basados principalmente en el razonamiento de ser lo más conveniente para el interés público, la Dirección Nacional de Notariado inicialmente requirió ante la Contraloría General de la República, la adquisición por medio de compra directa de un edificio propio que albergara su sede permanente, de acuerdo con los recursos financieros que posee, y que cumpla los aspectos técnicos, económicos y funcionales necesarios para atender sus actividades diarias de conformidad con la legislación que sustenta su existencia. Descripción del primer proyecto El proyecto de contar con nuevas instalaciones tuvo como fin solventar la deficiente cobertura, accesibilidad y comodidad para los usuarios y funcionarios de la DNN, así como de la población costarricense en general; las cuales deben contar con todos los aspectos técnicos y funcionales requeridos conforme a estudios previamente efectuados por funcionarios del Departamento de Arquitectura del Registro Nacional, como parte del Ministerio de Justicia y Paz, quienes brindaron la ayuda técnica y profesional requerida para los efectos. Con el desarrollo de este proyecto se busca darle el albergue y la atención debida a la cada vez mayor cantidad de usuarios que acuden diariamente a utilizar los servicios de la institución y mejorar de manera significativa el acceso y la comodidad al contar con oficinas más amplias, más parqueo para usuarios, que actualmente está sumamente restringido, mejor seguridad e instalaciones 39 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO adaptadas a los requerimientos establecidos por la legislación costarricense para la población con discapacidad, Ley N° 7600. Se pretende asimismo resolver el hacinamiento que se sufre en las áreas de atención al público, administrativa, sustantiva y demás áreas comunes en general, además de incrementar el espacio físico para atender el crecimiento institucional, de usuarios, funcionarios y público en general. Por qué comprar un edificio construido? Aspectos de relevante importancia que se discutieron al interior del Consejo Superior Notarial son: ¿por qué una compra y no alquiler? y ¿por qué construido en vez de comprar un terreno y luego construir? A la primera pregunta el Consejo se planteó la siguiente realidad: se cuenta con los medios económicos para comprar directamente, por lo que es de vital importancia aprovechar esa circunstancia para proveer de manera permanente a la DNN de su propio edificio y no estar pagando rentas que al largo plazo son financieramente más costosas. Es igualmente cierto la existencia de una importante oferta de edificios que se han construido para ser destinados como oficentros, es decir con dedicación exclusiva para oficinas. La segunda pregunta tiene varias respuestas aún más contundentes: una es el tiempo que se requeriría para la compra del terreno y posteriormente el diseño y la construcción del edificio. Muy probablemente, aún utilizando las vías más rápidas y expeditas, ello tomaría fácilmente 24 meses; en el tanto que si se compra un edificio ya construido y se construyen las divisiones interiores, y más si se utiliza el sistema “llave en mano”, ello llevaría mucho menor tiempo, estimándose en aproximadamente una cuarta parte del primer procedimiento. Es importante tomar en cuenta también que la construcción reciente de oficentros ya se hace incluyendo los requerimientos legales y técnicos que requieren hoy en día las oficinas modernas como instalaciones eléctricas, aire acondicionado, ley 40 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 7600, etc., a todo lo cual hay que sumarle el aspecto seguridad, pues dentro de la cuota de mantenimiento va incluido el costo de la seguridad externa. Es obvio entonces, que la decisión de comprar en vez de alquilar tiene muchas más ventajas y es la apropiada y más conveniente. El primer intento para comprar un edificio El Consejo Superior Notarial (CSN) consciente de la urgencia que tiene la Institución de contar con sus propias instalaciones, estimó que el procedimiento legal que menor tiempo requería, es el estipulado en los artículos 2 bis de la Ley 7494 Ley de Contratación Administrativa, 138 y 139 del Decreto 33411 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Existió en la decisión del Consejo el ánimo de apegarse a un procedimiento legalmente válido en aras de disminuir el plazo de compra, puesto que las instalaciones que en ese momento ocupaba la Dirección Nacional de Notariado (DNN) eran insuficientes, no eran funcionales pues las oficinas están diseminadas en varios pisos con una ocupación parcial de los mismos compartida con otros inquilinos y locales comerciales. Nunca existió el ánimo de evitar la licitación pública El Consejo Superior Notarial (CSN) nombró una comisión interna que se encargó del proceso de compra del edificio. La idea inicial era hacer un estudio de mercado sobre locales y precios, de acuerdo a los requerimientos básicos y mínimos que teníamos. En aras de dar la mayor transparencia al proceso, uno de los miembros de esta Comisión se apersonó ante la Cámara de Corredores de Bienes Raíces solicitándoles, verbalmente, la divulgación a sus asociados de nuestra necesidad. No existe un acuerdo formal de la Comisión al respecto, pues esta gestión se entendía como parte del estudio de mercado requerido. 41 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Como pretendíamos transparencia en nuestra petición, los requerimientos que se solicitaron a todos los oferentes fueron muy sencillos y con pocos aspectos técnicos: a) inmueble ubicado en el Cantón Central de San José (requerimiento exigido por nuestra ley, art. 21 ley 8795); b) área cercana a los mil metros cuadrados; c) parqueo y; c) que estuviera en venta (no alquiler). Como puede apreciarse los requerimientos eran claros y de muy fácil cumplimiento para cualquier oferente, con la idea de tener una participación del mayor número. En total se recibieron veintitrés ofertas. Descalificados los que no cumplían con los requisitos mínimos quedaron elegibles cinco edificios: Casa cerca del puente de Los Anonos, Edificio de Sabana Sur (antigua Interbolsa) Torre Cordillera (carretera a Pavas) Centro Corporativo Internacional (Barrio San Bosco) y Edificio en San Francisco de Dos Ríos. Siendo las 08:45 horas del 23 de enero del 2013, en las instalaciones del Consejo Superior Notarial, se reúne la Comisión para analizar cual de los edificios que se seleccionaron como convenientes para ser ocupados por la DNN El 13 de Junio del 2013 mediante oficio CSN-DNN- 127-2013 se presentó a la Contraloría General de la República la solicitud técnica y jurídicamente justificada, para que dicho ente autorizara la compra directa del piso tres del edificio Torre Cordillera.- , El 03 de julio del 2013 el CSN en vista de la comunicación de la Contraloría General de la República, Oficio DCA-1469 del 26 de junio del 2013, en donde se le solicita a la Dirección Nacional de Notariado llenar una serie de requisitos, de los cuales algunos de ellos se podían cumplir, pero otros eran de imposible cumplimiento dentro del plazo de 5 días que concedió la Contraloría, como por ejemplo: un nuevo avalúo hecho por Tributación Directa, planos completos de la remodelación del edificio, que contemplaran la distribución de las oficinas y los materiales a utilizar; de igual manera señalan que los requisitos para adquirir el 42 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO edificio deben ser técnicos. En virtud de lo anterior, el Lic. Jaime Weisleder Weisleder, con la aprobación del Consejo, decidió retirar la gestión por medio del oficio CSN-DNN-142-2013 del 02 de Julio del 2013. El segundo intento: la alternativa del alquiler con opción de compra Después de casi dos años de gestionar la compra de un local sin obtener un resultado positivo, el Consejo se inclinó por la alternativa de alquilar con opción de compra, por lo que el 05 de marzo de 2013 se toma la decisión de iniciar el procedimiento de contratación para arrendar el local. La situación de las instalaciones físicas de la DNN seguía siendo precaria: 1. Hacinamiento. 2. Espacio insuficiente en todas las áreas. 3. Condiciones insalubres (fuga de aguas negras, filtraciones, malos olores) 4. Imagen poco atractiva. 5. Difícil acceso y localización. 6. Desinterés por parte del propietario del edificio que se arrendaba, de alquilar áreas adicionales. 7. Las condiciones para la atención del público son muy incómodas. 8. No existe un sistema alternativo de energía en caso de falla del fluido eléctrico. 43 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 9. Los locales tienen un alto riesgo en caso de siniestro (una única salida – pasadizos reducidos – puertas no abatibles). Para emprender la nueva etapa se establecieron las condiciones básicas e importantes que deberían cumplir el local o edificio que se alquilaría A. Tener las condiciones de espacio, higiene, seguridad y comodidad que requiere la DNN. B. Ubicado dentro de un perímetro de 2 Km alrededor del Registro Nacional y el Archivo Notarial. C. Local con área de entre 1200 y 2000 metros cuadrados conforme a las necesidades de espacio establecidas actuales y futuras. D. Que sea un edificio nuevo que no presente problemas estructurales ni de mantenimiento. E. Ubicado a nivel de carretera para una rápida ubicación y acceso a los usuarios F. Que ofrezca suficientes espacios de parqueo tanto para uso interno como para los usuarios. G. Que cumpla con la Ley 7600. H. Que ofrezca y permita la opción de compra. I. Que cuente con un sistema de suministro de energía alternativo en caso de que falte el fluido eléctrico. J. Que la oferta sea “llave en mano” que incluya el costo del arrendamiento del edificio, la remodelación y el mobiliario. Al igual que en el primer proceso, se conocieron y visitaron varias opciones interesantes, todos edificios nuevos, modernos, con los requerimientos electromecánicos, de seguridad y que cumplían con los requerimientos exigidos Entre estos: Oficentro Condal: El Oficentro Condal es un edificio ubicado en San Pedro de Montes de Oca. 44 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Oficentro Mira: El Oficentro Mira es un edificio ubicado en Zapote, 300 metros al oeste de la Casa Presidencial. Sigma Businnes Center: El edificio Sigma Businnes Center edificio ubicado en San Pedro costado oeste del Mall San Pedro. Oficentro Dent: El Oficentro Dent, edifico ubicado en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, diagonal al Banhvi. Después de meses de negociaciones el Consejo Superior Notarial, en sesión celebrada el 13 de agosto de 2014, mediante acuerdo 2014-015-006, acordó arrendar con opción a compra, un local en el quinto piso del Sigma Bussines Center, bajo la modalidad de llave en mano, es decir con divisiones interiores, conectores, muebles, luminarias, circuito cerrado de televisión. Este edificio le permitirá a la DNN proyección a futuro, crecimiento y fundamentalmente proveer tanto a funcionarios como notarios, un lugar digno y adecuado a una Institución con la proyección y las funciones que tiene en relación con el gremio profesional con la que está relacionada. Se contará con oficinas dedicadas exclusivamente a la atención de notarios, así como la futura unificación en esas instalaciones para la compra y autorización de protocolos y de papel de seguridad notarial. El notario que acuda a las nuevas instalaciones de la DNN se sentirá muy bien, pues al contar con todas las comodidades, sabrá que se le atiende en instalaciones apropiadas, tal y como se lo merece; al fin y al cabo todo ello se paga con dinero provenientes del ejercicio de la actividad notarial. 45 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO SITUACIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA Fundamento Legal: De conformidad con lo establecido en el artículo N° 24 ter de la Ley 7764 del 17 de abril de 1998, reformada por el artículo 1º de la Ley # 8795 del 4 de enero de 2010, para el cumplimiento de sus fines, la DNN se financia con el cincuenta por ciento (50%) de lo recaudado por el Colegio de Abogados por concepto de timbres por las operaciones notariales inscribibles en el Registro Nacional, así como por el cobro de los servicios administrativos que realice la institución por medio de sus órganos, tales como autorización de tomos de protocolo, la autenticación de firmas y la reposición de tomos, montos y servicios que se establecieron conforme al Reglamento de Cobro de Servicios publicado en la Gaceta N° 199 del 13 de octubre de 2010. Lo que es importante destacar es que la Dirección Nacional de Notariado es autofinanciable, no recibe dinero alguno por parte del presupuesto del Estado. Todos los fondos son aportados por los notarios y los servicios notariales que estos prestan. A) Presupuesto Ordinario Año 2010 A partir del año 2010, la Dirección Nacional de Notariado inició sus actividades sustantivas y administrativas y el Consejo Superior Notarial suscribió el Presupuesto Ordinario para la Dirección Nacional de Notariado para el año 2010 por la suma de ¢ 554.000.000.00 (quinientos cincuenta y cuatro millones de colones) que incluía recursos provenientes únicamente de los ingresos por timbres del Colegio de Abogados de Costa Rica. 46 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO INGRESOS Para ese mismo año, los ingresos reales obtenidos sumaron ¢ 666.830.154.47 (seiscientos sesenta y seis millones ochocientos treinta mil ciento cincuenta y cuatro colones con 47/100), los cuales fueron superiores a los estimados lo cual se debió principalmente a la aplicación del cobro de las tarifas por servicios institucionales a partir del 15 de noviembre de 2010. EGRESOS Los egresos reales por su parte sumaron ¢ 184.479.247.66. SUPERAVIT DEL PERÍODO Dado lo anterior, la Dirección Nacional de Notariado obtuvo un Superávit real libre para el período 2010 por la suma de ¢ 482.350.906.81 (cuatrocientos ochenta y dos millones trescientos cincuenta mil novecientos seis colones con 81/100. B) Presupuesto Ordinario Año 2011 El monto del Presupuesto Ordinario para el año 2011 fue por un total de ¢1.215.920.000.00 (mil doscientos catorce millones novecientos veinte mil colones) el cual incluyó una estimación de Superávit para el año 2010 por la suma de ¢ 350.000.000.00 (trescientos cincuenta millones de colones). INGRESOS Por su parte los ingresos reales obtenidos durante el período presupuestario 2011 sumaron ¢ 1.937.684.989.28 (mil novecientos treinta y siete millones, seiscientos ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y nueve colones con 28/100) los cuales fueron superiores a los estimados en ¢721.764.989.28. Este Superávit se debió a lo siguiente: 47 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO • Los ingresos fueron mayores a los estimados • El Superávit del año 2010 y trasladado al año 2011 fue superior al estimado • Hubo ingresos no presupuestados por concepto de intereses sobre inversiones. EGRESOS Los egresos de la Dirección Nacional de Notariado se estimaron igualmente en ¢ 1.215.920.000.00 mientras que los reales alcanzaron la suma de ¢ 464.275.135.31. SUPERAVIT DEL PERÍODO Dado lo anterior, la Dirección Nacional de Notariado obtuvo un Superávit libre para el período 2011 por la suma de ¢ 1.473.409.853.97 (mil cuatrocientos setenta y tres millones, cuatrocientos nueve mil ochocientos cincuenta y tres colones con 97/100. C) Presupuesto Ordinario Año 2012 Para el año 2012, el monto del presupuesto alcanzó un total de ¢2.235.763.000.00 (dos mil doscientos treinta y cinco millones setecientos sesenta y tres mil colones), el cual incluye una estimación de Superávit para el año 2012 por la suma de ¢ 1.072.000.000.00 (mil setenta y dos millones de colones). INGRESOS Para este mismo año la Ejecución de ingresos alcanzó la suma de ¢3.209.143.679.84 (tres mil doscientos nueve millones, ciento cuarenta y tres mil seiscientos setenta y nueve colones con 84/100). De la misma forma que en períodos anteriores, los ingresos reales fueron mayores que los esperados, adicionalmente se obtuvieron ingresos por intereses sobre inversiones a plazo y el Superávit Real del año 2011 fue mayor que el estimado. 48 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO EGRESOS Por su parte los egresos totales del año 2012 ascendieron a ¢ 635.687.159.94 (seiscientos treinta y cinco millones seiscientos ochenta y siete mil ciento cincuenta y nueve colones con 94/100). SUPERAVIT DEL PERÍODO Así las cosas para el año 2012 el Superávit de Operación Real alcanzó la cifra de ¢ 2.573.456.519.90 que fueron incorporados en el Presupuesto Ordinario del año 2013. D) Presupuesto Ordinario Año 2013 El monto del presupuesto ordinario del año 2013 es estimó en ¢3.560.250.000.00 (tres mil quinientos sesenta millones doscientos cincuenta mil colones 00/100) que incluye una estimación de Superávit para el año 2012 por la suma de ¢ 2.205.000.000.00 (dos mil doscientos cinco millones de colones con 00/100). INGRESOS Los ingresos reales obtenidos durante el período presupuestario 2013 sumaron ¢ 4.418.505.166.01 (cuatro mil cuatrocientos dieciocho millones, quinientos cinco mil ciento sesenta y seis colones con 01/100. EGRESOS Por su parte los egresos totales del año 2013 ascendieron a ¢ 880.327.223.59 (ochocientos ochenta millones trescientos veintisiete mil doscientos veintitrés colones con 59/100). SUPERAVIT DEL PERÍODO Dado lo anterior, la Dirección Nacional de Notariado cerró con un Superávit libre de operación para el período 2013 por la suma de ¢ 3.538.177.942.42 (tres mil quinientos treinta y ocho millones, quinientos treinta y ocho mil novecientos 49 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO cuarenta y dos colones con 42/100 que fueron incorporados en el Presupuesto Ordinario del año 2014. E) Presupuesto Ordinario Año 2014 El monto del presupuesto ordinario del año 2014 asciende a un total de ¢5.115.000.000,00 (Cinco mil ciento quince millones de colones con 00/100). INGRESOS Por su parte los ingresos reales acumulados al 30 de setiembre de 2014 suman ¢5.058.989.521.80 (cinco mil cincuenta y ocho millones, novecientos ochenta y nueve mil quinientos veintiún colones con 80/100) aun faltando un trimestre completo de operación. EGRESOS Los egresos de la Dirección Nacional de Notariado se estimaron igualmente en ¢ 5.115.000.000.00 mientras que los reales a setiembre 2014 alcanzaron la suma de ¢ 703.900.991.74. A grandes rasgos se podría estar estimando el gasto total del año en ¢ 1.052.000.000.00 por lo que podría estarse obteniendo un superávit de egresos de ¢ 4.063.000.000 SUPERAVIT DEL PERÍODO Dado lo anterior, la Dirección Nacional de Notariado estaría alcanzando un Superávit libre para el período 2014 por la suma de ¢ 4.488.000.000.00 (cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho millones de colones con 00/100, mismo que se incorporará en el Presupuesto Ordinario del año 2015. 50 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CUADRO N° 1 CRECIMIENTO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DNN CRECIMIENTO DEL PRESUPUESTO - EN MILLONES DE COLONES 7000000,0 6308000,0 6000000,0 5115000,0 MILLONES DE COLONES 5000000,0 4000000,0 3560250,0 3000000,0 2235763,0 2000000,0 1215920,0 1000000,0 554000,0 ,0 2010 2011 2012 2013 2014 2015 AÑO 51 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CUADRO N° 2 DETALLE DE LOS INGRESOS POR AÑO DNN - DETALLE DE INGRESOS POR AÑO - EN MILLONES DE COLONES TOTAL DE INGRESOS Ingresos por Timbres Ingresos por servicios 1687335,185 1630956,221 1364884,0 1337725,598 1195035,350 1225567,892 1011395,0 928947,433 666830,155 560480,841 408778,166 435920,871 461767,293 353489,0 106349,314 2010 2011 2012 2013 2014 Nota: los datos del año 2014 son con corte al 30 de setiembre de 2014 52 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CUADRO N° 3 DETALLE DE LA EVOLUCIÓN DEL GASTO DNN - EVOLUCIÓN DEL GASTO - EN MILLONES DE COLONES 1200000 1052000,0 1000000 880327,22359 800000 635687,15994 600000 464275,13531 400000 184479,248 200000 0 2010 2011 2012 2013 2014 Nota: los datos del año 2014 son estimados con base en la ejecución presupuestaria real con corte al 30 de setiembre de 2014 que alcanzó la suma de ¢ 703 millones de colones. 53 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CUADRO N° 4 DETALLE DE LA EVOLUCIÓN DEL SUPERAVIT DNN - SUPERAVIT REAL ANUAL 4355088,0 4500000,000 4000000,000 3538177,94200 MILLONES DE COLONES 3500000,000 3000000,000 2573456,51990 2500000,000 2000000,000 1473409,85397 1500000,000 1000000,000 536226,10540 500000,000 2010 2011 2012 AÑO 2013 2014 Nota: los datos del año 2014 son estimados con base al comportamiento de los ingresos y egresos al 30 setiembre de 2014. 54 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO Y CONTROL DE LA FUNCIÓN NOTARIAL I. Antecedentes Una de las tareas más importantes que debió asumir el primer Consejo Superior Notarial fue la de realizar una recopilación y evaluación de las diversas normas para el ejercicio de la función que habían sido promulgadas por la anterior Dirección Nacional de Notariado, bajo diversas modalidades, tales como resoluciones, consultas, directrices, etc. Además, si bien se había hecho un gran esfuerzo con la emisión de los primeros lineamientos, esta diversidad de normativa, y la extensión de ese primer documento, hacían imperativo que se facilitara a los Notarios el acceso a reglas más precisas y ajustadas a los cambios que, producto del avance y la experiencia, se hacían necesarios. Asumiendo esta seria obligación, el Consejo se fijó como meta la revisión y simplificación de las normas de su competencia. II. Estudios y consultas previas El primer paso para lograr esta meta consistió en cursar una invitación a todo el Notariado para que participara activamente en la propuesta de mejoras, reformas, ajustes e ideas nuevas que consideraran convenientes para regular la función. Esto se llevó a cabo a través de comunicaciones vía medios electrónicos, publicaciones y afiches, entre otros. 55 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Una vez recibidas las participaciones, se trasladaron a un primer sector de Notarios experimentados, con amplios conocimientos y experiencia en el ejercicio de la Función, y además a otros sectores con participación activa en el medio en instituciones como el Registro Nacional y el Poder Judicial, en especial a los Jueces Notariales, para que todos hicieran las observaciones que estimaran pertinentes, de modo que se contó con la visión de los diversos actores que tienen relación con el notariado. III. Elaboración de borradores y promulgación de los nuevos lineamientos. Una vez recibidas las opiniones de todos estos participantes, se elaboró un primer borrador de los nuevos lineamientos, el cual fue circulado una vez más entre los grupos citados, y también entre todos los notarios. Recibidos los comentarios, el Consejo en pleno realizó varias reuniones de trabajo, algunas en conjunto con personal de la Dirección de Notariado, en las cuales se analizaron todos y cada uno de los temas que abarca lo que hoy es el nuevo cuerpo normativo, conscientes de la gran importancia que tiene el mismo tanto para el notariado como para la sociedad costarricense. El resultado fue la promulgación de un nuevo cuerpo de reglas ajustado a las condiciones actuales, con la mayor claridad posible, y en resguardo del notariado y de los usuarios de este valioso servicio público. Esta reforma abarcó temas como los nuevos medios de conservación del Archivo de Referencias, la posibilidad de realizar traducciones en documentos notariales, el ajuste de los medios de control de la función, el uso de los medios de seguridad, las obligaciones a cargo de los notarios en relación con los controles a su cargo, entre otras muchas. 56 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Los lineamientos vigentes son un cuerpo normativo organizado, caracterizados por facilidad de comprensión de sus disposiciones, en las cuales se evitó repetir las normas del Código Notarial, las que más bien fueron desarrolladas en aquello en lo que fue necesario para asegurar las mejores prácticas por parte del notariado. IV. Reformas posteriores y normas paralelas Como toda reforma normativa, una vez puesta en ejecución ha requerido revisión y ajuste, lo cual se ha hecho de manera constante, en el entendido de que es la práctica la que determina la necesidad de cambios, siempre con el norte claro de que se cumpla con el mejoramiento de la función, la seguridad jurídica, y la estabilidad y calidad del servicio notarial. En esa misma línea, con la colaboración amplia de la Comisión de ética del Consejo, se promulgaron en mayo del año 2014 los Lineamientos Deontológicos para el Ejercicio de la Función Notarial, que con carácter obligatorio y vinculante disponen reglas mínimas de conducta en el tema ético. En la actualidad se procura, como parte del cierre de funciones de este primer grupo de integrantes del Consejo, llevar a cabo una revisión general y exhaustiva de los actuales lineamientos, y dejar así un cuerpo normativo completo y ajustado a la realidad. 57 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO LAS AMENAZAS AL NOTARIADO COSTARRICENSE En el período comprendido entre la entrada en vigencia del Código Notarial, finales de1998, y la actualidad, el ejercicio del notariado ha experimentado varios cambios radicales, que afectan la naturaleza misma de la función notarial y ponen en peligro el futuro de su ejercicio. Varias son las amenazas, pero dentro de ellas destacan de manera fundamental las siguientes: 1 La eliminación del ejercicio notarial y como consecuencia la eliminación calificadora del registrador. 2 La mala preparación académica 3 Aumento desproporcionado del número de notarios 4 El notario a sueldo o de planta LA ELIMINACIÓN DEL EJERCICIO NOTARIAL Y COMO CONSECUENCIA LA ELIMINACIÓN CALIFICADORA DEL REGISTRADOR Patrocinada y financiada por importantes entes financieros internacionales, en los últimos años se ha venido impulsando la idea que para lograr una mejor clasificación en el escalafón empresarial para facilitar la realización de negocios, se ha convencido a altas autoridades que los principales escollos son: alto costo legal, la inscripción de los documentos toma mucho tiempo y amplio plazo para la obtención de permisos y patentes municipales. 58 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Los dos primeros obstáculos, que son los que conciernen al ejercicio de la función notarial, son absolutamente falsos, pues nuestro sistema jurídico y nuestra idiosincrasia, hacen que la intervención del notario en la redacción del contrato y la participación del registrador en la calificación de los mismos, sea imprescindible. Está ampliamente demostrado que el sistema germánico-latino que necesita de la intervención del notario y el registrador, es mucho más barato que el sistema anglosajón en donde la intervención de estas dos figuras es prácticamente irrelevante. La disminución de la litigiosidad en nuestro sistema es abrumadora. Los costos de seguros y los gastos legales en el litigio son enormes en el sistema anglosajón. Se pretende entonces que los contratos se reduzcan a meros formularios que se presentarán al Registro el cual los debe inscribir sin que sean calificados. Ya tenemos en nuestro país ejemplos legalizados de estos intentos: crear empresa y la ley de garantías mobiliarias. El Consejo Superior Notarial se ha opuesto de manera frontal a estos intentos, pero lo más importante es hacer conciencia a las altas autoridades, políticas y judiciales, así como al gremio de la realidad de esta amenaza. LA MALA PREPARACIÓN ACADÉMICA No es ningún secreto que todas las universidades, públicas y privadas, eliminaron o disminuyeron de manera drástica, la enseñanza del derecho notarial y registral, dentro del pensum ordinario de las personas que pretenden graduarse como licenciados en Derecho. Estas materias son transversales en el ejercicio del derecho, pues es inconcebible que personas que en el futuro se desempeñen como jueces o litigantes desconozcan la importantísima labor que los notarios como asesores imparciales y mediadores, buscadores de la paz social, 59 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO desempeñan. Igualmente de la vital función que tienen los Registros dentro de nuestro sistema legal por la fe pública y la veracidad de sus asientos. AUMENTO DESPROPORCIONADO DEL NUMERO DE NOTARIOS Costa Rica un país de cinco millones de habitantes tiene más de OCHO MIL notarios habilitados para el ejercicio de la función. Este alto número satisface por mucho las necesidades del país y provoca una descarnada competencia desleal, que contraviene los más elementales principios éticos. Son muchas las quejas de muchos notarios que hacen referencia al irrespeto al arancel notarial. La contratación de los servicios notarial se equipara a la compra de electrodomésticos, en donde los usuarios solicitan varias cotizaciones para inclinarse por el más barato. La solución al problema debe buscarse en medios que detengan la subasta y que a su vez garanticen que los notarios que se incorporan tienen una preparación académica y ética de excelencia. Una posible solución es el establecimiento de una prueba para la incorporación y acreditación como notario. EL NOTARIO A SUELDO O DE PLANTA Esta figura, creación de la Sala Constitucional, la cual ha definido claramente cuáles son los requisitos para que se de, también ha distorsionado el normal ejercicio de la función notarial, la cual por naturaleza, debe ser imparcial y asesorar a las partes por igual, pero poniendo especial énfasis en defender a la parte débil en la contratación. Es obvio entonces que un notario que es empleado a sueldo de una institución no puede ejercer imparcialmente la función pues debe acatar las órdenes provenientes de su patrono, so pena de caer en causal de despido. Paralelamente las instituciones que contratan notarios a sueldo incurren en gastos 60 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO multimillonarios, cuyos costos se trasladan de manera solidaria a todos sus clientes, sean parte o no de un contrato. No obstante lo anterior, la Dirección Nacional del Notariado y el Consejo Superior Notarial, acatando los fallos de la Sala Constitucional, inscriben como notarios institucionales a aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos por el alto Tribunal: a) contratado por el Estado para que preste servicios notariales, b) bajo una remuneración salarial, c) con dedicación exclusiva y; d) sujeto al régimen de empleo público, teniendo como prohibiciones el ejercicio privado de la función notarial y el cobro de honorarios al Estado por la prestación de estos servicios. Pero la realidad es que algunas instituciones bancarias pretenden inscribir como notarios de planta a personas que no cumplen esos requisitos, especialmente aquellos que no están sujetos al régimen de empleo público. Han incoado acciones judiciales en contra de la DNN, amén de ejercer presión de tipo político para que la DNN flexibilice su posición. La tensa situación que prevalece en la actualidad, que perjudica directamente al resto del conglomerado notarial, es producto claro, directo y negativo de la existencia misma del notario institucional o de planta. El Consejo Superior Notarial no comparte la existencia de la figura del notario de planta o institucional, por contravenir la esencia misma del ejercicio notarial tipo germano- latino, aun así habilita a las personas que cumplen cabalmente los requisitos exigidos para ello, pero no está dispuesto a incumplir con la exigencia de los requisitos mínimos que estos funcionarios deben cumplir. 61 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO REFORMAS AL CÓDIGO NOTARIAL: I. Reformas aprobadas y vigentes: Durante la gestión del Consejo Superior Notarial nombrado para el período 20102015, la Asamblea Legislativa aprobó las siguientes reformas al Código Notarial: 1.-) ARTÍCULO 129.- Competencia material: Los notarios públicos podrán tramitar la liquidación de sociedades mercantiles cuando la disolución haya sido por acuerdo unánime de los socios, sucesiones testamentarias y ab intestato, adopciones, localizaciones de derechos indivisos sobre fincas con plano catastrado, informaciones de perpetua memoria, divisiones de cosas comunes, de forma material o mediante la venta pública, distribución del precio, deslindes y amojonamientos y consignaciones de pago por sumas de dinero. El trámite de esos asuntos ante notario será optativo y solo podrán ser sometidos al conocimiento de esos funcionarios cuando no figuren como interesados menores de edad ni incapaces. Aprobado por Ley n° 9024 del 23/12/2011. Publicado: La Gaceta 249 del 27/12/2011. 2.-) ARTÍCULO 96.-Notas: Para la corrección de errores en la escritura o su modificación, el notario podrá escribir notas marginales o al pie de la matriz, las cuales deberán ser firmadas por las partes otorgantes del acto o contrato y por el notario. En los casos en que exista pluralidad de actos o contratos en una misma escritura, las notas deberán ser firmadas únicamente por los otorgantes de los actos o contratos que se modifiquen, y por el notario. 62 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Si alguna de las partes se negara a firmar, fuera imposible su localización o se encontrara fallecida, el notario procederá a realizar la corrección dando fe de esta circunstancia y de que la corrección no lesiona los intereses de la parte interesada, todo esto bajo su responsabilidad. Cuando la corrección se refiera a modificaciones comprobables por medio del archivo de referencia o cualquiera otra fuente objetiva y no constituya variación de las voluntades consentidas, las notas serán firmadas solamente por el notario autorizante. Si el tomo del protocolo fue entregado al Archivo Notarial, esta oficina se lo facilitará al notario para consignar las notas necesarias aplicando las reglas de los párrafos anteriores, pero sin que el tomo salga de esta dependencia”. Aprobado por Ley n° 9210 del 20/02/2014. Publicado: La Gaceta 47 del 07/03/2014. II. Elaboración de otras reformas: En diciembre del año 2013, el Consejo Superior Notarial encargó a su Comisión de Ética, el estudio, análisis y propuestas de modificación o mejora a un proyecto de ley de reforma integral al Código Notarial, elaborado por una comisión interinstitucional compuesta por representantes de varias instituciones relacionadas con el quehacer notarial en nuestro país, así como por personas físicas, que de una u otra forma, tienen que ver con el tema. Fue así como, el día 5 de junio de 2014, el Doctor Alban Bonilla Sandí, coordinador de esa comisión, hizo entrega formal al Consejo Superior Notarial, del documento que contiene las propuestas de modificación en aras de mejorar el proyecto de ley de reforma integral del Código Notarial. 63 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Este proyecto de ley aún no ha sido aprobado por el Consejo Superior Notarial, para su presentación formal en la Asamblea Legislativa. El Consejo Superior Notarial estima urgentes y necesarias algunas reformas legales fundamentales para el fortalecimiento de la seguridad jurídica y la paz social derivadas de la función notarial, para la reducción o eliminación de entrabamientos actuales en el desempeño de las competencias de la Dirección Nacional de Notariado, y para la simplificación y agilización efectiva y eficaz de los procedimientos asociados a las irregularidades en que incurren los Notarios Públicos. Algunas de estas reformas legales sugeridas a incorporar en el Código Notarial son: La cancelación vitalicia de la licencia de Notario Público para ciertos casos en los que la cantidad o la gravedad de antecedentes disciplinarios o de otra naturaleza derivados de la función notarial es de tal magnitud que pareciera que nunca han ejercido ni un día en forma correcta la función pública notarial. La prohibición del ejercicio conjunto de la abogacía y el notariado. La realización de un examen de incorporación para poder ejercer el notariado que compruebe la buena preparación y los conocimientos jurídicos necesarios . La eliminación dela figura del notario a sueldo. La exclusión expresa de la aplicación de la Ley General de la Administración Pública en todo procedimiento administrativo notarial de cualquier naturaleza, con expresa ordenanza a simplificar procesos y procedimiento remisión al Código Notarial y al Código Procesal Civil para integración del Debido Proceso. La inhabilitación de pleno derecho o automática de los Notarios que incurran en ciertas faltas o incumplimientos de mera constatación, verbi gracia, atraso en el pago de la garantía mínima o Fondo de Garantía 64 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Notarial, atraso en la presentación de índices de instrumentos públicos, suspendidos por el Colegio de Abogados. Eliminación de la figura del conotariado. Eliminar el requisito del aviso previo estipulado en el inciso g) del artículo 23 del Código Notarial. Obligatoriedad de todas las autoridades judiciales que conozcan causas sobre irregularidades notariales, de secuestrar sin más trámite todos los mecanismos de seguridad del Notario y ordenar la inhabilitación funcional del mismo. Establecer la obligatoriedad de los Jueces Notariales de dictar medida cautelar de inhabilitación y secuestro de mecanismos de seguridad en casos especialmente seleccionados. Estipular la obligatoriedad de los Tribunales Notariales de dictar y ordenar de oficio la nulidad de los instrumentos públicos viciados de nulidad absoluta cuando conozcan causas disciplinarias notariales. Trasladar toda competencia sancionatoria disciplinaria al Poder Judicial, pero a la vez fortalecer y aumentar los tribunales disciplinarios notariales. Estipular expresamente la obligatoriedad de cumplimiento de los Lineamientos, Directrices y Resoluciones de la DNN no solo para los Notarios sino para los particulares en general y especialmente para las entidades públicas y privadas. Estableciendo un régimen sancionatorio no ilusorio para las entidades o los particulares que no lo acaten. Reducción paulatina, gradual y a largo plazo del número de notarios. Transformación del Fondo de Garantía Notarial en una figura que brinde mayor garantía y protección al usuario, así como para fondo de retiro y ayuda social para el notario. 65 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: Aspectos Notariales: 1.- Fortalecer la imagen que la DNN es el ente rector de la actividad notarial, haciendo las gestiones pertinentes ante las Autoridades Judiciales, la Procuraduría General de la República y Autoridades Administrativas. 2.- Hacer del conocimiento de autoridades, instituciones y público en general la imperiosa necesidad de la existencia del notario público y el rol que este desempeña en pro de la paz social y la disminución de la litigiosidad. 3.- Aumentar la participación de los notarios en asuntos que hoy son de conocimiento exclusivo de los jueces, abarcando tanto relaciones no contenciosas como algunas que tengan naturaleza litigiosa. 4.- Fomentar una mayor capacitación del notario. 5.- Fomentar una visión positiva de los notarios hacia la función fiscalizadora de la DNN. 6.- Fortalecer la función fiscalizadora de la DNN. 7.- Mantener una posición firme respecto al papel de asesor imparcial del notario en la relación entre las partes. Administrativas: 1.- Tener presente la vigencia de la opción de compra del piso que ocupa la DNN que vence en noviembre del 2015. 2.- Promover la capacitación especializada de los funcionarios de la DNN. 66 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Fiscalización: 1.- Es imperativo fomentar una cultura generalizada asociada a este tema, entre los particulares y especialmente a nivel público entre todas las instituciones públicas. De poco o nada sirve la participación activa de la DNN si las entidades públicas facilitan por acción, omisión o desidia, la comisión de irregularidades notariales. 2.- Es imperativo y urgente una cultura notarial y fiscalizadora integral. Es necesario que la sociedad conozca y se tenga conciencia de la relevancia de este funcionario en la sociedad: el Notario Público. Es imperativo que la sociedad conozca sus deberes y obligaciones del Notario para que esta no solo reciba sus servicios, sino que sepa exigir lo que tiene derecho de recibir por parte de un Notario Público. Es urgente mejorar en las universidades la formación académica y deontológica del profesional en derecho. Es imperativa una política interinstitucional global en materia notarial que lejos de sacar al Notario Público como actor y partícipe de la seguridad jurídica y la paz social de la colectividad, lo integre mucho más. Es imperativo que todas las entidades e instituciones se sumen y participen activamente en la función fiscalizadora de la actividad notarial. 3.- El Consejo Superior Notarial estima que falta mucho por hacer, tanto desde el tema de la Fiscalización Notarial como integralmente desde la perspectiva institucional. Creemos que dejamos una nueva Dirección Nacional de Notariado bastante bien cimentada. Con un recurso humano con la suficiente idoneidad para continuar desarrollando, mejorando, resaltando y rescatando la vocación de servicio que debe privar. Consideramos que se deben depurar y simplificar las tramitologías institucionales, y la actitud y posturas del personal sobre estos temas también deben modificarse en función de la sencillez y simplificación de trámites internos y externos. 4.- Debe implementarse un modelo más simple, sencillo y práctico, automatizado preferiblemente, sobre la base de documentación estandarizada que permita a los Fiscales Notariales actuar y documentar las faltas notariales con celeridad, pero 67 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO sobre todo que haga que sus tareas de escritorio u oficina perturben o atrasen lo menos posible la actuación o función de campo. Tecnología: Para el año 2015: I. Extender la utilización de la plataforma tecnológica virtual, de forma paulatina a los funcionarios usuarios de equipos de cómputo, facilitándole a estos el uso de máquinas virtuales hospedadas en el Datacenter de Racsa en la nube (escritorios virtuales), de tal manera que se extienda la seguridad y continuidad de servicio a los equipos que ellos utilizan en la producción de información y documentos electrónicos. Para el año 2016: I. Que todos los usuarios de equipos de cómputo trabajen bajo la modalidad y uso de máquinas virtuales en la nube, dándole seguridad a la información, asegurando la continuidad de servicio, teniendo la posibilidad de estandarizar las herramientas que todos utilizan y además que puedan trabajar en sus equipos desde cualquier parte en donde haya acceso a internet, abriendo las posibilidades del teletrabajo. II. Implementación de los servicio en línea a los usuarios externos de información de la DNN, y del pago electrónico para adquirirlos, haciendo sus solicitudes y recibiendo los documentos con la utilización de firma digital. De esta manera dichos usuarios no tendrán que desplazarse a las oficinas de la DNN para efectuar sus trámites. III. Implementación de herramientas de trabajo colaborativo para los usuarios internos de la Institución, de tal manera que puedan desarrollar sus actividades de forma eficiente y eficaz, aprovechando las 68 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO posibilidades de comunicación que la tecnología ofrece y que les permitirá coordinar acciones con sus compañeros, en beneficio de los usuarios externos que solicitan información. IV. Mejoramiento en los procesos de interoperabilidad entre la DNN y las instituciones con que comparte y recibe información, de tal manera que su intercambio sea de la forma más automatizada posible, con la utilización de los servicios vía internet, que permiten que los sistemas de información institucionales se sirvan de la información que necesitan de forma automática. Fondo de Garantía Notarial: Debe procurarse una reforma legal a fin de transformar la figura del Fondo de Garantía Notarial para que los fondos recaudados sirvan para cumplir mejor la protección a los usuarios, así como conformar un fondo que sirva de fondo de retiro y ayuda social para los notarios cotizantes. 69 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO ANEXOS 70 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO SOBRE LA COMPRA Y ALQUILER DEL EDIFICIO AÑO 2012 ACTA No 02-2012 Sesión Ordinaria celebrada el 25 de enero del 2012 Invitación para ver edificio Cordillera en venta ACTA No 03-2012 Sesión Ordinaria celebrada el 08 de febrero del 2012 NUEVO LOCAL Y NOMBRAMIENTO DE COMISIONES: FINANCIERA Y DE SELECCIÓN DEL INMUEBLE. El Lic. Jaime Weisleder Weisleder solicita a los miembros presentar por escrito el nombre y demás información de aquellas posibles personas físicas o jurídicas que ofrezcan la venta de un edificio, de la manera más detallada posible, para realizar las averiguaciones correspondientes. Además indica que aproximadamente se necesitará una edificación de mil metros cuadrados. Lo anterior con el fin de evaluar todas las opciones y presentar las mejores ofertas ante el Consejo Superior Notarial para su escogencia. ACTA No 04-2012 Sesión Ordinaria celebrada el 22 de febrero del 2012 CRONOGRAMAPARA ADQUISICIÓNDELEDIFICIO. El Lic. Jaime Weisleder comenta que se realizó el cronograma para la compra del edificio ya que hay poco tiempo para la adquisición, además es el momento indicado para realizar los siguientes asuntos: a) Diseño adecuado del edificio. b) Instalaciones eléctricas adecuadas. c) Negociación con las Empresas. d) Negociación con los Bancos. 71 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO ACTA No 07-2012 Sesión Ordinaria celebrada el 21 de marzo del 2012 EDIFICIO VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA RECIBIR PROPUESTAS PARA EL EDIFICIO. El Lic. Jaime Weisleder Weisleder indica que de acuerdo con el cronograma, venció el plazo para recibir propuestas para la adquisición del edificio y que actualmente se cuenta con aproximadamente veinte ofertas, las cuales serán analizadas por la comisión nombrada con este fin y rendirán un informe al Consejo Superior Notarial. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2012-007-003:a) Se tiene por conocido el vencimiento del plazo para recibir propuestas para la escogencia del edificio que albergará las instalaciones de la Dirección Nacional de Notariado, ACTA No 11-2012 celebrada el 16 de mayo del 2012 EDIFICIO: Acuerdo 2012-011-004: . a) Se tiene por presentado el informe sobre la adquisición del edificio para la Dirección Nacional de Notariado, por parte del Lic. Jaime Weisleder Weisleder. . b) Remitir a los miembros del Consejo Superior la recomendación de los ingenieros sobre los edificios propuestos. . c) Una vez definido por el Consejos Superior Notarial el edificio que se adquirirá, se comisiona al Presidente del Consejo Superior Notarial realizar y firmar la solicitud fundamentada a la Contraloría General de la República para proceder con la compra directa del edificio. 72 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 1) INFORME SOBRE NUEVA SEDE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO (AVALÚO, TRIBUTACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO). El Lic. Jaime Weisleder Weisleder, Presidente del Consejo Superior Notarial explica que con relación al procedimiento para el alquiler del edificio para la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, se presenta en este acto el avalúo correspondiente emitido por Tributación Directa oficio ATSJO.A.V.A 196-2014, suscrito por el Arq. Luis Alonso Flores Lobo, Perito Evaluador del Área de Valoraciones Administrativas de la Dirección General de Tributación. Los señores miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-015-006: a) De conformidad con oficio ATSJO.A.V.A 196-2014, suscrito por el Arq. Luis Alonso Flores Lobo, Perito Evaluador del Área de Valoraciones Administrativas de la Dirección General de Tributación, se determinó que el edificio SIGMA Bussines Center puede ser arrendado por un precio mensual máximo de treinta y tres millones cuatrocientos noventa y tres mil ochocientos colones exactos (¢33.493.800,00). b) Por lo anterior, y habiéndose determinado mediante oficio JA-DNN-46-2014, que el edificio SIGMA Bussines Center, por su ubicación, naturaleza, condiciones y situación se configura como el más apto para establecer la sede de la Dirección Nacional de Notariado, y siendo que las condiciones que se presentan están acorde con el ordenamiento jurídico, se aceptan los términos de la oferta presentada y de conformidad con el artículo 131 inciso j del Decreto Ejecutivo 33411, se adjudica el arrendamiento del inmueble SIGMA Bussines Center a Plataforma Mercantil Sociedad Anónima, por cinco años y 73 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO por el precio de treinta y siete mis seiscientos treinta y ocho dólares con noventa y seis centavos ($37.638,96) mensuales durante los cinco años. c) Deberá el adjudicatario proceder a realizar las adecuaciones convenidas y ofertadas en el inmueble. d) El contrato incluirá una cláusula de opción de compra, la cual estará vigente por tres años y en la que se contemplará como parte del pago del precio total de la compra, el cincuenta por ciento del dinero cancelado por concepto del alquiler del primer año. Deberá presentar el adjudicatario antes de la firma del contrato la propuesta de precio de venta que mantendrá durante ese plazo. Este precio será aceptado por la Dirección Nacional de Notariado solamente si en el momento de la compra el avalúo que deberá realizarse determina que es un precio razonable, por lo que el mismo queda condicionado a dicho avalúo. e) Comisionar al Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Jefe de la Unidad Administrativa de la Dirección Nacional de Notariado, para que remita un oficio en el cual se establezca si en el desarrollo del procedimiento de esta contratación, se observó lo establecido en la Legislación vigente. f) Acuerdo firme. 74 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO AÑO 2013 ACTA 14 – 2013 DEL 03 DE JULIO 2013 El Lic. Jaime Weisleder Weisleder informa a los miembros del Consejo Superior Notarial, que presentó el expediente de adquisición de la compra del edificio para la Dirección Nacional de Notariado mediante el oficio CSN-DNN- 127-2013 del 13 de Junio del 2013, por lo que recibió la comunicación de la Contraloría General de la República Oficio DCA-1469 del 26 de junio del 2013, suscrito por la Licda. Lucia Golcher Beirute, Fiscalizadora, en donde se le solicita a la Dirección Nacional de Notariado llenar una serie de requisitos, de los cuales algunos de ellos se pueden cumplir dentro del plazo de 5 días, pero otros son de imposible cumplimiento, como por ejemplo un nuevo avalúo hecho por Tributación Directa, la remodelación del edificio, puesto que se solicita los planos completos de la distribución de las oficinas y los materiales a utilizar y que los requisitos para adquirir el edificio deben ser técnicos. En virtud de lo anterior, el Lic. Jaime Weisleder Weisleder decidió retirar la gestión por medio del oficio CSN-DNN-142-2013 del 02 de Julio del 2013. El Lic. Jaime Weisleder Weisleder comenta que existen plazas que por Ley se debe de contar en la institución y que existe trabajo con el que no se cuenta con el personal suficiente para salir adelante, de ahí se deriva las contrataciones de algunas de las plazas para el cumplimiento de la labor notarial, provocando un crecimiento en el personal de la institución y espacio físico insuficiente. Lic. Melvin Rojas Ugalde comenta: A) Que los procesos y procedimientos se desarrollan conforme a lo dictado por el Consejo Superior Notarial en el manual interno de procedimientos y al elenco de requisitos dispuestos por el Consejo. B) Que en efecto existe hacinamiento institucional al punto que hay funcionarios ubicados dos juntos en un mismo escritorio. Los miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema donde se exponen los siguientes puntos: 75 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 1. Iniciar los trámites de la compra del edificio por medio de licitación pública a la mayor brevedad posible. 2. El Consejo Superior Notarial acompañe a la administración en el planteamiento de solución de la compra del edificio y alquiler de locales o edificio para solventar la necesidad de mayor espacio físico y actual de la Dirección Nacional de Notariado. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2013-014-003: a) Tener por presentado el informe rendido por el Lic. Jaime Weisleder Weisleder, respecto al trámite que se inició con el oficio CSN-DNN- 1272013, del 13 de Junio del 2013 ante la Contraloría General de la República referente a la solicitud de autorización de compra de la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado por medio de Contratación Directa, gestión que el sr. Weisleder desistió por cuanto con el oficio DCA-1469 del 26 de junio del 2013 de la Contraloría General de la República solicita una serie de requerimientos que atrasarán la adquisición. b) Comisionar a la Coordinación Administrativa para que inicie los trámites de estudio de especificaciones técnicas para la adquisición de un edificio para la sede de la Dirección Nacional de Notariado, por medio de licitación pública. c) Que la Dirección Ejecutiva junto con la Coordinación Administrativa, presente a más tardar el 17 de julio próximo el plan de alquiler de un edificio o locales que resuelvan la situación de hacinamiento actual que se vive en la Dirección Nacional de Notariado. 76 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO d) Que el Consejo Superior Notarial colabore con la Coordinación Administrativa en los planes de adquisición del edificio y alquiler de edificio o locales para la Dirección Nacional de Notariado. e) Acuerdo Firme. ACTA 23-2013 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2013 2) VISITA A EDIFICIOS. Sondeo preliminar opciones de arrendamiento: Según Acuerdo Firme 2013-014-003 del 3 de julio de 2013 se comisiona a la Coordinación Administrativa para ejecutar el proyecto para adquisición o alquiler de edificio o local para la Dirección Nacional de Notariado. Siendo así, expone lo siguiente, en relación con los locales que ahora se ocupan: Situación actual: 1. Hacinamiento. 2. Se requiere de mayor espacio en todas las áreas. 3. Condiciones insalubres (fuga de aguas negras, filtraciones, malos olores) 4. Imagen poco atractiva. 5. Difícil acceso y localización. 6. Desinterés por parte del dueño del Edificio. 7. Las condiciones para la atención del público son muy incómodas. 77 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 8. No existe un sistema alternativo de energía en caso de falla del fluido eléctrico. 9. Los locales tienen un alto riesgo en caso de siniestro (una única salida – pasadizos reducidos – puertas no abatibles). Determinación de condiciones técnicas requeridas: 1. Edificio que reúna las condiciones de espacio, higiene, seguridad y comodidad que requiere la DNN. 2. Que se mantenga dentro del Circuito Notarial Registral- 2 Km alrededor del Registro Nacional y el Archivo Notarial. 3. Local de entre 1400 y 2000 metros cuadrados conforme a las necesidades de espacio establecidas actuales y futuras. 4. Que sea un edificio nuevo que no presente problemas estructurales ni de mantenimiento. 5. Que esté ubicado a nivel de carretera para una rápida ubicación y acceso a los usuarios. 6. Que ofrezca al menos un espacio de parqueo por cada 32 m2 de arrendamiento o compra. 7. Que incluya parqueo externo para uso de los visitantes. 8. Que cumpla con la Ley 7600. 9. Que ofrezca la opción de compra inmediata. 78 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO 10. Que dé la opción de colocar 2 o más rótulos en la fachada del inmueble que identifiquen a la institución. 11. Que cuente con un sistema de suministro de energía alternativo en caso de que falte el fluido eléctrico. 12. Que la oferta sea “llave en mano” que incluya el costo del arrendamiento del edificio, la remodelación y el mobiliario. Opciones: Opción N° 1 – Oficentro Condal: El Oficentro Condal es un edificio de primer nivel, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, ofrece seguridad interna, planta eléctrica y un parqueo por cada 30 M2 de arrendamiento. Actualmente tiene el espacio requerido por la DNN a un precio en obra gris de $ 18 por M2 negociable. Ofrece la opción “llave en mano” pero parcial, sólo para realizar la remodelación interna, no así la relacionada con el amueblamiento de las oficinas. En el edificio no se puede colocar rótulos, únicamente ofrecen la opción de colocar un rótulo en un valla de anuncios ubicado en la entrada del edificio. No ofrece la posibilidad de arrendamiento con opción de compra. 79 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Opción N° 2 – Oficentro Mira: El Oficentro Mira es un edificio igualmente de primer nivel, ubicado en Zapote, 300 metros al oeste de la Casa Presidencial. Cuenta con 2000 M2 disponibles en obra gris para arrendar a un precio de $ 17 por M2, ofrece seguridad interna, planta eléctrica, un espacio de parqueo por cada 30 M2 de alquiler, un anfiteatro para uso relativo de los inquilinos, dependiendo del espacio arrendado. Ofrece la opción de arrendamiento “llave en mano” completo, es decir incluyendo la remodelación y el amueblamiento. En el edificio no se puede colocar rótulos, únicamente ofrecen la opción de colocar un rótulo en un valla de anuncios ubicado en la entrada del edificio. No ofrece la posibilidad de arrendamiento con opción de compra. Opción N° 3 – Sigma Businnes Center: El edificio Sigma Businnes Center es también un edificio de primer nivel, ubicado en San Pedro costado oeste del Mall San Pedro. Cuenta con 1.752 M2 disponibles en el cuarto piso en obra gris para arrendar a un precio de $ 16.75 por M2, ofrece seguridad interna, planta eléctrica, un espacio de parqueo por cada 33.34 M2 de alquiler, Ofrece la opción de arrendamiento “llave en mano” completo, es decir incluyendo la remodelación y el amueblamiento. En el edificio se podría negociar la posibilidad de colocar un rótulo y también de negociar el arrendamiento con opción de compra pero no es definitivo. 80 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Opción N° 4 – Oficentro Dent: El Oficentro Dent, es igualmente un edifico de primer nivel, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, diagonal al Banhvi. Cuenta con suficiente espacio disponible en obra gris a un precio de $ 17 por M2, ofrece seguridad interna, planta eléctrica, un parqueo por cada 30 M2 de alquiler. Ofrece la opción de arrendamiento “llave en mano” completo, es decir incluyendo la remodelación y el amueblamiento. En el edificio se pueden colocar uno o dos rótulos. Ofrece la posibilidad de arrendamiento con opción de compra y se reconocería parte del pago por arrendamiento como abono al costo del inmueble. 81 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Condiciones Oficentro Dent: 1. Solamente el Oficientro Dent ofrece el arrendamiento con opción de compra inmediata. 2. Se ubica dentro del Circuito Notarial Registral – 2 Km alrededor del AN y el RN. 3. Ofrece locales conforme a las necesidades de espacio establecido actual y futuro. 4. Es un edificio nuevo que no presenta problemas estructurales ni de mantenimiento. 5. Solamente el Oficentro Dent está ubicado frente a la calle. 6. Su oferta establece un espacio de parqueo por cada 30 M2 de arrendamiento. 7. Parqueo externo para visitantes. 8. Cumple con la Ley 7600. 9. Ofrece la opción de colocar hasta dos rótulos que identifiquen a la institución. 10. Cuenta con un sistema de suministro de energía alternativo en caso de que falte el fluido eléctrico. 11. Su oferta es “llave en mano” que incluye la remodelación y el mobiliario requerido. 82 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Conforme a los hechos se puede utilizar la figura establecida en el artículo 131, inciso j) del Reglamento de Contratación Administrativa. j) Arrendamiento o compra de bienes únicos: La compra o arrendamiento de bienes que en razón de su ubicación, naturaleza, condiciones y situación se configuren como el más apto para la finalidad propuesta. En estos casos, el precio máximo será el que fi je el personal especializado de la Institución o en su defecto, de la Dirección General de la Tributación. La Administración podrá pactar el arrendamiento de inmuebles por construir o en proceso de construcción, cuando ello convenga a sus intereses institucionales o comerciales, según los términos que las partes convengan. En el caso de la compra de inmuebles se requiere adicionalmente de la autorización de la Contraloría General de la República, quien cuenta con un plazo máximo de diez días hábiles para analizar la gestión. Los miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2013-023-003: a) Se tiene por recibido los oficios JA-DNN-115 de fecha 14 de octubre de 2013 suscrito por el Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Coordinador Administrativo, referente a estudio de condiciones técnicas requeridas y opciones de inmuebles a arrendar y DE-DNN-0788 de fecha 22 de octubre de 2013 suscrito por el Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez correspondiente a la Justificación de la Contratación del Arrendamiento de un Edificio para la sede de la Dirección Nacional de Notariado. 83 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO b) Con fundamento en el oficio JA-DNN-115 de fecha 14 de octubre presentado por el Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Coordinador Administrativo, referente a estudio de condiciones técnicas requeridas y opciones de inmuebles a arrendar y el oficio DE-DNN-0788 de fecha 22 de octubre de 2013 presentado por el Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez correspondiente a la Justificación de la Contratación del Arrendamiento de un Edificio para la sede de la Dirección Nacional de Notariado y de conformidad con los artículos 8, 131 inciso j y 159 del Decreto 33411 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se autoriza el inicio de la contratación para el arrendamiento del inmueble Oficentro Dent de la empresa Volio y Trejos S.A.; en los términos de la solicitud presentada por el Director Ejecutivo. Proceda la proveeduría institucional a valorar y tramitar la respectiva contratación y la Dirección Ejecutiva a coordinar con la Dirección General de Tributación Directa el avalúo respectivo para determinar el precio máximo de arrendamiento. 84 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO AÑO 2014 ACTA Nº 005-2014 DEL 05 DE MARZO 2014 OFICIO JA-DNN-046 EN RELACIÓN CON LA AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO Y COMPRA DEL NUEVO EDIFICIO PARA LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO. La Dra. Roxana Sánchez Boza explica que se recibió el oficio JA-DNN-046 de fecha 03 de marzo de 2014, suscrito por el Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Coordinador Administrativo de la Dirección Nacional de Notariado, en relación con el estudio sobre los planes para el alquiler del edificio o locales para la Dirección Nacional de Notariado, por lo que somete a revisión y aprobación de los Señores Miembros del Consejo Superior Notarial. Los Señores Miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-005-002: a) Tener por recibido los oficios: número JA-DNN-046 de fecha 3 de marzo del 2014 suscrito por el Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Coordinador Administrativo, referente al estudio de las condiciones técnicas requeridas y opciones de inmuebles a arrendar y oficio número DE-DNN-0124-2014 de fecha 4 de marzo del 2014 suscrito por el Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo (ad ínterim), correspondientes a la Justificación de la Contratación del Arrendamiento de un Edificio para la sede de la Dirección Nacional de Notariado. 85 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO b) Con fundamento en los oficios número JA-DNN-046 de fecha 3 de marzo del 2014, presentado por el Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Coordinador Administrativo, referente a estudio de condiciones técnicas requeridas y opciones de inmuebles a arrendar y el oficio número DE-DNN-0124 de fecha 04 de marzo de 2014 presentado por el Lic. Melvin Rojas Ugalde correspondientes a la Justificación de la Contratación del Arrendamiento de un Edificio para la sede de la Dirección Nacional de Notariado y de conformidad con los artículos 8, 131 inciso j y 159 del Decreto 33411 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se autoriza el inicio de la contratación para el arrendamiento del inmueble que es Edificio Sigma; en los términos de la solicitud y documentación presentada por el Director Ejecutivo (ad ínterim). Proceda la proveeduría institucional a valorar y tramitar la respectiva contratación, y la Dirección Ejecutiva a coordinar con la Dirección General de Tributación el avalúo respectivo para determinar el precio máximo de arrendamiento, así como a firmar los documentos de trámite que se requieran. La adjudicación final de la contratación es competencia reservada al Consejo Superior Notarial. c) Acuerdo Firme. ACTA Nº 007-2014 DEL 09 DE ABRIL 2014 INFORME ACERCA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL EDIFICIO PARA LA NUEVA SEDE Y CRONOGRAMA ESTIMADO DE ACTIVIDADES. El Lic. Jaime Weisleder Weisleder, Presidente del Consejo Superior Notarial, informa que en relación con las negociaciones para el contrato del arrendamiento del edificio para la nueva sede, aprobadas mediante acuerdo número 2014-005002, tomado por el Consejo Superior Notarial en su sesión extraordinaria número 005-2014, aún se encuentra en trámite. 86 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Comunica además que en cuanto los representantes del edificio para la nueva sede envíen el detalle pormenorizado de los componentes del servicio a contratar, se procederá conforme al borrador del cronograma estimado de actividades, emitido para el efecto. Los señores miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-007-002: a) Tener por recibido el informe presentado por el Lic. Jaime Weisleder Weisleder en su calidad de Presidente del Consejo Superior Notarial, referente a la negociación del contrato de arrendamiento del edificio para la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado. b) Acuerdo Firme. ACTA Nº 009-2014 DEL 21 DE MAYO 2014 4) SEGUIMIENTO A LOS TRÁMITES PARA LA NEGOCIACIÓN DEL NUEVO EDIFICIO. El M. Sc. Guillermo Sandí Baltodano, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado, comunica los avances de los trámites para la negociación del nuevo edificio para la Dirección Nacional de Notariado. Los señores miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. 87 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-009-005: Tener por recibido el informe sobre los avances de los trámites para la negociación de la nueva sede para la Dirección Nacional de Notariado, presentado por el M. Sc. Guillermo Sandí Baltodano, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado. ACTA Nº 012-2014 DEL 02 JULIO 2014 1) INFORME SOBRE NUEVA SEDE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO. El Lic. Jaime Weisleder Weisleder Presidente del Consejo Superior Notarial, informa sobre los avances para el arrendamiento de la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-012-007: a) Tomar nota del informe sobre el arrendamiento para la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, presentado por el Lic. Jaime Weisleder Weisleder Presidente del Consejo Superior Notarial. 88 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO ACTA Nº 013-2014 DEL 16 JULIO 2014 1) INFORME SOBRE NUEVA SEDE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO (AVALÚO, TRIBUTACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO). El Lic. Jaime Weisleder Weisleder, presidente del Consejo Superior Notarial, informa sobre los avances para el arrendamiento de la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado. Acuerdo 2014-013-004: b) Tomar nota del informe sobre el arrendamiento para la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, presentado por el Lic. Jaime Weisleder Weisleder Presidente del Consejo Superior Notarial. ACTA Nº 014-2014 DEL 30 JULIO 2014 1) INFORME SOBRE ARRENDAMIENTO DE LA NUEVA SEDE PARA LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO. El Lic. Jaime Weisleder Weisleder Presidente del Consejo Superior Notarial, informa sobre los avances para el arrendamiento de la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado. Los señores miembros del Consejo Superior Notarial Discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-014-007: Tomar nota del informe sobre el arrendamiento para la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, presentado por el Lic. Jaime Weisleder Weisleder Presidente del Consejo Superior Notarial 89 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO ACTA Nº 015-2014 DEL 13 AGOSTO 2014 2) INFORME SOBRE NUEVA SEDE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO (AVALÚO, TRIBUTACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO). El Lic. Jaime Weisleder Weisleder, Presidente del Consejo Superior Notarial explica que con relación al procedimiento para el alquiler del edificio para la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, se presenta en este acto el avalúo correspondiente emitido por Tributación Directa oficio ATSJO.A.V.A 196-2014, suscrito por el Arq. Luis Alonso Flores Lobo, Perito Evaluador del Área de Valoraciones Administrativas de la Dirección General de Tributación. Los señores miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-015-006: g) De conformidad con oficio ATSJO.A.V.A 196-2014, suscrito por el Arq. Luis Alonso Flores Lobo, Perito Evaluador del Área de Valoraciones Administrativas de la Dirección General de Tributación, se determinó que el edificio SIGMA Bussines Center puede ser arrendado por un precio mensual máximo de treinta y tres millones cuatrocientos noventa y tres mil ochocientos colones exactos (¢33.493.800,00). h) Por lo anterior, y habiéndose determinado mediante oficio JA-DNN-46-2014, que el edificio SIGMA Bussines Center, por su ubicación, naturaleza, condiciones y situación se configura como el más apto para establecer la sede de la Dirección Nacional de Notariado, y siendo que las condiciones que se presentan están acorde con el ordenamiento jurídico, se aceptan los términos de la oferta presentada y de conformidad con el artículo 131 inciso j del 90 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Decreto Ejecutivo 33411, se adjudica el arrendamiento del inmueble SIGMA Bussines Center a Plataforma Mercantil Sociedad Anónima, por cinco años y por el precio de treinta y siete mis seiscientos treinta y ocho dólares con noventa y seis centavos ($37.638,96) mensuales durante los cinco años. i) Deberá el adjudicatario proceder a realizar las adecuaciones convenidas y ofertadas en el inmueble. j) El contrato incluirá una cláusula de opción de compra, la cual estará vigente por tres años y en la que se contemplará como parte del pago del precio total de la compra, el cincuenta por ciento del dinero cancelado por concepto del alquiler del primer año. Deberá presentar el adjudicatario antes de la firma del contrato la propuesta de precio de venta que mantendrá durante ese plazo. Este precio será aceptado por la Dirección Nacional de Notariado solamente si en el momento de la compra el avalúo que deberá realizarse determina que es un precio razonable, por lo que el mismo queda condicionado a dicho avalúo. k) Comisionar al Lic. Alexander Zeledón Cantillo, Jefe de la Unidad Administrativa de la Dirección Nacional de Notariado, para que remita un oficio en el cual se establezca si en el desarrollo del procedimiento de esta contratación, se observó lo establecido en la Legislación vigente. l) Acuerdo firme. 91 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO ACTA Nº 016-2014 DEL 27 AGOSTO 2014 INFORME SOBRE ALQUILER DEL EDIFICIO. El M Sc. Guillermo Sandí Baltodano, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado, informa que mediante oficio AJ-O-DNN-036-2014, suscrito por la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Notariado, se realiza el análisis legal de las ofertas presentadas para el alquiler de la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, el cual indica que la oferta de Plataforma Mercantil S.A cumple a cabalidad con todos los requerimientos legales estipulados, por lo tanto no resulta necesario formularle ningún requerimiento adicional. Por otro lado agrega que según el análisis integral de las ofertas presentadas para el alquiler de la nueva sede de la Dirección Nacional de Notariado, presentado por el Área de Proveeduría Institucional de la Dirección Nacional de Notariado, mediante oficio JA-PI-DNN-0042-2014 del 20 de agosto del 2014, el cual indica que desde el punto de vista técnico, legal y económico la oferta cumple con lo requerido, considerando admisible en todos sus extremos para una eventual adjudicación la oferta presentada por Plataforma Mercantil S.A. Por lo anterior se presenta el proyecto del contrato para que sea sometido a revisión de los señores miembros del Consejo Superior Notarial. Los señores miembros del Consejo Superior Notarial discuten el tema. EL CONSEJO SUPERIOR NOTARIAL ACUERDA POR UNANIMIDAD Acuerdo 2014-016-003: a) Tener por recibido el oficio AJ-O-DNN-036-2014, de fecha 20 de agosto del 2014, suscrito por la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Notariado, 92 DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO mediante el cual se realiza el análisis legal de ofertas, el cual indica que la oferta de Plataforma Mercantil S.A, cumple a cabalidad con todos los requerimientos legales estipulados; y el oficio JA-PI-DNN-0042-2014, de fecha 20 de agosto del 2014, suscrito por la Proveeduría Institucional de la Dirección Nacional de Notariado, mediante el cual indica que desde el punto de vista técnico, legal y económico la oferta de Plataforma Mercantil S.A cumple con lo requerido. b) Habiéndose conocido con dictamen positivo el análisis legal de la Asesoría Jurídica y el análisis integral del Área de Proveeduría de la Dirección Nacional de Notariado, se avalan ambos y por consiguiente se ratifica el acuerdo 2014015-006 y la adjudicación en él contenida. c) Se aprueban los términos del proyecto de contrato presentado por la Dirección Ejecutiva, por encontrarse el mismo acorde con los términos de la oferta presentada y del acuerdo 2014-015-006. d) Se comisiona a la Dirección Ejecutiva para que una vez redactado en forma el respectivo contrato, acorde con los términos de la oferta presentada y de este acuerdo, proceda a la firma y ejecución del mismo. 93