Indique qué créditos pueden computarse incobrables
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Indique qué créditos pueden computarse incobrables
EJERCICIO N° 18 D EUDORES I NCOBRABLES Indique qué créditos pueden computarse incobrables y cuáles se consideran recuperos reintegrables al balance fiscal a efectos de determinar el Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2013, cerrado el 31 de diciembre de dicho año. A) Río Chicho S.A., empresa dedicada a la fabricación de productos plásticos, ha adoptado en su balance impositivo el sistema de cargo directo a resultados y ha tenido durante el año 2013 los casos de incobrabilidad que a continuación se detallan: 1. Con motivo de importantes atrasos en los pagos registrados en las cuentas corrientes de algunos clientes por $ 4.670, se encargó la tarea de cobro a un empleado de la firma, quien luego de efectuadas las gestiones correspondientes se fugó con lo recaudado. 2. El cliente Embalex S.A., por hallarse en virtual estado de cesación de pagos, reunió a sus acreedores con quienes convino efectuar una quita del 20% en su deuda y cancelar el resto en 4 semestres consecutivos. Su cuenta corriente arrojaba un saldo deudor de $ 4.270. 3. En diciembre de 2012 se entregó un adelanto de $ 4.600 al principal proveedor de materias primas, para congelar precio y asegurar el suministro de las mismas durante los dos primeros meses del ejercicio en curso. El proveedor desapareció en 2013, siendo infructuosa su búsqueda. 4. Recupero de $ 800, adeudados por un préstamo personal otorgado en mayo de 2012 a un ex-empleado de la firma. Como el mismo había desaparecido, se lo declaró incobrable en el balance comercial cerrado el 31/12/2012. En el balance impositivo a esa fecha no se había efectuado ajuste alguno. 5. Se recuperan $ 950, de una deuda que un cliente mantenía con la empresa y que en 2012, con motivo de declararse su quiebra, había sido considerado impositivamente como incobrable. B) Determinar el monto deducible por créditos incobrables en el balance impositivo al 31 de diciembre de los años 2011, 2012 y 2013, de Andeb S.A., que hasta el ejercicio fiscal 2010 inclusive, utilizaba el sistema de cargo directo a resultados. A partir del año 2011 decide implantar el sistema de previsión impositiva y contable. En el año 2013, previa autorización de la A.F.I.P., abandona este sistema y vuelve a deducir los incobrables reales. Ejercicio Fiscal Saldo de Créditos al inicio Incobrables del ejercicio Cargo a Resultado 2009 14.800,00 (1) 560,00 520,00 (2) 2010 16.200,00 870,00 870,00 2011 18.500,00 1.050,00 1.600,00 (3) 2012 42.700,00 2.810,00 3.500,00 (3) 2013 59.300,00 3.260,00 -.- (1) Incluye $ 600, de un préstamo otorgado a un gerente de área de la empresa. (2) El cargo a resultado de $ 520, resulta de haber computado un recupero de $ 40, considerados contablemente como incobrables en el año 2007. El crédito se había originado en un préstamo efectuado a un ex-director de la empresa. (3)En los años 2011 y 2012 incide en el cargo a resultados la constitución de la previsión contable para deudores incobrables.