Beneficios Económicos Períodicos- BEPS

Transcripción

Beneficios Económicos Períodicos- BEPS
Beneficios Económicos Períodicos- BEPS
Escrito por El Dr. César Augusto Duque M
Miércoles, 08 de Mayo de 2013 00:00 - Actualizado Lunes, 14 de Marzo de 2016 19:51
SERVICIO SOCIAL COMPLEMENTARIO DE BENEFICIOS ECONOMICOS PERIODICOSBEPS
¿Qué son los BEPS y cómo puedo acceder a ellos?
¿EN QUE CONSISTEN LOS BEPS? Son beneficios económicos periódicos inferiores al
salario mínimo mensual legal vigente, otorgados por el Estado.
Acto Legislativo 1 de 2005
Son un beneficio individual, voluntario, independiente y autónomo.
Es un Servicio Social Complementario que hace parte del Sistema de Protección a la Vejez.
FINALIDAD. Constituye una alternativa para la protección a largo plazo de las personas
uniendo esfuerzo de ahorro que realicen por medio de este mecanismo, con el subsidio o
incentivo entregado por parte del Estado.
Tienen como fin que personas de escasos recursos que participen de este mecanismo legal,
obtengan hasta su muerte un ingreso periódico, personal e individual.
REQUISITOS DE INGRESO AL SERVICIO BEPS. Decreto 604 de 2013
1/5
Beneficios Económicos Períodicos- BEPS
Escrito por El Dr. César Augusto Duque M
Miércoles, 08 de Mayo de 2013 00:00 - Actualizado Lunes, 14 de Marzo de 2016 19:51
1- Ser ciudadano colombiano
2- Pertenecer a los niveles I,II y III del Sisben
ACEPTACION. Colpensiones entidad encargada de administrar lo BEPS deberá informar al
interesado, en un plazo que no exceda los 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud,
si fue aceptada o rechazada su solicitud de ingreso.
APORTE. Será voluntario y flexible en cuantía y periodicidad.
Se puede efectuar en cualquier tiempo, sin restricción en la cuantía mensual
Valor máximo: No podrá superar el valor de $ 940.000 durante la vigencia de 2016.
El porcentaje de incremento anual será definido por la comisión Intersectorial de Pensiones y
Beneficios económicos
INCENTIVO PERIODICO. El aporte económico otorgado por el Estado, se calcula anualmente
de manera individual para cada beneficiario, sobre los aportes que haya realizado en el
respectivo año. Su monto anual es un subsidio periódico al ahorro y se contabiliza anualmente
CUENTA INDIVIDUAL. El beneficio que eventualmente se genere, se deberá calcular y pagar
exclusivamente con los recursos contabilizados en la cuenta individual.
VALOR DEL SUBSIDIO QUE OTORGA EL ESTADO. Será igual al 20% del aporte realizado
por el beneficiario. Significa que por cada 100 pesos que una persona aporte en el respectivo
2/5
Beneficios Económicos Períodicos- BEPS
Escrito por El Dr. César Augusto Duque M
Miércoles, 08 de Mayo de 2013 00:00 - Actualizado Lunes, 14 de Marzo de 2016 19:51
año, le corresponderán $20 adicionales considerados como subsidio periódico que otorga el
Estado.
INCENTIVO PUNTUAL. Tiene como finalidad promover la fidelidad del ahorro, consiste en
acceder a microseguros ofertados por las compañías aseguradoras.
Se podrá determinar otra clase de incentivos puntuales y/o aleatorios.
Requisito para el incentivo puntual: Es necesario que durante el año anterior, la persona haya
realizado por lo menos 6 aportes en el servicio social complementario- BEPS, o pago
equivalentes al valor total de los aportes correspondientes a 6 salarios mínimos diarios legales
vigentes
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO DEL SERVICIO COMPLEMENTARIO -BEPS. Ley
1328 de 2009
Quienes hayan realizado aportes o ahorros periódicos a través del mecanismo definido por el
Estado podrán recibir beneficios económicos periódicos inferiores al salario mínimo una vez
cumplan los siguientes requisitos:
1-EDAD. Haber cumplido si es mujer 55 años de edad, o si es hombre 60 años de edad.
A partir del 1 de enero de 2014 será de 57 y 62 años respectivamente.
2-FONDOS INSUFICIENTES. Que los fondos obtenidos producto de los aportes obligatorios,
más los aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio, y otros autorizados por el
Gobierno Nacional para el mismo propósito, no sean suficientes para obtener una pensión
mínima.
3/5
Beneficios Económicos Períodicos- BEPS
Escrito por El Dr. César Augusto Duque M
Miércoles, 08 de Mayo de 2013 00:00 - Actualizado Lunes, 14 de Marzo de 2016 19:51
3-AHORRO. Que el monto anual del ahorro sea inferior al aporte mínimo mensual señalado
para el Sistema General de Pensiones
CONDICION.
-Que no cumplan con las condiciones requeridas para tener derecho a una pensión.
Que se trate de personas de escasos recursos.
AFILIACION. Una persona puede estar afiliada al sistema general de pensiones SGP- y
vinculada al mecanismo BEPS de manera simultánea. Sin embargo, no se permite cotizar al
SGP y aportar al mecanismo BEPS en un mismo mes.
DESTINACION DE LOS RECURSOS. Al cumplirse las condiciones y requisitos se podrá:
1- RENTA. Contratar con una compañía de seguros el pago mensual de una suma de dinero o
beneficio económico periódico hasta su muerte.
Este beneficio no podrá superar el 85% de un salario mínimo mensual vigente y se ajustara de
acuerdo al IPC.
Si supera este porcentaje el capital que exceda dicho porcentaje se devolverá al beneficiario
del mecanismo BEPS, Con sus respectivos rendimientos financieros,
2- DEVOLUCION. De la suma ahorrada en un único pago evento en el cual no se hará
acreedor al subsidio periódico.
4/5
Beneficios Económicos Períodicos- BEPS
Escrito por El Dr. César Augusto Duque M
Miércoles, 08 de Mayo de 2013 00:00 - Actualizado Lunes, 14 de Marzo de 2016 19:51
3-INMUEBLE. Pagar total o parcialmente un inmueble de su propiedad. En este evento se hará
acreedor al subsidio periódico.
IMPLEMENTACION. Colpensiones tendrá un plazo de 5 meses para iniciar la operación del
mecanismo
CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA
5/5

Documentos relacionados

Plantilla Presentación Old Mutual

Plantilla Presentación Old Mutual *El Ministerio de Trabajo informará para cada vigencia el monto máximo del aporte. De acuerdo al Decreto 604 del año 2013, la Junta Directiva de Colpensiones tiene la facultad de definir un aporte ...

Más detalles