Titulo: Derecho al Transporte público digno.
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Titulo: Derecho al Transporte público digno.
PRIMER PARLAMENTO DE LA JUVENTUD DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Eje temático Protección a los Derechos Humanos. Título: Derecho al Transporte público digno. Eje temático Protección a los Derechos Humanos. Titulo: Derecho al Transporte público digno. La calidad y eficiencia del sistema de transporte público en la ciudad de Tijuana es de vital importancia para la ciudadanía, siendo un tema que afecta a todos los sectores de la población, es decir, niños en edad primaria, jóvenes, adultos, adultos de tercera edad y en otro orden de ideas, estudiantes y trabajadores. De acuerdo al plan municipal de desarrollo 2011-2013, ayuntamiento de Tijuana, lo que respecta al transporte metropolitano (“la zona metropolitana de Tijuana está conformada por Tijuana, Playas de Rosarito y Tecate, donde a Tijuana le corresponde el carácter de municipio central y a Playas de Rosarito y Tecate, el de municipios exteriores; además, incluye las franjas y poblados que rodean la mancha urbana de las tres localidades, susceptibles de incorporarse a ella en un horizonte de 21 años, se incluye en éstas el área del Valle de Las Palmas”), el servicio de transporte público es utilizado por el 60% de la población total, lo que nos indica que el tema es conocido por los jóvenes e invariablemente nos atañe expresar la problemática y proponer soluciones. Las problemáticas con las que el ciudadano se enfrenta principalmente es la falta de transporte público digno, reflejándolo en varias deficiencias como lo son: las altas tarifas comparadas con las del resto del país, por ejemplo “un trabajador de maquiladora destina alrededor del 25 por ciento de su salario al pago del transporte público, debido a los trasbordos” (Milenio, 2013), según un comparativo que realizó la Asociación de Transportistas del DF, arrojó que en Tijuana la tarifa es duplicada, pero no solo considerando la ciudad del DF sino que en los demás estados del país se mantiene un costo aproximadamente de 6.50 pesos. (Milenio, 2013). Otra deficiencia es la falta de buena imagen en cada unidad, encontrándonos con asientos rotos, rayados o grafiteados, unidades adornadas con luces o modificaciones dando mal aspecto, algunas con música a todo volumen, y en la mayoría de los casos, haciéndose presentes los narcocorridos. Del mismo modo la falta de cobertura y un sistema preparado para atender las “horas pico”, como el horario de escolar y entrada o salida de trabajadores, sobre todo en zonas escolares, por dar un ejemplo, zonas como otay, que además de ser zona industrial, por consiguiente una gran demanda de trabajadores de fabricas, se encuentran los estudiantes universitarios de UABC y tecnológico; zonas como el boulevard insurgentes y macro plaza, 5 y 10, villa del álamo y así sucesivamente, sin olvidar a los estudiantes de valle de las palmas para los cuales se presentan las mismas deficiencias. Dejando en segundo término, no por menos importante, el tema de la contaminación, hay unidades que contaminan demasiado el medio ambiente siendo muy evidente reconocerlas hasta para un niño en edad escolar, existen muchas unidades que debieran estar fuera de servicio, incluso las hay clonadas e ilegales, claro que afecta de manera directa a la población pero no inmediata, siendo otras las prioridades exigidas por los ciudadanos. Aunque a la población no le queda otra opción, por la necesidad del uso de transporte público, malamente ya se acostumbró a estas deficiencias y ha llegado a “soportarlas”, sin dejar pasar la oportunidad para exponer sus quejas. Más la deficiencia que al punto de vista del autor es en cierta forma denigrante, es el exagerado número de pasajeros dentro de una misma unidad, ya que los transportistas son los que deciden el número de pasajeros por unidad sin importar el bienestar del usuario, con tal de obtener más ganancias, son capaces de hasta hacer “adaptaciones” o más bien dicho, deformaciones de las unidades para tener una mayor capacidad de usuarios, sin olvidar las famosas frases de “recórrase para atrás” o “si, se recorren” incluso estando al tope de la capacidad se atreven a decir “hay lugares, hay lugares, súbale, súbale”, ojalá esto fuera un chiste, pero la realidad es que se da en todas las modalidades de transporte público, sobrepasan el cupo de pasajeros para la cual fue creada, poniéndolos en riesgo, tanto los que van en los asientos como los que van parados, de una manera poco segura, y muy incómoda. Lo que es todavía el colmo y que ante la lógica es contranatural es viajar de pie, y sumándole viajar de pie también al máximo de la capacidad de usuarios, contando que parados aumenta el espacio o “capacidad” solamente de suelo; muchas veces el número de personas paradas rebasa el número de usuarios sentados, por lo que da más ganancias, haciendo sentir a los pasajeros como “sardinas” acomodadas, u objetos que llegan a “colgarse” de una argolla (si bien nos va y la unidad las posee) o sostenerse en un tubo, atentando completamente contra la dignidad humana; como si esto fuera poca cosa y de solo exposición de “sentimientos” o búsqueda de comodidad, a continuación se expondrán algunas consecuencias negativas que trae consigo el rebasar el límite de la capacidad: La dificultad para salir de la unidad al llegar a nuestro destino y pedir “la parada”, en muchas ocasiones, es hasta cuestión de molestia para el transportista y los pasajeros por el tiempo que se tarda en esta acción, mientras que para el usuario que desea bajar es cuestión de audacia y hasta ingenio el salir de la unidad y de mayor merito cuando se carga con mochila y no se diga una maqueta. Los empujones, contacto físico incomodo, entre los pasajeros parados son el pan de cada día, invadiendo el límite de espacio individual, a modo de comparación se viene a recuerdo aquella máxima de que la libertad se termina cuando empieza la libertad del otro, ese deberá ser tu limite, pues de manera figurada aquí tu limite o espacio individual es muy reducido, en realidad el espacio o limite es el que ocupa únicamente tu cuerpo y tus pertenencias lo más adheridas a tu cuerpo posibles, salvo algunos casos donde se tiene unos milímetros alrededor de tu persona. También se da el fenómeno y momento incomodo de poner “a prueba” la caballerosidad, esto porque al llenarse los asientos y seguir subiendo pasajeros, siendo estos últimos, mujeres, adulto de la tercera edad o mujeres embarazada, empieza la prueba, ésta consiste en que un hombre debe ceder su asiento a dichos pasajeros, excusando la poca capacidad de un transporte digno con temas como la caballerosidad. La poca visibilidad que se deja al pasajero por el motivo de rellenar las unidades, provocan muchas veces que no se cumpla con el objetivo de bajar en el lugar deseado, de la misma manera que al momento de pedir con la voz “la parada”, el pasajero se ve forzado y, sin exagerar, a gritar, para que sea escuchada por el conductor su petición de “parada”. Por todo lo anterior descrito de manera breve y lo que aún falta desarrollar se da como resultado, en resumen, el llamado “nulo confort para el usuario” y se hace más evidente la falta de transporte público digno a la ciudadanía. De acuerdo al Reglamento de transporte público para el municipio de Tijuana Baja California, basado a su vez en la Ley general de transporte público del estado de Baja California, en el capítulo III Del Transporte público, sección I, De la clasificación del transporte público, divide al transporte colectivo en: Urbano o Suburbano: Los destinados al traslado masivo de personas, que operan sujetos a itinerario, horario y tarifa fija. Este servicio se presta en unidades microbús, minibuses y autobús con capacidad máxima de pasajeros según el diseño de origen, y otras modalidades de mayor capacidad que requieran de su propia infraestructura y equipamiento de origen para su funcionamiento. Por lo anterior, se da a conocer que si se contempla en el reglamento, una capacidad máxima de pasajeros, dependiendo la infraestructura del transporte. El transporte urbano o suburbano se divide a su vez en servicio tipo A o primario y tipo B o secundario: Servicio Tipo A: Primario y/o Express.- Son exclusivamente para pasajeros, quedando prohibido el modificar sus interiores para admitir mayor número de pasajeros al cupo diseñado de origen, distinguiéndose este por el tipo de unidad, seguridad e higiene, prestando el servicio preferentemente sobre vialidades primarias, bulevares con áreas de ascenso y descenso limitadas en su trayecto. Servicio Tipo B: Secundario.- Unidades de transporte de pasajeros lo cuales presten el servicio de transporte público sobre vialidades en la mayoría de su recorrido secundarias y locales, en zonas suburbanas, y que cuenten en su trayecto con vialidades accidentadas en su topografía quedando prohibido el modificar sus interiores para admitir mayor número de pasajeros al cupo diseñado de origen. En ambos casos, queda prohibido modificar el interior de las unidades si su finalidad es admitir mayor número de pasajeros al de su capacidad de origen. Continuando en la sección I, de la clasificación del transporte público, se encuentra el transporte de “alquiler: Los destinados al transporte de personas, que se contratan para distintos servicios, tales como por viaje, tiempo determinado y los denominados de ruta, estos últimos que operan sujetos a itinerario, horario y tarifa fija. Este servicio se presta en automóviles con capacidad de diseño de origen de 5 hasta 12 pasajeros.” En esta clasificación están comprendidos los taxis de ruta, de los cuales también especifican y se aclara las disposiciones respecto de la problemática planteada en este escrito. “Taxis de Ruta: Son vehículos autorizados que conllevan la palabra “con itinerario fijo” impresa en permiso, estos operan sujetos a itinerario, horario y tarifa fija. Este servicio se presta en automóviles con capacidad de hasta 5 pasajeros.” Sin duda, uno de los artículos más contundentes y el cual especifica mejor la solución que en un principio se pensó proponer está en el capítulo IV, De las concesiones y permisos, sección I V, De las disposiciones para el transporte público y de personal. ARTICULO 101.- Queda prohibido modificar los interiores para admitir mayor número de pasajeros al cupo diseñado de origen y el cual señale la tarjeta de circulación de la unidad de que se trate. La Dirección Municipal del Transporte Público de Tijuana, previo análisis de la unidad y una vez que corrobore que no fue modificado el interior de la unidad de que se trate, determinara el número máximo de personas que pueden ser transportadas en los vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. Así como el artículo 105 “ Queda prohibido la circulación de unidades con pasajeros fuera del área de uso de servicio, a un costado del conductor, en los estribos o en el exterior de la unidad.” Por otra parte, el artículo 113, el cual nos menciona las obligaciones de los conductores de unidades de transporte público, en donde la obligación número XI dice lo siguiente “ No permitirán que viajen pasajeros de pié, ni que el número de pasajeros exceda el número de asientos en los servicios de primera clase” En este articulo, surgen varias dudas del cómo es que se aplica esto en la realidad. De igual manera, en el título IV, capítulo I, De las infracciones y sanciones de transporte público, en el artículo 253, se especifica en los casos que se podrá impedir la circulación de cualquier vehículo de transporte público. El caso referente al tema es “VI. Cuando el conductor permita que aborde un mayor número de pasajeros a los autorizados, en este supuesto se sancionará con multa de 5 salarios mínimos vigentes en la región, por cada usuario excedente”. Por último, otras sanciones conforme al tema, están contenidas en los artículos 266 y 267 que dicen lo siguiente: ARTÍCULO 266.- Se sancionarán con cuatro salarios mínimos…por exceso de pasaje mas de lo estipulado en la tarjeta de circulación, por circular con las puertas abiertas, por exceder en las dimensiones estipuladas de los vehículos ARTICULO 267.- Se sancionarán con multa de treinta a cuarenta salaries mínimos vigentes por manejar sin licencia, circular sin placas, por circular con mas pasaje de lo estipulado en la tarjeta de circulación, por circular con unidades modificadas en sus interiores para admitir mayor número de pasajeros al cupo diseñado de origen, Antes de comenzar el ensayo, se pensó en una solución a la problemática que se vive a diario, la cual consistía en proponer una cantidad máxima de pasajeros en cada unidad siempre y cuando alcanzara a los transportistas, cubrir los gastos y necesidades de sueldo; una vez conocida la ley General de Transporte Público del Estado de Baja California así como el Reglamento de Transporte Público para el municipio de Tijuana Baja California, se encontró que ya está previsto en este último, por lo que se reflexionó y se llegó a concluir que aunque se contempla en un reglamento, en la realidad no es llevado a la práctica, ahora bien, recordando la diferencia entre una ley y un reglamento, la cual radica en la jerarquía normativa de estos, se propone elevar a ley lo ya establecido en el reglamento, creyendo firmemente que todo ciudadano tiene derecho, por ley, a un transporte público digno, el cual prevea y resuelva no solo la problemática expuesta sino también todas las deficiencias que indudablemente afectan a la gran mayoría de ciudadanos de manera directa y diaria, incorporando una definición de transporte público digno como un transporte que proporcione seguridad, confort, accesibilidad, eficiencia, así como respeto a la dignidad humana. El día de hoy, los ciudadanos del estado, vivimos con un transporte público con demasiadas faltas a su reglamento, necesitamos que se le dé prioridad a este tema del transporte de manera urgente, somos más del 50% de los habitantes que diariamente usamos el transporte, se necesita modernizar, se debe atender al llamado de la ciudadanía, ser más justos, llevar un buen control de las unidades, aplicar el reglamento de manera estricta, entendemos el punto de los transportistas, que necesitan pagar gasolina, una renta muy alta por día y aparte sacar para sus otras necesidades básicas pero no por eso vamos a permitir que se ponga en riesgo a los ciudadanos y se falte al respeto de la dignidad humana. Referencias bibliográficas -Ley general de transporte público del estado de baja california, Publicado en el periódico oficial no. 49, De fecha 09 de noviembre de 2001, tomo CVIII. Recuperado de: http://docs.mexico.justia.com/estatales/baja-california/ley-general-de-transporte-publico-delestado-de-baja-california.pdf -Milenio (2013). Tijuana, con el transporte más caro e ineficiente del país [reportaje]. Recuperado de:http://www.milenio.com/estados/tijuana-transporte-caro-ineficiente reportaje_0_ 157784259.html -Plan Municipal de Desarrollo 2011-2013. Transporte Metropolitano. Recuperado de: http://www.tijuana.gob.mx/planmpal2011-2013/transporte.asp -Reglamento de transporte público para el Municipio de Tijuana baja california, 30 de mayo del 2002. Recuperado de: http://www.tijuana.gob.mx/reglamentos/pdf/reglamento%20transporte% 20publico.pdf