Desplazados romaníes de Kosovo y derechos de propiedad
Transcripción
Desplazados romaníes de Kosovo y derechos de propiedad
RMF32 pendiente”, de aplicación a todos los detenidos cuya expulsión no fuera viable en ese momento de forma razonable y que hubieran cooperado plenamente en los esfuerzos por ser deportados. La apatridia de facto Las personas que son apátridas de facto carecen de nacionalidad efectiva y no se hallan bajo la protección del país en el que estén, ni del país de su nacionalidad jurídica. Además, también se les puede detener y pueden encontrarse en un limbo legal parecido a consecuencia de circunstancias prácticas, humanitarias o jurídicas diversas, por ejemplo, en los casos en que la deportación violaría el principio de no devolución; cuando el país de origen se niega a emitir documentos de identidad o a cooperar en la readmisión de sus nacionales (lo que impide que termine el procedimiento de deportación); cuando, como en el caso de Somalia, el Estado de origen no funciona; o cuando faltan medios seguros para transportar a los apátridas al país de origen. Un solicitante de asilo procedente de Argelia al que se le denegó su solicitud estuvo 16 meses detenido por principios LA APATRIDIA inmigratorios en el Reino Unido. Tras los primeros cinco meses detenido, las autoridades argelinas notificaron al gobierno británico que los intentos por establecer su identidad no habían dado frutos, pese a lo cual, y aunque esta persona había cooperado en los esfuerzos por devolverlo a Argelia, permaneció retenido otros 11 meses. No quedó en libertad hasta que el Tribunal Superior dictó que su detención era ilícita dada su duración y la “total incertidumbre sobre cuándo acabará todo y será deportado”. Aunque existe una clara distinción jurídica entre los apátridas de iure y los de facto, en la práctica se detiene y restringe a ambos grupos. ACNUR y otros afirman que los apátridas no deben ser detenidos por el mero hecho de serlo. Si no hay otra alternativa a la detención, debería especificarse su duración máxima y debería estar basada sólo en criterios estrictos y bien definidos. Es hora de traducir este principio en normas internacionales y nacionales claras y de ponerlo en práctica. Katherine Perks (katherine.perks@ equalrightstrust.org) es investigadora 43 jurídica y Jarlath Clifford (jarlath. [email protected]) es letrado en The Equal Rights Trust (http://www.equalrightstrust.org/). 1. Informe de ACNUR sobre cuestiones de Apatridia y Detención, 27 de noviembre de 1997 http://www. ACNUR.org/refworld/docid/4410638fc.html 2. Informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, Informe anual de 2007, http://www. unhchr.ch/huridocda/huridoca.nsf/FramePage/ Arbitrary+Sp?OpenDocument 3. ACNUR, Alternativas a la Detención de Solicitantes de Asilo y Refugiados, abril de 2006. http://www.ACNUR. org/refworld/docid/4472e8b84.html 4. Convención de 1951 sobre los Refugiados. The Equal Rights Trust está documentando la detención y la restricción física de los apátridas en el mundo entero y está elaborando una estrategia de reivindicación basada en el carácter universal de los principios de los derechos humanos. El proyecto identificará casos en los que los apátridas estén detenidos o limitados de cualquier otro modo, debido, por lo menos en parte, al hecho de ser apátridas. Los autores agradecen cualquier información que se les pueda facilitar de casos particulares de apátridas que se encuentren detenidos. Desplazados romaníes de Kosovo y derechos de propiedad Jose-Maria Arraiza y Linda Öhman La ausencia de derechos de propiedad garantizados acrecienta el riesgo de apatridia entre los desplazados kosovares de la etnia roma establecidos en Montenegro. El 17 de febrero de 2008, la declaración de independencia de Kosovo planteó la cuestión de la apatridia entre los desplazados procedentes del nuevo Estado. Se sospecha que muchos romaníes, ashkalíes y egipcios que abandonaron Kosovo no se han inscrito como residentes en Montenegro.1 La carencia de documentación personal y de inscripciones y escrituras de propiedad exacerba la situación e incrementa la probabilidad de que continúen siendo apátridas. Según Amnistía Internacional, son 4.300 las personas que viven en un “limbo legal” en Montenegro.2 En agosto de 2008, ACNUR publicó un informe en el que apuntaba que aproximadamente un 46% de los romaníes que abandonaron Kosovo y se instalaron en los alrededores de la capital montenegrina, Podgorica, no pueden demostrar su residencia oficial en Kosovo ni cumplen con los requisitos necesarios para obtener la ciudadanía montenegrina, por lo que probablemente queden relegados a la condición de apátridas. Antes del conflicto armado kosovar, muchas familias romaníes vivían en ‘mahalas’ (o barrios) formados por viviendas que se transmitían de generación en generación. Por diversos motivos (entre los que cabe mencionar la inexistencia de registros de sucesiones, la construcción ilegal, ignorada por el gobierno municipal yugoslavo, o sencillamente, la falta de señas oficiales), nunca estuvieron claros los derechos que la ley reconoce sobre estas viviendas. El derecho a la protección Una persona que abandona un asentamiento irregular en un estado de reciente creación para cruzar la frontera goza de ciertos derechos que protegen su ciudadanía en virtud de la legislación internacional. Además del derecho a tener una nacionalidad y la prohibición de privar a una persona de ella, en especial por motivos discriminatorios, la Convención Europea sobre Nacionalidad del Consejo de Europa (1997)3 también considera el problema de la sucesión de los Estados. En los casos en que se crea uno nuevo, la concesión o la denegación de la nacionalidad debe tener en cuenta, según la Convención, a) la vinculación “genuina y efectiva” con el Estado, b) la residencia habitual de la persona, c) sus deseos y d) su lugar de origen. La carencia de bienes o la imposibilidad de presentar cédulas catastrales, LA APATRIDIA contratos certificados, escrituras de sucesión u otros documentos sobre la propiedad, y el problema básico de no disponer de documentos personales del registro civil, aumentan la probabilidad de que los desplazados no obtengan una nacionalidad. La Constitución de Kosovo y su Ley de Ciudadanía establecen los requisitos para obtener la nacionalidad: todas aquellas personas que, a fecha de 1 de enero de 1998, fueran ciudadanos de la República Federal de Yugoslavia y residieran de forma habitual en Kosovo pueden inscribirse como nacionales. Sin embargo, los romaníes desplazados fuera de la frontera quizá tengan dificultades para demostrarlo. Además, los que abandonaron Kosovo antes de aquella fecha tendrán que solicitar la naturalización, para la que se requiere haber residido cinco años en este territorio. Se exime de este requisito a aquella persona que pueda demostrar que forma parte o desciende de la “diáspora kosovar”, definida en términos amplios como aquel grupo de personas que han mantenido “estrechos vínculos familiares y económicos con Kosovo”. Pero sin títulos de propiedad ni documentos de registro civil es difícil demostrarlo. ACNUR/C Cazurro Para que se pueda solicitar la nacionalidad, la Ley de Ciudadanía de Montenegro también exige cinco años de residencia a las personas procedentes de una de las repúblicas constituyentes de la antigua Yugoslavia. Como sucedía en el caso Desplazados romaníes de Kosovo en el campo Konic 1, en las afueras de Podgorica (Montenegro). anterior, muchos desplazados romaníes de Kosovo no disponen de documentos personales de registro civil, ni de pruebas que demuestren su residencia habitual. Se podrían resolver ambos problemas si las autoridades públicas, tanto de Kosovo como de Montenegro, adoptaran las medidas oportunas a fin de a) regularizar la situación de la vivienda y las propiedades de los romaníes desplazados y b) garantizar y promover su inscripción civil. RMF32 Agencia de la Propiedad de Kosovo (mecanismos ambos responsables de resolver las demandas sobre los bienes inmuebles generadas por el conflicto) fueron diseñadas para desalojar a los ocupantes ilegales de las viviendas y confirmar la titularidad de los inmuebles ocupados. Sin embargo, no se crearon para ofrecer soluciones adecuadas ACNUR/Dz Demic 44 Los derechos sobre la propiedad y la vivienda Sería más fácil demostrar la residencia habitual si se protegieran de forma adecuada los derechos de propiedad. Tras décadas de asentamientos irregulares y con el impacto de los conflictos armados, el caos se ha instalado en el ámbito de la propiedad, situación que desespera a las organizaciones en pro de los derechos humanos, a las oficinas de asesoramiento jurídico y a las bien intencionadas agencias internacionales. En Kosovo, la ya desaparecida Dirección de Vivienda y Propiedad y la posterior (indemnizaciones o reconstrucción de viviendas, por ejemplo) en los casos en que se destruyeron los asentamientos informales no registrados y sus habitantes quedaron desplazados. Por eso, mientras que todos los desplazados tienen, al amparo de los principios internacionales, el derecho a regresar a su hogar y a recuperar sus pertenencias o a que se les indemnice por ellas4, los romaníes desplazados no han podido ejercer estos derechos sin documentación adecuada ni títulos de propiedad inscritos. Los desplazados se encuentran a merced del oportunismo político de la administración local. En la mayoría de los casos, esto significa que no regresan a su hogar ni perciben indemnización alguna, lo cual redunda en su situación de segregación. RMF32 Un ejemplo de victimización El ‘mahala’ de Rudeš, un empobrecido “asentamiento irregular” en las afueras de Istok, fue destruido en 1999. Todos sus habitantes huyeron a la vecina Montenegro.5 Irónicamente, fue la administración de Naciones Unidas quien bloqueó todo intento de las autoridades municipales de regularizar LA APATRIDIA débiles son los principios internacionales cuando se contrastan con la cruda realidad, caracterizada por la política étnica y una clara tendencia a segregar a la etnia roma. Mientras tanto, las víctimas de los desplazamientos arbitrarios permanecen en los campos de Kosovo o de Montenegro sin que se les garanticen sus derechos de propiedad y sin tener oportunidades de futuro inmediatas. Recomendaciones Asentamiento en la ribera del río en Berane, uno de los muchos que existen en Montenegro, de carácter formal e informal, para albergar a personas de origen serbio y a minorías roma, ashkali y egipcia que huyeron de su hogar en la vecina Kosovo entre 1999 y 2000. la situación inmobiliaria de la aldea para fomentar el retorno y la reconstrucción, ya que estaba preocupada por la reacción que podría provocar un monasterio ortodoxo serbio de las cercanías ante el retorno de los antiguos habitantes de etnia roma. Entre tanto, el municipio había utilizado una parte del antiguo poblado como cementerio musulmán, por lo que ofreció a los desplazados romaníes la posibilidad de ocupar una zona aislada cercana, donde ningún residente pudiera quejarse por tener de vecinos a familias romaníes.6 Este hecho refleja una actitud tristemente palpable hacia la comunidad roma, por la que se les considera ciudadanos de segunda clase. Casi nunca se pone en entredicho el derecho de los desplazados serbios o albaneses a regresar a su lugar de origen. Esta situación demuestra cuán Hasta la fecha, los esfuerzos por garantizar los derechos inmobiliarios a la etnia roma de Kosovo han demostrado ser poco efectivos, lo cual ha agravado un problema acuciante: la existencia de una población apátrida, incapaz de retornar y de disfrutar de los derechos económicos, sociales y culturales básicos. La ausencia de documentación sobre la propiedad no sólo obstaculiza su derecho a retornar y les impide disfrutar de sus bienes, sino que también dificulta el demostrar la residencia habitual y el ejercicio de su derecho a nacionalizarse en alguno de los Estados balcánicos de reciente creación. Para acabar con el aumento de los casos de apatridia, las autoridades gubernamentales deben intervenir rápidamente con el apoyo de las organizaciones internacionales y los líderes de la sociedad civil. ■■ Las estrategias y los planes de actuación deben tener en cuenta la situación particular de los romaníes desplazados (que no pueden demostrar la titularidad de sus bienes inmuebles), conceder adjudicaciones o regularizaciones no discriminatorias, y llevar a cabo ordenamientos urbanos y programas de viviendas en su lugar de origen, preferentemente. ■■ Los programas de inscripción civil deben ir acompañados de actividades informativas para garantizar que los romaníes desplazados sepan cómo registrar sus propiedades. 45 ■■ La comunidad de romaníes desplazados debe disponer de centros de asesoramiento jurídico. Deben simplificarse los procedimientos burocráticos y se debe ofrecer asistencia a la hora de realizar trámites administrativos que se prolongan en el tiempo. ■■ La comunidad internacional debe seguir colaborando con el poder judicial nacional para garantizar mayor transparencia y responsabilidad, sobre todo en los casos que afectan a los desprotegidos romaníes. ■■ Los líderes romaníes deben mantener el contacto con los desplazados. Si conocen las repercusiones de la apatridia, es probable que intenten resolver su situación de manera más activa. ■■ Deben revisarse la legislación y las prácticas nacionales para evitar la discriminación directa o indirecta contra la comunidad roma desplazada al obtener la nacionalidad. ■■ Las instituciones nacionales e internacionales deben proteger sin discriminación alguna el derecho de las personas de etnia roma a regresar al hogar y a la restitución de la vivienda y las propiedades. José María Arraiza ([email protected]) ha sido asesor de la OSCE en materia de vivienda y derechos a la propiedad (www. osce.org). Linda Öhman (lindaohman@ gmail.com) ha trabajado en Kosovo en el ámbito de los derechos humanos y en la actualidad desempeña su labor en la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE. Las opiniones de este artículo son personales y no reflejan la posición oficial de la OSCE. 1. El presente artículo se refiere a la etnia roma, ashkali y egipcia bajo la denominación común de etnia roma. 2. http://www.amnesty.org/en/library/asset/ EUR66/001/2008/en/29999c36-6e1e-11dd-8e5e43ea85d15a69/eur660012008eng.html. 3. http://conventions.coe.int/Treaty/en/Treaties/Html/166. htm. (disponible en inglés y francés) 4. Por ejemplo, conforme a los Principios Pinheiro. Véase http://www.migracionesforzadas.org/pdf/RMF25/ RMF25_52_53.pdf 5. Los asentamientos irregulares son, según la Declaración sobre Asentamientos Irregulares del Pacto de Estabilidad firmado en Viena (2004), “asentamientos humanos, que por diversos motivos no cumplen los requisitos para su reconocimiento jurídico (y se han construido sin respetar los procedimientos formales de titularidad y transferencia de propiedad ni la normativa sobre construcción y planificación urbanística) […].” 6. Sólo seis familias de las 70 desplazadas a Montenegro han aceptado su reubicación a una zona agrícola aislada en Serbobranë (Istok).