Novedades 2014 en el marco de los Planes de
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Novedades 2014 en el marco de los Planes de
FEBRERO 2014 Novedades 2014 en el marco de los Planes de Compensación Flexible (PCF) Introducción Comenzamos el año 2014 en un contexto que sigue siendo de ajuste y contención salarial donde las posibilidades de incrementar las retribuciones fijas a los empleados son muy limitadas. Con previsiones de incrementos salariales, en el mejor de los casos, en torno al 1%. Las novedades legislativas con las que hemos comenzado el año, han arrojado un jarro de agua fría a las empresas, que vuelven a sufrir un duro golpe de incrementos de costes que a su vez repercutirá en una merma de los ingresos de sus empleados. Novedades legislativas Las novedades que afectarán a partir del 2014 a las empresas son las siguientes: 1. En materia de Seguridad Social: El RD 16/2013, de 22 de diciembre 2013 de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, sólo lleva unos días en vigor y ha suscitado multitud de comentarios al respecto, por sus importantes implicaciones además de por lo inesperado de su aparición e implementación. Con este RD se amplían los conceptos salariales que deben formar parte de la base de cotización a la Seguridad Social. Las remuneraciones que constituyen dicha base son tanto las que se perciben en metálico como en especie: vales comida, guarderías, seguro médico, o contribuciones a planes de pensiones, entre otros. Esto va a tener una fuerte repercusión en las empresas que deberán pagar unos costes salariales mucho mayores de las que venían pagando y a su vez afectará, no a los salarios más altos que ya cotizan por la base máxima, sino a los trabajadores con salarios que no cotizan por encima de dicha base (3.597 euros/mes) y que venían recibiendo algún tipo de retribución en especie al margen de su salario base (ver ejemplo). No obstante, es importante destacar que esta nueva medida sólo afecta a los beneficios sociales pagados adicionalmente por las empresas a sus empleados y no a los productos en especie incluidos dentro de un Plan de Compensación Flexible, ya que en este tipo de planes, el empleado decide voluntariamente sustituir parte de su salario en metálico por la compra de productos. Estos productos así contratados ya venían cotizando a la Seguridad Social antes de este nuevo RD, por lo que esta Ley no les afecta. Alternativas para minimizar los impactos Como consecuencia de esta medida, las empresas deberán analizar su política actual de beneficios sociales enfocándola hacia la personalización de los mismos, de acuerdo a las necesidades reales de sus empleados. Las posibles alternativas encaminadas hacia esta nueva perspectiva son: Las empresas que estuvieran valorando incorporar dentro del paquete retributivo de sus empleados algún tipo de beneficio corporativo deberán analizar los sobrecostes en los que incurrirían por la nueva norma y por tanto analizar soluciones alternativas o complementarias entre las que estarán sin duda los Planes de Compensación Flexible. Para aquellas que ya en la actualidad están ofreciendo estos beneficios a sus empleados, el planteamiento podría ser (siempre que el análisis laboral previo lo permitiera), la flexibilización de los beneficios actuales a través de un PCF o la consolidación de los gastos actuales en el salario, para posteriormente implantar un Plan de Compensación Flexible en el esquema de sustitución salarial. Las ventajas que el empleado y empresa obtendrían a través de las alternativas anteriores serían: a) Respecto a la cotización a la seguridad social no habría ventaja ya que en el marco de un PCF los productos ya venían cotizando. b) Ventajas fiscales iguales a los que poseen los antiguos beneficios corporativos. c) Externalización completa de la gestión de los beneficios sociales, pudiendo reasignar recursos internos en otras necesidades del negocio. d) Aprovechar el poder de compra de las empresas para adquirir productos con un precio competitivo (seguro salud). 2. En materia de Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Destacar la pérdida del beneficio fiscal que se ha producido en el País Vasco para los productos en especie: Entrega de acciones, renting de coche si no es propiedad de la empresa y para el seguro de salud. Ejemplo – cuantificación de impactos Extraída una muestra de 7.130 contrataciones de productos en especie del último año, correspondientes a un colectivo de 33.000 empleados incluidos en las bases de datos de Compensación Flexible de Aon Hewitt, el coste medio/año de los productos más demandados a través de los planes flexibles es el siguiente: Coste medio anual Tickets comida 1.175 Euro Seguro de Salud 474 Euro Tarjeta transporte 544 Euro Guardería 2.360 Euro Ordenador 769 Euro De esa misma muestra y en función de las distintos porcentajes de adhesión de cada uno de estos productos, el coste medio destinado a la adquisición de estos productos en un año por empleado, dentro de un plan flexible, será de aproximadamente 700 euros/año. Si hacemos el ejercicio de trasladar este coste de 700 euros/año en los beneficios corporativos que una empresa puede ofrecer a sus empleados adicionalmente a su salario monetario, (habitualmente seguro de salud y/o tickets comida), podríamos analizar el impacto del nuevo RD desde dos puntos de vista: Desde el punto de vista empleado (no topado por su base máxima de cotización): supondrá un coste adicional al año en aportación a la seguridad social de 45 Euros/año aproximadamente. Dichos productos tanto si formaban parte de los beneficios corporativos ofrecidos por la empresa como dentro del marco de un plan flexible han perdido sus ventajas fiscales pasando a tributar como retribución en especie por el 100% de su coste. Como punto positivo, para el 2014 vuelve a prorrogarse en la Ley de Presupuestos el tratamiento fiscal favorable de años anteriores para los equipos informáticos, es decir, no se someten a gravamen los gastos e inversiones realizados por las empresas para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías. Beneficio Social Desde el punto de vista empresa supondría un sobre coste por empleado de unos 209 euros/año, que por ejemplo para un colectivo de 800 empleados podría suponer un coste adicional total al año de 167.200 Euros. Acerca de Aon Hewitt Aon Hewitt es la empresa líder mundial en soluciones de recursos humanos. Trabaja junto con sus clientes para mejorar sus resultados y resolver sus retos más complejos en relación a las áreas de beneficios sociales, gestión del talento y compensación. Aon Hewitt diseña, implementa, comunica y administra una amplia gama de soluciones estratégicas de capital humano, pensiones, inversiones, beneficios sociales, compensación y gestión del talento. Con más de 30.000 empleados en 90 países, Aon Hewitt hace del mundo un lugar mejor para sus clientes y los empleados de estos. Más información: Si desea más información acerca de las ventajas que puede aportar Aon Hewitt, contacte con nuestros expertos: Email: [email protected] Tel: 902 107 306 Web: www.aon.es Alicante, Badajoz, Barcelona, Bilbao, Burgos, Córdoba, Gijón, La Coruña, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Málaga, Murcia, Oviedo, Palma de Mallorca, Pamplona, Salamanca, San Sebastián, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Santiago de Compostela, Sevilla, Tarragona, Toledo, Valencia, Valladolid, Vigo, Vitoria, Zaragoza. La información contenida en este documento ha sido recopilada y elaborada de buena fe y de fuentes que se consideran fiables. 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