Ordenanza Nº 9753 - Transporte de Sustancias Alimenticias
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Ordenanza Nº 9753 - Transporte de Sustancias Alimenticias
Asunto: Ord. 9753 ORDENANZA Nº 9753 #TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ALIMENTICIAS EN BICICLOS, TRICICLOS... Sancionada: 16-09-1997 Promulgada: 10-10-1997 Decreto: 1519-A-1997 Publicada: 27-10-1997 Boletín Municipal: 2083 Página: 12-14 Incluida en Normativa Vigente EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art. 1º.- DISPÓNESE que las motocicletas, motonetas, ciclomotores, bicicletas, triciclos y/o cualquier otro vehículo de características similares, destinados al transporte de sustancias alimenticias, cumplan con las disposiciones de la presente Ordenanza. Art. 2º.- LOS vehículos individualizados en el Artículo 1º poseerán compartimentos cerrados para el transporte de los alimentos, ofreciendo amplias garantías de higiene y salubridad. Art. 3º.- LA Municipalidad de Córdoba, a través de la Dirección de Habilitación y Control Alimentario, determinará el tamaño, forma, material y emplazamiento de los recipientes, los que deberán adecuarse a las características de los alimentos que se transporte. Art. 4º.- LOS comercios que dentro de sus servicios comprendan el reparto de alimentos en este tipo de vehículos contarán con un certificado habilitante, expedido por la Municipalidad de Córdoba, a través de la Dirección de Habilitación y Control Alimentario, el que se renovará anualmente. Art. 5º.- LOS vehículos contendrán, en lugar visible, la individualización del comercio al que pertenecen, de manera de diferenciarse fácilmente de los vehículo particulares. Del mismo modo deberán cumplimentar con todo lo dispuesto por la Ordenanza Nº 8145, en lo que respecta a la inscripción, número de registro otorgado para la habilitación y cualquier otra exigencia que se adecue a la función de los mismos. Art. 6º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y ARCHÍVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 1997.