A.79/2016. Se aprueba la publicación de las actas aprobadas que
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A.79/2016. Se aprueba la publicación de las actas aprobadas que
A.79/2016. Se aprueba la publicación de las actas aprobadas que recogen las sesiones del Consejo de Gobierno. ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PUBLICACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA El Reglamento de Régimen Interior del Consejo de Gobierno (BON de 18 de julio de 2013) hace regulación expresa, en su artículo diecisiete, de las actas de las sesiones del pleno de este órgano colegiado. Surge de diversas peticiones de miembros del Consejo de Gobierno la conveniencia y oportunidad de que las actas que se levanten de cada una de las sesiones plenarias sean objeto de publicidad entre la Comunidad Universitaria. Esa iniciativa es acorde con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que incide en la doble perspectiva de publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. Recuérdese también como, más recientemente, el artículo 81 de la nueva Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, aplicable supletoriamente para las universidades públicas, establece el principio de transparencia en la gestión de las entidades públicas que integran el sector público institucional. Obviamente el esfuerzo de transparencia que supone el objeto de este acuerdo deberá armonizarse con otros derechos e intereses legítimos que aparecen salvaguardados por la normativa de aplicación y que obligará, en su caso, a tomar medidas de protección de los mismos, especialmente en lo que se refiere a la adecuada protección de datos personales. Por todo lo que antecede, el Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 13 de octubre de 2016, previa deliberación de sus miembros, adopta el siguiente ACUERDO Primero.- Autorizar la publicación de las actas de las sesiones plenarias del Consejo de Gobierno con el fin de que sean accesibles para los miembros de la Comunidad Universitaria. Segundo.- Encomendar a la Secretaria General de la Universidad Pública de Navarra la adecuada puesta en marcha de esta iniciativa estableciendo los instrumentos de publicidad y las medidas de salvaguarda que sean oportunas.